{"id":53198,"date":"2023-08-18T16:22:17","date_gmt":"2023-08-18T16:22:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1145-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:17","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:17","slug":"decreto-1145-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1145-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1145 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1145 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 50.996, junio 26 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0crea la Categor\u00eda Especial de la Medalla Militar Marco Fidel Su\u00e1rez y se modifica \u00a0el Decreto 1070 de 2015 \u00a0\u201cDecreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de la facultad que le confiere el art\u00edculo 189 numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Medalla Militar \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d \u00a0fue creada mediante Decreto \u00a01880 del 12 de septiembre de 1988, en memoria y honra del Presidente Marco \u00a0Fidel Su\u00e1rez, quien mediante la sanci\u00f3n de la Ley 126 de 1919 diera \u00a0origen al \u201cArma A\u00e9rea\u201d, precursora de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana, con el fin de \u00a0premiar y exaltar los m\u00e9ritos del personal militar y civil de la Instituci\u00f3n, a \u00a0Oficiales y Suboficiales de otras Fuerzas y a personalidades civiles que hayan \u00a0contribuido en forma sobresaliente al desarrollo de la instituci\u00f3n y al \u00a0perfeccionamiento de sus especialidades, con el aporte de sus conocimientos, \u00a0dedicaci\u00f3n al trabajo, esp\u00edritu de cuerpo y eminentes servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se hace necesario premiar y exaltar los \u00a0m\u00e9ritos del personal militar y civil de la Fuerza P\u00fablica, que hayan \u00a0sobresalido por sus m\u00e9ritos militares y profesionales, as\u00ed como a las \u00a0autoridades civiles, eclesi\u00e1sticas y servidores p\u00fablicos por los eminentes \u00a0servicios prestados en beneficio de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con motivo de la celebraci\u00f3n de los cien \u00a0a\u00f1os de existencia de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana, es necesario reconocer y \u00a0exaltar al personal e instituciones que con su integridad, honor, valor, \u00a0compromiso y seguridad, han aportado de manera significativa al cumplimiento de \u00a0la misi\u00f3n constitucionalmente asignada a la Fuerza, creando una categor\u00eda \u00a0especial de la Medalla Militar \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d que exalte de manera \u00a0perenne a aquellos que excepcionalmente han prestado servicios en beneficio de \u00a0la misma; dentro de los que se destacaran Oficiales, Suboficiales, Soldados, \u00a0Unidades Militares, Personal de Reserva Activa, Profesionales Oficiales de \u00a0Reserva, Personal de Funcionarios P\u00fablicos del Sector Defensa, Personal de \u00a0Entidades P\u00fablicas &#8211; Privadas, Personalidades Nacionales y Extranjeras, que se \u00a0hayan caracterizado por sus m\u00e9ritos militares, profesionales, servicios \u00a0eminentes prestados en beneficio de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Categor\u00eda Especial de la Medalla \u00a0Militar \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d es tambi\u00e9n la insignia para agradecer y dejar \u00a0constancia que la Instituci\u00f3n, seguir\u00e1 arropando el irrestricto empe\u00f1o de \u00a0continuar siendo los m\u00e1s devotos defensores de la soberan\u00eda y seguridad de la \u00a0Patria; es por ello que la Fuerza A\u00e9rea Colombiana en su centenario de \u00a0victorias, enaltecer\u00e1, exaltar\u00e1 y har\u00e1 visible con el mayor decoro a quien se \u00a0haga acreedor de esta presea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el art\u00edculo \u00a02.1.2.2.1. del Decreto 1081 de 2015, \u00a0la creaci\u00f3n de la categor\u00eda especial de la Medalla Militar \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d \u00a0conlleva la modificaci\u00f3n del Decreto 1070 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modif\u00edquese la Subsecci\u00f3n 48 de \u00a0la Secci\u00f3n 6, del Cap\u00edtulo 3, del T\u00edtulo 1, de la Parte 3, del Libro 2, del Decreto 1070 de 2015, \u00a0\u201cPor el cual se expide el Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo \u00a0de Defensa\u201d, la cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cSUBSECCI\u00d3N 48 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>MEDALLA MILITAR MARCO FIDEL SU\u00c1REZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.3.1.3.6.48.1. Origen \u00a0y otorgamiento. Creada mediante Decreto \u00a01880 del 12 de septiembre de 1988, en memoria y honra del Presidente Marco \u00a0Fidel Su\u00e1rez, quien mediante la sanci\u00f3n de la Ley 126 de 1919 diera \u00a0origen al \u201cArma A\u00e9rea\u201d precursora de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana, con el fin de \u00a0premiar y exaltar los m\u00e9ritos del personal militar y civil de la Instituci\u00f3n, a \u00a0oficiales y suboficiales de otras Fuerzas y a personalidades civiles que hayan \u00a0contribuido en forma sobresaliente al desarrollo de la instituci\u00f3n y al \u00a0perfeccionamiento de sus especialidades con el aporte de sus conocimientos, \u00a0dedicaci\u00f3n al trabajo, esp\u00edritu de cuerpo y eminentes servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ostenta dos (2) categor\u00edas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Marco Fidel Su\u00e1rez; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Categor\u00eda Especial \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Categor\u00eda \u00a0Especial \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d, ser\u00e1 conferida previo cumplimiento de los \u00a0requisitos establecidos en el art\u00edculo 2.3.1.3.6.3 del Decreto 1070 de 2015, \u00a0para premiar y exaltar los m\u00e9ritos del personal de Oficiales, Suboficiales, \u00a0Soldados, Unidades Militares, Personal de Reserva Activa, Profesionales \u00a0Oficiales de Reserva, Personal de Funcionarios P\u00fablicos del Sector Defensa, \u00a0Personal de Entidades P\u00fablicas &#8211; Privadas, Personalidades Nacionales y \u00a0Extranjeras, que se hayan caracterizado por sus m\u00e9ritos militares, \u00a0profesionales, servicios eminentes prestados en beneficio de la Fuerza A\u00e9rea \u00a0Colombiana, con ocasi\u00f3n a la celebraci\u00f3n de los cien a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.3.1.3.6.48.2. Caracter\u00edsticas. Las caracter\u00edsticas \u00a0de las joyas seg\u00fan la categor\u00eda son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Marco Fidel Su\u00e1rez: La Joya es una \u00a0medalla circular de cuarenta (40) mil\u00edmetros de di\u00e1metro en metal color oro \u00a0mate. En el anverso lleva la efigie de Marco Fidel Su\u00e1rez en alto relieve colocado \u00a0entre las alas del \u00c1guila de Gules y en la parte inferior el lema \u201cSic Itur \u00a0ad Astra\u201d escrito en una cinta de color oro oscuro. En el reverso va inscrito \u00a0el nombre \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d en la parte media superior y debajo en la parte \u00a0central la leyenda \u201cCreador del Arma A\u00e9rea\u201d y debajo de esta el a\u00f1o 1919. La \u00a0medalla est\u00e1 suspendida por una cinta de cuatro (4) cm de ancho, con dos (2) \u00a0franjas de un (1) cm en color azul intenso en los extremos laterales, dos (2) \u00a0franjas de cinco (5) mil\u00edmetros en color blanco hacia el centro y una franja de \u00a0un (1) cm en color rojo en el centro. La venera y la miniatura ser\u00e1n de acuerdo \u00a0con lo estipulado en el art\u00edculo 2.3.1.3.2.3 del presente cap\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diploma. Ser\u00e1 en papel pergamino con las siguientes \u00a0dimensiones: treinta y cuatro (34) cent\u00edmetros de largo por veinticuatro punto \u00a0cinco (24.5) cent\u00edmetros de ancho, tipo de letra Old London Alternate, en la \u00a0parte izquierda superior la medalla Marco Fidel, en la parte derecha superior \u00a0el anverso de la medalla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Categor\u00eda Especial \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d: La Joya es \u00a0circular con un acabado en plata antigua mate, cuya envergadura est\u00e1 protegida \u00a0y coronada por dos ramos de laurel en el mismo material principal que circundan \u00a0abiertos hacia arriba de 50 mm de di\u00e1metro. En la cinta lleva la efigie de \u00a0Marco Fidel Su\u00e1rez en alto relieve colocado al centro de la misma equidistante \u00a0en posici\u00f3n de 60 mm de alto y 40 mm de ancho, en el reverso sobre la parte \u00a0media superior va inscrito el nombre \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d, debajo en la parte \u00a0central la leyenda \u201cprecursor de la\u201d, debajo de esta la frase \u201cFuerza A\u00e9rea \u00a0Colombiana\u201d y posterior a esta, el a\u00f1o \u201c1919\u201d. La cinta termina en forma de \u201cV\u201d \u00a0tiene dos franjas delgadas a los extremos laterales color azul media noche de 2 \u00a0mm, dos franjas mayores de color azul Fuerza A\u00e9rea de 9 mm, dos franjas menores \u00a0de color gris hacia el centro de 2 mm y una franja mayor de color azul media \u00a0noche en el centro de 10 mm. La cinta est\u00e1 suspendida en las alas de la Fuerza \u00a0A\u00e9rea Colombiana abierta y limpia en el material principal de la joya de 50 mm. \u00a0La miniatura o r\u00e9plica tiene el mismo dise\u00f1o de la joya con un di\u00e1metro de 20 \u00a0mm y pende de una cinta igual a la de la joya de 14 mm de ancho y de 35 mm de \u00a0longitud. La venera ser\u00e1 met\u00e1lica de 40 mm de ancho por 10 mm de longitud, \u00a0esmaltada al fuego, los colores y detalles ser\u00e1n los mismos de la cinta de la \u00a0medalla Fuerza A\u00e9rea Colombiana. Cada una de las divisiones debe ir biselada y \u00a0en el centro la efigie de Marco Fidel Su\u00e1rez en alto relieve colocado entre las \u00a0alas del \u00c1guila de Gules. La venera y la miniatura ser\u00e1n de acuerdo con lo \u00a0estipulado en el art\u00edculo 2.3.1.3.2.3 del presente cap\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diploma. Ser\u00e1 en papel pergamino con las siguientes dimensiones: \u00a0treinta y cinco (35) cent\u00edmetros de largo por veinticinco (25) cent\u00edmetros de \u00a0ancho, tipo de letra Old English, con el dibujo del anverso de la medalla al \u00a0lado derecho superior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El Consejo de la Medalla \u00a0Militar Categor\u00eda Especial \u201cMarco Fidel Su\u00e1rez\u201d de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana, \u00a0ser\u00e1 el establecido en el art\u00edculo 2.3.1.3.6.48.3 del Decreto 1070 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Los art\u00edculos 2.3.1.3.2.1., \u00a02.3.1.3.2.2. Numeral 32, y 2.3.1.3.6.1. contin\u00faan vigentes en todos sus \u00a0aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de junio de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Botero Nieto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1145 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 26) \u00a0 \u00a0 D.O. 50.996, junio 26 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0crea la Categor\u00eda Especial de la Medalla Militar Marco Fidel Su\u00e1rez y se modifica \u00a0el Decreto 1070 de 2015 \u00a0\u201cDecreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa\u201d. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53198","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53198","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53198"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53198\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53198"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53198"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53198"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}