{"id":53325,"date":"2023-08-18T16:22:27","date_gmt":"2023-08-18T16:22:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1390-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:27","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:27","slug":"decreto-1390-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1390-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1390 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1390 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto 2) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.033, agosto 2 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0acepta una renuncia y se designa alcalde ad hoc para el municipio de Coper, \u00a0departamento de Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las \u00a0conferidas por el art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en su condici\u00f3n de suprema autoridad administrativa y en el art\u00edculo 66 de la Ley 4\u00aa de 1913, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante oficio de fecha 9 de mayo de \u00a02018, el doctor Jairo Enrique Ahumada Casta\u00f1eda, alcalde del municipio de \u00a0Coper, Boyac\u00e1, manifest\u00f3 su impedimento para \u201ccontinuar con los tr\u00e1mites administrativos, producto y resultado del \u00a0contrato para la \u201cRevisi\u00f3n \u00a0Ordinaria del Esquema de Ordenamiento Territorial y la Elaboraci\u00f3n del Plan y \u00a0la Estrategia de Gesti\u00f3n de Riesgo Municipal de Coper-Boyac\u00e1\u201d, \u00a0argumentando la existencia de un conflicto de intereses, por cuanto \u201cfue parte en el proceso de compraventa de \u00a0bienes inmuebles involucrados al municipio; que los terrenos a ser tenidos en \u00a0cuenta en la ampliaci\u00f3n del esquema urbano dentro del planteamiento del proceso \u00a0de revisi\u00f3n ordinaria del EOT, tambi\u00e9n abarcan predios de mi propiedad; y sobre \u00a0todo, que las actuaciones administrativas tendientes a continuar el \u00a0procedimiento de ampliaci\u00f3n urbana, y en general, la ejecuci\u00f3n del mencionado \u00a0contrato requieren de conocimiento y firma del Alcalde Municipal\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante auto n\u00famero 1480 del 20 de \u00a0junio de 2018, en el proceso con radicaci\u00f3n E-2018-255272, el Procurador \u00a0Regional de Boyac\u00e1 acept\u00f3 el impedimento presentado por el doctor Jairo Enrique \u00a0Ahumada Casta\u00f1eda, al encontrar configurada la causal prevista en el numeral 1 \u00a0del art\u00edculo 11 de la Ley 1437 de 2011, al \u00a0considerar que \u201cel se\u00f1or Alcalde puso \u00a0en conocimiento de \u00e9sta [sic] Procuradur\u00eda Regional la existencia de un \u00a0contrato celebrado en el a\u00f1o 2017, con el objeto relativo a la \u201cRevisi\u00f3n Ordinaria \u00a0del Esquema de Ordenamiento Territorial y la Elaboraci\u00f3n del Plan y la \u00a0Estrategia de Gesti\u00f3n de Riesgo municipal de Coper-Boyac\u00e1\u201d y que es a partir de tal contrato que debe \u00a0realizarse la urbanizaci\u00f3n de los predios de su propiedad, se tiene que deber\u00e1 \u00a0designarse un Alcalde ad-hoc para materializar y analizar la implementaci\u00f3n del \u00a0plan de ordenamiento territorial en lo que refiere de forma general a la \u00a0ampliaci\u00f3n del \u00e1rea urbana del municipio y la consiguiente afectaci\u00f3n del \u00e1rea \u00a0rural\u201d, y consecuentemente, se ha remitido a la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica para la designaci\u00f3n del alcalde ad hoc para que atienda el mencionado \u00a0tr\u00e1mite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto \u00a02098 del 9 de noviembre de 2018, se design\u00f3 como alcalde ad hoc para el \u00a0municipio de Coper, departamento de Boyac\u00e1, al doctor Diego Alfredo Roa Ni\u00f1o, \u00a0para conocer de la implementaci\u00f3n del \u00a0plan de ordenamiento territorial del municipio de Coper, como resultado del \u00a0contrato celebrado en el a\u00f1o 2017, con el objeto relativo a la \u201cRevisi\u00f3n Ordinaria del Esquema de \u00a0Ordenamiento Territorial y la Elaboraci\u00f3n del Plan y la Estrategia de Gesti\u00f3n \u00a0de Riesgo Municipal de Coper-Boyac\u00e1\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a trav\u00e9s del oficio n\u00famero 051-04-2019 \u00a0AMC del 2 de abril de 2019, radicado en este Ministerio bajo los EXTMI19-13550 \u00a0del 3 de abril de 2019 y PQRSD-006025 del 4 del mismo mes y a\u00f1o, el doctor \u00a0Jairo Enrique Ahumada Casta\u00f1eda, alcalde del municipio de Coper, Boyac\u00e1, \u00a0solicit\u00f3 nuevamente la designaci\u00f3n de alcalde adhoc, para dar culminaci\u00f3n y \u00a0aprobaci\u00f3n del E.O.T del municipio en menci\u00f3n, por cuanto desde el mes de enero \u00a0de 2019, el doctor Diego Alfredo Roa Ni\u00f1o, no labora con la Gobernaci\u00f3n de \u00a0Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante los oficios radicados en este \u00a0Ministerio bajo los EXTMI19-13989 del 4 de abril de 2019 y EXTMI19-16675 del 25 \u00a0del mismo mes y a\u00f1o, el doctor Diego Alfredo Roa Ni\u00f1o envi\u00f3 informe final de \u00a0las actuaciones surtidas como alcalde adhoc de la enunciada municipalidad, \u00a0remiti\u00f3 la renuncia al cargo y el expediente original. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por medio del oficio OFl19-00047180 del \u00a026 de abril de 2019, radicado en este Ministerio bajo el EXTMI19-17105 del 29 \u00a0del mismo mes y a\u00f1o, la Secretar\u00eda Jur\u00eddica de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0remiti\u00f3 la renuncia presentada por el doctor Diego Alfredo Roa Ni\u00f1o a su \u00a0designaci\u00f3n como Alcalde ad hoc del municipio de Coper, departamento de Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud del concepto emitido por el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, n\u00famero 20166000265301 de 23 \u00a0de diciembre de 2016, mediante el cual precis\u00f3 que \u201c&#8230; Ser\u00e1 de competencia del presidente de la rep\u00fablica decidir si \u00a0designa un empleado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un \u00a0funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoci\u00f3n que, \u00a0en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuaci\u00f3n administrativa \u00a0para la cual se nombra con car\u00e1cter transitorio &#8230;\u201d, el gobernador del \u00a0departamento de Boyac\u00e1, a trav\u00e9s del oficio S-2019-001264-UEDJD del 28 de mayo \u00a0de 2019, radicado en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI19-22729 y \u00a0PQRSD-009866 del 5 de junio de la presente anualidad, aval\u00f3 y remiti\u00f3 la hoja \u00a0de vida del ingeniero \u00c1lvaro Fernando Mart\u00ednez Acevedo, funcionario vinculado a \u00a0la Gobernaci\u00f3n de Boyac\u00e1, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio \u00a0de Coper. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0precept\u00faa que la funci\u00f3n administrativa est\u00e1 al servicio de los intereses \u00a0generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de \u00a0moralidad e imparcialidad, este \u00faltimo garantizado tambi\u00e9n por el C\u00f3digo de \u00a0Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su art\u00edculo \u00a03\u00b0. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con el fin de dar cumplimiento a los \u00a0principios de moralidad, transparencia e imparcialidad, se proceder\u00e1 a aceptar \u00a0la renuncia presentada por el doctor Diego Alfredo Roa Ni\u00f1o y designar alcalde \u00a0ad hoc para el municipio de Coper, Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el art\u00edculo 66 de la Ley 4\u00aa de 1913, \u00a0corresponde al Presidente de la Rep\u00fablica nombrar funcionarios ad hoc en los \u00a0casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusaci\u00f3n de un servidor \u00a0en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del \u00a0sector, como medida excepcional, en atenci\u00f3n a lo se\u00f1alado por la Sala de \u00a0Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto del 6 de marzo de \u00a02014, radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Aceptaci\u00f3n de Renuncia. Aceptar la renuncia presentada por el \u00a0doctor Diego Alfredo Roa Ni\u00f1o, identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero \u00a079772201 a su designaci\u00f3n como alcalde hoc del municipio de Coper, Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Designaci\u00f3n. Designar como alcalde ad hoc del municipio de \u00a0Coper, Boyac\u00e1, al ingeniero \u00c1lvaro Fernando Mart\u00ednez Acevedo, identificado con \u00a0la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 74188624, quien se desempe\u00f1a en el cargo de \u00a0Director, C\u00f3digo 009, Grado 05, de la Gobernaci\u00f3n de Boyac\u00e1, para conocer de la \u00a0implementaci\u00f3n del plan de ordenamiento territorial del municipio de Coper, \u00a0como resultado del contrato celebrado en el a\u00f1o 2017, con el objeto relativo a \u00a0la \u201cRevisi\u00f3n ordinaria del esquema de \u00a0Ordenamiento Territorial y la elaboraci\u00f3n del Plan y la Estrategia de Gesti\u00f3n \u00a0de Riesgo Municipal de Coper-Boyac\u00e1\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Posesi\u00f3n. El alcalde ad hoc designado en este acto deber\u00e1 tomar \u00a0posesi\u00f3n del cargo ante la instancia que corresponda, en los t\u00e9rminos del \u00a0art\u00edculo 94 de la Ley 136 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Comunicaci\u00f3n. Comunicar, a trav\u00e9s de la Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0del Ministerio del Interior, el contenido del presente decreto al doctor Diego Alfredo \u00a0Roa Ni\u00f1o, al alcalde ad hoc, al alcalde titular del municipio de Coper, a la \u00a0Procuradur\u00eda Regional de Boyac\u00e1 y a la Gobernaci\u00f3n de Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 2 de agosto de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nancy Patricia Guti\u00e9rrez Casta\u00f1eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1390 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto 2) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.033, agosto 2 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0acepta una renuncia y se designa alcalde ad hoc para el municipio de Coper, \u00a0departamento de Boyac\u00e1. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53325","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53325","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53325"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53325\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53325"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53325"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53325"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}