{"id":50964,"date":"2023-08-17T14:21:17","date_gmt":"2023-08-17T14:21:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-1182-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T14:21:17","modified_gmt":"2023-08-17T14:21:17","slug":"decreto-1182-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-1182-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 1182 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1182 DE 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.291, julio 11 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Ver Decreto 996 de 2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0conferidas por los art\u00edculos 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a02\u00b0 y 3\u00b0 de la Ley 588 de 2000, y 5\u00b0 \u00a0del Decreto ley 2163 \u00a0de 1970, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se har\u00e1 mediante \u00a0concurso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 169 del Decreto ley 960 de \u00a01970 establece que los concursos tienen por objeto la selecci\u00f3n de \u00a0candidatos para cargos no desempe\u00f1ados en propiedad por Notarios pertenecientes \u00a0a la carrera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acuerdo n\u00famero 001 de 9 de abril \u00a0de 2015, modificado por los Acuerdos n\u00fameros 003 de 28 de abril de 2015, 005 de \u00a015 de septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio de \u00a02016 y 029 de 22 de agosto de 2016, todos expedidos por el Consejo Superior de \u00a0la Carrera Notarial, se \u201c&#8230;convoca, \u00a0se fijan las bases y el cronograma del concurso de m\u00e9ritos p\u00fablico y abierto \u00a0para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0en los art\u00edculos 2.2.6.5.1., a 2.2.6.5.13., del Decreto \u00a0n\u00famero 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Justicia \u00a0y del Derecho, se compil\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a03454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que \u00a0regula el ejercicio de la actividad notarial, dispone en su art\u00edculo \u00a02.2.6.5.11., que la lista de elegibles estar\u00e1 integrada por quienes hayan \u00a0obtenido m\u00e1s de sesenta (60) puntos en el proceso, lo anterior qued\u00f3 \u00a0establecido en el art\u00edculo 28 del Acuerdo n\u00famero 001 de 2015, as\u00ed: \u201cEl puntaje final de los aspirantes \u00a0ser\u00e1 el que resulte de la suma de las calificaciones obtenidas en las distintas \u00a0fases del concurso debidamente superadas. La lista de elegibles estar\u00e1 \u00a0integrada en estricto orden descendente por quienes hayan obtenido sesenta (60) \u00a0puntos o m\u00e1s, de la m\u00e1xima calificaci\u00f3n posible\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 29 de junio de 2016, una vez \u00a0agotadas todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera \u00a0Notarial profiri\u00f3 el Acuerdo n\u00famero 026, \u201cPor \u00a0el cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de M\u00e9ritos \u00a0P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial, y se ordena su publicaci\u00f3n\u201d, la cual se llev\u00f3 a cabo \u00a0el d\u00eda 3 de julio del a\u00f1o en curso en el diario de amplia circulaci\u00f3n nacional \u201cEl Nuevo Siglo\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Superior de la Carrera \u00a0Notarial, mediante Acuerdo n\u00famero 027 del 29 de junio de 2016, estableci\u00f3 el \u00a0procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selecci\u00f3n de \u00a0Notar\u00edas vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial, indicando en su art\u00edculo 1\u00b0 que, \u201cEl Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo \u00a0represente, informar\u00e1 a cada uno de los aspirantes en estricto orden \u00a0descendente de puntaje, para cada notar\u00eda y por categor\u00eda inscrita, sobre las \u00a0vacantes a la fecha de la comunicaci\u00f3n. De esta manera se requerir\u00e1 a cada \u00a0aspirante con el fin de que manifieste su intenci\u00f3n o voluntad de nombramiento \u00a0en alguna de las Notar\u00edas vacantes de acuerdo con su inscripci\u00f3n\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0se\u00f1ora Luz Marina Valencia Pel\u00e1ez, identificada con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero \u00a031268188 de Cali, obtuvo setenta y cinco punto cuatrocientos noventa y ocho \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(75.498) puntos en el concurso adelantado \u00a0para notar\u00edas de primera categor\u00eda, ocupando el puesto n\u00famero ciento once (111) \u00a0de la lista, dentro del Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico y Abierto para el \u00a0Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera Notarial, tal como \u00a0consta en la certificaci\u00f3n del 13 de junio de 2017, suscrita por el Secretario \u00a0T\u00e9cnico del Consejo Superior; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dando cumplimiento al Acuerdo n\u00famero \u00a0027 de 2016 y en atenci\u00f3n al puntaje obtenido en el Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico \u00a0y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera \u00a0Notarial, mediante Oficio n\u00famero 2017-130 de 13 de marzo de 2017, el Secretario \u00a0T\u00e9cnico del Consejo Superior inform\u00f3 a la se\u00f1ora Luz Marina Valencia Pel\u00e1ez las \u00a0vacantes a la fecha de la comunicaci\u00f3n y manifestaci\u00f3n de intenci\u00f3n de \u00a0nombramiento, teniendo en cuenta cada notar\u00eda y categor\u00eda inscrita, \u00a0encontr\u00e1ndose en dicho listado la Notar\u00eda Primera (1\u00aa) del C\u00edrculo Notarial de \u00a0Chinchin\u00e1-Caldas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a su vez, el art\u00edculo 2\u00b0 del Acuerdo \u00a0n\u00famero 027 de 2016 prescribe que, \u201cuna \u00a0vez notificada la postulaci\u00f3n sobre las Notar\u00edas vacantes seg\u00fan lo inscrito y \u00a0el puesto ocupado en cada caso, el aspirante contar\u00e1 con un t\u00e9rmino de cinco \u00a0(5) d\u00edas h\u00e1biles para manifestar su intenci\u00f3n o voluntad de nombramiento, en \u00a0alguna de las notar\u00edas vacantes correspondientes estrictamente con las que haya \u00a0inscrito. Vencido el anterior t\u00e9rmino, se entender\u00e1 desierto el inter\u00e9s sobre \u00a0las Notar\u00edas postuladas en la comunicaci\u00f3n, y se continuar\u00e1 con el siguiente \u00a0aspirante\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en tal sentido, la se\u00f1ora Luz Marina \u00a0Valencia Pel\u00e1ez, mediante correo electr\u00f3nico de fecha 21 de marzo de 2017, \u00a0manifest\u00f3 su intenci\u00f3n de ser nombrada en la Notar\u00eda Primera (1\u00aa) del C\u00edrculo \u00a0Notarial de Chinchin\u00e1-Caldas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante certificaci\u00f3n del 13 de junio \u00a0de 2017, el Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior inform\u00f3 que, \u201ccon fundamento en la lista de elegibles \u00a0conformada por el Acuerdo n\u00famero 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de \u00a0julio del mismo a\u00f1o en el diario El Nuevo Siglo, la doctora Luz Marina Valencia \u00a0Pel\u00e1ez, identificada con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 31268188 en su calidad de \u00a0aspirante a ser designada en la Notar\u00eda Primera (1\u00aa) del C\u00edrculo Notarial de \u00a0Chinchin\u00e1-Caldas, y que le fue postulada mediante Oficio n\u00famero 2017-130 de \u00a0fecha 13 de marzo de 2017, es quien debe ser nombrada en propiedad como Notar\u00eda \u00a0Primera del C\u00edrculo de Chinchin\u00e1, conforme a la calificaci\u00f3n obtenida de \u00a0setenta y cinco punto cuatrocientos noventa y ocho (75.498) puntos, ocupando el \u00a0puesto n\u00famero ciento once (111) de la lista, dentro del Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico \u00a0y Abierto Para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera \u00a0Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo n\u00famero 001 del 9 de abril de \u00a02015\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la designaci\u00f3n de \u00a0notarios de primera categor\u00eda es competencia del Gobierno nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el inciso 3\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 28 del Acuerdo n\u00famero 001 de 9 de abril de 2015, la lista de elegibles \u00a0tiene una vigencia de dos (2) a\u00f1os contados a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n en un diario de amplia circulaci\u00f3n nacional, es decir que a la \u00a0fecha de expedici\u00f3n de este decreto, la lista se encuentra vigente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito \u00a0de lo expuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Nombramiento \u00a0en propiedad. N\u00f3mbrase en Propiedad a la \u00a0se\u00f1ora Luz Marina Valencia Pel\u00e1ez, identificada con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero \u00a031268188 de Cali, como Notaria Primera (1\u00aa) del C\u00edrculo Notarial de \u00a0Chinchin\u00e1-Caldas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Acreditaci\u00f3n de documentos para tomar posesi\u00f3n del cargo. Para \u00a0tomar posesi\u00f3n del cargo, la designada deber\u00e1 aportar y acreditar ante la Superintendencia \u00a0de Notariado y Registro la documentaci\u00f3n de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de julio de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN \u00a0MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Enrique Gil Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1182 DE 2017 \u00a0 \u00a0 (julio 11) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.291, julio 11 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad. \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Ver Decreto 996 de 2023. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-50964","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50964","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50964"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50964\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50964"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50964"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50964"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}