{"id":52808,"date":"2023-08-18T16:14:41","date_gmt":"2023-08-18T16:14:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-338-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:14:41","modified_gmt":"2023-08-18T16:14:41","slug":"decreto-338-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-338-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 338 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 338 DE 2019 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(marzo 4) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.885, marzo 4 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, en lo relacionado con el Sistema \u00a0de Control Interno y se crea la Red Anticorrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Corregido por el Decreto 1605 de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0que le confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en desarrollo de las Leyes 87 de 1993, 1474 de 2011 y el Decreto ley 019 de \u00a02012, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 269 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0dispone que, en las entidades p\u00fablicas, las autoridades correspondientes est\u00e1n \u00a0obligadas a dise\u00f1ar y aplicar, seg\u00fan la naturaleza de sus funciones, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 87 de 1993 \u00a0establece las normas para el ejercicio del control interno en las entidades y \u00a0organismos del Estado y dispone que el dise\u00f1o y el desarrollo del Sistema de \u00a0Control Interno se orientar\u00e1, entre otros aspectos, a la protecci\u00f3n de los \u00a0recursos de la organizaci\u00f3n y a la adecuada administraci\u00f3n ante posibles \u00a0riesgos que los afecten y a la aplicaci\u00f3n de medidas para prevenir, detectar y \u00a0corregir las desviaciones que se presenten al interior y que puedan afectar el \u00a0logro de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 12 de la citada Ley 87 asigna a los jefes de control \u00a0interno o auditores internos o quien haga sus veces, entre otras funciones, la \u00a0competencia de verificar los procesos relacionados con el manejo de los \u00a0recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los \u00a0correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 87 de 1993 el jefe \u00a0de control interno es el encargado de medir y evaluar la eficiencia y eficacia \u00a0de la gesti\u00f3n de la respectiva entidad a la que pertenece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1474 de 2011, \u00a0modificado por el art\u00edculo 231 del Decreto ley 019 de \u00a02012, determina que los jefes de control interno o quien haga sus veces, \u00a0sin perjuicio de las dem\u00e1s obligaciones legales, deber\u00e1 reportar a los \u00a0organismos de control, los posibles actos de corrupci\u00f3n e irregularidades que \u00a0haya encontrado en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 430 de 2016 \u00a0se\u00f1ala que corresponde al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica la \u00a0formulaci\u00f3n, instrumentalizaci\u00f3n, difusi\u00f3n, asesor\u00eda y evaluaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica de control interno con \u00e9nfasis en su funci\u00f3n preventiva, de gesti\u00f3n \u00a0del riesgo y control y de apoyo al proceso de toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 1083 de 2015, \u00a0modificado por los Decretos 648 de 2017 y 612 de 2018, establece \u00a0los roles que deben desarrollar en su labor las Oficinas de Control Interno o \u00a0quien haga sus veces y se\u00f1ala las instancias del Sistema entre las cuales se \u00a0encuentra el Consejo Asesor en materia de Control Interno, los Comit\u00e9s de \u00a0Auditor\u00eda Sectoriales, Departamentales, Distritales y Municipales y los equipos \u00a0trasversales de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo se\u00f1alado por la Corte Constitucional en Sentencia \u00a0C-103 de 2015, la vigilancia fiscal de los recursos p\u00fablicos est\u00e1 constituida \u00a0por la coexistencia de dos niveles de control, el primero conformado por los \u00a0mecanismos de control interno de naturaleza previa y administrativa y el \u00a0segundo por el control fiscal externo, de car\u00e1cter posterior y selectivo que \u00a0realiza la Contralor\u00eda y que depende de la efectiva articulaci\u00f3n de ambos \u00a0controles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la citada sentencia la Corte \u00a0Constitucional se\u00f1ala que el control interno de las entidades est\u00e1 facultado \u00a0para intervenir de manera previa con el fin de detectar y corregir las \u00a0desviaciones en la gesti\u00f3n de la entidad que pueda afectar el cumplimiento de \u00a0los objetivos y comprometer el adecuado manejo de sus recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1474 de 2011, el \u00a0jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces en \u00a0una entidad de la Rama Ejecutiva del orden nacional ser\u00e1 un servidor p\u00fablico de \u00a0libre nombramiento y remoci\u00f3n, designado por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0Este servidor p\u00fablico, sin perjuicio de las dem\u00e1s obligaciones legales, deber\u00e1 \u00a0reportar al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, as\u00ed como a los Organismos de Control, los posibles actos de \u00a0corrupci\u00f3n e irregularidades que haya encontrado en el ejercicio de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta la relevancia de las funciones del Jefe de la \u00a0Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, en el acompa\u00f1amiento a la \u00a0gesti\u00f3n, en el monitoreo de los resultados institucionales y en la prevenci\u00f3n y \u00a0aseguramiento de la transparencia del manejo y protecci\u00f3n de los recursos \u00a0p\u00fablicos, se considera necesario crear la red anticorrupci\u00f3n como mecanismo de \u00a0prevenci\u00f3n el fen\u00f3meno de la corrupci\u00f3n y establecer estrategias de \u00a0coordinaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de \u00a0Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 2.2.21.4.7. del \u00a0Cap\u00edtulo 4 del T\u00edtulo 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cPar\u00e1grafo 1\u00b0. Los informes de auditor\u00eda, seguimientos y \u00a0evaluaciones tendr\u00e1n como destinatario principal el representante legal de la \u00a0entidad y el Comit\u00e9 Institucional de Coordinaci\u00f3n de Control Interno y\/o Comit\u00e9 \u00a0de Auditor\u00eda y\/o Junta Directiva, y deber\u00e1n ser remitidos al nominador cuando \u00a0este lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando el Jefe de Control Interno en ejercicio de sus funciones evidencie \u00a0errores, desaciertos, irregularidades financieras, administrativas, \u00a0desviaciones o presuntas irregularidades respecto a todas las actividades, \u00a0operaciones y actuaciones, as\u00ed como a la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n y los \u00a0recursos de la entidad que evidencien posibles actos de corrupci\u00f3n, deber\u00e1 \u00a0informarlo al representante legal con copia a la Secretar\u00eda General de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y a la Secretar\u00eda de Transparencia, adjuntando a la \u00a0copia de esta \u00faltima instancia, el formato f\u00edsico o electr\u00f3nico que esta \u00a0establezca para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este reporte no exime a los jefes de la Oficina de Control Interno o quien \u00a0haga sus veces, de la obligaci\u00f3n establecida en los art\u00edculos 67 de la Ley 906 de 2004 y 9\u00b0 \u00a0de la Ley 1474 de 2011.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El T\u00edtulo 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, tendr\u00e1 un nuevo Cap\u00edtulo 7 \u00a0con el siguiente texto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cCAP\u00cdTULO 7 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Red Anticorrupci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.21.7.1. Creaci\u00f3n de \u00a0la Red Anticorrupci\u00f3n. Cr\u00e9ase la Red \u00a0Anticorrupci\u00f3n integrada por los jefes de Control Interno o quien haga sus \u00a0veces, para articular acciones oportunas y eficaces en la identificaci\u00f3n de \u00a0casos o riesgos de corrupci\u00f3n en instituciones p\u00fablicas, para generar las \u00a0alertas de car\u00e1cter preventivo frente a las decisiones de la administraci\u00f3n, \u00a0promoviendo la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas en la gesti\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.21.7.2. Coordinaci\u00f3n \u00a0de la Red Anticorrupci\u00f3n. La Red Anticorrupci\u00f3n \u00a0ser\u00e1 coordinada por la Vicepresidente de la Rep\u00fablica y por el Secretario \u00a0General de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario de Transparencia ejercer\u00e1 la secretar\u00eda t\u00e9cnica de la Red \u00a0Anticorrupci\u00f3n quien presentar\u00e1 informes trimestrales al Consejo Asesor del \u00a0Gobierno nacional en materia de Control Interno, o antes cuando las \u00a0irregularidades puestas en su conocimiento lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Red utilizar\u00e1 los equipos trasversales de control interno que haya \u00a0integrado el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, instancia \u00a0creada para facilitar la coordinaci\u00f3n en la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas de \u00a0gesti\u00f3n y desempe\u00f1o institucional, y los Comit\u00e9s de Auditor\u00eda Sectoriales, \u00a0Departamentales, Distritales y Municipales de que trata el T\u00edtulo 21 de la \u00a0Parte 2 del Libro 2 del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, la Secretar\u00eda de Transparencia y la Secretar\u00eda General de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica expedir\u00e1n el reglamento operativo de la Red \u00a0Anticorrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.21.7.3. Acciones de \u00a0la Red Anticorrupci\u00f3n. La red anticorrupci\u00f3n \u00a0adelantar\u00e1 las siguientes acciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer estrategias para prevenir la materializaci\u00f3n de pr\u00e1cticas \u00a0corruptas al interior de las instituciones p\u00fablicas con el fin de detectar de \u00a0manera oportuna acciones que puedan comprometer los recursos p\u00fablicos o para \u00a0evitar pr\u00e1cticas contra la administraci\u00f3n p\u00fablica y precaver acciones que \u00a0merezcan reparos desde el punto de vista legal y fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer al Consejo Asesor del Gobierno \u00a0nacional en materia de Control Interno la adopci\u00f3n de acciones que promuevan el \u00a0fortalecimiento de los Sistemas de Control Interno de manera preventiva y \u00a0proactiva en b\u00fasqueda de una mayor transparencia administrativa y de lucha \u00a0contra la corrupci\u00f3n con el prop\u00f3sito de generar mecanismos \u00a0interinstitucionales y de seguimiento a los procesos de mayor exposici\u00f3n al riesgo \u00a0de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Facilitar el intercambio de mejores pr\u00e1cticas, experiencias y \u00a0metodolog\u00edas que permitan mejorar la calidad, pertinencia y el trabajo de las \u00a0oficinas de control interno en la identificaci\u00f3n de tipos de corrupci\u00f3n, sus \u00a0causas y la forma de erradicarlas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02.2.21.7.4. Corregido por el Decreto 1605 de 2019, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Asistencia a comit\u00e9s. Los \u00a0representantes legales de las diferentes entidades deber\u00e1n invitar a los \u00a0Comit\u00e9s Directivos o instancia que haga sus veces, con voz y sin voto a los Jefes \u00a0de Control Interno, con el fin de brindar las alertas tempranas sobre acciones \u00a0u omisiones que puedan afectar el manejo de los recursos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 2.2.21.7.3: \u201cAsistencia a comit\u00e9s. Los representantes legales de las diferentes entidades deber\u00e1n invitar a \u00a0los Comit\u00e9s Directivos o instancia que haga sus veces, con voz y sin voto a los \u00a0Jefes de Control Interno, con el fin de brindar las alertas tempranas sobre \u00a0acciones u omisiones que puedan afectar el manejo de los recursos de la \u00a0entidad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n, modifica \u00a0el par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 2.2.21.4.7 del Cap\u00edtulo 4 y adiciona el Cap\u00edtulo 7 \u00a0del T\u00edtulo 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 4 de marzo de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Mario Eastman Robledo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio \u00a0Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 338 DE 2019 \u00a0 \u00a0 \u00a0 (marzo 4) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.885, marzo 4 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, en lo relacionado con el Sistema \u00a0de Control Interno y se crea la Red Anticorrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0 Nota: Corregido [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-52808","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52808","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52808"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52808\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52808"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52808"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52808"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}