{"id":53399,"date":"2023-08-18T16:22:33","date_gmt":"2023-08-18T16:22:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1553-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:33","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:33","slug":"decreto-1553-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1553-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1553 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1553 DE 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.060, agosto 29 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se suspende provisionalmente al \u00a0gobernador encargado del departamento de La Guajira, en cumplimiento de una \u00a0decisi\u00f3n de la Procuradur\u00eda Segunda Delegada para la Contrataci\u00f3n Estatal y se \u00a0hace un encargo. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los \u00a0art\u00edculos 304 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a066 de la Ley 4\u00aa de 1913, en \u00a0concordancia con el art\u00edculo 2.2.5.4.7 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el se\u00f1or Wilbert Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez Sierra, identificado con \u00a0la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 84075188, fue designado mediante Decreto \u00a0924 del 30 mayo de 2019 como gobernador encargado del departamento de La \u00a0Guajira, teniendo en cuenta que el gobernador electo fue condenado penalmente \u00a0por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, \u00a0mediante Sentencia n\u00famero SEP00050-2018, Radicado 50103 del 13 de noviembre de \u00a02018, a 120 meses y 15 d\u00edas de prisi\u00f3n y 999,98 salarios m\u00ednimos legales \u00a0mensuales vigentes y en la misma providencia se imparti\u00f3 orden de captura para \u00a0cumplir la pena impuesta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante oficio del 26 de julio de 2019, radicado en el \u00a0Ministerio del Interior con el EXTMI19-30891 de la misma fecha, la Secretaria \u00a0de la Procuradur\u00eda Segunda Delegada para la Contrataci\u00f3n Estatal, alleg\u00f3 copia \u00a0del auto del 26 de julio de 2019, proferido dentro del radicado IUS E \u00a0-2019-425848 mediante el cual la Procuradur\u00eda Segunda Delegada para la \u00a0Contrataci\u00f3n Estatal ordena la apertura de investigaci\u00f3n disciplinaria en \u00a0contra del se\u00f1or Wilbert Hern\u00e1ndez Sierra, en su calidad de gobernador \u00a0encargado del departamento de La Guajira. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el numeral cuarto del auto antes citado, la \u00a0Procuradora Segunda Delegada para la Contrataci\u00f3n Estatal, en aplicaci\u00f3n del \u00a0art\u00edculo 157 de la Ley 734 de 2002, \u00a0suspendi\u00f3 provisionalmente, por el t\u00e9rmino de tres (3) meses, a Wilbert Jos\u00e9 \u00a0Hern\u00e1ndez Sierra, en su calidad de gobernador (e) del departamento de La \u00a0Guajira, y en el numeral s\u00e9ptimo de la misma providencia, orden\u00f3 comunicar la \u00a0citada providencia al Presidente de la Rep\u00fablica, para dar cumplimiento \u00a0inmediato a la citada medida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0la administraci\u00f3n p\u00fablica est\u00e1 al servicio de los intereses generales y se \u00a0desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, \u00a0econom\u00eda, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralizaci\u00f3n, \u00a0la delegaci\u00f3n y la desconcentraci\u00f3n de funciones, y as\u00ed mismo, resulta oportuno \u00a0precisar que la prestaci\u00f3n de servicios a cargo del departamento debe ser \u00a0continua y permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la jurisprudencia del Consejo de Estado, tal como se \u00a0indicara en sentencias del 23 de febrero de 2012, dentro de los Expedientes \u00a0n\u00fameros 110010328000201000125-00 y 110010328000201100006-00, se orienta a \u00a0se\u00f1alar que en los casos en que procede la designaci\u00f3n de un gobernador \u00a0encargado, mientras dura la ausencia del titular, el Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0debe designar a un ciudadano respetando el partido, grupo pol\u00edtico o coalici\u00f3n \u00a0por el cual fue inscrito el gobernador elegido, por ser esta la interpretaci\u00f3n \u00a0que conforme al ordenamiento superior propugna por los principios de autonom\u00eda \u00a0de las entidades territoriales y del voto program\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 303 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0defiri\u00f3 a la ley la determinaci\u00f3n de las faltas absolutas y temporales de los \u00a0gobernadores, as\u00ed como la forma de proveer estas \u00faltimas, sin que hasta la \u00a0fecha la referida ley se haya expedido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que al \u00a0hacer efectiva la medida de suspensi\u00f3n provisional del empleo de gobernador del \u00a0departamento de La Guajira, genera una falta temporal en el citado empleo, la \u00a0cual debe ser suplida por el Presidente de la Rep\u00fablica, en virtud de lo \u00a0se\u00f1alado por el art\u00edculo 66 de la Ley 4\u00aa de 1913, en \u00a0concordancia con la Sentencia C-448 de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0exclusivamente, mientras la coalici\u00f3n conformada por el Partido Social de \u00a0Unidad Nacional Partido de la \u201cU\u201d y el Partido Conservador Colombiano, que \u00a0inscribi\u00f3 la candidatura del gobernador de La Guajira, elabora la terna \u00a0requerida y el Gobierno nacional verifica el cumplimiento de los requisitos de \u00a0los ternados y se produce la designaci\u00f3n con uno de ellos y se posesiona, el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica debe designar gobernador encargado para evitar \u00a0vac\u00edos de poder o de autoridad, conforme a lo indicado por la Corte \u00a0Constitucional en la sentencia C- 448 de 1997, \u00a0sin perjuicio de se\u00f1alar que, una vez se produzca la designaci\u00f3n de uno de los \u00a0ternados, inmediatamente concluir\u00e1 el encargo que por el presente decreto se \u00a0realiza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo \u00a0expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Suspensi\u00f3n. Suspender provisionalmente, por el t\u00e9rmino de tres (3) \u00a0meses, al se\u00f1or Wilbert Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez Sierra, identificado con la c\u00e9dula de \u00a0ciudadan\u00eda n\u00famero 84075188 del cargo de gobernador encargado del departamento \u00a0de La Guajira, en cumplimiento de lo ordenado por la Procuradur\u00eda Segunda \u00a0Delegada para la Contrataci\u00f3n Estatal mediante auto del 26 de julio de 2019, \u00a0proferido dentro del radicado IUS E-2019- 425848, de conformidad con lo \u00a0se\u00f1alado en la parte motiva de este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Encargo. Encargar como gobernador del departamento de La Guajira, al \u00a0doctor Jhon Eduardo Fuentes Medina, identificado con la c\u00e9dula de ciudadan\u00eda \u00a0n\u00famero 84028349, quien actualmente se desempe\u00f1a en el cargo de Secretario de \u00a0Despacho c\u00f3digo 020, grado 03 de la Secretar\u00eda de Gobierno y Participaci\u00f3n \u00a0Comunitaria de la gobernaci\u00f3n de La Guajira, separ\u00e1ndose de las funciones \u00a0propias del cargo del cual es titular, mientras se designa gobernador por el \u00a0procedimiento de la terna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Comunicaci\u00f3n. Comunicar por intermedio del Ministerio del Interior, \u00a0el contenido del presente decreto al se\u00f1or Wilbert Jos\u00e9 Hern\u00e1ndez Sierra, \u00a0gobernador encargado; al doctor Jhon Eduardo Fuentes Medina, gobernador \u00a0encargado en este acto, a la Gobernaci\u00f3n de La Guajira y a la Procuradur\u00eda \u00a0Segunda Delegada para la Contrataci\u00f3n Estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su expedici\u00f3n y contra \u00a0\u00e9l no procede recurso alguno, de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 75 \u00a0del C\u00f3digo de \u00a0Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Bogot\u00e1, D. C., a 29 de agosto de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N \u00a0DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nancy Patricia Guti\u00e9rrez Casta\u00f1eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1553 DE 2019 \u00a0 \u00a0 (agosto 29) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.060, agosto 29 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se suspende provisionalmente al \u00a0gobernador encargado del departamento de La Guajira, en cumplimiento de una \u00a0decisi\u00f3n de la Procuradur\u00eda Segunda Delegada para la Contrataci\u00f3n Estatal y se \u00a0hace un encargo. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53399","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53399","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53399"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53399\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53399"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53399"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53399"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}