{"id":52728,"date":"2023-08-18T16:14:35","date_gmt":"2023-08-18T16:14:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-179-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:14:35","modified_gmt":"2023-08-18T16:14:35","slug":"decreto-179-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-179-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 179 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 179 DE 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 8) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.861, febrero 8 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 1784 de 2019, \u00a0art\u00edculo 48. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las \u00a0que le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario modificar la estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con el fin de \u00a0armonizarla con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo \u201cPacto por \u00a0Colombia, Pacto por la Equidad 2018-2022\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica present\u00f3 al Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto ley 019 de \u00a02012, y los art\u00edculos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, para efectos de modificar su estructura, encontr\u00e1ndola \u00a0ajustada t\u00e9cnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, para los fines de este decreto, se \u00a0cuenta con el concepto de viabilidad de la Direcci\u00f3n General del Presupuesto \u00a0P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto, naturaleza y estructura del \u00a0departamento administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. Corresponde al Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en su calidad \u00a0de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa en el \u00a0ejercicio de sus funciones constitucionales y legales y prestarle el apoyo \u00a0administrativo necesario para dicho fin. El Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica tendr\u00e1 como denominaci\u00f3n abreviada la de \u201cPresidencia de la \u00a0Rep\u00fablica\u201d, la cual ser\u00e1 v\u00e1lida para todos los efectos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Naturaleza. El Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica tendr\u00e1 naturaleza especial y, en consecuencia, una estructura y \u00a0una nomenclatura de sus dependencias y empleos acordes con ella, de conformidad \u00a0con lo establecido en la Ley 55 de 1990. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones generales. El Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rep\u00fablica, tendr\u00e1 las siguientes funciones \u00a0generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0su condici\u00f3n de Jefe del Estado, en su labor de coordinaci\u00f3n de los diferentes \u00a0\u00f3rganos del Estado, para que se colaboren arm\u00f3nicamente en la realizaci\u00f3n de \u00a0sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar, dirigir, coordinar y realizar \u00a0directamente, si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, para el ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales que le corresponde ejercer, en relaci\u00f3n con los \u00f3rganos del \u00a0Estado que integran las ramas del poder p\u00fablico y los dem\u00e1s \u00f3rganos estatales, \u00a0aut\u00f3nomos e independientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0su deber de garantizar los derechos y las libertades de todos los colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Organizar, asistir y coordinar las actividades necesarias que \u00a0demande el Presidente de la Rep\u00fablica, para el ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales que le corresponde ejercer como Jefe del Estado y suprema \u00a0autoridad administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a05. Adelantar las acciones seg\u00fan instrucciones del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, para el eficiente y arm\u00f3nico accionar del Gobierno, \u00a0represent\u00e1ndolo, cuando as\u00ed lo demande, en la orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica y de sus inmediatos colaboradores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las relaciones entre el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica con los entes territoriales, el sector privado y las \u00a0organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar las actividades de la \u00a0Secretar\u00eda Ejecutiva en los Consejos, Comit\u00e9s o dem\u00e1s organismos de consulta, \u00a0asesor\u00eda, coordinaci\u00f3n o apoyo que dependan directamente del despacho del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divulgar los actos del Gobierno nacional \u00a0y coordinar lo referente a una adecuada difusi\u00f3n de la gesti\u00f3n gubernamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar apoyo al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica en los diagn\u00f3sticos, estudios, an\u00e1lisis y dem\u00e1s actividades que \u00a0contribuyan a la formaci\u00f3n de criterios, conceptos o formulaciones que este \u00a0desee definir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impartir directrices para la evaluaci\u00f3n \u00a0del impacto de las pol\u00edticas de Gobierno frente a los objetivos estrat\u00e9gicos de \u00a0cada \u00e1rea y proponer los arreglos institucionales que correspondan, verticales \u00a0o transversales, encaminados a fortalecer la capacidad de las entidades del \u00a0Gobierno nacional para formular y ejecutar las pol\u00edticas p\u00fablicas de sectores \u00a0estrat\u00e9gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar el estudio de \u00a0constitucionalidad, legalidad y conveniencia de los distintos proyectos de ley, \u00a0decretos y actos administrativos de competencia del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar el apoyo log\u00edstico y \u00a0administrativo que demande el ejercicio de las facultades y funciones \u00a0presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean atribuidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo. De conformidad con las \u00a0normas vigentes el Sector Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica est\u00e1 \u00a0integrado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0y las siguientes entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del \u00a0Riesgo de Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Agencia para la Reincorporaci\u00f3n y la \u00a0Normalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia (APC) Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco \u00a0Vargas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad \u00a0de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Participaci\u00f3n de las Personas con Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Secretar\u00eda de Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Director del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Secretar\u00eda Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Secretaria Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Secretar\u00eda de Prensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Jefatura para la Protecci\u00f3n \u00a0Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Oficina del Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad \u00a0y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9. Consejer\u00eda Presidencial para las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10. Consejer\u00eda Presidencial para las \u00a0Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.11. Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos \u00a0Econ\u00f3micos y Estrat\u00e9gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.12. Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos \u00a0Pol\u00edticos y Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.13. Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Interna-cionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.14. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.15. Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez \u00a0y Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.16. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Juventud \u2013 Colombia Joven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.17. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Innovaci\u00f3n y la Transformaci\u00f3n Digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.18. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Gesti\u00f3n y Cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19. Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.1. Direcci\u00f3n Administrativa y \u00a0Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.1.1. \u00c1rea Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.1.2. \u00c1rea de Contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.1.3. \u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.2. \u00c1rea de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.3. \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.4. Oficina de Control Interno Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.5. Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.19.6. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.20. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.20.1. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema \u00a0de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.20.2. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de las dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del Se\u00f1or \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica las consagradas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Despacho del Vicepresidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica las misiones o encargos especiales que le conf\u00ede \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, de conformidad con lo establecido en la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Apoyo para las funciones asignadas a la Vicepresidencia. Para el \u00a0apoyo del cumplimiento de las funciones asignadas al Despacho de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica por el Presidente de la Rep\u00fablica, se adscriben \u00a0al despacho de la Vicepresidencia la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de \u00a0la Mujer, la Consejer\u00eda Presidencial para la Inclusi\u00f3n de Personas con \u00a0Discapacidad y la Secretar\u00eda de Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir y proponer al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, al Vicepresidente de la Rep\u00fablica, al Secretario General de la \u00a0Presidencia, al Gobierno nacional y a las entidades territoriales el dise\u00f1o de \u00a0las pol\u00edticas, planes, programas, proyectos y disposiciones necesarias \u00a0destinadas a promover la igualdad de g\u00e9nero y empoderamiento para las mujeres, \u00a0as\u00ed como velar por la coordinaci\u00f3n, consistencia y coherencia de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar y participar en el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de los mecanismos de seguimiento al cumplimiento de la \u00a0legislaci\u00f3n interna y de los tratados, convenios y acuerdos internacionales que \u00a0se relacionen con la igualdad de g\u00e9nero para las mujeres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir el Observatorio de Asuntos de G\u00e9nero \u00a0(OAG) de acuerdo con lo establecido por la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer alianzas estrat\u00e9gicas con \u00a0otros sectores de Gobierno, as\u00ed como con el sector privado, organizaciones de \u00a0mujeres, organismos internacionales, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), \u00a0universidades y centros de investigaci\u00f3n, para la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0p\u00fablica de g\u00e9nero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar e impulsar estrategias culturales \u00a0y de comunicaciones para promover la igualdad de g\u00e9nero para las mujeres y su \u00a0empoderamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, Vicepresidente y Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Consejer\u00eda Presidencial para la Participaci\u00f3n de las Personas con \u00a0Discapacidad. Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Participaci\u00f3n de las Personas con Discapacidad, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar a la Presidencia, Vicepresidencia \u00a0de la Rep\u00fablica y Secretario General de la Presidencia en la orientaci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, para la formulaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de las diferentes pol\u00edticas p\u00fablicas de discapacidad, en el \u00a0marco de la agenda de desarrollo sostenible &#8211; ODS 2030. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer como instancia rectora del \u00a0Sistema Nacional de Discapacidad (SND), de acuerdo con lo establecido en el \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1145 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y articular a las instancias y \u00a0actores que hacen parte del Consejo Nacional de Discapacidad (CND); establecido \u00a0por la Ley 1145 de 2007 como \u00a0organismo consultor, asesor institucional y de verificaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n del Sistema y de la Pol\u00edtica P\u00fablica Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y articular acciones para el \u00a0establecimiento de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluaci\u00f3n a la \u00a0inclusi\u00f3n social de personas con discapacidad y la implementaci\u00f3n del \u00a0observatorio nacional de inclusi\u00f3n de discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer, en coordinaci\u00f3n con actores e \u00a0instancias gubernamentales y no gubernamentales, sector privado, y sociedad \u00a0civil, lineamientos y recomendaciones que permitan avanzar hacia un sistema de \u00a0inclusi\u00f3n social de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional (APC), la gesti\u00f3n de recursos y apoyo t\u00e9cnico \u00a0internacional, as\u00ed como la realizaci\u00f3n de alianzas p\u00fablico-privadas, que \u00a0fortalezcan el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, seguimiento, monitoreo y evaluaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas y el desarrollo de planes, programas y proyectos para la \u00a0inclusi\u00f3n de la poblaci\u00f3n con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y articular el desarrollo de \u00a0estrategias de comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n, que promuevan los principales logros, \u00a0avances y desaf\u00edos en materia de inclusi\u00f3n, as\u00ed como la visibilizaci\u00f3n de los \u00a0talentos y capacidades de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores y las dem\u00e1s instancias competentes, la \u00a0representaci\u00f3n del pa\u00eds en los escenarios e instancias internacionales respecto \u00a0a derechos e inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad y a compromisos internacionales \u00a0asumidos por Colombia en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la promoci\u00f3n y adopci\u00f3n del \u00a0enfoque diferencial de discapacidad en las distintas pol\u00edticas p\u00fablicas, \u00a0programas, observatorios y sistemas nacionales de informaci\u00f3n estad\u00edstica en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y articular el seguimiento al \u00a0cumplimiento de la normatividad actual en materia de inclusi\u00f3n de las personas \u00a0con discapacidad y proponer ante las entidades competentes los ajustes \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades competentes el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de estrategias que promuevan el acceso efectivo de las personas \u00a0con discapacidad en igualdad de condiciones a la oferta institucional del \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente y Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Secretar\u00eda de Transparencia. Son funciones de la Secretar\u00eda de \u00a0Transparencia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Presidente, \u00a0Vicepresidente y Secretario General de Presidencia en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de transparencia y lucha contra la corrupci\u00f3n y \u00a0coordinar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente, Vicepresidente y \u00a0Secretario General de Presidencia en la fijaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias \u00a0e implementaci\u00f3n de indicadores de transparencia de las entidades de la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con las entidades estatales cuyas \u00a0funciones tengan relaci\u00f3n con el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con las entidades competentes \u00a0en la materia el dise\u00f1o y la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de Estado Abierto a \u00a0nivel nacional y territorial, enmarcada en la Constituci\u00f3n y en el Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, seg\u00fan los lineamientos del Presidente, Vicepresidente y \u00a0Secretario General de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Presidente, Vicepresidente y \u00a0Secretario General de Presidencia en la coordinaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0mecanismos para fomentar la rendici\u00f3n de cuentas por parte de las entidades de \u00a0la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y en la promoci\u00f3n de mecanismos de participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las entidades competentes \u00a0en la materia el dise\u00f1o y la implementaci\u00f3n de directrices, mecanismos y \u00a0herramientas preventivas para el fortalecimiento institucional de la \u00a0Transparencia y lucha contra la corrupci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n para el acceso a \u00a0la informaci\u00f3n, cultura de probidad y lucha contra la impunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la implementaci\u00f3n de los compromisos adquiridos por \u00a0Colombia en los instrumentos internacionales de lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fomentar y contribuir en la coordinaci\u00f3n interinstitucional \u00a0de las diferentes ramas del poder p\u00fablico y \u00f3rganos de control del nivel \u00a0nacional y territorial, para la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de transparencia y \u00a0lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar instrumentos que permitan conocer \u00a0y analizar el fen\u00f3meno de la corrupci\u00f3n y sus indicadores que faciliten la \u00a0definici\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas, directrices, controles de advertencia en \u00a0riesgos de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y apoyar la elaboraci\u00f3n de \u00a0proyectos de ley o de acto legislativo que someta el Gobierno nacional a \u00a0consideraci\u00f3n del Congreso de la Rep\u00fablica en materia de transparencia y lucha \u00a0contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir y promover acciones estrat\u00e9gicas \u00a0entre el sector p\u00fablico y el sector privado, que garanticen transparencia y prevenci\u00f3n \u00a0de la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la formulaci\u00f3n de \u00a0propuestas de actos administrativos necesarios para la reglamentaci\u00f3n de las \u00a0normas con fuerza de ley sobre la lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, investigaciones, \u00a0indicadores y dem\u00e1s instrumentos que permitan conocer y analizar el fen\u00f3meno de \u00a0la corrupci\u00f3n, y ejercer la administraci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y funcionamiento del \u00a0Sistema General de Informaci\u00f3n de Lucha Contra la Corrupci\u00f3n, el cual \u00a0interoperar\u00e1 los diferentes sistemas de informaci\u00f3n y bases de datos con que \u00a0cuenta el Estado, con el fin de generar alertas tempranas de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adoptar la metodolog\u00eda para dise\u00f1ar y \u00a0hacer seguimiento a las estrategias de lucha contra la corrupci\u00f3n y de atenci\u00f3n \u00a0al ciudadano que deber\u00e1n elaborar anualmente las entidades del orden nacional y \u00a0territorial, de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 73 de la Ley 1474 de 2011, as\u00ed \u00a0como la metodolog\u00eda para dise\u00f1ar e implementar los planes de acci\u00f3n previstos \u00a0en el art\u00edculo 74 de dicha ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Denunciar directamente o dar traslado a \u00a0los entes de control y a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de presuntos delitos \u00a0contra la administraci\u00f3n p\u00fablica, contra el orden econ\u00f3mico y social, o contra \u00a0el patrimonio econ\u00f3mico, as\u00ed como de posibles infracciones disciplinarias, que \u00a0por su gravedad sean puestas en su conocimiento, as\u00ed como las denuncias \u00a0interpuestas directamente por veedores ciudadanos y la ciudadan\u00eda en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar y administrar la l\u00ednea de \u00a0llamadas de informaci\u00f3n confidencial y denuncias por corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Orientar en coordinaci\u00f3n, con las dem\u00e1s \u00a0entidades competentes, el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de estrategias culturales, \u00a0campa\u00f1as pedag\u00f3gicas y de comunicaciones encaminadas a promover la legalidad, \u00a0la integridad, la \u00e9tica, los valores, el control social y el cuidado de los \u00a0recursos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Recibir y analizar los reportes que \u00a0presenten los Ministros y Viceministros y los Directores de Departamentos \u00a0Administrativos, cuando hayan conocido o identificado presuntos hechos de \u00a0corrupci\u00f3n en sus respectivos sectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Consolidar y analizar los informes y \u00a0reportes de los jefes de control interno de la Rama Ejecutiva del Orden \u00a0Nacional o de quienes hagan sus veces, de conformidad con lo se\u00f1alado con el \u00a0art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1474 de 2011 y su \u00a0reglamentaci\u00f3n, y proponer acciones preventivas en esta materia y presentar \u00a0informe sobre los mismos a la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n en el marco de la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Proponer a la Comisi\u00f3n Nacional para la \u00a0Moralizaci\u00f3n acciones para adelantar conjuntamente con el Gobierno nacional, \u00a0consolidar sus informes y hacer seguimiento a los indicadores de eficacia, \u00a0eficiencia y transparencia que esta formule. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Requerir a las Comisiones Regionales de \u00a0Moralizaci\u00f3n, adelantar la investigaci\u00f3n por presuntos delitos contra la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, contra el orden econ\u00f3mico y social, contra el \u00a0patrimonio econ\u00f3mico, faltas disciplinares o fiscales de los que haya tenido \u00a0conocimiento y formular recomendaciones para prevenir o atacar riesgos \u00a0sist\u00e9micos de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Coordinar actividades con la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha Contra la Corrupci\u00f3n y \u00a0promover la aplicaci\u00f3n de los lineamientos tanto de esta Comisi\u00f3n como de la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n en las Comisiones Regionales de \u00a0Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Solicitar y analizar informaci\u00f3n de \u00a0naturaleza p\u00fablica de las entidades p\u00fablicas o privadas que ejecuten recursos \u00a0del Estado o presten un servicio p\u00fablico y de los sujetos obligados bajo la Ley 1712 de 2014 \u00a0cuando sea necesario para verificar la transparencia en el manejo de los \u00a0recursos y la integridad de la administraci\u00f3n p\u00fablica, y generar alertas \u00a0tempranas que deber\u00e1 poner en conocimiento de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Impulsar, en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Nacional de Defensa Jur\u00eddica del Estado, las demandas de repetici\u00f3n contra las \u00a0personas condenadas por hechos de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, de conformidad con los lineamientos establecidos por \u00a0la Subdirecci\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Potestativamente, rendir conceptos no \u00a0vinculantes en procesos judiciales en los que haga parte cualquier entidad \u00a0nacional o territorial por presuntos hechos relacionados con delitos contra la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, detrimento patrimonial o toda acci\u00f3n que atente contra \u00a0el patrimonio p\u00fablico y la moral administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Ejercer la administraci\u00f3n y \u00a0funcionamiento del Sistema General de Informaci\u00f3n de Lucha contra la \u00a0Corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, Vicepresidente y Secretario General de Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Despacho del Director del Departamento. La Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica estar\u00e1 a cargo \u00a0del Director del Departamento, quien tambi\u00e9n se denominar\u00e1 Secretario General y \u00a0cumplir\u00e1, las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar en la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas a cargo del Presidente de la Rep\u00fablica, en su condici\u00f3n de \u00a0Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0el ejercicio de las funciones que le corresponden en relaci\u00f3n con los poderes \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Servir como vocero del Gobierno en los \u00a0asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Liderar, orientar e instruir a las \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales, Secretar\u00edas y dem\u00e1s dependencias, en el ejercicio \u00a0de las funciones que les son propias y velar por su cumplimiento, siguiendo las \u00a0directrices generales trazadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar legalmente al Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Se\u00f1alar las pol\u00edticas generales del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, fijar los \u00a0lineamientos de direcci\u00f3n y control para el desarrollo de los programas y \u00a0funciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con los Ministros y Directores \u00a0de Departamento Administrativo la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0correspondientes a sus respectivos sectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar a consideraci\u00f3n del Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica los asuntos provenientes de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coadyuvar en la coordinaci\u00f3n de las \u00a0funciones de gobierno que implican tareas transversales de los Ministerios y de \u00a0los Departamentos Administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las relaciones con los poderes \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, de conformidad con los lineamientos que imparta el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar y asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica en sus relaciones con los partidos pol\u00edticos y las organizaciones \u00a0sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estudiar los asuntos que le asigne el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, atender las audiencias que le indique y \u00a0representarlo en los actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Orientar y liderar la coordinaci\u00f3n de \u00a0las instancias relacionadas con asuntos migratorios para responder a una \u00a0estrategia conjunta de Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Establecer los mecanismos necesarios \u00a0para mantener una visi\u00f3n estrat\u00e9gica de la agenda y las comunicaciones del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica en coordinaci\u00f3n con la Secretaria Privada y los \u00a0Consejeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ejercer la facultad nominadora de los \u00a0servidores del Departamento que no est\u00e9 atribuida al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Crear y organizar grupos internos de \u00a0trabajo con el fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los \u00a0objetivos, pol\u00edticas, planes y programas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Propender por el adecuado cumplimiento \u00a0de las funciones de control interno en las entidades de la Rama Ejecutiva del \u00a0orden nacional, para lo cual podr\u00e1 impartir directrices y apoyar al Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica en el ejercicio de la facultad nominadora de los jefes de las \u00a0oficinas de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presentar los informes de gesti\u00f3n del \u00a0Departamento al Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso Nacional de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Suscribir a nombre de la naci\u00f3n los \u00a0contratos relativos a asuntos propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica conforme \u00a0a la ley, a los actos de delegaci\u00f3n y dem\u00e1s normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Aprobar los anteproyectos de presupuesto \u00a0de inversi\u00f3n y de funcionamiento y el proyecto del Programa Anual Mensualizado \u00a0de Caja (PAC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Secretario General de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica podr\u00e1 participar en las instancias que integren o \u00a0lideren los Consejeros Presidenciales, Secretarios y dem\u00e1s funcionarios de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica e impartir\u00e1 las directrices y lineamientos que \u00a0considere necesarios para el cumplimiento de las funciones a ellos atribuidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conc. Resoluci\u00f3n \u00a093 de 2019, DAPR. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Secretar\u00eda Jur\u00eddica. Son funciones de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estudiar y preparar proyectos de ley o \u00a0actos legislativos que el Gobierno nacional deba someter a consideraci\u00f3n del \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la revisi\u00f3n previa a la \u00a0presentaci\u00f3n al Congreso de la Rep\u00fablica, de los proyectos de ley elaborados \u00a0por los ministerios o dem\u00e1s entidades de la Rama Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Gobierno nacional en el estudio de los proyectos de ley que se tramitan en \u00a0el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar los mensajes de urgencia que deba presentar el \u00a0Presidente ante las c\u00e1maras legislativas o mensajes similares a las autoridades \u00a0judiciales de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Presidente para su sanci\u00f3n u objeci\u00f3n por \u00a0inconstitucionalidad o inconveniencia, los proyectos aprobados por el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Revisar los decretos con fuerza de ley \u00a0que deba expedir el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Numerar las leyes sancionadas y \u00a0remitirlas para su publicaci\u00f3n en el Diario \u00a0Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Revisar, estudiar, formular observaciones \u00a0y emitir conceptos sobre los proyectos de decretos, resoluciones ejecutivas y \u00a0directivas presidenciales sometidas a consideraci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Absolver las consultas legales que le \u00a0hagan el Presidente de la Rep\u00fablica, la Vicepresidenta, el Consejo de \u00a0Ministros, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y sus funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a los funcionarios del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en las consultas \u00a0jur\u00eddicas que se presenten en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirimir, por solicitud del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, los Ministros o Directores de Departamentos Administrativos, las \u00a0diferencias de interpretaci\u00f3n legal que se presenten entre las entidades por \u00a0ellos representadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente a la Presidencia de la Rep\u00fablica en los procesos en que sea \u00a0parte por delegaci\u00f3n del Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, sin perjuicio de que el Director pueda delegar \u00a0esas funciones en otros servidores de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar las oficinas jur\u00eddicas de las \u00a0entidades oficiales del orden nacional, cuando sea pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Revisar y aprobar las consultas que los \u00a0ministerios y departamentos administrativos formulen a la Sala de Consulta y \u00a0Servicio Civil del Consejo de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ser instancia decisoria en los asuntos \u00a0relacionados con mejora normativa de la Rama Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Revisar y recomendar la aceptaci\u00f3n o no \u00a0de los impedimentos que presenten los ministros y directores de departamentos \u00a0administrativos ante el Consejo de Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Promover y efectuar trabajos \u00a0investigativos y publicaciones de car\u00e1cter jur\u00eddico que interesen al Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover la compilaci\u00f3n y expedici\u00f3n de \u00a0decretos \u00fanicos de car\u00e1cter sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Realizar las actividades relacionadas \u00a0con el cobro persuasivo y coactivo del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y para esto adelantar\u00e1 las diligencias preliminares, \u00a0dictar\u00e1 los actos y providencias, notificar\u00e1 los autos proferidos, elaborar\u00e1 \u00a0los acuerdos de pago, designar\u00e1 curadores, tomar\u00e1 medidas cautelares, liquidar\u00e1 \u00a0costas y valor de cr\u00e9ditos y dem\u00e1s actividades que sean necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Secretar\u00eda Privada. Son funciones de la Secretar\u00eda Privada, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Programar y coordinar la agenda \u00a0presidencial seg\u00fan los lineamientos acordados con el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y\/o los Consejeros Presidenciales, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar, evaluar y priorizar los \u00a0temas de inter\u00e9s nacional en la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Casa Militar, la \u00a0Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial y la Direcci\u00f3n de Protocolo del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores la log\u00edstica de los eventos, reuniones, \u00a0viajes y desplazamientos que realice el Presidente de la Rep\u00fablica dentro y \u00a0fuera del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Analizar, priorizar y tramitar las \u00a0invitaciones y solicitudes de audiencias realizadas al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender la correspondencia dirigida al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, que sea de su competencia, y coordinar las \u00a0respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las diferentes dependencias \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, el Gobierno nacional, otras instancias \u00a0gubernamentales, no gubernamentales y del sector privado, la compilaci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n necesaria para la elaboraci\u00f3n de los documentos, discursos, insumos \u00a0y otros, que requiera el Presidente de la Rep\u00fablica para el desarrollo de sus \u00a0actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar el registro de los compromisos \u00a0asumidos por el Presidente de la Rep\u00fablica en las audiencias y eventos y hacer \u00a0seguimiento a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Atender las audiencias que le encargue el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar la supervisi\u00f3n de los contratos \u00a0relacionados con la gesti\u00f3n de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar y poner a consideraci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica las intervenciones p\u00fablicas del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar y proponer los textos, comentarios, \u00a0pronunciamientos, respuestas, entre otros, que el Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0deba suscribir y remitir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con las dem\u00e1s entidades que se \u00a0requieran, la compilaci\u00f3n de informaci\u00f3n necesaria para las intervenciones y \u00a0pronunciamientos del Presidente de la Rep\u00fablica, velando porque las mismas \u00a0contengan informaci\u00f3n veraz, \u00fatil y de f\u00e1cil comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar documentos, discursos, \u00a0presentaciones, insumos y otros, al Presidente de la Rep\u00fablica para sus \u00a0intervenciones en reuniones, eventos u alocuciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Secretar\u00eda de Prensa. Son funciones de la Secretar\u00eda de Prensa, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divulgar oportunamente a los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n nacional, regional, internacional e institucional, las actividades \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y de los altos funcionarios del Estado, las \u00a0decisiones del Gobierno nacional y los asuntos relacionados con el desarrollo \u00a0de la estrategia de comunicaciones del Gobierno nacional, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con la Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para las Comunicaciones, las actividades necesarias para la divulgaci\u00f3n de los \u00a0actos en que participen el Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, los ministros, los directores de departamentos administrativos, los \u00a0funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica y altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar la participaci\u00f3n de los medios \u00a0de comunicaci\u00f3n en los actos y viajes que realice el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento de la informaci\u00f3n \u00a0emitida por las agencias de noticias y los diferentes medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar las relaciones con los medios \u00a0de comunicaci\u00f3n internacionales, nacionales y regionales y atender sus \u00a0requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar los medios digitales, audiovisuales \u00a0y redes sociales institucionales de la Presidencia de la Rep\u00fablica que se \u00a0determinen en desarrollo de la estrategia de comunicaciones del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la edici\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las \u00a0publicaciones que requiera la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Casa Militar. Son funciones de Casa Militar, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar con el Comando General de las \u00a0Fuerzas Militares y la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional la disposici\u00f3n \u00a0de los medios navales, fluviales y a\u00e9reos necesarios para el correcto \u00a0desarrollo de la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, sus familias y comitivas oficiales tanto a nivel nacional como los \u00a0requeridos para el cumplimiento de la agenda internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento del protocolo \u00a0establecido para el Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0y sus familias, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Secretar\u00eda Presidencial \u00a0Adjunta de Protocolo y Eventos los apoyos log\u00edsticos para la organizaci\u00f3n y \u00a0desarrollo de los eventos agendados por la Secretar\u00eda Privada en los que deban \u00a0asistir el Presidente o Vicepresidente de la Rep\u00fablica, tanto a nivel nacional \u00a0como los requeridos para el cumplimiento de la agenda internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Jefatura para la \u00a0Protecci\u00f3n Presidencial y con las Fuerzas Militares los requerimientos \u00a0necesarios para garantizar la seguridad del Presidente y Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, sus familias y comitivas oficiales en las actividades en que ellos \u00a0participen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la dependencia \u00a0correspondiente las audiencias de los integrantes de las Fuerzas Militares, con \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial. Son funciones de la \u00a0Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por la vida e integridad f\u00edsica del \u00a0Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares, dentro y fuera \u00a0del territorio nacional, e informarles de las circunstancias especiales de \u00a0autoprotecci\u00f3n a tener en cuenta para garantizar su seguridad, imagen e \u00a0integridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y planear todos los \u00a0aspectos relacionados con la seguridad del Presidente y Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica y sus familiares, a trav\u00e9s de los programas de avanzadas, \u00a0entrenamiento y operaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar, evaluar y adoptar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las correspondientes autoridades, las medidas que mitiguen \u00a0situaciones las cuales comprometan la seguridad, vida e integridad del \u00a0Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer protocolos de seguridad y \u00a0administraci\u00f3n de recursos, frente a la agenda y eventos que desarrolle el \u00a0Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares, adoptando medidas \u00a0de seguridad que garanticen su vida e integridad f\u00edsica, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Secretar\u00eda Privada, Polic\u00eda Nacional, las Fuerzas Militares y la Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la selecci\u00f3n del personal que estar\u00e1 a cargo de la \u00a0Seguridad del Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares, por \u00a0parte de la Polic\u00eda Nacional y dem\u00e1s organismos de seguridad del Estado, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional y el Comando \u00a0General de las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de enlace, apoyo y coordinaci\u00f3n con organismos de seguridad \u00a0del Estado, instituciones gubernamentales, en situaciones de alteraci\u00f3n del \u00a0orden p\u00fablico que comprometan la seguridad nacional, afecten la seguridad y \u00a0convivencia ciudadana, en relaci\u00f3n con las funciones de la Jefatura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Responder por la seguridad y defensa de \u00a0las instalaciones presidenciales de forma permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asumir en coordinaci\u00f3n con el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores y con las Fuerzas Militares y de Polic\u00eda, la seguridad \u00a0y protecci\u00f3n de los Jefes de Estado y Jefes de Gobierno, cuando realicen \u00a0visitas oficiales a la Rep\u00fablica de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar y emplear los medios necesarios \u00a0para garantizar la vida e integridad del Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus n\u00facleos familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar por la seguridad de los altos \u00a0funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica que por la naturaleza del cargo \u00a0y funciones as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Oficina del Alto Comisionado para la Paz. Son funciones de la \u00a0Oficina del Alto Comisionado para la Paz, de conformidad con el art\u00edculo 16 de \u00a0la Ley 434 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en la formulaci\u00f3n y desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica de paz y ser vocero del Presidente de la Rep\u00fablica en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar la voluntad real de paz y \u00a0reinserci\u00f3n a la vida civil de los alzados en armas, con el fin de determinar \u00a0la formalizaci\u00f3n de di\u00e1logos y celebraci\u00f3n de acuerdos de paz, de conformidad \u00a0con lo que disponga el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en las mesas de conversaciones \u00a0y asegurar el apoyo necesario a los negociadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Convocar a los sectores de la sociedad \u00a0civil en torno al prop\u00f3sito de la reconciliaci\u00f3n nacional y propiciar el \u00a0di\u00e1logo social intersectorial y territorial para la cultura de la legalidad y \u00a0la convivencia y consolidar para la generaci\u00f3n de insumos, diagn\u00f3sticos y \u00a0escenarios prospectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover, desarrollar y articular, en el \u00a0marco de la pol\u00edtica de legalidad y convivencia del Gobierno nacional, \u00a0escenarios de participaci\u00f3n y de di\u00e1logo intersectorial, orientados a la \u00a0construcci\u00f3n de paz, que promuevan la confianza, legalidad, convivencia y \u00a0reconciliaci\u00f3n, que puedan contribuir al desarrollo y consolidaci\u00f3n de los \u00a0procesos de paz, de acuerdo con las instrucciones del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y el Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Consolidar informaci\u00f3n a partir del \u00a0di\u00e1logo social intersectorial y territorial para la generaci\u00f3n de insumos, \u00a0diagn\u00f3sticos y escenarios prospectivos, documentos e insumos t\u00e9cnicos, en \u00a0coordinaci\u00f3n con otras entidades del Estado cuando as\u00ed se requiera, que \u00a0orienten y apoyen la determinaci\u00f3n de la agenda de negociaci\u00f3n y la adopci\u00f3n de \u00a0decisiones en el marco de mesas de di\u00e1logo y suscripci\u00f3n de acuerdos de paz con \u00a0grupos armados organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir los t\u00e9rminos de la agenda de \u00a0negociaci\u00f3n, dirigir los di\u00e1logos y firmar acuerdos con los voceros y \u00a0representantes de los grupos alzados en armas, tendientes a buscar la \u00a0reinserci\u00f3n de sus integrantes a la vida civil, de acuerdo con las \u00f3rdenes que \u00a0le imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo \u00a0Nacional de Paz, Reconciliaci\u00f3n y Convivencia, de conformidad con el art\u00edculo \u00a010 de la Ley 434 de 1998 \u00a0modificada por el Decreto ley 885 de \u00a02017, en los t\u00e9rminos en que el reglamento del Consejo determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar, en coordinaci\u00f3n con los \u00a0Consejeros Presidenciales y las entidades competentes, el alistamiento para la \u00a0implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz que se suscriban con los miembros de los \u00a0grupos armados ilegales, sobre la base de los avances en las negociaciones de \u00a0paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coadyuvar, en la coordinaci\u00f3n con las \u00a0autoridades departamentales y municipales, la preparaci\u00f3n para la \u00a0implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz que se suscriban con los grupos armados \u00a0ilegales, sobre la base de los avances en las negociaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Articular junto con las diferentes \u00a0instancias del Gobierno nacional las gestiones necesarias para que la \u00a0implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz se ajuste a la visi\u00f3n y contenido de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar y desarrollar acciones y \u00a0programas de pedagog\u00eda que promuevan el conocimiento de la pol\u00edtica de paz, \u00a0legalidad y convivencia y el contenido de los acuerdos que se suscriban por \u00a0parte del Gobierno nacional con los grupos armados organizados al margen de la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar y apoyar el dise\u00f1o de las \u00a0medidas de alistamiento que posibiliten el cumplimiento de los acuerdos de paz \u00a0y orientar y asistir a las diferentes entidades e instancias responsables de la \u00a0implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz en la comprensi\u00f3n del contenido y visi\u00f3n \u00a0de lo acordado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Absolver las consultas y peticiones que \u00a0guarden relaci\u00f3n con las funciones de la Oficina del Alto Comisionado para la \u00a0Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proponer, en coordinaci\u00f3n y bajo los \u00a0lineamientos de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica, proyectos de actos legislativos, leyes, \u00a0decretos reglamentarios y dem\u00e1s documentos en materia de procesos y acuerdos de \u00a0paz, sin perjuicio de las funciones propias de la citada Secretar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Monitorear factores que puedan generar \u00a0conflictividad social y articular mecanismos de prevenci\u00f3n de la violencia a \u00a0trav\u00e9s del Programa Presidencial para el di\u00e1logo social y la convivencia \u00a0CEDISCO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Asistir al Gobierno nacional en el \u00a0dise\u00f1o, formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de planes, programas y actividades \u00a0relacionadas con la Acci\u00f3n Integral contra Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar a nivel nacional y \u00a0territorial, intersectorial e interinstitucionalmente, la Acci\u00f3n Integral \u00a0contra Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Fomentar, promover y difundir la cultura \u00a0de la legalidad entendida como el respeto de los ciudadanos por los valores, \u00a0normas e instituciones del Estado de Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar y monitorear en el orden \u00a0nacional y territorial las actividades de Acci\u00f3n Integral contra Minas \u00a0Antipersonal, mediante la aplicaci\u00f3n de lineamientos t\u00e9cnicos y mecanismos de \u00a0regulaci\u00f3n de los actores estatales y no estatales de la AICMA en sus pilares: \u00a0desminado humanitario, educaci\u00f3n en el riesgo de minas antipersonal y \u00a0asistencia integral a las v\u00edctimas y emitir concepto t\u00e9cnico sobre la \u00a0alineaci\u00f3n estrat\u00e9gica de los planes, proyectos de la Acci\u00f3n Integral Contra \u00a0Minas Antipersonal, por solicitud de cooperantes u operadores de la AICMA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Formular y liderar la estrategia de \u00a0Acci\u00f3n Integral Contra Minas Antipersonal AICMA a nivel nacional y coadyuvar al \u00a0desarrollo de la Pol\u00edtica P\u00fablica en la materia, elaborando y adoptando los \u00a0est\u00e1ndares nacionales para las actividades relativas a la Acci\u00f3n Integral \u00a0contra Minas Antipersonal y velar por su difusi\u00f3n, aplicaci\u00f3n y cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Elaborar y coordinar la estrategia \u00a0nacional de Acci\u00f3n contra Minas Antipersonal en todo lo referente, al desminado \u00a0humanitario; asistencia y rehabilitaci\u00f3n a v\u00edctimas; destrucci\u00f3n de minas \u00a0almacenadas; campa\u00f1as de concientizaci\u00f3n y educaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n civil; y \u00a0todos aquellos aspectos que demanden el cumplimiento del tratado de Ottawa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Mantener la base del Sistema de \u00a0Informaci\u00f3n de Acci\u00f3n contra Minas Antipersonal, encarg\u00e1ndose de requerir, \u00a0recopilar, sistematizar, centralizar y actualizar toda la informaci\u00f3n sobre el \u00a0tema y acreditar a las organizaciones, entidades p\u00fablicas y privadas que \u00a0realicen procesos de Educaci\u00f3n en el Riesgo de Minas Antipersonal (ERM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Servir de fuente oficial de informaci\u00f3n \u00a0para la toma de decisiones de acuerdo con la informaci\u00f3n recolectada sobre los \u00a0programas de prevenci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n de mapas, remoci\u00f3n de minas \u00a0y atenci\u00f3n a v\u00edctimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial Nacional para la Acci\u00f3n contra las Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La informaci\u00f3n sobre los procesos \u00a0de paz la suministrar\u00e1 el Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Consejer\u00eda Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n. \u00a0Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la \u00a0Consolidaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular y coordinar \u00a0interinstitucionalmente desde el Gobierno nacional las directrices y l\u00edneas de \u00a0pol\u00edtica que permitan la implementaci\u00f3n del Acuerdo Final para lograr la \u00a0estabilizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n en los territorios intervenidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y \u00a0desarrollo de las pol\u00edticas, programas y proyectos que se requieran para la \u00a0implementaci\u00f3n del Acuerdo Final, en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y programas para la reincorporaci\u00f3n de los grupos \u00a0armados ilegales, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Nacional de Reincorporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas en materia de seguridad en desarrollo de lo previsto en el Acuerdo \u00a0Final, en coordinaci\u00f3n con la Consejer\u00eda Presidencial para la Seguridad \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Articular la relaci\u00f3n entre las dem\u00e1s \u00a0entidades del Gobierno nacional, la empresa privada, los organismos \u00a0internacionales y las autoridades departamentales y locales, en la funci\u00f3n de \u00a0implementaci\u00f3n del Acuerdo de Paz, con el fin de lograr la estabilizaci\u00f3n y \u00a0consolidaci\u00f3n en los territorios intervenidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar el cumplimiento de los \u00a0compromisos derivados del Acuerdo Final y de su alineaci\u00f3n con el Plan de \u00a0Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Articular y verificar con las dem\u00e1s \u00a0entidades del Gobierno nacional y dem\u00e1s actores, la implementaci\u00f3n de la \u00a0normativa necesaria para el cumplimiento de los compromisos derivados del \u00a0Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar, en articulaci\u00f3n con el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n (DNP) y a trav\u00e9s del Sistema Integrado de Informaci\u00f3n para el \u00a0Posconflicto (SIIPO), el seguimiento y control a los recursos que se inviertan \u00a0en la implementaci\u00f3n del Acuerdo Final de Paz, propendiendo por su \u00a0transparencia y eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Servir como vocero del Gobierno en los asuntos que determine \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica y el Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0inversi\u00f3n privada y recursos p\u00fablicos, as\u00ed como cooperaci\u00f3n internacional, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia (APC), que permita coadyuvar la implementaci\u00f3n del Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Gestionar y apoyar la formulaci\u00f3n y \u00a0estructuraci\u00f3n, implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, en el territorio, de los Planes de \u00a0Desarrollo con Enfoque Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la estrategia nacional de \u00a0planeaci\u00f3n y seguimiento y verificaci\u00f3n de cumplimiento a la gesti\u00f3n de la \u00a0implementaci\u00f3n del Acuerdo de Paz para la estabilizaci\u00f3n, en todos los niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Definir y coordinar con los organismos \u00a0nacionales y territoriales pertinentes la estrategia de rendici\u00f3n de cuentas y \u00a0verificaci\u00f3n de cumplimiento de los compromisos derivados del Acuerdo Final, \u00a0as\u00ed como su alineaci\u00f3n con el plan de gobierno y la articulaci\u00f3n con las \u00a0entidades de gobierno y organismos internacionales de verificaci\u00f3n y \u00a0seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adelantar y coordinar las gestiones \u00a0necesarias con los actores institucionales que se requieran para que se logre \u00a0la estructuraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la normativa regulatoria para la estabilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Gestionar y apoyar la revisi\u00f3n jur\u00eddica \u00a0de las diferentes propuestas normativas derivadas de la implementaci\u00f3n del \u00a0Acuerdo Final de Paz, para que sean entregadas a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Determinar las necesidades financieras \u00a0que respondan a la planeaci\u00f3n de largo plazo, la focalizaci\u00f3n tem\u00e1tica y \u00a0geogr\u00e1fica, y el an\u00e1lisis financiero y presupuestal de los recursos requeridos \u00a0para la fase de estabilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Gestionar con las entidades ejecutoras \u00a0proyectos o iniciativas que respondan a la articulaci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas de estabilizaci\u00f3n definidas por la Consejer\u00eda, en el marco del \u00a0direccionamiento estrat\u00e9gico de los recursos del Fondo Colombia en Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ejercer la ordenaci\u00f3n del gasto del \u00a0Fondo Colombia en Paz y sus subcuentas en desarrollo de lo establecido por el \u00a0art\u00edculo 110 del Estatuto Org\u00e1nico de Presupuesto, e impartir las directrices e \u00a0instrucciones operativas a la fiducia como administrador de los recursos del \u00a0FCP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Fungir como Secretario T\u00e9cnico del \u00a0Consejo Directivo del Fondo Colombia en Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Promover observatorios de transparencia \u00a0ciudadana en las zonas del pa\u00eds que concentren mayores recursos para la \u00a0implementaci\u00f3n del Acuerdo Final y otras acciones relacionadas con el \u00a0posconflicto, as\u00ed como mecanismos de control preventivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan a la \u00a0Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto, Derechos Humanos y Seguridad \u00a0y a la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto se entender\u00e1n \u00a0realizadas a la Consejer\u00eda Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la \u00a0Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- \u00a0Privada. Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en las actividades relacionadas con el \u00a0sector privado y en materia de competitividad, ciencia, tecnolog\u00eda, innovaci\u00f3n \u00a0y desarrollo empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en los temas estrat\u00e9gicos que requieran \u00a0la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas con la participaci\u00f3n del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y articular los principales \u00a0actores de los sectores p\u00fablico y privado a nivel nacional y regional, en \u00a0materia de competitividad, productividad, ciencia, tecnolog\u00eda, innovaci\u00f3n y \u00a0desarrollo empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar mecanismos de gesti\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y concertaci\u00f3n entre los actores y entidades p\u00fablicas y privadas, \u00a0competentes en materia de competitividad, ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n, con \u00a0el fin de promover el emprendimiento y el desarrollo productivo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar, coordinar y gestionar el Sistema \u00a0Nacional de Competitividad, Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Liderar, coordinar y gestionar a las \u00a0entidades e instituciones responsables de ejecutar las iniciativas de la Agenda \u00a0Nacional de Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recomendar mecanismos para el desarrollo, \u00a0apoyo y promoci\u00f3n del sector privado en su liderazgo y responsabilidad para el \u00a0logro de intereses y necesidades p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en la promoci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de \u00a0alianzas sostenibles entre los actores p\u00fablicos y privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar en los asuntos econ\u00f3micos que \u00a0por decisi\u00f3n expresa del Presidente de la Rep\u00fablica le sean encomendados y \u00a0presentar las recomendaciones para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Orientar y coordinar lo relacionado con \u00a0la adhesi\u00f3n de Colombia a la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico (OCDE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento y en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el seguimiento, coordinaci\u00f3n y \u00a0an\u00e1lisis de la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que \u00a0impactan e interesan al sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar seguimiento y acompa\u00f1ar el \u00a0tr\u00e1mite de proyectos de ley de relevancia para el sector productivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan a la \u00a0Consejer\u00eda para la Gesti\u00f3n P\u00fablica y Privada, Consejer\u00eda Econ\u00f3mica de la Presidencia, \u00a0a la Consejer\u00eda Presidencial del Sistema de Competitividad e Innovaci\u00f3n o la \u00a0Alta Consejer\u00eda para el Sector Privado y la Competitividad, en relaci\u00f3n con el \u00a0Sector Privado y Competitividad, deben entenderse referidas a la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. Son funciones \u00a0de la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0al Secretario General de la Presidencia y al Gobierno nacional, en el dise\u00f1o de \u00a0la estrategia general de comunicaciones en la definici\u00f3n de objetivos, mensajes \u00a0y contenidos; y coordinar su seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y acompa\u00f1ar a los directores de \u00a0comunicaciones y oficinas de prensa de los Ministerios, en la construcci\u00f3n y \u00a0seguimiento de la estrategia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar y alinear la estrategia general \u00a0de comunicaciones del Gobierno nacional en el manejo de situaciones especiales de \u00a0crisis de reputaci\u00f3n y\/o imagen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Gobierno nacional en la \u00a0formulaci\u00f3n y revisi\u00f3n de la estrategia de manejo de imagen de Colombia en el \u00a0interior y exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Gobierno nacional en la \u00a0ejecuci\u00f3n de las estrategias sectoriales y regionales en materia de \u00a0comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Secretar\u00eda de Prensa, la estrategia, los lineamientos y la metodolog\u00eda de \u00a0divulgaci\u00f3n a medios de comunicaci\u00f3n, de los actos en los que participen el \u00a0Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica, los ministros, los directores de \u00a0departamentos administrativos y los altos funcionarios del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Supervisar la implementaci\u00f3n y la \u00a0publicaci\u00f3n de las herramientas, piezas, mensajes y contenidos para los eventos \u00a0en que participe el Presidente de la Rep\u00fablica y aquellos que se deriven de la \u00a0ejecuci\u00f3n de la estrategia de comunicaciones del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento y formular \u00a0recomendaciones sobre la informaci\u00f3n emitida por las agencias de noticias y los \u00a0diferentes medios de comunicaci\u00f3n en los casos en los que se considere \u00a0pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar las actividades de \u00a0relacionamiento estrat\u00e9gico con audiencias que sean importantes para el buen \u00a0entendimiento de las pol\u00edticas del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con la Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Innovaci\u00f3n y la Transformaci\u00f3n Digital, la formulaci\u00f3n de la estrategia \u00a0digital, la definici\u00f3n de objetivos, mensajes y contenidos, la cual debe estar \u00a0alineada con la estrategia general de comunicaciones del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que sean asignadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan a la \u00a0Alta Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones, deben entenderse \u00a0referidas a la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 21: \u00a0Ver Directiva \u00a0Presidencial 3 de 2019. Ver Circular 1 de 2019, CITDCPC. D.O. 50.3903, pag. \u00a01. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Consejer\u00eda Presidencial para las Regiones. Son funciones de la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para las Regiones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en relaci\u00f3n con las pol\u00edticas, planes y \u00a0programas que el Gobierno nacional debe adelantar en las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la creaci\u00f3n de espacios de \u00a0interacci\u00f3n y di\u00e1logo permanente entre las autoridades de orden territorial, el \u00a0Gobierno nacional y los ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y apoyar a las entidades \u00a0competentes del orden nacional y territorial en la ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas y el \u00a0desarrollo de programas, planes y proyectos estrat\u00e9gicos del Gobierno nacional \u00a0en el territorio, atendiendo las directrices del Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0del Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular la comunicaci\u00f3n e implementar \u00a0los mecanismos de gesti\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre el Gobierno nacional y los \u00a0Gobiernos Territoriales, seg\u00fan las directrices del Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0el Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar el seguimiento a las solicitudes \u00a0y compromisos que se deriven de la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica y los \u00a0diferentes espacios que se coordinen entre el Gobierno nacional y las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y con aquellas entidades que \u00a0se requiera los aspectos log\u00edsticos, de tecnolog\u00eda y comunicaciones inherentes \u00a0a la interacci\u00f3n que se adelante con las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional con el fin de impulsar proyectos regionales, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Econ\u00f3micos y Estrat\u00e9gicos. \u00a0Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Econ\u00f3micos y \u00a0Estrat\u00e9gicos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y al Secretario General de la Presidencia en las actividades \u00a0relacionadas con la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias gubernamentales a \u00a0cargo de las entidades del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a las entidades del Gobierno \u00a0nacional en actividades relacionadas con la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y \u00a0estrategias gubernamentales referentes a la Econom\u00eda Naranja y temas de \u00a0car\u00e1cter social, que por decisi\u00f3n expresa del Presidente de la Rep\u00fablica le \u00a0sean encomendados y presentar las recomendaciones para la implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar, de acuerdo con las instrucciones \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y del Secretario General de la Presidencia a las \u00a0entidades del Gobierno nacional en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con territorios, proyectos y planes \u00a0estrat\u00e9gicos con \u00e9nfasis en temas sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Secretario General de la Presidencia en la coordinaci\u00f3n de los asuntos \u00a0prioritarios y estrat\u00e9gicos del Gobierno a ser ejecutados por las diferentes \u00a0entidades del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en la implementaci\u00f3n de mecanismos para \u00a0la ejecuci\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas del Gobierno en asuntos prioritarios y \u00a0estrat\u00e9gicos y preparar los documentos y registros que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento y en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Servir como vocero del Gobierno en los \u00a0asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica y el Secretario General de \u00a0la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar peri\u00f3dicamente informes \u00a0estrat\u00e9gicos en materia econ\u00f3mica y social para la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar y presentar informes sectoriales \u00a0o de investigaci\u00f3n social que sirvan como soporte a la toma de decisiones \u00a0estrat\u00e9gicas de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover la responsabilidad social \u00a0empresarial, en coordinaci\u00f3n con las pol\u00edticas del Gobierno nacional en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos y Legislativos. \u00a0Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos y \u00a0Legislativos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y al Secretario General en sus relaciones con los partidos y \u00a0movimientos pol\u00edticos del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Efectuar seguimiento a la agenda \u00a0legislativa del Gobierno y presentar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Secretario General de la Presidencia de la Rep\u00fablica sus recomendaciones sobre \u00a0el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento a los trabajos y agenda \u00a0de las comisiones legislativas y las sesiones plenarias del Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica e informar sobre los mismos al Presidente de la Rep\u00fablica, los \u00a0Ministros, al Director del Departamento y a los Consejeros Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar, de acuerdo con las instrucciones \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y en coordinaci\u00f3n con el Secretario General, al \u00a0Ministerio del Interior en las relaciones del Gobierno con los partidos y \u00a0movimientos pol\u00edticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Secretario General de la Presidencia en la coordinaci\u00f3n que se debe adelantar \u00a0con el Congreso de la Rep\u00fablica y los partidos y movimientos pol\u00edticos para \u00a0llevar a cabo la ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos a cargo del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Brindar apoyo, cuando el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica lo determine, a los Ministerios en el tr\u00e1mite legislativo de los \u00a0proyectos de ley de inter\u00e9s del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las oficinas competentes de \u00a0los Ministerios y Departamentos Administrativos las respuestas a los \u00a0cuestionarios de control pol\u00edtico que formule el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento y en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la secretar\u00eda ejecutiva de las \u00a0mesas pol\u00edticas que se conformen por iniciativa del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos \u00a0Internacionales. Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0al Secretario General de la Presidencia y a las entidades del Gobierno nacional \u00a0en la promoci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y direccionamiento de la pol\u00edtica integral de \u00a0derechos humanos, as\u00ed como en la promoci\u00f3n de acciones dirigidas a garantizar \u00a0la adecuada protecci\u00f3n de los derechos humanos en el territorio nacional y la \u00a0aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar, coordinar e impulsar el \u00a0desarrollo de la pol\u00edtica p\u00fablica de derechos humanos, a trav\u00e9s del Sistema \u00a0Nacional de Derechos Humanos y DIH, promoviendo la incorporaci\u00f3n del enfoque de \u00a0derechos en las dem\u00e1s pol\u00edticas p\u00fablicas sectoriales a nivel nacional y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar recomendaciones a las \u00a0entidades, del orden nacional y territorial, respecto de la implementaci\u00f3n de \u00a0sus pol\u00edticas p\u00fablicas con el fin de dar cumplimiento de manera integral a las \u00a0obligaciones constitucionales y legales del Estado colombiano, as\u00ed como los \u00a0compromisos adquiridos a nivel nacional e internacional, en materia de \u00a0promoci\u00f3n, protecci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario, de \u00a0acuerdo con lo dispuesto en el Decreto n\u00famero \u00a04100 de 2011 y Decreto n\u00famero \u00a01216 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer y adelantar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes, actividades en materia de educaci\u00f3n en derechos \u00a0humanos, promoviendo as\u00ed una cultura en la materia a nivel nacional, regional y \u00a0local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover espacios de interlocuci\u00f3n y \u00a0di\u00e1logo a nivel nacional, regional y local con las organizaciones no gubernamentales \u00a0y la sociedad civil, en torno a los derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Impulsar la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, del Plan \u00a0Nacional de Acci\u00f3n de Derechos Humanos y Empresa, articulado con las l\u00edneas estrat\u00e9gicas \u00a0que se desprendan del Sistema Nacional de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar el Sistema Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n en Derechos Humanos con el fin de elaborar an\u00e1lisis de contexto e \u00a0informes sobre el estado de cumplimiento de los compromisos nacionales e \u00a0internacionales del Estado en materia de Derechos Humanos y la aplicaci\u00f3n del \u00a0Derecho Internacional Humanitario (DIH), as\u00ed como identificar y registrar \u00a0situaciones de violaci\u00f3n de derechos humanos e infracci\u00f3n al Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar un informe anual en donde se \u00a0identifiquen los avances y desaf\u00edos de la situaci\u00f3n de Derechos Humanos y \u00a0Derecho Internacional Humanitario en Colombia, promoviendo e impulsando las \u00a0acciones que sean necesarias para conjurar los eventos que puedan dar lugar a \u00a0violaciones de los derechos humanos y el DIH, o replicar situaciones de buenas \u00a0pr\u00e1cticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial para la Prevenci\u00f3n del Reclutamiento, en los t\u00e9rminos \u00a0del Decreto n\u00famero \u00a0552 de 2012 y Decreto n\u00famero \u00a01569 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar, impulsar y hacer seguimiento \u00a0a las acciones que se adelanten con las entidades p\u00fablicas, tanto en el nivel \u00a0nacional como en el territorial, las agencias de cooperaci\u00f3n internacional y \u00a0las organizaciones sociales nacionales e internacionales, destinadas a prevenir \u00a0el reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes \u00a0por parte de grupos armados organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Secretario General de la Presidencia en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, en temas relacionados con pol\u00edtica exterior y asuntos \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Impulsar y hacer seguimiento a las \u00a0iniciativas del Presidente de la Rep\u00fablica en la agenda bilateral y \u00a0multilateral del Estado colombiano en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Representar, por instrucciones del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o del Secretario General de la Presidencia, al \u00a0Gobierno colombiano en foros de discusi\u00f3n, audiencias p\u00fablicas y dem\u00e1s \u00a0escenarios que estos designen en el \u00e1mbito nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores el fortalecimiento de la posici\u00f3n del Estado frente a los \u00a0temas de la agenda global de Derechos Humanos e implementar las acciones \u00a0correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones internacionales, as\u00ed \u00a0como de las medidas ordenadas en sentencias internacionales o acuerdos de \u00a0soluci\u00f3n amistosa en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Articular y coordinar con la Agencia Nacional de Defensa \u00a0Jur\u00eddica del Estado la posici\u00f3n frente a litigios internacionales y asuntos de \u00a0Derecho Internacional, incluyendo casos de presuntas violaciones de derechos \u00a0humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH), que est\u00e9n \u00a0siendo conocidas por \u00f3rganos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos de la Direcci\u00f3n \u00a0del Departamento y en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan a la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos, se entender\u00e1n realizadas a \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Consejer\u00eda Presidencial para la Seguridad Nacional. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Seguridad Nacional, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Producir an\u00e1lisis estrat\u00e9gico y \u00a0recomendaciones en materia de seguridad nacional, defensa nacional, seguridad ciudadana, \u00a0ciberdefensa y ciberseguridad en los aspectos que considere el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y el Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Valorar las amenazas a la seguridad \u00a0nacional y proponer las prioridades y estrategias para enfrentarlas, a partir \u00a0de la informaci\u00f3n que proporcionen las diferentes entidades y organismos del \u00a0Estado en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer prioridades en materia de \u00a0seguridad ciudadana, en los temas que considere el Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0el Secretario General de la Presidencia, as\u00ed como estrategias y programas para \u00a0reducir la criminalidad urbana y el crimen organizado, a partir de la \u00a0informaci\u00f3n que proporcionen las diferentes entidades y organismos del Estado \u00a0en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer al Consejo de Seguridad Nacional \u00a0la caracterizaci\u00f3n de los grupos armados organizados y el uso de la fuerza a \u00a0ser autorizado en cada caso, a partir de la informaci\u00f3n que suministren las \u00a0Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar y acompa\u00f1ar el dise\u00f1o de la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica de seguridad nacional y establecer un sistema de seguimiento y \u00a0monitoreo de la misma, en coordinaci\u00f3n con las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Facilitar la coordinaci\u00f3n \u00a0interinstitucional para el cumplimiento de las funciones y decisiones del \u00a0Consejo y el Comit\u00e9 Operativo de Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento a la agenda legislativa \u00a0que impacte los temas de competencia del Consejo de Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Convocar comit\u00e9s tem\u00e1ticos de \u00a0coordinaci\u00f3n para preparar las sesiones del Consejo de Seguridad Nacional y del \u00a0Comit\u00e9 Operativo de Seguridad Nacional y hacer seguimiento al cumplimiento de \u00a0sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar las actas del Consejo de Seguridad \u00a0Nacional y el Comit\u00e9 Operativo de Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan al \u00a0Alto Asesor Presidencial para la Seguridad Nacional o a la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial de Seguridad, deben entenderse referidas a la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y Adolescencia. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y Adolescencia, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Gobierno nacional y \u00a0a las entidades territoriales en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de las acciones que promueven la generaci\u00f3n de oportunidades para la \u00a0infancia y la adolescencia, para el goce efectivo de sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gestionar alianzas con organismos y \u00a0entidades nacionales e internacionales, de car\u00e1cter p\u00fablico y privado para la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y programas para el cumplimiento de la atenci\u00f3n \u00a0integral de los ni\u00f1os y ni\u00f1as y la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Infancia y \u00a0Adolescencia para buscar la transici\u00f3n arm\u00f3nica a la juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades p\u00fablicas y privadas, programas, proyectos y actividades en favor de \u00a0la nutrici\u00f3n y el desarrollo de los ni\u00f1os y ni\u00f1as. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular, con las dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, estrategias para la consecuci\u00f3n de recursos p\u00fablicos, privados y \u00a0de cooperaci\u00f3n internacional, destinados para el cumplimiento de la pol\u00edtica de \u00a0Cero a Siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Fomentar en los ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes en coordinaci\u00f3n con las entidades territoriales, el uso eficiente \u00a0del tiempo libre mediante herramientas y espacios l\u00fadicos que conserven un \u00a0componente educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Propender por el fortalecimiento de \u00a0sistemas de monitoreo, evaluaci\u00f3n y seguimiento de las acciones implementadas \u00a0por las entidades miembros de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n \u00a0Integral de la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0entidades competentes, en el marco de la CIPI, las estrategias que faciliten el \u00a0acceso de los ni\u00f1os y ni\u00f1as a los servicios de nutrici\u00f3n ofrecidos por las \u00a0entidades gubernamentales y no gubernamentales con el objetivo de que mejoren \u00a0su formaci\u00f3n integral y su calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y coordinar con las entidades \u00a0competentes, pol\u00edticas p\u00fablicas que permitan el acceso con calidad y equidad de \u00a0los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes a las actividades en favor de la nutrici\u00f3n, \u00a0desarrollo y en lo relacionado con la garant\u00eda y el goce efectivo de sus \u00a0derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presidir, coordinar y ejercer la \u00a0secretar\u00eda t\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de \u00a0la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico Ampliado de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la atenci\u00f3n integral para \u00a0la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan a la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Primera Infancia deben entenderse referidas a \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia Joven. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia Joven, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Gobierno nacional y \u00a0a las entidades territoriales, en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que promuevan la generaci\u00f3n \u00a0de oportunidades para la juventud y la eliminaci\u00f3n de las barreras para su \u00a0desarrollo, con miras a su transformaci\u00f3n integral y al goce efectivo de sus \u00a0derechos, bajo los par\u00e1metros de legalidad, emprendimiento y equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el Sistema Nacional de Juventud \u00a0de acuerdo con los principios y disposiciones contenidas en la Ley 1622 de 2013 y \u00a0garantizar el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Facilitar a los j\u00f3venes el conocimiento y \u00a0el acceso a la oferta institucional del Estado en materia de juventud, a trav\u00e9s \u00a0de la implementaci\u00f3n de estrategias que hagan visibles los beneficios de los \u00a0planes y programas previstos por las distintas entidades estatales para \u00a0garantizar su formaci\u00f3n integral y calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Generar espacios de interlocuci\u00f3n \u00a0continua entre el Estado y los j\u00f3venes, en los que la juventud pueda expresar \u00a0sus puntos de vista, necesidades, perspectivas y participar de manera activa en \u00a0el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que les conciernen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular programas, proyectos y \u00a0actividades en favor de la juventud en coordinaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas \u00a0y privadas nacionales e internacionales, que propendan por garantizar los \u00a0derechos a la salud, a gozar de ambientes sanos e id\u00f3neos, cultura, deporte y \u00a0tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fomentar en los j\u00f3venes, a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas p\u00fablicas y en coordinaci\u00f3n con las entidades territoriales, la \u00a0importancia que tiene la participaci\u00f3n pol\u00edtica en el fortalecimiento de la \u00a0democracia y en la construcci\u00f3n de sus proyectos de vida y de un pa\u00eds donde los \u00a0ciudadanos conservan la confianza en su institucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar a la juventud herramientas que \u00a0permitan su inserci\u00f3n en el mercado laboral, el acceso al primer empleo en \u00a0condiciones dignas e igualitarias, la proscripci\u00f3n de la falta de experiencia \u00a0como causal de discriminaci\u00f3n y la eliminaci\u00f3n de obst\u00e1culos que impidan su \u00a0interacci\u00f3n con diversas oportunidades laborales que consideren su vocaci\u00f3n y \u00a0aptitudes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover planes y programas dirigidos a \u00a0fomentar el uso eficiente del tiempo libre de los j\u00f3venes, mediante \u00a0herramientas y espacios l\u00fadicos que conserven un componente educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar asistencia t\u00e9cnica a los \u00a0departamentos, distritos y municipios en la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de sus pol\u00edticas para la garant\u00eda de los derechos de los j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar alianzas con organismos y con \u00a0entidades nacionales e internacionales de car\u00e1cter p\u00fablico, privado y mixto que \u00a0contribuyan a la garant\u00eda y cumplimiento de los derechos de los j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular estrategias de seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n a las pol\u00edticas p\u00fablicas existentes en materia de juventud con el \u00a0prop\u00f3sito de analizar su conveniencia y avance. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asistir al Gobierno nacional en la \u00a0organizaci\u00f3n y desarrollo de un programa especial de apoyo al Consejo Nacional \u00a0de Juventud, los Consejos Departamentales de Juventud y a los Consejos \u00a0Distritales, Municipales y locales de juventud, en los t\u00e9rminos de la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n de Concertaci\u00f3n y Decisi\u00f3n Nacional del Sistema Nacional de \u00a0Juventudes, de manera compartida con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, en \u00a0su calidad de dependencia rectora del Sistema Nacional de Juventudes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar el portal de juventud que \u00a0incluir\u00e1 informaci\u00f3n de oferta y demanda de servicios para garant\u00eda de los \u00a0derechos expresados en el Estatuto de Ciudadan\u00eda Juvenil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Administrar el Sistema Nacional de \u00a0Informaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Conocimiento en Adolescencia y Juventud (SNIGCAJ). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Consejer\u00eda Presidencial para la Innovaci\u00f3n y la Transformaci\u00f3n Digital. \u00a0Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Innovaci\u00f3n y la \u00a0Transformaci\u00f3n Digital, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0el Secretario General de la Presidencia en las actividades relacionadas con la \u00a0innovaci\u00f3n, emprendimiento, transformaci\u00f3n digital y apropiaci\u00f3n tecnol\u00f3gica de \u00a0los sectores p\u00fablicos y privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Servir como vocero del Gobierno en los asuntos que determine \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica en materia de Econom\u00eda y Gobierno digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar en el seguimiento y la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y \u00a0directrices impartidas por el Presidente de la Rep\u00fablica y el Gobierno \u00a0nacional, en materia de apropiaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, arquitectura tecnol\u00f3gica, \u00a0transformaci\u00f3n digital, comercio electr\u00f3nico e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar en el seguimiento y la ejecuci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas e instrucciones impartidas por el Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0el Gobierno nacional, en materia de seguridad digital &#8211; Cyber seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar a los actores gubernamentales \u00a0que intervengan en la implementaci\u00f3n de la apropiaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, el comercio \u00a0electr\u00f3nico, la transformaci\u00f3n digital y adelantar el seguimiento de las \u00a0actividades concertadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las entidades competentes, \u00a0la adopci\u00f3n de regulaciones y desregulaciones inteligentes que permitan el \u00a0desarrollo y el fomento de la econom\u00eda digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Liderar el desarrollo del ecosistema \u00a0digital entre entidades p\u00fablicas, el sector privado y el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar la comisi\u00f3n intersectorial para \u00a0el Desarrollo de la Econom\u00eda Digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Recomendar mecanismos de adopci\u00f3n tecnol\u00f3gica \u00a0con el fin de garantizar la sostenibilidad, y mejorar la productividad p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0en las \u00e1reas y temas estrat\u00e9gicos que requieran de la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas relacionadas con tecnolog\u00eda, transformaci\u00f3n digital e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a los actores relacionados con \u00a0el ecosistema digital, en materia de ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar la adopci\u00f3n de arquitecturas \u00a0tecnol\u00f3gicas del Gobierno y en su interacci\u00f3n con las dem\u00e1s ramas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Recomendar acciones que garanticen que \u00a0el Estado y la sociedad tengan el capital humano requerido para una econom\u00eda \u00a0digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Impartir lineamientos para la inversi\u00f3n \u00a0de recursos p\u00fablicos en desarrollo de tecnolog\u00eda y servicios asociados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Efectuar seguimiento a la Agenda Digital \u00a0OCDE, Alianza Pac\u00edfico y dem\u00e1s organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Acompa\u00f1ar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional en materia de transformaci\u00f3n digital y seguridad \u00a0digital, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 29: \u00a0Ver Circular 1 de 2019, CITDCPC. D.O. 50.3903, pag. 1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Consejer\u00eda Presidencial para la Gesti\u00f3n y Cumplimiento. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Gesti\u00f3n y Cumplimiento, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0en la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias gubernamentales a cargo de los ministerios, \u00a0departamentos administrativos y dem\u00e1s entidades, orientadas al cumplimiento de \u00a0las prioridades que se\u00f1ale el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar a las entidades \u00a0gubernamentales para la efectiva ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y estrategias a \u00a0cargo de la Consejer\u00eda, que desarrollen las prioridades se\u00f1aladas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. Para este fin, coordinar\u00e1 con el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades pertinentes, la \u00a0ejecuci\u00f3n de programas para el mejoramiento de capacidades en las entidades \u00a0gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0mecanismos de articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre entidades gubernamentales, que \u00a0tienen a su cargo funciones que inciden en la ejecuci\u00f3n de las prioridades por \u00a0\u00e9l se\u00f1aladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y hacer seguimiento a las \u00a0acciones que deban adelantar las entidades gubernamentales, de manera conjunta, \u00a0para el cumplimiento de las prioridades se\u00f1aladas, de acuerdo con las \u00a0instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica y del Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Rendir informe peri\u00f3dico al Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica, sobre el avance en la gesti\u00f3n y el cumplimiento de las acciones \u00a0que deban adelantar las entidades gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar al Director del Departamento en la \u00a0coordinaci\u00f3n de acciones conjuntas de las entidades nacionales encargadas de \u00a0ejecutar planes y programas asociados a metas estrat\u00e9gicas del plan de \u00a0desarrollo y rendir los informes que sean solicitados sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y hacer seguimiento a las \u00a0pol\u00edticas, estrategias y acciones para la transformaci\u00f3n y mejora en la \u00a0eficiencia de la Administraci\u00f3n P\u00fablica y en el servicio al ciudadano, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s \u00a0entidades gubernamentales ejecutoras de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en \u00a0la fijaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de indicadores encaminados al seguimiento de las \u00a0prioridades por \u00e9l se\u00f1aladas, de manera coordinada con las entidades \u00a0gubernamentales, en especial con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional o cr\u00e9dito externo, atendiendo los lineamientos \u00a0establecidos por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia y \u00a0el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n el fortalecimiento de indicadores de seguimiento al Plan Nacional \u00a0de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia, que le sean asignadas por el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Subdirecci\u00f3n General. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n General, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y liderar el desarrollo e \u00a0implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica, normas y procedimientos en materia de \u00a0administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos y prestaci\u00f3n de servicios administrativos a \u00a0cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la administraci\u00f3n, custodia y \u00a0conservaci\u00f3n de los bienes muebles, inmuebles, tangibles e intangibles, de \u00a0propiedad o al servicio del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Impartir lineamientos a los cuales deben \u00a0sujetarse los procesos de contrataci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de bienes y \u00a0servicios necesarios para cumplir con los objetivos, planes, metas y funciones \u00a0de la Entidad, en el marco de las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Liderar y establecer en coordinaci\u00f3n con \u00a0el Batall\u00f3n Guardia Presidencial, los planes y programas relacionados con los \u00a0servicios administrativos y log\u00edsticos requeridos por el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, para garantizar la seguridad \u00a0del Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familias, incluyendo el \u00a0mantenimiento de la infraestructura de bienes muebles e inmuebles que se \u00a0requieran y el bienestar de los servidores p\u00fablicos que tengan asignada la \u00a0funci\u00f3n de que trata el presente numeral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Director del Departamento en la \u00a0formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica y planes de acci\u00f3n del Sector y asistirlo en las \u00a0funciones de direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control administrativo de las entidades \u00a0adscritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la aplicaci\u00f3n del Plan de \u00a0Desarrollo Administrativo y otros planes y programas espec\u00edficos del sector \u00a0administrativo y orientar y dirigir la elaboraci\u00f3n de los informes y estudios \u00a0especiales que sobre los mismos deban presentarse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar al Director del Departamento en la \u00a0coordinaci\u00f3n de las entidades del sector para la implementaci\u00f3n y seguimiento \u00a0de las prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica en \u00e1reas y proyectos \u00a0estrat\u00e9gicos de competencia del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y con aquellas \u00a0entidades del sector, la consecuci\u00f3n de los elementos log\u00edsticos necesarios \u00a0para la ejecuci\u00f3n de acciones sectoriales conjuntas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar, en colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias pertinentes, los informes y estudios que deba presentar el \u00a0Departamento Administrativo a las diferentes entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asistir y representar al Director del \u00a0Departamento en sus relaciones con otras autoridades cuando este lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer los lineamientos, coordinar y \u00a0acompa\u00f1ar las iniciativas de cooperaci\u00f3n internacional presentadas por las \u00a0dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Celebrar y suscribir, por delegaci\u00f3n, \u00a0los convenios de cooperaci\u00f3n internacional que gestionen las dependencias \u00a0misionales del Departamento y realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los \u00a0mismos, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Orientar y dar lineamientos para la \u00a0eficiente gesti\u00f3n financiera, administrativa y t\u00e9cnica de los fondos cuenta del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los \u00a0informes que requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Solicitar la informaci\u00f3n administrativa, \u00a0financiera y t\u00e9cnica a los responsables de los fondos cuenta del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los informes que \u00a0requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adoptar las pol\u00edticas, planes, programas \u00a0y proyectos, relacionados con el manejo presupuestal y financiero del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar las pol\u00edticas en materia de gesti\u00f3n \u00a0del talento humano y control interno del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Impartir lineamientos para la \u00a0formulaci\u00f3n de planes, programas y proyectos para el manejo, an\u00e1lisis y \u00a0desarrollo de las tecnolog\u00edas y sistemas de informaci\u00f3n que requiera el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Liderar el desarrollo del sistema \u00a0integrado de gesti\u00f3n institucional y establecer los procedimientos para \u00a0garantizar la atenci\u00f3n de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias para la \u00a0atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asistir a los Consejos, Juntas, Comit\u00e9s \u00a0y en general, a las reuniones de car\u00e1cter oficial que determine el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan a la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Operaciones, Direcci\u00f3n de Operaciones o Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n General deben \u00a0entenderse referidas a la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector General en la \u00a0formulaci\u00f3n de lineamientos, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de \u00a0los recursos f\u00edsicos y prestaci\u00f3n de servicios administrativos y financieros a \u00a0cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar los \u00a0procesos de administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos, prestaci\u00f3n de servicios \u00a0administrativos y gesti\u00f3n financiera de competencia de la Subdirecci\u00f3n General, \u00a0prestando el apoyo necesario para el funcionamiento del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y controlar el desarrollo de los \u00a0procesos de contrataci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de bienes y servicios requeridos \u00a0para el cumplimiento de las funciones del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento y velar por el \u00a0cumplimiento de las normas vigentes en materia de administraci\u00f3n de recursos \u00a0f\u00edsicos, prestaci\u00f3n de servicios administrativos, desarrollo de la gesti\u00f3n \u00a0financiera y procesos de contrataci\u00f3n estatal en el Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar los informes que requiera la \u00a0Subdirecci\u00f3n General de los asuntos a su cargo, y emitir los conceptos que le \u00a0sean solicitados en las materias de competencia de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Rendir de manera oportuna los informes de \u00a0naturaleza contractual con destino a los organismos de control y expedir las \u00a0certificaciones contractuales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control \u00a0interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y \u00a0operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. \u00c1rea Administrativa. Son \u00a0funciones del \u00c1rea Administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar en coordinaci\u00f3n con el \u00e1rea \u00a0financiera, el plan anual de adquisiciones y sus modificaciones, con fundamento \u00a0en las necesidades de la entidad y en concordancia con la programaci\u00f3n que \u00a0realicen las dependencias que requieran los bienes y servicios y hacer \u00a0seguimiento a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los planes y programas \u00a0relacionados con la prestaci\u00f3n de los servicios administrativos y log\u00edsticos \u00a0requeridos por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, incluyendo los servicios correspondientes a salones de estado y \u00a0casas privadas y los servicios autorizados por la Subdirecci\u00f3n General en coordinaci\u00f3n \u00a0con el Batall\u00f3n Guardia Presidencial para esta Unidad Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los \u00a0lineamientos y normas aplicables para el manejo y administraci\u00f3n de los bienes \u00a0muebles e inmuebles de propiedad o al servicio del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, incluyendo las actividades relacionadas con \u00a0el ingreso, registro, almacenamiento, custodia, mantenimiento, conservaci\u00f3n, \u00a0salida y control de los mismos, garantizando la actualizaci\u00f3n del inventario de \u00a0bienes de la Entidad y el cumplimiento de las normas y procedimientos \u00a0aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Mantener actualizada la informaci\u00f3n \u00a0general, t\u00e9cnica, administrativa y jur\u00eddica de todos los activos fijos \u00a0inmobiliarios a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y adelantar los tr\u00e1mites pertinentes ante las entidades competentes \u00a0para intervenir y conservar los bienes de inter\u00e9s cultural a cargo de la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar los planes y programas para el \u00a0manejo, administraci\u00f3n y aseguramiento del parque automotor de propiedad o al \u00a0servicio del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0mantener actualizada la informaci\u00f3n general, t\u00e9cnica, administrativa y jur\u00eddica \u00a0de cada uno de los automotores, y adelantar los tr\u00e1mites pertinentes ante las \u00a0entidades competentes para cumplir con las obligaciones fiscales de la entidad, \u00a0correspondientes al parque automotor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las gestiones y tr\u00e1mites \u00a0necesarios ante las empresas prestadoras de servicios p\u00fablicos y domiciliarios \u00a0para garantizar la continua prestaci\u00f3n del servicio en todas las sedes del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, as\u00ed como los \u00a0requeridos para cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales de la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear y ejecutar los planes y programas \u00a0de gesti\u00f3n documental de la entidad, as\u00ed como los de registro, clasificaci\u00f3n y \u00a0archivo documental y de informaci\u00f3n de la entidad, garantizando el cumplimiento \u00a0de la normatividad vigente, en coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y \u00a0Sistemas de Informaci\u00f3n, cuando corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar los informes que le solicite la \u00a0Subdirecci\u00f3n General y la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera con relaci\u00f3n a \u00a0los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. \u00c1rea de Contratos. Son \u00a0funciones del \u00c1rea de Contratos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar y mantener actualizado el manual \u00a0de contrataci\u00f3n del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y por conducto de la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera \u00a0presentarlo para aprobaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar los procesos de contrataci\u00f3n \u00a0que requiera el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0para la adquisici\u00f3n de bienes y servicios, de acuerdo con necesidades y con \u00a0sujeci\u00f3n a las disposiciones aplicables a cada modalidad de selecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la designaci\u00f3n y cumplimiento \u00a0de funciones del Comit\u00e9 Estructurador y del Comit\u00e9 Evaluador cuando se requiera \u00a0su conformaci\u00f3n en los procesos de contrataci\u00f3n de competencia del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proyectar para firma del competente \u00a0contractual, los actos administrativos, minutas de contratos o convenios y \u00a0dem\u00e1s documentos contractuales que se requieran en desarrollo de las diferentes \u00a0etapas del proceso contractual, y gestionar todos los tr\u00e1mites necesarios para \u00a0su perfeccionamiento, legalizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, incluyendo la revisi\u00f3n y \u00a0aprobaci\u00f3n de las garant\u00edas requeridas y la liquidaci\u00f3n de los contratos cuando \u00a0a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la publicaci\u00f3n de los actos \u00a0administrativos y documentos que se generen en los procesos de contrataci\u00f3n que \u00a0se adelanten en la entidad, de conformidad con lo establecido en las \u00a0disposiciones legales aplicables y en el Manual de Contrataci\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Comunicar a las diferentes dependencias, \u00a0interventores y\/o supervisores del perfeccionamiento de los contratos y remitir \u00a0copias correspondientes para el control de ejecuci\u00f3n respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar con relaci\u00f3n a los contratos o \u00a0convenios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, el \u00a0procedimiento de incumplimiento, imposici\u00f3n de multas y tr\u00e1mites de reclamaci\u00f3n \u00a0para hacer efectivas las garant\u00edas a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y presentar en forma oportuna y \u00a0completa al Director Administrativo y Financiero los informes de naturaleza \u00a0contractual, con destino a los organismos de control y otras autoridades \u00a0respecto de los temas de su competencia, as\u00ed como mantener actualizada la \u00a0informaci\u00f3n necesaria para la expedici\u00f3n de las certificaciones contractuales \u00a0que sean solicitadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar los informes que le solicite la \u00a0Subdirecci\u00f3n General y la Direcci\u00f3n Administrativa con relaci\u00f3n a los asuntos a \u00a0su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. \u00c1rea Financiera. Son funciones \u00a0del \u00c1rea Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar y controlar las actividades encaminadas \u00a0a desarrollas las pol\u00edticas, planes y programas en materia financiera de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar y administrar las operaciones \u00a0financieras del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n la \u00a0preparaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y presentaci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los procesos de ejecuci\u00f3n y \u00a0control del presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n los tr\u00e1mites relacionados con las modificaciones a las \u00a0apropiaciones presupuestales del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica y sus fondos cuenta, que deban presentarse ante la Direcci\u00f3n \u00a0General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y ejecutar los tr\u00e1mites para \u00a0presentar a la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico la constituci\u00f3n de la reserva \u00a0presupuestal y de las cuentas por pagar en cada vigencia fiscal y los dem\u00e1s \u00a0tr\u00e1mites a que hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Efectuar los registros contables de las \u00a0operaciones financieras del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica; elaborar y presentar los estados financieros a los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y ejecutar, bajo la orientaci\u00f3n \u00a0de la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera el Programa Anual Mensualizado de \u00a0Caja (PAC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar y presentar las declaraciones \u00a0tributarias de orden nacional y territorial de acuerdo con la normatividad \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar la informaci\u00f3n financiera para \u00a0ser reportada en la rendici\u00f3n de cuentas a la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la elaboraci\u00f3n, constituci\u00f3n \u00a0de obligaci\u00f3n y pago de las cuentas de acuerdo con la documentaci\u00f3n radicada en \u00a0el \u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las respuestas a los derechos \u00a0de petici\u00f3n, que sean competencia del \u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar al \u00c1rea Administrativa en la \u00a0elaboraci\u00f3n y seguimiento de la ejecuci\u00f3n del Plan Anual de Adquisiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n de la Presidencia de la Rep\u00fablica (SIGEPRE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dar lineamientos para la eficiente gesti\u00f3n financiera de los \u00a0fondos cuenta del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, y preparar los informes que requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Solicitar la informaci\u00f3n financiera a los responsables de \u00a0los fondos cuenta del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, y preparar los informes que requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. \u00c1rea de Talento Humano. Son \u00a0funciones del \u00c1rea de Talento Humano, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y elaborar el plan estrat\u00e9gico de \u00a0talento humano, en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a la Subdirecci\u00f3n General en los \u00a0elementos conceptuales y t\u00e9cnicos necesarios para la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y estrategias de gesti\u00f3n y proyecci\u00f3n del talento \u00a0humano del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y ejecutar los programas de \u00a0selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y hacer seguimiento al desempe\u00f1o laboral de \u00a0los servidores de Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, de acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, ejecutar y evaluar los planes \u00a0estrat\u00e9gicos y programas para la gesti\u00f3n del talento humano en sus fases de \u00a0ingreso, permanencia y retiro de los funcionarios del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de conformidad con las normas \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir, programar, coordinar y ejecutar \u00a0las actividades de administraci\u00f3n de personal, seguridad industrial y relaciones \u00a0laborales de los servidores, de acuerdo con las pol\u00edticas del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las normas legales vigentes \u00a0establecidas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, dirigir, administrar y evaluar \u00a0los programas de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, incentivos, bienestar, seguridad y \u00a0salud en el trabajo y desarrollo de los servidores p\u00fablicos del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de acuerdo con lo previsto en \u00a0la ley y en el Plan Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0los estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura interna y la \u00a0planta de personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener actualizado el manual de \u00a0funciones, requisitos y competencias del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y apoyar, en conjunto con la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gesti\u00f3n \u00a0que suscriban los gerentes p\u00fablicos de la Entidad, de acuerdo con lo previsto \u00a0en la ley y los procedimientos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del comit\u00e9 \u00a0de convivencia y conciliaci\u00f3n laboral y de la comisi\u00f3n de personal del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con fundamento en las \u00a0disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Efectuar los tr\u00e1mites para garantizar \u00a0los desplazamientos nacionales e internacionales del Presidente y \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica, as\u00ed como de los funcionarios y personal que \u00a0preste sus servicios en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control \u00a0interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y \u00a0operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas \u00a0de Informaci\u00f3n. Son funciones del \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impartir los lineamientos en materia \u00a0tecnol\u00f3gica para definir pol\u00edticas, estrategias y pr\u00e1cticas que soporten la \u00a0gesti\u00f3n del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Garantizar la aplicaci\u00f3n de los \u00a0est\u00e1ndares, buenas pr\u00e1cticas y principios para el suministro de la informaci\u00f3n \u00a0a cargo de las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar el plan estrat\u00e9gico de \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar los lineamientos y procesos de \u00a0arquitectura tecnol\u00f3gica del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, \u00a0acorde con los par\u00e1metros gubernamentales para su adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, \u00a0soporte especializado y mantenimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Departamento en la definici\u00f3n \u00a0de los est\u00e1ndares de datos de los sistemas de informaci\u00f3n y de seguridad \u00a0inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir lineamientos tecnol\u00f3gicos para \u00a0el cumplimiento de est\u00e1ndares de seguridad, privacidad, calidad y oportunidad \u00a0de la informaci\u00f3n de la Entidad y la interoperabilidad de los sistemas que la \u00a0soportan, as\u00ed como el intercambio permanente de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar el mapa de informaci\u00f3n sectorial \u00a0e institucional que permita contar de manera actualizada y completa con los \u00a0procesos de producci\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector y del Departamento, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover aplicaciones, servicios y tr\u00e1mites \u00a0en l\u00ednea para el uso de los servidores p\u00fablicos, ciudadanos y otras entidades, \u00a0como herramientas para una mejor gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar las pol\u00edticas aprobadas por \u00a0el Comit\u00e9 de la Seguridad de Informaci\u00f3n y de la Plataforma Tecnol\u00f3gica del \u00a0Departamento, definiendo los planes de contingencia y supervisando su adecuada \u00a0y efectiva aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar estrategias, instrumentos y \u00a0herramientas con aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones para brindar de manera constante y permanente un buen servicio \u00a0al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, programas e instrumentos relacionados con la \u00a0informaci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar el soporte t\u00e9cnico b\u00e1sico o de \u00a0primer nivel a los usuarios internos del Departamento garantizando el adecuado \u00a0funcionamiento de la infraestructura tecnol\u00f3gica base. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejercer la funci\u00f3n disciplinaria y aplicar \u00a0y coordinar el control interno disciplinario en la Entidad con sujeci\u00f3n a las \u00a0disposiciones, facultades y competencias establecidas en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar y fallar en primera instancia \u00a0todos los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que \u00a0incurran los servidores en el ejercicio de sus funciones y exfuncionarios, que \u00a0afecten la correcta prestaci\u00f3n del servicio y el cumplimiento de los fines y \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar las pol\u00edticas, planes y \u00a0programas de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que minimicen la ocurrencia de conductas \u00a0disciplinables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar los archivos y registros de los \u00a0procesos disciplinarios adelantados contra los servidores p\u00fablicos de \u00a0competencia de esta oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar porque los procesos disciplinarios \u00a0se desarrollen dentro de los principios legales de econom\u00eda, celeridad, \u00a0eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho a la \u00a0defensa y el debido proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Poner en conocimiento de los organismos \u00a0de vigilancia y control, la comisi\u00f3n hechos presuntamente irregulares que \u00a0surjan del proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Trasladar oportunamente el expediente al \u00a0despacho del Director del Departamento, para el tr\u00e1mite de segunda instancia, \u00a0cuando se hayan interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Informar oportunamente a la Divisi\u00f3n de \u00a0Registro y Control de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre la imposici\u00f3n \u00a0de sanciones a los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Rendir informes sobre el estado de los \u00a0procesos disciplinarios a las autoridades competentes, cuando as\u00ed lo requieran, \u00a0sin perjuicio de la reserva legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de \u00a0control interno que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n \u00a0y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Oficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar y promover el desarrollo, \u00a0implementaci\u00f3n y sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n \u00a0del Sector Administrativo Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, bajo los lineamientos de la \u00a0Subdirecci\u00f3n General, a las dem\u00e1s dependencias y a las entidades adscritas y \u00a0vinculadas en la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de los \u00a0objetivos institucionales y del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir directrices, metodolog\u00edas, \u00a0instrumentos y cronogramas para la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos del Departamento y de las \u00a0entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias del Departamento y las entidades del Sector y con sujeci\u00f3n al Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, el Plan Estrat\u00e9gico Sectorial e Institucional, y el \u00a0Plan de Acci\u00f3n institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Hacer el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica y al cumplimiento de las metas de los planes, programas y proyectos \u00a0del Departamento y del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar al Banco de Proyectos de \u00a0Inversi\u00f3n P\u00fablica, del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, los proyectos a \u00a0incluir en el Plan Operativo Anual de Inversiones, tanto del Departamento como \u00a0de las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar, consolidar y presentar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Subdirecci\u00f3n General, y de acuerdo con las directrices que impartan el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica, el anteproyecto de presu puesto, as\u00ed como la programaci\u00f3n \u00a0presupuestal plurianual del Departamento y de las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar y validar los indicadores de \u00a0eficacia, eficiencia y efectividad del sector y hacer seguimiento a trav\u00e9s de \u00a0los sistemas establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal institucional y sectorial y viabilizar las modificaciones \u00a0presupuestales del Departamento y de las entidades del Sector en materia de \u00a0inversi\u00f3n, de conformidad con el Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto y las normas \u00a0que lo reglamentan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n a la \u00a0gesti\u00f3n institucional y sectorial, consolidar el informe de resultados y \u00a0preparar los informes para las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Liderar la implementaci\u00f3n de procesos de \u00a0evaluaci\u00f3n del Departamento, que comprenda, entre otros, la evaluaci\u00f3n de los \u00a0procesos, resultados e impacto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estructurar, conjuntamente con las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Departamento y entidades del Sector, los informes de gesti\u00f3n y \u00a0rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la elaboraci\u00f3n y env\u00edo del informe \u00a0de gesti\u00f3n de la Presidencia de la Rep\u00fablica y del Sector ante el Congreso de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 \u00a0Sectorial de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o y del Comit\u00e9 Institucional de Gesti\u00f3n y \u00a0Desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias competentes, el Plan Anticorrupci\u00f3n de la Entidad, para la \u00a0aprobaci\u00f3n del Director del Departamento y liderar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar, coordinar y administrar los \u00a0riesgos de gesti\u00f3n y corrupci\u00f3n en las diferentes dependencias y procesos de la \u00a0Entidad con la periodicidad y la oportunidad requeridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de \u00a0Control Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la \u00a0verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control Interno \u00a0est\u00e9 formalmente establecido en el Departamento y que su ejercicio sea \u00a0intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, \u00a0de aquellos que tengan responsabilidad de direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Constatar que los controles definidos para \u00a0los procesos y actividades del Departamento, se cumplan por parte de los \u00a0responsables de su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles asociados con \u00a0todas y cada una de las actividades del Departamento, est\u00e9n adecuadamente \u00a0definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la \u00a0evoluci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimiento de las leyes, \u00a0normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la \u00a0organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los directivos en el \u00a0proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados \u00a0esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con \u00a0el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n del \u00a0Departamento y recomendar los correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar la cultura del autocontrol que \u00a0contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos \u00a0de participaci\u00f3n ciudadana, que adopte el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informados a \u00a0los directivos acerca del estado del control interno del Departamento, dando \u00a0cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a las dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en la adopci\u00f3n \u00a0de acciones de mejoramiento recomendadas por los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Evaluar la gesti\u00f3n de las dependencias \u00a0encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y \u00a0denuncias y rendir al Director del Departamento un informe semestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las dependencias de la \u00a0entidad en la identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el \u00a0logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desarrollar programas de auditor\u00eda y \u00a0formular las observaciones y recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Verificar que se implanten las medidas \u00a0respectivas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presentar los informes que le solicite \u00a0el Director del Departamento y el Subdirector General, relacionados con los \u00a0asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Actuar como interlocutor de los \u00a0organismos de control en desarrollo de las auditor\u00edas que practiquen en la \u00a0entidad, y en la recepci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y entrega de la informaci\u00f3n \u00a0requerida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Poner en conocimiento de los organismos \u00a0competentes la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que conozca en \u00a0desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Publicar un informe del estado del \u00a0control interno del Departamento en su p\u00e1gina web. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia, las establecidas en la normatividad vigente y las \u00a0que le sean asignadas por el Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. La composici\u00f3n y las funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno y de la Comisi\u00f3n de Personal, se regir\u00e1n por las \u00a0disposiciones legales vigentes. El Director del Departamento podr\u00e1 crear, \u00a0conformar y asignar funciones mediante acto administrativo a los \u00f3rganos de \u00a0asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que considere necesarios para el desarrollo eficiente \u00a0de las funciones del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondos como sistema de manejo especial de \u00a0cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Fondo de Programas Especiales para la Paz -Fondo Paz. El Fondo \u00a0de Programas Especiales para la Paz, funcionar\u00e1 como una cuenta especial del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, sin personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica, administrada como un sistema separado de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Adopci\u00f3n de la Planta de Personal. De conformidad con la \u00a0estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno nacional proceder\u00e1 a \u00a0adoptar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. Atribuciones de los funcionarios de la planta actual. Los \u00a0funcionarios de la planta de personal actual del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y \u00a0atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea expedida y aprobada la nueva \u00a0planta de personal del Departamento y los empleados p\u00fablicos hayan tomado \u00a0posesi\u00f3n de los nuevos cargos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. Derogatorias y vigencia. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n, deroga el Decreto 672 de 2017 \u00a0y las dem\u00e1s normas que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 8 de febrero de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Mario \u00a0Eastman Robledo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Subdirectora del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, encargada de las funciones del Despacho \u00a0del Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Claudia Patricia \u00a0Hern\u00e1ndez Le\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 179 DE 2019 \u00a0 \u00a0 (febrero 8) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.861, febrero 8 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la estructura del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 1784 de 2019, \u00a0art\u00edculo 48. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-52728","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52728","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52728"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52728\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52728"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52728"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52728"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}