{"id":51696,"date":"2023-08-18T15:00:11","date_gmt":"2023-08-18T15:00:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-362-de-2018\/"},"modified":"2023-08-18T15:00:11","modified_gmt":"2023-08-18T15:00:11","slug":"decreto-362-de-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-362-de-2018\/","title":{"rendered":"DECRETO 362 DE 2018"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 362 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(febrero 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.515, febrero 22 \u00a0de 2018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0adiciona el T\u00edtulo 5 a la Parte 2 del Libro 2 al Decreto n\u00famero \u00a01081 de 2015, Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0con el fin de reglamentar el Decreto ley 896 de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le \u00a0confieren los numerales 11 y 20 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto ley 896 de \u00a02017, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto ley 896 de \u00a02017 cre\u00f3 el Programa Nacional \u00a0Integral de Sustituci\u00f3n de cultivos de uso il\u00edcito (PNIS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como instancias para la ejecuci\u00f3n del \u00a0Programa el art\u00edculo 3\u00b0 del citado Decreto ley dispuso que habr\u00e1 una \u00a0Junta de direccionamiento estrat\u00e9gico, una Direcci\u00f3n general, a cargo de la \u00a0Direcci\u00f3n para la Sustituci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos adscrita a la Alta \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica y un Consejo Permanente de Direcci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto ley 896 de \u00a02017 se\u00f1al\u00f3 que a nivel territorial la coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n del PNIS \u00a0estar\u00e1 a cargo de los consejos asesores territoriales, las comisiones \u00a0municipales de planeaci\u00f3n participativa y los consejos municipales de evaluaci\u00f3n \u00a0y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se hace necesario reglamentar las \u00a0instancias de ejecuci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n del Programa Nacional Integral \u00a0de Sustituci\u00f3n (PNIS). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por lo anteriormente expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3nese el \u00a0T\u00edtulo 5 a la Parte 2 del Libro 2 al Decreto 1081 de 2015, \u00a0Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica, el cual quedar\u00e1 \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cT\u00cdTULO 5 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTANCIAS DE \u00a0EJECUCI\u00d3N, COORDINACI\u00d3N Y GESTI\u00d3N DEL PROGRAMA NACIONAL INTEGRAL DE SUSTITUCI\u00d3N DE CULTIVOS DE USO IL\u00cdCITO (PNIS) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Composici\u00f3n y funciones de las instancias de \u00a0ejecuci\u00f3n del PNIS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.1.1. Objeto e integraci\u00f3n de \u00a0la Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico. Como escenario de di\u00e1logo, \u00a0orientaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y monitoreo de la gesti\u00f3n e implementaci\u00f3n del Programa \u00a0Nacional Integral de Sustituci\u00f3n PNIS, en concordancia con el Acuerdo Final \u00a0para la Terminaci\u00f3n del Conflicto y la Construcci\u00f3n de una Paz Estable y \u00a0Duradera, se constituir\u00e1 una Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico que tomar\u00e1 \u00a0sus decisiones por consenso y estar\u00e1 integrada as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Cuatro Representantes del Gobierno \u00a0nacional de alto nivel, designados por el Presidente de la Rep\u00fablica, uno de \u00a0los cuales la presidir\u00e1; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Cuatro Representantes designados por el Consejo \u00a0Nacional de Reincorporaci\u00f3n, con el fin de propiciar el proceso de \u00a0reincorporaci\u00f3n de los miembros reincorporados o en proceso de reincorporaci\u00f3n \u00a0de las Farc-EP a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n del \u00a0PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A t\u00edtulo de invitados, cuando los miembros \u00a0lo consideren pertinente, participar\u00e1 la Oficina de las Naciones Unidas contra \u00a0la Droga y el Delito (UNODC), la Comisi\u00f3n Global de Drogas y a las personas o \u00a0instituciones que se consideren de relevancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Junta \u00a0de Direccionamiento Estrat\u00e9gico la ejercer\u00e1 la Direcci\u00f3n para la Sustituci\u00f3n de \u00a0Cultivos Il\u00edcitos de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.1.2. Funciones de la Junta de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico. La Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Orientar la pol\u00edtica estrat\u00e9gica del \u00a0PNIS, seg\u00fan lo definido en el Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Impartir instrucciones a la Direcci\u00f3n \u00a0General del PNIS para que desarrolle una adecuada coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes y las comunidades, en la aplicaci\u00f3n de los planes de \u00a0sustituci\u00f3n y recuperaci\u00f3n ambiental de las \u00e1reas afectadas por cultivos de uso \u00a0il\u00edcito, incluyendo los Parques Nacionales Naturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aprobar la gu\u00eda metodol\u00f3gica y protocolos \u00a0de planeaci\u00f3n participativa para el dise\u00f1o de los Planes Integrales de \u00a0Sustituci\u00f3n y Desarrollo Alternativo (PISDA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Impartir, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades de Gobierno nacional competentes, las directrices en materia de \u00a0integraci\u00f3n de los PISDA a los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial \u00a0(PDET), mediante los Planes de Acci\u00f3n para la Transformaci\u00f3n Regional (PATR). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar y hacer seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n operativa y administrativa del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar a la Comisi\u00f3n para el \u00a0Seguimiento, Impulso, Verificaci\u00f3n e Implementaci\u00f3n del Acuerdo Final (CSIVI) \u00a0los informes de seguimiento y monitoreo del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aprobar los reglamentos de funcionamiento \u00a0de las instancias de coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del PNIS propuestos por la \u00a0Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aprobar los territorios que ser\u00e1n \u00a0priorizados para la ejecuci\u00f3n del PNIS, en armon\u00eda con el par\u00e1grafo 3\u00b0 del art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto ley 896 de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir las directrices para incorporar \u00a0los enfoques diferenciales, territoriales, \u00e9tnicos y de g\u00e9nero en el desarrollo \u00a0del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar por la participaci\u00f3n efectiva, \u00a0amplia y pluralista de todos los actores del territorio, en los diferentes \u00a0niveles territoriales, en el proceso de elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, actualizaci\u00f3n \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer el n\u00famero y las \u00a0organizaciones sociales de los territorios afectados por los cultivos de uso \u00a0il\u00edcito para integrar el Consejo Permanente de Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Solicitar a la Direcci\u00f3n General, cuando \u00a0lo considere necesario, la convocatoria extraordinaria del Consejo Permanente \u00a0de Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Establecer orientaciones para la \u00a0conformaci\u00f3n y la puesta en marcha de los Consejos Asesores Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Velar e impartir las directrices para \u00a0que los acuerdos suscritos con las comunidades est\u00e9n ajustados integralmente al \u00a0PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aprobar la estrategia de comunicaci\u00f3n \u00a0del PNIS y los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Darse su propio reglamento de \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.1.3. Direcci\u00f3n General del \u00a0PNIS. La \u00a0Direcci\u00f3n General del PNIS estar\u00e1 a cargo del Director de la Direcci\u00f3n para la \u00a0Sustituci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el \u00a0Posconflicto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0quien adem\u00e1s de las funciones propias de su empleo, cumplir\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, planificar y coordinar el \u00a0funcionamiento del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con las diferentes entidades \u00a0del Gobierno nacional la implementaci\u00f3n de los planes y proyectos relacionados \u00a0con el PNIS, en las \u00e1reas afectadas por la presencia de cultivos de uso \u00a0il\u00edcito, incluidos los Parques Nacionales Naturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar los lineamientos de \u00a0funcionamiento y puesta en marcha de los procesos necesarios para la adecuada \u00a0implementaci\u00f3n del PNIS en los territorios afectados por cultivos de uso \u00a0il\u00edcito bajo las directrices de la Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes, el esquema general de seguimiento y evaluaci\u00f3n a la ejecuci\u00f3n \u00a0de los planes y proyectos que se adelanten dentro del PNIS y de los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar las directrices de la Junta de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico en materia de integraci\u00f3n de los PISDA a los \u00a0Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), mediante los Planes de \u00a0Acci\u00f3n para la Transformaci\u00f3n Regional (PATR), en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Planificar y ejecutar las actividades \u00a0administrativas, financieras y presupuestales del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de los proyectos del PNIS en articulaci\u00f3n con las comunidades rurales, agencias \u00a0nacionales y entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar la gu\u00eda metodol\u00f3gica y protocolos de planeaci\u00f3n \u00a0participativa para el dise\u00f1o de los Planes Integrales de Sustituci\u00f3n y \u00a0Desarrollo Alternativo, para su respectiva aprobaci\u00f3n por parte de la Junta de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar informes peri\u00f3dicos sobre el avance del PNIS y los \u00a0PISDA para seguimiento, evaluaci\u00f3n y ajustes al Programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar el proyecto de plan de \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal del PNIS a la Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico para \u00a0recibir recomendaciones y orientaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar la rendici\u00f3n de cuentas sobre \u00a0el desarrollo del PNIS y los PISDA, ante las comunidades en el marco establecido \u00a0por el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Articular con las autoridades de \u00a0seguridad competentes, la provisi\u00f3n de garant\u00edas y condiciones de seguridad \u00a0para las comunidades y territorios afectados por los cultivos de uso il\u00edcito, \u00a0seg\u00fan la concepci\u00f3n de seguridad contemplada en el Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y articular con la Direcci\u00f3n \u00a0para la Acci\u00f3n Integral contra Minas Antipersonal-Descontamina Colombia, lo \u00a0pertinente para el desminado humanitario, limpieza y \u00a0descontaminaci\u00f3n de los territorios donde se adelanten los acuerdos de \u00a0sustituci\u00f3n de cultivos il\u00edcitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Celebrar los acuerdos con las \u00a0comunidades y las autoridades territoriales, previa socializaci\u00f3n, para la \u00a0puesta en marcha del PNIS en los territorios, modificarlos o darlos por \u00a0terminados cuando se incumpla alguno de estos acuerdos en alguna de sus partes \u00a0por quienes los suscriban o cuando su ejecuci\u00f3n contradiga lo dispuesto en el \u00a0Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Promover, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes, proyectos de asociatividad \u00a0solidaria y capacitaci\u00f3n t\u00e9cnica para el fortalecimiento de las organizaciones \u00a0sociales, comunitarias y cooperativas, en los territorios priorizados por el \u00a0PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presentar para aprobaci\u00f3n de la Junta de \u00a0Direccionamiento Estrat\u00e9gico los reglamentos de funcionamiento de las \u00a0instancias del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Realizar las convocatorias a las \u00a0siguientes instancias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Al Consejo Permanente de Direcci\u00f3n a \u00a0sesi\u00f3n ordinaria una vez al mes o de manera extraordinaria cuando se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) A grupos tem\u00e1ticos en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Consejo Permanente de Direcci\u00f3n cuando se considere necesario, as\u00ed como recoger \u00a0y analizar las conclusiones y propuestas sugeridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) A los Consejos Asesores Territoriales \u00a0para su conformaci\u00f3n y puesta en marcha, considerando las caracter\u00edsticas de \u00a0los territorios afectados por cultivos de uso il\u00edcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) A las Asambleas Comunitarias establecidas \u00a0por el Acuerdo Final para la construcci\u00f3n participativa y desarrollo de los \u00a0PISDA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) A los actores nacionales e \u00a0internacionales, p\u00fablicos y privados, para fortalecer la implementaci\u00f3n del \u00a0PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Establecer los criterios para la \u00a0integraci\u00f3n de los Consejos Municipales de Evaluaci\u00f3n y Seguimiento, siguiendo \u00a0las recomendaciones que para el efecto emita el respectivo Consejo Asesor \u00a0Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Promover, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes, la veedur\u00eda ciudadana en los diferentes niveles \u00a0territoriales para el seguimiento del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Construir la estrategia de comunicaci\u00f3n \u00a0del PNIS y los PISDA para aprobaci\u00f3n en la Junta de Direccionamiento \u00a0Estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Implementar las acciones afirmativas \u00a0necesarias para garantizar la efectividad de los enfoques territorial, \u00e9tnico, \u00a0diferencial y de g\u00e9nero en el PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Gestionar ante los Fondos que el \u00a0Gobierno nacional administre en relaci\u00f3n con los recursos sobre sustituci\u00f3n de \u00a0cultivos, conforme a las competencias legales y contractualmente asignadas, la \u00a0asignaci\u00f3n de los recursos que sean requeridos para la operaci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Solicitar a las entidades del orden \u00a0nacional informes sobre la priorizaci\u00f3n de recursos \u00a0para el PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Garantizar la participaci\u00f3n de las \u00a0entidades del orden nacional en el PNIS, en desarrollo de lo dispuesto en el \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto ley 896 de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.1.4. Objeto e integraci\u00f3n del Consejo Permanente de Direcci\u00f3n. El Consejo \u00a0Permanente de Direcci\u00f3n es una instancia de apoyo a la Direcci\u00f3n General del \u00a0PNIS y estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Tres representantes del Gobierno \u00a0nacional, designados por el director del PNIS, uno de los cuales la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Tres representantes designados por el \u00a0Consejo Nacional de Reincorporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representantes de organizaciones sociales \u00a0de los territorios afectados por los cultivos de uso il\u00edcito que ser\u00e1n elegidos \u00a0por la Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Con el fin de \u00a0garantizar la incorporaci\u00f3n de los enfoques diferenciales, de g\u00e9nero, \u00e9tnico y \u00a0territorial en las diferentes etapas de elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n del PNIS, el Consejo Permanente de Direcci\u00f3n podr\u00e1 consultar e \u00a0invitar a este escenario a la Instancia Especial para el Seguimiento al Enfoque \u00a0de G\u00e9nero y Garant\u00eda de los Derechos de la Mujeres y a la Instancia Especial de \u00a0Alto Nivel de los Pueblos \u00c9tnicos, que hacen parte de la Comisi\u00f3n de \u00a0Seguimiento, Impulso y Verificaci\u00f3n a la Implementaci\u00f3n del Acuerdo Final \u00a0(CSIVI) o a los dem\u00e1s que estime conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.1.5. Funciones del Consejo Permanente de Direcci\u00f3n. Son funciones del \u00a0Consejo Permanente de Direcci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar, asesorar y recomendar a la \u00a0Direcci\u00f3n General del PNIS en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en la \u00a0preparaci\u00f3n del acercamiento y estrategias de entrada a los territorios, a \u00a0trav\u00e9s de an\u00e1lisis del entorno estrat\u00e9gico en el que se implementar\u00e1 el PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer a la Direcci\u00f3n General del PNIS, \u00a0con base en los criterios definidos en el par\u00e1grafo 3\u00b0 del art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto ley 896 de \u00a02017, los territorios a ser priorizados para la implementaci\u00f3n del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coadyuvar en el proceso de dise\u00f1o y \u00a0desarrollo de los planes integrales comunitarios y municipales de sustituci\u00f3n y \u00a0desarrollo alternativo (PISDA) y recuperaci\u00f3n ambiental de las \u00e1reas afectadas \u00a0por cultivos de uso il\u00edcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar el reporte de situaciones que \u00a0afecten la ejecuci\u00f3n de los planes de sustituci\u00f3n acordados y las condiciones \u00a0de seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dar recomendaciones para el dise\u00f1o de la \u00a0gu\u00eda metodol\u00f3gica y protocolos de planeaci\u00f3n participativa para el dise\u00f1o de \u00a0los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n General del PNIS, espacios de veedur\u00eda nacional y territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar la efectiva implementaci\u00f3n de las \u00a0acciones con los enfoques territorial, \u00e9tnico diferencial y de g\u00e9nero, \u00a0enmarcadas en el PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica del Consejo Permanente de Direcci\u00f3n la ejercer\u00e1 la Direcci\u00f3n para la \u00a0Sustituci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos de la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el \u00a0Posconflicto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 2 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Composici\u00f3n y funciones de las instancias \u00a0territoriales de coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n del PNIS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.2.1. Consejos Asesores Territoriales. La Direcci\u00f3n del \u00a0PNIS, previa orientaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Junta de Direccionamiento \u00a0Estrat\u00e9gico, sin perjuicio de las funciones y competencias asignadas a las \u00a0diferentes autoridades p\u00fablicas, y en funci\u00f3n de las necesidades, podr\u00e1 \u00a0convocar a los Consejos Asesores Territoriales que ser\u00e1n instancias de \u00a0articulaci\u00f3n entre los niveles nacional y territorial del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los Consejos Asesores Territoriales estar\u00e1n \u00a0compuestos por las autoridades nacionales, regionales y locales, representantes \u00a0de las Farc-EP, reincorporados o en proceso de \u00a0reincorporaci\u00f3n a la vida civil, voceros o delegados de las comunidades que \u00a0hacen parte de los Consejos Municipales de Planeaci\u00f3n Participativa de los \u00a0territorios afectados por la presencia de cultivos il\u00edcitos y por la Direcci\u00f3n \u00a0para la Sustituci\u00f3n de Cultivos de uso il\u00edcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta de Direccionamiento Estrat\u00e9gico, \u00a0definir\u00e1 a partir de la conformaci\u00f3n geogr\u00e1fica de los Consejos Asesores \u00a0Territoriales, la forma como participar\u00e1n los actores antes se\u00f1alados, en \u00a0ejercicio de la funci\u00f3n se\u00f1alada en el numeral 13 del art\u00edculo 2.2.5.1.2., del \u00a0presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los Consejos Asesores Territoriales ser\u00e1n \u00a0conformados sin que estos necesariamente coincidan con la divisi\u00f3n pol\u00edtico \u00a0administrativa del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.2.2. Funciones de los Consejos Asesores Territoriales. Son funciones de los \u00a0Consejos Asesores Territoriales las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular las orientaciones del PNIS con \u00a0el nivel territorial, y recoger las iniciativas municipales y locales, con el \u00a0fin de dar recomendaciones para la construcci\u00f3n de los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar en la identificaci\u00f3n de \u00a0necesidades y oportunidades territoriales para la formulaci\u00f3n de los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover la integraci\u00f3n de los PISDA a \u00a0los Planes de Acci\u00f3n para la Transformaci\u00f3n Regional (PATR) como visi\u00f3n del \u00a0territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.2.3. Comisiones Municipales de Planeaci\u00f3n Participativa. En cada municipio \u00a0donde se desarrolle el Programa, la Comisi\u00f3n Municipal de Planeaci\u00f3n \u00a0Participativa ser\u00e1 la instancia de coordinaci\u00f3n entre las Asambleas \u00a0Comunitarias y el PNIS, para la construcci\u00f3n de los PISDA, sin perjuicio de las \u00a0funciones y competencias atribuidas a las diferentes autoridades p\u00fablicas y \u00a0estar\u00e1n integradas por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un (1) delegado de las comunidades por \u00a0cada n\u00facleo veredal, elegido en Asamblea Comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un (1) delegado de la Direcci\u00f3n para la \u00a0Sustituci\u00f3n de Cultivos Il\u00edcitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Un (1) delegado de las Farc-EP reincorporado o en proceso de reincorporaci\u00f3n a la \u00a0vida civil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un (1) delegado de la Alcald\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Un (1) delegado del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Delegados, residentes en la zona, de las \u00a0organizaciones sociales con presencia en el territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.2.4. Funciones de las Comisiones Municipales de Planeaci\u00f3n Participativa. Son \u00a0funciones de las Comisiones Municipales de Planeaci\u00f3n Participativa las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular las diferentes propuestas de \u00a0las Asambleas Comunitarias para construir el Plan Integral Comunitario y \u00a0Municipal de Sustituci\u00f3n y Desarrollo Alternativo, PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Articular con las autoridades locales y \u00a0los Consejos Asesores Territoriales para la integraci\u00f3n del PNIS a los Planes \u00a0de Desarrollo Municipales y Departamentales, a los Planes de Ordenamiento y al \u00a0PATR. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover la participaci\u00f3n de \u00a0organizaciones sociales y los grupos poblacionales de los territorios afectados \u00a0por cultivos de uso il\u00edcito, con enfoque territorial, \u00e9tnico y de g\u00e9nero, en la \u00a0planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Servir como canal de comunicaci\u00f3n para la \u00a0rendici\u00f3n de cuentas de forma peri\u00f3dica a las Asambleas comunitarias sobre el \u00a0desarrollo de los PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Armonizar, de acuerdo con lo concertado en \u00a0las Asambleas comunitarias, los tiempos para el cumplimiento de los compromisos \u00a0mutuos por parte del Gobierno nacional y las comunidades en el marco del PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener interlocuci\u00f3n directa con los \u00a0Consejos Asesores Territoriales en torno a la implementaci\u00f3n del PNIS y el \u00a0PISDA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Integrar la visi\u00f3n municipal de las \u00a0Asambleas Comunitarias para la articulaci\u00f3n en los Consejos Asesores \u00a0Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Socializar con las Asambleas comunitarias \u00a0la visi\u00f3n de territorio emanada del Consejo Asesor Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar y asesorar a las Asambleas \u00a0comunitarias en las cuales se dise\u00f1ar\u00e1n los planes concertados de sustituci\u00f3n y \u00a0recuperaci\u00f3n ambiental de las \u00e1reas afectadas por cultivos de uso il\u00edcito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.2.5. Objeto, funciones e integraci\u00f3n de los Consejos Municipales de \u00a0Evaluaci\u00f3n y Seguimiento. El Consejo Municipal de Evaluaci\u00f3n y \u00a0Seguimiento es la instancia encargada de realizar el seguimiento y la \u00a0evaluaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n y cumplimiento de los planes comunitarios y planes \u00a0municipales de sustituci\u00f3n y desarrollo alternativo -PISDA y los Planes de \u00a0Atenci\u00f3n Inmediata (PAI), y presentar informes a las Asambleas Comunitarias, a \u00a0las Comisiones Municipales de Planeaci\u00f3n Participativa y al Consejo Asesor \u00a0Territorial. Lo anterior sin perjuicio de las funciones y competencias \u00a0atribuidas a las diferentes autoridades p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estar\u00e1n conformados por delegados de las \u00a0Asambleas comunitarias, delegados de las autoridades nacionales, \u00a0departamentales y municipales, y delegados de las Farc-EP \u00a0reincorporados o en proceso de reincorporaci\u00f3n a la vida civil, seg\u00fan los \u00a0criterios que para el efecto establezca la Direcci\u00f3n del PNIS, a partir de las \u00a0recomendaciones del respectivo Consejo Asesor Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 3 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Coordinaci\u00f3n Interinstitucional del PNIS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.5.3.1. Coordinaci\u00f3n interinstitucional del PNIS. Conforme a lo \u00a0establecido en el art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto ley 896 de \u00a02017, la Direcci\u00f3n General del PNIS podr\u00e1 citar, cuando lo considere \u00a0pertinente, a las entidades del orden nacional que tengan alguna relaci\u00f3n con \u00a0el desarrollo del PNIS, para que brinden el apoyo que sea necesario, participen \u00a0activamente en las actividades requeridas y suministren la informaci\u00f3n \u00a0necesaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para ello, en cumplimiento de la misma \u00a0norma, la Direcci\u00f3n General del PNIS deber\u00e1 solicitar a las entidades \u00a0correspondientes la designaci\u00f3n de un funcionario del m\u00e1s alto nivel, directivo \u00a0o asesor y con poder de decisi\u00f3n para que sirva como su representante ante el \u00a0PNIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De todas las reuniones que se lleven a cabo \u00a0se dejar\u00e1n actas donde consten sucintamente el tema de la reuni\u00f3n, las \u00a0consideraciones expuestas y la decisi\u00f3n tomada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, en la planeaci\u00f3n \u00a0presupuestal de las entidades convocadas por la Direcci\u00f3n del PNIS se deber\u00e1 \u00a0dejar constancia de las l\u00edneas presupuestales que en alg\u00fan componente aporten \u00a0al desarrollo del PNIS, con el fin de contabilizar los aportes que reciba, de \u00a0manera general, todo el programa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El presente decreto entra a \u00a0regir a partir de su publicaci\u00f3n y su vigencia ser\u00e1 de diez (10) a\u00f1os en \u00a0armon\u00eda con la se\u00f1alada para el PNIS en el Decreto ley 896 de \u00a02017\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dada en Bogot\u00e1, D. C., a 22 de febrero de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Abel \u00a0Rivera Fl\u00f3rez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio C\u00e1rdenas \u00a0Santamar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y el Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Enrique Gil \u00a0Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alfonso Prada Gil \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Liliana Caballero Dur\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 362 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0 (febrero 22) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.515, febrero 22 \u00a0de 2018 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0adiciona el T\u00edtulo 5 a la Parte 2 del Libro 2 al Decreto n\u00famero \u00a01081 de 2015, Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0con el fin de reglamentar el Decreto ley [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[79],"tags":[],"class_list":["post-51696","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2018"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51696","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51696"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51696\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51696"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51696"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51696"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}