{"id":52029,"date":"2023-08-18T15:01:01","date_gmt":"2023-08-18T15:01:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1129-de-2018\/"},"modified":"2023-08-18T15:01:01","modified_gmt":"2023-08-18T15:01:01","slug":"decreto-1129-de-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1129-de-2018\/","title":{"rendered":"DECRETO 1129 DE 2018"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1129 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(julio 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.643, julio 3 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0conferidas por los art\u00edculos 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a02\u00b0 y 3\u00b0 de la Ley 588 de 2000, y 5\u00b0 \u00a0del Decreto \u00a0ley n\u00famero 2163 de 1970, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se har\u00e1 mediante \u00a0concurso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 169 del Decreto ley \u00a0n\u00famero 960 de 1970 establece que los concursos tienen por objeto la \u00a0selecci\u00f3n de candidatos para cargos no desempe\u00f1ados en propiedad por Notarios \u00a0pertenecientes a la carrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Acuerdo n\u00famero 001 de 9 de \u00a0abril de 2015, modificado por los acuerdos n\u00famero 003 de 28 de abril de 2015, \u00a0005 de 15 de septiembre de 2015, 025 de 27 de junio de 2016, 028 de 21 de julio \u00a0de 2016, 029 de 22 de agosto de 2016, todos expedidos por el Consejo Superior \u00a0de la Carrera Notarial, se \u201c&#8230;convoca, \u00a0se fijan las bases y el cronograma del concurso de m\u00e9ritos p\u00fablico y abierto \u00a0para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la Carrera Notarial\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los art\u00edculos 2.2.6.5.1 a 2.2.6.5.13 \u00a0del Decreto \u00a0n\u00famero 1069 de 26 de mayo de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector \u00a0Justicia y del Derecho, se compil\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a03454 de 2006, reglamentario de la Ley 588 de 2000 que \u00a0regula el ejercicio de la actividad notarial, el cual dispone en su art\u00edculo \u00a02.2.6.5.11 que la lista de elegibles estar\u00e1 integrada por quienes hayan \u00a0obtenido m\u00e1s de sesenta (60) puntos en el proceso, condici\u00f3n que se contempl\u00f3 \u00a0en el art\u00edculo 28 del Acuerdo n\u00famero 001 de 2015, as\u00ed: \u201cEl puntaje final de los aspirantes ser\u00e1 el que resulte de la suma de las \u00a0calificaciones obtenidas en las distintas fases del concurso debidamente \u00a0superadas. La lista de elegibles estar\u00e1 integrada en estricto orden descendente \u00a0por quienes hayan obtenido sesenta (60) puntos o m\u00e1s, de la m\u00e1xima calificaci\u00f3n \u00a0posible\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 29 de junio de 2016, una vez agotadas \u00a0todas las etapas del Concurso, el Consejo Superior de la Carrera Notarial \u00a0profiri\u00f3 el Acuerdo n\u00famero 026, \u201cpor \u00a0el cual se aprueba la lista definitiva de elegibles en el Concurso de M\u00e9ritos \u00a0P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial, y se ordena su publicaci\u00f3n\u201d, la cual se llev\u00f3 a cabo \u00a0el d\u00eda 3 de julio de 2016 en el diario de amplia circulaci\u00f3n nacional \u201cEl Nuevo Siglo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial, \u00a0mediante el Acuerdo n\u00famero 027 del 29 de junio de 2016, estableci\u00f3 el \u00a0procedimiento para el agotamiento de la lista de elegibles y selecci\u00f3n de \u00a0Notar\u00edas vacantes, para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial, prescribiendo en su art\u00edculo 1\u00b0 que, \u201cEl Consejo Superior de la Carrera Notarial o quien debidamente lo \u00a0represente, informar\u00e1 a cada uno de los aspirantes en estricto orden \u00a0descendente de puntaje, para cada notar\u00eda y por categor\u00eda inscrita, sobre las \u00a0vacantes a la fecha de la comunicaci\u00f3n. De esta manera se requerir\u00e1 a cada \u00a0aspirante con el fin de que manifieste su intenci\u00f3n o voluntad de nombramiento \u00a0en alguna de las Notar\u00edas vacantes de acuerdo con su inscripci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el se\u00f1or Diego Fernando Pimiento P\u00e1ez, \u00a0identificado con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda 91245025 de Bucaramanga, obtuvo setenta y \u00a0dos punto novecientos noventa y cinco (72.995) puntos, en el concurso \u00a0adelantado para Notar\u00edas de primera categor\u00eda, ocupando el puesto n\u00famero \u00a0doscientos veintis\u00e9is (226) de la lista, dentro del Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico \u00a0y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera \u00a0Notarial, tal como consta en la certificaci\u00f3n de 22 de mayo de 2018, suscrita \u00a0por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dando cumplimiento al Acuerdo n\u00famero 027 \u00a0de 2016 y en atenci\u00f3n al puntaje obtenido en el Concurso de M\u00e9ritos P\u00fablico y \u00a0Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la Carrera \u00a0Notarial, mediante oficio n\u00famero 2017-571 de 22 de noviembre de 2017, la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Superior inform\u00f3 al se\u00f1or Diego Fernando \u00a0Pimiento P\u00e1ez las Notar\u00edas vacantes a la fecha de la comunicaci\u00f3n y \u00a0manifestaci\u00f3n de intenci\u00f3n de nombramiento, teniendo en cuenta cada notar\u00eda y \u00a0categor\u00eda inscrita, encontr\u00e1ndose la Notar\u00eda \u00danica del C\u00edrculo Notarial de In\u00edrida &#8211; Guain\u00eda. De acuerdo a \u00a0la certificaci\u00f3n expedida por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Superior de la \u00a0Carrera Notarial, \u201c(&#8230;) a la fecha de \u00a0esta certificaci\u00f3n al se\u00f1or Diego Fernando Pimiento P\u00e1ez se le han postulado \u00a0todas las notar\u00edas vacantes, con excepci\u00f3n de las cuatro mencionadas \u00a0anteriormente, (&#8230;)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, a su vez, el art\u00edculo 2\u00b0 del Acuerdo \u00a0n\u00famero 027 de 2016 prescribe que, \u201cuna \u00a0vez notificada la postulaci\u00f3n sobre las Notar\u00edas vacantes seg\u00fan lo inscrito y \u00a0el puesto ocupado en cada caso, el aspirante contar\u00e1 con un t\u00e9rmino de cinco \u00a0(5) d\u00edas h\u00e1biles para manifestar su intenci\u00f3n o voluntad de nombramiento, en \u00a0alguna de las notar\u00edas vacantes correspondientes estrictamente con las que haya \u00a0inscrito. Vencido el anterior t\u00e9rmino, se entender\u00e1 desierto el inter\u00e9s sobre \u00a0las Notar\u00edas postuladas en la comunicaci\u00f3n, y se continuar\u00e1 con el siguiente \u00a0aspirante\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en tal sentido, el se\u00f1or Diego Fernando \u00a0Pimiento P\u00e1ez, mediante comunicaci\u00f3n de fecha 28 de noviembre de 2017, \u00a0manifest\u00f3 su intenci\u00f3n de ser nombrado en la Notar\u00eda \u00danica del C\u00edrculo Notarial \u00a0de In\u00edrida &#8211; Guain\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante certificaci\u00f3n del 21 de junio \u00a0de 2018, la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Superior inform\u00f3 que, \u201ccon fundamento en la lista de elegibles \u00a0conformada por el Acuerdo n\u00famero 026 del 29 de junio de 2016, publicado el 3 de \u00a0julio del mismo a\u00f1o en el diario El Nuevo Siglo, el doctor Diego Fernando \u00a0Pimiento P\u00e1ez, identificado con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 91245025 en su calidad \u00a0de aspirante a ser designado en la Notar\u00eda \u00danica del C\u00edrculo Notarial de In\u00edrida &#8211; Guain\u00eda, y que le fue \u00a0postulada mediante Oficio n\u00famero 2017-571 de fecha 22 de noviembre de 2017, es \u00a0quien debe ser nombrado en propiedad como Notario \u00danico del C\u00edrculo de In\u00edrida, conforme a la calificaci\u00f3n obtenida de setenta y \u00a0dos punto novecientos noventa y cinco (72.995) puntos, ocupando el puesto \u00a0n\u00famero doscientos veintis\u00e9is (226) de la lista, dentro del Concurso de M\u00e9ritos \u00a0P\u00fablico y Abierto para el Nombramiento de Notarios en Propiedad e Ingreso a la \u00a0Carrera Notarial, el cual fue convocado mediante Acuerdo n\u00famero 001 del 9 de \u00a0abril de 2015\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la designaci\u00f3n de notarios de primera \u00a0categor\u00eda es competencia del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el inciso 3\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 28 del Acuerdo n\u00famero 001 de 9 de abril de 2015, la lista de elegibles \u00a0tiene una vigencia de dos (2) a\u00f1os, contados a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n en un diario de amplia circulaci\u00f3n nacional, es decir, que a la \u00a0fecha de expedici\u00f3n de este Decreto la lista se encuentra vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Nombramiento en propiedad. N\u00f3mbrase en \u00a0Propiedad al se\u00f1or Diego Fernando Pimiento P\u00e1ez, identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda \u00a0n\u00famero 91245025 de Bucaramanga, como Notario \u00danico del C\u00edrculo Notarial de In\u00edrida &#8211; Guain\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Acreditaci\u00f3n de documentos para \u00a0tomar posesi\u00f3n del cargo. Para tomar posesi\u00f3n del cargo, el designado deber\u00e1 \u00a0aportar y acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la \u00a0documentaci\u00f3n de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de julio de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS CALDER\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Enrique Gil \u00a0Botero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1129 DE 2018 \u00a0 \u00a0\u00a0 (julio 3) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.643, julio 3 de \u00a02018 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0efect\u00faa el nombramiento de un notario en propiedad. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0conferidas por los art\u00edculos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[79],"tags":[],"class_list":["post-52029","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2018"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52029","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52029"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52029\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52029"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52029"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52029"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}