{"id":53437,"date":"2023-08-18T16:22:36","date_gmt":"2023-08-18T16:22:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1651-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:36","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:36","slug":"decreto-1651-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1651-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1651 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1651 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.073, septiembre 11 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0adiciona el T\u00edtulo 8 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica, para \u00a0establecer la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las \u00a0conferidas en los numerales 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en el art\u00edculo 43 de la Ley 489 de 1998 y en \u00a0desarrollo del art\u00edculo 172 de la Ley 1955 de 2019, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 172 de la Ley 1955 de 2019, por \u00a0el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 \u201cPacto por Colombia, \u00a0Pacto por la Equidad\u201d, cre\u00f3 el Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0(SNCI) con el objetivo de fortalecer la competitividad y se\u00f1al\u00f3 que en el marco \u00a0de este sistema y por medio de la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n se articular\u00e1n los siguientes sistemas: el Sistema Nacional de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (SNCTI); el Sistema Nacional de Innovaci\u00f3n \u00a0Agropecuaria (SNIA); la Comisi\u00f3n Intersectorial de Propiedad Intelectual \u00a0(CIPI); el Consejo Nacional de Econom\u00eda Naranja (CNEN); el Sistema Nacional \u00a0Ambiental (SINA) y los dem\u00e1s sistemas, \u00f3rganos e instancias relacionadas con \u00a0competitividad, productividad e innovaci\u00f3n, y se coordinar\u00e1 la elaboraci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n y seguimiento de la agenda Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el citado art\u00edculo se\u00f1ala que la \u00a0coordinaci\u00f3n general y secretar\u00eda t\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n estar\u00e1 a cargo del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 33 de la Ley 1450 de 2011 \u00a0estableci\u00f3 que las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n son la \u00a0instancia de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n al interior de cada departamento con \u00a0los principales actores p\u00fablicos y privados de la regi\u00f3n. Raz\u00f3n por la cual, el \u00a0art\u00edculo 172 de la Ley 1955 de 2019 \u00a0se\u00f1ala que las distintas instancias regionales, departamentales y territoriales \u00a0de los sistemas que se coordinan en la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n se articular\u00e1n por medio de las Comisiones Regionales, con el \u00a0objetivo de fortalecer la competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las Comisiones Regionales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n promover\u00e1n la implementaci\u00f3n de la Agenda \u00a0Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n, la cual se articular\u00e1 con la \u00a0Agenda Nacional en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el numeral 12 del \u00a0art\u00edculo 86 del C\u00f3digo de Comercio, el art\u00edculo 23 de la Ley 905 de 2004 y el \u00a0art\u00edculo 2.2.2.38.1.4. y 2.2.2.38.1.6. del Decreto 1074 de 2015, \u00a0se articular\u00e1 el ejercicio de las C\u00e1maras de Comercio para brindar \u00a0sostenibilidad a las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n para \u00a0el cumplimiento de sus funciones, con el fin de fortalecer las estrategias de \u00a0desarrollo empresarial en el \u00e1mbito de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la estructura de organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento definida en este decreto para las Comisiones Regionales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n propone unos lineamientos m\u00ednimos para su operaci\u00f3n \u00a0y sostenibilidad, siendo discrecional para los departamentos ampliar y fortalecer \u00a0la composici\u00f3n y el modelo de gesti\u00f3n propio de las comisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo 172 de la Ley 1955 de 2019, \u00a0se\u00f1ala que el Gobierno nacional reglamentar\u00e1 la organizaci\u00f3n, articulaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 43 de la Ley 489 de 1998 \u00a0establece que el Gobierno nacional reglamentar\u00e1 los \u00f3rganos o entidades de los \u00a0Sistemas Administrativos a los cuales corresponde desarrollar las actividades \u00a0de direcci\u00f3n, programaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Se hace necesario adicionar el T\u00edtulo 8 a la \u00a0Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0con el fin de organizar el Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed \u00a0como reglamentar sus componentes, actores, funcionamiento, articulaci\u00f3n con los \u00a0dem\u00e1s sistemas y las instancias territoriales, en aras de fortalecer la \u00a0competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el proyecto normativo correspondiente a \u00a0este Decreto fue publicado en la p\u00e1gina web del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica a partir del 28 de mayo hasta el 14 de junio de \u00a02019, atendiendo lo previsto en el art\u00edculo 2.1.2.1.14. del Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario de la Presidencia de la Rep\u00fablica, Decreto 1081 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En consideraci\u00f3n a lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3nese el T\u00edtulo 8 a la \u00a0Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>T\u00cdTULO 8 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SISTEMA NACIONAL DE COMPETITIVIDAD E \u00a0INNOVACI\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alcance y organizaci\u00f3n del Sistema Nacional \u00a0de Competitividad e Innovaci\u00f3n (SNCI) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.1.1. Alcance del SNCI. El Sistema Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n de que trata el art\u00edculo 172 de la Ley 1955 de 2019, se \u00a0encargar\u00e1 de coordinar y orientar las actividades que realizan las instancias \u00a0p\u00fablicas, privadas y acad\u00e9micas relacionadas con la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n \u00a0y seguimiento de las pol\u00edticas que promuevan la competitividad e innovaci\u00f3n del \u00a0pa\u00eds bajo una visi\u00f3n de mediano y largo plazo, con el fin de promover el \u00a0desarrollo econ\u00f3mico, la productividad y mejorar el bienestar de la poblaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Sistema Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n por medio de la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0articular\u00e1 los distintos sistemas, subsistemas e instancias que desarrollan \u00a0actividades en materia de competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.1.2. Componentes. El Sistema Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El conjunto de leyes, pol\u00edticas, \u00a0estrategias, metodolog\u00edas, t\u00e9cnicas y mecanismos, que implica la gesti\u00f3n de \u00a0recursos humanos, materiales y financieros de las entidades de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica en coordinaci\u00f3n con los del sector privado y la \u00a0academia, en los temas relacionados con la pol\u00edtica de competitividad, \u00a0productividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las entidades e instancias del orden \u00a0nacional y territorial responsables de la pol\u00edtica y de la acci\u00f3n en las \u00e1reas \u00a0de competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los actores del sector privado y las \u00a0organizaciones privadas o mixtas que promuevan la competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las fuentes y recursos econ\u00f3micos para el \u00a0manejo del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los mecanismos para la alineaci\u00f3n, gesti\u00f3n, promoci\u00f3n y \u00a0financiaci\u00f3n de los instrumentos de pol\u00edtica p\u00fablica relacionados con la competitividad \u00a0e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.1.3. Organizaci\u00f3n del SNCI. El SNCI se encuentra organizado por las \u00a0siguientes instancias e instrumentos de planeaci\u00f3n, con el objetivo de \u00a0fortalecer la competitividad en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Instancias del SNCI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) En el nivel nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n es la \u00a0instancia encargada de asesorar al Gobierno nacional y articular los distintos \u00a0sistemas, subsistemas e instancias que desarrollan actividades en materia de \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n, tales como el Sistema Nacional de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, el Sistema Nacional de Innovaci\u00f3n Agropecuaria, el \u00a0Sistema Administrativo Nacional de Propiedad Intelectual, el Consejo de la \u00a0Econom\u00eda Naranja, el Sistema Nacional Ambiental, el Sistema Nacional de \u00a0Cualificaciones, as\u00ed como con cualquier otro sistema, subsistema o instancia \u00a0con actividades en materia de competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ii) Comit\u00e9 Ejecutivo. El Comit\u00e9 \u00a0Ejecutivo del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n es la instancia \u00a0encargada de coordinar las actividades de las entidades del Gobierno nacional y \u00a0el sector privado para la definici\u00f3n, concertaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las acciones de la Agenda Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iii) Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. Los Comit\u00e9s \u00a0T\u00e9cnicos son instancias t\u00e9cnicas creadas por el Comit\u00e9 Ejecutivo, los cuales se \u00a0encargan de desarrollar un plan de acci\u00f3n detallado para mejorar la \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n del pa\u00eds, teniendo como prioridad la implementaci\u00f3n \u00a0y cumplimiento de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iv) Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. El \u00a0Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n es la instancia encargada de la interlocuci\u00f3n entre \u00a0las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n con el Comit\u00e9 \u00a0Ejecutivo del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, con el objetivo \u00a0de apoyar el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y seguimiento de las Agendas \u00a0Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed como su articulaci\u00f3n con la \u00a0Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) En el nivel regional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Comisiones Regionales de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n (CRCI). Las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n de que \u00a0trata el art\u00edculo 33 de la Ley 1450 de 2011, en \u00a0adelante \u201cCRCI\u201d, son las instancias encargadas de la coordinaci\u00f3n y \u00a0articulaci\u00f3n de las distintas instancias a nivel departamental y subregional \u00a0que desarrollen actividades dirigidas a fortalecer la competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n en los departamentos en el marco del SNCI. As\u00ed mismo, las CRCI son \u00a0un espacio para la cooperaci\u00f3n p\u00fablico-privada y acad\u00e9mica a nivel \u00a0departamental, orientada a la implementaci\u00f3n de las Agendas Departamentales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. No tendr\u00e1n personer\u00eda jur\u00eddica, ni se reconocer\u00e1 \u00a0m\u00e1s de una CRCI por Departamento, como parte del Sistema Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ii) Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI. El \u00a0Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI es la instancia de decisi\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las \u00a0instancias del sector p\u00fablico, privado y la academia para la formulaci\u00f3n, \u00a0concertaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de la Agenda Departamental de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. Para dicho prop\u00f3sito, el Comit\u00e9 Ejecutivo podr\u00e1 \u00a0crear Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iii) Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las CRCI. Es \u00a0la unidad de apoyo a la CRCI y ser\u00e1 ejercida por la C\u00e1mara de Comercio con \u00a0jurisdicci\u00f3n en el municipio o distrito capital del respectivo Departamento. \u00a0Tendr\u00e1 funciones de car\u00e1cter t\u00e1ctico (orientadas a la gesti\u00f3n e implementaci\u00f3n \u00a0de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n) y de apoyo \u00a0administrativo (para garantizar el funcionamiento operativo de la CRCI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iv) Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de las CRCI. Son \u00a0instancias creadas por el Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI, con el fin de coordinar \u00a0la formulaci\u00f3n, gesti\u00f3n e implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e \u00a0iniciativas de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. Estos \u00a0comit\u00e9s t\u00e9cnicos estar\u00e1n integrados por los delegados de las entidades que \u00a0conforman la CRCI o de otras instancias que est\u00e1n relacionadas con los temas de \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n en el Departamento, tales como los Consejos \u00a0Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Codecti), las Mesas de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n Agropecuaria, Comit\u00e9s \u00a0Universidad-Estado-Empresa (CUEE), Consejos Seccionales de Desarrollo \u00a0Agropecuario (Consea), Redes Regionales de Emprendimiento (RRE) \/Consejos \u00a0Regionales Mipymes, entre otras, as\u00ed como representantes del sector privado y \u00a0la academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Instrumentos de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Agenda Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. La Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n (ANCI) es el \u00a0instrumento de planeaci\u00f3n del Gobierno nacional para desarrollar de manera \u00a0coordinada las pol\u00edticas, programas y\/o acciones prioritarias con el prop\u00f3sito \u00a0de mejorar la competitividad e innovaci\u00f3n del pa\u00eds, la cual contiene \u00a0indicadores medibles asociados a competitividad y productividad. La \u00a0formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de la ANCI se realizar\u00e1 en \u00a0coordinaci\u00f3n con el sector privado y la academia, teniendo como insumo los \u00a0documentos Conpes, el Plan Nacional de Desarrollo, las Agendas Departamentales \u00a0de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed como los dem\u00e1s documentos relacionados con \u00a0competitividad, productividad e innovaci\u00f3n. La Agenda Nacional de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n tendr\u00e1 una temporalidad de 4 a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ii) Agendas Departamentales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. Las Agendas Departamentales de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n (ADCI) son la principal herramienta a trav\u00e9s de la cual se definen \u00a0y priorizan iniciativas, programas o proyectos estrat\u00e9gicos de corto y mediano \u00a0plazo para impulsar la competitividad y la innovaci\u00f3n de los departamentos en \u00a0el marco del SNCI y contribuir al cumplimiento de la visi\u00f3n del Plan Regional \u00a0de Competitividad. Las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0(ADCI) corresponder\u00e1n a las Agendas Integradas Departamentales de \u00a0Competitividad, Ciencia y Tecnolog\u00eda (AIDCCTI) a las que hace referencia el \u00a0Conpes 3866 de 2016, o a los instrumentos de pol\u00edtica que hagan sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>iii) Plan Regional de Competitividad. El \u00a0Plan Regional de Competitividad es el instrumento de planeaci\u00f3n de largo plazo \u00a0que establece la visi\u00f3n compartida y unificada de los actores del desarrollo \u00a0del Departamento, orientada a canalizar esfuerzos hacia un escenario futuro \u00a0deseable en materia de competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 2 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Composici\u00f3n y funcionamiento de las \u00a0instancias del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.1. Composici\u00f3n de la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Nacional \u00a0estar\u00e1 integrada por los siguientes miembros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Presidente de la Rep\u00fablica, quien la \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Consejero Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada, quien lidera el Sistema Nacional \u00a0de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Consejero Presidencial para la Gesti\u00f3n \u00a0y el Cumplimiento, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n, quien lidera el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural, quien lidera el Sistema Nacional de Innovaci\u00f3n Agropecuaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, quien lidera el Sistema Nacional de Propiedad Intelectual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro de Cultura, quien lidera el \u00a0Consejo de Econom\u00eda Naranja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Ministro de Ambiente y Desarrollo \u00a0Sostenible, quien lidera el Sistema Nacional Ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Ministro de Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Ministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Ministerio de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. El Ministro de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n \u00a0Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. El Ministro de Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. El Ministro de Minas y Energ\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. El Ministro de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. El Ministro de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. El Ministro de Transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. El Director del Servicio Nacional de \u00a0Aprendizaje (SENA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. El Director General de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. El Superintendente de Industria y Comercio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Los seis (6) Gobernadores que presiden \u00a0las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n, que hacen parte del \u00a0Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. El Presidente del Consejo Privado de \u00a0Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. El Presidente Ejecutivo de la Confederaci\u00f3n \u00a0Colombiana de C\u00e1maras de Comercio (Confec\u00e1maras). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Dos (2) representantes de los gremios \u00a0econ\u00f3micos designados por el Consejo Gremial Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Dos (2) representantes del sector \u00a0laboral designado por las centrales obreras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. El Presidente de la Asociaci\u00f3n \u00a0Colombiana de Universidades (Ascun). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. El Presidente de la Asociaci\u00f3n \u00a0Colombiana de Instituciones de Educaci\u00f3n Superior con Formaci\u00f3n T\u00e9cnica \u00a0Profesional y\/o Tecnol\u00f3gica (Aciet). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Tres (3) miembros del Consejo Asesor de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Cacti). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. El Director Ejecutivo de la Federaci\u00f3n \u00a0Nacional de Departamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>36. El Director Ejecutivo de la Federaci\u00f3n \u00a0Colombiana de Municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>37. El Director Ejecutivo de la Asociaci\u00f3n \u00a0Colombiana de Ciudades Capitales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada ejercer\u00e1 la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de \u00a0la Comisi\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La participaci\u00f3n de los Ministros y \u00a0Directores de entidades del orden nacional ser\u00e1 indelegable. Podr\u00e1n ser \u00a0invitados a las reuniones de esta Comisi\u00f3n otras entidades p\u00fablicas o privadas, \u00a0cuando se vayan a tratar temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.2. Sesiones. La Comisi\u00f3n sesionar\u00e1 de manera ordinaria dos (2) veces \u00a0al a\u00f1o y de manera extraordinaria cuando sea citada por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.3. Funciones de la Comisi\u00f3n. Las funciones de la Comisi\u00f3n Nacional \u00a0de Competitividad e Innovaci\u00f3n son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y presentar propuestas al \u00a0Gobierno nacional para la adopci\u00f3n de pol\u00edticas y programas tendientes a lograr \u00a0un mejoramiento en materia de competitividad e innovaci\u00f3n en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y realizar seguimiento a los \u00a0avances de los sistemas administrativos, subsistemas o instancias del Gobierno nacional \u00a0que tengan a su cargo la implementaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar seguimiento al desempe\u00f1o del \u00a0pa\u00eds en las metas e indicadores nacionales e internacionales en materia de \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n, y proponer acciones para su mejora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Solicitar los informes a las instancias \u00a0encargadas de la implementaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s funciones que sean necesarias \u00a0para dar cumplimiento a los objetivos del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.4. Informes al Presidente de la Rep\u00fablica. Las entidades que \u00a0lideran cada sistema, subsistema e instancia que hacen parte o se articulan con \u00a0el Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n deber\u00e1n reportar sus avances \u00a0en la implementaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n ante \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, en el marco de cada sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n \u00a0Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed como del desempe\u00f1o del pa\u00eds en los \u00a0indicadores de competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De igual forma, el Consejero Presidencial \u00a0para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada comunicar\u00e1 peri\u00f3dicamente \u00a0al Consejo de Ministros los avances en la Agenda Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n, cuando sea invitado para estos fines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.5. Composici\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo del SNCI. El Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Consejero Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Comercio, Industria y \u00a0Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de las Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Presidente Ejecutivo de la \u00a0Confederaci\u00f3n Colombiana de C\u00e1maras de Comercio (Confec\u00e1maras). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Presidente del Consejo Privado de \u00a0Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Un (1) representante de las Comisiones \u00a0Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n, el cual ser\u00e1 delegado por parte de \u00a0los seis (6) representantes de las Comisiones Regionales de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n integrantes del Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n, de acuerdo con las \u00a0condiciones previstas en el reglamento del Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. A las sesiones del \u00a0Comit\u00e9 Ejecutivo ser\u00e1n invitados permanentes, el Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, el Consejero Presidencial para la Gesti\u00f3n y el Cumplimiento y el \u00a0Consejero Presidencial para la Innovaci\u00f3n y Transformaci\u00f3n Digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada ejercer\u00e1 la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La participaci\u00f3n de \u00a0los ministros y directores ser\u00e1 indelegable. Podr\u00e1n ser invitados otras \u00a0entidades p\u00fablicas y privadas a las sesiones del Comit\u00e9 Ejecutivo, cuando se \u00a0vayan a tratar temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.6. Sesiones del Comit\u00e9 Ejecutivo del SNCI. El Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0sesionar\u00e1 de manera ordinaria una vez al mes y de manera extraordinaria cuando \u00a0sea citado por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. Dicho Comit\u00e9 establecer\u00e1 su propio \u00a0reglamento para su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.7. Funciones del Comit\u00e9 Ejecutivo del SNCI. Las funciones del \u00a0Comit\u00e9 Ejecutivo son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adoptar la Agenda Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n y liderar la coordinaci\u00f3n, concertaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n y seguimiento de las estrategias y acciones previstas en la \u00a0Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar y definir los lineamientos \u00a0generales para la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de la \u00a0Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir los lineamientos necesarios para \u00a0solucionar los distintos inconvenientes y barreras institucionales que surjan \u00a0para la implementaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, \u00a0cuando no hayan podido resolverse en el marco de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar la creaci\u00f3n, modificaci\u00f3n y \u00a0supresi\u00f3n de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos que hacen parte o se articulan en el SNCI, y \u00a0adoptar el reglamento marco para su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adoptar un modelo de gesti\u00f3n que permita \u00a0hacer seguimiento, an\u00e1lisis y rendici\u00f3n de cuentas sobre el desempe\u00f1o del pa\u00eds \u00a0en los indicadores internacionales de competitividad e innovaci\u00f3n y en la \u00a0Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir lineamientos para la \u00a0optimizaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de la oferta institucional de las entidades del \u00a0Gobierno nacional e instancias territoriales en materia de competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con el sector privado, teniendo en consideraci\u00f3n \u00a0los diferentes instrumentos priorizados en la Agenda Nacional de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n y en las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adoptar las acciones para implementar las \u00a0recomendaciones y solicitudes de la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.8. Comit\u00e9s T\u00e9cnicos del SNCI. Las instancias que se articular\u00e1n \u00a0bajo el SNCI en calidad de comit\u00e9s t\u00e9cnicos ser\u00e1n definidas por el Comit\u00e9 \u00a0Ejecutivo del SNCI, a trav\u00e9s de acta. Estas instancias liderar\u00e1n, entre otros, \u00a0los siguientes temas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollo Productivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gesti\u00f3n del Recurso Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mejora Normativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Log\u00edstica Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Facilitaci\u00f3n de Inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Formalizaci\u00f3n Empresarial y Laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Los dem\u00e1s que decida crear y acoger el \u00a0Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0deber\u00e1n ajustar sus reglamentos internos de conformidad con las disposiciones \u00a0generales establecidas en el Reglamento Marco expedido por el Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.9. Creaci\u00f3n de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos del SNCI. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0podr\u00e1n ser creados, modificados o suprimidos por parte del Comit\u00e9 Ejecutivo del \u00a0SNCI, de conformidad con las necesidades definidas en la Agenda Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n, siempre y cuando no tengan disposici\u00f3n normativa \u00a0espec\u00edfica sobre su organizaci\u00f3n y funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cada uno de los comit\u00e9s t\u00e9cnicos tendr\u00e1 una \u00a0secretar\u00eda t\u00e9cnica, la cual ser\u00e1 definida en su acto de creaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de la Calidad, creada mediante el Decreto 3257 de 2008, \u00a0que coordina la actuaci\u00f3n de las entidades gubernamentales y privadas del \u00a0Subsistema Nacional de la Calidad hace parte del Sistema Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0podr\u00e1n invitar a sus sesiones a los representantes del sector privado, academia \u00a0y la sociedad civil, para el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada participar\u00e1 \u00a0como miembro de cada uno de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos que hace parte del SNCI, con \u00a0el fin de hacer seguimiento a sus planes de acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.10. Alcance de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos del SNCI. Los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos \u00a0atender\u00e1n aquellas tem\u00e1ticas de car\u00e1cter transversal y no sectorial espec\u00edfica \u00a0que impacten la competitividad e innovaci\u00f3n del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.11. Formulaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. La Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n \u00a0P\u00fablico-Privada liderar\u00e1 la formulaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n en los primeros seis (6) meses de inicio de cada Gobierno en el marco \u00a0del SNCI, y la presentar\u00e1 a consideraci\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo del SNCI para su \u00a0adopci\u00f3n. Igualmente, la Consejer\u00eda realizar\u00e1 seguimiento detallado de la \u00a0implementaci\u00f3n de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada se encargar\u00e1 de publicar el \u00a0contenido de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n y los informes \u00a0de su respectivo seguimiento en la p\u00e1gina web del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.12. Composici\u00f3n del Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. El Comit\u00e9 de \u00a0Regionalizaci\u00f3n estar\u00e1 integrado por representantes de: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Consejer\u00eda Presidencial para las \u00a0Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ministerio de Comercio, Industria y \u00a0Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ministerio de Agricultura y Desarrollo \u00a0Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ministerio de las Tecnolog\u00edas, \u00a0Informaci\u00f3n y Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ministerio de Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ministerio de Cultura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n (Colciencias). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Confederaci\u00f3n Colombiana de C\u00e1maras de \u00a0Comercio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Consejo Privado de Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Federaci\u00f3n Nacional de Departamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Federaci\u00f3n Colombiana de Municipios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Seis (6) representantes de los Consejos \u00a0Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (Codectis). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Seis (6) representantes de las \u00a0Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n, elegidos por estas mismas \u00a0y de conformidad con el reglamento del Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. El Comit\u00e9 de \u00a0Regionalizaci\u00f3n establecer\u00e1 su propio reglamento para su organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento, en el cual definir\u00e1 su presidencia, secretar\u00eda t\u00e9cnica y la \u00a0forma de elecci\u00f3n y periodicidad de sus miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los representantes \u00a0de Innpulsa y del programa Colombia Productiva ser\u00e1n invitados permanentes al \u00a0Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. Adem\u00e1s, podr\u00e1n ser invitadas otras entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas, cuando se vayan a tratar temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.13. Sesiones del Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. El Comit\u00e9 de \u00a0Regionalizaci\u00f3n sesionar\u00e1 de manera ordinaria al menos cada dos (2) meses, y de \u00a0manera extraordinaria cuando sea citado por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.2.14. Funciones del Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n. Las funciones del \u00a0Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover la alineaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de \u00a0la oferta de los distintos instrumentos de pol\u00edtica p\u00fablica que desarrollan las \u00a0entidades del Gobierno nacional y territoriales en el marco del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de \u00a0las actividades y acciones en materia de competitividad e innovaci\u00f3n entre las \u00a0entidades del nivel nacional y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Liderar la articulaci\u00f3n de las Agendas \u00a0Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n con la Agenda Nacional de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n por medio de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la coordinaci\u00f3n y hacer \u00a0seguimiento a los planes de acci\u00f3n de los programas, proyectos e iniciativas \u00a0previstos en las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Informar al Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0peri\u00f3dicamente los avances en la implementaci\u00f3n de las Agendas Departamentales \u00a0de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender los lineamientos y \u00a0recomendaciones del Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover el dise\u00f1o de estrategias \u00a0diferenciales de intervenci\u00f3n para los diferentes departamentos o regiones, de \u00a0conformidad con los niveles de desarrollo de las mismas o an\u00e1lisis de brechas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Formular su propio reglamento de \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 3 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Institucionalidad regional del Sistema \u00a0Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.1. Articulaci\u00f3n de las Instancias en las Comisiones Regionales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n (CRCI). En el marco de las CRCI se \u00a0articular\u00e1n las instancias regionales, departamentales y subregionales tales \u00a0como, los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n \u00a0(Codecti), Comit\u00e9s Universidad-Estado-Empresa (CUEE), Redes Regionales de \u00a0Emprendimiento (RRE), Consejos Regionales de Mipyme, Consejos Ambientales \u00a0Regionales, Comit\u00e9s de Biodiversidad, Consejos Seccionales de Desarrollo \u00a0Agropecuario (Consea); as\u00ed como las que se creen de acuerdo con las apuestas \u00a0sectoriales o cadenas productivas priorizadas por el departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada, en su \u00a0calidad de Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n, reconocer\u00e1 s\u00f3lo una CRCI por departamento como parte del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Las CRCI articular\u00e1n \u00a0las instancias subregionales existentes o las nuevas que se creen para promover \u00a0la competitividad, la innovaci\u00f3n y el desarrollo productivo a nivel \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La CRCI, a partir de \u00a0sus prioridades y capacidad institucional, podr\u00e1 articular a las distintas \u00a0instancias que traten temas de competitividad e innovaci\u00f3n, mediante la \u00a0conformaci\u00f3n de Comit\u00e9s T\u00e9cnicos, que permitan la unificaci\u00f3n de tem\u00e1ticas y \u00a0simplifiquen la operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.2. Composici\u00f3n de las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0(CRCI). Las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n (CRCI) \u00a0estar\u00e1n conformadas, como m\u00ednimo, por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Gobernador del Departamento, quien la \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Alcalde de la ciudad capital del \u00a0departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Un alcalde delegado por cada una de las \u00a0subregiones o provincias existentes en el departamento, cuando aplique. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Secretario de Planeaci\u00f3n \u00a0Departamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Secretario de Desarrollo Econ\u00f3mico \u00a0Departamental, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Secretario de Desarrollo Econ\u00f3mico del \u00a0municipio o distrito capital del departamento, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Director Regional del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Presidente Ejecutivo de cada una de \u00a0las C\u00e1maras de Comercio con presencia en el departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Director de la Agencia de Promoci\u00f3n e \u00a0Inversi\u00f3n del departamento, cuando aplique. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. M\u00ednimo tres (3) representantes de los \u00a0gremios econ\u00f3micos o de asociaciones de productores de sectores estrat\u00e9gicos, \u00a0designados por el Comit\u00e9 Intergremial o la instancia que haga sus veces, en los \u00a0casos en que exista la institucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. M\u00ednimo dos (2) representantes de los \u00a0rectores de las universidades departamentales o nacionales con sedes regionales \u00a0en el departamento, en los casos en que exista la institucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Un (1) representante por cada una de las \u00a0instancias conformadas que est\u00e1n relacionadas con los temas de competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n en el departamento, tales como Subcomisiones Regionales de \u00a0Competitividad, Codecti, CUEE, Consea, RRE\/Consejo Mipymes, entre otras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Gerente\/Director ejecutivo de la \u00a0Regi\u00f3n Administrativa y de Planificaci\u00f3n del respectivo territorio, cuando \u00a0aplique. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La participaci\u00f3n de \u00a0los gobernadores, alcaldes y secretarios ser\u00e1 indelegable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La composici\u00f3n y \u00a0modelo de gesti\u00f3n de las CRCI podr\u00e1 ajustarse en cada departamento teniendo en \u00a0cuenta sus necesidades y su capacidad institucional p\u00fablica y privada, as\u00ed como \u00a0las instancias activas sobre temas de competitividad e innovaci\u00f3n que existan \u00a0en el mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La CRCI establecer\u00e1 \u00a0el reglamento interno para su funcionamiento, as\u00ed como la designaci\u00f3n de los \u00a0representantes del sector p\u00fablico, privado y universidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.3. Sesiones de las CRCI. La CRCI sesionar\u00e1 de manera ordinaria dos \u00a0(2) veces al a\u00f1o y, de manera extraordinaria, cuando sea citada por el \u00a0presidente de la CRCI o la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.4. Funciones de las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0(CRCI). Las funciones de las CRCI son: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Servir de escenario de di\u00e1logo y \u00a0socializaci\u00f3n de propuestas de pol\u00edticas regionales y nacionales dirigidas a \u00a0fomentar la competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la elaboraci\u00f3n o la actualizaci\u00f3n \u00a0de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n, promoviendo la \u00a0incorporaci\u00f3n de un enfoque subregional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar a las distintas instancias, as\u00ed \u00a0como a las entidades p\u00fablicas y privadas del departamento, alrededor de la \u00a0formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e iniciativas \u00a0definidas en las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la articulaci\u00f3n de los \u00a0proyectos, programas e iniciativas de las Agendas Departamentales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n con el Plan Nacional de Desarrollo, la Agenda \u00a0Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, Planes de Desarrollo Territorial, los \u00a0Planes y Acuerdos Estrat\u00e9gicos Departamentales en Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n (PAED), el Plan Estrat\u00e9gico de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n del \u00a0Sector Agropecuario (Pectia) y dem\u00e1s planes o agendas sectoriales y \u00a0subregionales para la competitividad y la innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Definir las instancias a nivel \u00a0departamental que se articulan para la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n en el \u00a0marco del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de escenario para el di\u00e1logo y \u00a0an\u00e1lisis acerca del desempe\u00f1o del departamento en los indicadores subnacionales \u00a0en materia de competitividad e innovaci\u00f3n; as\u00ed como para la socializaci\u00f3n de los \u00a0avances de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover la articulaci\u00f3n de las \u00a0necesidades departamentales en materia de competitividad e innovaci\u00f3n con la \u00a0oferta de instrumentos del Gobierno nacional y entidades y organizaciones \u00a0territoriales para estos fines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover la concurrencia de la visi\u00f3n \u00a0regional con las herramientas de planificaci\u00f3n del departamento, as\u00ed como su \u00a0actualizaci\u00f3n cuando sea requerido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se definan en el marco del \u00a0SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.5. Comit\u00e9 Ejecutivo de la CRCI. El Comit\u00e9 Ejecutivo es la instancia \u00a0de decisi\u00f3n y articulaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Regional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n para la formulaci\u00f3n, concertaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de \u00a0la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.6. Composici\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI. El Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0estar\u00e1 conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Gobernador del Departamento, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Alcalde del municipio o distrito \u00a0capital del departamento, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Presidente Ejecutivo de la C\u00e1mara de Comercio con \u00a0jurisdicci\u00f3n en el municipio o distrito capital del respectivo departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director Regional del SENA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. M\u00ednimo (1) representante de los rectores \u00a0de las universidades departamentales o nacionales con sedes regionales en el \u00a0Departamento, en los casos en que exista la institucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. M\u00ednimo dos (2) representantes de los \u00a0gremios econ\u00f3micos o de las asociaciones de productores de sectores \u00a0estrat\u00e9gicos, designados por el Comit\u00e9 Intergremial o la instancia que haga sus \u00a0veces, en los casos en los que exista tal institucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Por regla general, \u00a0el Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI estar\u00e1 presidido por el Gobernador. No \u00a0obstante, cada CRCI podr\u00e1 optar por un esquema colegiado de hasta tres (3) \u00a0entidades para delegar entre estas qui\u00e9n la preside. En dicho cuerpo colegiado \u00a0debe estar presente el Gobernador o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Ser\u00e1 invitado \u00a0permanente un (1) representante de las Subcomisiones Regionales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n, en los departamentos donde aplique. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. El Gobernador y el \u00a0Alcalde del municipio o distrito capital del departamento podr\u00e1n delegar su \u00a0participaci\u00f3n. Para el resto de los miembros del Comit\u00e9 Ejecutivo, la \u00a0participaci\u00f3n ser\u00e1 indelegable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00b0. A las sesiones del \u00a0Comit\u00e9 Ejecutivo podr\u00e1n ser invitadas otras entidades p\u00fablicas y privadas del \u00a0orden departamental y nacional, cuando se vayan a tratar temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 5\u00b0. El equipo t\u00e9cnico de \u00a0base que integra la Secretar\u00eda T\u00e9cnica participar\u00e1 en las sesiones del Comit\u00e9 \u00a0Ejecutivo con voz, pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 6\u00b0. El Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0establecer\u00e1 el reglamento interno para su funcionamiento, as\u00ed como para la \u00a0designaci\u00f3n de los representantes del sector p\u00fablico, privado y universidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.7. Sesiones del Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI. Este Comit\u00e9 debe \u00a0reunirse trimestralmente de manera ordinaria, y de forma extraordinaria cuando \u00a0as\u00ed lo considere el presidente del Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.8. Funciones del Comit\u00e9 Ejecutivo de las CRCI. Dentro de sus \u00a0funciones est\u00e1n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar el funcionamiento y gesti\u00f3n de \u00a0la CRCI del departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direccionar la formulaci\u00f3n y gestionar la \u00a0implementaci\u00f3n de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed \u00a0como brindar soluciones a los distintos inconvenientes que surjan en dicho \u00a0proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aprobar y hacer seguimiento a un plan \u00a0anual de trabajo para la gesti\u00f3n e implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e \u00a0iniciativas definidas en las Agendas Departamentales de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar un informe de gesti\u00f3n y resultado \u00a0semestral con el avance de la Agenda Departamental de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n, el cual ser\u00e1 presentado por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar seguimiento al desempe\u00f1o del \u00a0departamento en los indicadores subnacionales en materia de competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular e integrar las tem\u00e1ticas, \u00a0programas, proyectos e iniciativas de la Agenda Departamental de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n con los instrumentos de planificaci\u00f3n territorial, tales como \u00a0planes de desarrollo municipal, distrital, departamental y subregional, entre \u00a0otros, para dar cumplimiento al art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 1253 de 2008. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar la articulaci\u00f3n e interlocuci\u00f3n \u00a0de las entidades p\u00fablicas y privadas territoriales en materia de competitividad \u00a0e innovaci\u00f3n con la oferta institucional de las entidades del Gobierno nacional \u00a0y de las organizaciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento a la gesti\u00f3n de los \u00a0Comit\u00e9s T\u00e9cnicos y las distintas instancias del departamento, alrededor de la \u00a0formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e iniciativas \u00a0definidas en las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Identificar y gestionar fuentes de apoyo \u00a0financiero y no financiero para los programas, proyectos e iniciativas \u00a0priorizados en la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir y concertar proyectos que puedan \u00a0postularse ante fondos y programas del Gobierno nacional, regional y de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional que contribuyan a la implementaci\u00f3n de la Agenda \u00a0Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Recomendar y orientar el an\u00e1lisis de las \u00a0propuestas de pol\u00edticas regionales y nacionales dirigidas a fomentar la \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Establecer el plazo de actualizaci\u00f3n de \u00a0los programas, proyectos e iniciativas de las Agendas Departamentales de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Definir los recursos orientados a la \u00a0sostenibilidad de la CRCI, as\u00ed como el mecanismo para su administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aprobar el presupuesto definido para el \u00a0funcionamiento de la CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que se definan en el marco de \u00a0la CRCI y del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.9. Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las CRCI. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica, como unidad de apoyo de la CRCI, ser\u00e1 ejercida por la C\u00e1mara de \u00a0Comercio con jurisdicci\u00f3n en el municipio o distrito capital del respectivo \u00a0departamento. Para ello, dicha c\u00e1mara de comercio pondr\u00e1 a disposici\u00f3n un \u00a0equipo t\u00e9cnico de base dedicado a las funciones t\u00e1cticas y de apoyo \u00a0administrativo de las CRCI. La estructura de ese equipo t\u00e9cnico ser\u00e1 acordada \u00a0entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Confec\u00e1maras, y la C\u00e1mara \u00a0de Comercio con jurisdicci\u00f3n en el municipio o distrito capital del respectivo \u00a0departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Cuando el Comit\u00e9 \u00a0Ejecutivo lo defina, la Secretar\u00eda T\u00e9cnica podr\u00e1 ser ejercida de manera \u00a0colegiada entre el sector p\u00fablico y la c\u00e1mara de comercio con jurisdicci\u00f3n en \u00a0el municipio o distrito capital del respectivo departamento. Para tales \u00a0efectos, el presidente de la CRCI podr\u00e1 designar un delegado quien se encargar\u00e1 \u00a0de apoyar las funciones del equipo base de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0podr\u00e1 hacer recomendaciones para el proceso de selecci\u00f3n de las personas que \u00a0integran el equipo de la unidad de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.10. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de las CRCI. Las funciones de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica ser\u00e1n de car\u00e1cter t\u00e1ctico (orientadas a la gesti\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n) y \u00a0de apoyo administrativo (para garantizar el funcionamiento operativo de la \u00a0CRCI): \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Funciones t\u00e1cticas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar la coordinaci\u00f3n de la CRCI del \u00a0departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar el dise\u00f1o o actualizaci\u00f3n de la \u00a0Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar la formulaci\u00f3n del plan de trabajo \u00a0anual de la CRCI orientado a la implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e \u00a0iniciativas de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n; as\u00ed como \u00a0al fortalecimiento t\u00e9cnico de la CRCI y de su modelo de gobernanza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por la coordinaci\u00f3n en el proceso \u00a0de formulaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de proyectos de la Agenda Departamental de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n al interior de la CRCI o de manera articulada con \u00a0las instancias que est\u00e1n relacionadas con los temas de competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n en el departamento (Codecti, CUEE, Consea, RRE\/Consejo Mipymes, entre \u00a0otras). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar acciones de articulaci\u00f3n de \u00a0recursos y voluntades institucionales, para impulsar la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas, proyectos e iniciativas de la Agenda Departamental de Competitividad \u00a0e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar las acciones de articulaci\u00f3n e \u00a0interlocuci\u00f3n de las entidades p\u00fablicas y privadas territoriales en materia de \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n con la oferta institucional de las entidades del \u00a0Gobierno nacional y organizaciones territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la identificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de fuentes \u00a0de apoyo financiero y no financiero para los programas, proyectos e iniciativas \u00a0priorizados en la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener actualizado e informar al Comit\u00e9 \u00a0Ejecutivo el reporte de avance del departamento en los indicadores \u00a0subnacionales de competitividad e innovaci\u00f3n, y en los indicadores de gesti\u00f3n y \u00a0de resultado de la CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Servir de interlocutora con el Sistema \u00a0Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, siguiendo los lineamientos definidos \u00a0por el Comit\u00e9 Ejecutivo de la CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer el modelo de gesti\u00f3n y plan \u00a0de acci\u00f3n que permita hacer seguimiento, an\u00e1lisis y rendici\u00f3n de cuentas sobre \u00a0los avances en la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n, y sobre \u00a0el desempe\u00f1o departamental en los indicadores subnacionales de competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Funciones de apoyo administrativo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Convocar a las reuniones ordinarias y \u00a0extraordinarias de todas las instancias de las CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar la informaci\u00f3n requerida para el \u00a0correcto funcionamiento de la CRCI y su Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Diligenciar y custodiar las actas de cada \u00a0sesi\u00f3n de las instancias de las CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Certificar y divulgar los actos \u00a0administrativos y decisiones de las instancias de las CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Custodiar la memoria institucional de la \u00a0CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar la construcci\u00f3n de los reglamentos \u00a0de la CRCI y del Comit\u00e9 Ejecutivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar, de acuerdo con el reglamento \u00a0de las CRCI, la representaci\u00f3n de los miembros que la componen, y mantener actualizada \u00a0la informaci\u00f3n de los actores e instancias que integran la CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar informes trimestrales de \u00a0gesti\u00f3n al Comit\u00e9 Ejecutivo de la CRCI, al Ministerio de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, con copia a Confec\u00e1maras y a las instancias que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar la comunicaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n en las plataformas de comunicaci\u00f3n de la CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Comunicar semestralmente al Comit\u00e9 de \u00a0Regionalizaci\u00f3n del SNCI las necesidades, oportunidades y avances en la \u00a0implementaci\u00f3n de las Agendas Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n, y \u00a0su articulaci\u00f3n con la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed como \u00a0el desempe\u00f1o en los indicadores subnacionales en materia de competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el Encuentro Nacional de las CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.11. Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de las CRCI. Con el fin de coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n, gesti\u00f3n e implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e iniciativas \u00a0de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n, el Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0podr\u00e1 crear Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de trabajo conformados por otros delegados de las \u00a0entidades que conforman la CRCI o las otras instancias que est\u00e1n relacionadas \u00a0con los temas de competitividad e innovaci\u00f3n en el departamento, tales como \u00a0Codecti, CUEE, Consea, RRE\/ Consejo Mipymes, entre otras, as\u00ed como \u00a0representantes del sector privado y la academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de la CRCI apoyar\u00e1 la gesti\u00f3n de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.12. Sostenibilidad de la CRCI. El equipo base de la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica, estar\u00e1 vinculado a la C\u00e1mara de Comercio con jurisdicci\u00f3n en el \u00a0municipio o Distrito Capital del respectivo departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como complemento, la Gobernaci\u00f3n, las \u00a0alcald\u00edas y otras entidades de conformidad con las normas legales que rigen a \u00a0la entidad, podr\u00e1n aportar capital humano, recursos financieros, \u00a0administrativos y log\u00edsticos para garantizar la sostenibilidad de las CRCI. \u00a0Cada Comit\u00e9 Ejecutivo definir\u00e1 el mecanismo para la administraci\u00f3n de dichos \u00a0recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.13. Alcance de la Agenda Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0(ADCI). Las CRCI definir\u00e1n los programas, proyectos e iniciativas \u00a0prioritarios para mejorar las condiciones de competitividad a nivel \u00a0departamental por medio de las Agendas Departamentales de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n, las cuales tendr\u00e1n como insumo y estar\u00e1n alineadas con el Plan \u00a0Nacional de Desarrollo, la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, \u00a0Planes de Desarrollo Territoriales, Planes y Acuerdos Estrat\u00e9gicos \u00a0Departamentales en Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n (PAED), Plan Estrat\u00e9gico de \u00a0Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n Agropecuaria (Pectia), y los dem\u00e1s planes \u00a0estrat\u00e9gicos de los sistemas, subsistemas o instancias departamentales o \u00a0subregionales con actividades en competitividad e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el proceso de gesti\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0la ADCI deben participar actores p\u00fablicos, privados y academia, a trav\u00e9s de las \u00a0instancias bajo la coordinaci\u00f3n de la CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los programas, \u00a0proyectos e iniciativas priorizados de las ADCI podr\u00e1n ser presentados a \u00a0convocatorias y otras fuentes de financiaci\u00f3n del Gobierno nacional y las \u00a0entidades territoriales, como los recursos orientados al desarrollo empresarial \u00a0y los fondos del Sistema General de Regal\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.14. Coordinaci\u00f3n nacional de las CRCI. El Ministerio de \u00a0Comercio, Industria y Turismo ejercer\u00e1 la coordinaci\u00f3n y seguimiento al \u00a0conjunto de las CRCI, con el apoyo de Confec\u00e1maras como representante del \u00a0sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio de Comercio, Industria y \u00a0Turismo informar\u00e1 peri\u00f3dicamente al Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n del Sistema \u00a0Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n sobre el avance de las actividades \u00a0desarrolladas por las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.3.15. Planes de trabajo de las CRCI. Con el acompa\u00f1amiento \u00a0y la asistencia t\u00e9cnica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de \u00a0Confec\u00e1maras, las CRCI formular\u00e1n un plan de trabajo anual en el que se definen \u00a0las principales l\u00edneas de acci\u00f3n para la implementaci\u00f3n de la Agenda \u00a0Departamental de Competitividad e Innovaci\u00f3n, as\u00ed como para el fortalecimiento \u00a0t\u00e9cnico y del modelo de gobernanza de la respectiva CRCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO 4 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la articulaci\u00f3n del sistema y otras \u00a0disposiciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.4.1. Articulaci\u00f3n de las instancias de competitividad e innovaci\u00f3n. Los sistemas, \u00a0subsistemas y dem\u00e1s instancias que se articulan bajo el SNCI alinear\u00e1n y \u00a0articular\u00e1n sus actividades y acciones, para la implementaci\u00f3n y cumplimiento \u00a0de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n y las Agendas \u00a0Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n bajo los lineamientos que se \u00a0definan en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico- Privada, en su \u00a0calidad de Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n, asistir\u00e1 en calidad de invitado permanente a los consejos, \u00a0comisiones, comit\u00e9s y dem\u00e1s instancias existentes de los sistemas o subsistemas \u00a0que hacen parte o se articulan bajo el Sistema Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.4.2. Articulaci\u00f3n de la oferta de competitividad e innovaci\u00f3n. Con la finalidad de \u00a0optimizar la oferta institucional de los instrumentos de pol\u00edtica en materia de \u00a0competitividad e innovaci\u00f3n, las entidades del Gobierno nacional, previo a la \u00a0formulaci\u00f3n y desarrollo de los instrumentos de pol\u00edtica, proyectos, programas, \u00a0servicios y acciones encaminados a temas de competitividad e innovaci\u00f3n, \u00a0deber\u00e1n acoger los lineamientos generales, procedimientos, criterios t\u00e9cnicos y \u00a0herramientas que se definan para estos efectos por parte del Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0del SNCI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.4.3. Trazabilidad de la oferta de instrumentos de competitividad e \u00a0innovaci\u00f3n. Las entidades del Gobierno nacional que desarrollen instrumentos \u00a0de pol\u00edtica y programas en materia de competitividad e innovaci\u00f3n, publicar\u00e1n \u00a0la informaci\u00f3n de dichos instrumentos y recibir\u00e1n las postulaciones de los \u00a0posibles beneficiarios por medio de la ventanilla \u00fanica www.innovamos.gov.co, \u00a0administrada por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el portal www.innovamos.gov.co se \u00a0sistematizar\u00e1 y consolidar\u00e1 la informaci\u00f3n sobre dise\u00f1o, publicaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n, seguimiento y monitoreo de los instrumentos de pol\u00edtica. Lo \u00a0anterior, sin desconocer que la operaci\u00f3n de los instrumentos ser\u00e1 realizada \u00a0por cada una de las entidades responsables de las intervenciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La implementaci\u00f3n de dicho portal ser\u00e1 \u00a0gradual y progresiva de conformidad con los t\u00e9rminos y condiciones establecidos \u00a0por parte del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, en cumplimiento de los \u00a0lineamientos previstos por el Ministerio de Tecnolog\u00eda, Informaci\u00f3n y \u00a0Comunicaciones para estos fines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.1.8.4.4. Articulaci\u00f3n con otras entidades del Gobierno nacional. La Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada y el \u00a0Ministerio de Comercio, Industria y Turismo promover\u00e1n, en el marco del Comit\u00e9 \u00a0de Regionalizaci\u00f3n, la articulaci\u00f3n con otras entidades de la Rama Ejecutiva \u00a0para la implementaci\u00f3n de los programas, proyectos e iniciativas de las Agendas \u00a0Departamentales de Competitividad e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Transitorio. Las Comisiones Regionales de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n tendr\u00e1n un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la \u00a0expedici\u00f3n del presente decreto, para que adelanten los ajustes pertinentes y \u00a0se ajusten a las disposiciones del presente t\u00edtulo. Pasado este lapso, el \u00a0Comit\u00e9 de Regionalizaci\u00f3n del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n \u00a0verificar\u00e1 que se realicen los ajustes de acuerdo con el presente art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su \u00a0publicaci\u00f3n, modifica en lo pertinente el Decreto 1081 de 2015 \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica y deroga el \u00a0Cap\u00edtulo 6 del T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, \u00a0y el Decreto 1953 de 2012, \u00a0as\u00ed como las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de septiembre de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel \u00a0Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Paula \u00a0Correa Fern\u00e1ndez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gloria Alonso \u00a0M\u00e1smela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio \u00a0Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, Colciencias, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Fernando Hern\u00e1ndez Losada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1651 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (septiembre 11) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.073, septiembre 11 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0adiciona el T\u00edtulo 8 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, \u00a0Decreto Reglamentario \u00danico del Sector Presidencia de la Rep\u00fablica, para \u00a0establecer la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53437","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53437","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53437"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53437\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53437"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53437"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53437"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}