{"id":51975,"date":"2023-08-18T15:00:58","date_gmt":"2023-08-18T15:00:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1010-de-2018\/"},"modified":"2023-08-18T15:00:58","modified_gmt":"2023-08-18T15:00:58","slug":"decreto-1010-de-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1010-de-2018\/","title":{"rendered":"DECRETO 1010 DE 2018"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1010 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 14) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.624, junio 14 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0define el destino final de unos bienes dispuestos a la orden del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en uso de las facultades constitucionales y legales, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia establece que el \u201cGobierno \u00a0nacional est\u00e1 conformado por el Presidente de la Rep\u00fablica, los ministros del \u00a0despacho y los directores de departamentos Administrativos. El Presidente y el \u00a0ministro o director de departamento correspondientes, en cada negocio \u00a0particular, constituyen el Gobierno\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 8\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia establece que es obligaci\u00f3n del Estado y de las personas proteger las \u00a0riquezas culturales y naturales de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 70 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia ha dispuesto que \u201cEl Estado \u00a0tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los \u00a0colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educaci\u00f3n permanente \u00a0y la ense\u00f1anza cient\u00edfica, t\u00e9cnica, art\u00edstica y profesional en todas las etapas \u00a0del proceso de creaci\u00f3n de la identidad nacional. La cultura en sus diversas \u00a0manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la \u00a0igualdad y dignidad de todas las que conviven en el pa\u00eds. El Estado promover\u00e1 \u00a0la investigaci\u00f3n, la ciencia, el desarrollo y la difusi\u00f3n de los valores culturales \u00a0de la Naci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dentro de los objetivos primordiales de \u00a0la pol\u00edtica estatal en materia cultural se encuentra la preservaci\u00f3n del \u00a0patrimonio cultural de la Naci\u00f3n, tal y como lo se\u00f1ala el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 397 de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a02090 de 1932, \u201cpor el cual se \u00a0ordena la manera como debe disponerse de las joyas donadas para el Fondo de \u00a0Defensa Nacional\u201d, se estableci\u00f3 que las joyas y objetos de oro donados \u00a0para el fondo de la defensa nacional que tengan un reconocido valor art\u00edstico o \u00a0hist\u00f3rico deben depositarse en el Banco de la Rep\u00fablica \u201ca la orden del Gobierno nacional\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de dicha autorizaci\u00f3n y ante \u00a0la necesidad de develar el contenido de la custodia con el fin de determinar la \u00a0naturaleza del dep\u00f3sito y de definir su destino final, se expidi\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a01441 de 2016 mediante el cual el Presidente de la Rep\u00fablica deleg\u00f3 en el \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u201cla funci\u00f3n de adelantar ante el Banco de la \u00a0Rep\u00fablica todos los tr\u00e1mites relacionados con el dep\u00f3sito en custodia que \u00a0reposa en las b\u00f3vedas del Banco, constituido por la otrora Junta de Alhajas del \u00a0que trata el Decreto n\u00famero \u00a02090 de 1932\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que surtidas las actuaciones de cancelaci\u00f3n \u00a0del dep\u00f3sito en custodia constituido en el Banco de la Rep\u00fablica, de \u00a0verificaci\u00f3n de su contenido y de entrega del mismo, se dispuso el traslado de \u00a0las piezas que lo conformaban al Museo Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Museo Nacional cumpli\u00f3 con el tr\u00e1mite \u00a0de presentaci\u00f3n de las piezas que constitu\u00edan el dep\u00f3sito ante el Comit\u00e9 de \u00a0Colecciones del Museo Nacional, quien determin\u00f3 que estos bienes son parte del \u00a0patrimonio cultural de la Naci\u00f3n, al ser expresi\u00f3n del fervor patri\u00f3tico de una \u00a0\u00e9poca, por su excepcional calidad y suntuosidad en los materiales de \u00a0elaboraci\u00f3n, por su diversidad, as\u00ed como por su significado intr\u00ednseco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Comit\u00e9 de Colecciones del Museo \u00a0Nacional consider\u00f3 que este conjunto de bienes re\u00fane valores singulares que \u00a0deben continuar siendo investigados y conservados como un testimonio \u00a0patrimonial para su difusi\u00f3n y publicaci\u00f3n a trav\u00e9s de diversos medios, en \u00a0especial en las exposiciones temporales y permanentes que organiza el Museo \u00a0Nacional, al servicio de los diversos p\u00fablicos que a diario visitan sus \u00a0instalaciones, as\u00ed como para consulta de investigadores y docentes vinculados a \u00a0diversas instituciones acad\u00e9micas, dentro y fuera del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que determinada la naturaleza e importancia \u00a0de los bienes que constitu\u00edan el dep\u00f3sito, se considera necesario establecer \u00a0como destino final de este patrimonio cultural de la Naci\u00f3n el Museo Nacional, \u00a0para que reposen bajo la custodia permanente del Ministerio de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Destinaci\u00f3n de los bienes. Dest\u00ednase \u00a0en custodia permanente a cargo del Ministerio de Cultura &#8211; Museo Nacional los \u00a0bienes que se encontraban en dep\u00f3sito del Banco de la Rep\u00fablica \u201ca la orden del \u00a0Gobierno nacional\u201d de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a02090 de 1932, develado en su contenido en virtud de lo establecido por el Decreto n\u00famero \u00a01441 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 14 de junio de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Cultura \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mariana Garc\u00e9s C\u00f3rdoba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1010 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 14) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.624, junio 14 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0define el destino final de unos bienes dispuestos a la orden del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en uso de las facultades constitucionales y legales, y \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[79],"tags":[],"class_list":["post-51975","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2018"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51975","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51975"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51975\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51975"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51975"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51975"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}