{"id":53593,"date":"2023-08-18T16:22:47","date_gmt":"2023-08-18T16:22:47","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1997-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:22:47","modified_gmt":"2023-08-18T16:22:47","slug":"decreto-1997-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-1997-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 1997 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1997 DE 2019 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 1\u00b0) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.124, noviembre 1\u00ba de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Subsector de la Econom\u00eda Solidaria que presta servicios de ahorro y cr\u00e9dito, se \u00a0dictan disposiciones para su funcionamiento y se adiciona un art\u00edculo al T\u00edtulo \u00a03 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto n\u00famero \u00a01068 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las \u00a0conferidas por el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las \u00a0organizaciones de econom\u00eda solidaria que prestan servicios de ahorro y cr\u00e9dito, \u00a0se han consolidado como un subsector que participa de manera significativa en \u00a0actividades de manejo, aprovechamiento e inversi\u00f3n de recursos de captaci\u00f3n de \u00a0la poblaci\u00f3n colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los riesgos \u00a0propios de la actividad de intermediaci\u00f3n de recursos pueden afectar a un \u00a0sector en forma determinante, con los consecuentes efectos en el bienestar de \u00a0los individuos y comunidades, adem\u00e1s del deterioro de la confianza del p\u00fablico \u00a0y los asociados de las entidades de econom\u00eda solidaria en las actividades de \u00a0ahorro y cr\u00e9dito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en este sentido, \u00a0varios pa\u00edses han constituido redes de seguridad financiera, entendidas como el \u00a0conjunto de instituciones, procedimientos y mecanismos concebidos para mantener \u00a0la estabilidad del sistema financiero, incluyendo la creaci\u00f3n de un organismo \u00a0para la coordinaci\u00f3n de las autoridades relacionadas con la materia. En el caso \u00a0de Colombia, funciona desde el a\u00f1o 2003 el Comit\u00e9 para el Seguimiento del \u00a0Sistema Financiero que se ocupa de las entidades vigiladas por la \u00a0Superintendencia Financiera de Colombia, el cual ha arrojado resultados \u00a0positivos en materia de optimizaci\u00f3n de la coordinaci\u00f3n entre las entidades que \u00a0ejercen funciones relacionadas con la estabilidad de dicho sector; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que respecto de \u00a0organizaciones de la econom\u00eda solidaria que prestan servicios de ahorro y \u00a0cr\u00e9dito son varias las entidades p\u00fablicas que cuentan con funciones \u00a0relacionadas con este subsector de la econom\u00eda solidaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el caso del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, se le ha atribuido la definici\u00f3n, \u00a0formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica econ\u00f3mica del pa\u00eds, de los planes \u00a0generales, programas y proyectos relacionados con esta, as\u00ed como la preparaci\u00f3n \u00a0de las leyes, la preparaci\u00f3n de los decretos y la regulaci\u00f3n, en materia \u00a0fiscal, tributaria, aduanera, de cr\u00e9dito p\u00fablico, presupuestal, de tesorer\u00eda, \u00a0cooperativa, financiera, cambiaria, monetaria y crediticia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a la Superintendencia \u00a0de la Econom\u00eda Solidaria le corresponden, en general, las funciones de \u00a0inspecci\u00f3n, control y vigilancia de las organizaciones de econom\u00eda solidaria, \u00a0entre ellas algunos tipos de entidades que prestan servicios de ahorro y \u00a0cr\u00e9dito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a la Superintendencia \u00a0de Industria y Comercio le compete la vigilancia del cumplimiento de las \u00a0disposiciones de la Ley 1480 de 2011, las \u00a0cuales, de acuerdo con el art\u00edculo 2\u00b0, son aplicables en general a las \u00a0relaciones de consumo y a la responsabilidad de los productores y proveedores \u00a0frente al consumidor en todos los sectores de la econom\u00eda respecto de los \u00a0cuales no exista regulaci\u00f3n especial en dichas materias, incluyendo las \u00a0operaciones mediante sistemas de financiaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en consonancia \u00a0con lo previsto en el numeral 3 del art\u00edculo 56 y el art\u00edculo 58 de la Ley 1480 de 2011, en \u00a0materia de acciones de protecci\u00f3n al consumidor y respecto de las relaciones de \u00a0consumo, la Superintendencia de Industria y Comercio es competente para ejercer \u00a0funciones jurisdiccionales con independencia del sector econ\u00f3mico en el que se \u00a0hayan vulnerado los derechos del consumidor, salvo el caso de los consumidores \u00a0financieros de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de \u00a0Colombia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que entre las \u00a0organizaciones solidarias y sus asociados existe una relaci\u00f3n de consumo \u00a0derivada de la condici\u00f3n de dichas organizaciones como proveedoras de bienes o \u00a0servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Fondo de \u00a0Garant\u00edas de Entidades Cooperativas (Fogacoop), cuenta a su vez con funciones \u00a0relacionadas con el ejercicio de medidas para la protecci\u00f3n de la confianza de \u00a0los depositantes y ahorradores de las cooperativas inscritas, particularmente \u00a0relacionadas con la toma de posesi\u00f3n de las entidades y el pago del seguro de \u00a0dep\u00f3sitos, entre otras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que entre las funciones \u00a0de la Unidad Administrativa Especial de Proyecci\u00f3n Normativa y Estudios de \u00a0Regulaci\u00f3n Financiera (URF), se encuentran algunas relacionadas con el \u00a0diagn\u00f3stico regulatorio y la proyecci\u00f3n normativa para el ejercicio de las \u00a0competencias de regulaci\u00f3n e intervenci\u00f3n, por parte del Gobierno nacional, de \u00a0las actividades financiera, burs\u00e1til, aseguradoras, as\u00ed como cualquiera otra \u00a0relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversi\u00f3n de recursos de \u00a0captaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en aras de \u00a0generar una mayor efectividad en la coordinaci\u00f3n, an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de \u00a0situaciones relevantes para la estabilidad de las organizaciones del subsector \u00a0de la econom\u00eda solidaria que prestan servicios de ahorro y cr\u00e9dito, se ha \u00a0identificado la necesidad de establecer mecanismos formales y regulares de \u00a0articulaci\u00f3n, a trav\u00e9s de la creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n intersectorial de \u00a0coordinaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 45 \u00a0de la Ley 489 de 1998 \u00a0establece que mediante las comisiones intersectoriales es viable \u00a0institucionalizar la coordinaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de funciones \u00a0cuando, por mandato legal o en raz\u00f3n de sus caracter\u00edsticas, est\u00e9n a cargo de \u00a0dos o m\u00e1s entidades, sin perjuicio de las competencias espec\u00edficas de cada una \u00a0de ellas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo \u00a0previsto en el art\u00edculo 61 del C\u00f3digo de Comercio, los literales a) y c) del \u00a0art\u00edculo 18 y los literales b), h) y par\u00e1grafo del art\u00edculo 19 de la Ley 1712 de 2014, y \u00a0el art\u00edculo 4\u00b0 de la Ley 1581 de 2012, \u00a0entre otras disposiciones, la informaci\u00f3n que se comparta en la Comisi\u00f3n puede \u00a0tener la condici\u00f3n de clasificada, reservada, confidencial, o sujeta a las \u00a0normas sobre el deber de preservaci\u00f3n de la seguridad de la misma; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el tr\u00e1mite del \u00a0proyecto de decreto, cumpli\u00f3 con las formalidades previstas en el numeral 8 del \u00a0art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 1437 de 2011 y el \u00a0art\u00edculo 2.1.2.1.14. del Decreto n\u00famero \u00a01081 de 2015; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo \u00a0Directivo de la URF, aprob\u00f3 por unanimidad el contenido del presente decreto, \u00a0de conformidad con las Actas n\u00fameros 012 del 31 de octubre de 2018 y 008 del 27 \u00a0de agosto de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Comisi\u00f3n Intersectorial de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Subsector de la Econom\u00eda Solidaria que presta servicios de ahorro y cr\u00e9dito \u00a0(CCAC). Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n del Subsector de la Econom\u00eda \u00a0Solidaria que presta servicios de ahorro y cr\u00e9dito, como \u00f3rgano t\u00e9cnico de \u00a0coordinaci\u00f3n, an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de situaciones relevantes para la \u00a0estabilidad de las organizaciones de la econom\u00eda solidaria que hacen parte del \u00a0subsector de ahorro y cr\u00e9dito. La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 los siguientes objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Promover acciones \u00a0de optimizaci\u00f3n de los medios y procedimientos utilizados para el seguimiento \u00a0del subsector; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Promover de \u00a0manera coordinada y en tiempo oportuno la adopci\u00f3n de las acciones que \u00a0correspondan a cada entidad que participa dentro de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para \u00a0efectos del presente decreto, enti\u00e9ndase por subsector de la econom\u00eda solidaria \u00a0que presta servicios de ahorro y cr\u00e9dito, el conformado por cooperativas de \u00a0ahorro y cr\u00e9dito, cooperativas multiactivas e integrales con secci\u00f3n de ahorro \u00a0y cr\u00e9dito, fondos de empleados y asociaciones mutuales, as\u00ed como las \u00a0organizaciones de la econom\u00eda solidaria que presten servicios de apoyo o \u00a0complementaci\u00f3n del objeto social a estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. \u00a0Composici\u00f3n. La CCAC estar\u00e1 integrada por los siguientes miembros, quienes \u00a0contar\u00e1n con voz y voto en las sesiones que dicho \u00f3rgano adelante: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado, quien la presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El \u00a0Superintendente de la Econom\u00eda Solidaria o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El \u00a0Superintendente de Industria y Comercio o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Director del \u00a0Fondo de Garant\u00edas de Entidades Cooperativas (Fogacoop) o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El Director de la Unidad Administrativa Especial Unidad de \u00a0Proyecci\u00f3n Normativa y Estudios de Regulaci\u00f3n Financiera o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Podr\u00e1n \u00a0ser invitados otras entidades o funcionarios que la Comisi\u00f3n considere \u00a0conveniente para el cumplimiento de sus objetivos. Los invitados actuar\u00e1n con \u00a0voz y sin voto dentro de las sesiones de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los \u00a0miembros e invitados de la Comisi\u00f3n podr\u00e1n delegar su asistencia exclusivamente \u00a0en funcionarios del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones y actividades de la Comisi\u00f3n. La \u00a0CCAC desarrollar\u00e1 las siguientes funciones y actividades, sin perjuicio de las \u00a0competencias, facultades y potestades decisorias que, de acuerdo con la ley y \u00a0los actos de creaci\u00f3n o de reestructuraci\u00f3n, le correspondan a cada una de las \u00a0entidades participantes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Impartir \u00a0lineamientos orientados a la homogeneidad de la informaci\u00f3n del subsector, de \u00a0los sistemas de indicadores y las se\u00f1ales de alerta, para identificar riesgos a \u00a0los que est\u00e1 expuesto, sin perjuicio de un grado razonable de diversidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Coordinar entre \u00a0las entidades que integran la Comisi\u00f3n la implementaci\u00f3n de mecanismos de resoluci\u00f3n \u00a0y de comunicaci\u00f3n, que puedan entrar a operar en caso de situaciones de estr\u00e9s \u00a0financiero relevante o ante la eventual liquidaci\u00f3n de las organizaciones del \u00a0subsector. Estos mecanismos se actualizar\u00e1n cuando as\u00ed se requiera en raz\u00f3n al \u00a0surgimiento de nuevos eventos o caracter\u00edsticas del subsector; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar el \u00a0ejercicio de simulacros de situaciones de estr\u00e9s con miras a evaluar la \u00a0efectividad de los mecanismos de resoluci\u00f3n y comunicaci\u00f3n previstos en el \u00a0literal anterior; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar \u00a0mecanismos de intercambio permanente de informaci\u00f3n sobre riesgos que puedan \u00a0afectar la estabilidad del subsector o de las organizaciones que lo conforman, \u00a0cuando dicha informaci\u00f3n pueda contribuir al cumplimiento de los objetivos de \u00a0la Comisi\u00f3n y no constituya violaci\u00f3n a la obligaci\u00f3n de reserva establecida \u00a0por la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Conformar grupos \u00a0de trabajo institucional e interinstitucional para la elaboraci\u00f3n de estudios o \u00a0an\u00e1lisis de temas de inter\u00e9s para la Comisi\u00f3n o para sus integrantes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Compartir las \u00a0propuestas normativas de regulaci\u00f3n e instrucci\u00f3n para el subsector, si la \u00a0entidad encargada lo considera pertinente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Dictar su propio \u00a0reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s \u00a0funciones afines y complementarias, necesarias para cumplir los objetivos de la \u00a0Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los \u00a0miembros e invitados de la Comisi\u00f3n, suscribir\u00e1n un acuerdo de confidencialidad \u00a0sobre el tratamiento de la informaci\u00f3n que conozcan con ocasi\u00f3n de su \u00a0participaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n. La \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n estar\u00e1 a cargo del Viceministerio T\u00e9cnico del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Elaborar la \u00a0agenda y las actas de cada reuni\u00f3n de la Comisi\u00f3n y citar a las reuniones \u00a0ordinarias y extraordinarias a los representantes de las entidades que lo \u00a0conforman, as\u00ed como a aquellas personas que la Comisi\u00f3n acuerde invitar por \u00a0considerar que pueden contribuir al cumplimiento de sus objetivos y funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Suministrar a los \u00a0miembros de la Comisi\u00f3n, el orden del d\u00eda, los documentos y la informaci\u00f3n que \u00a0se requiera para el desarrollo de las reuniones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Realizar \u00a0seguimiento al cumplimiento de los compromisos y las actividades acordadas, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Las dem\u00e1s que le \u00a0sean asignadas por la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Sesiones. La Comisi\u00f3n se reunir\u00e1 \u00a0ordinariamente cada trimestre y, de manera extraordinaria, a solicitud de \u00a0cualquiera de sus miembros. De cada sesi\u00f3n de la Comisi\u00f3n se levantar\u00e1 un acta \u00a0que indique, entre otros, los compromisos fijados y las actividades a reportar \u00a0en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. \u00a0Adici\u00f3nese el siguiente art\u00edculo al T\u00edtulo 3 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto n\u00famero \u00a01068 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 1.1.3.9 \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Coordinaci\u00f3n del Subsector de la Econom\u00eda Solidaria \u00a0que presta servicios de ahorro y cr\u00e9dito (CCAC).\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y adiciona el art\u00edculo 1.1.3.9 al Decreto n\u00famero \u00a01068 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 1\u00b0 de noviembre de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1997 DE 2019 \u00a0 \u00a0 \u00a0 (noviembre 1\u00b0) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.124, noviembre 1\u00ba de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Subsector de la Econom\u00eda Solidaria que presta servicios de ahorro y cr\u00e9dito, se \u00a0dictan disposiciones para su funcionamiento y se adiciona un art\u00edculo al T\u00edtulo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53593","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53593","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53593"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53593\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53593"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53593"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53593"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}