{"id":51429,"date":"2023-08-17T15:01:29","date_gmt":"2023-08-17T15:01:29","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-2177-de-2017\/"},"modified":"2023-08-17T15:01:29","modified_gmt":"2023-08-17T15:01:29","slug":"decreto-2177-de-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/17\/decreto-2177-de-2017\/","title":{"rendered":"DECRETO 2177 DE 2017"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2177 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.455, diciembre \u00a022 de 2017 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0integra el Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad y se dictan \u00a0disposiciones relacionadas con su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en particular las que \u00a0le confiere el art\u00edculo 189, numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, en desarrollo del numeral 11 del art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1618 de 2013, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 47 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0dispone que \u201cEl Estado adelantar\u00e1 una \u00a0pol\u00edtica de previsi\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n e integraci\u00f3n social para los disminuidos \u00a0f\u00edsicos, sensoriales y ps\u00edquicos, a quienes se prestar\u00e1 la atenci\u00f3n \u00a0especializada que requieran\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 53 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0establece la incorporaci\u00f3n a la legislaci\u00f3n interna de los convenios internacionales \u00a0del trabajo debidamente ratificados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1145 de 2007 cre\u00f3 \u00a0y defini\u00f3 el Sistema Nacional de Discapacidad, entendido como \u201cel conjunto de orientaciones, normas, \u00a0actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha \u00a0de los principios generales de la discapacidad contenidos en esta ley\u201d, \u00a0sistema que est\u00e1 conformado por el Consejo Nacional de Discapacidad (CND), los \u00a0Comit\u00e9s Departamentales y Distritales de Discapacidad \u00a0(CDD) y los Comit\u00e9s Municipales y Locales de Discapacidad &#8211; CMD y CLD, \u00a0respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a su vez, la Ley 1346 de 2009 \u00a0aprob\u00f3 la \u201cConvenci\u00f3n sobre los \u00a0Derechos de las personas con Discapacidad\u201d, adoptada por la Asamblea \u00a0General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley \u00a0Estatutaria 1618 del 27 de febrero de 2013 establece las disposiciones para \u00a0garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con la normatividad expuesta \u00a0y en virtud de lo se\u00f1alado en el numeral 11 del art\u00edculo 5\u00b0 y el numeral 2 del \u00a0art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley \u00a0Estatutaria 1618 de 2013 es obligaci\u00f3n del Ministerio del Interior, el \u00a0Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio del Trabajo \u00a0disponer los mecanismos necesarios para la integraci\u00f3n de un Consejo para la \u00a0Inclusi\u00f3n de la Discapacidad que tiene por finalidad coordinar las acciones que \u00a0el sector privado adelante con el fin de coadyuvar al ejercicio de los derechos \u00a0y la inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme al Acta 029-2016 del 7 de julio \u00a0de 2016, el Consejo Nacional de Discapacidad, de conformidad con el art\u00edculo 6\u00b0 \u00a0de la Ley 1145 de 2007, \u00a0propuso la conformaci\u00f3n de seis mesas o subcomisiones, entre las cuales est\u00e1 la \u00a0Subcomisi\u00f3n Laboral que corresponde al precitado Consejo para la Inclusi\u00f3n de \u00a0la Discapacidad dentro del marco e integrado al Sistema Nacional de \u00a0Discapacidad con aplicaci\u00f3n en el nivel nacional y en los comit\u00e9s \u00a0departamentales, distritales y municipales de \u00a0discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto 2107 de 2016, \u00a0el Ministerio del Interior asumi\u00f3 la rector\u00eda del Sistema Nacional de \u00a0Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3n del art\u00edculo 1.1.2.12 al Decreto 1072 de 2015. \u00a0Adici\u00f3nese al Decreto 1072 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, el siguiente art\u00edculo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 1.1.2.12. Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad. \u00a0Int\u00e9grese el Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad articulado al \u00a0Sistema Nacional de Discapacidad, cuyo objeto ser\u00e1 coordinar las acciones que \u00a0el sector privado adelante para coadyuvar al ejercicio de los derechos y la \u00a0inclusi\u00f3n social, laboral y productiva de las personas con discapacidad, \u00a0orientadas al desarrollo de las capacidades a trav\u00e9s de la formaci\u00f3n para el \u00a0trabajo, la producci\u00f3n y el empleo de las personas con discapacidad, sus \u00a0familias y cuidadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo para la Inclusi\u00f3n de la \u00a0Discapacidad desarrollar\u00e1 su objeto como un componente de la Pol\u00edtica P\u00fablica \u00a0de Discapacidad y se articular\u00e1 para el efecto al Consejo Nacional de \u00a0Discapacidad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Principios. Los miembros del Consejo para la Inclusi\u00f3n de la \u00a0Discapacidad y quienes intervengan en sus sesiones en calidad de invitados, \u00a0obrar\u00e1n con observancia de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, \u00a0econom\u00eda, celeridad, imparcialidad, publicidad, dignidad humana, respeto, \u00a0autonom\u00eda individual, independencia, igualdad, equidad, Justicia, inclusi\u00f3n, progresividad en la financiaci\u00f3n, equiparaci\u00f3n de \u00a0oportunidades, protecci\u00f3n, no discriminaci\u00f3n, solidaridad, pluralismo, \u00a0accesibilidad, diversidad, respeto, aceptaci\u00f3n de las diferencias y \u00a0participaci\u00f3n de las personas con discapacidad, consagrados en la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y en el art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley \u00a0Estatutaria 1618 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Composici\u00f3n. El Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad \u00a0estar\u00e1 conformado por los siguientes integrantes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro del Trabajo, o su delegado, \u00a0quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro del Interior, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Presidente del Consejo Nacional de \u00a0Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dos (2) representantes de los gremios \u00a0designados por el Consejo Gremial Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un (1) representante de las \u00a0Organizaciones No Gubernamentales especializadas en inclusi\u00f3n social, laboral y \u00a0productiva, designado por el Consejo Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Presidente Ejecutivo de Confec\u00e1maras, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Un (1) representante de cada una de las \u00a0confederaciones de trabajadores que intervienen en la Comisi\u00f3n Permanente de \u00a0Concertaci\u00f3n de Pol\u00edticas Salariales y Laborales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Los representantes de las organizaciones \u00a0de la sociedad civil de los diferentes tipos de discapacidad ante el Consejo \u00a0Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los delegados de las entidades \u00a0p\u00fablicas ser\u00e1n del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Podr\u00e1n ser invitadas las \u00a0entidades adscritas y vinculadas de los Ministerios aqu\u00ed representados en los \u00a0temas de su competencia y dem\u00e1s entidades y organismos que el Consejo considere \u00a0conveniente vincular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. El Consejo se reunir\u00e1 de manera \u00a0ordinaria por lo menos una vez cada tres (3) meses y podr\u00e1 ser convocado por la \u00a0presidencia a reuniones extraordinarias, a trav\u00e9s de la secretar\u00eda t\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones. En desarrollo de lo previsto por el art\u00edculo 5\u00b0 de la \u00a0Ley \u00a0Estatutaria 1618 de 2013, el Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad \u00a0deber\u00e1 garantizar la coordinaci\u00f3n intersectorial de las Pol\u00edticas de Inclusi\u00f3n \u00a0Social, Laboral y Productiva de las personas con discapacidad, como un \u00a0componente de la Pol\u00edtica P\u00fablica de Discapacidad, mediante el ejercicio de las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular las acciones en materia de \u00a0inclusi\u00f3n social, laboral y productiva que se adelanten en concordancia con la \u00a0Pol\u00edtica P\u00fablica de Discapacidad, adoptadas por el Consejo Nacional de \u00a0Discapacidad en el marco del Sistema Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover, difundir y visibilizar \u00a0el ejercicio efectivo de los derechos a la inclusi\u00f3n social, laboral y \u00a0productiva de las personas con discapacidad, cuidadores y familiares, a trav\u00e9s \u00a0del dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de estrategias, campa\u00f1as y mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n y producci\u00f3n con las cadenas productivas y\/o cl\u00faster. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en la construcci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas de inclusi\u00f3n social, laboral y productiva de \u00a0las personas con discapacidad, teniendo en cuenta el enfoque diferencial, las \u00a0acciones afirmativas y el trabajo decente para las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la articulaci\u00f3n entre los \u00a0sectores para generar alianzas p\u00fablico-privadas, valores compartidos, la \u00a0Responsabilidad Social Empresarial (RSE), y el desarrollo de otras estrategias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Incentivar la vinculaci\u00f3n de las familias \u00a0y cuidadores de personas con discapacidad en los procesos de inclusi\u00f3n social, \u00a0productivos, laborales y de emprendimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover a trav\u00e9s de las instancias \u00a0id\u00f3neas, la creaci\u00f3n de la Red Nacional de Empresas Incluyentes, as\u00ed como \u00a0mecanismos de certificaci\u00f3n y reconocimiento para las empresas que incluyan a \u00a0personas con discapacidad, sus familias y cuidadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fortalecer y fomentar la articulaci\u00f3n y \u00a0participaci\u00f3n de las diferentes instancias a nivel regional y territorial \u00a0responsables de los procesos de inclusi\u00f3n social, productivos, laborales, de \u00a0formaci\u00f3n para el trabajo y de emprendimiento de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Todas las dem\u00e1s funciones que sean \u00a0necesarias para el cabal cumplimiento de su objeto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. El Consejo para la Inclusi\u00f3n de la \u00a0Discapacidad tendr\u00e1 una Secretar\u00eda T\u00e9cnica permanente que ser\u00e1 ejercida por el \u00a0Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Esta Secretar\u00eda cumplir\u00e1 con las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar el cronograma anual de trabajo \u00a0del Consejo para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la convocatoria del Consejo a \u00a0sesiones ordinarias y extraordinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar las actas correspondientes, \u00a0enviarlas y hacer seguimiento a las determinaciones, acuerdos adoptados, as\u00ed \u00a0como al cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar y presentar al Consejo las \u00a0propuestas, documentos de trabajo, informes y dem\u00e1s material de apoyo, que \u00a0sirva de soporte para el desarrollo de las funciones del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s funciones que sean propias de \u00a0su car\u00e1cter de apoyo y soporte t\u00e9cnico, as\u00ed como las que le sean asignadas por \u00a0el Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Subcomisiones para la Inclusi\u00f3n Social, Laboral y Productiva de las \u00a0Personas con Discapacidad. En los Comit\u00e9s Departamentales, Distritales, Municipales y Locales de Discapacidad se \u00a0crear\u00e1 la Subcomisi\u00f3n para la Inclusi\u00f3n Social, Laboral y Productiva de las \u00a0Personas con Discapacidad, que abordar\u00e1 las materias contempladas en el \u00a0presente Decreto, en su respectivo nivel territorial y estar\u00e1 conformada por \u00a0los representantes regionales de las entidades se\u00f1aladas en el art\u00edculo 3\u00b0 del \u00a0presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La representaci\u00f3n en las Subcomisiones de \u00a0que trata el presente art\u00edculo para el caso del Ministerio del Trabajo ser\u00e1 \u00a0ejercida por el Director Territorial, o su delegado. Para el caso del \u00a0Ministerio del Interior, ser\u00e1n los Secretarios de Gobierno Departamentales, Distritales o Municipales, o su delegado. Para el caso del \u00a0Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, este designar\u00e1 el delegado para \u00a0tal fin a las respectivas Subcomisiones y adem\u00e1s los Secretarios de Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico Departamentales, Distritales o Municipales, \u00a0o quienes hagan sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los presidentes de los Comit\u00e9s \u00a0Departamentales, Distritales, Municipales y Locales \u00a0de Discapacidad solicitar\u00e1n a los gremios empresariales, a las c\u00e1maras de \u00a0comercio y a las organizaciones sindicales la designaci\u00f3n de sus delegados a la \u00a0Subcomisi\u00f3n para la Inclusi\u00f3n Social, Laboral y Productiva de las Personas con \u00a0Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Subcomisi\u00f3n designar\u00e1 de su seno al \u00a0presidente y la secretar\u00eda t\u00e9cnica de la misma, roles que ser\u00e1n rotativos y se \u00a0ejercer\u00e1n por periodos anuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. En aquellos departamentos, \u00a0distritos, municipios y localidades en los cuales no se cuente con cualquiera \u00a0de los funcionarios se\u00f1alados en el inciso 2\u00b0 del presente art\u00edculo, la \u00a0Subcomisi\u00f3n funcionar\u00e1 teniendo en consideraci\u00f3n la estructura institucional y \u00a0las caracter\u00edsticas propias de cada territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Mecanismos de articulaci\u00f3n. Desde el Consejo para la Inclusi\u00f3n \u00a0de la Discapacidad se promover\u00e1 el di\u00e1logo permanente con los niveles \u00a0departamental, distrital, municipal y local empleando \u00a0las siguientes estrategias para la articulaci\u00f3n entre ellos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Rendici\u00f3n de cuentas del nivel local al distrital; del municipal al departamental y de este y el distrital al nivel nacional, mediante la presentaci\u00f3n de \u00a0informes anuales que incluyan la gesti\u00f3n desarrollada en dichos niveles dentro \u00a0del marco del Sistema Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad podr\u00e1 \u00a0sesionar en los departamentos y distritos, convocando a representantes \u00a0relacionados con el sector laboral y productivo de la regi\u00f3n para dar fuerza a \u00a0la movilizaci\u00f3n necesaria para la inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad en \u00a0estos escenarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D.C., a 22 de diciembre de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Rivera Fl\u00f3rez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Griselda Janeth Restrepo Gallego. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Lorena Guti\u00e9rrez \u00a0Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2177 DE 2017 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre 22) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.455, diciembre \u00a022 de 2017 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0integra el Consejo para la Inclusi\u00f3n de la Discapacidad y se dictan \u00a0disposiciones relacionadas con su funcionamiento. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en uso de sus atribuciones constitucionales y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[78],"tags":[],"class_list":["post-51429","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2017"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51429","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51429"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51429\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51429"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51429"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51429"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}