{"id":51942,"date":"2023-08-18T15:00:23","date_gmt":"2023-08-18T15:00:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-931-de-2018\/"},"modified":"2023-08-18T15:00:23","modified_gmt":"2023-08-18T15:00:23","slug":"decreto-931-de-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-931-de-2018\/","title":{"rendered":"DECRETO 931 DE 2018"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 931 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(mayo 28) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.607, mayo 28 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0crea el Sistema de Trazabilidad Vegetal y se incluye \u00a0como T\u00edtulo 11 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de \u00a0Desarrollo Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las \u00a0previstas en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0el art\u00edculo 233 de la Ley 1753 de 2015, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 65 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0establece que la producci\u00f3n de alimentos gozar\u00e1 de la especial protecci\u00f3n del \u00a0Estado. Para tal efecto, se otorgar\u00e1 prioridad al desarrollo integral de las \u00a0actividades agr\u00edcolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, as\u00ed \u00a0como tambi\u00e9n a la construcci\u00f3n de obras de infraestructura f\u00edsica y adecuaci\u00f3n \u00a0de tierras. De igual manera, el Estado promover\u00e1 la investigaci\u00f3n y la \u00a0transferencia de tecnolog\u00eda para la producci\u00f3n de alimentos y materias primas \u00a0de origen agropecuario, con el prop\u00f3sito de incrementar la productividad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1753 de 2015, por \u00a0la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 \u201cTodos por un nuevo Pa\u00eds\u201d, establece \u00a0en su art\u00edculo 233 que: \u201ccon el fin de \u00a0mejorar la sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos, prevenir pr\u00e1cticas \u00a0ilegales en el comercio de los mismos, mejorar la informaci\u00f3n disponible para \u00a0el consumidor y responder a los requerimientos del comercio internacional, el \u00a0Gobierno nacional, en coordinaci\u00f3n con el Instituto Colombiano Agropecuario \u00a0(ICA), reglamentar\u00e1 de acuerdo a su competencia la implementaci\u00f3n de sistemas \u00a0de trazabilidad tanto en el sector primario como en \u00a0la distribuci\u00f3n de alimentos, y realizar\u00e1 el control de dichos sistemas. Su \u00a0implementaci\u00f3n la podr\u00e1n realizar entidades de reconocida idoneidad en \u00a0identificaci\u00f3n o desarrollo de plataformas tecnol\u00f3gicas de trazabilidad \u00a0de productos\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la importancia de la trazabilidad \u00a0como mecanismo para el seguimiento y conocimiento de la historia de un alimento \u00a0ha sido ampliamente reconocido por distintas organizaciones de \u00e1mbito \u00a0internacional. En atenci\u00f3n a sus implicaciones en t\u00e9rminos de calidad de la \u00a0producci\u00f3n agr\u00edcola, de seguridad alimentaria y de \u00a0prevenci\u00f3n de riesgos fitosanitarios y de inocuidad, para la Organizaci\u00f3n de \u00a0las Naciones Unidas para la Alimentaci\u00f3n y la Agricultura, as\u00ed como para la \u00a0Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud, la trazabilidad es \u00a0un elemento fundamental que debe ser regulado por todos los pa\u00edses en un futuro \u00a0inmediato; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que un sistema de trazabilidad \u00a0abarca la identificaci\u00f3n de productores y proveedores de insumos, as\u00ed como de \u00a0materias primas, incluidos los envases y cualquier sustancia empleada, \u00a0cumpliendo prop\u00f3sitos m\u00e1s amplios que la seguridad alimentaria, \u00a0y englobando mejoras para la producci\u00f3n de las especies y la calidad de los \u00a0alimentos, al conocer mejor los ingredientes, procedencias, concentraciones, \u00a0pureza o cualquier otro elemento relacionado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que un sistema de trazabilidad \u00a0vegetal permitir\u00e1 identificar a las especies vegetales, desde la producci\u00f3n de \u00a0la semilla, la trasformaci\u00f3n, procesamiento, transporte, distribuci\u00f3n y \u00a0comercializaci\u00f3n, y dem\u00e1s informaci\u00f3n asociada a todos los eslabones de la \u00a0cadena productiva, hasta la adquisici\u00f3n de los productos vegetales terminados \u00a0por parte del consumidor final. Este sistema aplicar\u00eda en consonancia con las \u00a0actuales pol\u00edticas de Buenas Pr\u00e1cticas Agr\u00edcolas y de Manufactura, el An\u00e1lisis \u00a0de Peligros y Puntos Cr\u00edticos de Control, y el Estatuto del Consumidor, entre \u00a0otras normas nacionales e internacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. El presente decreto tiene por objeto adicionar el T\u00edtulo \u00a011 a la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y \u00a0de Desarrollo Rural, en lo relativo a la creaci\u00f3n del Sistema de Trazabilidad Vegetal, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cT\u00cdTULO 11 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sistema de Trazabilidad \u00a0Vegetal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.1. Sistema de Trazabilidad Vegetal. Crear el Sistema de Trazabilidad Vegetal, el cual estar\u00e1 integrado por el \u00a0conjunto de actores, normas, procesos e informaci\u00f3n organizados para generar y \u00a0mantener la trazabilidad en las especies y productos \u00a0vegetales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.2. \u00c1mbito de \u00a0aplicaci\u00f3n. Las disposiciones del presente t\u00edtulo se aplicar\u00e1n a toda persona \u00a0natural o jur\u00eddica que produzca, transforme, transporte, distribuya o \u00a0comercialice especies vegetales y sus productos comestibles para consumo humano \u00a0en el mercado nacional o internacional, as\u00ed como a los dem\u00e1s actores que \u00a0conforman el Sistema de Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.3. Principios. Teniendo en cuenta los principios definidos en la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en la Ley 489 de 1998 y en \u00a0el C\u00f3digo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, \u00a0el Sistema de Trazabilidad Vegetal estar\u00e1 \u00a0fundamentado principalmente en la universalidad y la gradualidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.4. Definiciones. Para efectos del presente t\u00edtulo se \u00a0aplicar\u00e1n las siguientes definiciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Universalidad. Existencia e \u00a0implementaci\u00f3n obligatoria de un \u00fanico Sistema de Trazabilidad \u00a0Vegetal oficial en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gradualidad. \u00a0Se entiende como la implementaci\u00f3n por progresiva y por etapas del Sistema de Trazabilidad Vegetal. Se implementar\u00e1n de manera gradual, \u00a0entre otros, aspectos como coberturas, informaci\u00f3n, servicios, preparaci\u00f3n, \u00a0tipos de sistemas de producci\u00f3n, especies vegetales, condiciones geogr\u00e1ficas, \u00a0agentes del sistema, costos de implementaci\u00f3n y operaci\u00f3n, financiaci\u00f3n y \u00a0socializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Trazabilidad. \u00a0Proceso que permite identificar una especie vegetal desde la producci\u00f3n de la \u00a0semilla hasta la adquisici\u00f3n de los productos vegetales terminados por parte \u00a0del consumidor final, incluida la producci\u00f3n de la semilla, la trasformaci\u00f3n, \u00a0procesamiento, transporte, distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n, y dem\u00e1s informaci\u00f3n \u00a0asociada a todos los eslabones de la cadena productiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Actores. Son actores del Sistema \u00a0de Trazabilidad Vegetal los sujetos de derecho \u00a0p\u00fablico o privado que realicen actividades relacionadas con la trazabilidad vegetal, as\u00ed como entidades territoriales y \u00a0otras autoridades p\u00fablicas, instituciones de educaci\u00f3n superior, centros de \u00a0investigaci\u00f3n, centros de desarrollo tecnol\u00f3gico, centros de innovaci\u00f3n y \u00a0productividad, y unidades de I+D+i de empresas, gremios y dem\u00e1s entidades sin \u00a0\u00e1nimo de lucro organizadas bajo esquemas asociativos, empresas, consumidores, \u00a0entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Especie vegetal. Conjunto de \u00a0organismos pertenecientes o relativos a las plantas con caracter\u00edsticas \u00a0comunes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Producto vegetal. Materias primas \u00a0provenientes de especies vegetales que han sido sometidas a procesos o \u00a0tratamientos para facilitar su comercializaci\u00f3n tales como divisi\u00f3n, selecci\u00f3n, \u00a0extracci\u00f3n, corte, picado, pelado, triturado, descasca rillado, \u00a0refrigerado, congelado, agitado, despulpado, esterilizado, concentrado, \u00a0mezclado, microfiltrado, prensado, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Sistema de Informaci\u00f3n Nacional de Trazabilidad Vegetal. Es el conjunto organizado de \u00a0elementos, como normas, procesos e informaci\u00f3n, que permiten la interacci\u00f3n de \u00a0actores con el objeto de recolectar, almacenar, procesar, administrar y \u00a0gobernar datos, transform\u00e1ndolos en informaci\u00f3n relevante que facilite el \u00a0conocimiento de la trazabilidad de los vegetales y sus \u00a0productos desde su origen hasta la adquisici\u00f3n de los productos vegetales \u00a0terminados por parte del consumidor final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.5. Objetivos. El Sistema de Trazabilidad \u00a0Vegetal tiene los siguientes objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer un sistema de informaci\u00f3n \u00a0nacional para las especies vegetales conformado por subsistemas \u00a0correspondientes a los diferentes productos o cadenas productivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Servir de herramienta para la \u00a0formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas y programas \u00a0de sanidad vegetal e inocuidad en la producci\u00f3n, movilizaci\u00f3n y \u00a0comercializaci\u00f3n de especies vegetales, as\u00ed como para la aplicaci\u00f3n de sistemas \u00a0de monitoreo ante riesgos e incidentes relacionados con estos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Impulsar el desarrollo del sector agr\u00edcola \u00a0en mercados internos y externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular la gesti\u00f3n de autoridades \u00a0p\u00fablicas y actores del sector privado para fomentar la innovaci\u00f3n y la \u00a0consecuci\u00f3n de recursos para la trazabilidad vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Servir de apoyo para autoridades p\u00fablicas \u00a0en las actividades de inspecci\u00f3n, vigilancia y control, as\u00ed como para la \u00a0prevenci\u00f3n e investigaci\u00f3n de delitos y contravenciones, en especial aquellos \u00a0que afectan al sector agr\u00edcola. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.6. Direcci\u00f3n. La direcci\u00f3n del Sistema de Trazabilidad \u00a0Vegetal estar\u00e1 a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el \u00a0cual, para el efecto, cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir la planificaci\u00f3n, financiaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica de trazabilidad \u00a0vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar a los actores del Sistema Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Crear y definir los subsistemas de \u00a0identificaci\u00f3n que conformar\u00e1n el Sistema de Informaci\u00f3n Nacional de Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Reglamentar los aspectos relacionados con \u00a0el Sistema de Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer comit\u00e9s t\u00e9cnicos o mesas de \u00a0trabajo para la definici\u00f3n de la pol\u00edtica de trazabilidad \u00a0vegetal y la implementaci\u00f3n del sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.7. Administraci\u00f3n. La administraci\u00f3n del Sistema de Trazabilidad Vegetal estar\u00e1 a cargo del Instituto \u00a0Colombiano Agropecuario (ICA), el cual para el efecto cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar el Sistema de Informaci\u00f3n \u00a0Nacional de Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar las funciones de direcci\u00f3n del \u00a0Sistema de Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar el seguimiento al Sistema de Trazabilidad Vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.8. Implementaci\u00f3n. La implementaci\u00f3n del Sistema de Trazabilidad Vegetal la podr\u00e1n realizar entidades de \u00a0reconocida idoneidad en identificaci\u00f3n o desarrollo de plataformas tecnol\u00f3gicas \u00a0de trazabilidad de productos, en cumplimiento de lo \u00a0se\u00f1alado en el art\u00edculo 233 de la Ley 1753 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.13.11.9. Niveles territoriales. Los entes territoriales, dentro del \u00e1mbito \u00a0de sus competencias, colaborar\u00e1n con el director y el administrador del sistema \u00a0para: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover, financiar o cofinanciar \u00a0proyectos de trazabilidad vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Fomentar la participaci\u00f3n de diferentes \u00a0actores en las actividades de trazabilidad vegetal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Seguir la pol\u00edtica de trazabilidad \u00a0vegetal e informar al director y al administrador del sistema sobre los \u00a0resultados de su implementaci\u00f3n.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y adiciona el T\u00edtulo 11 a la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y \u00a0de Desarrollo Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 28 de mayo de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Rivera Fl\u00f3rez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Guillermo Zuluaga Cardona. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 931 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0 (mayo 28) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.607, mayo 28 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0crea el Sistema de Trazabilidad Vegetal y se incluye \u00a0como T\u00edtulo 11 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[79],"tags":[],"class_list":["post-51942","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2018"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51942","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51942"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51942\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51942"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51942"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51942"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}