{"id":53481,"date":"2023-08-18T16:22:40","date_gmt":"2023-08-18T16:22:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1784-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:40","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:40","slug":"decreto-1784-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1784-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1784 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01784 DE 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre \u00a04) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a051.096, octubre 4 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado \u00a0por el Decreto 2647 de 2022, \u00a0art\u00edculo 43. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 1309 de 2022, \u00a0por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0por el Decreto 901 de 2020 \u00a0y por el Decreto 876 de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nora 3: Adicionado por el Decreto 1309 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 \u00a0del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0corresponde al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en su calidad de Jefe de Estado, Jefe de \u00a0Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa en el ejercicio de sus funciones \u00a0constitucionales y legales y prestarle el apoyo administrativo necesario para \u00a0dicho fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es \u00a0necesario modificar la estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, para fortalecer las funciones de articulaci\u00f3n con \u00a0las entidades del Estado y de seguimiento al cumplimiento de los objetivos y \u00a0metas del Plan Nacional de Desarrollo aprobado mediante la Ley 1955 de 2019 \u00a0\u201cPacto por Colombia, pacto por la equidad\u201d y dem\u00e1s funciones y metas de \u00a0Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0art\u00edculo 281 de la citada ley del Plan cambi\u00f3 la adscripci\u00f3n de la Agencia para \u00a0Renovaci\u00f3n del Territorio del Sector Agricultura y Desarrollo Rural al Sector \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y cre\u00f3 la Hoja de Ruta para la implementaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica de estabilizaci\u00f3n como una herramienta que articule los instrumentos \u00a0derivados del Acuerdo Final, raz\u00f3n por la cual se requiere actualizar la \u00a0integraci\u00f3n del sector y modificar varias funciones de las dependencias del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica encargadas de la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la \u00a0modificaci\u00f3n de la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 del \u00a09 de noviembre de 2018, que dispone: \u201c&#8230;las plantas de personal y las \u00a0estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden \u00a0nacional, solamente se podr\u00e1n modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o \u00a0se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica present\u00f3 al \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de \u00a0que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto Ley 019 de \u00a02012, y los art\u00edculos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0para efectos de modificar su estructura, encontr\u00e1ndola ajustada t\u00e9cnicamente, \u00a0emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, para \u00a0los fines de este decreto, se cuenta con el concepto de viabilidad de la \u00a0Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en \u00a0m\u00e9rito de lo expuesto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto, \u00a0Naturaleza y Estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00b0. Objeto. Corresponde al \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica asistir al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica en su calidad de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y \u00a0Suprema Autoridad Administrativa en el ejercicio de sus funciones \u00a0constitucionales y legales y prestarle el apoyo administrativo necesario para \u00a0dicho fin. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0tendr\u00e1 como denominaci\u00f3n abreviada la de -Presidencia de la Rep\u00fablica-, la cual \u00a0ser\u00e1 v\u00e1lida para todos los efectos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00b0. Naturaleza. El Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de conformidad con lo \u00a0establecido en la Ley 55 de 1990, tendr\u00e1 \u00a0naturaleza especial y, en consecuencia, una estructura y una nomenclatura de \u00a0sus dependencias y empleos acordes con ella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica estar\u00e1 a cargo \u00a0del Jefe de Gabinete y del Director del Departamento quien ejercer\u00e1 la \u00a0representaci\u00f3n legal del Departamento, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 65 de la Ley 489 de 1998 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Jefe de \u00a0Gabinete y el Director del Departamento asistir\u00e1n de manera permanente al \u00a0Consejo de Ministros y al Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social \u00a0(Conpes). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00b0. Funciones generales. El \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, tendr\u00e1 las \u00a0siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica, en su condici\u00f3n de Jefe del Estado, en su labor \u00a0de coordinaci\u00f3n de los diferentes \u00f3rganos del Estado, para que se colaboren \u00a0arm\u00f3nicamente en la realizaci\u00f3n de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Organizar, dirigir, coordinar y realizar directamente, si fuere el caso, las \u00a0actividades necesarias que demande el Presidente de la Rep\u00fablica, para el \u00a0ejercicio de las facultades constitucionales que le corresponde ejercer, en \u00a0relaci\u00f3n con los \u00f3rganos del Estado que integran las ramas del poder p\u00fablico y \u00a0los dem\u00e1s \u00f3rganos estatales, aut\u00f3nomos e independientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica en su deber de garantizar los derechos y las \u00a0libertades de todos los colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Organizar, asistir y coordinar las actividades necesarias que demande el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, para el ejercicio de las facultades \u00a0constitucionales que le corresponde ejercer como Jefe del Estado y suprema \u00a0autoridad administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Adelantar las acciones seg\u00fan instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica, para \u00a0el eficiente y arm\u00f3nico accionar del Gobierno, represent\u00e1ndolo, cuando as\u00ed lo \u00a0demande, en la orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica y de sus \u00a0inmediatos colaboradores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Coordinar las relaciones entre el Presidente de la Rep\u00fablica con los entes \u00a0territoriales, el sector privado y las organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Coordinar las actividades de la Secretar\u00eda Ejecutiva en los Consejos, Comit\u00e9s o \u00a0dem\u00e1s organismos de consulta, asesor\u00eda, coordinaci\u00f3n o apoyo que dependan \u00a0directamente del Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divulgar los actos del Gobierno nacional \u00a0y coordinar lo referente a una adecuada difusi\u00f3n de la gesti\u00f3n gubernamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar apoyo al Presidente de la Rep\u00fablica en los \u00a0diagn\u00f3sticos, estudios, an\u00e1lisis y dem\u00e1s actividades que contribuyan a la \u00a0formaci\u00f3n de criterios, conceptos o formulaciones que este desee definir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impartir directrices para la evaluaci\u00f3n del impacto \u00a0de las pol\u00edticas de Gobierno frente a los objetivos estrat\u00e9gicos de cada \u00e1rea y \u00a0proponer los arreglos institucionales que correspondan, verticales o \u00a0transversales, encaminados a fortalecer la capacidad de las entidades del \u00a0Gobierno nacional para formular y ejecutar las pol\u00edticas p\u00fablicas de sectores \u00a0estrat\u00e9gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar el estudio de constitucionalidad, legalidad \u00a0y conveniencia de los distintos proyectos de ley, actos legislativos, decretos \u00a0y actos administrativos de competencia del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar el apoyo log\u00edstico y administrativo que \u00a0demande el ejercicio de las facultades y funciones presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean atribuidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Integraci\u00f3n \u00a0del Sector Administrativo. De conformidad con las normas vigentes el Sector \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica est\u00e1 integrado por el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las siguientes \u00a0entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de \u00a0Desastres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Agencia para la Reincorporaci\u00f3n y la Normalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia -APC COLOMBIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00b0. Modificado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Estructura. La estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina del Despacho de la \u00a0Vicepresidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Equidad de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Secretar\u00eda de \u00a0Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de Proyectos \u00a0Especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Jefe de \u00a0Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Jefatura para la \u00a0Protecci\u00f3n Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Jefatura de Discursos y \u00a0Mensajes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Oficina para la Atenci\u00f3n e \u00a0Integraci\u00f3n Socioecon\u00f3mica de la Poblaci\u00f3n Migrante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Ni\u00f1ez y la Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Juventud &#8211; Colombia Joven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Informaci\u00f3n y Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para las Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Despacho del Director del \u00a0Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Secretar\u00eda Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Oficina del Alto \u00a0Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico &#8211; Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Transformaci\u00f3n Digital y Gesti\u00f3n y Cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8. Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para la Participaci\u00f3n de las Personas con Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9. Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.1. Direcci\u00f3n Administrativa \u00a0y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.1.1. \u00c1rea Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.1.2. \u00c1rea de Contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.1.3. \u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.2. \u00c1rea de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.3. \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y \u00a0Sistemas de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.4. Oficina de Control \u00a0Interno Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.5. Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.6. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.10. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.10.1. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n \u00a0del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.10.2. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 6\u00ba: \u201cEstructura. \u00a0La estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Numeral modificado por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Despacho del \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina del Despacho de la Vicepresidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Consejer\u00eda Presidencial para la Participaci\u00f3n de las Personas \u00a0con Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Consejer\u00eda Vicepresidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Secretar\u00eda de Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6. Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del numeral 2: \u201cDespacho del Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. \u00a0Oficina del Despacho de la Vicepresidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Participaci\u00f3n de las Personas con Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. \u00a0Secretar\u00eda de Transparencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. \u00a0Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Numeral modificado por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. 3. Despacho del Jefe \u00a0de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. 1. Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Jefatura de Discursos y Mensajes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y la Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia Joven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos y Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. Consejer\u00eda Presidencial para la Informaci\u00f3n y Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9. Consejer\u00eda Presidencial para las Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10. Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Econ\u00f3micos y \u00a0Transformaci\u00f3n Digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial del numeral 3: \u201cDespacho del Jefe de Gabinete \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. \u00a0Secretar\u00eda de Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. \u00a0Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. \u00a0Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. \u00a0Jefatura de Discursos y Mensajes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y la Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.6. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia Joven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.7. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos y Legislativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.8. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.9. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para las Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.10. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Despacho del Director del Departamento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. \u00a0Secretar\u00eda Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. \u00a0Oficina del Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.5. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico &#8211; Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.6. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Gesti\u00f3n y Cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.7. \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8. \u00a0Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.1. \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.1.1. \u00a0\u00c1rea Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.1.2. \u00a0\u00c1rea de Contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.1.3. \u00a0\u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.2. \u00a0\u00c1rea de Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.3. \u00a0\u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.4. \u00a0Oficina de Control Interno Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.5. \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.8.6. \u00a0Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9. \u00a0\u00d3rganos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.1. \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.9.2. \u00a0Comisi\u00f3n de Personal.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Funciones de las dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Despacho \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del se\u00f1or Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica las consagradas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Despacho \u00a0del Vicepresidente de la Rep\u00fablica. Son funciones del Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica las misiones o encargos especiales que le conf\u00ede el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, de conformidad con lo establecido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Modificado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Apoyo para las funciones asignadas a la Vicepresidencia. Para el \u00a0apoyo del cumplimiento de las funciones asignadas al Despacho de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica por el Presidente de la Rep\u00fablica, se adscriben \u00a0el Despacho de la Vicepresidencia, la Oficina del Despacho de la \u00a0Vicepresidencia, la Consejer\u00eda Presidencial para la Equidad de la Mujer, la \u00a0Secretar\u00eda de Transparencia y la Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto anterior del art\u00edculo 9\u00ba: Modificado por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. \u201cApoyo para las \u00a0funciones asignadas a la Vicepresidencia. Para el apoyo del cumplimiento de las \u00a0funciones asignadas al Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, se adscriben al despacho de la Vicepresidencia la \u00a0Oficina del Despacho de la Vicepresidencia, la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Equidad de la Mujer, la Consejer\u00eda Presidencial para la Participaci\u00f3n de las \u00a0Personas con Discapacidad, la Consejer\u00eda Vicepresidencial, la Secretar\u00eda de \u00a0Transparencia y la Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 9\u00ba: \u201cApoyo \u00a0para las funciones asignadas a la Vicepresidencia. Para el apoyo del \u00a0cumplimiento de las funciones asignadas al Despacho de la Vicepresidencia de la \u00a0Rep\u00fablica por el Presidente de la Rep\u00fablica, se adscriben al despacho de la \u00a0Vicepresidencia la Oficina del Despacho de la Vicepresidencia, la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Equidad de la Mujer, la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Inclusi\u00f3n de Personas con Discapacidad, la Secretar\u00eda de Transparencia y la \u00a0Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Modificado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Oficina del Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. Son \u00a0funciones de la Oficina del Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular lineamientos \u00a0estrat\u00e9gicos, liderar, orientar e instruir a las dependencias y grupos \u00a0adscritos al Despacho de la Vicepresidencia en el ejercicio de las misiones que \u00a0les son confiadas al Vicepresidente por el Presidente de la Rep\u00fablica y velar \u00a0por su cumplimiento, siguiendo las directrices generales trazadas por el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a las diferentes \u00a0dependencias adscritas al Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0cuando as\u00ed lo requieran, en la preparaci\u00f3n de comunicaciones y pronunciamientos \u00a0oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y poner en \u00a0consideraci\u00f3n del Vicepresidente de la Rep\u00fablica las intervenciones p\u00fablicas \u00a0que deba efectuar en el ejercicio de sus funciones, para lo cual podr\u00e1 \u00a0solicitar informaci\u00f3n a las entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar los documentos e \u00a0intervenciones del Vicepresidente de la Rep\u00fablica para el cumplimiento de sus \u00a0funciones, elaborados por las dem\u00e1s dependencias adscritas al despacho del \u00a0Vicepresidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica en las representaciones internacionales que realice en foros, \u00a0conferencias y agendas bilaterales y multilaterales delegadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a la Vicepresidencia \u00a0en las funciones que le sean asignadas en relaci\u00f3n con la Organizaci\u00f3n para la \u00a0Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE), de que trata el Decreto 1857 de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica en su misi\u00f3n de presidir la Comisi\u00f3n Intersectorial para los \u00a0proyectos de Infraestructura y de Transporte, de que trata el Decreto 2163 de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica la misi\u00f3n de liderar las estrategias de reactivaci\u00f3n de la \u00a0poblaci\u00f3n informal, a trav\u00e9s de diferentes iniciativas de inclusi\u00f3n productiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las \u00a0dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las diferentes entidades del \u00a0Gobierno Nacional, los entes gubernamentales y no gubernamentales, as\u00ed como con \u00a0el sector privado, las acciones pertinentes para el adecuado desarrollo de las \u00a0funciones confiadas al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Programar y coordinar la \u00a0agenda del Vicepresidente seg\u00fan sus directrices. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Estudiar los asuntos que le \u00a0asigne el Vicepresidente de la Rep\u00fablica, atender \/as audiencias que le indique \u00a0y representar\/o en los actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Impartir directrices para el seguimiento y cumplimiento de los compromisos \u00a0asumidos por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica en las audiencias y eventos. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender la correspondencia \u00a0dirigida al Vicepresidente de la Rep\u00fablica que sea de su competencia y \u00a0coordinar las respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar la programaci\u00f3n \u00a0de las actividades que componen el plan estrat\u00e9gico, el plan de acci\u00f3n, los \u00a0indicadores de gesti\u00f3n y el mapa de riesgos de la Vicepresidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proponer y presentar, ante \u00a0las instancias competentes, las necesidades relacionadas con la gesti\u00f3n del \u00a0Despacho de la Vicepresidencia para el plan de adquisiciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Hacer seguimiento y \u00a0asesorar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en los asuntos relacionados con la \u00a0agenda legislativa de conformidad con las funciones y encargos especiales \u00a0asignados por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir y coordinar, bajo \u00a0las directrices del Vicepresidente de la Rep\u00fablica, las actividades que se \u00a0deban adelantar en el territorio para el cumplimiento de las misiones asignadas \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Asesorar en el dise\u00f1o de \u00a0mensajes y estrategias de comunicaci\u00f3n que el Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0deba suscribir y emitir en ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y que le sean \u00a0asignadas por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que \u00a0se hagan en las normas a la Consejer\u00eda Vicepresidencial, deben entenderse \u00a0referidas a la Oficina del Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0anterior del art\u00edculo 10. Modificado \u00a0por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. \u201cOficina del Despacho \u00a0de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. Son funciones de la Oficina del Despacho \u00a0de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular lineamientos estrat\u00e9gicos, liderar, orientar e instruir \u00a0a las dependencias y grupos adscritos al Despacho de la Vicepresidencia en el \u00a0ejercicio de las misiones que les son confiadas al Vicepresidente por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y velar por su cumplimiento, siguiendo las \u00a0directrices generales trazadas por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a las diferentes dependencias adscritas al Despacho de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, cuando as\u00ed lo requieran, en la preparaci\u00f3n de \u00a0comunicaciones y pronunciamientos oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y poner en consideraci\u00f3n del Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica las intervenciones p\u00fablicas que deba efectuar en el ejercicio de sus \u00a0funciones, para lo cual podr\u00e1 solicitar informaci\u00f3n a las entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar los documentos e intervenciones del Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica para el cumplimiento de sus funciones, elaborados por las dem\u00e1s \u00a0dependencias adscritas al &#8216;despacho del Vicepresidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en las \u00a0representaciones internacionales que realice en foros, conferencias y agendas \u00a0bilaterales y multilaterales delegadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a la Vicepresidencia en las funciones que le sean \u00a0asignadas en relaci\u00f3n con la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico (OCDE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0y las diferentes entidades del Gobierno Nacional, los entes gubernamentales y \u00a0no gubernamentales, as\u00ed como con el sector privado, las acciones pertinentes \u00a0para el adecuado desarrollo de las funciones confiadas al Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Programar y coordinar la agenda del Vicepresidente seg\u00fan sus \u00a0directrices. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar los asuntos que le asigne el Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica, atender las audiencias que le indique y representarlo en los actos \u00a0que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impartir directrices para el seguimiento y cumplimiento de los \u00a0compromisos asumidos por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica en las audiencias y \u00a0eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender la correspondencia dirigida al Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica que sea de su competencia y coordinar las respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la programaci\u00f3n de las actividades que componen el \u00a0plan estrat\u00e9gico, el plan de acci\u00f3n, los indicadores de gesti\u00f3n y el mapa de \u00a0riesgos de la Vicepresidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proponer y presentar, ante las instancias competentes, las \u00a0necesidades relacionadas con la gesti\u00f3n del Despacho de la Vicepresidencia para \u00a0el plan de adquisiciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de \u00a0la dependencia y que le sean asignadas por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 10: \u201cOficina \u00a0del Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica. Son funciones de la \u00a0Oficina del Despacho de la Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular lineamientos estrat\u00e9gicos, liderar, orientar e instruir a las \u00a0dependencias y grupos adscritos al Despacho de la Vicepresidencia en el \u00a0ejercicio de las misiones que les son confiadas al vicepresidente por el \u00a0presidente de la Rep\u00fablica y velar por su cumplimiento, siguiendo las \u00a0directrices generales trazadas por el vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con las dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las \u00a0diferentes entidades del Gobierno nacional, los entes gubernamentales y no \u00a0gubernamentales, as\u00ed como con el sector privado, las acciones pertinentes para \u00a0el adecuado desarrollo de las funciones confiadas al vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar en el dise\u00f1o de mensajes y estrategias de comunicaci\u00f3n que el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica deba suscribir y emitir en ejercicio de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar y poner en consideraci\u00f3n del vicepresidente de la Rep\u00fablica las \u00a0intervenciones p\u00fablicas que aquel deba efectuar en el ejercicio de sus \u00a0funciones, para lo cual podr\u00e1 solicitar informaci\u00f3n a las entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a las diferentes dependencias adscritas al Despacho de la \u00a0Vicepresidencia de la Rep\u00fablica, cuando as\u00ed lo requieran, en la preparaci\u00f3n de \u00a0comunicaciones oficiales y pronunciamientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar los documentos e intervenciones del vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica para el cumplimiento de sus funciones, elaborados por las dem\u00e1s \u00a0dependencias adscritas al despacho del vicepresidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar los asuntos que le asigne el vicepresidente de la Rep\u00fablica, \u00a0atender las audiencias que le indique y representarlo en los actos que le \u00a0se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Programar y coordinar la agenda del vicepresidente seg\u00fan sus \u00a0directrices. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir directrices para el seguimiento y cumplimiento de los \u00a0compromisos asumidos por el vicepresidente de la Rep\u00fablica en las audiencias y \u00a0eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender la correspondencia dirigida al vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0que sea de su competencia y coordinar las respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar a la vicepresidencia en las funciones que le sean asignadas en \u00a0relaci\u00f3n con la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico &#8211; \u00a0OCDE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar al vicepresidente de la Rep\u00fablica en las representaciones \u00a0internacionales que realice en foros, conferencias y agendas bilaterales y \u00a0multilaterales delegadas por el presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar al vicepresidente en la misi\u00f3n de coordinar la Misi\u00f3n \u00a0Internacional de Sabios, para el impulso de la ciencia, la tecnolog\u00eda y la \u00a0innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar al vicepresidente en la misi\u00f3n de dirigir y coordinar con las \u00a0diferentes entidades p\u00fablicas y privadas las actividades relacionadas con la \u00a0celebraci\u00f3n del Bicentenario de la Independencia Nacional y en la de presidir \u00a0la Comisi\u00f3n de Expertos del Bicentenario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar la programaci\u00f3n de las actividades que componen el plan \u00a0estrat\u00e9gico, el plan de acci\u00f3n, los indicadores de gesti\u00f3n y el mapa de riesgos \u00a0de la Vicepresidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proponer y presentar, ante las instancias competentes, las necesidades \u00a0relacionadas con la gesti\u00f3n del Despacho de la Vicepresidencia para el plan de \u00a0adquisiciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0dependencia y que le sean asignadas por la Vicepresidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Equidad de la Mujer. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Equidad de la Mujer, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir y proponer al Presidente de la Rep\u00fablica, al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica, al Jefe de Gabinete y al Director del \u00a0Departamento, al Gobierno nacional y a las Entidades territoriales el dise\u00f1o de \u00a0las pol\u00edticas, planes, programas, proyectos y disposiciones necesarias \u00a0destinadas a promover la igualdad de g\u00e9nero y empoderamiento para las mujeres, \u00a0as\u00ed como velar por la coordinaci\u00f3n, consistencia y coherencia de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar y participar en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de \u00a0los mecanismos de seguimiento al cumplimiento de la legislaci\u00f3n interna y de \u00a0los tratados, convenios y acuerdos internacionales que se relacionen con la \u00a0igualdad de g\u00e9nero para las mujeres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir el Observatorio de Asuntos de G\u00e9nero &#8211; OAG de \u00a0acuerdo con lo establecido por la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer alianzas estrat\u00e9gicas con otros sectores de \u00a0Gobierno, as\u00ed como con el sector privado, organizaciones de mujeres, organismos \u00a0internacionales, Organizaciones No Gubernamentales (ONG), universidades y \u00a0centros de investigaci\u00f3n, para la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica de \u00a0g\u00e9nero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar e impulsar estrategias culturales y de \u00a0comunicaciones para promover la igualdad de g\u00e9nero para las mujeres y su \u00a0empoderamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0Vicepresidente, el Jefe de Gabinete y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Derogado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 12. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Participaci\u00f3n de las Personas con Discapacidad. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Participaci\u00f3n de las Personas \u00a0con Discapacidad, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Presidente, al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica, al Jefe de Gabinete y al Director del Departamento, en la \u00a0orientaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, para la formulaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de las diferentes pol\u00edticas p\u00fablicas de discapacidad, en el \u00a0marco de la agenda de desarrollo sostenible (ODS) 2030. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer como instancia rectora del Sistema \u00a0Nacional de Discapacidad (SND), de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 5\u00b0 \u00a0de la Ley 1145 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y articular a las instancias y \u00a0actores que hacen parte del Consejo Nacional de Discapacidad (CND); establecido \u00a0por la Ley 1145 de 2007 \u00a0como organismo consultor, asesor institucional y de verificaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n del Sistema y de la Pol\u00edtica P\u00fablica Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y articular acciones para el \u00a0establecimiento de un sistema de monitoreo, seguimiento y evaluaci\u00f3n a la \u00a0inclusi\u00f3n social de personas con discapacidad y la implementaci\u00f3n del \u00a0observatorio nacional de inclusi\u00f3n de discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer, en coordinaci\u00f3n con actores e \u00a0instancias gubernamentales y no gubernamentales, sector privado, y sociedad \u00a0civil, lineamientos y recomendaciones que permitan avanzar hacia un sistema de \u00a0inclusi\u00f3n social de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional -APC, la gesti\u00f3n de recursos y apoyo t\u00e9cnico \u00a0internacional, as\u00ed como la realizaci\u00f3n de alianzas p\u00fablico- privadas, que \u00a0fortalezcan el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, seguimiento, monitoreo y evaluaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas y el desarrollo de planes, programas y proyectos para la \u00a0inclusi\u00f3n de la poblaci\u00f3n con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y articular el desarrollo de \u00a0estrategias de comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n, que promuevan los principales logros, \u00a0avances y desaf\u00edos en materia de inclusi\u00f3n, as\u00ed como la visibilizaci\u00f3n de los \u00a0talentos y capacidades de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores y las dem\u00e1s instancias competentes, la representaci\u00f3n \u00a0del pa\u00eds en los escenarios e instancias internacionales respecto a derechos e \u00a0inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad y a compromisos internacionales asumidos \u00a0por Colombia en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la promoci\u00f3n y adopci\u00f3n del \u00a0enfoque diferencial de discapacidad en las distintas pol\u00edticas p\u00fablicas, \u00a0programas, observatorios y sistemas nacionales de informaci\u00f3n estad\u00edstica en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y articular el seguimiento al \u00a0cumplimiento de la normatividad actual en materia de inclusi\u00f3n de las personas \u00a0con discapacidad y proponer ante las entidades competentes los ajustes \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades competentes el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de estrategias que promuevan el acceso efectivo de las personas \u00a0con discapacidad en igualdad de condiciones a la oferta institucional del \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente, el Jefe de Gabinete y el Director \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12A. Modificado por el Decreto 901 de 2020, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. (\u00e9ste derogado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 12.). Consejer\u00eda Vicepresidencial. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0Vicepresidencial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica en asuntos de competitividad, crecimiento econ\u00f3mico y desarrollo \u00a0empresarial, a nivel nacional y territorial, en coordinaci\u00f3n con la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico &#8211; Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e \u00a0Innovaci\u00f3n, en la implementaci\u00f3n de las recomendaciones de la Misi\u00f3n \u00a0Internacional de Sabios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar al Vicepresidente en \u00a0la misi\u00f3n de dirigir y coordinar con las diferentes entidades p\u00fablicas y \u00a0privadas las actividades relacionadas con el Bicentenario de la Independencia \u00a0Nacional y en la de presidir la Comisi\u00f3n de Expertos del Bicentenario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento y asesorar \u00a0al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en los asuntos relacionados con la agenda \u00a0legislativa de conformidad con las funciones y encargos especiales asignados \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar, bajo \u00a0las directrices del Vicepresidente de la Rep\u00fablica, las actividades que se \u00a0deban adelantar en el territorio para el cumplimiento de las misiones asignadas \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir al Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en los encargos regionales \u00a0que el Presidente de la Rep\u00fablica le haga al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar en el dise\u00f1o de \u00a0mensajes y estrategias de comunicaci\u00f3n que el Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0deba suscribir y emitir en ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 12A. \u00a0Adicionado por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. \u201cConsejer\u00eda \u00a0Vicepresidencial. Son funciones de la Consejer\u00eda Vicepresidencial, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en asuntos de \u00a0competitividad, crecimiento econ\u00f3mico y desarrollo empresarial, a nivel \u00a0nacional y territorial, en coordinaci\u00f3n con la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer acciones para la simplificaci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n o \u00a0eliminaci\u00f3n de tr\u00e1mites o procedimientos para facilitar la gesti\u00f3n de los \u00a0proyectos de infraestructura y transporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en la coordinaci\u00f3n de \u00a0las relaciones entre los ministerios, las entidades territoriales y el sector \u00a0privado, con el fin de generar sinergias con los sectores de infraestructura y \u00a0transporte, para el cumplimiento de las funciones asignadas al Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en la supervisi\u00f3n \u00a0funcional de los sectores de transporte e infraestructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, en la implementaci\u00f3n de las \u00a0recomendaciones de la Misi\u00f3n Internacional de Sabios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar al Vicepresidente en la misi\u00f3n de dirigir y coordinar con \u00a0las diferentes entidades p\u00fablicas y privadas las actividades relacionadas con \u00a0el Bicentenario de la Independencia Nacional y en la de presidir la Comisi\u00f3n de \u00a0Expertos del Bicentenario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento y asesorar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica \u00a0en los asuntos relacionados con la agenda legislativa de conformidad con las \u00a0funciones y encargos especiales asignados por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y coordinar, bajo las directrices del Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica, las actividades que se deban adelantar en el territorio para el \u00a0cumplimiento de las misiones asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asistir al Vicepresidente de la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dependencias competentes del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica, en los encargos regionales que el Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0le haga al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar en el dise\u00f1o de mensajes y estrategias de comunicaci\u00f3n \u00a0que el Vicepresidente de la Rep\u00fablica deba suscribir y emitir en ejercicio de \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Secretar\u00eda \u00a0de Transparencia. Son funciones de la Secretar\u00eda de Transparencia, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Presidente, Vicepresidente y al \u00a0Jefe de Gabinete y al Director del Departamento en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas en materia de transparencia y lucha contra la corrupci\u00f3n y coordinar \u00a0su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente, Vicepresidente y al Jefe de \u00a0Gabinete y al Director del Departamento en la fijaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0estrategias e implementaci\u00f3n de indicadores de transparencia de las entidades \u00a0de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con las entidades estatales cuyas \u00a0funciones tengan relaci\u00f3n con el tema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con las entidades competentes en la materia \u00a0el dise\u00f1o y la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de Estado Abierto a nivel nacional \u00a0y territorial, enmarcada en la Constituci\u00f3n y en el Plan Nacional de \u00a0Desarrollo, seg\u00fan los lineamientos del Presidente, Vicepresidente y al Jefe de \u00a0Gabinete y al Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Presidente, Vicepresidente y al Jefe de \u00a0Gabinete y al Director del Departamento en la coordinaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0mecanismos para fomentar la rendici\u00f3n de cuentas por parte de las entidades de \u00a0la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y en la promoci\u00f3n de mecanismos de participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las entidades competentes en la materia \u00a0el dise\u00f1o y la implementaci\u00f3n de directrices, mecanismos y herramientas \u00a0preventivas para el fortalecimiento institucional de la Transparencia y lucha \u00a0contra la corrupci\u00f3n, as\u00ed como tambi\u00e9n para el acceso a la informaci\u00f3n, cultura \u00a0de probidad y lucha contra la impunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la implementaci\u00f3n de los compromisos \u00a0adquiridos por Colombia en los instrumentos internacionales de lucha contra la \u00a0corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fomentar y contribuir en la coordinaci\u00f3n \u00a0interinstitucional de las diferentes ramas del poder p\u00fablico y \u00f3rganos de \u00a0control del nivel nacional y territorial, para la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de \u00a0transparencia y lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar instrumentos que permitan conocer y analizar \u00a0el fen\u00f3meno de la corrupci\u00f3n y sus indicadores que faciliten la definici\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas, directrices, controles de advertencia en riesgos de \u00a0corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y apoyar la elaboraci\u00f3n de proyectos de ley \u00a0o de acto legislativo que someta el Gobierno nacional a consideraci\u00f3n del \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica en materia de transparencia y lucha contra la \u00a0corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir y promover acciones estrat\u00e9gicas entre el \u00a0sector p\u00fablico y el sector privado, que garanticen transparencia y prevenci\u00f3n \u00a0de la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la formulaci\u00f3n de \u00a0propuestas de actos administrativos necesarios para la reglamentaci\u00f3n de las \u00a0normas con fuerza de ley sobre la lucha contra la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios, investigaciones, indicadores y \u00a0dem\u00e1s instrumentos que permitan conocer y analizar el fen\u00f3meno de la corrupci\u00f3n, \u00a0y ejercer la administraci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema General \u00a0de Informaci\u00f3n de Lucha Contra la Corrupci\u00f3n, el cual interoperar\u00e1 los \u00a0diferentes sistemas de informaci\u00f3n y bases de datos con que cuenta el Estado, \u00a0con el fin de generar alertas tempranas de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adoptar la metodolog\u00eda para dise\u00f1ar y hacer \u00a0seguimiento a las estrategias de lucha contra la corrupci\u00f3n y de atenci\u00f3n al \u00a0ciudadano que deber\u00e1n elaborar anualmente las entidades del orden nacional y \u00a0territorial, de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 73 de la Ley 1474 de 2011, as\u00ed \u00a0como la metodolog\u00eda para dise\u00f1ar e implementar los planes de acci\u00f3n previstos \u00a0en el art\u00edculo 74 de dicha ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Denunciar directamente o dar traslado a los entes de \u00a0control y a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n de presuntos delitos contra la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, contra el orden econ\u00f3mico y social, o contra el patrimonio \u00a0econ\u00f3mico, as\u00ed como de posibles infracciones disciplinarias, que por su \u00a0gravedad sean puestas en su conocimiento, as\u00ed como las denuncias interpuestas \u00a0directamente por veedores ciudadanos y la ciudadan\u00eda en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar y administrar la l\u00ednea de llamadas de \u00a0informaci\u00f3n confidencial y denuncias por corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Orientar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de estrategias culturales, campa\u00f1as \u00a0pedag\u00f3gicas y de comunicaciones encaminadas a promover la legalidad, la \u00a0integridad, la \u00e9tica, los valores, el control social y el cuidado de los \u00a0recursos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Recibir y analizar los reportes que presenten los \u00a0Ministros y Viceministros y los Directores de Departamentos Administrativos, \u00a0cuando hayan conocido o identificado presuntos hechos de corrupci\u00f3n en sus \u00a0respectivos sectores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Consolidar y analizar los informes y reportes de los \u00a0jefes de control interno de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional o de quienes \u00a0hagan sus veces, de conformidad con lo se\u00f1alado con el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1474 de 2011 y su \u00a0reglamentaci\u00f3n, y proponer acciones preventivas en esta materia y presentar informe \u00a0sobre los mismos a la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional \u00a0para la Moralizaci\u00f3n en el marco de la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Proponer a la Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n \u00a0acciones para adelantar conjuntamente con el Gobierno nacional, consolidar sus \u00a0informes y hacer seguimiento a los indicadores de eficacia, eficiencia y \u00a0transparencia que esta formule. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Requerir a las Comisiones Regionales de Moralizaci\u00f3n, \u00a0adelantar la investigaci\u00f3n por presuntos delitos contra la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica, contra el orden econ\u00f3mico y social, contra el patrimonio econ\u00f3mico, \u00a0faltas disciplinares o fiscales de los que haya tenido conocimiento y formular \u00a0recomendaciones para prevenir o atacar riesgos sist\u00e9micos de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Coordinar actividades con la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional Ciudadana para la Lucha Contra la Corrupci\u00f3n y promover la \u00a0aplicaci\u00f3n de los lineamientos tanto de esta Comisi\u00f3n como de la Comisi\u00f3n \u00a0Nacional para la Moralizaci\u00f3n en las Comisiones Regionales de Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Solicitar y analizar informaci\u00f3n de naturaleza \u00a0p\u00fablica de las entidades p\u00fablicas o privadas que ejecuten recursos del Estado o \u00a0presten un servicio p\u00fablico y de los sujetos obligados bajo la Ley 1712 de 2014 \u00a0cuando sea necesario para verificarla transparencia en el manejo de los \u00a0recursos y la integridad de la administraci\u00f3n p\u00fablica, y generar alertas \u00a0tempranas que deber\u00e1 poner en conocimiento de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Impulsar, en coordinaci\u00f3n con la Agencia Nacional de \u00a0Defensa Jur\u00eddica del Estado, las demandas de repetici\u00f3n contra las personas \u00a0condenadas por hechos de corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, de conformidad con los lineamientos establecidos por la \u00a0Subdirecci\u00f3n General y en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia -APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Potestativamente, rendir conceptos no vinculantes en \u00a0procesos judiciales en los que haga parte cualquier entidad Nacional o \u00a0Territorial por presuntos hechos relacionados con delitos contra la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, detrimento patrimonial o toda acci\u00f3n que atente contra \u00a0el patrimonio p\u00fablico y la moral administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Ejercer la administraci\u00f3n y funcionamiento del \u00a0Sistema General de Informaci\u00f3n de Lucha contra la Corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0Vicepresidente y el Jefe de Gabinete y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Modificado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 4\u00ba. Direcci\u00f3n de Proyectos Especiales. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Proyectos Especiales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Promover instrumentos de \u00a0coordinaci\u00f3n, di\u00e1logo y estrategia con las entidades del orden nacional y \u00a0territorial, para el desarrollo de programas y proyectos que contribuyan a la \u00a0gesti\u00f3n de las misiones que le son confiadas al Vicepresidente por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar las acciones para \u00a0la ejecuci\u00f3n de los proyectos que sean asignados a la Direcci\u00f3n por el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar al Vicepresidente en \u00a0la misi\u00f3n de supervisar la ejecuci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las acciones para la \u00a0reconstrucci\u00f3n de Mocoa &#8211; Putumayo y presentar los informes al Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar al Vicepresidente en \u00a0la misi\u00f3n de presidir la Comisi\u00f3n Interinstitucional de Alto Nivel para la \u00a0Protecci\u00f3n Inmediata de las Comunidades Afrodescendientes y los Pueblos AWA y \u00a0Eperara -Siapidaara que habitan el Pac\u00edfico Nari\u00f1ense, de conformidad con lo \u00a0indicado en el Auto 620 de 2017, de que trata el Decreto 850 de 2018. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Vicepresidente en \u00a0la misi\u00f3n de presidir la Comisi\u00f3n Colombiana del Oc\u00e9ano y la Comisi\u00f3n \u00a0Colombiana del Espacio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar las actividades \u00a0que deba realizar el Vicepresidente en las entidades territoriales, acorde con \u00a0las directrices que sobre el particular le haya asignado el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica al Vicepresidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar y apoyar al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica en los temas que le sean asignados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer e implementar \u00a0procedimientos y mecanismos de seguimiento a la ejecuci\u00f3n del plan de acci\u00f3n de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar informes al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica sobre la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos a cargo de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asistir al Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con las dependencias competentes del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en los encargos \u00a0regionales que el Presidente de la Rep\u00fablica le haga al Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 14: \u201cDirecci\u00f3n de \u00a0Proyectos Especiales. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Proyectos \u00a0Especiales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Promover instrumentos de coordinaci\u00f3n, di\u00e1logo y estrategia con las entidades \u00a0del orden nacional y territorial, para el desarrollo de programas y proyectos \u00a0que contribuyan a la gesti\u00f3n de las misiones que le son confiadas al \u00a0Vicepresidente por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Adelantar las acciones para la ejecuci\u00f3n de los proyectos que sean asignados a \u00a0la Direcci\u00f3n por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Apoyar al Vicepresidente en la misi\u00f3n de supervisar la ejecuci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de las acciones para la reconstrucci\u00f3n de Mocoa &#8211; Putumayo y \u00a0presentar los informes al Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Apoyar al Vicepresidente en la misi\u00f3n de presidir la Comisi\u00f3n \u00a0Interinstitucional de Alto Nivel para la Protecci\u00f3n Inmediata de las \u00a0Comunidades Afrodescendientes y los Pueblos AWA y Eperara -Siapidaara que \u00a0habitan el Pac\u00edfico Nari\u00f1ense, de conformidad con lo indicado en el Auto 620 de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Apoyar al Vicepresidente en la misi\u00f3n de presidir la Comisi\u00f3n Colombiana del \u00a0Oc\u00e9ano y la Comisi\u00f3n Colombiana del Espacio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Coordinar las actividades que deba realizar el Vicepresidente en las entidades \u00a0territoriales, acorde con las directrices que sobre el particular le haya \u00a0asignado el presidente de la Rep\u00fablica al Vicepresidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Asesorar y apoyar al Vicepresidente de la Rep\u00fablica en los temas que le sean \u00a0asignados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Proponer e implementar procedimientos y mecanismos de seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n del plan de acci\u00f3n de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Presentar informes al Vicepresidente de la Rep\u00fablica sobre la ejecuci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos a cargo de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Vicepresidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Modificado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Despacho del Jefe de Gabinete. Son funciones del Despacho del \u00a0Jefe de Gabinete, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar en la formulaci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas p\u00fablicas a cargo del Presidente de la Rep\u00fablica, en su \u00a0condici\u00f3n de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad \u00a0administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica en el ejercicio de las funciones que le corresponden en relaci\u00f3n con \u00a0los poderes p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o autoridades a que se refiere la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, de conformidad con los lineamientos que imparta el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar y asesorar al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica en sus relaciones con los partidos pol\u00edticos y las \u00a0organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Efectuar seguimiento a la \u00a0agenda legislativa del gobierno y presentar al Presidente de la Rep\u00fablica sus \u00a0recomendaciones sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Hacer seguimiento a los \u00a0trabajos y agenda de las comisiones legislativas y las sesiones plenarias del \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica e informar sobre los mismos al Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar, de acuerdo con las \u00a0instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica, al Ministerio del Interior en las \u00a0relaciones del Gobierno con los partidos y movimientos pol\u00edticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica en la coordinaci\u00f3n que se debe adelantar con el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica y los partidos y movimientos pol\u00edticos para llevar a cabo la \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos a cargo del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Brindar apoyo, cuando el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica lo determine, a los Ministerios en el tr\u00e1mite \u00a0legislativo de los proyectos de ley de inter\u00e9s del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las oficinas \u00a0competentes de los Ministerios y Departamentos Administrativos las respuestas a \u00a0los cuestionarios de control pol\u00edtico que formule el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las gestiones \u00a0para obtener cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades y en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer la secretar\u00eda ejecutiva \u00a0de las mesas pol\u00edticas que se conformen por iniciativa del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y del Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar al Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en \u00a0temas relacionados con pol\u00edtica exterior y asuntos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Impulsar y hacer \u00a0seguimiento a las iniciativas del Presidente de la Rep\u00fablica en la agenda \u00a0bilateral y multilateral del Estado colombiano en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Representar, por \u00a0instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica, al Gobierno colombiano en foros \u00a0de discusi\u00f3n, audiencias p\u00fablicas y dem\u00e1s escenarios en el \u00e1mbito \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Servir como vocero del \u00a0gobierno en los asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Estudiar los asuntos que le \u00a0asigne el Presidente de la Rep\u00fablica, atender las audiencias que le indique y \u00a0representar\/o en los actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Presentar a consideraci\u00f3n \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica los asuntos provenientes de los ministerios, \u00a0departamentos administrativos, establecimientos p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de \u00a0la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Formular lineamientos \u00a0estrat\u00e9gicos, liderar, orientar e instruir a las Consejer\u00edas Presidenciales y \u00a0Secretar\u00edas adscritas a su Despacho, y dem\u00e1s dependencias, en el ejercicio de \u00a0las funciones que les son propias y velar por su cumplimiento, siguiendo las \u00a0directrices generales trazadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Participar en las \u00a0instancias que integren o lideren los Consejeros Presidenciales, Secretarios y \u00a0dem\u00e1s funcionarios de la Presidencia de la Rep\u00fablica e impartir las directrices \u00a0y lineamientos que considere necesarios para el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Establecer los mecanismos \u00a0necesarios para mantener una visi\u00f3n estrat\u00e9gica de la agenda y las \u00a0comunicaciones del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Programar y coordinar la \u00a0agenda presidencial seg\u00fan los lineamientos acordados con el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, el Director del Departamento y\/o los Consejeros Presidenciales, \u00a0entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Identificar, evaluar y \u00a0priorizar los temas de inter\u00e9s nacional en la agenda del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Impartir directrices para \u00a0el seguimiento y cumplimiento de los compromisos asumidos por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica en las audiencias y eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Coordinar con las \u00a0diferentes dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica, el Gobierno \u00a0nacional, otras instancias gubernamentales y no gubernamentales y del sector \u00a0privado la compilaci\u00f3n de informaci\u00f3n necesaria para la elaboraci\u00f3n de \u00a0documentos, discursos, insumos y otros, que requiera el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica para el desarrollo de sus actividades y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Orientar y liderar la \u00a0coordinaci\u00f3n de las instancias relacionadas con asuntos migratorios para \u00a0responder a una estrategia conjunta de gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Coordinar con Casa Militar, \u00a0con la Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial y la Direcci\u00f3n de Protocolo del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores la log\u00edstica de los eventos, reuniones, \u00a0viajes y desplazamientos que realice el Presidente de la Rep\u00fablica dentro y \u00a0fuera del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Propender por el adecuado \u00a0cumplimiento de las funciones de control interno en las entidades de la Rama \u00a0Ejecutiva del orden nacional, para lo cual podr\u00e1 impartir directrices y apoyar \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica en el ejercicio de la facultad nominadora de los \u00a0jefes de las oficinas de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Impartir las directrices \u00a0para la publicaci\u00f3n de las hojas de vida de los aspirantes a empleos de libre \u00a0nombramiento y remoci\u00f3n de la Rama Ejecutiva del orden nacional, de que trata \u00a0el Decreto 1083 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Autorizar las comisiones de \u00a0salida del pa\u00eds de los empleados de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con o \u00a0sin cargo al erario p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Avalar las Hojas de vida de los aspirantes a ocupar empleos \u00a0del Departamento, previa revisi\u00f3n de cumplimiento de requisitos por parte del \u00a0\u00e1rea de talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Implementar procedimientos, \u00a0mecanismos e instrumentos para hacer m\u00e1s eficientes las actividades de Atenci\u00f3n \u00a0a la Ciudadan\u00eda en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las referencias \u00a0que se hagan en las normas a la Secretar\u00eda Privada deben entenderse referidas \u00a0al Despacho del Jefe de Gabinete de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Las referencias \u00a0que se hagan en las normas a la Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos \u00a0y Legislativos deben entenderse referidas al Despacho del Jefe de Gabinete de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 15: \u201cDespacho \u00a0del Jefe de Gabinete. Son funciones del Despacho del Jefe de Gabinete, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Asesorar en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas a cargo del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, en su condici\u00f3n de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema \u00a0autoridad administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica en el ejercicio de las funciones que le \u00a0corresponden en relaci\u00f3n con los poderes p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos o \u00a0autoridades a que se refiere la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, de conformidad con los \u00a0lineamientos que imparta el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Apoyar y asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica en sus relaciones con los \u00a0partidos pol\u00edticos y las organizaciones sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Servir como vocero del gobierno en los asuntos que determine el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Estudiar los asuntos que le asigne el Presidente de la Rep\u00fablica, atender las \u00a0audiencias que le indique y representarlo en los actos que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Presentar a consideraci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica los asuntos \u00a0provenientes de los ministerios, departamentos administrativos, establecimientos \u00a0p\u00fablicos y dem\u00e1s organismos de la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Formular lineamientos estrat\u00e9gicos, liderar, orientar e instruir a las \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales y Secretar\u00edas adscritas a su Despacho, y dem\u00e1s \u00a0dependencias, en el ejercicio de las funciones que les son propias y velar por \u00a0su cumplimiento, siguiendo las directrices generales trazadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Participar en las instancias que integren o lideren los Consejeros \u00a0Presidenciales, Secretarios y dem\u00e1s funcionarios de la Presidencia la Rep\u00fablica \u00a0e impartir las directrices y lineamientos que considere necesarios para el \u00a0cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Establecer los mecanismos necesarios para mantener una visi\u00f3n estrat\u00e9gica de la \u00a0agenda y las comunicaciones del Presidente la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Programar y coordinar la agenda presidencial seg\u00fan los lineamientos acordados \u00a0con el Presidente de la Rep\u00fablica, el Director del Departamento y\/o los \u00a0Consejeros Presidenciales, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Identificar, evaluar y priorizar los temas de inter\u00e9s nacional en la agenda del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Impartir directrices para el seguimiento y cumplimiento de los \u00a0compromisos asumidos por el Presidente de la Rep\u00fablica en las audiencias y \u00a0eventos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Coordinar con las diferentes dependencias de la Presidencia de la Rep\u00fablica, el \u00a0Gobierno nacional, otras instancias gubernamentales y no gubernamentales y del \u00a0sector privado la compilaci\u00f3n de informaci\u00f3n necesaria para la elaboraci\u00f3n de \u00a0documentos, discursos, insumos y otros, que requiera el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica para el desarrollo de sus actividades y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Orientar y liderar la coordinaci\u00f3n de las instancias relacionadas con asuntos \u00a0migratorios para responder a una estrategia conjunta de gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Coordinar con Casa Militar, con la Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial y \u00a0la Direcci\u00f3n de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores la log\u00edstica \u00a0de los eventos, reuniones, viajes y desplazamientos que realice el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica dentro y fuera del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Propender por el adecuado cumplimiento de las funciones de control interno en \u00a0las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, para lo cual podr\u00e1 \u00a0impartir directrices y apoyar al Presidente de la Rep\u00fablica en el ejercicio de \u00a0la facultad nominadora de los jefes de las oficinas de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Impartir las directrices para la publicaci\u00f3n de las hojas de vida de los \u00a0aspirantes a empleos de libre nombramiento y remoci\u00f3n de la Rama Ejecutiva del \u00a0orden nacional, de que trata el Decreto 1083 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Autorizar las comisiones de salida del pa\u00eds de los empleados de la Rama \u00a0Ejecutiva del orden nacional, con o sin cargo al erario p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Avalar las Hojas de vida de los aspirantes a ocupar empleos del Departamento, \u00a0previa revisi\u00f3n de cumplimiento de requisitos por parte del \u00e1rea de talento \u00a0humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y \u00a0las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Las referencias que se hagan en las normas a la Secretar\u00eda Privada deben \u00a0entenderse referidas al despacho del Jefe de Gabinete de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Sustituido por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 5\u00ba. Consejer\u00eda Presidencial para la Informaci\u00f3n y Prensa. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Informaci\u00f3n y Prensa, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones, al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, en las relaciones con medios de comunicaci\u00f3n nacionales y regionales \u00a0y en la implementaci\u00f3n de las herramientas t\u00e9cnicas requeridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la implementaci\u00f3n de \u00a0las herramientas t\u00e9cnicas requeridas para la divulgaci\u00f3n y emisi\u00f3n, de las \u00a0actividades p\u00fablicas del Presidente de la Rep\u00fablica y altos funcionarios de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar en coordinaci\u00f3n con \u00a0el Despacho del Jefe de Gabinete y Casa Militar, los eventos p\u00fablicos del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer actividades, planes y \u00a0programas para el relacionamiento del presidente de la Rep\u00fablica y la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica con los medios de comunicaci\u00f3n nacionales y \u00a0regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar la \u00a0producci\u00f3n de contenidos escritos y audiovisuales de los canales de \u00a0comunicaci\u00f3n propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en desarrollo de la \u00a0estrategia de divulgaci\u00f3n que se haya adoptado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y convocar a los \u00a0medios de comunicaci\u00f3n a los eventos en los que participe el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, as\u00ed como su acompa\u00f1amiento, en los viajes que .se determinen de \u00a0acuerdo con la estrategia de divulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar, la agenda \u00a0de medios del Presidente de la Rep\u00fablica, para sus intervenciones en los \u00a0canales de comunicaci\u00f3n con impacto regional y nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar el seguimiento de la \u00a0informaci\u00f3n emitida por las agencias de noticias y los diferentes medios de \u00a0comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le correspondan \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se \u00a0hagan en las normas a la Secretar\u00eda de Prensa deben entenderse referidas a la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Informaci\u00f3n y Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 16: \u201cSecretar\u00eda \u00a0de Prensa. Son funciones de la Secretar\u00eda de Prensa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divulgar oportunamente a los medios de comunicaci\u00f3n nacional, regional, \u00a0internacional e institucional, las actividades del Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0de los altos funcionarios del Estado, las decisiones del Gobierno nacional y los \u00a0asuntos relacionados con el desarrollo de la estrategia de comunicaciones del \u00a0Gobierno nacional, en coordinaci\u00f3n con la Consejer\u00eda Presidencial para las \u00a0Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones, las \u00a0actividades necesarias para la divulgaci\u00f3n de los actos en que participen el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la Rep\u00fablica, los ministros, los \u00a0directores de departamentos administrativos, los funcionarios de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica y altos funcionarios del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar la participaci\u00f3n de los medios de comunicaci\u00f3n en los actos y \u00a0viajes que realice el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar el seguimiento de la informaci\u00f3n emitida por las agencias de \u00a0noticias y los diferentes medios de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar las relaciones con los medios de comunicaci\u00f3n internacionales, \u00a0nacionales y regionales y atender sus requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar los medios digitales, audiovisuales y redes sociales \u00a0institucionales de la Presidencia de la Rep\u00fablica que se determinen en \u00a0desarrollo de la estrategia de comunicaciones del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la edici\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las publicaciones que requiera la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y el \u00a0Jefe de Gabinete.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Casa \u00a0Militar. Son funciones de Casa Militar, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar con el Comando General de las Fuerzas Militares \u00a0y la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional la disposici\u00f3n de los medios \u00a0navales, fluviales y a\u00e9reos necesarios para el correcto desarrollo de la agenda \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la Rep\u00fablica, sus familias y \u00a0comitivas oficiales tanto a nivel nacional como los requeridos para el \u00a0cumplimiento de la agenda internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento del protocolo establecido \u00a0para el Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus \u00a0familias, en coordinaci\u00f3n con el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con los responsables de protocolo y eventos \u00a0los apoyos log\u00edsticos para la organizaci\u00f3n y desarrollo de los eventos \u00a0agendados por el Despacho del Jefe de Gabinete en los que deban asistir el \u00a0Presidente o Vicepresidente de la Rep\u00fablica, tanto a nivel nacional como los \u00a0requeridos para el cumplimiento de la agenda internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Jefatura para la Protecci\u00f3n \u00a0Presidencial y con las Fuerzas Militares los requerimientos necesarios para \u00a0garantizar la seguridad del Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica, sus \u00a0familias y comitivas oficiales en las actividades en que ellos participen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la dependencia correspondiente las \u00a0audiencias de los integrantes de las Fuerzas Militares, con el presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial. \u00a0Son funciones de la Jefatura para la Protecci\u00f3n Presidencial, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Velar por la vida e integridad f\u00edsica del Presidente y \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares, dentro y fuera del territorio \u00a0nacional, e informarles de las circunstancias especiales de autoprotecci\u00f3n a \u00a0tener en cuenta para garantizar su seguridad, imagen e integridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y planear todos los aspectos \u00a0relacionados con la seguridad del Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y \u00a0sus familiares, a trav\u00e9s de los programas de avanzadas, entrenamiento y \u00a0operaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar, evaluar y adoptar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0correspondientes autoridades, las medidas que mitiguen situaciones las cuales \u00a0comprometan la seguridad, vida e integridad del Presidente y Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica y sus familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer protocolos de seguridad y administraci\u00f3n de \u00a0recursos, frente a la agenda y eventos que desarrolle el Presidente y \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares, adoptando medidas de seguridad \u00a0que garanticen su vida e integridad f\u00edsica, en coordinaci\u00f3n con el Jefe de \u00a0Gabinete, Polic\u00eda Nacional, las Fuerzas Militares y la Casa Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la selecci\u00f3n del personal que estar\u00e1 a cargo de \u00a0la Seguridad del Presidente y Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familiares, \u00a0por parte de la Polic\u00eda Nacional y dem\u00e1s organismos de seguridad del Estado, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional y el Comando \u00a0General de las Fuerzas Militares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de enlace, apoyo y coordinaci\u00f3n con organismos \u00a0de seguridad del Estado, instituciones gubernamentales, en situaciones de \u00a0alteraci\u00f3n del orden p\u00fablico que comprometan la seguridad nacional, afecten la \u00a0seguridad y convivencia ciudadana, en relaci\u00f3n con las funciones de la \u00a0Jefatura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Responder por la seguridad y defensa de las \u00a0instalaciones presidenciales de forma permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asumir en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores y con las Fuerzas Militares y de Polic\u00eda, la seguridad y protecci\u00f3n \u00a0de los Jefes de Estado y Jefes de Gobierno, cuando realicen visitas oficiales a \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Gestionar y emplear los medios necesarios para \u00a0garantizar la vida e integridad del Presidente de la Rep\u00fablica, Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica y sus n\u00facleos familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar por la seguridad de los altos funcionarios de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica que por la naturaleza del cargo y funciones as\u00ed \u00a0lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Jefatura \u00a0de Discursos y Mensajes. Son funciones de la Jefatura de Discursos y \u00a0Mensajes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar, en coordinaci\u00f3n con la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para las Comunicaciones, al Presidente de la Rep\u00fablica, al Jefe de \u00a0Gabinete y al Gobierno nacional, en el dise\u00f1o de mensajes y estrategias de \u00a0comunicaci\u00f3n acordes con las prioridades y pol\u00edticas del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y proponer en coordinaci\u00f3n con el Jefe de \u00a0Gabinete, los textos, comentarios, pronunciamientos, respuestas entre otros, \u00a0que el Presidente de la Rep\u00fablica deba suscribir y remitir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y poner en consideraci\u00f3n del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y del Jefe de Gabinete las intervenciones p\u00fablicas que aquel deba \u00a0efectuar en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar a las diferentes dependencias de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, cuando as\u00ed lo requieran, en la preparaci\u00f3n de \u00a0comunicaciones oficiales y pronunciamientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19A. Adicionado por \u00a0el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Oficina para la Atenci\u00f3n e Integraci\u00f3n Socioecon\u00f3mica de la \u00a0Poblaci\u00f3n Migrante. Son funciones de la Oficina para la Atenci\u00f3n e Integraci\u00f3n \u00a0Socioecon\u00f3mica de la Poblaci\u00f3n Migrante, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar con las instancias \u00a0competentes en los \u00e1mbitos nacional y local la implementaci\u00f3n de estrategias y \u00a0pol\u00edticas para la integraci\u00f3n socioecon\u00f3mica y productiva de los migrantes \u00a0asentados en el territorio nacional y de sus comunidades de acogida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la implementaci\u00f3n de \u00a0los compromisos adquiridos por Colombia en los instrumentos internacionales \u00a0relevantes a la integraci\u00f3n socioecon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n migrante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representar al Presidente y \u00a0al Jefe de Gabinete en los mecanismos de coordinaci\u00f3n relacionados con \u00a0migraci\u00f3n y con la Pol\u00edtica Integral Migratoria, en los \u00e1mbitos nacional y \u00a0local, que se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, al Jefe de Gabinete y al Director del Departamento en la formulaci\u00f3n \u00a0y desarrollo de pol\u00edticas migratorias relacionadas con la integraci\u00f3n \u00a0socioecon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n migrante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a las instituciones \u00a0del nivel central y a las entidades territoriales en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas, planes y proyectos relevantes para la orientaci\u00f3n y asistencia de \u00a0la poblaci\u00f3n migrante en general, y para la integraci\u00f3n socioecon\u00f3mica y \u00a0productiva de la poblaci\u00f3n migrante con vocaci\u00f3n de permanencia en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Gestionar recursos de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, relacionada con la integraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>socioecon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n \u00a0migrante, de acuerdo con las necesidades y lineamientos establecidos por el \u00a0Despacho del Jefe de Gabinete, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores y la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia \u00a0APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover mecanismos de \u00a0coordinaci\u00f3n con actores p\u00fablicos y privados, tanto nacionales como \u00a0internacionales, para fortalecer la respuesta institucional relativa a la \u00a0integraci\u00f3n socioecon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n migrante en los \u00e1mbitos nacional y \u00a0local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar al Presidente, al \u00a0Jefe de Gabinete y al Director del Departamento en la formulaci\u00f3n y revisi\u00f3n de \u00a0proyectos normativos relacionados con las funciones de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar y desarrollar \u00a0estrategias pedag\u00f3gicas y de comunicaci\u00f3n encaminadas a promover la integraci\u00f3n \u00a0socioecon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n migrante, de conformidad con los lineamientos y \u00a0disposiciones de la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar instrumentos, \u00a0estudios e indicadores que permitan analizar, generar conocimiento y hacer \u00a0seguimiento a la respuesta institucional relativa a la integraci\u00f3n \u00a0socioecon\u00f3mica de la poblaci\u00f3n migrante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica, el Jefe de Gabinete y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Ni\u00f1ez y la Adolescencia. Son funciones de la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y la Adolescencia, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Gobierno nacional y a las \u00a0entidades territoriales en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de \u00a0las acciones que promueven la generaci\u00f3n de oportunidades para la infancia y la \u00a0adolescencia, para el goce efectivo de sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gestionar alianzas con organismos y entidades \u00a0nacionales e internacionales, de car\u00e1cter p\u00fablico y privado para la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas y programas para el cumplimiento de la atenci\u00f3n integral de los \u00a0ni\u00f1os y ni\u00f1as y la Implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Infancia y Adolescencia \u00a0para buscar la transici\u00f3n arm\u00f3nica a la juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular, en coordinaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas y \u00a0privadas, programas, proyectos y actividades en favor de la nutrici\u00f3n y el \u00a0desarrollo de los ni\u00f1os y ni\u00f1as. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular, con las dem\u00e1s entidades competentes, \u00a0estrategias para la consecuci\u00f3n de recursos p\u00fablicos, privados y de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, destinados para el cumplimiento de la pol\u00edtica de Cero a \u00a0Siempre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Fomentar en los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades territoriales, el uso eficiente del tiempo libre \u00a0mediante herramientas y espacios l\u00fadicos que conserven un componente educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Propender por el fortalecimiento de sistemas de \u00a0monitoreo, evaluaci\u00f3n y seguimiento de las acciones implementadas por las \u00a0entidades miembros de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de \u00a0la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades competentes, \u00a0en el marco de la CIPI, las estrategias que faciliten el acceso de los ni\u00f1os y \u00a0ni\u00f1as a los servicios de nutrici\u00f3n ofrecidos por las entidades gubernamentales \u00a0y no gubernamentales con el objetivo de que mejoren su formaci\u00f3n integral y su \u00a0calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y coordinar con las entidades competentes, \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas que permitan el acceso con calidad y equidad de los ni\u00f1os, \u00a0ni\u00f1as y adolescentes a las actividades en favor de la nutrici\u00f3n, desarrollo y \u00a0en lo relacionado con la garant\u00eda y el goce efectivo de sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presidir, coordinar y ejercer la secretar\u00eda t\u00e9cnica de \u00a0la Comisi\u00f3n Intersectorial para la Atenci\u00f3n Integral de la Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la secretaria t\u00e9cnica del Comit\u00e9 T\u00e9cnico \u00a0Ampliado de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la atenci\u00f3n integral para la \u00a0Primera Infancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en las normas a \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para la Primera Infancia deben entenderse referidas \u00a0a la Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y la Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Modificado por el Decreto 876 de 2020, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia Joven. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia Joven, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, al Jefe de Gabinete y a las entidades del Estado a nivel nacional y \u00a0territorial, en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento, evaluaci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que promuevan la generaci\u00f3n de \u00a0oportunidades para la juventud y el goce efectivo de sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el Sistema Nacional de \u00a0Juventud, de acuerdo con los principios y disposiciones contenidos en la Ley 1622 de 2013 y \u00a0las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y participar, en \u00a0articulaci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades del Estado, el sector privado y organismos \u00a0internacionales, en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de estrategias nacionales y \u00a0territoriales, orientadas a la promoci\u00f3n y garant\u00eda de los derechos de los \u00a0adolescentes y j\u00f3venes y la prevenci\u00f3n de vulneraciones, el desarrollo de \u00a0habilidades, capacidades y competencias individuales y colectivas, la \u00a0consolidaci\u00f3n de proyectos de vida, el fortalecimiento de los v\u00ednculos \u00a0familiares y la construcci\u00f3n de capital social, teniendo en cuenta el enfoque \u00a0de derechos y diferencial, as\u00ed como la pertenencia \u00e9tnica e intercultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes, estrategias para garantizar el ejercicio pleno de la \u00a0ciudadan\u00eda juvenil que permitan a las y los j\u00f3venes realizar su proyecto de \u00a0vida y participar en igualdad de derechos y deberes en la vida social, \u00a0pol\u00edtica, econ\u00f3mica y cultural del pa\u00eds, e impartir directrices para su \u00a0implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes y bajo los lineamientos del Consejo Nacional de \u00a0Pol\u00edticas P\u00fablicas de Juventud, la Pol\u00edtica P\u00fablica Nacional de Juventud, y sus \u00a0estrategias de seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Liderar la formulaci\u00f3n y \u00a0coordinar la implementaci\u00f3n de estrategias que promuevan el conocimiento y el \u00a0acceso de los j\u00f3venes a la oferta institucional del Estado, de manera que se \u00a0visibilicen los beneficios de los planes y programas previstos por las \u00a0distintas entidades estatales para garantizar la formaci\u00f3n y calidad de vida de \u00a0la juventud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Generar espacios de \u00a0interlocuci\u00f3n continua entre el Estado y los j\u00f3venes, donde la juventud pueda \u00a0expresar sus puntos de vista, necesidades, perspectivas y participar de manera \u00a0activa en el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que les \u00a0conciernen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Generar alianzas con \u00a0organismos y con entidades nacionales e internacionales de car\u00e1cter p\u00fablico, privado \u00a0y mixto que contribuyan a la garant\u00eda y cumplimiento de los derechos de los \u00a0j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar asistencia t\u00e9cnica a \u00a0las entidades territoriales, en coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes, \u00a0en la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas y procesos \u00a0juveniles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir la organizaci\u00f3n y \u00a0desarrollo de un programa especial de apoyo al Consejo Nacional de Juventud, en \u00a0los t\u00e9rminos de la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer, de manera conjunta \u00a0con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo \u00a0Nacional de Pol\u00edticas P\u00fablicas de Juventud y la de la Comisi\u00f3n Nacional de \u00a0Concertaci\u00f3n y Decisi\u00f3n del Sistema Nacional de Juventudes, en su calidad de \u00a0dependencia rectora del Sistema Nacional de Juventudes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Garantizar la participaci\u00f3n y \u00a0el control social de los j\u00f3venes en la gesti\u00f3n p\u00fablica, a trav\u00e9s de la \u00a0administraci\u00f3n del portal de juventud del pa\u00eds, previsto en el numeral 31 del \u00a0art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Administrar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n \u00a0y Gesti\u00f3n de Conocimiento en Adolescencia y Juventud &#8211; SNIGCAJ, previsto en el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 71 de la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le correspondan \u00a0de acuerdo con el Estatuto de Ciudadan\u00eda Juvenil, con la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y el \u00a0Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 21: \u201cConsejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Juventud &#8211; Colombia \u00a0Joven. Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud &#8211; \u00a0Colombia Joven, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y asistir al Gobierno nacional y a las entidades territoriales, \u00a0en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas que promuevan la generaci\u00f3n de oportunidades para la juventud y la \u00a0eliminaci\u00f3n de las barreras para su desarrollo, con miras a su transformaci\u00f3n \u00a0integral y al goce efectivo de sus derechos, bajo los par\u00e1metros de legalidad, \u00a0emprendimiento y equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el Sistema Nacional de Juventud de acuerdo con los principios y \u00a0disposiciones contenidas en la Ley 1622 de 2013 \u00a0y garantizar el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Facilitar a los j\u00f3venes el conocimiento y el acceso a la oferta \u00a0institucional del Estado en materia de juventud, a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n \u00a0de estrategias que hagan visibles los beneficios de los planes y programas \u00a0previstos por las distintas entidades estatales para garantizar su formaci\u00f3n \u00a0integral y calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Generar espacios de interlocuci\u00f3n continua entre el Estado y los \u00a0j\u00f3venes, en los que la juventud pueda expresar sus puntos de vista, \u00a0necesidades, perspectivas y participar de manera activa en el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que les conciernen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular programas, proyectos y actividades en favor de la juventud en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades p\u00fablicas y privadas nacionales e \u00a0internacionales, que propendan por garantizar los derechos a la salud, a gozar \u00a0de ambientes sanos e id\u00f3neos, cultura, deporte y tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fomentar en los j\u00f3venes, a trav\u00e9s de la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas y en coordinaci\u00f3n con las entidades territoriales, la importancia que \u00a0tiene la participaci\u00f3n pol\u00edtica en el fortalecimiento de la democracia y en la \u00a0construcci\u00f3n de sus proyectos de vida y de un pa\u00eds donde los ciudadanos \u00a0conservan la confianza en su institucionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar a la juventud herramientas que permitan su inserci\u00f3n en el \u00a0mercado laboral, el acceso al primer empleo en condiciones dignas e \u00a0igualitarias, la proscripci\u00f3n de la falta de experiencia como causal de \u00a0discriminaci\u00f3n y la eliminaci\u00f3n de obst\u00e1culos que impidan su interacci\u00f3n con \u00a0diversas oportunidades laborales que consideren su vocaci\u00f3n y aptitudes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover planes y programas dirigidos a fomentar el uso eficiente del \u00a0tiempo libre de los j\u00f3venes, mediante herramientas y espacios l\u00fadicos que \u00a0conserven un componente educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar asistencia t\u00e9cnica a los departamentos, distritos y municipios \u00a0en la formulaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de sus pol\u00edticas para la \u00a0garant\u00eda de los derechos de los j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar alianzas con organismos y con entidades nacionales e \u00a0internacionales de car\u00e1cter p\u00fablico, privado y mixto que contribuyan a la \u00a0garant\u00eda y cumplimiento de los derechos de los j\u00f3venes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular estrategias de seguimiento y evaluaci\u00f3n a las pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas existentes en materia de juventud con el prop\u00f3sito de analizar su \u00a0conveniencia y avance. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asistir al Gobierno nacional en la organizaci\u00f3n y desarrollo de un \u00a0programa especial de apoyo al Consejo Nacional de Juventud, los Consejos \u00a0Departamentales de Juventud y a los Consejos Distritales, Municipales y locales \u00a0de juventud, en los t\u00e9rminos de la Ley 1622 de 2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer la Secretaria T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n de Concertaci\u00f3n y Decisi\u00f3n \u00a0Nacional del Sistema Nacional de Juventudes, de manera compartida con el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, en su calidad de dependencia rectora del \u00a0Sistema Nacional de Juventudes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar el portal de juventud que incluir\u00e1 informaci\u00f3n de oferta y \u00a0demanda de servicios para garant\u00eda de los derechos expresados en el Estatuto de \u00a0Ciudadan\u00eda Juvenil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Administrar el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de \u00a0Conocimiento en Adolescencia y Juventud SNIGCAJ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y el \u00a0Jefe de Gabinete.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Derogado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 12. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos y Legislativos. Son funciones de la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Pol\u00edticos y Legislativos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y al Jefe de Gabinete en sus relaciones con los partidos y \u00a0movimientos pol\u00edticos del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Efectuar seguimiento a la agenda \u00a0legislativa del gobierno y presentar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Jefe de \u00a0Gabinete sus recomendaciones sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento a los trabajos y agenda \u00a0de las comisiones legislativas y las sesiones plenarias del Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica e informar sobre los mismos al Presidente de la Rep\u00fablica, los \u00a0Ministros, al Jefe de Gabinete y a los Consejeros Presidenciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar, de acuerdo con las instrucciones \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y en coordinaci\u00f3n con el Jefe de Gabinete, al \u00a0Ministerio del Interior en las relaciones del Gobierno con los partidos y \u00a0movimientos pol\u00edticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Jefe de Gabinete en la coordinaci\u00f3n que se debe adelantar con el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica y los partidos y movimientos pol\u00edticos para llevar a cabo la \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos a cargo del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Brindar apoyo, cuando el Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0y el Jefe de Gabinete lo determinen, a los Ministerios en el tr\u00e1mite \u00a0legislativo de los proyectos de ley de inter\u00e9s del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las oficinas competentes de \u00a0los Ministerios y Departamentos Administrativos las respuestas a los \u00a0cuestionarios de control pol\u00edtico que formule el Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos \u00a0establecidos por el Despacho del Jefe de Gabinete y en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la secretar\u00eda ejecutiva de las \u00a0mesas pol\u00edticas que se conformen por iniciativa del Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0y del Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para las Comunicaciones. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para las Comunicaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, al Jefe de \u00a0Gabinete y al Gobierno nacional, en el dise\u00f1o de la estrategia general de \u00a0comunicaciones en la definici\u00f3n de objetivos, mensajes y contenidos; y \u00a0coordinar su seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a los jefes de oficina de comunicaciones y a \u00a0los dem\u00e1s responsables de las comunicaciones, en la construcci\u00f3n y seguimiento \u00a0de la estrategia de comunicaciones del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar y alinear la estrategia general de \u00a0comunicaciones del Gobierno nacional en el manejo de situaciones especiales de \u00a0crisis de reputaci\u00f3n y\/o imagen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Gobierno nacional en la formulaci\u00f3n y \u00a0revisi\u00f3n de la estrategia de manejo de imagen de Colombia en el interior y \u00a0exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Gobierno nacional en la ejecuci\u00f3n de las \u00a0estrategias sectoriales y regionales en materia de comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda de Prensa, \u00a0la estrategia, los lineamientos y la metodolog\u00eda de divulgaci\u00f3n a medios de \u00a0comunicaci\u00f3n, de los actos en los que participen el Presidente y Vicepresidente \u00a0de la Rep\u00fablica, los ministros, los directores de departamentos administrativos \u00a0y los altos funcionarios del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Impartir directrices y hacer seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de las herramientas, piezas, mensajes y contenidos \u00a0para los eventos en que participe el Presidente de la Rep\u00fablica y aquellos que \u00a0se deriven de la ejecuci\u00f3n de la estrategia de comunicaciones del Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento y formular recomendaciones sobre la informaci\u00f3n \u00a0emitida por las agencias de noticias y los diferentes medios de comunicaci\u00f3n en \u00a0los casos en los que se considere pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar las actividades de relacionamiento \u00a0estrat\u00e9gico con audiencias que sean importantes para el buen entendimiento de \u00a0las pol\u00edticas del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con el Director del Departamento, la \u00a0formulaci\u00f3n de la estrategia digital, la definici\u00f3n de objetivos, mensajes y \u00a0contenidos, la cual debe estar alineada con la estrategia general de comunicaciones \u00a0del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que sean asignadas por el Presidente la \u00a0Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en las normas a \u00a0la Alta Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones, deben entenderse \u00a0referidas a la Consejer\u00eda Presidencial para las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para las Regiones. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para las Regiones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Jefe de \u00a0Gabinete en relaci\u00f3n con las pol\u00edticas, planes y programas que el Gobierno \u00a0nacional debe adelantar en las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la creaci\u00f3n de espacios de interacci\u00f3n y \u00a0di\u00e1logo permanente entre las autoridades de orden territorial, el Gobierno \u00a0nacional y los ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y apoyar a las entidades competentes del \u00a0orden nacional y territorial en la ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas y el desarrollo \u00a0programas, planes y proyectos estrat\u00e9gicos del Gobierno nacional en territorio, \u00a0atendiendo las directrices del Presidente de la Rep\u00fablica y del Jefe de \u00a0Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Articular la comunicaci\u00f3n e implementar los mecanismos \u00a0de gesti\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre el Gobierno nacional y los Gobiernos Territoriales, \u00a0seg\u00fan las directrices del Presidente de la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar el seguimiento a las solicitudes y \u00a0compromisos que se deriven de la agenda del Presidente de la Rep\u00fablica y los \u00a0diferentes espacios que se coordinen entre el Gobierno nacional y las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y con aquellas entidades que \u00a0se requiera los aspectos log\u00edsticos, de tecnolog\u00eda y comunicaciones inherentes \u00a0a la interacci\u00f3n que se adelante con las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y hacer seguimiento al cumplimiento de las \u00a0decisiones judiciales y de otras autoridades, que conlleven \u00f3rdenes al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica o al Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica y que tengan relaci\u00f3n con las acciones que deban adelantar las \u00a0regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional con el fin del impulsar proyectos regionales, acorde con los \u00a0lineamientos establecidos por la Direcci\u00f3n del Departamento y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia &#8211; APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Derogado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 12. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital. Son funciones de \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar, de acuerdo con las instrucciones \u00a0del Presidente de la Rep\u00fablica y del Jefe de Gabinete, a las entidades del \u00a0Gobierno nacional en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas \u00a0relacionadas con territorios, proyectos y planes estrat\u00e9gicos con \u00e9nfasis en \u00a0temas sociales y econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a las entidades del Gobierno \u00a0nacional en actividades relacionadas con la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y \u00a0estrategias gubernamentales referentes a la Econom\u00eda Naranja y temas de \u00a0car\u00e1cter social, que por decisi\u00f3n expresa del Presidente de la Rep\u00fablica le \u00a0sean encomendados y presentar las recomendaciones para la implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar, en coordinaci\u00f3n con la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico &#8211; Privada, en los \u00a0asuntos econ\u00f3micos que le sean encomendados y presentar las recomendaciones \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y presentar informes de coyuntura \u00a0econ\u00f3mica y estrat\u00e9gicos que sirvan como soporte a la toma de decisiones de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Jefe de Gabinete en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica para la \u00a0innovaci\u00f3n, transformaci\u00f3n digital, cuarta revoluci\u00f3n industrial, comercio \u00a0electr\u00f3nico, seguridad digital y Cyber seguridad, en las entidades de la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar a los actores gubernamentales que \u00a0intervengan en la implementaci\u00f3n de la apropiaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, el comercio \u00a0electr\u00f3nico, la transformaci\u00f3n digital y adelantar el seguimiento de las \u00a0actividades concertadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar en materia de desarrollo del \u00a0ecosistema digital entre entidades p\u00fablicas, el sector privado y el Gobierno \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impartir lineamientos, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes, para la inversi\u00f3n de recursos p\u00fablicos en desarrollo \u00a0de tecnolog\u00eda y servicios asociados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Servir como vocero del gobierno en los \u00a0asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las gestiones para obtener \u00a0cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos \u00a0establecidos por el Jefe de Gabinete y en coordinaci\u00f3n con la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia &#8211; APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Despacho \u00a0del Director del Departamento. Son funciones del Despacho del Director \u00a0del Departamento las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y adoptar, en coordinaci\u00f3n con el Despacho \u00a0del Jefe de Gabinete, las pol\u00edticas generales del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, fijar los lineamientos de direcci\u00f3n y \u00a0control para el desarrollo de los programas y funciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Representar legalmente al Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y orientar la funci\u00f3n de planeaci\u00f3n del sector \u00a0administrativo a su cargo y hacer seguimiento a los planes, programas y \u00a0proyectos del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Impartir las directrices para articular la gesti\u00f3n del \u00a0Departamento y las entidades del Sector en la prestaci\u00f3n de los servicios a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Servir como vocero del gobierno en los asuntos que \u00a0determine el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar los asuntos que le asigne el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, atender las audiencias que le indique y representarlo en los actos \u00a0que le se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Liderar, orientar, hacer seguimiento e instruir a las \u00a0Consejer\u00edas Presidenciales y Secretar\u00edas adscritas a su Despacho, y dem\u00e1s \u00a0dependencias, en el ejercicio de las funciones que les son propias y velar por \u00a0su cumplimiento, siguiendo las directrices generales trazadas por el Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en las instancias que integren o lideren \u00a0los Consejeros Presidenciales, Secretarios y dem\u00e1s funcionarios de la \u00a0Presidencia la Rep\u00fablica e impartir las directrices y lineamientos que \u00a0considere necesarios para el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir lineamientos a los Ministros y Directores de \u00a0Departamento Administrativo en la gesti\u00f3n de las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0correspondientes a sus respectivos sectores y hacer seguimiento al cumplimiento \u00a0de los objetivos y metas de gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la facultad nominadora de los servidores del \u00a0Departamento que no est\u00e9 atribuida al Presidente la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Crear y organizar grupos internos de trabajo con el \u00a0fin de desarrollar con eficiencia, eficacia y oportunidad los objetivos, \u00a0pol\u00edticas, planes y programas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar los informes de gesti\u00f3n del Departamento al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y al Congreso de la Rep\u00fablica en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Despacho del Jefe de Gabinete. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Suscribir a nombre de la Naci\u00f3n los contratos \u00a0relativos a asuntos propios de la Presidencia de la Rep\u00fablica conforme a la \u00a0Ley, a los actos de delegaci\u00f3n y dem\u00e1s normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aprobar los anteproyectos de presupuesto inversi\u00f3n y \u00a0de funcionamiento y el proyecto del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14A. Numeral adicionado por \u00a0el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 1\u00b0. Conocer la segunda instancia de la etapa de juzgamiento de los \u00a0procesos disciplinarios de la entidad, de conformidad con las funciones y \u00a0competencias establecidas en el C\u00f3digo General Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14B. Numeral adicionado por \u00a0el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 1\u00b0. Conocer de los recursos de apelaci\u00f3n y de queja, al igual que \u00a0de los impedimentos, recusaciones y conflictos de competencia que se presenten, \u00a0en etapa de juzgamiento, en los procesos de conocimiento de la Secretar\u00eda \u00a0Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Secretar\u00eda \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Secretar\u00eda Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Estudiar y preparar proyectos de ley o actos \u00a0legislativos que el Gobierno nacional deba someter a consideraci\u00f3n del Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar la revisi\u00f3n previa a la presentaci\u00f3n al \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica, de los proyectos de ley elaborados por los \u00a0ministerios o dem\u00e1s entidades de la Rama Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Presidente de la Rep\u00fablica y al Gobierno \u00a0nacional en el estudio de los proyectos de ley que se tramitan en el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar los mensajes de urgencia que deba presentar \u00a0el Presidente ante las c\u00e1maras legislativas o mensajes similares a las \u00a0autoridades judiciales de conformidad con la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar al Presidente para su sanci\u00f3n u objeci\u00f3n por \u00a0inconstitucionalidad o inconveniencia, los proyectos aprobados por el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar en los temas jur\u00eddicos y absolver las \u00a0consultas legales que le hagan el Presidente de la Rep\u00fablica, el \u00a0Vicepresidente, el Consejo de Ministros, el Jefe de Gabinete y el Director del \u00a0Departamento y dem\u00e1s servidores del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Revisar los decretos con fuerza de ley que deba \u00a0expedir el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Numerar las leyes sancionadas y remitirlas para su \u00a0publicaci\u00f3n en el Diario Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Revisar, estudiar, formular observaciones y emitir \u00a0conceptos sobre los proyectos de decretos, resoluciones ejecutivas y directivas \u00a0presidenciales sometidas a consideraci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirimir, por solicitud del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, los Ministros o Directores de Departamentos Administrativos, las \u00a0diferencias de interpretaci\u00f3n legal que se presenten entre las entidades por \u00a0ellos representadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Representar judicial y extrajudicialmente a la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica en los procesos en que sea parte por delegaci\u00f3n del \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, sin \u00a0perjuicio de que este pueda delegar esas funciones en otros servidores de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las oficinas jur\u00eddicas de las entidades \u00a0oficiales del orden nacional, cuando sea pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Revisar y aprobar las consultas que los ministerios y \u00a0departamentos administrativos formulen a la Sala de Consulta y Servicio Civil \u00a0del Consejo de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ser instancia decisoria en los asuntos relacionados \u00a0con mejora normativa de la Rama Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Revisar y recomendar la aceptaci\u00f3n o no de los \u00a0impedimentos que presenten los ministros y directores de departamentos \u00a0administrativos ante el Consejo de Ministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Promover y efectuar trabajos investigativos y \u00a0publicaciones de car\u00e1cter jur\u00eddico que interesen al Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Promover la compilaci\u00f3n y expedici\u00f3n de decretos \u00a0\u00fanicos de car\u00e1cter sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Realizar las actividades relacionadas con el cobro persuasivo \u00a0y coactivo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y \u00a0para esto adelantar\u00e1 las diligencias preliminares, dictar\u00e1 los actos y \u00a0providencias, notificar\u00e1 los autos proferidos, elaborar\u00e1 los acuerdos de pago, \u00a0designar\u00e1 curadores, tomar\u00e1 medidas cautelares, liquidar\u00e1 costas y valor de \u00a0cr\u00e9ditos y dem\u00e1s actividades que sean necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18A. Numeral adicionado por \u00a0el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00b0. Conocer la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios \u00a0de la entidad, conforme al C\u00f3digo General Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18B. Numeral adicionado por el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00b0. Velar porque los procesos disciplinarios se desarrollen dentro \u00a0de los principios legales de econom\u00eda, celeridad, eficacia, imparcialidad y \u00a0publicidad, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho a la defensa y el debido \u00a0proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18C. Numeral adicionado por el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00b0. Poner en conocimiento de los organismos de vigilancia y \u00a0control, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que surjan del proceso \u00a0disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18D. Numeral adicionado por el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00b0. Trasladar oportunamente el expediente al Despacho del Director \u00a0del Departamento, para el tr\u00e1mite de segunda instancia, cuando se hayan \u00a0interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18E. Numeral adicionado por \u00a0el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 2\u00b0. Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios \u00a0a las autoridades competentes, cuando as\u00ed lo requieran, sin perjuicio de la \u00a0reserva legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Jefe de Gabinete y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Oficina \u00a0del Alto Comisionado para la Paz. Son funciones de la Oficina del Alto \u00a0Comisionado para la Paz, de conformidad con el art\u00edculo 16 de la Ley 434 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en la formulaci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica de paz y ser \u00a0vocero del Presidente de la Rep\u00fablica en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar la voluntad real de paz y reinserci\u00f3n a la \u00a0vida civil de los alzados en armas, con el fin de determinar la formalizaci\u00f3n \u00a0de di\u00e1logos y celebraci\u00f3n de acuerdos de paz, de conformidad con lo que \u00a0disponga el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en las mesas de conversaciones y asegurar \u00a0el apoyo necesario a los negociadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Convocar a los sectores de la sociedad civil en torno \u00a0al prop\u00f3sito de la reconciliaci\u00f3n nacional y propiciar el di\u00e1logo social \u00a0intersectorial y territorial para la cultura de la legalidad y la convivencia y \u00a0consolidar para la generaci\u00f3n de insumos, diagn\u00f3sticos y escenarios \u00a0prospectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover, desarrollar y articular, en el marco de la \u00a0pol\u00edtica de legalidad y convivencia del Gobierno nacional, escenarios de \u00a0participaci\u00f3n y de di\u00e1logo intersectorial, orientados a la construcci\u00f3n de paz, \u00a0que promuevan la confianza, legalidad, convivencia y reconciliaci\u00f3n, que puedan \u00a0contribuir al desarrollo y consolidaci\u00f3n de los procesos de paz, de acuerdo con \u00a0las instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica y Jefe de Gabinete Director \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Consolidar informaci\u00f3n a partir del di\u00e1logo social \u00a0intersectorial y territorial para la generaci\u00f3n de insumos, diagn\u00f3sticos y \u00a0escenarios prospectivos, documentos e insumos t\u00e9cnicos, en coordinaci\u00f3n con \u00a0otras entidades del Estado cuando as\u00ed se requiera, que orienten y apoyen la \u00a0determinaci\u00f3n de la agenda de negociaci\u00f3n y la adopci\u00f3n de decisiones en el \u00a0marco de mesas de di\u00e1logo y suscripci\u00f3n de acuerdos de paz con grupos armados \u00a0organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir los t\u00e9rminos de la agenda de negociaci\u00f3n, \u00a0dirigir los di\u00e1logos y firmar acuerdos con los voceros y representantes de los \u00a0grupos alzados en armas, tendientes a buscar la reinserci\u00f3n de sus integrantes \u00a0a la vida civil, de acuerdo con las \u00f3rdenes que le imparta el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Nacional de \u00a0Paz, Reconciliaci\u00f3n y Convivencia, de conformidad con el art\u00edculo 10 de la Ley 434 de 1998 \u00a0modificada por el Decreto Ley 885 de 2017, en \u00a0los t\u00e9rminos en que el reglamento del Consejo determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar en coordinaci\u00f3n con los Consejeros \u00a0Presidenciales y las entidades competentes, el alistamiento para la \u00a0implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz que se suscriban con los miembros de los \u00a0grupos armados ilegales, sobre la base de los avances en las negociaciones de \u00a0paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coadyuvar en la coordinaci\u00f3n con las autoridades \u00a0departamentales y municipales la preparaci\u00f3n para la implementaci\u00f3n de los \u00a0acuerdos de paz que se suscriban con los grupos armados ilegales, sobre la base \u00a0de los avances en las negociaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Articular junto con las diferentes instancias de \u00a0Gobierno nacional las gestiones necesarias para que la implementaci\u00f3n de los acuerdos \u00a0de paz se ajuste a la visi\u00f3n y contenido de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar y desarrollar acciones y programas de \u00a0pedagog\u00eda que promuevan el conocimiento de la pol\u00edtica de paz, legalidad y \u00a0convivencia y el contenido de los acuerdos que se suscriban por parte del \u00a0Gobierno nacional con los grupos armados organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Asesorar y apoyar el dise\u00f1o de las medidas de alistamiento que posibiliten el \u00a0cumplimiento de los acuerdos de paz y orientar y asistir a las diferentes \u00a0entidades e instancias responsables de la implementaci\u00f3n de los acuerdos de paz \u00a0en la comprensi\u00f3n del contenido y visi\u00f3n de lo acordado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos establecidos \u00a0por el Director del Departamento y en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Absolver las consultas y peticiones que guarden \u00a0relaci\u00f3n con las funciones de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proponer, en coordinaci\u00f3n y bajo los lineamientos de \u00a0la Secretar\u00eda Jur\u00eddica, proyectos de actos legislativos, leyes, decretos \u00a0reglamentarios y dem\u00e1s documentos en materia de procesos y acuerdos de paz, sin \u00a0perjuicio de las funciones propias de la citada Secretar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Monitorear factores que puedan generar conflictividad \u00a0social y articular mecanismos de prevenci\u00f3n de la violencia a trav\u00e9s del \u00a0Programa Presidencial para el di\u00e1logo social y la convivencia CEDISCO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Asistir al Gobierno nacional en el dise\u00f1o, \u00a0formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de planes, programas y actividades relacionadas con \u00a0la Acci\u00f3n Integral Contra Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar a nivel nacional y territorial, \u00a0intersectorial e interinstitucionalmente, la acci\u00f3n integral contra Minas \u00a0Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Fomentar, promover y difundir la cultura de la \u00a0legalidad entendida como el respeto de los ciudadanos por los valores, normas e \u00a0instituciones del Estado de Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Coordinar y monitorear en el orden nacional y territorial \u00a0las actividades de Acci\u00f3n Integral contra Minas Antipersonal, mediante la \u00a0aplicaci\u00f3n de lineamientos t\u00e9cnicos y mecanismos de regulaci\u00f3n de los actores \u00a0estatales y no estatales de la AICMA en sus pilares: desminado humanitario, \u00a0educaci\u00f3n en el riesgo de minas antipersonal y asistencia integral a las \u00a0v\u00edctimas y emitir concepto t\u00e9cnico sobre la alineaci\u00f3n estrat\u00e9gica de los \u00a0planes, proyectos de la Acci\u00f3n Integral Contra Minas Antipersonal, por \u00a0solicitud de cooperantes u operadores de la AICMA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Formular y liderar la estrategia de Acci\u00f3n Integral \u00a0Contra Minas Antipersonal (AICMA) a nivel nacional y coadyuvar al desarrollo de \u00a0la Pol\u00edtica P\u00fablica en la materia, elaborando y adoptando los est\u00e1ndares \u00a0nacionales para las actividades relativas a la Acci\u00f3n Integral Contra Minas \u00a0Antipersonal y velar por su difusi\u00f3n, aplicaci\u00f3n y cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Elaborar y coordinar la estrategia nacional de Acci\u00f3n \u00a0Contra Minas Antipersonal en todo lo referente, al desminado humanitario; \u00a0asistencia y rehabilitaci\u00f3n a v\u00edctimas; destrucci\u00f3n de minas almacenadas; \u00a0campa\u00f1as de concientizaci\u00f3n y educaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n civil; y todos aquellos \u00a0aspectos que demanden el cumplimiento del tratado de Ottawa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Mantener la base del Sistema de Informaci\u00f3n de Acci\u00f3n \u00a0Contra Minas Antipersonal, encarg\u00e1ndose de requerir, recopilar, sistematizar, \u00a0centralizar y actualizar toda la informaci\u00f3n sobre el tema y acreditar a las \u00a0organizaciones, entidades p\u00fablicas y privadas que realicen procesos de \u00a0Educaci\u00f3n en el Riesgo de Minas Antipersonal (ERM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Servir de fuente oficial de informaci\u00f3n para la toma \u00a0de decisiones de acuerdo con la informaci\u00f3n recolectada sobre los programas de \u00a0prevenci\u00f3n, se\u00f1alizaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n de mapas, remoci\u00f3n de minas y atenci\u00f3n a \u00a0v\u00edctimas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial Nacional para la Acci\u00f3n contra las Minas Antipersonal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La informaci\u00f3n sobre los procesos de paz la \u00a0suministrar\u00e1 el Alto Comisionado para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n. Son funciones de \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la Consolidaci\u00f3n, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Articular y coordinar interinstitucionalmente desde el \u00a0Gobierno nacional las directrices y l\u00edneas de pol\u00edtica que permitan la implementaci\u00f3n \u00a0del Acuerdo Final para lograr la estabilizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n en los \u00a0territorios intervenidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Impartir los lineamientos y coordinar la Hoja de Ruta \u00a0de que trata el art\u00edculo 281 de la Ley 1955 de 2019 con \u00a0el acompa\u00f1amiento t\u00e9cnico del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y de la \u00a0Agencia para la Renovaci\u00f3n del Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y desarrollo de las \u00a0pol\u00edticas, programas y proyectos que se requieran para la implementaci\u00f3n del \u00a0Acuerdo Final, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en la formulaci\u00f3n, estructuraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0y programas para la reincorporaci\u00f3n de los grupos armados ilegales, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Agencia Nacional de Reincorporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de \u00a0seguridad en desarrollo de lo previsto en el Acuerdo Final, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular la relaci\u00f3n entre las dem\u00e1s entidades del \u00a0Gobierno nacional, la empresa privada, los organismos internacionales y las \u00a0autoridades departamentales y locales, en la funci\u00f3n de implementaci\u00f3n del \u00a0Acuerdo de Paz, con el fin de logar la estabilizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n en los \u00a0territorios intervenidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar el cumplimiento de los compromisos derivados \u00a0del Acuerdo Final y de su alineaci\u00f3n con el Plan de Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Articular y verificar con las dem\u00e1s entidades del \u00a0Gobierno nacional y dem\u00e1s actores, la implementaci\u00f3n de la normativa necesaria \u00a0para el cumplimiento de los compromisos derivados del Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Efectuar, en articulaci\u00f3n con el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n (DNP) y a trav\u00e9s del Sistema Integrado de Informaci\u00f3n para el \u00a0Posconflicto (SIPO), el seguimiento y control a los recursos que se inviertan \u00a0en la implementaci\u00f3n del Acuerdo Final de Paz, propendiendo por su \u00a0transparencia y eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Servir como vocero del Gobierno en los asuntos que \u00a0determine el Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones para obtener inversi\u00f3n \u00a0privada y recursos p\u00fablicos, as\u00ed como cooperaci\u00f3n internacional, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC), que \u00a0permita coadyuvar la implementaci\u00f3n del Acuerdo Final. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Gestionar y apoyar la formulaci\u00f3n y estructuraci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, en el territorio, de los Planes de Desarrollo con \u00a0Enfoque Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la estrategia nacional de planeaci\u00f3n y \u00a0seguimiento y verificaci\u00f3n de cumplimiento a la gesti\u00f3n de la implementaci\u00f3n \u00a0del Acuerdo de Paz para la estabilizaci\u00f3n, en todos los niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Definir y coordinar con los organismos nacionales y \u00a0territoriales pertinentes la estrategia de rendici\u00f3n de cuentas y verificaci\u00f3n \u00a0de cumplimiento de los compromisos derivados del Acuerdo Final, as\u00ed como su \u00a0alineaci\u00f3n con el plan de Gobierno y la articulaci\u00f3n con las entidades de \u00a0Gobierno y organismos internacionales de verificaci\u00f3n y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adelantar y coordinar las gestiones necesarias con \u00a0los actores institucionales que se requieran para que se logre la \u00a0estructuraci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la normativa regulatoria para la \u00a0estabilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Gestionar y apoyar la revisi\u00f3n jur\u00eddica de las \u00a0diferentes propuestas normativas derivadas de la implementaci\u00f3n del Acuerdo \u00a0Final de Paz, para que sean entregadas a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Determinar las necesidades financieras que respondan \u00a0a la planeaci\u00f3n de largo plazo, la focalizaci\u00f3n tem\u00e1tica y geogr\u00e1fica, y el \u00a0an\u00e1lisis financiero y presupuestal de los recursos requeridos para la fase de \u00a0estabilizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Gestionar con las entidades ejecutoras proyectos o \u00a0iniciativas que respondan a la articulaci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0de estabilizaci\u00f3n definidas por la Consejer\u00eda, en el marco del direccionamiento \u00a0estrat\u00e9gico de los recursos del Fondo Colombia en Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Ejercer la ordenaci\u00f3n del gasto del Fondo Colombia en \u00a0Paz &#8211; FCP y sus subcuentas en desarrollo de lo establecido por el art\u00edculo 110 \u00a0del Estatuto Org\u00e1nico de Presupuesto, en concordancia con el art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto Ley 691 \u00a0de 2017, e impartir las directrices e instrucciones operativas a la fiducia \u00a0como administrador de los recursos del FCP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Eliminada por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 9\u00ba. Fungir como Secretario T\u00e9cnico del Consejo \u00a0Directivo del Fondo Colombia en Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Promover observatorios de transparencia ciudadana en \u00a0las zonas del pa\u00eds que concentren mayores recursos para la implementaci\u00f3n del \u00a0Acuerdo Final y otras acciones relacionadas con el posconflicto, as\u00ed como \u00a0mecanismos de control preventivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en las normas a \u00a0la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto, Derechos Humanos y \u00a0Seguridad y a la Alta Consejer\u00eda Presidencial para el Posconflicto se \u00a0entender\u00e1n realizadas a la Consejer\u00eda Presidencial para la Estabilizaci\u00f3n y la \u00a0Consolidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, al Director \u00a0del Departamento y a las entidades del Gobierno nacional en la promoci\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y direccionamiento de la pol\u00edtica integral de derechos humanos, \u00a0as\u00ed como en la promoci\u00f3n de acciones dirigidas a garantizar la adecuada \u00a0protecci\u00f3n de los derechos humanos en el territorio nacional y la aplicaci\u00f3n \u00a0del Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar, coordinar e impulsar el desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica de derechos humanos, a trav\u00e9s del Sistema Nacional de Derechos \u00a0Humanos y DIH, promoviendo la incorporaci\u00f3n del enfoque de derechos en las \u00a0dem\u00e1s pol\u00edticas p\u00fablicas sectoriales a nivel nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar recomendaciones a las entidades, del orden \u00a0nacional y territorial, respecto de la implementaci\u00f3n de sus pol\u00edticas p\u00fablicas \u00a0con el fin de dar cumplimiento de manera integral a las obligaciones \u00a0constitucionales y legales del Estado colombiano, as\u00ed como los compromisos \u00a0adquiridos a nivel nacional e internacional, en materia de promoci\u00f3n, \u00a0protecci\u00f3n, respeto y garant\u00eda de los derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario, de \u00a0acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 4100 de 2011 \u00a0y Decreto 1216 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer y adelantar, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0entidades competentes, actividades en materia de educaci\u00f3n en derechos humanos, \u00a0promoviendo as\u00ed una cultura en la materia a nivel nacional, regional y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover espacios de interlocuci\u00f3n y di\u00e1logo a nivel \u00a0nacional, regional y local con las organizaciones no gubernamentales y la \u00a0sociedad civil, en torno a los derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Impulsar la formulaci\u00f3n, adopci\u00f3n e implementaci\u00f3n, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, del Plan Nacional de Acci\u00f3n de \u00a0derechos humanos y empresa, articulado con las l\u00edneas estrat\u00e9gicas que se \u00a0desprendan del Sistema Nacional de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n en Derechos \u00a0Humanos con el fin de elaborar an\u00e1lisis de contexto e informes sobre el estado \u00a0de cumplimiento de los compromisos nacionales e internacionales del Estado en materia \u00a0de Derechos Humanos y la aplicaci\u00f3n del Derecho Internacional Humanitario \u00a0(DIH), as\u00ed como identificar y registrar situaciones de violaci\u00f3n de derechos \u00a0humanos e infracci\u00f3n al Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar un informe anual en donde se identifiquen los \u00a0avances y desaf\u00edos de la situaci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario en Colombia, promoviendo e impulsando las acciones que sean \u00a0necesarias para conjurar los eventos que puedan dar lugar a violaciones de los \u00a0derechos humanos y el DIH, o replicar situaciones de buenas pr\u00e1cticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0para la Prevenci\u00f3n del Reclutamiento, en los t\u00e9rminos del Decreto 552 de 2012 \u00a0y Decreto 1569 de 2016. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar, impulsar y hacer seguimiento a las \u00a0acciones que se adelanten con las entidades p\u00fablicas, tanto en el nivel \u00a0nacional como en el territorial, las agencias de cooperaci\u00f3n internacional y \u00a0las organizaciones sociales nacionales e internacionales, destinadas a prevenir \u00a0el reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes \u00a0por parte de grupos armados organizados al margen de la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, en \u00a0temas relacionados con pol\u00edtica exterior y asuntos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Impulsar y hacer seguimiento a las iniciativas del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica en la agenda bilateral y multilateral del Estado \u00a0colombiano en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Representar, por instrucciones del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica o del Director del Departamento, al Gobierno colombiano en foros de \u00a0discusi\u00f3n, audiencias p\u00fablicas y dem\u00e1s escenarios que estos designen en el \u00a0\u00e1mbito nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0el fortalecimiento de la posici\u00f3n del Estado frente a los temas de la agenda \u00a0global de Derechos Humanos e implementar las acciones correspondientes para el \u00a0cumplimiento de las obligaciones internacionales, as\u00ed como de las medidas \u00a0ordenadas en sentencias internacionales o acuerdos de soluci\u00f3n amistosa en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Articular y coordinar con la Agencia Nacional de \u00a0Defensa Jur\u00eddica del Estado la posici\u00f3n frente a litigios internacionales y \u00a0asuntos de Derecho Internacional, incluyendo casos de presuntas violaciones de \u00a0derechos humanos o infracciones al Derecho Internacional Humanitario -DIH, que \u00a0est\u00e9n siendo conocidas por \u00f3rganos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional de acuerdo con las necesidades, los lineamientos del Despacho del \u00a0Director del Departamento y en coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia &#8211; APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en las normas a \u00a0la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos, se entender\u00e1n realizadas \u00a0a la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos \u00a0Internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n P\u00fablico &#8211; Privada. Son \u00a0funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n \u00a0P\u00fablico &#8211; Privada, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en las actividades relacionadas con el sector privado y en \u00a0materia de competitividad, ciencia, tecnolog\u00eda, innovaci\u00f3n y desarrollo \u00a0empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en los temas estrat\u00e9gicos que requieran la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas con la participaci\u00f3n del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y articular los principales actores de los \u00a0sectores p\u00fablico y privado a nivel nacional y regional, en materia de \u00a0competitividad, productividad, ciencia, tecnolog\u00eda, innovaci\u00f3n y desarrollo \u00a0empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar mecanismos de gesti\u00f3n, coordinaci\u00f3n y \u00a0concertaci\u00f3n entre los actores y entidades p\u00fablicas y privadas, competentes en \u00a0materia de competitividad, ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n, con el fin de \u00a0promover el emprendimiento y el desarrollo productivo del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar, coordinar y gestionar el Sistema Nacional de \u00a0Competitividad, Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Liderar, coordinar y gestionar a las entidades e \u00a0instituciones responsables de ejecutar las iniciativas de la Agenda Nacional de \u00a0Competitividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover la responsabilidad social empresarial, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las pol\u00edticas del Gobierno nacional en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Recomendar mecanismos para el desarrollo, apoyo y \u00a0promoci\u00f3n del sector privado en su liderazgo y responsabilidad para el logro de \u00a0intereses y necesidades p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al Director \u00a0del Departamento en la promoci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de alianzas sostenibles entre \u00a0los actores p\u00fablicos y privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar en los asuntos econ\u00f3micos que por decisi\u00f3n \u00a0expresa del Presidente de la Rep\u00fablica le sean encomendados y presentar las \u00a0recomendaciones para la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones para obtener cooperaci\u00f3n \u00a0internacional de acuerdo con las necesidades, acorde con los lineamientos \u00a0establecidos por el Despacho del Director del Departamento y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar el seguimiento, coordinaci\u00f3n y an\u00e1lisis de \u00a0la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas que impactan e \u00a0interesan al sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar seguimiento y acompa\u00f1ar el tr\u00e1mite de \u00a0proyectos de ley de relevancia para el sector productivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en \u00a0las normas a la Consejer\u00eda para la Gesti\u00f3n P\u00fablica y Privada, Consejer\u00eda \u00a0Econ\u00f3mica de la Presidencia, a la Consejer\u00eda Presidencial del Sistema de \u00a0Competitividad e Innovaci\u00f3n o la Alta Consejer\u00eda para el Sector Privado y la \u00a0Competitividad, en relaci\u00f3n con el Sector Privado y Competitividad, deben \u00a0entenderse referidas a la Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad y la \u00a0Gesti\u00f3n P\u00fablico-Privada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Derogado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 12. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Gesti\u00f3n y Cumplimiento. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Gesti\u00f3n y Cumplimiento las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica y al \u00a0Director del Departamento, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y \u00a0estrategias gubernamentales a cargo de los ministerios, departamentos \u00a0administrativos y dem\u00e1s entidades, para el cumplimiento de las prioridades que \u00a0se\u00f1ale el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar a las entidades \u00a0gubernamentales para la efectiva ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y estrategias a \u00a0cargo de la Consejer\u00eda, que desarrollen las prioridades se\u00f1aladas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades competentes, la \u00a0ejecuci\u00f3n de programas para el mejoramiento de la eficiencia de las entidades \u00a0gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer al Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Director del Departamento, mecanismos de articulaci\u00f3n entre \u00a0entidades gubernamentales que tienen a su cargo funciones que inciden en la \u00a0ejecuci\u00f3n de las prioridades por \u00e9l se\u00f1aladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y hacer seguimiento a las \u00a0acciones que deban adelantar las entidades gubernamentales, de manera conjunta, \u00a0para el cumplimiento de las prioridades se\u00f1aladas, de acuerdo con los \u00a0lineamientos del Presidente de la Rep\u00fablica y del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Rendir informe peri\u00f3dico al Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y al Director del Departamento, sobre el avance en la gesti\u00f3n y el \u00a0cumplimiento de las acciones que deban adelantar las entidades gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar al Director del Departamento en la \u00a0coordinaci\u00f3n de acciones conjuntas de las entidades nacionales encargadas de \u00a0ejecutar planes y programas asociados a metas estrat\u00e9gicas del plan de \u00a0desarrollo y rendir los informes que sean solicitados sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar al Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Director del Departamento y el Director del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, en la fijaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de indicadores \u00a0encaminados al seguimiento de las prioridades por \u00e9l se\u00f1aladas y a las metas \u00a0del Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Seguridad Nacional. Son funciones de la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Seguridad Nacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Producir an\u00e1lisis estrat\u00e9gico y recomendaciones en \u00a0materia de seguridad nacional, defensa nacional, seguridad ciudadana, \u00a0ciberdefensa y ciberseguridad en los aspectos que considere el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Valorar las amenazas a la seguridad nacional y \u00a0proponer las prioridades y estrategias para enfrentarlas, a partir de la \u00a0informaci\u00f3n que proporcionen las diferentes entidades y organismos del Estado \u00a0en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer prioridades en materia de seguridad \u00a0ciudadana, en los temas que considere el Presidente de la Rep\u00fablica y el \u00a0Director del Departamento, as\u00ed como estrategias y programas para reducir la \u00a0criminalidad urbana y el crimen organizado, a partir de la informaci\u00f3n que \u00a0proporcionen las diferentes entidades y organismos del Estado en el marco de \u00a0sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer al Consejo de Seguridad Nacional la \u00a0caracterizaci\u00f3n de los grupos armados organizados y el uso de la fuerza a ser \u00a0autorizado en cada caso, a partir de la informaci\u00f3n que suministren las Fuerzas \u00a0Militares y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar y acompa\u00f1ar el dise\u00f1o de la pol\u00edtica p\u00fablica \u00a0de seguridad nacional y establecer un sistema de seguimiento y monitoreo de la \u00a0misma, en coordinaci\u00f3n con las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Facilitar la coordinaci\u00f3n interinstitucional para el \u00a0cumplimiento de las funciones y decisiones del Consejo y el Comit\u00e9 Operativo de \u00a0Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento a la agenda legislativa que impacte \u00a0los temas de competencia del Consejo de Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Convocar comit\u00e9s tem\u00e1ticos de coordinaci\u00f3n para \u00a0preparar las sesiones del Consejo de Seguridad Nacional y del Comit\u00e9 Operativo \u00a0de Seguridad Nacional y hacer seguimiento al cumplimiento de sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar las actas del Consejo de Seguridad Nacional y \u00a0el Comit\u00e9 Operativo de Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en las normas al \u00a0Alto Asesor Presidencial para la Seguridad Nacional o a la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial de Seguridad, deben entenderse referidas a la Consejer\u00eda \u00a0Presidencial para la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33A. Adicionado por \u00a0el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Consejer\u00eda Presidencial para la Transformaci\u00f3n Digital y \u00a0Gesti\u00f3n y Cumplimiento. Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Transformaci\u00f3n Digital y Gesti\u00f3n y Cumplimiento, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y al Director del Departamento, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas y estrategias gubernamentales a cargo de los ministerios, \u00a0departamentos administrativos y dem\u00e1s entidades, para el cumplimiento de las \u00a0prioridades que se\u00f1ale el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y apoyar a las \u00a0entidades gubernamentales para la efectiva ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y \u00a0estrategias a cargo de la Consejer\u00eda, que desarrollen las prioridades se\u00f1aladas \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar, de acuerdo con las \u00a0instrucciones del Presidente de la Rep\u00fablica y del Director del Departamento, a \u00a0las entidades del Gobierno Nacional en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con territorios, proyectos y planes \u00a0estrat\u00e9gicos con \u00e9nfasis en temas sociales y econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a las entidades del \u00a0Gobierno Nacional en actividades relacionadas con la implementaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y estrategias gubernamentales referentes a la Econom\u00eda Naranja y \u00a0temas de car\u00e1cter social, que por decisi\u00f3n expresa del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica le sean encomendados y presentar las recomendaciones para la \u00a0implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y presentar \u00a0informes de coyuntura econ\u00f3mica y estrat\u00e9gicos que sirvan como soporte a la \u00a0toma de decisiones de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica y al Director del Departamento en la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica para la innovaci\u00f3n, transformaci\u00f3n digital, cuarta revoluci\u00f3n \u00a0industrial, comercio electr\u00f3nico, seguridad digital y Cyber seguridad, en las \u00a0entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar a los actores \u00a0gubernamentales que intervengan en la implementaci\u00f3n de la apropiaci\u00f3n \u00a0tecnol\u00f3gica, el comercio electr\u00f3nico, la transformaci\u00f3n digital y adelantar el \u00a0seguimiento de las actividades concertadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar en materia de \u00a0desarrollo del ecosistema digital entre entidades p\u00fablicas, el sector privado y \u00a0el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir lineamientos, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, para la inversi\u00f3n de recursos \u00a0p\u00fablicos en desarrollo de tecnolog\u00eda y servicios asociados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Servir como vocero del \u00a0gobierno en los asuntos que determine el Presidente de la Rep\u00fablica y el \u00a0Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones \u00a0para obtener cooperaci\u00f3n internacional de acuerdo con las necesidades, los \u00a0lineamientos establecidos por el Director del Departamento y en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de Colombia \u2013 (APC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, la ejecuci\u00f3n de programas para el mejoramiento de la eficiencia de \u00a0las entidades gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proponer al Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con el Director del Departamento, mecanismos de \u00a0articulaci\u00f3n entre entidades gubernamentales que tienen a su cargo funciones \u00a0que inciden en la ejecuci\u00f3n de las prioridades por \u00e9l se\u00f1aladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar y hacer \u00a0seguimiento a las acciones que deban adelantar las entidades gubernamentales, \u00a0de manera conjunta, para el cumplimiento de las prioridades se\u00f1aladas, de \u00a0acuerdo con los lineamientos del Presidente de la Rep\u00fablica y del Director del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Rendir informe peri\u00f3dico al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y al Director del Departamento, sobre el avance en \u00a0la gesti\u00f3n y el cumplimiento de las acciones que deban adelantar las entidades \u00a0gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Asesorar al Director del \u00a0Departamento en la coordinaci\u00f3n de acciones conjuntas de las entidades \u00a0nacionales encargadas de ejecutar planes y programas asociados a metas \u00a0estrat\u00e9gicas del plan de desarrollo y rendir los informes que sean solicitados \u00a0sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asesorar al Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con el Director del Departamento y el Director \u00a0del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, en la fijaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de. \u00a0indicadores encaminados al seguimiento de las prioridades por \u00e9l se\u00f1aladas y a \u00a0las metas del Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que \u00a0se hagan en las normas a las Consejer\u00edas Presidenciales para Asuntos Econ\u00f3micos \u00a0y Transformaci\u00f3n Digital y para la Gesti\u00f3n y Cumplimiento, deben entenderse \u00a0referidas a la Consejer\u00eda Presidencial para la Transformaci\u00f3n Digital y Gesti\u00f3n \u00a0y Cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33B. Adicionado por \u00a0el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 10. Consejer\u00eda Presidencial para la Participaci\u00f3n de las Personas \u00a0con Discapacidad. Son funciones de la Consejer\u00eda Presidencial para la \u00a0Participaci\u00f3n de las Personas con Discapacidad, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar al Presidente, al \u00a0Jefe de Gabinete y al Director del Departamento, en la orientaci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, para la formulaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de las diferentes pol\u00edticas p\u00fablicas de discapacidad, en el \u00a0marco de la agenda de desarrollo sostenible &#8211; ODS 2030. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer como instancia \u00a0rectora del Sistema Nacional de Discapacidad (SND), de acuerdo con lo \u00a0establecido en el art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 1145 de 2007. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y articular a las \u00a0instancias y actores que hacen parte del Consejo Nacional de Discapacidad \u00a0(CND); establecido por la Ley 1145 de 2007 como organismo consultor, asesor \u00a0institucional y de verificaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del Sistema y de la \u00a0Pol\u00edtica P\u00fablica Nacional de Discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y articular acciones para el establecimiento de un \u00a0sistema de monitoreo, seguimiento y evaluaci\u00f3n a la inclusi\u00f3n social de \u00a0personas con discapacidad y la implementaci\u00f3n del observatorio nacional de \u00a0inclusi\u00f3n de discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer, en coordinaci\u00f3n \u00a0con actores e instancias gubernamentales y no gubernamentales, sector privado, \u00a0y sociedad civil, lineamientos y recomendaciones que permitan avanzar hacia un \u00a0sistema de inclusi\u00f3n social de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Agencia \u00a0Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional (APC), la gesti\u00f3n de recursos y apoyo \u00a0t\u00e9cnico internacional, as\u00ed como la realizaci\u00f3n de alianzas p\u00fablico privadas, \u00a0que fortalezcan el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n, seguimiento, monitoreo y evaluaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas p\u00fablicas y el desarrollo de planes, programas y proyectos para la \u00a0inclusi\u00f3n de la poblaci\u00f3n con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y articular el desarrollo \u00a0de estrategias de comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n, que promuevan los principales \u00a0logros, avances y desaf\u00edos en materia de inclusi\u00f3n, as\u00ed como la visibilizaci\u00f3n \u00a0de los talentos y capacidades de las personas con discapacidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Liderar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0el Ministerio de Relaciones Exteriores y las dem\u00e1s instancias competentes, la \u00a0representaci\u00f3n del pa\u00eds en los escenarios e instancias internacionales respecto \u00a0a derechos e inclusi\u00f3n de las personas con discapacidad y a compromisos \u00a0internacionales asumidos por Colombia en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la promoci\u00f3n y \u00a0adopci\u00f3n del enfoque diferencial de discapacidad en las distintas pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas, programas, observatorios y sistemas nacionales de informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edstica en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y articular el \u00a0seguimiento al cumplimiento de la normatividad actual en materia de inclusi\u00f3n \u00a0de las personas con discapacidad y proponer ante las entidades competentes los \u00a0ajustes pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s entidades competentes el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de estrategias que promuevan el acceso efectivo de las personas \u00a0con discapacidad en igualdad de condiciones a la oferta institucional del \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Presidente de la Rep\u00fablica, el Jefe de Gabinete y el Director \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Subdirecci\u00f3n \u00a0General. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y liderar el desarrollo e implementaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica, normas y procedimientos en materia de administraci\u00f3n de recursos \u00a0f\u00edsicos y prestaci\u00f3n de servicios administrativos a cargo del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la administraci\u00f3n, custodia y conservaci\u00f3n de \u00a0los bienes muebles, inmuebles, tangibles e intangibles, de propiedad o al \u00a0servicio del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Impartir lineamientos a los cuales deben sujetarse los \u00a0procesos de contrataci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de bienes y servicios necesarios \u00a0para cumplir con los objetivos, planes, metas y funciones de la Entidad, en el \u00a0marco de las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Liderar y establecer en coordinaci\u00f3n con el Batall\u00f3n \u00a0Guardia Presidencial, los planes y programas relacionados con los servicios \u00a0administrativos y log\u00edsticos requeridos por el Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, para garantizar la seguridad del Presidente y \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica y sus familias, incluyendo el mantenimiento de \u00a0la infraestructura de bienes muebles e inmuebles que se requieran y el \u00a0bienestar de los servidores p\u00fablicos que tengan asignada la funci\u00f3n de que \u00a0trata el presente numeral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar al Director del Departamento en la formulaci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica y planes de acci\u00f3n del Sector y asistirlo en las funciones de \u00a0direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control administrativo de las entidades adscritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y apoyar al Jefe de Gabinete en las funciones \u00a0propias de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir la aplicaci\u00f3n del Plan de Desarrollo \u00a0Administrativo y otros planes y programas espec\u00edficos del sector administrativo \u00a0y orientar y dirigir la elaboraci\u00f3n de los informes y estudios especiales que \u00a0sobre los mismos deban presentarse. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar al Director del Departamento en la coordinaci\u00f3n \u00a0de las entidades del sector para la implementaci\u00f3n y seguimiento de las \u00a0prioridades del Presidente de la Rep\u00fablica en \u00e1reas y proyectos estrat\u00e9gicos de \u00a0competencia del sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y con aquellas entidades del \u00a0sector, la consecuci\u00f3n de los elementos log\u00edsticos necesarios para la ejecuci\u00f3n \u00a0de acciones sectoriales conjuntas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar, en colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias \u00a0pertinentes, los informes y estudios que deba presentar el Departamento \u00a0Administrativo a las diferentes entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asistir y representar al Jefe de Gabinete y al \u00a0Director del Departamento en sus relaciones con otras autoridades cuando estos \u00a0lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Establecer los lineamientos, coordinar y acompa\u00f1ar \u00a0las iniciativas de cooperaci\u00f3n internacional presentadas por las dependencias \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica en el marco \u00a0de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Celebrar y suscribir, por delegaci\u00f3n, los convenios \u00a0de cooperaci\u00f3n internacional que gestionen las dependencias misionales del \u00a0Departamento y realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los mismos, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional de \u00a0Colombia -APC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar y dar lineamientos para la eficiente gesti\u00f3n \u00a0financiera, administrativa y t\u00e9cnica de los fondos cuenta del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los informes que \u00a0requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Solicitar la informaci\u00f3n administrativa, financiera y \u00a0t\u00e9cnica a los responsables de los fondos cuenta del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los informes que requiera el \u00a0Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adoptar las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos, relacionados con el manejo presupuestal y financiero del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar las pol\u00edticas en materia de gesti\u00f3n del \u00a0talento humano y control interno del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica y vigilar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Impartir lineamientos para la formulaci\u00f3n de planes, \u00a0programas y proyectos para el manejo, an\u00e1lisis y desarrollo de las tecnolog\u00edas \u00a0y sistemas de informaci\u00f3n que requiera el Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Liderar el desarrollo del Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n Institucional y establecer los procedimientos para garantizar la \u00a0atenci\u00f3n de Peticiones Quejas, Reclamos y Sugerencias para la atenci\u00f3n al usuario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Asistir a los Consejos, Juntas, Comit\u00e9s y en general, \u00a0a las reuniones de car\u00e1cter oficial que determinen el Jefe de Gabinete y el \u00a0Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le correspondan de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Jefe de \u00a0Gabinete y el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las referencias que se hagan en las normas a \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Operaciones, Direcci\u00f3n de Operaciones o Direcci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0General deben entenderse referidas a la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector General en la formulaci\u00f3n de \u00a0lineamientos, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de los recursos \u00a0f\u00edsicos y prestaci\u00f3n de servicios administrativos y financieros a cargo del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar los procesos de \u00a0administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos, prestaci\u00f3n de servicios administrativos \u00a0y gesti\u00f3n financiera de competencia de la Subdirecci\u00f3n General, prestando el \u00a0apoyo necesario para el funcionamiento del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y controlar el desarrollo de los procesos de \u00a0contrataci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de bienes y servicios requeridos para el \u00a0cumplimiento de las funciones del Departamento Administrativo de la Presidencia \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento y velar por el cumplimiento de las \u00a0normas vigentes en materia de administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos, prestaci\u00f3n de \u00a0servicios administrativos, desarrollo de la gesti\u00f3n financiera y procesos de \u00a0contrataci\u00f3n estatal en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar los informes que requiera la Subdirecci\u00f3n \u00a0General de los asuntos a su cargo, y emitir los conceptos que le sean \u00a0solicitados en las materias de competencia de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Rendir de manera oportuna los informes de naturaleza \u00a0contractual con destino a los organismos de control y expedir las \u00a0certificaciones contractuales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno \u00a0que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de \u00a0la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. \u00c1rea Administrativa. Son funciones del \u00c1rea \u00a0Administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar en coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea Financiera, el \u00a0plan anual de adquisiciones y sus modificaciones, con fundamento en las \u00a0necesidades de la entidad y en concordancia con la programaci\u00f3n que realicen \u00a0las dependencias que requieran los bienes y servicios y hacer seguimiento a su \u00a0ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los planes y programas relacionados con la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios administrativos y log\u00edsticos requeridos por el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica incluyendo los \u00a0servicios correspondientes a salones de estado y casas privadas y los servicios \u00a0autorizados por la Subdirecci\u00f3n General en coordinaci\u00f3n con el Batall\u00f3n Guardia \u00a0Presidencial para esta Unidad Militar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los lineamientos \u00a0y normas aplicables para el manejo y administraci\u00f3n de los bienes muebles e \u00a0inmuebles de propiedad o al servicio del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, incluyendo las actividades relacionadas con el \u00a0ingreso, registro, almacenamiento, custodia, mantenimiento, conservaci\u00f3n, \u00a0salida y control de los mismos, garantizando la actualizaci\u00f3n del inventario de \u00a0bienes de la Entidad y el cumplimiento de las normas y procedimientos \u00a0aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Mantener actualizada la informaci\u00f3n general, t\u00e9cnica, \u00a0administrativa y jur\u00eddica de todos los activos fijos inmobiliarios a cargo del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y adelantar los \u00a0tr\u00e1mites pertinentes ante las entidades competentes para intervenir y conservar \u00a0los bienes de inter\u00e9s cultural a cargo de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar los planes y programas para el manejo, \u00a0administraci\u00f3n y aseguramiento del parque automotor de propiedad o al servicio \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, mantener \u00a0actualizada la informaci\u00f3n general, t\u00e9cnica, administrativa y jur\u00eddica de cada \u00a0uno de los automotores, y adelantar los tr\u00e1mites pertinentes ante las entidades \u00a0competentes para cumplir con las obligaciones fiscales de la entidad, \u00a0correspondientes al parque automotor. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las gestiones y tr\u00e1mites necesarios ante las \u00a0empresas prestadoras de servicios p\u00fablicos y domiciliarios para garantizar la \u00a0continua prestaci\u00f3n del servicio en todas las sedes del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, as\u00ed como los requeridos para \u00a0cumplir oportunamente con las obligaciones fiscales de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear y ejecutar los planes y programas de gesti\u00f3n \u00a0documental de la entidad, as\u00ed como los de registro, clasificaci\u00f3n y archivo \u00a0documental y de informaci\u00f3n de la entidad, garantizando el cumplimiento de la \u00a0normatividad vigente, en coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n, cuando corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar los informes que le solicite la Subdirecci\u00f3n \u00a0General y la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera con relaci\u00f3n a los asuntos a \u00a0su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de sus recomendaciones en \u00a0el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General y el \u00a0Director Administrativo y Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. \u00c1rea de Contratos. Son funciones del \u00c1rea de \u00a0Contratos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar y mantener actualizado el manual de \u00a0contrataci\u00f3n del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0y por conducto de la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera presentarlo para \u00a0aprobaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar los procesos de contrataci\u00f3n que requiera el \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, para la \u00a0adquisici\u00f3n de bienes y servicios, de acuerdo con necesidades y con sujeci\u00f3n a \u00a0las disposiciones aplicables a cada modalidad de selecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la designaci\u00f3n y cumplimiento de funciones \u00a0del Comit\u00e9 Estructurador y del Comit\u00e9 Evaluador cuando se requiera su conformaci\u00f3n \u00a0en los procesos de contrataci\u00f3n de competencia del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proyectar para firma del competente contractual, los \u00a0actos administrativos, minutas de contratos o convenios y dem\u00e1s documentos \u00a0contractuales que se requieran en desarrollo de las diferentes etapas del \u00a0proceso contractual, y gestionar todos los tr\u00e1mites necesarios para su \u00a0perfeccionamiento, legalizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n, incluyendo la revisi\u00f3n y \u00a0aprobaci\u00f3n de las garant\u00edas requeridas y la liquidaci\u00f3n de los contratos cuando \u00a0a ello haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la publicaci\u00f3n de los actos administrativos \u00a0y documentos que se generen en los procesos de contrataci\u00f3n que se adelanten en \u00a0la entidad, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales \u00a0aplicables y en el Manual de Contrataci\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Comunicar a las diferentes dependencias, interventores \u00a0y\/o supervisores del perfeccionamiento de los contratos y remitir copias \u00a0correspondientes para el control de ejecuci\u00f3n respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar con relaci\u00f3n a los contratos o convenios del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, el procedimiento \u00a0de incumplimiento, imposici\u00f3n de multas y tr\u00e1mites de reclamaci\u00f3n para hacer \u00a0efectivas las garant\u00edas a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y presentar en forma oportuna y completa al \u00a0Director Administrativo y Financiero los informes de naturaleza contractual, \u00a0con destino a los organismos de control y otras autoridades respecto de los \u00a0temas de su competencia, as\u00ed como mantener actualizada la informaci\u00f3n necesaria \u00a0para la expedici\u00f3n de las certificaciones contractuales que sean solicitadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar los informes que le solicite \u00a0la Subdirecci\u00f3n General y la Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera con relaci\u00f3n \u00a0a los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno \u00a0que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General y el \u00a0Director Administrativo y Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. \u00c1rea Financiera. Son funciones del \u00c1rea \u00a0Financiera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar y controlar las actividades encaminadas a \u00a0desarrollar las pol\u00edticas, planes y programas en materia financiera de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar y administrar las operaciones financieras \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n la preparaci\u00f3n, \u00a0consolidaci\u00f3n y presentaci\u00f3n del anteproyecto de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los procesos de ejecuci\u00f3n y control del \u00a0presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0los tr\u00e1mites relacionados con las modificaciones a las apropiaciones \u00a0presupuestales del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica y sus fondos cuenta, que deban presentarse ante la Direcci\u00f3n General \u00a0del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y ejecutar los tr\u00e1mites para presentar a la \u00a0Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico la constituci\u00f3n de la reserva presupuestal y de las cuentas por \u00a0pagar en cada vigencia fiscal y los dem\u00e1s tr\u00e1mites a que hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Efectuar los registros contables de las operaciones \u00a0financieras del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica; \u00a0elaborar y presentar los estados financieros a los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y ejecutar, bajo la orientaci\u00f3n de la \u00a0Direcci\u00f3n Administrativa y Financiera el Programa Anual Mensualizado de \u00a0Caja-PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar y presentar las declaraciones tributarias de \u00a0orden nacional y territorial de acuerdo con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar la informaci\u00f3n financiera para ser reportada \u00a0en la rendici\u00f3n de cuentas a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la elaboraci\u00f3n, constituci\u00f3n de obligaci\u00f3n \u00a0y pago de las cuentas de acuerdo con la documentaci\u00f3n radicada en el \u00c1rea \u00a0Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar las respuestas a los derechos de petici\u00f3n, \u00a0que sean competencia del \u00c1rea Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar al \u00c1rea Administrativa en la elaboraci\u00f3n y \u00a0seguimiento de la ejecuci\u00f3n del Plan Anual de Adquisiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n de la Presidencia de la Rep\u00fablica (SIGEPRE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno \u00a0que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de \u00a0la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dar lineamientos para la eficiente gesti\u00f3n financiera \u00a0de los fondos cuenta del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, y preparar los informes que requiera el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Solicitar la informaci\u00f3n financiera a los \u00a0responsables de los fondos cuenta del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, y preparar los informes que requiera el Director \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General y el \u00a0Director Administrativo y Financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. \u00c1rea de Talento Humano. Son funciones del \u00a0\u00c1rea de Talento Humano, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y elaborar el plan estrat\u00e9gico de talento \u00a0humano, en sus componentes de planeaci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a la Subdirecci\u00f3n General en los elementos \u00a0conceptuales y t\u00e9cnicos necesarios para la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0planes, programas y estrategias de gesti\u00f3n y proyecci\u00f3n del talento humano del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y ejecutar los programas de selecci\u00f3n, \u00a0inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y hacer seguimiento al desempe\u00f1o laboral de los \u00a0servidores de Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de \u00a0acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular, ejecutar y evaluar los planes estrat\u00e9gicos y \u00a0programas para la gesti\u00f3n del talento humano en sus fases de ingreso, \u00a0permanencia y retiro de los funcionarios del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, de conformidad con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir, programar, coordinar y ejecutar las \u00a0actividades de administraci\u00f3n de personal, seguridad industrial y relaciones \u00a0laborales de los servidores, de acuerdo con las pol\u00edticas del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y las normas legales vigentes \u00a0establecidas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, dirigir, administrar y evaluar los programas \u00a0de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, incentivos, bienestar, seguridad y salud en el \u00a0trabajo y desarrollo de los servidores p\u00fablicos del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, de acuerdo con lo previsto en la ley y en el \u00a0Plan Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias \u00a0del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, los estudios \u00a0t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de \u00a0personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener actualizado el manual de funciones, \u00a0requisitos y competencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y apoyar, en conjunto con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n, el procedimiento relacionado con los acuerdos de gesti\u00f3n que \u00a0suscriban los gerentes p\u00fablicos de la Entidad, de acuerdo con lo previsto en la \u00a0ley y los procedimientos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Modificado por el Decreto 1185 de 2021, \u00a0art\u00edculo 11. Ejercer la secretar\u00eda t\u00e9cnica de la comisi\u00f3n de personal del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con fundamento \u00a0en las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral 10: \u201cEjercer la secretar\u00eda t\u00e9cnica del comit\u00e9 de \u00a0convivencia y conciliaci\u00f3n laboral y de la comisi\u00f3n de personal del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con fundamento \u00a0en las disposiciones legales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Efectuar los tr\u00e1mites para garantizar los \u00a0desplazamientos nacionales e internacionales del Presidente y Vicepresidente de \u00a0la Rep\u00fablica, as\u00ed como de los funcionarios y personal que preste sus servicios \u00a0en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno \u00a0que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de \u00a0la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General y el \u00a0Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n. Son funciones del \u00c1rea de Tecnolog\u00edas y Sistemas de Informaci\u00f3n, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impartir los lineamientos en materia tecnol\u00f3gica para \u00a0definir pol\u00edticas, estrategias y pr\u00e1cticas que soporten la gesti\u00f3n del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Garantizar la aplicaci\u00f3n de los est\u00e1ndares, buenas \u00a0pr\u00e1cticas y principios para el suministro de la informaci\u00f3n a cargo de las \u00a0entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar el plan estrat\u00e9gico de tecnolog\u00edas de la \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar los lineamientos y procesos de arquitectura \u00a0tecnol\u00f3gica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica \u00a0en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los \u00a0par\u00e1metros gubernamentales para su adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, soporte \u00a0especializado y mantenimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Departamento en la definici\u00f3n de los \u00a0est\u00e1ndares de datos de los sistemas de informaci\u00f3n y de seguridad inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir lineamientos tecnol\u00f3gicos para el \u00a0cumplimiento de est\u00e1ndares de seguridad, privacidad, calidad y oportunidad de \u00a0la informaci\u00f3n de la Entidad y la interoperabilidad de los sistemas que la \u00a0soportan, as\u00ed como el intercambio permanente de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar el mapa de informaci\u00f3n sectorial e \u00a0institucional que permita contar de manera actualizada y completa con los \u00a0procesos de producci\u00f3n de informaci\u00f3n del Sector y del Departamento, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover aplicaciones, servicios y tr\u00e1mites en l\u00ednea \u00a0para el uso de los servidores p\u00fablicos, ciudadanos y otras entidades, como \u00a0herramientas para una mejor gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar las pol\u00edticas aprobadas por el Comit\u00e9 de \u00a0la Seguridad de Informaci\u00f3n y de la Plataforma Tecnol\u00f3gica del Departamento, \u00a0definiendo los planes de contingencia y supervisando su adecuada y efectiva \u00a0aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar estrategias, instrumentos y \u00a0herramientas con aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las \u00a0comunicaciones para brindar de manera constante y permanente un buen servicio \u00a0al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el seguimiento y evaluaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, programas e instrumentos relacionados con la informaci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar el soporte t\u00e9cnico b\u00e1sico o de primer nivel a \u00a0los usuarios internos del Departamento garantizando el adecuado funcionamiento \u00a0de la infraestructura tecnol\u00f3gica base. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno \u00a0que garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de \u00a0la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General y el \u00a0Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. Modificado por el Decreto 1309 de 2022, \u00a0art\u00edculo 3\u00ba. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno Disciplinario, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer al Director del Departamento las medidas de \u00a0prevenci\u00f3n, los programas y las estrategias de divulgaci\u00f3n orientados a la \u00a0lucha contra la corrupci\u00f3n, la apropiaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario y la \u00a0promoci\u00f3n de un servicio p\u00fablico transparente, id\u00f3neo y eficaz de la entidad, \u00a0de conformidad con el C\u00f3digo de Integridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Conocer, sustanciar e instruir de oficio, por denuncia, queja \u00a0o informe de servidor p\u00fablico, los procesos disciplinarios que se promuevan en \u00a0contra de servidores y exservidores de la entidad, de conformidad con el C\u00f3digo \u00a0General Disciplinario, hasta la notificaci\u00f3n del pliego de cargos o de la \u00a0decisi\u00f3n de archivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Informar a la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, la apertura \u00a0de las investigaciones disciplinarias, para lo de su competencia, teniendo en \u00a0cuenta las normas que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Notificar y comunicar las decisiones que se adopten en la \u00a0etapa de instrucci\u00f3n, especialmente informar que, notificado el pliego de cargos, \u00a0el proceso continuar\u00e1 en otra dependencia, con base en las funciones y \u00a0competencias de la entidad y el r\u00e9gimen disciplinario vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Remitir a la Secretar\u00eda Jur\u00eddica, los procesos disciplinarios \u00a0en los que se dicte pliego de cargos, debidamente notificados, de acuerdo con \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener, custodiar y actualizar los archivos y registros de \u00a0los procesos disciplinarios, en concordancia con la gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar informes de sus actuaciones a los organismos de \u00a0control, cuando sean requeridos, con base en los procesos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar y ejecutar en coordinaci\u00f3n con el \u00c1rea de Talento \u00a0Humano, las medidas de prevenci\u00f3n, los programas y las estrategias de \u00a0divulgaci\u00f3n orientados a la lucha contra la corrupci\u00f3n, la apropiaci\u00f3n del \u00a0r\u00e9gimen disciplinario y la promoci\u00f3n de un servicio p\u00fablico transparente, \u00a0id\u00f3neo y eficaz de la entidad, de conformidad con el C\u00f3digo de Integridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar porque los procesos se desarrollen dentro de los principios \u00a0legales de econom\u00eda, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando \u00a0as\u00ed salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que \u00a0garanticen la calidad, eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la \u00a0dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado \u00a0de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le asigne la ley o que correspondan con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del art\u00edculo 41. Oficina de Control \u00a0Interno Disciplinario. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno Disciplinario, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Ejercer la funci\u00f3n disciplinaria y aplicar y coordinar el control interno \u00a0disciplinario en la Entidad con sujeci\u00f3n a las disposiciones, facultades y \u00a0competencias establecidas en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Adelantar y fallar en primera instancia todos los procesos disciplinarios \u00a0respecto de aquellas conductas en que incurran los servidores en el ejercicio \u00a0de sus funciones y exfuncionarios, que afecten la correcta prestaci\u00f3n del \u00a0servicio y el cumplimiento de los fines y funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar las pol\u00edticas, planes y programas de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que \u00a0minimicen la ocurrencia de conductas disciplinables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Llevar los archivos y registros de los procesos disciplinarios adelantados \u00a0contra los servidores p\u00fablicos de competencia de esta oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Velar porque los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los \u00a0principios legales de econom\u00eda, celeridad, eficacia, imparcialidad y \u00a0publicidad, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho a la defensa y el debido \u00a0proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Poner en conocimiento de los organismos de vigilancia y control, la comisi\u00f3n de \u00a0hechos presuntamente irregulares que surjan del proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Trasladar oportunamente el expediente al despacho del Director del \u00a0Departamento, para el tr\u00e1mite de segunda instancia, cuando se hayan interpuesto \u00a0los recursos de apelaci\u00f3n o de queja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Informar oportunamente a la Divisi\u00f3n de Registro y Control de la Procuradur\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n, sobre la imposici\u00f3n de sanciones a los servidores \u00a0p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las \u00a0autoridades competentes, cuando as\u00ed lo requieran, sin perjuicio de la reserva \u00a0legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Aplicar m\u00e9todos y procedimientos de control interno que garanticen la calidad, \u00a0eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n y operaci\u00f3n de la dependencia a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la dependencia y las que le sean \u00a0asignadas por el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Administrar y promover el desarrollo, implementaci\u00f3n y \u00a0sostenibilidad del Sistema Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n del Sector \u00a0Administrativo Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, bajo los lineamientos de la Subdirecci\u00f3n \u00a0General, a las dem\u00e1s dependencias y a las entidades adscritas y vinculadas en \u00a0la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos \u00a0institucionales y del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir directrices, metodolog\u00edas, instrumentos y \u00a0cronogramas para la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos del Departamento y de las entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00a0Departamento y las entidades del Sector y con sujeci\u00f3n al Plan Nacional de \u00a0Desarrollo, el Plan Estrat\u00e9gico Sectorial e Institucional, y el Plan de Acci\u00f3n \u00a0institucional y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar la implementaci\u00f3n al interior de la entidad, \u00a0de la cultura de servicio y atenci\u00f3n a la ciudadan\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender los lineamientos del Sistema Nacional de \u00a0Servicio al Ciudadano y de la Pol\u00edtica Nacional de Servicio al Ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica y \u00a0al cumplimiento de las metas de los planes, programas y proyectos del \u00a0Departamento y del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar al Banco de Proyectos de Inversi\u00f3n P\u00fablica, \u00a0del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, los proyectos a incluir en el Plan \u00a0Operativo Anual de Inversiones, tanto del Departamento como de las entidades \u00a0del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar, consolidar y presentar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Subdirecci\u00f3n General, y de acuerdo con las directrices que impartan el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y el Director del Departamento, el anteproyecto de presupuesto, as\u00ed \u00a0como la programaci\u00f3n presupuestal plurianual del Departamento y de las \u00a0entidades del Sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Desarrollar y validar los indicadores de eficacia, \u00a0eficiencia y efectividad del sector y hacer seguimiento a trav\u00e9s de los \u00a0sistemas establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar el seguimiento a la ejecuci\u00f3n presupuestal \u00a0institucional y sectorial y viabilizar las modificaciones presupuestales del \u00a0Departamento y de las entidades del Sector en materia de inversi\u00f3n, de \u00a0conformidad con el Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto y las normas que lo \u00a0reglamentan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n a la gesti\u00f3n \u00a0institucional y sectorial, consolidar el informe de resultados y preparar los \u00a0informes para las instancias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Liderar la implementaci\u00f3n de procesos de evaluaci\u00f3n \u00a0del Departamento, que comprenda, entre otros, la evaluaci\u00f3n de los procesos, \u00a0resultados e impacto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Estructurar, conjuntamente con las dem\u00e1s dependencias \u00a0del Departamento y entidades del Sector, los informes de gesti\u00f3n y rendici\u00f3n de \u00a0cuentas a la ciudadan\u00eda y someterlos a aprobaci\u00f3n del Director del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar la elaboraci\u00f3n y env\u00edo del informe de \u00a0gesti\u00f3n de la Presidencia de la Rep\u00fablica y del Sector ante el Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Sectorial de \u00a0Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o y del Comit\u00e9 Institucional de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular, en coordinaci\u00f3n con las dependencias \u00a0competentes, el Plan Anticorrupci\u00f3n de la Entidad, para la aprobaci\u00f3n del \u00a0Director del Departamento y liderar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Dise\u00f1ar, coordinar y administrar los riesgos de \u00a0gesti\u00f3n y corrupci\u00f3n en las diferentes dependencias y procesos de la Entidad \u00a0con la periodicidad y la oportunidad requeridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia y las que le sean asignadas por el Subdirector General y el \u00a0Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Oficina \u00a0de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la verificaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de Control Interno est\u00e9 \u00a0formalmente establecido en el Departamento y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al \u00a0desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos \u00a0que tengan responsabilidad de direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Constatar que los controles definidos para los \u00a0procesos y actividades del Departamento, se cumplan por parte de los \u00a0responsables de su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles asociados con todas y cada \u00a0una de las actividades del Departamento, est\u00e9n adecuadamente definidos, sean \u00a0apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, \u00a0pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la \u00a0organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma \u00a0de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de \u00a0los recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n del Departamento y recomendar \u00a0los correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar la cultura del autocontrol que contribuya al \u00a0mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, que adopte el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informados a \u00a0los directivos acerca del estado del control interno del Departamento, dando \u00a0cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a las dependencias del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, en la adopci\u00f3n de acciones de \u00a0mejoramiento recomendadas por los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Evaluar la gesti\u00f3n de las dependencias encargadas de \u00a0recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias, reclamos y denuncias y \u00a0rendir al Director del Departamento un informe semestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las dependencias de la entidad en la \u00a0identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el logro de sus \u00a0objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desarrollar programas de auditor\u00eda y formular las \u00a0observaciones y recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Verificar que se implanten las medidas respectivas \u00a0recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Presentar los informes que le solicite el Director \u00a0del Departamento y el Subdirector General, relacionados con los asuntos a su \u00a0cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Actuar como interlocutor de los organismos de control \u00a0en desarrollo de las auditor\u00edas que practiquen en la entidad, y en la \u00a0recepci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, preparaci\u00f3n y entrega de la informaci\u00f3n requerida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Poner en conocimiento de los organismos competentes \u00a0la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares que conozca en desarrollo de \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Publicar un informe del estado del control interno \u00a0del Departamento en su p\u00e1gina web. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia, las establecidas en la normatividad vigente y las que le sean \u00a0asignadas por el Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. \u00d3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. La \u00a0composici\u00f3n y las funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno y de la Comisi\u00f3n de Personal, se regir\u00e1n por las disposiciones legales \u00a0vigentes. El Director del Departamento podr\u00e1 crear, conformar y asignar \u00a0funciones mediante acto administrativo a los \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0que considere necesarios para el desarrollo eficiente de las funciones del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondos como Sistema de Manejo Especial de Cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. Fondo \u00a0de Programas Especiales para la Paz &#8211; Fondo Paz. El Fondo de Programas Especiales para la Paz, \u00a0funcionar\u00e1 como una cuenta especial del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, sin personer\u00eda jur\u00eddica, administrada como un \u00a0sistema separado de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46. Adopci\u00f3n \u00a0de la Planta de Personal. De conformidad con la estructura prevista en \u00a0el presente decreto, el Gobierno nacional proceder\u00e1 a adoptar la planta de \u00a0personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47. Atribuciones \u00a0de los funcionarios de la planta actual. Los servidores de la planta de \u00a0personal actual del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica continuar\u00e1n ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos \u00a0asignadas, hasta tanto sea expedida y aprobada la nueva planta de personal del \u00a0Departamento y los empleados p\u00fablicos sean incorporados o hayan tomado posesi\u00f3n \u00a0de los nuevos cargos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. Derogatorias \u00a0y vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, deroga el Decreto 179 de 2019 \u00a0y las dem\u00e1s normas que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 4 de octubre de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora (e) del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Paula Correa Fern\u00e1ndez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo \u00a0Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01784 DE 2019 \u00a0 \u00a0 (octubre \u00a04) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a051.096, octubre 4 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado \u00a0por el Decreto 2647 de 2022, \u00a0art\u00edculo 43. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53481","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53481","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53481"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53481\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53481"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53481"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53481"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}