{"id":52656,"date":"2023-08-18T16:13:58","date_gmt":"2023-08-18T16:13:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-44-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:13:58","modified_gmt":"2023-08-18T16:13:58","slug":"decreto-44-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-44-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 44 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 044 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 16) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.838, enero 16 de \u00a02019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 008 de 2018 \u00a0Senado (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 \u00a0Senado), 248 de 2018 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se adopta una reforma pol\u00edtica \u00a0y electoral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Primera Vuelta) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en cumplimiento de lo dispuesto por el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 26 de julio de 2018 los Senadores \u00a0Luis Fernando Velasco Ch\u00e1vez, Horacio Jos\u00e9 Serpa \u00a0Moncada, Miguel \u00c1ngel Pinto, Fabio Am\u00edn Saleme, \u00a0Juli\u00e1n Bedoya Pulgar\u00edn, \u00a0Rodrigo Villalba Mosquera, Andr\u00e9s Cristo Bustos, Guillermo Garc\u00eda Realpe, Laura Fortich S\u00e1nchez y Jaime \u00a0Dur\u00e1n Barrera, presentaron ante la Secretar\u00eda General del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica el Proyecto de Acto Legislativo \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d, \u00a0el cual fue radicado con el n\u00famero 08 de 2018 Senado, con todos los requisitos \u00a0constitucionales y legales con el fin de iniciar su tr\u00e1mite legislativo \u00a0constitucional; proyecto de Acto Legislativo que fue repartido a la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional del Senado y enviado a la Imprenta Nacional con el fin \u00a0de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se indica en \u00a0constancia del Senado del 26 de julio de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero \u00a008 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual \u00a0se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d, fue publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso &#8211; Senado de la Rep\u00fablica n\u00famero 574 del 3 de agosto de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 8 de agosto de 2018 la Ministra \u00a0del Interior, doctora Nancy Patricia Guti\u00e9rrez Casta\u00f1eda, present\u00f3 ante la \u00a0Secretar\u00eda General del Senado de la Rep\u00fablica el Proyecto de Acto Legislativo, \u201cpor el cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica \u00a0y Electoral\u201d, el cual fue radicado con el n\u00famero 09 de 2018 Senado, con \u00a0todos los requisitos constitucionales y legales con el fin de iniciar su \u00a0tr\u00e1mite legislativo constitucional; proyecto de Acto Legislativo que fue \u00a0repartido a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional del Senado y enviado a la \u00a0Imprenta Nacional con el fin de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, \u00a0tal como se indica en constancia del Senado del 8 de agosto de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado, \u201cpor el cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y \u00a0se dictan otras disposiciones\u201d, fue publicado en la Gaceta del Congreso \u00a0&#8211; Senado de la Rep\u00fablica n\u00famero 594 del 10 de agosto de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 21 de agosto de 2018 la Mesa \u00a0Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado, mediante \u00a0el Acta MD-02 designa como ponente del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 08 \u00a0de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se \u00a0adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d al Senador Luis \u00a0Fernando Velasco Chaves, fijando un t\u00e9rmino de quince \u00a0(15) d\u00edas para rendir el correspondiente informe, tal como se indica en la \u00a0comunicaci\u00f3n suscrita por el Secretario de la Comisi\u00f3n Primera del Senado del \u00a021 de agosto de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente del Senado seg\u00fan consta en Acta MD 04 del 29 de \u00a0agosto de 2018, decide acumular el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 08 de \u00a02018 Senado, \u201cpor medio del cual se \u00a0adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d, con el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado, \u201cpor \u00a0el cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y se dictan otras disposiciones\u201d \u00a0y adiciona los ponentes con los Senadores Jos\u00e9 Obdulio \u00a0Gaviria y Tem\u00edstocles Ortega (coordinadores), Roy Barreras Montealegre, \u00a0Esperanza Andrade de Osso, Juli\u00e1n Gallo Cubillos, Alex\u00e1nder L\u00f3pez, Carlos Guevara Villab\u00f3n, \u00a0Gustavo Petro Urrego, Luis Fernando Velasco y Ang\u00e9lica Lozano Correa fijando un \u00a0t\u00e9rmino de quince (15) d\u00edas para rendir el correspondiente informe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 18 de septiembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado recibe \u00a0dos (2) informes de ponencia para primer debate: uno suscrito por los Senadores \u00a0Tem\u00edstocles Ortega (coordinador), Roy \u00a0Barreras Montealegre, Ang\u00e9lica Lozano Correa, Gustavo \u00a0Petro Urrego y Juli\u00e1n Gallo \u00a0Cubillos; y el otro suscrito por los Senadores Jos\u00e9 Obdulio \u00a0Gaviria (coordinador), Esperanza Andrade de Osso, \u00a0Carlos Guevara Villab\u00f3n, los cuales se env\u00edan a Leyes \u00a0de Senado para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 720 del 18 de \u00a0septiembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Durante el transcurso de la sesi\u00f3n del 26 de \u00a0septiembre de 2018 el Senador Alex\u00e1nder L\u00f3pez Maya \u00a0radic\u00f3 un informe de ponencia para primer debate, el cual fue publicado en la \u00a0Gaceta del Congreso 759 del 27 de septiembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 25 de septiembre de 2018, \u00a0seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 10 de la misma fecha, la Secretar\u00eda inform\u00f3 por \u00a0instrucciones de la Presidencia, que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00eda y \u00a0votar\u00eda el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 08 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado), tal como se indica en constancia del Secretario de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera del Senado del 25 de septiembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, en sesi\u00f3n del 1\u00b0 de octubre de \u00a02018, seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 12 de la misma fecha, la Secretar\u00eda inform\u00f3 \u00a0por instrucciones de la Presidencia, que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00eda y \u00a0votar\u00eda el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 08 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado), tal como se indica en constancia del Secretario de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera del Senado del 1\u00b0 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Asimismo, en sesi\u00f3n del 2 de octubre de \u00a02018, seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 13 de la misma fecha, la Secretar\u00eda inform\u00f3 \u00a0por instrucciones de la Presidencia, que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00eda y \u00a0votar\u00eda el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 08 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado), tal como se indica en constancia del Secretario de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera del Senado del 2 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero \u00a008 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual \u00a0se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto \u00a0de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) fue discutido y aprobado en \u00a0primera vuelta en sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado \u00a0de la Rep\u00fablica durante los d\u00edas 26 de septiembre de 2018 y 2 y 3 de octubre de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En sesi\u00f3n del 3 de octubre de 2018 la \u00a0Presidencia designa como ponentes para segundo debate a los Senadores Jos\u00e9 Obdulio Gaviria, Tem\u00edstocles \u00a0Ortega Narv\u00e1ez, (coordinadores), Roy Barreras Montealegre, Esperanza Andrade de Osso, \u00a0Juli\u00e1n Gallo Cubillos, Alex\u00e1nder L\u00f3pez Maya, Carlos \u00a0Guevara Villab\u00f3n, Gustavo Petro \u00a0Urrego, Luis Fernando \u00a0Velasco Chaves, Ang\u00e9lica Lozano Correa, con 8 d\u00edas de \u00a0t\u00e9rmino para rendir el correspondiente informe. El texto del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo y su t\u00edtulo fue aprobado por la Comisi\u00f3n Primera del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica todo lo cual consta en el Acta n\u00famero 14 del 3 de octubre de 2018 y \u00a0fue publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 848 del 16 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica seg\u00fan acta MD-12 designa \u00a0como ponente coordinador del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 08 de 2018 \u00a0Senado, \u201cpor medio del cual se adopta \u00a0una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) al Senador Santiago Valencia Gonz\u00e1lez, en \u00a0reemplazo del Senador Jos\u00e9 Obdulio Gaviria quien por \u00a0motivos de salud renunci\u00f3 a su calidad de ponente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 16 de octubre de 2018 la Secretar\u00eda \u00a0de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica \u00a0recibe ponencia positiva para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 08 de 2018 Senado \u201cpor medio \u00a0del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el \u00a0Proyecto Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado), y previa autorizaci\u00f3n de \u00a0la Presidencia y Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n, se env\u00eda a la Secci\u00f3n de Leyes para \u00a0su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 848 del 16 de \u00a0octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 17 de octubre de 2018 la Secretar\u00eda \u00a0de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica \u00a0recibe ponencia negativa para segundo debate del Proyecto Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 08 de 2018 Senado \u201cpor medio \u00a0del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el \u00a0Proyecto Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) presentada por los \u00a0Senadores Ang\u00e9lica Lozano Correa y Alex\u00e1nder L\u00f3pez \u00a0Maya y previa autorizaci\u00f3n de la Presidencia y Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n, se \u00a0env\u00eda a la Secci\u00f3n de Leyes para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del \u00a0Congreso n\u00famero 859 del 18 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante oficio con fecha de recibo 16 \u00a0de octubre de 2018, el Secretario General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, remite al se\u00f1or Secretario General del \u00a0Senado de la Rep\u00fablica con todos sus antecedentes y para que siga su curso \u00a0reglamentario el Proyecto Acto Legislativo n\u00famero 08 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral (Acumulado con el Proyecto Acto Legislativo n\u00famero \u00a009 de 2018 Senado)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n plenaria del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica los d\u00edas 23, 24, 25 y 29 de octubre de 2018 fue considerada y \u00a0aprobada la ponencia positiva para segundo debate, el texto aprobado en \u00a0Comisi\u00f3n Primera del Senado y el t\u00edtulo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero \u00a008 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual \u00a0se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado)\u201d, tal como consta en las actas 17 \u00a0del 23 de octubre, 18 del 24 de octubre, 19 del 25 de octubre y 20 del 29 de \u00a0octubre de 2018, y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 951 del 7 de \u00a0noviembre de 2018, previo anuncio en sesi\u00f3n plenaria el d\u00eda 17 de octubre de \u00a02018, seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 16 de la misma fecha, tal como consta en la \u00a0constancia de sustanciaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General del Senado del 29 de \u00a0octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 30 de octubre de \u00a02018, el Presidente del Senado de la Rep\u00fablica remite al se\u00f1or Presidente de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes el expediente del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero \u00a008 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual \u00a0se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto \u00a0de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan constancia secretarial del 7 de \u00a0noviembre de 2018, de conformidad con el art\u00edculo 43 numeral 5 de la Ley 5\u00aa de 1992 \u00a0(Reglamento del Congreso), pasa al despacho del Presidente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de \u00a02018 Senado \u201cpor medio del cual se \u00a0adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) y se env\u00eda a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, con el fin de ser estudiado en \u00a0primer debate. Una vez cumplidas las anotaciones de rigor se env\u00eda a la \u00a0Imprenta Nacional para su publicaci\u00f3n, de conformidad con el art\u00edculo 144 de la \u00a0Ley 5\u00aa de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 14 de noviembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera de la C\u00e1mara de Representantes recibe el \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado) primera vuelta y da traslado a la Mesa Directiva de \u00a0la Comisi\u00f3n para su respectivo reparto y designaci\u00f3n de ponentes, seg\u00fan \u00a0constancia secretarial de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes de fecha 14 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes de conformidad con el \u00a0Acta 019 del 14 de noviembre de 2018 design\u00f3 como ponentes para primer debate \u00a0los representantes \u00d3scar Hern\u00e1n S\u00e1nchez Le\u00f3n, \u00d3scar Leonardo Villamizar Meneses, Julio C\u00e9sar Triana \u00a0Quintero, Juan Carlos Wills Ospina, \u00a0Jorge Enrique Burgos Lugo, Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes Urbano, Luis \u00a0Alberto Alb\u00e1n Urbano y \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez, fijando un t\u00e9rmino de ocho \u00a0(8) d\u00edas para rendir el correspondiente informe, tal como se indica en \u00a0comunicaci\u00f3n del 14 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 21 de noviembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia positiva para primer debate del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado) primera vuelta, suscrita por los representantes \u00d3scar \u00a0Hern\u00e1n S\u00e1nchez Le\u00f3n, \u00d3scar Leonardo Villamizar \u00a0Meneses, Jorge Enrique Burgos Lugo, Luis Alberto \u00a0Alb\u00e1n Urbano, en la cual se propone dar primer debate en primera vuelta y se \u00a0env\u00eda a Secretar\u00eda General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero \u00a01021 del 22 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 21 de noviembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia positiva para primer debate del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado) primera vuelta, suscrita por el Representante Julio \u00a0C\u00e9sar Triana Quintero, en la cual se propone dar \u00a0primer debate en primera vuelta y se env\u00eda a Secretar\u00eda General para su \u00a0publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1022 del 22 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 26 de noviembre de 2018, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes recibe \u00a0ponencia negativa para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero \u00a0248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado, \u201cpor \u00a0medio del cual se adopta una reforma pol\u00edtica y electoral\u201d (Acumulado \u00a0con el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) primera vuelta, \u00a0suscrita por los representantes Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes y \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez, en la cual se propone \u00a0dar archivo al proyecto de acto legislativo. Se env\u00eda a Secretar\u00eda General para \u00a0su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1026 del 26 de noviembre de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en las sesiones del 26 de noviembre de \u00a02018, seg\u00fan consta en Acta n\u00famero 7 de la misma fecha, 27 de noviembre de 2018, \u00a0seg\u00fan Acta 26 de la misma fecha y 28 de noviembre de 2018, seg\u00fan Acta 27 de la \u00a0misma fecha, se anunci\u00f3 el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 \u00a0C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio \u00a0del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado), primera vuelta, seg\u00fan \u00a0constancia secretarial de fechas 26, 27 y 28 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Comisi\u00f3n Primera de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes los d\u00edas 27, 28 y 29 de noviembre de 2018 fue considerado y \u00a0aprobado el texto y el t\u00edtulo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de \u00a02018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado, \u201cpor \u00a0medio del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado \u00a0con el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) tal como consta \u00a0en las actas 26 del 27 de noviembre de 2018, 27 del 28 de noviembre de 2018 y \u00a0constancia secretarial del 29 de noviembre de 2018, y publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 1094 del 5 de diciembre de 2018. La Presidencia designa \u00a0como ponentes para segundo debate a los representantes \u00d3scar Hern\u00e1n S\u00e1nchez \u00a0Le\u00f3n, \u00d3scar Leonardo Villamizar Meneses, Julio C\u00e9sar Triana Quintero, Juan Carlos Wills \u00a0Ospina, Jorge Enrique Burgos Lugo, Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes Urbano, Luis Alberto Alb\u00e1n Urbano y \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 5 de diciembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia positiva para segundo debate en primera vuelta \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado) suscrita por los Representantes \u00d3scar Hern\u00e1n S\u00e1nchez \u00a0Le\u00f3n, \u00d3scar Leonardo Villamizar Meneses, Juan Carlos Wills Ospina, Jorge Enrique \u00a0Burgos Lugo y Luis Alberto Alb\u00e1n Urbano y se env\u00eda a \u00a0Secretar\u00eda General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1094 del \u00a05 de diciembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 10 de diciembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia positiva para segundo debate en primera vuelta \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado) suscrita por la representante \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo y \u00a0se env\u00eda a Secretar\u00eda General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso \u00a0n\u00famero 1112 del 10 de diciembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 10 de diciembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes recibe ponencia negativa de archivo para segundo debate en \u00a0primera vuelta del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de \u00a02018 Senado \u201cpor medio del cual se \u00a0adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado) suscrita por el Representante Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes y se \u00a0env\u00eda a Secretaria General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero \u00a01112 del 10 de diciembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 5 de diciembre de \u00a02018, la Secretaria de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes, remite al se\u00f1or Secretario general de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes con todos sus antecedentes y para que siga su curso \u00a0constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d \u00a0(Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la Constancia \u00a0Secretarial de la C\u00e1mara de Representantes de diciembre 14 de 2018, en sesi\u00f3n \u00a0plenaria de la C\u00e1mara de Representantes del 12 y 13 de diciembre de 2018, fue \u00a0aprobado en segundo debate el texto definitivo sin modificaciones del Proyecto \u00a0de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado). Lo anterior, seg\u00fan consta en las actas n\u00fameros 35 y \u00a036 del 12 y 13 de diciembre de 2018, respectivamente, previo su anuncio en \u00a0sesi\u00f3n los d\u00edas 11 y 12 de diciembre de 2018 correspondiente a las actas \u00a0n\u00fameros 34 y 35 y publicado en la Gaceta del Congreso 1147 del 18 de diciembre \u00a0de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Comisi\u00f3n Accidental de Mediaci\u00f3n \u00a0mediante comunicaci\u00f3n del 13 de diciembre de 2018 present\u00f3 informe de \u00a0conciliaci\u00f3n al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado), el cual fue publicado en las Gacetas del Congreso \u00a01141 del 13 de diciembre de 2018 Senado y 1141 del 13 de diciembre de 2018 \u00a0C\u00e1mara. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la Constancia \u00a0Secretarial de Sustanciaci\u00f3n Comisi\u00f3n Accidental de Mediaci\u00f3n del 17 de \u00a0diciembre de 2018, en sesi\u00f3n plenaria de la C\u00e1mara de Representantes el d\u00eda 14 \u00a0de diciembre de 2018, fue considerado y aprobado el informe de conciliaci\u00f3n al \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado). Lo anterior, seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 37 del \u00a014 de diciembre de 2018, previo su anuncio en sesi\u00f3n plenaria del 13 de \u00a0diciembre de 2018, seg\u00fan Acta n\u00famero 36. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la Constancia \u00a0Secretarial de Sustanciaci\u00f3n al Informe de Conciliaci\u00f3n del Senado del 16 de \u00a0diciembre de 2018, en sesi\u00f3n plenaria del Senado el d\u00eda 16 de diciembre de \u00a02018, fue considerado y aprobado el informe de conciliaci\u00f3n al Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se adopta una reforma \u00a0pol\u00edtica y electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado). Lo anterior, seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 38 del \u00a016 de diciembre de 2018, previo su anuncio en sesi\u00f3n plenaria del 14 de \u00a0diciembre de 2018, seg\u00fan Acta n\u00famero 37. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica mediante \u00a0comunicaci\u00f3n del 26 de diciembre de 2018, radicada el d\u00eda 27 de diciembre de \u00a02018 en la Presidencia de la Rep\u00fablica, remiti\u00f3 para el tr\u00e1mite pertinente el \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 de 2018 Senado \u201cpor medio del cual se adopta una Reforma \u00a0Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 09 de 2018 Senado). (Primera Vuelta). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Ordenar la publicaci\u00f3n del \u00a0Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 248 de 2018 C\u00e1mara, 8 \u00a0de 2018 Senado, \u201cpor medio del cual se \u00a0adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral\u201d (Acumulado con el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 Senado). (Primera Vuelta), el cual quedar\u00e1 \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACTO LEGISLATIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>N\u00famero____________ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(PRIMERA VUELTA) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0medio del cual se adopta una Reforma Pol\u00edtica y Electoral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Congreso de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 1\u00b0. El art\u00edculo 107 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 107. Se garantiza a todos \u00a0los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y \u00a0movimientos pol\u00edticos, y la libertad de afiliarse o de retirarse de ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso se permitir\u00e1 a los ciudadanos \u00a0pertenecer simult\u00e1neamente a m\u00e1s de un partido, movimiento pol\u00edtico o grupo \u00a0significativo de ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los partidos y movimientos pol\u00edticos se \u00a0organizar\u00e1n democr\u00e1ticamente, en respeto de los principios y valores \u00a0constitucionales, y tendr\u00e1n como elementos rectores la transparencia, \u00a0objetividad, moralidad, la equidad de g\u00e9nero, y el deber de presentar y \u00a0divulgar sus programas pol\u00edticos. Estos deber\u00e1n propiciar el fortalecimiento \u00a0del r\u00e9gimen de bancadas y los procesos de democratizaci\u00f3n interna. Para la \u00a0escogencia de sus candidatos a cargos o corporaciones de elecci\u00f3n popular, \u00a0propios o en coalici\u00f3n, se deber\u00e1n utilizar los mecanismos de democracia interna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La escogencia de candidatos propios o en \u00a0coalici\u00f3n, mediante alguno de los mecanismos de democracia interna, se \u00a0realizar\u00e1 en una fecha simult\u00e1nea y \u00fanica para todos los partidos, movimientos \u00a0o grupos significativos de ciudadanos que ser\u00e1 definida por la Registradur\u00eda Nacional del Estado Civil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En los mecanismos de democracia interna se \u00a0aplicar\u00e1n las normas sobre financiaci\u00f3n y publicidad de campa\u00f1as y acceso a los \u00a0medios de comunicaci\u00f3n del Estado que rigen para las elecciones ordinarias. El \u00a0resultado del mecanismo ser\u00e1 obligatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las listas de candidatos que sean inscritas \u00a0por los partidos, movimientos o grupos significativos de ciudadanos, tendr\u00e1n \u00a0revisi\u00f3n de legalidad autom\u00e1tica por la autoridad electoral en un t\u00e9rmino \u00a0m\u00e1ximo de un mes. Una vez realizada la revisi\u00f3n de legalidad, ninguna \u00a0candidatura podr\u00e1 ser revocada, por hechos que ya fueron objeto de control de \u00a0legalidad por la autoridad electoral. Se except\u00faa de esto lo definido por la \u00a0jurisdicci\u00f3n penal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el proceso de democracia interna, s\u00f3lo \u00a0podr\u00e1n participar los afiliados o militantes del convocante, \u00a0seg\u00fan lo definido por el partido, movimiento o grupo significativo de \u00a0ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Quien participe en los mecanismos de \u00a0democracia interna de un partido, movimiento o grupo significativo de ciudadanos, \u00a0no podr\u00e1 inscribirse por otro para un mismo proceso electoral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los partidos y movimientos pol\u00edticos deber\u00e1n \u00a0responder por toda violaci\u00f3n o contravenci\u00f3n a las normas que rigen su \u00a0organizaci\u00f3n, funcionamiento o financiaci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n por avalar \u00a0candidatos elegidos en cargos o corporaciones p\u00fablicas de elecci\u00f3n popular, \u00a0quienes hayan sido o fueren condenados durante el ejercicio del cargo al cual \u00a0se aval\u00f3 mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por \u00a0delitos relacionados con la vinculaci\u00f3n a grupos armados ilegales y actividades \u00a0del narcotr\u00e1fico o de delitos contra los mecanismos de participaci\u00f3n \u00a0democr\u00e1tica o de lesa humanidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los partidos o movimientos pol\u00edticos tambi\u00e9n responder\u00e1n por \u00a0avalar a candidatos no elegidos para cargos o corporaciones p\u00fablicas de \u00a0elecci\u00f3n popular, si estos hubieran sido o fueren condenados durante el per\u00edodo \u00a0del cargo p\u00fablico al cual se candidatiz\u00f3, mediante sentencia ejecutoriada en \u00a0Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculaci\u00f3n a grupos \u00a0armados ilegales y actividades del narcotr\u00e1fico, cometidos con anterioridad a \u00a0la expedici\u00f3n del aval correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las sanciones podr\u00e1n consistir en multas, devoluci\u00f3n de los \u00a0recursos p\u00fablicos percibidos mediante el sistema de reposici\u00f3n de votos, hasta \u00a0la cancelaci\u00f3n de la personer\u00eda jur\u00eddica. Cuando se trate de estas condenas a \u00a0quienes fueron electos para cargos uninominales, el partido o movimiento que \u00a0aval\u00f3 al condenado, no podr\u00e1 presentar candidatos para las siguientes \u00a0elecciones en esa Circunscripci\u00f3n. Si faltan menos de 18 meses para las \u00a0siguientes elecciones, no podr\u00e1n presentar terna, caso en el cual, el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o el Gobernador podr\u00e1n libremente designar el \u00a0reemplazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los directivos de los partidos o movimientos \u00a0pol\u00edticos a quienes se demuestre que no han procedido con el debido cuidado y \u00a0diligencia en el ejercicio de los derechos y obligaciones que les confiere \u00a0Personer\u00eda Jur\u00eddica tambi\u00e9n estar\u00e1n sujetos a las sanciones que determine la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se garantiza a las organizaciones \u00a0sociales el derecho a manifestarse y a participar en eventos pol\u00edticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Quien siendo miembro de una corporaci\u00f3n \u00a0p\u00fablica decida presentarse a la siguiente elecci\u00f3n, por un partido o movimiento \u00a0pol\u00edtico distinto, deber\u00e1 renunciar a la curul y a su dignidad en el partido o \u00a0movimiento pol\u00edtico al menos veinticuatro (24) meses antes del primer d\u00eda de \u00a0inscripciones, salvo cuando se trate de los partidos o movimientos pol\u00edticos \u00a0que hayan perdido la personer\u00eda y tengan representaci\u00f3n en los cuerpos \u00a0colegiados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Transitorio. Las sanciones \u00a0contra los partidos, movimientos pol\u00edticos y grupos significativos de \u00a0ciudadanos, previstas en este art\u00edculo no se aplicar\u00e1n en los casos del \u00a0art\u00edculo transitorio n\u00famero 20 del Acto Legislativo n\u00famero 01 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El art\u00edculo 108 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 108. El Consejo Nacional Electoral reconocer\u00e1 Personer\u00eda Jur\u00eddica a los \u00a0partidos, movimientos pol\u00edticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podr\u00e1n \u00a0obtenerlas con votaci\u00f3n no inferior al tres por ciento (3%) de los votos \u00a0emitidos v\u00e1lidamente en el territorio nacional en elecciones de C\u00e1mara de \u00a0Representantes o Senado. Las perder\u00e1n si no consiguen ese porcentaje en las \u00a0elecciones de las mismas corporaciones p\u00fablicas. Se except\u00faa el r\u00e9gimen \u00a0excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minor\u00edas \u00a0\u00e9tnicas, en las cuales bastar\u00e1 haber obtenido representaci\u00f3n en el Congreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ser\u00e1 causal de p\u00e9rdida de la personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica de los partidos y movimientos pol\u00edticos si estos no utilizan alg\u00fan \u00a0mecanismo de democracia interna para la elecci\u00f3n de los candidatos a cargos y \u00a0corporaciones p\u00fablicas de elecci\u00f3n popular, de conformidad con el art\u00edculo 107 de la Constituci\u00f3n, la Ley \u00a0Estatutaria y sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los partidos y movimientos pol\u00edticos con \u00a0personer\u00eda jur\u00eddica reconocida podr\u00e1n inscribir candidatos a elecciones. Dicha \u00a0inscripci\u00f3n deber\u00e1 ser avalada por el respectivo representante legal del \u00a0partido o movimiento o por quien \u00e9l delegue. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los grupos significativos de ciudadanos \u00a0podr\u00e1n inscribir candidatos para las elecciones nacionales, departamentales y \u00a0municipales, acreditando una base de firmas de apoyo, en raz\u00f3n al potencial \u00a0electoral de cada circunscripci\u00f3n, la cual ser\u00e1 definida en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Toda inscripci\u00f3n de candidato incurso en \u00a0causal de inhabilidad ser\u00e1 revocada por el Consejo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nacional Electoral con respeto al debido \u00a0proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los Estatutos de los Partidos y Movimientos \u00a0Pol\u00edticos regular\u00e1n lo atinente a su R\u00e9gimen Disciplinario Interno. Los \u00a0miembros de las corporaciones p\u00fablicas elegidos por un mismo partido o \u00a0movimiento pol\u00edtico o grupo significativo de ciudadanos actuar\u00e1n en ellas como bancada \u00a0en los t\u00e9rminos que se\u00f1ale la ley y de conformidad con las decisiones adoptadas \u00a0democr\u00e1ticamente por estas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los estatutos internos de los partidos y \u00a0movimientos pol\u00edticos determinar\u00e1n los asuntos de conciencia respecto de los \u00a0cuales no se aplicar\u00e1 este r\u00e9gimen y podr\u00e1n establecer sanciones por la \u00a0inobservancia de sus directrices por parte de los miembros de las bancadas, las \u00a0cuales se fijar\u00e1n gradualmente hasta la expulsi\u00f3n, y podr\u00e1n incluir la p\u00e9rdida \u00a0del derecho de voto del congresista, diputado, concejal o edil por el resto del \u00a0per\u00edodo para el cual fue elegido \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 109 de la Constituci\u00f3n el cual \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 109. El Estado concurrir\u00e1 a la financiaci\u00f3n del funcionamiento de las \u00a0organizaciones pol\u00edticas con personer\u00eda jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las campa\u00f1as para cargos de elecci\u00f3n \u00a0popular, avaladas por partidos y movimientos pol\u00edticos con personer\u00eda jur\u00eddica, \u00a0ser\u00e1n financiadas preponderantemente con recursos estatales, los cuales se \u00a0distribuir\u00e1n bajo criterio de igualdad y proporcionalidad, de conformidad con \u00a0la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 133 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 133. Los miembros de cuerpos colegiados de elecci\u00f3n directa representan al \u00a0pueblo y deber\u00e1n actuar consultando la justicia y el bien com\u00fan. El voto de sus \u00a0miembros ser\u00e1 nominal y p\u00fablico, excepto en los casos que determine la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El elegido es responsable pol\u00edticamente ante \u00a0la sociedad y frente a sus electores del cumplimiento de las obligaciones \u00a0propias de su investidura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A partir de la entrada en vigencia del \u00a0presente acto legislativo, nadie podr\u00e1 elegirse para m\u00e1s de tres (3) per\u00edodos \u00a0en cada una de las siguientes corporaciones: Senado de la Rep\u00fablica, C\u00e1mara de \u00a0Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital \u00a0o Municipal, o Junta Administradora Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. El numeral 8 del art\u00edculo 179 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Nadie podr\u00e1 ser elegido para m\u00e1s de una \u00a0Corporaci\u00f3n o cargo p\u00fablico, ni para una Corporaci\u00f3n y un cargo si los \u00a0respectivos per\u00edodos coinciden en el tiempo, as\u00ed fuere parcialmente. La \u00a0renuncia aceptada antes de la inscripci\u00f3n al cargo al que se aspire elimina la \u00a0inhabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las inhabilidades previstas en los numerales \u00a02, 3, 5 y 6 se refieren a situaciones que tengan lugar en la circunscripci\u00f3n en \u00a0la cual deba efectuarse la respectiva elecci\u00f3n. La ley reglamentar\u00e1 los dem\u00e1s \u00a0casos de inhabilidades por parentesco, con las autoridades no contemplados en \u00a0estas disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para los fines de este art\u00edculo se considera \u00a0que la circunscripci\u00f3n nacional coincide con cada una de las territoriales, \u00a0excepto para la inhabilidad consignada en el numeral 5. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 181 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 181. Las incompatibilidades de los congresistas tendr\u00e1n vigencia durante el \u00a0per\u00edodo constitucional respectivo. En caso de renuncia, se mantendr\u00e1n durante \u00a0los seis (6) meses siguientes a su aceptaci\u00f3n, si el lapso que faltare para el \u00a0vencimiento del per\u00edodo fuere superior. Salvo que la renuncia sea motivada para \u00a0ocupar cargo en la Rama Ejecutiva del poder p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Quien fuere llamado a ocupar el cargo, \u00a0quedar\u00e1 sometido al mismo r\u00e9gimen de inhabilidades e incompatibilidades a \u00a0partir de su posesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Adici\u00f3nense dos incisos al \u00a0art\u00edculo 346 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 346. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(&#8230;) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por lo menos una quinta parte del \u00a0presupuesto nacional de inversi\u00f3n se denominar\u00e1 Inversi\u00f3n de Iniciativa Congresional. El Congreso de la Rep\u00fablica, por iniciativa \u00a0de sus miembros y con aprobaci\u00f3n de las plenarias, podr\u00e1 solicitar la inversi\u00f3n \u00a0en proyectos espec\u00edficos que previamente hayan sido aprobados por el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o priorizados en los Planes de Desarrollo \u00a0Departamentales, Distritales o Municipales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso, en la sustentaci\u00f3n de la \u00a0solicitud de inversi\u00f3n, los congresistas tendr\u00e1n el deber de hacer p\u00fablicas las \u00a0gestiones que hagan relacionadas con el presupuesto y estas tendr\u00e1n que cumplir \u00a0con los principios de eficiencia, transparencia y participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. El presente Acto \u00a0Legislativo rige a partir de su promulgaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del honorable Senado de la \u00a0Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ernesto Mac\u00edas \u00a0Tovar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del honorable Senado \u00a0de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gregorio Eljach Pacheco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro Carlos \u00a0Chac\u00f3n Camargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General de la honorable C\u00e1mara \u00a0de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Humberto \u00a0Mantilla Serrano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 16 de enero de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nancy Patricia Guti\u00e9rrez \u00a0Casta\u00f1eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 044 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 16) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.838, enero 16 de \u00a02019 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 008 de 2018 \u00a0Senado (Acumulado con el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 09 de 2018 \u00a0Senado), 248 de 2018 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-52656","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52656","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52656"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52656\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52656"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52656"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52656"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}