{"id":50863,"date":"2023-08-17T13:55:13","date_gmt":"2023-08-17T13:55:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-979-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T13:55:13","modified_gmt":"2023-08-17T13:55:13","slug":"decreto-979-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-979-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 979 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 979 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 9) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.259, junio 9 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0adiciona el Cap\u00edtulo 13 al T\u00edtulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y se adopta el Plan Decenal del \u00a0Sistema de Justicia 2017-2027. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial la \u00a0establecida en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 108 de la Ley 1753 de 2015, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0se\u00f1ala que son fines esenciales del Estado, entre otros, promover la \u00a0prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y \u00a0deberes consagrados en la Constituci\u00f3n, y que las autoridades de la Rep\u00fablica \u00a0est\u00e1n instituidas para proteger a todas las personas en su vida, honra, bienes, \u00a0creencias y dem\u00e1s derecho y libertades y para asegurar el cumplimiento de los \u00a0deberes sociales del Estado y de los particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 113 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0estipula que \u201clos diferentes \u00f3rganos \u00a0del Estado tienen funciones separadas, pero colaboran arm\u00f3nicamente para la \u00a0realizaci\u00f3n de sus fines\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el inciso segundo del art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0consagra el deber de coordinaci\u00f3n de las actuaciones de las autoridades \u00a0administrativas para el adecuando cumplimiento de los fines del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 229 de la Constituci\u00f3n consagra el \u00a0derecho de toda persona a acceder a la administraci\u00f3n de justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con la finalidad de promover la \u00a0prestaci\u00f3n, administraci\u00f3n y acceso a los servicios de justicia con un enfoque \u00a0sist\u00e9mico y territorial, el art\u00edculo 108 de la Ley 1753 de 2015 \u00a0dispuso: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cPlan decenal del sistema de \u00a0justicia. Con el objeto de promover la coordinaci\u00f3n, eficiencia, eficacia y \u00a0modernizaci\u00f3n en la administraci\u00f3n de justicia y en las funciones de los \u00a0organismos de control, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscal\u00eda General \u00a0de la Naci\u00f3n, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n y la \u00a0Defensor\u00eda del Pueblo o quienes hagan sus veces, concurrir\u00e1n para la \u00a0elaboraci\u00f3n del Plan decenal del sistema de justicia, que deber\u00e1 formularse \u00a0dentro de los dos a\u00f1os siguientes a la publicaci\u00f3n de la presente ley y con \u00a0participaci\u00f3n de las entidades territoriales, las autoridades administrativas, \u00a0los particulares que ejercen funciones jurisdiccionales, los centros de \u00a0conciliaci\u00f3n y arbitraje y los operadores de justicia comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La secretar\u00eda \u00a0t\u00e9cnica para la elaboraci\u00f3n y seguimiento del Plan decenal estar\u00e1 a cargo del \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho, el cual presentar\u00e1 informes anuales al \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica sobre los avances del Plan Decenal del Sistema de \u00a0Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El plan decenal \u00a0contendr\u00e1, cuando menos, los objetivos del sistema de justicia, el plan de \u00a0acci\u00f3n interinstitucional para lograrlos, las metas institucionales e interinstitucionales, \u00a0la definici\u00f3n de herramientas tecnol\u00f3gicas para la justicia, los compromisos \u00a0espec\u00edficos de cada prestador de servicios de justicia, las prioridades y \u00a0criterios territoriales, los objetivos comunes en materia de bienestar social e \u00a0incentivos, capacitaci\u00f3n y seguridad para los empleados del sistema de justicia \u00a0y la definici\u00f3n del mecanismo de seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las entidades \u00a0se\u00f1aladas en el presente art\u00edculo formular\u00e1n el plan decenal de justicia, \u00a0teniendo en cuenta los insumos y estudios t\u00e9cnicos pertinentes. Las entidades y \u00a0organismos del Gobierno nacional, las universidades y los centros de \u00a0investigaci\u00f3n, las organizaciones de trabajadores y usuarios del sector \u00a0justicia, podr\u00e1n formular recomendaciones\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo anterior, el Gobierno \u00a0nacional, la Rama Judicial y los Entes de Control se comprometieron a realizar \u00a0un ejercicio participativo de prospectiva y planeaci\u00f3n a 10 a\u00f1os, encaminado al \u00a0fortalecimiento de la coordinaci\u00f3n, eficiencia, eficacia y modernizaci\u00f3n en la \u00a0administraci\u00f3n de justicia y de las funciones de los organismos de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para la elaboraci\u00f3n del Plan Decenal del \u00a0Sistema de Justicia se hicieron numerosos encuentros participativos y mesas de \u00a0trabajo de tres tipos. El primer grupo se llev\u00f3 a cabo en la mesa principal de \u00a0formulaci\u00f3n del Plan conformada por representantes de las entidades de que \u00a0trata el art\u00edculo 108 de la Ley 1573 de 2015, \u00a0esto es: empleados y funcionarios de la Rama Judicial, representantes de la \u00a0Defensor\u00eda del Pueblo, Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, Ministerio de Justicia y del Derecho, Instituto Nacional de \u00a0Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y la \u00a0Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El segundo se llev\u00f3 a cabo en el marco de la \u00a0mesa de entidades interesadas en la formulaci\u00f3n del Plan en las que se cont\u00f3 \u00a0con la presencia y participaci\u00f3n del Ministerio de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, Superintendencia de Sociedades, \u00a0Superintendencia Financiera, Superintendencia de Notariado y Registro, Agencia \u00a0Colombiana para la Reintegraci\u00f3n, Ministerio del Interior, Unidad de \u00a0Restituci\u00f3n de Tierras, Unidad para la Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n Integral a las \u00a0V\u00edctimas, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Agencia Nacional de \u00a0Defensa Jur\u00eddica del Estado, Uspec e Inpec, entre otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El tercero de ellos se llev\u00f3 a cabo en las \u00a0mesas de participaci\u00f3n territorial en las que intervinieron aproximadamente \u00a04787 miembros de la comunidad, la sociedad y de entidades territoriales, entre \u00a0ellos, consultorios jur\u00eddicos, universidades, juntas de acci\u00f3n comunal, \u00a0autoridades ancestrales de pueblos ind\u00edgenas regi\u00f3n de La Macarena, \u00a0Corponari\u00f1o, consejos comunitarios, personer\u00edas municipales, comisar\u00edas de \u00a0familia, coordinadores y t\u00e9cnicos de casas de justicia y centros de convivencia \u00a0ciudadana seleccionados, sociedad civil organizada para la protecci\u00f3n de los \u00a0derechos de las mujeres, lideresas comunitarias diversas de los comit\u00e9s \u00a0operativos locales de mujer y g\u00e9nero y del Consejo Consultivo de Mujeres del \u00a0Distrito Capital, representantes de entidades distritales y sociedad civil \u00a0organizada de los sectores LGBT, MAPP-OEA, Polic\u00eda Nacional, secretar\u00edas de \u00a0integraci\u00f3n social, secretar\u00edas de la mujer, organizaciones no gubernamentales \u00a0para la protecci\u00f3n de los derechos de las mujeres (Sisma Mujer, Casa de la \u00a0Mujer, Cat\u00f3licas por el Derecho a Decidir, Mesa por la Vida, Consejos \u00a0Comunitarios, representantes de los pueblos y comunidades de base), operadores \u00a0de justicia y Consejos Comunitarios, representantes de los pueblos y \u00a0comunidades de base, organizaci\u00f3n civil organizada para la protecci\u00f3n de los \u00a0derechos de afrocolombianos, raizales, negritudes y palenqueros y la Agencia de \u00a0los Estados Unidos para el Desarrollo Institucional (Usaid). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dichas mesas de participaci\u00f3n se llevaron a \u00a0cabo en varios municipios del pa\u00eds, tales como: Cali, Sincelejo, Cartagena, \u00a0Caucasia, Barranquilla, Bogot\u00e1, Ibagu\u00e9, Buga, Monter\u00eda, Manizales, Valledupar, \u00a0Medell\u00edn, Bucaramanga, Carmen de Bol\u00edvar, C\u00facuta, Santa Marta, Tumaco, Quibd\u00f3, \u00a0Pereira, Armenia, Planadas, Riohacha, Sincelejo, San Andr\u00e9s, Villavicencio, \u00a0Pasto, Florencia, Tierralta, Arauca, Neiva, Ibagu\u00e9, Puerto Rico, Tumaco, Puerto \u00a0Carre\u00f1o, Leticia, Tunja, San Jos\u00e9 del Guaviare, Tame, Gir\u00f3n, Tib\u00fa y Puerto \u00a0As\u00eds, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, a nivel territorial el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n (en asocio con las C\u00e1maras de Comercio) \u00a0realiz\u00f3 6 encuentros regionales para la discusi\u00f3n de perspectivas en materia de \u00a0arbitraje y conciliaci\u00f3n extrajudicial en derecho y el Consejo Superior de la \u00a0Judicatura realiz\u00f3 aproximadamente 25 conversatorios en diferentes distritos \u00a0judiciales con los funcionarios y empleados de la Rama Judicial para discutir y \u00a0analizar los principales prop\u00f3sitos del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno nacional se reuni\u00f3 con la \u00a0Mesa Permanente de Concertaci\u00f3n con Pueblos Ind\u00edgenas, en sesi\u00f3n del 19 de mayo \u00a0de 2017, en la cual se acord\u00f3 que: \u201cEl \u00a0desarrollo del componente ind\u00edgena del Plan Decenal de Justicia se consultar\u00e1 \u00a0con los pueblos y comunidades ind\u00edgenas, a trav\u00e9s de las autoridades y \u00a0organizaciones de la MPC, bajo los par\u00e1metros de la jurisprudencia \u00a0constitucional con el fin de dar cabal cumplimiento al derecho fundamental a la \u00a0Consulta Previa. La metodolog\u00eda ser\u00e1 concertada entre el Gobierno nacional y \u00a0los Pueblos Ind\u00edgenas, sus autoridades y organizaciones de la MPC\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud del acuerdo anterior, el Plan \u00a0Decenal del Sistema de Justicia 2017-2027 no desarroll\u00f3 el componente ind\u00edgena, \u00a0en atenci\u00f3n a que este ser\u00e1 el resultado de los procesos participativos y dem\u00e1s \u00a0instancias pertinentes, que se adelantar\u00e1n siguiendo los lineamientos \u00a0establecidos en el acuerdo con la Mesa Permanente de Concertaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo anterior, es posible \u00a0expedir el Plan Decenal del Sistema de Justicia 2017-2027, que se enmarca en \u00a0los resultados arrojados en virtud del proceso de participaci\u00f3n social, \u00a0sectorial e intersectorial, constituy\u00e9ndose en una pol\u00edtica p\u00fablica de gran \u00a0impacto social, que orientar\u00e1 el sistema de justicia del pa\u00eds en los pr\u00f3ximos \u00a0diez (10) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo ordenado en el \u00a0art\u00edculo 108 de la Ley 1753 de 2015, la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica para el seguimiento del Plan estar\u00e1 a cargo del Ministerio \u00a0de Justicia y del Derecho, por lo cual es necesario que, sin perjuicio de las \u00a0competencias constitucionales y legales asignadas a cada una de las entidades \u00a0que participaron en la formulaci\u00f3n del Plan Decenal del Sistema de Justicia, se \u00a0crean comit\u00e9s de gesti\u00f3n integrados por representantes de cada una de estas \u00a0instituciones, con la finalidad de coordinar y apoyar el seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3nese el Cap\u00edtulo 13 al \u00a0T\u00edtulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia, con el siguiente contenido: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 13 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Plan Decenal de Justicia 2017-2027 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adopci\u00f3n del Plan Decenal de Justicia \u00a02017-2027 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.1. Plan Decenal del Sistema de Justicia. Ad\u00f3ptese el Plan \u00a0Decenal del Sistema de Justicia 2017-2027, contenido en el Anexo T\u00e9cnico que \u00a0forma parte integral del presente decreto, que servir\u00e1 como lineamiento de los \u00a0proyectos, programas y dem\u00e1s acciones que en materia de justicia adopte el \u00a0Gobierno y la Rama Judicial, y particularmente las instituciones que \u00a0participaron en su formulaci\u00f3n, as\u00ed como de las dem\u00e1s entidades p\u00fablicas o \u00a0privadas que intervengan en su funcionamiento; unas y otras en el \u00e1mbito de sus \u00a0competencias y obligaciones constitucionales y legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Cualquier otra \u00a0instituci\u00f3n o sector que ejerza funciones relacionadas con la justicia \u00a0concurrir\u00e1 al desarrollo y cumplimiento de los objetivos, estrategias, metas y \u00a0dem\u00e1s aspectos se\u00f1alados en el Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El Anexo T\u00e9cnico \u00a0contentivo del Plan Decenal del Sistema de Justicia 2017-2027, de que trata \u00a0este art\u00edculo, se publicar\u00e1 en el sitio web del Ministerio de Justicia y del \u00a0Derecho, Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el Consejo Superior de la \u00a0Judicatura, la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, el Instituto Nacional de Medicina \u00a0Legal y Ciencias Forenses, la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, la \u00a0Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n y la Defensor\u00eda del Pueblo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.2. Responsabilidades de las entidades, \u00a0implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n. Las instituciones formuladoras del Plan \u00a0Decenal del Sistema de Justicia, dentro de la \u00f3rbita de sus competencias \u00a0constitucionales y legales, implementar\u00e1n y adaptar\u00e1n el Plan Decenal del \u00a0Sistema de Justicia, a trav\u00e9s de sus planes de inversiones, de acci\u00f3n y de desarrollo, \u00a0y coordinar\u00e1n la implementaci\u00f3n en su \u00e1rea de influencia de conformidad con los \u00a0lineamientos que para el efecto definan las instancias interadministrativas que \u00a0se crean en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.3. Comit\u00e9 Directivo del Plan Decenal del \u00a0Sistema de Justicia. Como instancia encargada del seguimiento al \u00a0Plan Decenal del Sistema de Justicia cr\u00e9ase el Comit\u00e9 Directivo, integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Justicia y del Derecho, o \u00a0el Viceministro de Promoci\u00f3n de la Justicia delegado, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Presidente y el Vicepresidente de la \u00a0Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, u otros dos (2) \u00a0magistrados titulares de esa Sala delegados por aquellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Director del Departamento \u00a0Administrativo Nacional de Planeaci\u00f3n, o el Subdirector delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Fiscal General de la Naci\u00f3n, o el \u00a0Vicefiscal delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director del Instituto Nacional de \u00a0Medicina Legal y Ciencias Forenses, o el Subdirector Delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Contralor General de la Rep\u00fablica, o el \u00a0Vicecontralor delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Procurador General de la Naci\u00f3n, o el \u00a0Viceprocurador delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Defensor del Pueblo, o el Vicedefensor \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 Directivo, por medio de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica, podr\u00e1 invitar a sus sesiones a las Altas Cortes, a asesores \u00a0expertos, a los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos o a otras instituciones p\u00fablicas o privadas, \u00a0quienes asistir\u00e1n con derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.4. Funciones del Comit\u00e9 Directivo. Son funciones del \u00a0Comit\u00e9 Directivo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover la implementaci\u00f3n del Plan Decenal del Sistema de \u00a0Justicia 2017-2027 en cada una de las entidades que participaron en su \u00a0formulaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar y dar informaci\u00f3n a cada una de \u00a0las entidades de que trata el art\u00edculo 108 de la Ley 1753 de 2015, \u00a0para promover la financiaci\u00f3n de los proyectos relacionados con los \u00a0lineamientos del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fomentar en las entidades territoriales \u00a0la incorporaci\u00f3n de las pol\u00edticas, filosof\u00eda, lineamientos, objetivos y \u00a0acciones del Plan Decenal del Sistema de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar apoyo, a trav\u00e9s de los Comit\u00e9s \u00a0T\u00e9cnicos, a las entidades de que trata el art\u00edculo 108 de la Ley 1753 de 2015, en \u00a0la implementaci\u00f3n de los programas relacionados con el Plan Decenal del Sistema \u00a0de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Aprobar el informe de avance del cumplimiento \u00a0del Plan Decenal del Sistema de Justicia que se presenta anualmente al Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular y evaluar la gesti\u00f3n de los \u00a0Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de que trata el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Requerir a los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos informes \u00a0peri\u00f3dicos sobre el avance del Plan Decenal, o los que estime pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impartir directrices y asignar tareas \u00a0especiales a los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir directrices y asignar tareas \u00a0especiales a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Darse su propio reglamento, en caso de \u00a0ser necesario para garantizar el buen funcionamiento del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.5. Sesiones. El Comit\u00e9 Directivo \u00a0se reunir\u00e1, ordinariamente, cada cuatro (4) meses, previa citaci\u00f3n de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica; y extraordinariamente por convocatoria del Presidente, a \u00a0solicitud de cualquiera de los miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 Directivo podr\u00e1 deliberar con la \u00a0mitad de sus integrantes, y las decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda absoluta de \u00a0los presentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La convocatoria la realizar\u00e1 la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica, de conformidad con las instrucciones que imparta el Presidente del \u00a0Comit\u00e9 Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.6. Comit\u00e9s T\u00e9cnicos del Plan Decenal del \u00a0Sistema de Justicia. Cr\u00e9anse los siguientes Comit\u00e9s T\u00e9cnicos, \u00a0encargados del seguimiento al Plan Decenal del Sistema de Justicia: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n del Sistema de \u00a0Justicia, del Talento Humano, de las Condiciones para la Prestaci\u00f3n del \u00a0Servicio de Justicia y de Informaci\u00f3n P\u00fablica y TIC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Comit\u00e9 de M\u00e9todos de Resoluci\u00f3n de \u00a0Conflictos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Comit\u00e9 de Seguridad Jur\u00eddica y de \u00a0Relaci\u00f3n con la Ciudadan\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Comit\u00e9 de Justicia Inclusiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Comit\u00e9 de Justicia Penal, Penitenciaria, \u00a0Adolescentes, de Justicia Transicional y Posconflicto y de Lucha contra las \u00a0Drogas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Comit\u00e9 de Justicia Civil, Comercial, \u00a0Familia y de Consumo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Comit\u00e9 de Justicia Constitucional, \u00a0Administrativa, Rural y Ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cada Comit\u00e9 estar\u00e1 conformado por un (1) \u00a0representante del nivel directivo de las entidades de que trata el art\u00edculo 108 \u00a0de la Ley 1753 de 2015, con \u00a0el prop\u00f3sito de hacerle seguimiento y monitoreo al cumplimiento de los \u00a0objetivos y acciones concretas de cada uno de los componentes del Plan Decenal \u00a0del Sistema de Justicia y desarrollar programas y acciones para su \u00a0implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los comit\u00e9s t\u00e9cnicos podr\u00e1n sesionar y \u00a0decidir de manera conjunta cuando la necesidad del asunto lo amerite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0entrar\u00e1n en funcionamiento dentro del mes siguiente a la vigencia del presente decreto, \u00a0y le son aplicables las reglas de funcionamiento establecidas para el Comit\u00e9 \u00a0Directivo, que le sean compatibles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.7. Funciones Generales de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. \u00a0Son \u00a0funciones generales de cada Comit\u00e9 T\u00e9cnico del Plan Decenal: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Sesionar ordinariamente una vez cada dos \u00a0(2) meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar un Plan de trabajo que incorpore \u00a0todas las acciones correspondientes al plan de acci\u00f3n, de manera que se \u00a0propenda por el cumplimiento de los objetivos del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer los presupuestos y ajustes a los \u00a0mismos, de cada una de las dimensiones y componentes que integran el Plan \u00a0Decenal de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y coordinar la integraci\u00f3n de \u00a0todas las instituciones para ejecutar acciones concretas que desarrollen los \u00a0objetivos del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer proyectos que materialicen las \u00a0acciones concretas contenidas en el Plan Decenal, para que sean avalados por \u00a0cada una de las instituciones involucradas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo t\u00e9cnico al Comit\u00e9 \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar las acciones necesarias para \u00a0favorecer la implementaci\u00f3n del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento y monitoreo al \u00a0cumplimiento de los objetivos y acciones concretas de los componentes \u00a0espec\u00edficos respectivos del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar insumos t\u00e9cnicos que sirvan de \u00a0apoyo a las reuniones del Consejo Directivo del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar los informes de rendici\u00f3n de \u00a0cuentas solicitados por el Comit\u00e9 Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la elaboraci\u00f3n de \u00a0estrategias para la socializaci\u00f3n del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular estrategias para impulsar el cumplimiento \u00a0del Plan Decenal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Entregar al Comit\u00e9 Directivo el informe \u00a0de avance del componente correspondiente, que deber\u00e1 entregarse al Congreso de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le asigne el Comit\u00e9 \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las Oficinas de \u00a0Planeaci\u00f3n de todas las instituciones formuladoras del Plan Decenal de Justicia \u00a0servir\u00e1n de apoyo t\u00e9cnico a los Comit\u00e9s para cumplir las funciones \u00a0encomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.8. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Para efectos del \u00a0seguimiento al Plan Decenal del Sistema de Justicia, y en los t\u00e9rminos del \u00a0inciso primero del art\u00edculo 108 de la Ley 1753 de 2015, la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Directivo y de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos la ejercer\u00e1 \u00a0el Ministerio de Justicia y del Derecho, a trav\u00e9s del Viceministro de Promoci\u00f3n \u00a0de la Justicia o su delegado, y tendr\u00e1 como funciones las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Convocar a las sesiones del Comit\u00e9 \u00a0Directivo o de cada uno de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos, elaborar el orden del d\u00eda y \u00a0las actas de las sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el buen funcionamiento de cada \u00a0comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento a las decisiones \u00a0tomadas por el Comit\u00e9 Directivo y los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Indagar, estimular, promover, requerir \u00a0informaci\u00f3n y en general velar porque en cada instituci\u00f3n se ejecuten las \u00a0acciones y proyectos adoptados por cada Comit\u00e9 T\u00e9cnico y por el Comit\u00e9 \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ser articulador funcional, en temas \u00a0propios del Plan Decenal de Justicia, entre todas las instituciones y entre \u00a0estas y las entidades territoriales que tengan competencias en materia de \u00a0justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organizar, sistematizar y conservar la \u00a0informaci\u00f3n relacionada con el desarrollo de las actividades del Comit\u00e9 \u00a0Directivo y de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Enviar el Plan Decenal del Sistema de \u00a0Justicia a las entidades territoriales, a m\u00e1s tardar el 30 de julio de cada \u00a0a\u00f1o, con el prop\u00f3sito de intensificar su adopci\u00f3n en dichas entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que sean necesarias para \u00a0ejercer correctamente la Secretar\u00eda de la ejecuci\u00f3n del Plan Decenal del \u00a0Sistema de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.9. Presupuesto e indicadores. Los presupuestos \u00a0plurianuales o la proyecci\u00f3n de los costos y fuentes de financiaci\u00f3n de los \u00a0principales programas y proyectos que hacen parte del Plan Decenal del Sistema \u00a0de Justicia, que realicen los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos, dentro de los seis (6) meses \u00a0siguientes contados a partir de la entrada en vigencia de esta norma, tendr\u00e1n \u00a0un car\u00e1cter indicativo. Dentro del mismo plazo se definir\u00e1n los indicadores y \u00a0metas de impacto y resultado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.10. Alianza para la formaci\u00f3n del talento humano \u00a0y para la difusi\u00f3n del Plan Decenal del Sistema de Justicia. Las escuelas e \u00a0institutos de formaci\u00f3n que pertenecen a las entidades formuladoras del Plan \u00a0Decenal del Sistema del Justicia podr\u00e1n coordinar sus procesos educativos con \u00a0la finalidad de crear sinergias institucionales que potencialicen los recursos \u00a0humanos, econ\u00f3micos y t\u00e9cnicos, as\u00ed como las funciones asignadas a cada uno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este grupo articular\u00e1 su trabajo con el \u00a0Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n del Sistema de Justicia, del Talento Humano, de las \u00a0Condiciones para la Prestaci\u00f3n del Servicio de Justicia y de Informaci\u00f3n \u00a0P\u00fablica y TIC, al cual presentar\u00e1n un Plan de Trabajo Especial, institucional e \u00a0interinstitucional, que desarrolle las acciones previstas en el Plan Decenal \u00a0del Sistema de Justicia, relacionadas con la formaci\u00f3n del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.3.13.1.11. Divulgaci\u00f3n del Plan Decenal del Sistema de \u00a0Justicia. El Consejo Directivo, los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos, y las entidades y \u00a0las escuelas e institutos de formaci\u00f3n que forman parte de las entidades formuladoras \u00a0del Plan Decenal del Sistema de Justicia, participar\u00e1n en la socializaci\u00f3n del \u00a0Plan Decenal del Sistema de Justicia, dirigido a los actores del sector, a las \u00a0entidades territoriales y a la comunidad, para garantizar su conocimiento en la \u00a0totalidad del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En particular, las entidades formuladoras \u00a0del Plan Decenal del Sistema de Justicia dar\u00e1n a conocerlo en sus procesos de \u00a0inducci\u00f3n del personal y en otros programas de formaci\u00f3n que adelanten al \u00a0interior de estas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. La presente disposici\u00f3n rige a partir de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 9 de junio de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Enrique Gil \u00a0Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Fernando Mej\u00eda Alzate. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ver Diario Oficial 50.259, pag. \u00a08-192 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 979 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 9) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.259, junio 9 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0adiciona el Cap\u00edtulo 13 al T\u00edtulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia y se adopta el Plan Decenal del \u00a0Sistema [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50863","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50863","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50863"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50863\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50863"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50863"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50863"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}