{"id":52829,"date":"2023-08-18T16:14:43","date_gmt":"2023-08-18T16:14:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-383-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:14:43","modified_gmt":"2023-08-18T16:14:43","slug":"decreto-383-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-383-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 383 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a0383 DE 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(marzo \u00a013) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a050.894, marzo 13 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto \u00a0de Acto Legislativo n\u00famero 081 de 2018 C\u00e1mara, 031 de 2018 Senado \u201cpor el cual \u00a0se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Primera \u00a0Vuelta) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en cumplimiento de lo dispuesto por el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 119 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 14 de \u00a0agosto de 2018 la Ministra del Interior, doctora Nancy Patricia Guti\u00e9rrez \u00a0Casta\u00f1eda, present\u00f3 ante la Presidencia de la C\u00e1mara de Representantes el \u00a0Proyecto de Acto Legislativo \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, el \u00a0cual fue radicado con el n\u00famero 081 de 2018 C\u00e1mara, con todos los requisitos \u00a0constitucionales y legales con el fin de iniciar su tr\u00e1mite legislativo \u00a0constitucional; proyecto de Acto Legislativo que fue repartido a la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional de la C\u00e1mara y enviado a la Imprenta Nacional con el fin \u00a0de que fuera publicado en la Gaceta del Congreso, tal como se indica en \u00a0constancia del Secretario General de la C\u00e1mara del 14 de agosto de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 23 de \u00a0agosto de 2018 se recibe en la Secretar\u00eda General de la Comisi\u00f3n Primera de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 081 de 2018 \u00a0C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 081 de 2018 C\u00e1mara, \u201cpor el cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d \u00a0fue publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 669 del 13 de septiembre de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante comunicaci\u00f3n de fecha 24 de \u00a0agosto de 2018, y en virtud de lo establecido en el art\u00edculo 91 de la Ley 1709 de 2014, la \u00a0secretaria de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional de la C\u00e1mara de Representantes \u00a0remiti\u00f3 al Consejo Superior de Pol\u00edtica Criminal el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d \u00a0para su respectivo concepto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 28 de \u00a0agosto de 2018 la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, mediante el Acta 006 designa como \u00a0ponentes para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u00a0\u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d a \u00a0los representantes a la C\u00e1mara, Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, Erwin Arias \u00a0Betancur, Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes, Adriana Magali Matiz Vargas, Juan Carlos \u00a0Losada Vargas, Alfredo Rafael Deluque Zuleta, Carlos Germ\u00e1n Navas Talero, \u00a0\u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez, Luis Alberto Alb\u00e1n Urbano, fijando un t\u00e9rmino de \u00a0ocho (8) d\u00edas prorrogado por diez (10) d\u00edas m\u00e1s para rendir el correspondiente \u00a0informe, tal como se indica en las comunicaciones suscritas por la secretaria \u00a0de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional de la C\u00e1mara de Representantes del 28 de \u00a0agosto y 10 de septiembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 25 de \u00a0septiembre de 2018, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la C\u00e1mara de Representantes recibe informe de ponencia para \u00a0primer debate del Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual \u00a0se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d \u00a0por parte de los representantes a la C\u00e1mara, Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, \u00a0Erwin Arias Betancur, Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes, Adriana Magali Matiz Vargas, \u00a0Juan Carlos Losada Vargas, Alfredo Rafael Deluque Zuleta, Carlos Germ\u00e1n Navas \u00a0Talero, \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez el cual se env\u00eda a Leyes de C\u00e1mara para su \u00a0publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 750 del 25 de septiembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 27 \u00a0de septiembre de 2018, seg\u00fan consta en acta No. 13 de la misma fecha, se \u00a0anunci\u00f3 que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00eda y votar\u00eda el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0tal como se indica en constancia del Secretario de la Comisi\u00f3n Primera de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes del 27 de septiembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 2 \u00a0de octubre de 2018 la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara \u00a0de Representantes someti\u00f3 a discusi\u00f3n la ponencia del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0siendo aprobada la ponencia y el t\u00edtulo de proyecto de acto legislativo con su \u00a0articulado, todo lo cual consta en el acta n\u00famero 14 del 2 de octubre de 2018 y \u00a0publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 849 del 16 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Mesa Directiva de \u00a0la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, \u00a0designa como ponentes para segundo debate a los representantes a la C\u00e1mara, \u00a0Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, Erwin Arias Betancur, Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes, \u00a0Adriana Magali Matiz Vargas, Juan Carlos Losada Vargas, Alfredo Rafael Deluque \u00a0Zuleta, Carlos Germ\u00e1n Navas Talero, \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez y Luis Alberto \u00a0Alb\u00e1n Urbano, tal como consta en certificaci\u00f3n del Secretario general de la \u00a0Comisi\u00f3n Primera de la C\u00e1mara de Representantes del 2 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 16 de octubre \u00a0de 2018 la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de \u00a0Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0suscrita por los representantes a la C\u00e1mara, Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, \u00a0Erwin Arias Betancur, Inti Ra\u00fal Asprilla Reyes, Adriana Magali Matiz Vargas, \u00a0Juan Carlos Losada Vargas, Alfredo Rafael Deluque Zuleta, Carlos Germ\u00e1n Navas \u00a0Talero, \u00c1ngela Mar\u00eda Robledo G\u00f3mez y Luis Alberto Alb\u00e1n Urbano y se env\u00eda a la \u00a0Secci\u00f3n de Leyes para su respectiva publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso \u00a0n\u00famero 849 del 16 de octubre de 2018, tal como consta en la certificaci\u00f3n \u00a0secretarial del 16 de octubre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan comunicaci\u00f3n \u00a0de fecha 30 de octubre de 2018 se designa una subcomisi\u00f3n accidental para el \u00a0estudio y an\u00e1lisis del articulado de la ponencia para segundo debate del \u00a0Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0conformada por los representantes a la C\u00e1mara Jorge Eli\u00e9cer Tamayo Marulanda, \u00a0Gabriel Santos Garc\u00eda, H\u00e9ctor Javier Vergara Sierra, Carlos Julio Bonilla Soto, \u00a0Alfredo Ape Cuello Baute y Mauricio Andr\u00e9s Toro Orjuela, quienes rinden informe \u00a0y manifiestan que acogen la propuesta que se presentara a la plenaria de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes, tal como se evidencia en la comunicaci\u00f3n de fecha 31 \u00a0de octubre de 2019. El representante a la C\u00e1mara Mauricio Toro Orjuela se \u00a0abstiene de suscribir el informe por no compartirlo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n \u00a0plenaria de la C\u00e1mara de Representantes los d\u00edas 23 de octubre y 6 de noviembre \u00a0de 2018 fue considerado y aprobado el texto definitivo del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0tal como consta en las actas 21 del 23 de octubre de 2018 y 25 del 6 de \u00a0noviembre de 2018, y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 988 del 16 de \u00a0noviembre de 2018, previo anuncio en sesiones plenarias del 17 y 31 de octubre \u00a0de 2018, seg\u00fan consta en las actas n\u00famero 20 y 24 respectivamente, tal como se \u00a0evidencia en la constancia de la sustanciaci\u00f3n ponencia segundo debate de la \u00a0Secretar\u00eda General de la C\u00e1mara del 8 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de \u00a0fecha 8 de noviembre de 2018, el Secretario general de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes remite al se\u00f1or presidente del Senado de la Rep\u00fablica el \u00a0expediente del Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara \u201cpor el cual se \u00a0modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan sustanciaci\u00f3n \u00a0del 15 de noviembre de 2018, de conformidad con el art\u00edculo 43 numeral 5 de la Ley 5a de 1992 \u00a0(Reglamento del Congreso), pasa al despacho del presidente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica el Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u00a0\u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d y \u00a0se env\u00eda a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica, con el fin de ser estudiado en primer debate. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 15 de \u00a0noviembre de 2018, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica recibe el Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 \u00a0Senado \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Mesa \u00a0Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica de conformidad con el Acta MD-18 del 15 de noviembre de 2018 design\u00f3 \u00a0como ponente para primer debate a la senadora Paloma Valencia Laserna, fijando \u00a0un t\u00e9rmino de ocho (8) d\u00edas para rendir el correspondiente informe, tal como se \u00a0indica en certificaci\u00f3n Secretarial del 15 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 26 de \u00a0noviembre de 2018, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente del Senado de la Rep\u00fablica recibe ponencia para primer debate del \u00a0Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual \u00a0se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0suscrita por la senadora Paloma Valencia Laserna, en la cual se propone dar \u00a0primer debate en primera vuelta y se env\u00eda a Secretar\u00eda General para su \u00a0publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero del 1041 del 27 de noviembre de \u00a02018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la sesi\u00f3n del \u00a027 de noviembre de 2018, seg\u00fan consta en acta n\u00famero 29 de la misma fecha, se \u00a0anunci\u00f3 el Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u00a0\u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0seg\u00fan constancia secretarial de fecha 27 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Comisi\u00f3n \u00a0Primera del Senado de la Rep\u00fablica el d\u00eda 28 de noviembre de 2018 fue \u00a0considerado el texto y el t\u00edtulo del Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 \u00a0C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0y se decidi\u00f3 conformar una comisi\u00f3n accidental para examinar el articulado de \u00a0la iniciativa y presentar el respectivo informe. La comisi\u00f3n se integr\u00f3 por los \u00a0senadores Paloma Valencia Laserna, Luis Fernando Velasco, Juan Carlos Garc\u00eda, \u00a0Roosvelt Rodr\u00edguez y Tem\u00edstocles Ortega tal como consta en el acta n\u00famero 30 \u00a0del 28 de noviembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 28 \u00a0de noviembre de 2018 de la Comisi\u00f3n Primera del Senado de la Rep\u00fablica fue \u00a0anunciado el Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u00a0\u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0seg\u00fan consta en la certificaci\u00f3n Secretarial del 28 de noviembre de 2018 y acta \u00a0n\u00famero 30 de la misma fecha. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Comisi\u00f3n \u00a0Primera del Senado de la Rep\u00fablica el d\u00eda 3 de diciembre de 2018 fue \u00a0considerado y aprobado el texto y el t\u00edtulo del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0tal como consta en el acta n\u00famero 31 del 3 de diciembre de 2018, y constancia \u00a0secretarial de la misma fecha, y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero \u00a01102 del 7 de diciembre de 2018. La presidencia designa como ponente para \u00a0segundo debate a la Senadora Paloma Valencia Laserna, con ocho (8) d\u00edas de \u00a0t\u00e9rmino para rendir el correspondiente informe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 6 de diciembre de 2018, la \u00a0Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d, \u00a0suscrita por la senadora Paloma Valencia Laserna y se env\u00eda a Secretaria \u00a0General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1102 del 7 de \u00a0diciembre de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de \u00a0fecha 11 de diciembre de 2018, el Secretario de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, remite al se\u00f1or \u00a0Secretario general del Senado de la Rep\u00fablica con todos sus antecedentes y para \u00a0que siga su curso constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de \u00a0Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual se modifica \u00a0el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad \u00a0con la Sustanciaci\u00f3n de Segunda Ponencia y Texto Definitivo de fecha 16 de \u00a0diciembre de 2018, suscrita por el Secretario general del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica, en sesi\u00f3n plenaria del Senado de la Rep\u00fablica del 16 de diciembre de \u00a02018, fue aprobado en segundo debate el texto definitivo del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0Lo anterior, seg\u00fan consta en el acta n\u00famero 38 del 16 de diciembre de 2018, \u00a0previo su anuncio en sesi\u00f3n del 14 de diciembre de 2018 correspondiente al acta \u00a0n\u00famero 37 y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1153 del 21 de diciembre \u00a0de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de \u00a0la Rep\u00fablica mediante comunicaci\u00f3n del 1\u00b0 de marzo de 2019, radicada el d\u00eda 4 \u00a0de marzo de 2019 en la Presidencia de la Rep\u00fablica, remiti\u00f3 para el tr\u00e1mite \u00a0pertinente el Proyecto de Acto Legislativo 081 de 2018 C\u00e1mara, 31 de 2018 \u00a0Senado, \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo \u00a0expuesto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Ordenar \u00a0la publicaci\u00f3n del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo 081 de \u00a02018 C\u00e1mara, 31 de 2018 Senado \u201cpor el cual se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d \u00a0(Primera Vuelta), el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACTO \u00a0LEGISLATIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>N\u00daMERO____________ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(PRIMERA \u00a0VUELTA) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 122 \u00a0de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Congreso de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 1\u00b0. El \u00a0art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 122. No habr\u00e1 empleo \u00a0p\u00fablico que no tenga funciones detalladas en la ley o el reglamento y para \u00a0proveer los de car\u00e1cter remunerado se requiere que est\u00e9n contemplados en la \u00a0respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ning\u00fan servidor \u00a0p\u00fablico entrar\u00e1 a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender \u00a0la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y de desempe\u00f1ar los deberes que le incumben. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Antes de tomar \u00a0posesi\u00f3n del cargo, al retirarse del mismo o cuando autoridad competente se lo \u00a0solicite, el servidor p\u00fablico deber\u00e1 declarar bajo juramento, el monto de sus \u00a0bienes y rentas y presentar copia de su \u00faltima declaraci\u00f3n de renta. El \u00a0servidor p\u00fablico deber\u00e1 actualizar cada a\u00f1o bajo juramento, el monto de sus \u00a0bienes y rentas y presentar copia de su \u00faltima declaraci\u00f3n de renta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El particular que \u00a0ejerza funciones p\u00fablicas o administre bienes o recursos p\u00fablicos al inicio y \u00a0al t\u00e9rmino del ejercicio de sus atribuciones o cuando autoridad competente se \u00a0lo solicite, deber\u00e1 declarar bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas y \u00a0presentar copia de su \u00faltima declaraci\u00f3n de renta. Adem\u00e1s, deber\u00e1 actualizar \u00a0cada a\u00f1o bajo juramento, el monto de sus bienes y rentas y presentar copia de \u00a0su \u00faltima declaraci\u00f3n de renta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La declaraci\u00f3n de \u00a0bienes y rentas, as\u00ed como la declaraci\u00f3n de renta del servidor p\u00fablico y del \u00a0particular que ejerza funciones p\u00fablicas o administre bienes o recursos \u00a0p\u00fablicos no tendr\u00e1 car\u00e1cter de informaci\u00f3n reservada cuando la solicite un \u00a0organismo de control competente, quienes ser\u00e1n responsables penal y fiscalmente \u00a0del uso indebido de dicha informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sin perjuicio de las \u00a0dem\u00e1s sanciones que establezca la ley, no podr\u00e1n ser inscritos como candidatos \u00a0a cargos de elecci\u00f3n popular, ni elegidos, ni designados como servidores \u00a0p\u00fablicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con \u00a0el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisi\u00f3n \u00a0de delitos que afecten el patrimonio del p\u00fablico o quienes hayan sido \u00a0condenados por delitos relacionados con la pertenencia, promoci\u00f3n o \u00a0financiaci\u00f3n de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por \u00a0narcotr\u00e1fico, en Colombia, o en el exterior. Tampoco quien haya dado lugar, \u00a0como servidor p\u00fablico, con su conducta dolosa, o gravemente culposa, as\u00ed \u00a0calificada por sentencia judicial ejecutoriada, a que el Estado sea condenado a \u00a0una reparaci\u00f3n patrimonial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los miembros de \u00a0los grupos armados organizados al margen de la ley condenados por delitos \u00a0cometidos por causa, con ocasi\u00f3n, o en relaci\u00f3n directa o indirecta con el \u00a0conflicto armado, que hayan suscrito un acuerdo de paz con el Gobierno, o se \u00a0hayan desmovilizado individualmente, siempre que hayan dejado las armas, se \u00a0hayan acogido al marco de justicia transicional aplicable en cada caso, entre \u00a0estos la Jurisdicci\u00f3n Especial para la Paz en los t\u00e9rminos de este acto \u00a0legislativo y no hayan sido condenados por delitos dolosos posteriores al \u00a0acuerdo de paz, o a su desmovilizaci\u00f3n, estar\u00e1n habilitados para ser designados \u00a0como empleados p\u00fablicos, o trabajadores oficiales cuando no est\u00e9n efectivamente \u00a0privados de su libertad, bien sea de manera preventiva, o en cumplimiento de la \u00a0sanci\u00f3n que les haya sido impuesta y para celebrar personalmente, o por \u00a0interpuesta persona, contratos con el Estado. Las personas a las que se refiere \u00a0el presente art\u00edculo no quedar\u00e1n inhabilitadas para el ejercicio de una \u00a0profesi\u00f3n, arte u oficio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La anterior \u00a0disposici\u00f3n aplicar\u00e1 igualmente a los miembros de la Fuerza P\u00fablica que se \u00a0sometan a la Jurisdicci\u00f3n Especial para la Paz, quienes podr\u00e1n ser empleados \u00a0p\u00fablicos, trabajadores oficiales, o contratistas del Estado, cuando no est\u00e9n efectivamente \u00a0privados de su libertad, bien sea de manera preventiva, o en cumplimiento de la \u00a0sanci\u00f3n que les haya sido impuesta, sin perjuicio de la prohibici\u00f3n de \u00a0reincorporaci\u00f3n al servicio activo prevista en la Ley 1820 de 2016 para \u00a0las situaciones en ella se\u00f1aladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como aporte a las \u00a0garant\u00edas de no repetici\u00f3n, el Estado colombiano garantizar\u00e1 que los hechos que \u00a0ocurrieron en el pasado no se repitan, y para ello implementar\u00e1 las medidas \u00a0referidas en el Acuerdo General de Paz en esta materia. Quienes sean \u00a0sancionados por graves violaciones de Derechos Humanos o graves infracciones al \u00a0Derecho Internacional Humanitario, no podr\u00e1n hacer parte de ning\u00fan organismo de \u00a0seguridad, defensa del Estado, Rama Judicial ni \u00f3rganos de control\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El \u00a0presente Acto Legislativo rige a partir de la fecha de su promulgaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del \u00a0honorable Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ernesto Mac\u00edas Tovar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario \u00a0General del honorable Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gregorio Eljach Pacheco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0honorable C\u00e1mara de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandro Carlos Chac\u00f3n Camargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario \u00a0General de la honorable C\u00e1mara de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Humberto Mantilla Serrano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 13 de marzo de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del \u00a0Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nancy Patricia Guti\u00e9rrez Casta\u00f1eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a0383 DE 2019 \u00a0 \u00a0 (marzo \u00a013) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a050.894, marzo 13 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se ordena la publicaci\u00f3n del Proyecto \u00a0de Acto Legislativo n\u00famero 081 de 2018 C\u00e1mara, 031 de 2018 Senado \u201cpor el cual \u00a0se modifica el art\u00edculo 122 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica\u201d. \u00a0 \u00a0 (Primera \u00a0Vuelta) [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-52829","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52829","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52829"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52829\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52829"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52829"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52829"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}