{"id":50700,"date":"2023-08-17T13:55:05","date_gmt":"2023-08-17T13:55:05","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-672-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:55:05","modified_gmt":"2023-08-17T13:55:05","slug":"decreto-672-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-672-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 672 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 672 DE 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(abril 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.216, abril 26 de \u00a02017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 179 de 2019, \u00a0art\u00edculo 45. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 1270 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Resoluci\u00f3n \u00a0320 de 2018, DAPR. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que \u00a0le confieren el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto, Naturaleza y Estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. Corresponde al Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en su calidad \u00a0de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa en el \u00a0ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y prestarle el apoyo \u00a0administrativo necesario para dicho fin. El Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica tendr\u00e1 como denominaci\u00f3n abreviada la de \u201cPresidencia \u00a0de la Rep\u00fablica\u201d, la cual ser\u00e1 v\u00e1lida para todos los efectos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Resoluci\u00f3n \u00a0892 de 2017, D.A.P.R. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Naturaleza. El Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica tendr\u00e1 naturaleza especial y, en consecuencia, una estructura y \u00a0una nomenclatura de sus dependencias y empleos acordes con ella, de conformidad \u00a0con lo establecido en la Ley 55 de 1990. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones generales. El Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica tendr\u00e1 las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0su condici\u00f3n de Jefe del Estado, en su labor de velar porque los diferentes \u00a0\u00f3rganos del Estado se colaboren arm\u00f3nicamente para la realizaci\u00f3n de sus fines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar, dirigir, coordinar y realizar \u00a0directamente, si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, para el ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales que le corresponde ejercer, en relaci\u00f3n con los \u00f3rganos del \u00a0Estado que integran las ramas del poder p\u00fablico y los dem\u00e1s \u00f3rganos estatales, \u00a0aut\u00f3nomos e independientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Colaborarle al Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0en su deber de garantizar los derechos y las libertades de todos los \u00a0colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Organizar, asistir y coordinar las \u00a0actividades necesarias que demande el Presidente de la Rep\u00fablica, para el \u00a0ejercicio de las facultades constitucionales que le corresponde ejercer como \u00a0Jefe del Estado y suprema autoridad administrativa, y disponer lo necesario, \u00a0seg\u00fan sus instrucciones, para la eficiente y arm\u00f3nica acci\u00f3n del Gobierno, \u00a0represent\u00e1ndolo, cuando as\u00ed lo demande, en la orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica y de sus inmediatos colaboradores en la acci\u00f3n de \u00a0Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0el cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las relaciones entre el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica con los entes territoriales, el sector privado y las \u00a0organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer las veces de Secretario Ejecutivo \u00a0en los Consejos, Comit\u00e9s o dem\u00e1s organismos de consulta, asesor\u00eda, coordinaci\u00f3n \u00a0o apoyo que dependan directamente del Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divulgar los actos del Gobierno nacional \u00a0y coordinar lo referente a una adecuada difusi\u00f3n de la gesti\u00f3n gubernamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0los diagn\u00f3sticos, estudios, an\u00e1lisis y dem\u00e1s actividades que contribuyan a la \u00a0formaci\u00f3n de criterios, conceptos o formulaciones que este desee definir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Propender por la evaluaci\u00f3n del impacto \u00a0de las pol\u00edticas de Gobierno frente a los objetivos estrat\u00e9gicos de cada \u00e1rea y \u00a0sugerir los arreglos institucionales que correspondan, verticales o \u00a0transversales, encaminados a fortalecer la capacidad de las entidades del \u00a0Gobierno nacional para formular y ejecutar las pol\u00edticas p\u00fablicas de sectores \u00a0estrat\u00e9gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en el estudio de la \u00a0constitucionalidad, legalidad y conveniencia de los distintos proyectos de ley, \u00a0decretos y actos administrativos de competencia del primer mandatario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar el apoyo log\u00edstico y \u00a0administrativo que se demande, para el ejercicio de las facultades y funciones \u00a0presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo. De conformidad con las \u00a0normas vigentes el Sector Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica est\u00e1 \u00a0integrado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0y las siguientes entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Agencia Colombiana para la Reintegraci\u00f3n \u00a0de Personas y Grupos Alzados en Armas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia (APC) Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio \u00a0Barco Vargas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Consejer\u00eda Presidencial de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el apoyo de las funciones asignadas al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica contar\u00e1 con las siguientes direcciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Direcci\u00f3n de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n a \u00a0los Acuerdos de Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Integral para la \u00a0Lucha contra las Drogas Il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Alta Consejer\u00eda Presidencial para el \u00a0Sector Privado y Competividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1. Direcci\u00f3n para el Sector Privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.2. Direcci\u00f3n de Competividad \u00a0e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Alta Consejer\u00eda Presidencial para el \u00a0Posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.1. Direcci\u00f3n para el Posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.2. Direcci\u00f3n para la Acci\u00f3n Integral \u00a0contra Minas Antipersonal.- Descontamina Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.3. Direcci\u00f3n para la Sustituci\u00f3n de \u00a0Cultivos Il\u00edcitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.4. Direcci\u00f3n Inversi\u00f3n Privada para el \u00a0Posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Alta Consejer\u00eda Presidencial para las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Alta Consejer\u00eda Presidencial para las \u00a0Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Consejer\u00eda Presidencial para la Primera \u00a0Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad \u00a0de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Oficina del Alto \u00a0Comisionado para la Paz \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7.1 Direcci\u00f3n \u00a0Tem\u00e1tica \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7.2 Direcci\u00f3n \u00a0de Pedagog\u00eda y Promoci\u00f3n de la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 3.7: \u201cOficina del Alto \u00a0Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7.1. Direcci\u00f3n Tem\u00e1tica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. Secretaria Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8.1. Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8.2. Direcci\u00f3n de Eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8.3. Direcci\u00f3n de Discursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9. Secretar\u00eda Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10. Secretar\u00eda de Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.11. Secretar\u00eda de Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.12. Direcci\u00f3n de Gobierno y \u00c1reas Estrat\u00e9gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.13. Direcci\u00f3n para Asuntos Pol\u00edticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.14. Direcci\u00f3n del Sistema Nacional de \u00a0Juventud \u201cColombia Joven\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.15. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.15.1. Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.15.2. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16. Direcci\u00f3n de Operaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16.1 Oficina de Control Interno \u00a0Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16.2 \u00c1rea Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16.3 \u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16.4 \u00c1rea de Contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16.5 \u00c1rea de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16.6 \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.17. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.17.1 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.17.2 Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de las Dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del se\u00f1or \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica las consagradas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Despacho del Vicepresidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica las misiones o encargos especiales que le conf\u00ede \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, de conformidad con lo establecido en la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Despacho del Director del Departamento. La Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica estar\u00e1 a cargo \u00a0del Director del Departamento, quien tambi\u00e9n se denominar\u00e1 Secretario General y \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coadyuvar en la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas a cargo del Presidente de la Rep\u00fablica, en su condici\u00f3n de \u00a0Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0el ejercicio de las funciones que le corresponden en relaci\u00f3n con los poderes \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Se\u00f1alar las pol\u00edticas generales del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, fijar los \u00a0lineamientos de direcci\u00f3n y control para el desarrollo de los programas y \u00a0funciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Atender las relaciones con los poderes \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, de conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar y asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0en sus relaciones con los partidos pol\u00edticos y las organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Efectuar seguimiento a la Agenda \u00a0Legislativa del Gobierno y presentar al Presidente de la Rep\u00fablica sus \u00a0recomendaciones sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar los asuntos que le asigne el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, atender las audiencias que le indique y \u00a0representarlo en los actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con los Ministros y Directores \u00a0de Departamento Administrativo la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0correspondientes a sus respectivos sectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar a consideraci\u00f3n del Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica los asuntos provenientes de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con los Altos Consejeros \u00a0Presidenciales el ejercicio de las funciones que le sean propias y coadyuvar en \u00a0la coordinaci\u00f3n de las funciones de gobierno que implican tareas transversales \u00a0de los Ministerios y de los Departamentos Administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar y coordinar la ruta de acceso \u00a0de Colombia a la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0(OCDE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coadyuvar con la Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Primera Infancia en la coordinaci\u00f3n con las entidades competentes los \u00a0procesos de formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y programas para la primera infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Liderar el Sistema Nacional de las \u00a0Juventudes y velar por el cumplimiento de las funciones del mismo establecidas \u00a0en la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar la coordinaci\u00f3n del proceso para \u00a0la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas gubernamentales destinadas a \u00a0promover la equidad entre mujeres y hombres, siguiendo las orientaciones \u00a0generales trazadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Orientar y coordinar a las entidades \u00a0competentes en el proceso para la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0p\u00fablica de discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Liderar, gestionar y coordinar con las \u00a0entidades del orden nacional competentes, los procesos de formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y programas sociales con enfoque poblacional y de derechos, \u00a0prioritarios para el Departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y \u00a0Santa Catalina, as\u00ed como para sus municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Establecer los mecanismos necesarios \u00a0para mantener una visi\u00f3n estrat\u00e9gica de la agenda y las comunicaciones del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con la Secretaria Privada y los \u00a0Altos Consejeros Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Representar legalmente al Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer la facultad nominadora de los servidores \u00a0del Departamento que no est\u00e9 atribuida al Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Coordinar con las diferentes \u00a0dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica el cumplimiento de sus \u00a0funciones, de conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Crear y organizar grupos internos de \u00a0trabajo, con el fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los \u00a0objetivos, pol\u00edticas, planes y programas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Propender por el adecuado ejercicio del \u00a0control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Presentar los informes de labores del \u00a0Departamento al Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Suscribir a nombre de la Naci\u00f3n los \u00a0contratos relativos a asuntos propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0conforme a la ley, a los actos de delegaci\u00f3n y dem\u00e1s normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Aprobar los anteproyectos de presupuesto \u00a0de inversi\u00f3n y de funcionamiento y el proyecto del Programa Anual Mensualizado \u00a0de Caja (PAC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Servir como vocero del Gobierno en los \u00a0asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9. Alta Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para el Sector Privado y Competitividad. Son funciones de la Alta Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para el Sector Privado y Competitividad, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0las actividades relacionadas con el sector privado y en los temas de \u00a0competitividad, ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Servir como vocero del Gobierno en los \u00a0asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar en el seguimiento y la ejecuci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas e instrucciones impartidas por el Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0el Gobierno nacional, en materia de coordinaci\u00f3n entre el sector p\u00fablico y \u00a0privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar la implementaci\u00f3n de los \u00a0mecanismos de gesti\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre los sectores p\u00fablico y privado, de \u00a0acuerdo con las instrucciones que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar a los actores gubernamentales \u00a0que intervengan en la implementaci\u00f3n de la gesti\u00f3n p\u00fablico-privada, y adelantar \u00a0el seguimiento de las actividades concertadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Recomendar mecanismos de concertaci\u00f3n y \u00a0realizar la coordinaci\u00f3n entre las entidades p\u00fablicas y privadas del sector \u00a0productivo, con el fin de mejorar las condiciones de productividad y \u00a0competitividad en este sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0las \u00e1reas y temas estrat\u00e9gicos que requieran la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas con la participaci\u00f3n del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar en materia de ciencia, \u00a0tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n, y recomendar mecanismos de coordinaci\u00f3n entre las \u00a0entidades p\u00fablicas y privadas que cumplan estas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar en materia de competitividad y \u00a0promoci\u00f3n de la inversi\u00f3n extranjera en el pa\u00eds, y recomendar mecanismos de \u00a0concertaci\u00f3n entre las entidades p\u00fablicas y privadas que cumplan estas \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Liderar la coordinaci\u00f3n del Sistema \u00a0Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar al Director del Departamento en \u00a0la orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la ruta de acceso de Colombia a la \u00a0Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), en los temas de \u00a0sector privado, competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar en los asuntos econ\u00f3micos que \u00a0por decisi\u00f3n expresa del Presidente de la Rep\u00fablica le sean encomendados y \u00a0presentar las recomendaciones para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Todas las referencias que se \u00a0hagan a los despachos de la Alta Consejer\u00eda para la Gesti\u00f3n P\u00fablica y Privada, \u00a0Consejero Econ\u00f3mico de la Presidencia o a la Consejer\u00eda Presidencial del \u00a0Sistema de Competitividad e Innovaci\u00f3n, en relaci\u00f3n con el Sector Privado y \u00a0Competitividad, deben entenderse referidas a la Alta Consejer\u00eda para el Sector \u00a0Privado y Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n \u00a0para el Sector Privado. Son funciones de la Direcci\u00f3n para el Sector \u00a0Privado, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Sector \u00a0Privado y Competitividad en la formulaci\u00f3n de estrategias de gesti\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n entre los sectores p\u00fablico y privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Servir de enlace y apoyar las relaciones \u00a0presidenciales con el sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar en los asuntos econ\u00f3micos que \u00a0por decisi\u00f3n de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Sector Privado y \u00a0Competitividad le sean encomendados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir la elaboraci\u00f3n de informes y \u00a0estudios especiales para la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas para \u00a0los sectores de la econom\u00eda colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Facilitar una efectiva comunicaci\u00f3n entre \u00a0el sector privado y el Gobierno nacional, seg\u00fan las directrices del Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica o del Alto Consejero Presidencial para el Sector Privado y \u00a0Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar y recomendar soluciones a las \u00a0problem\u00e1ticas que se presenten en desarrollo de pol\u00edticas p\u00fablicas que afecten \u00a0el adecuado desarrollo del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer el seguimiento a las pol\u00edticas, \u00a0planes y programas que el Gobierno nacional adelante con el sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar y apoyar a las entidades \u00a0competentes, en la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, programas y proyectos a \u00a0ejecutar por parte del Gobierno nacional con el Sector Privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n de Competitividad e Innovaci\u00f3n. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Competitividad e Innovaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Alto Consejero Presidencial \u00a0para el Sector Privado y Competitividad en materia de competitividad, ciencia, \u00a0tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el funcionamiento del Sistema \u00a0Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar la coordinaci\u00f3n entre entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas para mejorar las condiciones de productividad y \u00a0competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular la oferta institucional en materia \u00a0de estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de proyectos que tienen que ver con mejora de \u00a0condiciones de competitividad, aumento de productividad, fortalecimiento de \u00a0capacidades del capital humano y desarrollo del conocimiento cient\u00edfico, la \u00a0tecnolog\u00eda y la innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Facilitar la alineaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0nacionales y regionales de competitividad, ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar el seguimiento a las diferentes \u00a0iniciativas centrales de la Agenda Nacional de Competitividad, a ser ejecutadas \u00a0a cargo de las diferentes entidades e instituciones responsables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar al Alto Consejero Presidencial \u00a0para el Sector Privado y Competitividad en materia de ciencia, tecnolog\u00eda e \u00a0innovaci\u00f3n, y recomendar mecanismos de coordinaci\u00f3n entre las entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas que cumplan estas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en el desarrollo de \u00a0estrategias de innovaci\u00f3n empresarial con las asociaciones que representan los \u00a0sectores productivos del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto. Son funciones \u00a0de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular la visi\u00f3n de conjunto del \u00a0Gobierno nacional sobre el posconflicto con el apoyo de la Oficina del Alto \u00a0Comisionado para la Paz y las otras entidades del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas y programas \u00a0relacionados con el posconflicto, con especial \u00e9nfasis en los temas de \u00a0inversiones sociales y econ\u00f3micas, desminado \u00a0humanitario y sustituci\u00f3n de cultivos il\u00edcitos, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas y programas para \u00a0la reintegraci\u00f3n de los grupos armados ilegales, en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Colombiana para la Reintegraci\u00f3n de Personas y Grupos Alzados en Armas y de la \u00a0Oficina del Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coadyuvar en la relaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0entidades del Gobierno nacional, la sociedad civil y las autoridades \u00a0departamentales y locales, en la funci\u00f3n de implementaci\u00f3n de los acuerdos de \u00a0paz, con el fin de asegurar su coherencia con la visi\u00f3n de posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el cumplimiento de los \u00a0programas relacionados con el posconflicto y su alineaci\u00f3n con el plan de \u00a0Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, desarrollar, administrar y \u00a0mantener el SIIPO \u2013 Sistema Integrado de Informaci\u00f3n para el Posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener oportunamente informado al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica sobre la ejecuci\u00f3n de los programas relacionados con \u00a0el posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Servir como vocero del Gobierno en los \u00a0asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n para el Posconflicto. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0para el Posconflicto, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Alta Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para el Posconflicto en la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y \u00a0desarrollo de las pol\u00edticas y programas relacionados con el posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con los diferentes Ministerios \u00a0y Departamentos Administrativos, la implementaci\u00f3n de los programas y proyectos \u00a0para el posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con los entes territoriales la \u00a0implementaci\u00f3n de los programas y proyectos relacionados con el posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica el modelo de seguimiento a la implementaci\u00f3n \u00a0del acuerdo de paz con las FARC-EP y mantener integrada la informaci\u00f3n con \u00a0todos los programas de posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a la Alta Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para el Posconflicto en las convocatorias para facilitar la participaci\u00f3n de \u00a0representantes de diversos sectores de la sociedad civil, para incorporar su \u00a0oportuna retroalimentaci\u00f3n a los programas relacionados con el posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n para la Acci\u00f3n Integral contra Minas Antipersonal \u2013 \u00a0Descontamina Colombia. Son funciones de la Direcci\u00f3n para la Acci\u00f3n \u00a0Integral contra Minas Antipersonal \u2013 Descontamina Colombia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular el Direccionamiento Estrat\u00e9gico \u00a0de la Acci\u00f3n Integral contra Minas Antipersonal (AICMA) a nivel nacional y \u00a0coadyuvar el desarrollo de la Pol\u00edtica P\u00fablica en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y monitorear en el orden \u00a0nacional y territorial las actividades de Acci\u00f3n Integral contra Minas \u00a0Antipersonal, mediante la aplicaci\u00f3n de lineamientos t\u00e9cnicos y mecanismos de \u00a0regulaci\u00f3n de los actores estatales y no estatales de la AICMA en sus pilares: desminado humanitario, educaci\u00f3n en el riesgo de minas \u00a0antipersonal y asistencia integral a las v\u00edctimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y coordinar la estrategia \u00a0nacional de Acci\u00f3n contra Minas Antipersonal en todo lo referente al desminado humanitario; asistencia y rehabilitaci\u00f3n a \u00a0v\u00edctimas; destrucci\u00f3n de minas almacenadas; campa\u00f1as de concientizaci\u00f3n \u00a0y educaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n civil; y todos aquellos aspectos que demanden el \u00a0cumplimiento del tratado de Ottawa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular y coordinar los planes, \u00a0programas y proyectos relacionados con la Acci\u00f3n Integral contra Minas \u00a0Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Alto Consejero Presidencial \u00a0para el Posconflicto y al Gobierno nacional en el dise\u00f1o y coordinaci\u00f3n de las \u00a0acciones relativas contra Minas Antipersonal en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar a nivel nacional y territorial, \u00a0intersectorial e interinstitucionalmente, la acci\u00f3n \u00a0integral contra Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, modificar y adoptar los \u00a0est\u00e1ndares nacionales para las actividades relativas a la Acci\u00f3n Integral \u00a0contra Minas Antipersonal y velar por su difusi\u00f3n, aplicaci\u00f3n y cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Acreditar a las organizaciones, entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas que realicen procesos de Educaci\u00f3n en el Riesgo de Minas \u00a0Antipersonal (ERM), de conformidad con el Est\u00e1ndar Nacional de Acreditaci\u00f3n \u00a0adoptado para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Mantener la base del Sistema de \u00a0Informaci\u00f3n de Acci\u00f3n contra Minas Antipersonal, encarg\u00e1ndose de recopilar, \u00a0sistematizar, centralizar y actualizar toda la informaci\u00f3n sobre el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Requerir a los actores estatales y no \u00a0estatales, el reporte de la informaci\u00f3n precisa de la que tengan conocimiento, \u00a0sobre afectaci\u00f3n por presencia o sospecha de presencia de Minas Antipersonal \u00a0(MAP), Municiones Sin Explotar (MUSE) y la informaci\u00f3n respecto a los \u00a0accidentes por MAP\/MUSE, con los datos que conozca de las v\u00edctimas afectadas, \u00a0las acciones que adelanten al respecto, y las actividades de Educaci\u00f3n en el \u00a0Riesgo de Minas Antipersonal (ERM), y las dem\u00e1s en materia de Acci\u00f3n Integral \u00a0contra Minas Antipersonal, de acuerdo con los est\u00e1ndares nacionales e \u00a0internacionales y lineamientos t\u00e9cnicos se\u00f1alados por la Direcci\u00f3n Descontamina \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Servir de fuente oficial de informaci\u00f3n \u00a0para la toma de decisiones de acuerdo con la informaci\u00f3n recolectada sobre los \u00a0programas de prevenci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n de mapas, remoci\u00f3n de minas \u00a0y atenci\u00f3n a v\u00edctimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar y coordinar la implementaci\u00f3n \u00a0del sistema de gesti\u00f3n de calidad que permita analizar el impacto de las \u00a0actividades que se desarrollen en el pa\u00eds en el tema de Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Emitir el concepto t\u00e9cnico sobre la \u00a0alineaci\u00f3n estrat\u00e9gica de los planes y proyectos de la Acci\u00f3n Integral contra \u00a0Minas Antipersonal, por solicitud de cooperantes u operadores de la AICMA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional para la Acci\u00f3n contra las Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Direcci\u00f3n para la Sustituci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n para la Sustituci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Alto Consejero Presidencial \u00a0para el Posconflicto en el dise\u00f1o y coordinaci\u00f3n de las acciones relacionadas \u00a0con la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y desarrollo de programas para la \u00a0sustituci\u00f3n de cultivos, a cargo de las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar el dise\u00f1o de estrategias \u00a0nacionales para la ejecuci\u00f3n de programas relacionados con la sustituci\u00f3n de \u00a0cultivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con los diferentes ministerios \u00a0y departamentos administrativos la implementaci\u00f3n de los programas y proyectos \u00a0relacionados con la sustituci\u00f3n de cultivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Direcci\u00f3n de Inversi\u00f3n Privada para el Posconflicto. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Inversi\u00f3n Privada para el Posconflicto, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar el relacionamiento \u00a0del Gobierno con el sector privado para promover su participaci\u00f3n en el \u00a0desarrollo del pa\u00eds en la etapa del posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar e implementar planes \u00a0estrat\u00e9gicos y planes de acci\u00f3n que plasmen las diferentes iniciativas de \u00a0inversi\u00f3n del sector privado, en las regiones del pa\u00eds afectadas por el \u00a0conflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Gestionar y coordinar la articulaci\u00f3n \u00a0entre la inversi\u00f3n p\u00fablica y privada para la ejecuci\u00f3n de los programas y \u00a0proyectos, en el marco del posconflicto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Alta Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. Son funciones \u00a0de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, los \u00a0ministerios y departamentos administrativos, en el dise\u00f1o de la estrategia \u00a0integral de comunicaciones y sus contenidos y coordinar el seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Impartir las directrices para el dise\u00f1o \u00a0de la estrategia de comunicaciones y de sus contenidos, del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y \u00a0el Gobierno nacional, a nivel nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejecutar en el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y en el Gobierno nacional, las \u00a0directrices e instrucciones que en materia de comunicaciones, a nivel nacional \u00a0e internacional, imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular y ejecutar la pol\u00edtica y el \u00a0manejo de la imagen de Colombia en el interior y exterior del pa\u00eds y coordinar \u00a0las acciones que se requieran con las dem\u00e1s entidades estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Gobierno nacional en la \u00a0ejecuci\u00f3n de las estrategias sectoriales y regionales en materia de \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con el Secretario de Prensa de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica la estrategia de divulgaci\u00f3n a los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n nacional, regional, internacional e institucional, as\u00ed como los \u00a0actos de los ministros, directores de departamentos administrativos y altos \u00a0funcionarios del Gobierno nacional, en los que participe el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y el Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Programar y organizar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con el Secretario de Prensa de la Presidencia de la Rep\u00fablica, los temas \u00a0relacionados con las comunicaciones en los eventos en que participe el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, y aquellos que se deriven del desarrollo de la \u00a0estrategia de comunicaciones del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar las actividades de relaciones \u00a0p\u00fablicas del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Alta Consejer\u00eda Presidencial para las Regiones. Son funciones de \u00a0la Alta Consejer\u00eda Presidencial para las Regiones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0relaci\u00f3n con las pol\u00edticas, planes y programas que el Gobierno nacional debe \u00a0adelantar en las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la creaci\u00f3n de espacios de \u00a0interacci\u00f3n y di\u00e1logo permanente entre las autoridades de orden territorial, el \u00a0Gobierno nacional y los ciudadanos, seg\u00fan las directrices del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con las entidades competentes \u00a0del orden nacional y territorial la ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y proyectos \u00a0estrat\u00e9gicos del Gobierno nacional en territorio, atendiendo las directrices \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular la comunicaci\u00f3n entre las \u00a0entidades territoriales y el Gobierno nacional e implementar los mecanismos de gesti\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n entre el Gobierno nacional y los Gobiernos Territoriales, seg\u00fan \u00a0las directrices del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar el seguimiento a las solicitudes \u00a0y compromisos que se deriven de la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica en las \u00a0entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y con aquellas \u00a0entidades que se requiera los aspectos log\u00edsticos, de tecnolog\u00eda y \u00a0comunicaciones inherentes a la interacci\u00f3n que se adelante con las entidades \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y apoyar a las entidades \u00a0competentes, en la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, programas y proyectos a \u00a0ejecutar por parte del Gobierno nacional en las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Consejer\u00eda Presidencial para la Primera Infancia. Son funciones \u00a0de la Consejer\u00eda Presidencial para la Primera Infancia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar con las entidades competentes \u00a0los procesos de formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y programas en el marco de la pol\u00edtica \u00a0de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Propender por el establecimiento de \u00a0alianzas estrat\u00e9gicas con el sector privado, Organizaciones No Gubernamentales \u00a0(ONG), sociales, comunitarias y de cooperaci\u00f3n y dem\u00e1s instancias no gubernamentales, \u00a0para la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica para el Desarrollo Integral a la Primera \u00a0Infancia De Cero a Siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y articular estrategias para la \u00a0consecuci\u00f3n de recursos p\u00fablicos, privados y de cooperaci\u00f3n internacional, \u00a0destinados a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica para el desarrollo Integral a la \u00a0Primera Infancia De Cero a Siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover el dise\u00f1o de acciones, \u00a0estrategias y mecanismos a nivel territorial y local para la implementaci\u00f3n, \u00a0fortalecimiento y sostenibilidad de la pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Propender por el fortalecimiento de \u00a0sistemas de monitoreo, evaluaci\u00f3n y seguimiento de las acciones implementadas \u00a0por las entidades miembros de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n \u00a0Integral de la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Desarrollar estrategias de comunicaci\u00f3n, \u00a0informaci\u00f3n y difusi\u00f3n de los temas propios de la Consejer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer alianzas estrat\u00e9gicas con el \u00a0sector privado, organismos internacionales, Organizaciones No Gubernamentales \u00a0(ONG), universidades y centros de investigaci\u00f3n, para incentivar y fortalecer \u00a0la investigaci\u00f3n y el an\u00e1lisis del conocimiento relacionado con la primera \u00a0infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presidir, coordinar y ejercer la \u00a0secretar\u00eda t\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de \u00a0la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Presidente y al Gobierno \u00a0nacional en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas gubernamentales destinadas a promover la \u00a0equidad entre mujeres y hombres, siguiendo las orientaciones generales trazadas \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Acompa\u00f1ar y asesorar la expedici\u00f3n de las \u00a0disposiciones necesarias para la aplicaci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica de \u00a0asuntos de g\u00e9nero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Impulsar la incorporaci\u00f3n de la \u00a0perspectiva de g\u00e9nero en la formulaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas en las entidades p\u00fablicas nacionales y \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer los mecanismos de seguimiento \u00a0al cumplimiento de la legislaci\u00f3n interna y de los tratados y convenciones \u00a0internacionales que se relacionen con la equidad de la mujer y la perspectiva \u00a0de g\u00e9nero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir el Observatorio de Asuntos de \u00a0G\u00e9nero (OAG), de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer alianzas estrat\u00e9gicas con el \u00a0sector privado, organismos internacionales, Organizaciones No Gubernamentales \u00a0(ONG), universidades y centros de investigaci\u00f3n, para estimular y fortalecer la \u00a0investigaci\u00f3n y el an\u00e1lisis del conocimiento existente sobre la condici\u00f3n y \u00a0situaci\u00f3n de la mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar organizaciones solidarias, \u00a0comunitarias y sociales de mujeres a nivel nacional y velar por su \u00a0participaci\u00f3n activa en las acciones y programas estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar la formulaci\u00f3n y el dise\u00f1o de \u00a0programas y proyectos espec\u00edficos dirigidos a mejorar la calidad de vida de las \u00a0mujeres; especialmente las m\u00e1s pobres y desprotegidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impulsar la reglamentaci\u00f3n de leyes \u00a0existentes dirigidas a lograr la equidad para las mujeres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Canalizar recursos y acciones \u00a0provenientes de la cooperaci\u00f3n internacional, para el desarrollo de los \u00a0proyectos destinados a garantizar la inclusi\u00f3n de la dimensi\u00f3n de g\u00e9nero y la \u00a0participaci\u00f3n de la mujer en los \u00e1mbitos social, pol\u00edtico y econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Oficina del Alto Comisionado para la Paz. Son funciones de la \u00a0Oficina del Alto Comisionado para la Paz, de conformidad con el art\u00edculo 16 de \u00a0la Ley 434 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0la formulaci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica de paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar la voluntad real de paz y \u00a0reinserci\u00f3n a la vida civil de los alzados en armas, con el fin de determinar \u00a0la formalizaci\u00f3n de di\u00e1logos y celebraci\u00f3n de acuerdos de paz, de conformidad con \u00a0lo que disponga el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Convocar a los sectores de la sociedad \u00a0civil en torno al prop\u00f3sito de la reconciliaci\u00f3n nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Facilitar la participaci\u00f3n de \u00a0representantes de diversos sectores de la sociedad civil en las gestiones que a \u00a0su juicio puedan contribuir al desarrollo y consolidaci\u00f3n de los procesos de \u00a0paz, de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir los di\u00e1logos y firmar acuerdos \u00a0con los voceros y representantes de los grupos alzados en armas, tendientes a \u00a0buscar la reinserci\u00f3n de sus integrantes a la vida civil, de acuerdo con las \u00a0\u00f3rdenes que le imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Como representante del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, definir los t\u00e9rminos de la agenda de negociaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer los mecanismos e instrumentos \u00a0administrativos que permitan el desarrollo de sus funciones en forma gerencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ser el vocero del Gobierno nacional \u00a0respecto del desarrollo de la pol\u00edtica de paz frente a la opini\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. De conformidad con el art\u00edculo 10 de la Ley 434 de 1998, la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Nacional de Paz ser\u00e1 ejercida por la Oficina del \u00a0Alto Comisionado para la Paz de la Presidencia de la Rep\u00fablica en los t\u00e9rminos \u00a0en que el reglamento del Consejo determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar en coordinaci\u00f3n con los Altos Consejeros \u00a0Presidenciales y las entidades competentes el alistamiento para la implementaci\u00f3n \u00a0de los acuerdos de paz que se suscriban con los miembros de los grupos armados \u00a0ilegales, sobre la base de los avances en las negociaciones de paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coadyuvar en la coordinaci\u00f3n con las autoridades \u00a0departamentales y municipales la preparaci\u00f3n para la implementaci\u00f3n de los \u00a0acuerdos de paz que se suscriban con los grupos armados ilegales, sobre la base \u00a0de los avances en las negociaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Adelantar las \u00a0gestiones necesarias para que la implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz se \u00a0ajuste a la visi\u00f3n y contenido de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 12: \u201cHacer seguimiento a \u00a0la ejecuci\u00f3n de los acuerdos de paz para garantizar que se ajuste a la visi\u00f3n y \u00a0contenido de los mismos.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Absolver las \u00a0consultas y peticiones que guarden relaci\u00f3n con las funciones de la Oficina del \u00a0Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 14: \u201cLas dem\u00e1s que le \u00a0correspondan, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y el Director de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Numeral adicionado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Proponer, en coordinaci\u00f3n y bajo los lineamientos de la \u00a0Secretar\u00eda Jur\u00eddica, proyectos de actos legislativos, leyes, decretos \u00a0reglamentarios y dem\u00e1s documentos en materia de procesos y acuerdos de paz, sin \u00a0perjuicio de las funciones propias de la citada Secretar\u00eda. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Numeral adicionado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de \u00a0la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La informaci\u00f3n sobre los procesos \u00a0de paz la suministrar\u00e1 el Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Decreto 1609 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Direcci\u00f3n Tem\u00e1tica. Son funciones de la Direcci\u00f3n Tem\u00e1tica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Generar los documentos e insumos t\u00e9cnicos \u00a0que orienten y apoyen la determinaci\u00f3n de la agenda de negociaci\u00f3n con grupos \u00a0armados organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los documentos e insumos \u00a0t\u00e9cnicos que soporten la adopci\u00f3n de decisiones en el marco de mesas de \u00a0di\u00e1logo, suscripci\u00f3n e implementaci\u00f3n de acuerdos de paz con grupos armados \u00a0organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en las mesas de conversaciones \u00a0y asegurar el apoyo necesario a los negociadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la producci\u00f3n de documentos e \u00a0insumos t\u00e9cnicos que por su especialidad tem\u00e1tica dependan de otras entidades \u00a0del Estado para orientar la adopci\u00f3n de decisiones en el contexto de acuerdos o \u00a0procesos de paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar y apoyar el dise\u00f1o de las \u00a0medidas de alistamiento que posibiliten el cumplimiento de los acuerdos de paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Orientar y asistir a las \u00a0diferentes entidades e instancias responsables de la implementaci\u00f3n de los \u00a0acuerdos de paz en la comprensi\u00f3n del contenido y visi\u00f3n de lo acordado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 7: \u201cLas dem\u00e1s que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Numeral adicionado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Ejercer la secretar\u00eda t\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n de Seguimiento, \u00a0Impulso y Verificaci\u00f3n a la Implementaci\u00f3n del Acuerdo Final (CSIVI) y \u00a0participar en otras instancias y comisiones que tengan como prop\u00f3sito impulsar \u00a0el contenido de los acuerdos. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Numeral adicionado por el Decreto 1270 de 2017, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la dependencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Secretaria Privada. Son funciones de la Secretar\u00eda Privada, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar con el Director del \u00a0Departamento y los Altos Consejeros Presidenciales los mecanismos de planeaci\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n requeridos para mantener una visi\u00f3n estrat\u00e9gica de la agenda del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Programar la agenda presidencial seg\u00fan \u00a0los lineamientos acordados con el Director del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, los Altos Consejeros Presidenciales y los \u00a0requerimientos del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, cuando se requiera, con otras \u00a0dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica, el Gobierno nacional y otras \u00a0instancias gubernamentales, la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la log\u00edstica de los eventos, viajes \u00a0y desplazamientos que realice el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Director del Departamento y \u00a0los Altos Consejeros Presidenciales la relaci\u00f3n de invitaciones al Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los documentos que le encargue \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por la compilaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n necesaria para las alocuciones e intervenciones del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica para su adecuada preparaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Gestionar los documentos emanados del \u00a0despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar el registro de lo acontecido en \u00a0las audiencias otorgadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y comunicar las \u00a0decisiones presidenciales que all\u00ed se adopten a la dependencia gubernamental \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las audiencias que le encargue \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender la correspondencia dirigida al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, que sea de su competencia, y coordinar las \u00a0respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Casa Militar. Son funciones de Casa Militar, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar con las Fuerzas Militares los \u00a0requerimientos necesarios para garantizar la seguridad del se\u00f1or Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, se\u00f1or Vicepresidente de la Rep\u00fablica, sus familias y comitivas \u00a0oficiales en las actividades en que ellos participen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con el Comando General de las \u00a0Fuerzas Militares y la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional la disposici\u00f3n \u00a0de los medios navales, fluviales y a\u00e9reos necesarios para el correcto \u00a0desarrollo de la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, sus familias y comitivas oficiales tanto a nivel nacional como los \u00a0requeridos para el cumplimiento de la agenda internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la dependencia \u00a0correspondiente las audiencias de los integrantes de las Fuerzas Militares, con \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por el cumplimiento del protocolo \u00a0establecido para el Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la Direcci\u00f3n de Eventos los \u00a0apoyos log\u00edsticos para la organizaci\u00f3n y desarrollo de los eventos agendados por la Secretar\u00eda Privada en los que deban \u00a0asistir el Presidente o el Vicepresidente de la Rep\u00fablica, tanto a nivel \u00a0nacional como los requeridos para el cumplimiento de la agenda internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por la integridad f\u00edsica del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y planear todos los aspectos \u00a0relacionados con la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los programas de avanzada, \u00a0entrenamiento y operaciones, que garanticen la integridad f\u00edsica y personal del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Identificar y adoptar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las correspondientes autoridades, las medidas que remedien situaciones de \u00a0emergencia que comprometan la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica, del \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar en la organizaci\u00f3n de los \u00a0viajes del Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la \u00a0de sus familias y determinar las medidas de seguridad que deban seguirse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Evaluar constantemente la seguridad del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus \u00a0familias, con el apoyo de cualquier entidad del Estado, en caso de requerirlo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Seleccionar, por recomendaci\u00f3n de sus \u00a0superiores, el personal que estar\u00e1 a cargo de la seguridad del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, Vicepresidente de la Rep\u00fablica y la de sus familias, conformado por \u00a0las Fuerzas Militares, la Polic\u00eda Nacional y dem\u00e1s organismos de seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Informar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Vicepresidente de la Rep\u00fablica sobre las medidas que se tomen para su \u00a0protecci\u00f3n y la de sus familias, as\u00ed como los inconvenientes que se encuentren \u00a0en la aplicaci\u00f3n de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Velar por la seguridad de los \u00a0funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica, que por la naturaleza del cargo \u00a0y funciones as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Direcci\u00f3n de Eventos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Eventos, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar a la Secretar\u00eda Privada en la \u00a0coordinaci\u00f3n de los eventos y viajes que realice el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar los eventos y actividades del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica en todo el territorio nacional con la Casa Militar y \u00a0la Direcci\u00f3n de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, cuando fuere \u00a0el caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que los eventos en los cuales intervenga \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica cumplan con los mayores est\u00e1ndares de calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que le correspondan, de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Direcci\u00f3n de Discursos. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Discursos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Preparar y poner a consideraci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, del Director del Departamento y los Altos \u00a0Consejeros Presidenciales, las intervenciones p\u00fablicas que aquel deba efectuar \u00a0en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y proponer, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Secretar\u00eda Privada y la Alta Consejer\u00eda Presidencial de Comunicaciones, los \u00a0textos, comentarios, pronunciamientos, respuestas, entre otros, que el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica deba suscribir y remitir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar las diferentes dependencias de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, cuando as\u00ed lo requieran, en la redacci\u00f3n de \u00a0comunicados oficiales, notas, discursos e intervenciones oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con las dem\u00e1s entidades que se \u00a0requieran, las intervenciones y pronunciamientos del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, velando porque las mismas contengan informaci\u00f3n veraz, \u00fatil y de \u00a0f\u00e1cil comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le correspondan, de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Secretar\u00eda Jur\u00eddica. Son funciones de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estudiar y preparar proyectos de leyes o \u00a0actos legislativos que el Presidente de la Rep\u00fablica deba someter a \u00a0consideraci\u00f3n del Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la revisi\u00f3n previa a la \u00a0presentaci\u00f3n al Congreso de la Rep\u00fablica, de los proyectos de ley elaborados \u00a0por los ministerios o dem\u00e1s entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Gobierno nacional en el estudio de los proyectos de leyes que se tramitan en \u00a0el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Colaborar con el Presidente en la \u00a0preparaci\u00f3n de mensajes de urgencia para las c\u00e1maras legislativas o mensajes \u00a0similares a las autoridades judiciales de conformidad con la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Presidente para su sanci\u00f3n, \u00a0u objeci\u00f3n por inconstitucionalidad o inconveniencia, los proyectos aprobados \u00a0por el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar y revisar los decretos con \u00a0fuerza de ley que deba expedir el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Numerar las leyes sancionadas y \u00a0remitirlas para su publicaci\u00f3n en el Diario \u00a0Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Revisar, estudiar, formular observaciones \u00a0y emitir conceptos sobre los proyectos de decretos, resoluciones ejecutivas y directivas \u00a0presidenciales sometidas a consideraci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Absolver las consultas legales que le \u00a0hagan el Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente, el Consejo de \u00a0Ministros, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y sus funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a los funcionarios del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en todos los asuntos o consultas jur\u00eddicas \u00a0que se presenten en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirimir, por solicitud del Presidente de la Rep\u00fablica, los \u00a0Ministros o Directores de Departamentos Administrativos, las diferencias de \u00a0interpretaci\u00f3n legal que se presenten entre las entidades por ellos \u00a0representadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Representar judicial y extrajudicialmente \u00a0a la Presidencia de la Rep\u00fablica en los procesos en que sea parte por \u00a0delegaci\u00f3n del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, sin perjuicio de que el Director pueda delegar esas funciones en \u00a0otros servidores de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar las oficinas jur\u00eddicas de las \u00a0entidades oficiales del orden nacional, cuando sea pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover y efectuar trabajos \u00a0investigativos y publicaciones de car\u00e1cter jur\u00eddico que interesen al Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Promover la compilaci\u00f3n y expedici\u00f3n de \u00a0decretos \u00fanicos de car\u00e1cter sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director de Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Secretaria de Transparencia. Son funciones de la Secretar\u00eda de \u00a0Transparencia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Director del Departamento \u00a0en la formulaci\u00f3n y dise\u00f1o de pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de transparencia y \u00a0lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y coordinar la implementaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica del Gobierno en la lucha contra la corrupci\u00f3n, bajo las directrices \u00a0del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a la Direcci\u00f3n del Departamento \u00a0en la fijaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias e implementaci\u00f3n de indicadores de \u00a0transparencia de las entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades estatales cuyas funciones tengan relaci\u00f3n con el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a la Direcci\u00f3n del Departamento \u00a0en la coordinaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de mecanismos para fomentar la rendici\u00f3n de \u00a0cuentas por parte de las entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y en la \u00a0promoci\u00f3n de mecanismos de participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, coordinar e implementar \u00a0directrices, mecanismos y herramientas preventivas para el fortalecimiento \u00a0institucional, participaci\u00f3n ciudadana, control social, rendici\u00f3n de cuentas, \u00a0acceso a la informaci\u00f3n, cultura de la probidad y transparencia, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la implementaci\u00f3n de los \u00a0compromisos adquiridos por Colombia mediante los instrumentos internacionales \u00a0de lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fomentar y participar en la coordinaci\u00f3n \u00a0interinstitucional de las diferentes ramas del poder p\u00fablico y \u00f3rganos de \u00a0control del nivel nacional y territorial, para la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de \u00a0transparencia y lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar instrumentos que permitan conocer \u00a0y analizar el fen\u00f3meno de la corrupci\u00f3n y sus indicadores y faciliten la \u00a0definici\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la elaboraci\u00f3n de proyectos \u00a0de ley o de acto legislativo que someta el Gobierno nacional a consideraci\u00f3n \u00a0del Congreso de la Rep\u00fablica en materia de lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir y promover acciones estrat\u00e9gicas \u00a0entre el sector p\u00fablico y el sector privado para la lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la formulaci\u00f3n de \u00a0propuestas de actos administrativos necesarios para la reglamentaci\u00f3n de las \u00a0normas con fuerza de ley sobre la lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, investigaciones, \u00a0indicadores y dem\u00e1s instrumentos que permitan conocer y analizar el fen\u00f3meno de \u00a0la corrupci\u00f3n, incluyendo un sistema de informaci\u00f3n sobre la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Se\u00f1alar la metodolog\u00eda para dise\u00f1ar y \u00a0hacer seguimiento a las estrategias de lucha contra la corrupci\u00f3n y de atenci\u00f3n \u00a0al ciudadano que deber\u00e1n elaborar anualmente las entidades del orden nacional y \u00a0territorial, de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 73 de la Ley 1474 de 2011, as\u00ed \u00a0como la metodolog\u00eda para dise\u00f1ar e implementar los planes de acci\u00f3n previstos \u00a0en el art\u00edculo 74 de dicha ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Conocer directamente las quejas, \u00a0sugerencias y reclamos que, por su gravedad, sean puestas en su conocimiento \u00a0por el jefe o coordinador de la unidad o grupo de control interno disciplinario \u00a0de cada entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proponer estrategias para la pedagog\u00eda y \u00a0promoci\u00f3n de la cultura de legalidad, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades y \u00a0organismos p\u00fablicos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Consolidar y analizar los informes y reportes \u00a0que presenten los jefes de control interno de la Rama Ejecutiva del orden \u00a0nacional, o de quienes hagan sus veces, de conformidad con lo se\u00f1alado en el \u00a0art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1474 de 2011 y en \u00a0el decreto que la reglamente, proponer acciones preventivas en esta materia y \u00a0presentar un informe sobre los mismos a la Comisi\u00f3n Nacional para la \u00a0Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n en el marco de la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Proponer a la Comisi\u00f3n Nacional para la \u00a0Moralizaci\u00f3n acciones para adelantar conjuntamente con el Gobierno nacional, \u00a0consolidar sus informes y hacer seguimiento a los indicadores de eficacia, \u00a0eficiencia y transparencia que esta formule. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar actividades con la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha contra la Corrupci\u00f3n y \u00a0promover la aplicaci\u00f3n de los lineamientos tanto de esta Comisi\u00f3n como de la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n en las Comisiones Regionales de \u00a0Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Solicitar a los diferentes organismos, \u00a0entidades y autoridades del Estado y funcionarios la informaci\u00f3n que requiera \u00a0para el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Secretar\u00eda de Prensa. Son funciones de la Secretar\u00eda de Prensa, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divulgar oportunamente a los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n nacional, regional, internacional e institucional, las actividades \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y de los altos funcionarios del Estado, las \u00a0decisiones del Gobierno nacional y los asuntos relacionados con el desarrollo \u00a0de la estrategia de comunicaciones del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con la Alta Consejer\u00eda \u00a0Presidencial de Comunicaciones, las actividades necesarias para la divulgaci\u00f3n \u00a0de los actos en que participen el Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica, los ministros, los directores de departamento administrativo, \u00a0los funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica y altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar la participaci\u00f3n de los medios \u00a0de comunicaci\u00f3n en los actos y viajes que realice el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento de la informaci\u00f3n \u00a0emitida por las agencias de noticias y los diferentes medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar las relaciones con los medios \u00a0de comunicaci\u00f3n internacionales, nacionales y regionales y atender sus \u00a0requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar los medios digitales, \u00a0audiovisuales y redes sociales institucionales de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0que se determinen en desarrollo de la estrategia de comunicaciones del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la edici\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las \u00a0publicaciones que requiera la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le correspondan, de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Direcci\u00f3n de Gobierno y \u00c1reas Estrat\u00e9gicas. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Gobierno y \u00c1reas Estrat\u00e9gicas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director del Departamento en \u00a0la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias gubernamentales, a cargo de los \u00a0ministerios, departamentos administrativos y dem\u00e1s entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar, por instrucciones del \u00a0Director del Departamento, a las entidades gubernamentales para la efectiva \u00a0ejecuci\u00f3n de las prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica, en las \u00e1reas que \u00a0dependan de estas entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar al Director del Departamento en la \u00a0implementaci\u00f3n y seguimiento de las prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0en \u00e1reas y proyectos estrat\u00e9gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer, al Director del Departamento, \u00a0mecanismos de articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre las diferentes entidades que \u00a0tienen a su cargo tr\u00e1mites que inciden en la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las \u00a0prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Director del Departamento en la \u00a0coordinaci\u00f3n de las prioridades del Gobierno con los diferentes ministerios y \u00a0departamentos administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Hacer seguimiento a los compromisos de \u00a0las audiencias otorgadas por el Presidente de la Rep\u00fablica, y preparar un \u00a0informe peri\u00f3dico para el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a la Direcci\u00f3n del Departamento \u00a0en la coordinaci\u00f3n, implementaci\u00f3n de mecanismos para la ejecuci\u00f3n y rendici\u00f3n \u00a0de cuentas del Gobierno y preparar los documentos y registros que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar a la Direcci\u00f3n del Departamento en \u00a0la coordinaci\u00f3n de la gesti\u00f3n de los temas misionales a cargo de las \u00a0dependencias del Departamento que este le asigne. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar al Director del Departamento, en \u00a0la fijaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias e implementaci\u00f3n de indicadores \u00a0encaminados a fortalecer la eficiencia de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y el \u00a0servicio a los ciudadanos, en coordinaci\u00f3n con las entidades cuyas funciones \u00a0tengan relaci\u00f3n con el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n, el fortalecimiento de los indicadores de seguimiento al Plan Nacional \u00a0de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar, de acuerdo con las instrucciones \u00a0del Director del Departamento, a las entidades del Gobierno nacional en la \u00a0formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Director para Asuntos Pol\u00edticos. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0para Asuntos Pol\u00edticos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director del Departamento en \u00a0el ejercicio de sus atribuciones legales relacionadas con el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica, los partidos y agentes pol\u00edticos del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar, de acuerdo con las instrucciones \u00a0del Director del Departamento, al Ministerio del Interior en las relaciones del \u00a0Gobierno con los partidos pol\u00edticos y las organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a la Direcci\u00f3n del Departamento \u00a0en la coordinaci\u00f3n que se debe adelantar con el Congreso de la Rep\u00fablica y \u00a0otros agentes pol\u00edticos para llevar a cabo la ejecuci\u00f3n de los programas y \u00a0proyectos a cargo del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento a los trabajos y agenda \u00a0de las comisiones legislativas y las sesiones plenarias del Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica e informar sobre los mismos al Director del Departamento y a los \u00a0Altos Consejeros Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las oficinas competentes de \u00a0los Ministerios y Departamentos Administrativos las respuestas a los \u00a0cuestionarios de control pol\u00edtico que formule el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los estudios y evaluaciones que \u00a0el Director del Departamento solicite en los temas de su competencia y \u00a0presentar informe de los resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar apoyo, cuando el Director del \u00a0Departamento lo determine, a los Ministerios en el tr\u00e1mite legislativo de los \u00a0proyectos de ley de inter\u00e9s del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer la secretar\u00eda ejecutiva de las mesas pol\u00edticas que se \u00a0conformen por iniciativa del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la realizaci\u00f3n de espacios de interacci\u00f3n y di\u00e1logo \u00a0permanente entre los ciudadanos, las autoridades de orden territorial y el \u00a0Gobierno nacional, de acuerdo con los lineamientos de la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Direcci\u00f3n del Sistema Nacional de Juventud \u201cColombia Joven\u2019\u2019. \u00a0Adem\u00e1s de las funciones se\u00f1aladas en la Ley 1622 de 2013, la \u00a0Direcci\u00f3n para el Sistema Nacional de Juventud \u201cColombia Joven\u201d cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Gobierno nacional y a las \u00a0entidades territoriales, en la coordinaci\u00f3n de la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas de juventud, con enfoque de derechos y \u00a0diferencial, \u00e9tnico e intercultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el Sistema Nacional de las \u00a0Juventudes y velar por el cumplimiento de las funciones del mismo establecidas \u00a0en la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover estrategias que faciliten el \u00a0acceso de los j\u00f3venes a los servicios, recursos y beneficios ofrecidos por las \u00a0entidades gubernamentales y no gubernamentales y promover acciones para generar \u00a0oportunidades para que los j\u00f3venes mejoren su formaci\u00f3n integral y su calidad \u00a0de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular programas, proyectos y \u00a0actividades en favor de la juventud en coordinaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas \u00a0y privadas nacionales e internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar y coordinar la implementaci\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas p\u00fablicas que permitan la participaci\u00f3n de los j\u00f3venes en el \u00a0fortalecimiento de la democracia, la garant\u00eda de los Derechos Humanos de los \u00a0J\u00f3venes y la organizaci\u00f3n social y pol\u00edtica de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar y coordinar pol\u00edticas p\u00fablicas \u00a0que permitan el acceso con calidad y equidad de los j\u00f3venes a la diversidad de \u00a0la oferta institucional del Estado en lo relacionado con la garant\u00eda y el goce \u00a0efectivo de sus Derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar asistencia t\u00e9cnica a los \u00a0departamentos, distritos y municipios en la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de sus pol\u00edticas para la garant\u00eda de los derechos de los j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover la participaci\u00f3n de los j\u00f3venes \u00a0en la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos relacionados con el desarrollo social, pol\u00edtico, \u00a0econ\u00f3mico, cultural, deportivo y ambiental, adelantados por las entidades del \u00a0orden territorial y nacional y promover el acceso de estos a los servicios, \u00a0recursos y beneficios ofrecidos por dichas entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estimular la vinculaci\u00f3n de los j\u00f3venes a \u00a0la vida social, pol\u00edtica, econ\u00f3mica, cultural, deportiva y ambiental de la \u00a0Naci\u00f3n, a los procesos de globalizaci\u00f3n y competitividad mundial, mediante \u00a0programas de formaci\u00f3n en participaci\u00f3n ciudadana, acceso al trabajo, uso del \u00a0tiempo libre y desarrollo de sus potencialidades y talentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar alianzas con organismos y con \u00a0entidades nacionales e internacionales de car\u00e1cter p\u00fablico, privado y mixto que \u00a0contribuyan a la garant\u00eda y cumplimiento de los derechos de los j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover y realizar estudios e investigaciones \u00a0sobre temas y asuntos que conciernen a la juventud y sobre el impacto de la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica de juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asistir al Gobierno nacional en la \u00a0organizaci\u00f3n y desarrollo de un programa especial de apoyo al Consejo Nacional \u00a0de Juventud, los Consejos Departamentales de Juventud y a los Consejos Distritales, Municipales y Locales de Juventud, en los \u00a0t\u00e9rminos de la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer la secretar\u00eda t\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n de Concertaci\u00f3n y Decisi\u00f3n Nacional del Sistema Nacional de \u00a0Juventudes, de manera compartida con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, en \u00a0su calidad de dependencia rectora del Sistema Nacional de Juventudes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar el portal de juventud que \u00a0incluir\u00e1 informaci\u00f3n de oferta y demanda de servicios para garant\u00eda de los \u00a0derechos expresados en el Estatuto de Ciudadan\u00eda Juvenil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Administrar el Sistema Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Conocimiento en Adolescencia y Juventud (SNIGCAJ). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le correspondan, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Gesti\u00f3n General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Orientar, coordinar y monitorear a las \u00a0dependencias misionales del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Director del Departamento en \u00a0la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica o planes de acci\u00f3n del Sector y asistirlo en las \u00a0funciones de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control que le corresponden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los informes y \u00a0estudios especiales que sobre el desarrollo de los planes y programas del \u00a0sector deban presentarse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por la aplicaci\u00f3n del Plan de \u00a0Desarrollo Administrativo y otros planes espec\u00edficos del sector administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y con aquellas \u00a0entidades del sector, los aspectos log\u00edsticos inherentes a la ejecuci\u00f3n del \u00a0Gobierno y las \u00e1reas estrat\u00e9gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar para el Director del \u00a0Departamento, en colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias pertinentes, los \u00a0informes y estudios que aquel solicite y coordinar la elaboraci\u00f3n de los \u00a0informes peri\u00f3dicos que debe presentar el Departamento Administrativo a las \u00a0diferentes entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asistir al Director del Departamento en sus \u00a0relaciones con otras autoridades cuando este lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Representar al Director del Departamento \u00a0en las actividades oficiales que este le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asistir al Director del Departamento en \u00a0el ejercicio de sus funciones de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asistir a las juntas, consejos u otros \u00a0cuerpos colegiados a las que haya sido delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer los lineamientos, liderar, \u00a0coordinar y acompa\u00f1ar las iniciativas de cooperaci\u00f3n internacional presentadas \u00a0por las dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Celebrar y suscribir los convenios de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional que gestionen las dependencias misionales del \u00a0Departamento y realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los mismos, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Orientar y dar lineamientos para la \u00a0eficiente gesti\u00f3n financiera, administrativa y t\u00e9cnica de los fondos cuenta del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los \u00a0informes que requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Solicitar la informaci\u00f3n administrativa, \u00a0financiera y t\u00e9cnica a los responsables de los fondos cuenta del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los informes que \u00a0requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar al Director del Departamento en \u00a0la coordinaci\u00f3n de las dependencias misionales para la implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica en \u00e1reas y \u00a0proyectos estrat\u00e9gicos de competencia del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Apoyar al Director del Departamento en \u00a0la coordinaci\u00f3n de las entidades del sector para la implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica en \u00e1reas y \u00a0proyectos estrat\u00e9gicos de competencia del sector e informar a la Direcci\u00f3n de \u00a0Gobierno y \u00c1reas Estrat\u00e9gicas los avances y resultados de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Oficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar y promover el desarrollo, \u00a0implementaci\u00f3n y sostenibilidad del Sistema Integrado \u00a0de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n del Sector Administrativo Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, bajo los lineamientos del \u00a0Director de Gesti\u00f3n General, a las dem\u00e1s dependencias y a las entidades \u00a0adscritas y vinculadas en la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de \u00a0los objetivos institucionales y del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir directrices, metodolog\u00edas, \u00a0instrumentos y cronogramas para la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0de los planes, programas y proyectos del Departamento y de las entidades del \u00a0Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias del Departamento y las entidades del Sector y con sujeci\u00f3n al Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, el Plan Estrat\u00e9gico Sectorial e Institucional, y el \u00a0Plan de Acci\u00f3n institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Hacer el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica y al cumplimiento de las metas de los planes, programas y proyectos \u00a0del Departamento y del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar al Banco de Proyectos de \u00a0Inversi\u00f3n P\u00fablica del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n los proyectos a \u00a0incluir en el Plan Operativo Anual de Inversiones, tanto del Departamento como \u00a0de las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar, consolidar y presentar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Operaciones, y de acuerdo con las directrices \u00a0que impartan el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, el anteproyecto de presupuesto, as\u00ed como la \u00a0programaci\u00f3n presupuestal plurianual del Departamento y de las entidades del \u00a0Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar y validar los indicadores de \u00a0gesti\u00f3n, de producto y de impacto del Sector y hacer el seguimiento a trav\u00e9s de \u00a0los sistemas establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal sectorial y viabilizar las modificaciones presupuestales del \u00a0Departamento y de las entidades del Sector en materia de inversi\u00f3n, de \u00a0conformidad con el Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto y las normas que lo \u00a0reglamentan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n a la \u00a0gesti\u00f3n institucional y sectorial, consolidar el informe de resultados y preparar \u00a0los informes para las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Liderar la implementaci\u00f3n de procesos de \u00a0evaluaci\u00f3n del Departamento que comprenda, entre otros, la evaluaci\u00f3n de los \u00a0procesos, resultados e impacto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estructurar, conjuntamente con las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Departamento y entidades del Sector, los informes de gesti\u00f3n y \u00a0rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la elaboraci\u00f3n y env\u00edo del \u00a0informe de gesti\u00f3n de la Presidencia de la Rep\u00fablica y del Sector ante el \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 \u00a0Institucional de Desarrollo Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias competentes, el Plan Anticorrupci\u00f3n de la Entidad, para la \u00a0aprobaci\u00f3n del Director del Departamento y liderar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar, coordinar y administrar la \u00a0gesti\u00f3n del riesgo en las diferentes dependencias y procesos de la Entidad con \u00a0la periodicidad y la oportunidad requeridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de \u00a0Control Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la verificaci\u00f3n \u00a0y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control \u00a0Interno est\u00e9 formalmente establecido en el Departamento y que su ejercicio \u00a0logre ser intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en \u00a0particular, de los que tengan responsabilidad de direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Constatar que los controles definidos para los procesos y \u00a0actividades del departamento, se cumplan por parte de los responsables de su \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de \u00a0las actividades del Departamento, est\u00e9n adecuadamente definidos, sean \u00a0apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimiento de las leyes, \u00a0normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la \u00a0organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los servidores de la \u00a0entidad en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los \u00a0resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con \u00a0el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n del \u00a0departamento y recomendar los correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar la cultura del autocontrol que contribuya \u00a0al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los \u00a0mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana que adopte el departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informados a \u00a0los directivos acerca del estado del control interno del Departamento, dando \u00a0cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a las dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en la adopci\u00f3n de \u00a0acciones de mejoramiento recomendadas por los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Evaluar la gesti\u00f3n de las dependencias \u00a0encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y \u00a0denuncias y rendir al Director del Departamento un informe semestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las dependencias de la \u00a0entidad en la identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el \u00a0logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desarrollar programas de auditor\u00eda y formular las observaciones y recomendaciones \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Verificar que se implanten las medidas \u00a0respectivas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presentar los informes que le solicite \u00a0el Director del Departamento y el Director de Gesti\u00f3n General, relacionados con \u00a0los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Actuar como interlocutor de los organismos \u00a0de control en desarrollo de las auditor\u00edas que \u00a0practiquen en la entidad, y en la recepci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y \u00a0entrega de la informaci\u00f3n requerida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Poner en conocimiento de los organismos \u00a0competentes la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que conozca en \u00a0desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Publicar un informe del estado del \u00a0control interno del Departamento en su p\u00e1gina web. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia, las establecidas en la normativa vigente y las \u00a0que le sean asignadas el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36 Direcci\u00f3n de Operaciones. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Operaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias, \u00a0por el correcto y oportuno cumplimiento de las pol\u00edticas y los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos, relacionados con el manejo presupuestal y financiero del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar las pol\u00edticas en materia de \u00a0gesti\u00f3n del recurso humano del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las pol\u00edticas que en materia \u00a0contractual y de servicios administrativos requiera el Departamento \u00a0Administrativo y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar los planes, programas y \u00a0proyectos para el manejo, an\u00e1lisis y desarrollo de las tecnolog\u00edas y sistemas \u00a0de informaci\u00f3n que requiera el Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con el Batall\u00f3n Guardia \u00a0Presidencial los planes y programas relacionados con los servicios \u00a0administrativos y log\u00edsticos requeridos para garantizar la seguridad del se\u00f1or \u00a0Presidente, el se\u00f1or Vicepresidente y sus familias, el bienestar de los \u00a0servidores p\u00fablicos y las pol\u00edticas ambientales requeridas por la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Requerir el cumplimiento de los planes de \u00a0acci\u00f3n de las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar y establecer los procedimientos \u00a0para garantizar la atenci\u00f3n de Peticiones Quejas, Reclamos y Sugerencias para \u00a0la atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asistir a los Consejos, Juntas, Comit\u00e9s y \u00a0en general, a las reuniones de car\u00e1cter oficial que determine el Director del \u00a0Departamento Administrativo de Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Aplicar y coordinar el control interno \u00a0disciplinario en la Entidad de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar y resolver en primera instancia \u00a0todos los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que \u00a0incurran los servidores en el ejercicio de sus funciones y exfuncionarios, \u00a0que afecten la correcta prestaci\u00f3n del servicio y el cumplimiento de los fines \u00a0y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar las pol\u00edticas, planes y \u00a0programas de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que minimicen la ocurrencia de conductas \u00a0disciplinables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar los archivos y registros de los \u00a0procesos disciplinarios adelantados contra los servidores p\u00fablicos de \u00a0competencia de esta Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar porque los procesos disciplinarios \u00a0se desarrollen dentro de los principios legales de econom\u00eda, celeridad, \u00a0eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho a la \u00a0defensa y el debido proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Poner en conocimiento de los organismos \u00a0de vigilancia y control, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que \u00a0surjan del proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Trasladar oportunamente el expediente al \u00a0despacho del Director del Departamento, para el tr\u00e1mite de segunda instancia, \u00a0cuando se hayan interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Informar oportunamente a la Divisi\u00f3n de \u00a0Registro y Control de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre la imposici\u00f3n \u00a0de sanciones a los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Rendir informes sobre el estado de los \u00a0procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando as\u00ed lo requieran, \u00a0sin perjuicio de la reserva legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. \u00c1rea Administrativa. Son funciones del \u00c1rea Administrativa, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar los planes y programas \u00a0relacionados con los servicios administrativos y log\u00edsticos demandados por la \u00a0entidad y el Batall\u00f3n Guardia Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Administrar y garantizar los servicios \u00a0log\u00edsticos que se requieran en los salones de estado y casas privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear y ejecutar las estrategias de \u00a0implementaci\u00f3n y publicaci\u00f3n del programa de gesti\u00f3n documental de la Entidad, \u00a0en cumplimiento de la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejecutar los planes y programas \u00a0relacionados con los servicios de registro, clasificaci\u00f3n y archivo demandados \u00a0por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar los planes y programas relacionados \u00a0con la clasificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n y dem\u00e1s procesos archiv\u00edsticos en \u00a0coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el ingreso y egreso, suministro \u00a0y registro en inventarios de los bienes del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar para que las bajas de bienes de \u00a0propiedad del Departamento cuenten con los estudios t\u00e9cnicos y de convivencia \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar por el estado, mantenimiento, \u00a0aseguramiento y control de los bienes muebles e inmuebles de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Reportar o actualizar la informaci\u00f3n \u00a0general, t\u00e9cnica, administrativa y jur\u00eddica de todos los activos fijos \u00a0inmobiliarios a cargo de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los tr\u00e1mites pertinentes ante \u00a0las entidades competentes para intervenir y conservar los bienes de inter\u00e9s \u00a0cultural a cargo de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones y tr\u00e1mites \u00a0necesarios ante las empresas prestadoras de servicios p\u00fablicos y domiciliarios \u00a0para garantizar la continua prestaci\u00f3n del servicio en todas las sedes del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Adelantar los tr\u00e1mites necesarios para \u00a0cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea \u00a0Financiera, el Plan Anual de Adquisiciones y sus modificaciones, de acuerdo con \u00a0la programaci\u00f3n que realicen las dependencias y efectuar el seguimiento a su \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar los informes que le solicite \u00a0el Director de Operaciones con relaci\u00f3n a los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. \u00c1rea Financiera. Son funciones del \u00c1rea Financiera, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, ejecutar y controlar las \u00a0pol\u00edticas que se deban tomar en asuntos financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar y administrar las operaciones \u00a0contables, de pagadur\u00eda, financieras y presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n la \u00a0preparaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y presentaci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los procesos de ejecuci\u00f3n y \u00a0control del presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n los tr\u00e1mites relacionados con las modificaciones a las apropiaciones \u00a0presupuestales del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y sus fondos cuenta, que deban presentarse ante el Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y ejecutar los tr\u00e1mites para \u00a0presentar a la Direcci\u00f3n General del Presupuesto Nacional del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico la constituci\u00f3n de la reserva presupuestal y de las \u00a0cuentas por pagar en cada vigencia fiscal y los dem\u00e1s tr\u00e1mites a que hubiere \u00a0lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Efectuar los registros contables de las \u00a0operaciones financieras del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y elaborar sus estados financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar los reportes tributarios de \u00a0acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar la informaci\u00f3n financiera para \u00a0ser reportada en la rendici\u00f3n de cuentas a la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar la conciliaci\u00f3n \u00a0mensual de los valores causados y pagados con los registros contables, \u00a0presupuestales y de pagadur\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar al \u00c1rea Administrativa en la \u00a0elaboraci\u00f3n y seguimiento de la ejecuci\u00f3n del Plan Anual de Adquisiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. \u00c1rea de Contratos. Son funciones del \u00c1rea de Contratos, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar el Manual de Contrataci\u00f3n de la \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y mantenerlo \u00a0actualizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proyectar los actos administrativos generados dentro de los \u00a0procesos de selecci\u00f3n para la firma del funcionario responsable de la ordenaci\u00f3n \u00a0del gasto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el Comit\u00e9 Evaluador designado para la evaluaci\u00f3n de \u00a0las propuestas presentadas en los procesos de selecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Publicar en el Secop \u00a0los actos administrativos generados dentro de los procedimientos de selecci\u00f3n y \u00a0contrataci\u00f3n que adelante la Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y revisar los contratos y \u00a0convenios que requiera la Entidad para desarrollar sus objetivos y gestionar \u00a0todos los tr\u00e1mites necesarios para su perfeccionamiento, legalizaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Revisar las garant\u00edas requeridas y \u00a0proyectar los actos de aprobaci\u00f3n para la firma del funcionario competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Comunicar a las diferentes dependencias, \u00a0interventores y\/o supervisores del perfeccionamiento de los contratos y remitir \u00a0las copias correspondientes para el control de ejecuci\u00f3n respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar el procedimiento de \u00a0incumplimiento, imposici\u00f3n de multas y tr\u00e1mites de reclamaci\u00f3n para hacer \u00a0efectivas las garant\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar los informes que soliciten los \u00a0organismos de control y otras autoridades respecto de los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proyectar los actos de liquidaci\u00f3n de \u00a0los contratos, cuando a ello hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Responder los derechos de petici\u00f3n y \u00a0reclamaciones que en materia contractual se presenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener actualizados los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de los contratos y convenios de la entidad y elaborar las \u00a0certificaciones contractuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. \u00c1rea de Talento Humano. Son funciones del \u00c1rea de Talento \u00a0Humano, las siguientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir el proceso gerencial del talento \u00a0humano, en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a la Direcci\u00f3n de Operaciones en \u00a0los elementos conceptuales y t\u00e9cnicos necesarios para la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y estrategias de gesti\u00f3n y proyecci\u00f3n del talento \u00a0humano del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y ejecutar los programas de selecci\u00f3n, \u00a0inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y hacer seguimiento al desempe\u00f1o laboral de los \u00a0servidores de Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de \u00a0acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, ejecutar y evaluar los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y programas para la gesti\u00f3n del talento humano en sus fases de \u00a0ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de conformidad con las normas \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir, programar, coordinar y ejecutar \u00a0las actividades de administraci\u00f3n de personal, seguridad industrial y \u00a0relaciones laborales del personal, de acuerdo con las pol\u00edticas del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las normas \u00a0legales vigentes establecidas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, dirigir, administrar y evaluar \u00a0los programas de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, incentivos, bienestar, seguridad y \u00a0salud en el trabajo y desarrollo de los servidores p\u00fablicos del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de acuerdo con lo previsto en \u00a0la ley y en el Plan Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0los estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura interna y la \u00a0planta de personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener actualizado el manual de \u00a0funciones, requisitos y competencias del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y apoyar, en conjunto con la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gesti\u00f3n \u00a0que suscriban los gerentes p\u00fablicos de la Entidad, de acuerdo con lo previsto \u00a0en la ley y los procedimientos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la secretar\u00eda t\u00e9cnica del comit\u00e9 \u00a0de convivencia y conciliaci\u00f3n laboral y de la comisi\u00f3n de personal del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con fundamento \u00a0en las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Efectuar los tr\u00e1mites para garantizar \u00a0los desplazamientos nacionales e internacionales del Presidente, \u00a0Vicepresidente, as\u00ed como de los funcionarios y personal que preste sus \u00a0servicios en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de Informaci\u00f3n. Son funciones del \u00a0\u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de Informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impartir los lineamientos en materia \u00a0tecnol\u00f3gica para definir pol\u00edticas, estrategias y pr\u00e1cticas que soporten la \u00a0gesti\u00f3n del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Garantizar la aplicaci\u00f3n de los \u00a0est\u00e1ndares, buenas pr\u00e1cticas y principios para el suministro de la informaci\u00f3n \u00a0a cargo de las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar el plan estrat\u00e9gico de \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar los lineamientos y procesos de \u00a0arquitectura tecnol\u00f3gica del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, \u00a0acorde con los par\u00e1metros gubernamentales para su adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, \u00a0soporte especializado y mantenimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Departamento en la definici\u00f3n \u00a0de los est\u00e1ndares de datos de los sistemas de informaci\u00f3n y de seguridad \u00a0inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir lineamientos tecnol\u00f3gicos para \u00a0el cumplimiento de est\u00e1ndares de seguridad, privacidad, calidad y oportunidad \u00a0de la informaci\u00f3n de la Entidad y la interoperabilidad de los sistemas que la \u00a0soportan, as\u00ed como el intercambio permanente de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar el mapa de informaci\u00f3n sectorial \u00a0e institucional que permita contar de manera actualizada y completa con los \u00a0procesos de producci\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector y del Departamento, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover aplicaciones, servicios y \u00a0tr\u00e1mites en l\u00ednea para el uso de los servidores p\u00fablicos, ciudadanos y otras \u00a0entidades, como herramientas para una mejor gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar las pol\u00edticas aprobadas por \u00a0el Comit\u00e9 de la Seguridad de Informaci\u00f3n y de la Plataforma Tecnol\u00f3gica del \u00a0Departamento, definiendo los planes de contingencia y supervisando su adecuada \u00a0y efectiva aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar estrategias, instrumentos y \u00a0herramientas con aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones para brindar de manera constante y permanente un buen servicio \u00a0al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, programas e instrumentos relacionados con la \u00a0informaci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar el soporte t\u00e9cnico b\u00e1sico o de \u00a0primer nivel a los usuarios internos del Departamento garantizando el adecuado \u00a0funcionamiento de la infraestructura tecnol\u00f3gica base. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control \u00a0interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y \u00a0operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Apoyo para las funciones asignadas al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0Para el Apoyo del cumplimiento de las funciones asignadas al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica por el Presidente de la Rep\u00fablica, la Vicepresidencia de la \u00a0Rep\u00fablica contar\u00e1 con la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos, la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial de Seguridad, la Direcci\u00f3n de Seguimiento para la \u00a0Implementaci\u00f3n del Proceso de Paz, la Direcci\u00f3n Pol\u00edtica Integral para la Lucha \u00a0contra las Drogas Il\u00edcitas y la Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos. Son funciones \u00a0de la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0al Vicepresidente, y al Gobierno nacional en la promoci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y \u00a0direccionamiento de la pol\u00edtica integral de derechos humanos, desde la \u00a0perspectiva de construcci\u00f3n de paz y reconciliaci\u00f3n; as\u00ed como en la promoci\u00f3n \u00a0de acciones dirigidas a garantizar la adecuada protecci\u00f3n de los derechos \u00a0humanos en el territorio nacional y la aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional \u00a0Humanitario, como un elemento esencial para consolidar la paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer y adelantar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes, actividades en materia de educaci\u00f3n y cultura en \u00a0Derechos Humanos, promoviendo as\u00ed una cultura nacional de derechos humanos que \u00a0contribuya a la transici\u00f3n de una cultura de violencia a una cultura de paz y \u00a0reconciliaci\u00f3n a nivel nacional, regional y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, impulsar y hacer seguimiento a \u00a0la incorporaci\u00f3n de un enfoque de derechos, perspectiva de g\u00e9nero y un enfoque \u00a0diferencial en las pol\u00edticas p\u00fablicas que deben dise\u00f1ar e implementar las \u00a0entidades gubernamentales, de acuerdo con la Pol\u00edtica P\u00fablica Integral en \u00a0Derechos Humanos; y promover su inclusi\u00f3n en el orden territorial, respetando \u00a0siempre su autonom\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar la formulaci\u00f3n dise\u00f1o de \u00a0pol\u00edticas y decisiones que le permitan al Estado dar cumplimiento de manera \u00a0integral a sus obligaciones constitucionales y legales y a los compromisos \u00a0adquiridos, a nivel nacional e internacional, en materia de promoci\u00f3n, \u00a0protecci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los derechos humanos, con \u00e9nfasis en derechos \u00a0econ\u00f3micos, sociales, culturales y ambientales, para el desarrollo social con \u00a0enfoque territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impulsar y hacer seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n de los lineamientos para una pol\u00edtica de derechos humanos y \u00a0empresa, igual que las otras l\u00edneas de acci\u00f3n que se desprendan del Sistema \u00a0Nacional de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impulsar la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n \u00a0de estrategias de lucha contra la impunidad, orientadas al fortalecimiento \u00a0institucional para el impulso de investigaciones y el acceso a la justicia, as\u00ed \u00a0como para generar espacios de confianza con las v\u00edctimas y sus organizaciones, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Articular y coordinar con el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores el fortalecimiento de la posici\u00f3n de Colombia frente a \u00a0los temas de la agenda global de Derechos Humanos y el cumplimiento de las \u00a0obligaciones internacionales, as\u00ed como con la Agencia Nacional de Defensa \u00a0Jur\u00eddica del Estado frente a la defensa del Estado en casos de presuntas \u00a0violaciones de Derechos Humanos o Infracciones al Derecho Internacional \u00a0Humanitario (DIH), que est\u00e9n siendo conocidas por \u00f3rganos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar al Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores en el manejo del Sistema de Seguimiento a las Recomendaciones de \u00a0Derechos Humanos (SISREDH), realizadas por organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Administrar la Red de Observatorios de \u00a0Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario (DIH), con el fin de \u00a0promover a trav\u00e9s de la articulaci\u00f3n entre observatorios institucionales y \u00a0sociales de car\u00e1cter oficial existentes a nivel nacional y territorial, una \u00a0cultura de respeto, cumplimiento y observancia de los Derechos Humanos y el Derecho \u00a0Internacional Humanitario (DIH). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar an\u00e1lisis de contexto e informes \u00a0sobre el estado de cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales \u00a0del Estado en materia de Derechos Humanos y la aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional \u00a0Humanitario (DIH), as\u00ed como identificar y registrar situaciones de violaci\u00f3n de \u00a0derechos humanos e infracci\u00f3n al Derecho Internacional Humanitario; igualmente, \u00a0registrar el avance en el disfrute de derechos y las experiencias exitosas con \u00a0el fin de identificar las acciones y medidas que se pueden adoptar para su \u00a0impulso e implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Recopilar, elaborar y actualizar el mapa de riesgo de \u00a0comunidades, municipios, organizaciones de v\u00edctimas, organizaciones para la \u00a0reclamaci\u00f3n de tierras, organizaciones de mujeres y grupos \u00e9tnicos afectados \u00a0por el conflicto armado interno y la acci\u00f3n de grupos armados organizados al \u00a0margen de la ley, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Defensa Nacional \u00a0conforme lo dispuesto en el art\u00edculo 217 del Decreto 4800 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Recopilar, elaborar y actualizar peri\u00f3dicamente mapas que \u00a0permitan identificar la presencia de las entidades estatales en el pa\u00eds, adem\u00e1s \u00a0de la oferta institucional existente y, las experiencias exitosas en el \u00a0disfrute de derechos humanos y en la construcci\u00f3n de paz y reconciliaci\u00f3n, con \u00a0el fin de promover las pr\u00e1cticas exitosas en diversos contextos regionales y \u00a0locales y contribuir a la elaboraci\u00f3n de instrumentos pedag\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar un informe anual en donde se \u00a0identifiquen los avances y desaf\u00edos de la situaci\u00f3n de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario en Colombia, promoviendo e impulsando las \u00a0acciones que sean necesarias para conjurar las situaciones que puedan dar lugar \u00a0a violaciones de los derechos humanos y el DIH, o replicar situaciones de \u00a0buenas pr\u00e1cticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover espacios de interlocuci\u00f3n y \u00a0di\u00e1logo a nivel nacional, regional y local con las organizaciones no \u00a0gubernamentales y la sociedad civil, con el fin de movilizar a la ciudadan\u00eda \u00a0alrededor de un di\u00e1logo en materia de respeto y garant\u00eda de los derechos \u00a0humanos, de la construcci\u00f3n de una agenda de paz y la evaluaci\u00f3n de la Pol\u00edtica \u00a0Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional \u00a0Humanitario, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 4100 de 2011 \u00a0y Decreto 1216 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial para la Prevenci\u00f3n del Reclutamiento, en los t\u00e9rminos \u00a0del Decreto 552 de 2012 \u00a0y Decreto 1569 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio del Interior, recomendaciones a las entidades, del orden nacional y \u00a0territorial, respecto de la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica Integral de Derechos \u00a0Humanos y DIH. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar, impulsar y hacer seguimiento \u00a0a las acciones que adelanten las entidades p\u00fablicas, tanto en el nivel nacional \u00a0como en el territorial, en un marco de respeto por la descentralizaci\u00f3n \u00a0administrativa, las agencias de cooperaci\u00f3n internacional y las organizaciones \u00a0sociales nacionales e internacionales, destinadas a prevenir el reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes por parte de \u00a0grupos armados organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar con el Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica y la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la realizaci\u00f3n de \u00a0actividades en el territorio nacional con el prop\u00f3sito de construir una cultura \u00a0de paz y reconciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Representar al Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica en los escenarios que este designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente y el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. Consejero Presidencial de Seguridad. Son funciones del Consejero \u00a0Presidencial de Seguridad, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en la formulaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, \u00a0y concertaci\u00f3n con las entidades responsables, de pol\u00edticas p\u00fablicas y acciones \u00a0en materia de seguridad nacional, seguridad ciudadana y convivencia, ciberdefensa y ciberseguridad, y \u00a0hacer el seguimiento de su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo \u00a0de Seguridad Nacional, el cual es presidido por el Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de acuerdo con el Decreto 4748 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el seguimiento a las entidades \u00a0nacionales y territoriales en la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y determinaciones \u00a0del Presidente o el Vicepresidente de la Rep\u00fablica en materia de segundad \u00a0nacional, seguridad ciudadana y convivencia, ciberdefensa \u00a0y ciberseguridad, y cualquier otra materia que guarde \u00a0relaci\u00f3n con estos temas y presentar los informes a que haya lugar al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o al Vicepresidente de la Rep\u00fablica de acuerdo con \u00a0el Decreto 2442 de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento a los objetivos y \u00a0a las tareas relacionadas con la seguridad y la convivencia ciudadana que \u00a0surjan de los Consejos de Seguridad en las ciudades a los que asistan el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o el Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar el seguimiento a los indicadores \u00a0de seguridad nacional, seguridad ciudadana, ciberdefensa \u00a0y ciberseguridad, y cualquier otra materia que guarde \u00a0relaci\u00f3n con estos temas e informar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica sobre los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la preparaci\u00f3n de los \u00a0documentos y la informaci\u00f3n que requiera el Presidente la Rep\u00fablica y\/o el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica en materia de seguridad nacional, seguridad \u00a0ciudadana, ciberdefensa y ciberseguridad, \u00a0y cualquier otra materia que guarde relaci\u00f3n con estos temas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer la secretaria ejecutiva en la \u00a0Comisi\u00f3n Colombiana del Espacio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Representar al Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0en la Junta de Inteligencia Conjunta (JIC) de acuerdo con lo establecido en la Ley 1621 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar y promover la formulaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica y el plan estrat\u00e9gico de desarrollo espacial y la ejecuci\u00f3n de planes \u00a0derivados, programas y proyectos relacionados con el desarrollo espacial \u00a0colombiano, la coordinaci\u00f3n interinstitucional e intersectorial que contribuya \u00a0al desarrollo espacial colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Representar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica en el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Nacional para la Prevenci\u00f3n, Combate y \u00a0Erradicaci\u00f3n del tr\u00e1fico il\u00edcito de armas peque\u00f1as y ligeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, y acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente o el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46. Direcci\u00f3n de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n a los Acuerdos de Paz. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Seguimiento y Evaluaci\u00f3n a los Acuerdos de Paz, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Analizar la informaci\u00f3n existente de diferentes \u00a0fuentes disponibles sobre el avance de la implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz \u00a0y presentar recomendaciones de pol\u00edticas para la ejecuci\u00f3n eficaz y eficiente \u00a0de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la interlocuci\u00f3n con los actores \u00a0de la comunidad internacional que participan en el componente de acompa\u00f1amiento \u00a0internacional para la implementaci\u00f3n del acuerdo de paz con las FARC-EP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la entrega de informaci\u00f3n por \u00a0parte del Gobierno nacional a la Comisi\u00f3n de Seguimiento, Impulso y \u00a0Verificaci\u00f3n a la Implementaci\u00f3n del Acuerdo Final (CSIVI) y a los actores de \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Componente Internacional del Acuerdo de Paz con las \u00a0FARC-EP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover mecanismos de concertaci\u00f3n \u00a0institucional y con las otras Ramas del Poder P\u00fablico que contribuya al \u00a0desarrollo de la implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz para superar obst\u00e1culos \u00a0identificados a la implementaci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47. Direcci\u00f3n Pol\u00edtica Integral para la Lucha contra las Drogas Il\u00edcitas. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n Pol\u00edtica Integral para la Lucha contra las Drogas \u00a0Il\u00edcitas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica en el dise\u00f1o y coordinaci\u00f3n de las acciones relacionadas con la \u00a0formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas y programas para la \u00a0atenci\u00f3n integral de la lucha contra las drogas il\u00edcitas, a cargo de las \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar el proceso de dise\u00f1o de \u00a0estrategias nacionales para la ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas y programas relacionados \u00a0con la atenci\u00f3n integral de la lucha contra las drogas il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con los diferentes ministerios \u00a0y departamentos administrativos la implementaci\u00f3n de los programas y proyectos \u00a0relacionados con el desarrollo territorial y las estrategias de interdicci\u00f3n en \u00a0las zonas afectadas por los cultivos de uso il\u00edcito, as\u00ed como la estrategia \u00a0integral de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n del consumo de sustancias psicoactivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar a las entidades competentes en \u00a0la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica, tareas y compromisos relacionados con la atenci\u00f3n \u00a0integral de la lucha contra las drogas il\u00edcitas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. Direcci\u00f3n para Proyectos Especiales. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0en la planeaci\u00f3n, formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, programas, planes y proyectos, en los temas que le hayan sido \u00a0designados por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gestionar y coordinar con las diferentes \u00a0entidades gubernamentales y con los dem\u00e1s organismos competentes, la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas y proyectos especiales, relacionados con los temas a cargo de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Acompa\u00f1ar a las entidades del Estado en \u00a0la b\u00fasqueda de soluciones que superen las dificultades presentadas para el \u00a0cumplimiento de las pol\u00edticas gubernamentales, en los temas a cargo de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar, planear y hacer seguimiento \u00a0a las necesidades presupuestales y de recursos que sean necesarias para atender \u00a0los temas a cargo del Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Seguimiento para la Implementaci\u00f3n de los Acuerdos de Paz y la \u00a0Direcci\u00f3n de Pol\u00edtica Integral de Lucha contra las Drogas Il\u00edcitas, el \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las acciones a cargo de la Vicepresidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover la coordinaci\u00f3n \u00a0interinstitucional e intersectorial que contribuya al desarrollo de aquellos \u00a0proyectos especiales asignados por el Presidente de la Rep\u00fablica al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y que no est\u00e9n espec\u00edficamente asignados a otra \u00a0direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover instrumentos de coordinaci\u00f3n, \u00a0di\u00e1logo y estrategia con las entidades del orden territorial para el desarrollo \u00a0de programas y proyectos que contribuyan al desarrollo de las funciones \u00a0asignadas a la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las \u00a0Comisiones Intersectoriales del Oc\u00e9ano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 49.\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. La composici\u00f3n y las \u00a0funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno y de la \u00a0Comisi\u00f3n de Personal, se regir\u00e1n por las disposiciones legales vigentes. El \u00a0Director del Departamento podr\u00e1 crear, conformar y asignar funciones mediante \u00a0acto administrativo a los \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere \u00a0necesarios para el desarrollo eficiente de las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondos como Sistema de Manejo Especial de \u00a0Cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 50. Fondo de Programas Especiales para la Paz &#8211; Fondo Paz. El Fondo \u00a0de Programas Especiales para la Paz, funcionar\u00e1 como una cuenta especial del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, sin personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica, administrada como un sistema separado de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 51. Adopci\u00f3n de la Planta de Personal. De conformidad con la \u00a0estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno nacional proceder\u00e1 a \u00a0adoptar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 52. Remisi\u00f3n normativa. Todas las referencias que se hagan a los \u00a0Despachos de ministros consejeros para el sector privado, competitividad y \u00a0equidad; para el posconflicto, derechos humanos y seguridad, y el de \u00a0comunicaciones, as\u00ed como de la Direcci\u00f3n para las Regiones en las leyes, \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos administrativos vigentes, deben entenderse \u00a0referidas a las Altas Consejer\u00edas Presidenciales para el Sector Privado y \u00a0Competitividad; para el posconflicto; comunicaciones, y para las regiones. As\u00ed \u00a0mismo, las referencias que se hagan de la Direcci\u00f3n de Seguridad y de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Operaciones en las leyes, decretos, resoluciones y dem\u00e1s actos \u00a0administrativos vigentes, deben entenderse referidas a la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Seguridad y a la Direcci\u00f3n de Operaciones, \u00a0respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 53. Atribuciones \u00a0de los funcionarios de la planta actual. Los funcionarios de la planta \u00a0de personal actual del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos \u00a0asignadas, hasta tanto sea expedida y aprobada la nueva planta de personal del \u00a0Departamento y los empleados p\u00fablicos hayan tomado posesi\u00f3n de los nuevos \u00a0cargos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 54. Derogatorias y vigencia. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n, deroga los Decretos 1649 de 2014, 2594 de 2014, 470 de 2015, 2145 de 2015, 125 de 2016 y 724 de 2016, y las \u00a0dem\u00e1s normas que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de abril de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas \u00a0Santa Mar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alfonso Prada Gil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero \u00a0Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 672 DE 2017 \u00a0 \u00a0 (abril 26) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.216, abril 26 de \u00a02017 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 179 de 2019, \u00a0art\u00edculo 45. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50700","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50700","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50700"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50700\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50700"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50700"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50700"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}