{"id":53511,"date":"2023-08-18T16:22:42","date_gmt":"2023-08-18T16:22:42","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1829-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:42","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:42","slug":"decreto-1829-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1829-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1829 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1829 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(octubre 10) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.102, octubre 10 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las \u00a0conferidas en el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2.2.35.3. del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, establece como uno de los objetivos de fortalecimiento \u00a0institucional, el liderazgo de la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica con tecnolog\u00edas de la \u00a0informaci\u00f3n y las comunicaciones mediante la definici\u00f3n, implementaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y divulgaci\u00f3n de un Plan Estrat\u00e9gico de Tecnolog\u00edas y \u00a0Sistemas de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el mencionado Plan Estrat\u00e9gico de \u00a0Tecnolog\u00edas y Sistemas de Informaci\u00f3n, debe estar alineado a la estrategia y \u00a0modelo integrado de gesti\u00f3n de la entidad, con un enfoque de generaci\u00f3n de \u00a0valor p\u00fablico, que habilite las capacidades y servicios de tecnolog\u00eda \u00a0necesarios para impulsar las transformaciones en el desarrollo de su sector y \u00a0la eficiencia y transparencia del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 1008 de 2018, \u00a0por el cual se establecen los lineamientos generales de la pol\u00edtica de Gobierno \u00a0Digital y se subroga el Cap\u00edtulo 1 del T\u00edtulo 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto n\u00famero \u00a01078 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones\u201d; establece como fines de la Pol\u00edtica de \u00a0Gobierno Digital, entre otros, el de lograr procesos internos, seguros y \u00a0eficientes a trav\u00e9s de las capacidades de gesti\u00f3n de tecnolog\u00edas de \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 148 de la Ley 1955 de 2019 \u00a0establece que todas las entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica deber\u00e1n \u00a0adelantar las acciones que se\u00f1ale el Gobierno Nacional a trav\u00e9s del Ministerio \u00a0de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones para la implementaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica de Gobierno Digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto n\u00famero \u00a03571 de 2011, por el cual se \u00a0establecen los objetivos, estructura, funciones del Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio y se integra el sector administrativo de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio, estableci\u00f3 en el numeral 2 del art\u00edculo 25 como funci\u00f3n de \u00a0la Secretar\u00eda General del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas con los asuntos \u00a0financieros y contables, contrataci\u00f3n p\u00fablica, soporte t\u00e9cnico inform\u00e1tico, \u00a0servicios administrativos y gesti\u00f3n documental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Subdirecci\u00f3n de Servicios \u00a0Administrativos del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, pertenece a la \u00a0Secretar\u00eda General, de conformidad con el numeral 17 del art\u00edculo 27 del Decreto ley 3571 \u00a0de 2011, y tiene asignadas como una de sus funciones, la de prestar apoyo \u00a0t\u00e9cnico en la formulaci\u00f3n y dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de los planes de desarrollo \u00a0inform\u00e1tico del Ministerio, en coordinaci\u00f3n con las dependencias del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por la naturaleza de las funciones de la \u00a0Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, asumir\u00e1 la \u00a0correspondiente a prestar apoyo t\u00e9cnico en la formulaci\u00f3n y dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n \u00a0de los planes de desarrollo inform\u00e1tico del Ministerio, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias del mismo, funci\u00f3n que en la actualidad, est\u00e1 a cargo de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Servicios Administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se requieren ajustar los verbos rectores \u00a0y las funciones a cargo de algunas dependencias del Ministerio de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio, como la Secretar\u00eda General, la Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0y la Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por lo anteriormente expuesto, se hace \u00a0necesario modificar la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1. Modif\u00edquese el art\u00edculo 10 del Decreto ley 3571 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 10. Oficina de Tecnolog\u00edas de \u00a0la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones. Son funciones de la Oficina de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en \u00a0el Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impartir y definir lineamientos en el \u00a0Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en materia de tecnolog\u00edas de la \u00a0informaci\u00f3n y las comunicaciones a trav\u00e9s de principios, pol\u00edticas, estrategias \u00a0y buenas pr\u00e1cticas que soporten la gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir y aplicar los lineamientos y \u00a0procesos de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones en el Ministerio \u00a0en materia de software, hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los \u00a0par\u00e1metros gubernamentales para su adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, soporte \u00a0especializado y mantenimiento, garantizando su pertinencia, calidad, seguridad, \u00a0oportunidad, transformaci\u00f3n, monitoreo, flujos, intercambio e interoperabilidad \u00a0con las dem\u00e1s entidades competentes, que permitan apoyar al Ministerio y al \u00a0sector en la toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar al Ministerio en la definici\u00f3n de \u00a0los est\u00e1ndares de datos de los sistemas de informaci\u00f3n y de seguridad \u00a0inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Liderar la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica \u00a0de Gobierno Digital del Ministerio que permita el uso y aprovechamiento de las \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Definir, actualizar e implementar el Plan \u00a0Estrat\u00e9gico de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Prestar el soporte t\u00e9cnico a los usuarios \u00a0internos del Ministerio, garantizando el adecuado funcionamiento de la \u00a0infraestructura tecnol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover el desarrollo de estrategias, \u00a0aplicaciones, servicios, tr\u00e1mites e instrumentos que propendan por el uso y \u00a0mejoramiento de los servicios y tr\u00e1mites sectoriales en l\u00ednea, por parte de los \u00a0servidores p\u00fablicos, los ciudadanos y otras entidades, como herramientas clave \u00a0de una gesti\u00f3n eficiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir e implementar las pol\u00edticas de \u00a0seguridad de la informaci\u00f3n y de la plataforma tecnol\u00f3gica del Ministerio, \u00a0determinando los lineamientos para la formulaci\u00f3n de los planes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir, implementar, desarrollar y \u00a0coordinar las estrategias para el cumplimiento de est\u00e1ndares de seguridad, \u00a0privacidad, confidencialidad, integridad, confiabilidad, calidad y oportunidad \u00a0de la informaci\u00f3n que cuenten con un an\u00e1lisis y tratamiento de riesgos de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones apropiados para el \u00a0Ministerio, con el fin de lograr un flujo eficiente de informaci\u00f3n disponible \u00a0para el uso en la gesti\u00f3n y la toma de decisiones en la entidad y\/o sector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir los lineamientos para la \u00a0administraci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento de los servicios en lo relacionado \u00a0con la plataforma tecnol\u00f3gica, redes, comunicaciones y sistemas de informaci\u00f3n \u00a0que soportan la infraestructura de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0\u00e1reas competentes, las necesidades y el presupuesto para realizar los procesos \u00a0de adquisici\u00f3n y garantizar la gesti\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Liderar y coordinar el desarrollo, \u00a0implementaci\u00f3n, operaci\u00f3n, soporte y mantenimiento de los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n, facilitando los medios de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las \u00a0Comunicaciones, para atender las necesidades de informaci\u00f3n de los ciudadanos y \u00a0grupos de inter\u00e9s a trav\u00e9s de los servicios digitales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Formular planes, programas y proyectos \u00a0para el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 25 del Decreto ley 3571 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 25. Secretar\u00eda General. Son \u00a0funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir al Ministro en la determinaci\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias relacionados con la administraci\u00f3n \u00a0del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar, formular, implementar, y dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de procesos, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos humanos, f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la elaboraci\u00f3n del Presupuesto \u00a0de Funcionamiento y del Programa Anual de Caja que deba adoptar el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto anual de presupuesto, de conformidad con las \u00a0directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impartir directrices y dirigir la \u00a0programaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los Planes de Contrataci\u00f3n y de \u00a0Adquisici\u00f3n de Servicios de la Entidad, de manera articulada con los \u00a0instrumentos de planeaci\u00f3n y presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impartir instrucciones y realizar el \u00a0seguimiento a la correcta ejecuci\u00f3n, contabilizaci\u00f3n y rendici\u00f3n de informes y \u00a0cuentas fiscales, presupuestales y contables, de los recursos asignados al \u00a0Ministerio y al Fondo Nacional de Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar los estados financieros y de \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, dirigir y ejercer la funci\u00f3n \u00a0disciplinaria en el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar \u00a0las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia, \u00a0distribuci\u00f3n de bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal \u00a0funcionamiento del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular planes, programas y proyectos \u00a0para el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional \u00a0y la observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, formular, implementar e \u00a0impartir directrices sobre la estructura y planta de personal del Ministerio, \u00a0en concordancia con los lineamientos dados por el Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica y dem\u00e1s \u00f3rganos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, coordinar, e implementar los \u00a0procesos de gesti\u00f3n del talento humano y la promoci\u00f3n de la cultura \u00a0organizacional del Ministerio, e impartir los lineamientos para su adecuada administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar bajo la direcci\u00f3n del \u00a0ministro, en la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y el ejercicio del control \u00a0administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gestionar la consecuci\u00f3n de recursos \u00a0para el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular e implementar la pol\u00edtica de \u00a0atenci\u00f3n a usuarios internos y externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir y ejecutar las pol\u00edticas de \u00a0gesti\u00f3n documental y archivo del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular la pol\u00edtica de gesti\u00f3n, \u00a0administraci\u00f3n y control de los recursos f\u00edsicos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s funciones asignadas que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modif\u00edquese el art\u00edculo 27 del Decreto ley 3571 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 27. Subdirecci\u00f3n de Servicios \u00a0Administrativos. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Servicios \u00a0Administrativos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar las actividades de contrataci\u00f3n \u00a0de conformidad con la normativa vigente y aplicar los m\u00e9todos, procedimientos y \u00a0mecanismos de control respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar y hacer seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n del Plan Anual de Contrataci\u00f3n de Bienes y Servicios del Ministerio, \u00a0de conformidad con la normativa aplicable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar las actuaciones administrativas \u00a0necesarias para la imposici\u00f3n de sanciones, declaratorias de caducidad e \u00a0incumplimientos a los contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer lineamientos e implementar \u00a0procesos sobre la contrataci\u00f3n del Ministerio de conformidad con la normativa \u00a0vigente y relacionada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y controlar la eficiente y \u00a0eficaz prestaci\u00f3n de los servicios administrativos y log\u00edsticos en el \u00a0Ministerio y en el Fondo Nacional de Vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar de manera eficiente, \u00a0econ\u00f3mica y eficaz los recursos f\u00edsicos del Ministerio, efectuando una adecuada \u00a0ejecuci\u00f3n, planificaci\u00f3n, seguimiento y control de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener actualizados los inventarios, \u00a0as\u00ed como el proceso de baja y remate de los bienes que son responsabilidad del \u00a0Ministerio y del Fondo Nacional de Vivienda, y conservar los t\u00edtulos y dem\u00e1s \u00a0documentos necesarios para su identificaci\u00f3n y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Propender porque se encuentren \u00a0debidamente asegurados los bienes que son de responsabilidad del Ministerio y \u00a0del Fondo Nacional de Vivienda, y efectuar los tr\u00e1mites de reclamaci\u00f3n \u00a0correspondientes, cuando a ello hubiere a lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar la planeaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, control y seguimiento de la gesti\u00f3n documental del Ministerio, \u00a0garantizando la correcta prestaci\u00f3n de los servicios de correspondencia y \u00a0archivo, de conformidad con las normas vigentes y los lineamientos impartidos \u00a0por el Archivo General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender y hacer seguimiento a las \u00a0quejas, reclamos y sugerencias, orientando oportunamente a los usuarios a \u00a0trav\u00e9s de los diferentes canales de comunicaci\u00f3n de la entidad, sobre el \u00a0tr\u00e1mite de los mismos, y elaborar informes y estad\u00edsticas sobre su \u00a0comportamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir y gestionar funcionalmente los \u00a0tr\u00e1mites en l\u00ednea para la atenci\u00f3n a los grupos de inter\u00e9s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar apoyo a la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera en la programaci\u00f3n de los gastos de funcionamiento requeridos por el \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Recibir, administrar, registrar y controlar los fondos \u00a0destinados para las cajas menores aprobadas para el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del \u00a0Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional, y la observancia de sus \u00a0recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir la recepci\u00f3n, transferencia, \u00a0atenci\u00f3n y seguimiento de las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos \u00a0interpuestos por los ciudadanos, servidores p\u00fablicos y dem\u00e1s personas que \u00a0presten o utilicen los servicios del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0por su naturaleza le correspondan\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su \u00a0publicaci\u00f3n y se modifican los art\u00edculos 10, 25 y 27 del Decreto n\u00famero \u00a03571 de 2011, y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 10 de octubre de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Vivienda, Ciudad y \u00a0Territorio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jonathan Tybalt \u00a0Malag\u00f3n Gonz\u00e1lez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1829 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (octubre 10) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.102, octubre 10 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica la estructura del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las \u00a0conferidas en el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53511","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53511","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53511"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53511\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53511"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53511"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53511"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}