{"id":51550,"date":"2023-08-18T15:00:03","date_gmt":"2023-08-18T15:00:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-121-de-2018\/"},"modified":"2023-08-18T15:00:03","modified_gmt":"2023-08-18T15:00:03","slug":"decreto-121-de-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-121-de-2018\/","title":{"rendered":"DECRETO 121 DE 2018"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 121 DE 2018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 19) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.481, enero 19 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017 \u00a0Senado, 170 de 2017 C\u00e1mara, por medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Primera Vuelta) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en cumplimiento de lo dispuesto por el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 20 de julio de 2017 los Senadores \u00a0Eduardo Enr\u00edquez Maya, Juan Manuel Pach\u00f3n Gal\u00e1n, Luis \u00a0Fernando Velasco Chaves, Javier Tato \u00c1lvarez, \u00a0Mauricio Delgado Mart\u00ednez, Fernando Tamayo Tamayo, Roy Barreras Montealegre, Hern\u00e1n \u00a0Andrade Serrano, Iv\u00e1n Cepeda Castro, Jimmy Chamorro, \u00a0Iv\u00e1n Duque, Doris Vega, Myriam Paredes, Juan Samy Merheg, Antonio Navarro, \u00a0Efra\u00edn Cepeda Sarabia y Carlos Fernando Motoa, con el acompa\u00f1amiento del Ministro del Interior \u00a0doctor Guillermo Abel Rivera Fl\u00f3rez, presentaron ante \u00a0la Secretar\u00eda General del Senado de la Rep\u00fablica el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo, por medio del cual se \u00a0modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, el cual fue radicado con el n\u00famero 01 de 2017 Senado, con \u00a0todos los requisitos constitucionales y legales con el fin de iniciar su \u00a0tr\u00e1mite legislativo constitucional; Proyecto de Acto Legislativo que fue \u00a0repartido a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional del Senado y enviado a la \u00a0Imprenta Nacional con el fin de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se \u00a0indica en constancia del Senado del 20 de julio de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Acto Legislativo, por medio del cual se modifican los art\u00edculos \u00a0328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, fue publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso, Senado de la Rep\u00fablica n\u00famero 601 del 27 de julio de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 8 de agosto de 2017 la Mesa \u00a0Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado, mediante \u00a0el Acta MD-04 designa como Ponente al Senador Eduardo Enr\u00edquez Maya, fijando un \u00a0t\u00e9rmino de 15 d\u00edas para rendir el correspondiente informe, tal como se indica \u00a0en la comunicaci\u00f3n suscrita por el secretario de la Comisi\u00f3n Primera del Senado \u00a0del 8 de agosto de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 15 de agosto de 2017, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado recibe \u00a0informe para Primer Debate por parte del Senador Eduardo Enr\u00edquez Maya, y se \u00a0env\u00eda a Leyes de Senado para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 699 del 17 de agosto de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 22 de agosto de 2017, \u00a0seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 08 de la misma fecha, la Secretar\u00eda inform\u00f3 por \u00a0instrucciones de la Presidencia, que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00eda y votar\u00eda \u00a0el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, tal como se indica en constancia del Secretario de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera del Senado del 22 de agosto de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 15 de agosto de 2017 se radic\u00f3 en la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado el \u00a0informe de ponencia presentado por el Senador Eduardo Enr\u00edquez Maya, informe de \u00a0ponencia que fue publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 699 del 17 de agosto de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por Secretar\u00eda se da lectura al articulado \u00a0del texto del proyecto, abierta y cerrada su discusi\u00f3n y sometido a votaci\u00f3n \u00a0nominal fue aprobado. Asimismo, por Secretar\u00eda se da lectura al t\u00edtulo del \u00a0proyecto, por medio del cual se \u00a0modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, al igual que preguntados los miembros de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0del Senado si quieren que este proyecto de reforma constitucional se convierta \u00a0en Acto Legislativo, es aprobado mediante votaci\u00f3n nominal que arroj\u00f3 el \u00a0siguiente resultado: Votos emitidos: 11, Votos por el S\u00ed: 11, Votos por el No: \u00a00. La Presidencia designa como Ponente para Segundo Debate al Senador Eduardo \u00a0Enr\u00edquez Maya, con 8 d\u00edas de t\u00e9rmino para rendir el correspondiente informe. El \u00a0texto del Proyecto de Acto Legislativo fue aprobado por la Comisi\u00f3n Primera del \u00a0Senado de la Rep\u00fablica todo lo cual consta en el Acta n\u00famero 09 del 23 de \u00a0agosto de 2017 y fue publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 771 del 11 de septiembre de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 1\u00b0 de septiembre de 2017 la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica recibe ponencia para Segundo Debate del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 01 de 2017 Senado, por medio \u00a0del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y previa autorizaci\u00f3n de la Presidencia y Secretar\u00eda de la \u00a0Comisi\u00f3n, se env\u00eda a la Secci\u00f3n de Leyes para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 771 \u00a0del 11 de septiembre de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante oficio el Secretario General de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0remite al se\u00f1or Secretario General del Senado de la Rep\u00fablica con todos sus \u00a0antecedentes y para que siga su curso reglamentario el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 01 de 2017 Senado, por \u00a0medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n plenaria del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica del d\u00eda 20 de septiembre de 2017 fue considerada y aprobada la \u00a0ponencia para Segundo Debate, el texto aprobado en Comisi\u00f3n y el t\u00edtulo del \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, tal como consta en el Acta n\u00famero 18 del 20 de septiembre de \u00a02017, y publicado en la Gaceta del \u00a0Congreso 935 del 13 de octubre de 2017, previo anuncio en sesi\u00f3n \u00a0plenaria el d\u00eda 19 de septiembre de 2017, seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 17 de la \u00a0misma fecha. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 3 de octubre de \u00a02017, el Presidente del Senado de la Rep\u00fablica remite al se\u00f1or Presidente de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes el expediente del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero \u00a001 de 2017 Senado, por medio del cual \u00a0se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De conformidad con el art\u00edculo 43 numeral 5 \u00a0de la Ley 5\u00aa de 1992 \u00a0(Reglamento del Congreso), pasa al despacho del Presidente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 170 de 2017 C\u00e1mara, 01 de \u00a02017 Senado, por medio del cual se \u00a0modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y se env\u00eda a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de \u00a0la C\u00e1mara de Representantes, con el fin de ser estudiado en Primer Debate. Una \u00a0vez cumplidas las anotaciones de rigor se env\u00eda a la Imprenta Nacional para su \u00a0publicaci\u00f3n, de conformidad con el art\u00edculo 144 de la Ley 5\u00aa de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 20 de octubre de 2017, la Secretar\u00eda \u00a0de la Comisi\u00f3n Primera de la C\u00e1mara de Representantes recibe el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 170 de 2017 C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y da traslado a la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n para su \u00a0respectivo reparto y designaci\u00f3n de Ponentes, seg\u00fan constancia secretarial de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional de la C\u00e1mara de Representantes de fecha 20 \u00a0de octubre de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes design\u00f3 como ponente \u00a0al Representante B\u00e9rner Le\u00f3n Zambrano Eraso, fijando un t\u00e9rmino de 8 d\u00edas para rendir el \u00a0correspondiente informe, tal como se indica en comunicaci\u00f3n del 24 de octubre \u00a0de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 26 de octubre de 2017, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia para Primer Debate del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 170 de 2017 C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, suscrito \u00a0por el Representante B\u00e9rner Le\u00f3n Zambrano Eraso, en la cual se propone dar Primer Debate en Primera \u00a0Vuelta y se env\u00eda a Secretar\u00eda General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 992 \u00a0del 31 de octubre de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 14 de noviembre de 2017, \u00a0seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 11 de la misma fecha, se anunci\u00f3 el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 170 de 2017 C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 15 de noviembre de 2017, \u00a0seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 12 de la misma fecha, se contin\u00faa la discusi\u00f3n y \u00a0votaci\u00f3n de la proposici\u00f3n con que termina el informe de ponencia de dar Primer \u00a0Debate en Primera Vuelta al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 170 de 2017 \u00a0C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por medio \u00a0del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, siendo aprobada con 19 votos por el S\u00ed y 0 votos por el No, \u00a0para un total de 19 votos. Acto seguido la Presidencia somete a consideraci\u00f3n y \u00a0votaci\u00f3n cada uno de los art\u00edculos siendo aprobados. Igualmente, la Presidencia \u00a0somete a consideraci\u00f3n y votaci\u00f3n el t\u00edtulo, por medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y la pregunta de que si quiere la Comisi\u00f3n que este Proyecto \u00a0de Acto Legislativo pase a cuarto debate en la plenaria de la C\u00e1mara de Representantes \u00a0siendo aprobado por unanimidad de los asistentes, lo cual fue publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1124 \u00a0del 30 de noviembre de 2017. La Presidencia designa como Ponente para Cuarto \u00a0Debate al Representante B\u00e9rner Le\u00f3n Zambrano Eraso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 29 de noviembre de 2017, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia para Segundo Debate en Primera Vuelta del \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 170 de 2017 C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, suscrita por el Representante B\u00e9rner \u00a0Le\u00f3n Zambrano Eraso y se env\u00eda a Secretar\u00eda General \u00a0para su publicaci\u00f3n en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 1124 del 30 de noviembre de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 29 de noviembre de \u00a02017, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes, remite al se\u00f1or Secretario General de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes con todos sus antecedentes y para que siga su curso \u00a0constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 170 de 2017 C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la Constancia \u00a0Secretarial de la C\u00e1mara de Representantes \u2013 Sustanciaci\u00f3n Ponencia Segundo \u00a0Debate del 13 de diciembre de 2017, en sesi\u00f3n plenaria de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes del 12 de diciembre de 2017, fue aprobado en Segundo Debate el texto \u00a0definitivo sin modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 170 de \u00a02017 C\u00e1mara, 01 de 2017 Senado, por \u00a0medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. Lo anterior, seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 272 de diciembre \u00a012 de 2017, previo su anuncio en sesi\u00f3n del d\u00eda 6 de diciembre de 2017 \u00a0correspondiente al Acta n\u00famero 271 de la misma fecha y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1193 \u00a0del 13 de diciembre de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica mediante \u00a0comunicaci\u00f3n del 4 de enero de 2018, radicada el d\u00eda 10 de enero de 2018 en la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, remiti\u00f3 para el tr\u00e1mite pertinente el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017 Senado, 170 de 2017 C\u00e1mara, por medio del cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Ordenar la publicaci\u00f3n del \u00a0Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017 Senado, 170 \u00a0de 2017 C\u00e1mara, por medio del cual se \u00a0modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. (Primera Vuelta), el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACTO \u00a0LEGISLATIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No. \u00a0_______________ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(PRIMERA VUELTA) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del \u00a0cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Congreso de \u00a0Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. El \u00a0inciso n\u00famero 12 del art\u00edculo 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las ciudades de \u00a0Buenaventura y Tumaco se organizan como Distritos Especiales, Industriales, Portuarios, \u00a0Biodiversos y Ecotur\u00edsticos. \u00a0Su r\u00e9gimen pol\u00edtico, fiscal y administrativo ser\u00e1 el que determinen la \u00a0Constituci\u00f3n y las leyes especiales, que para el efecto se dicten, y en lo no \u00a0dispuesto en ellas, las normas vigentes para los municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El \u00a0art\u00edculo 328 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 328. El \u00a0Distrito Tur\u00edstico y Cultural de Cartagena de Indias, el Distrito Tur\u00edstico, \u00a0Cultural e Hist\u00f3rico de Santa Marta y Barranquilla conservar\u00e1n su r\u00e9gimen y \u00a0car\u00e1cter, y se organiza a Buenaventura y Tumaco como Distrito Especial, \u00a0Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecotur\u00edstico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Este \u00a0acto legislativo rige a partir de su promulgaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del honorable Senado de la \u00a0Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Efra\u00edn Jos\u00e9 \u00a0Cepeda Sarabia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado \u00a0de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gregorio Eljach Pacheco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodrigo Lara \u00a0Restrepo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara \u00a0de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Humberto \u00a0Mantilla Serrano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 19 de enero de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Abel Rivera Fl\u00f3rez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 121 DE 2018 \u00a0 \u00a0 (enero 19) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.481, enero 19 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017 \u00a0Senado, 170 de 2017 C\u00e1mara, por medio del cual se modifican los art\u00edculos 328 y 356 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[79],"tags":[],"class_list":["post-51550","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2018"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51550","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51550"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51550\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51550"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51550"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51550"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}