{"id":53639,"date":"2023-08-18T16:23:13","date_gmt":"2023-08-18T16:23:13","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-2081-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:23:13","modified_gmt":"2023-08-18T16:23:13","slug":"decreto-2081-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-2081-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 2081 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2081 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 18) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.141, noviembre 18 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del \u00a0cual se modifica el Decreto 4690 de 2007, \u00a0modificado por los decretos 0552 de 2012, 1569 de 2016 y 1833 de 2017 por \u00a0el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial para la prevenci\u00f3n del \u00a0reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos delictivos \u00a0organizados \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las \u00a0conferidas en el numeral 11 del art\u00edculo 189 y el art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados, propende por prevenir la vulneraci\u00f3n de los derechos de \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y fundamentalmente, el de ser protegidos contra el \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual por los grupos armados \u00a0organizados al margen de la ley y por grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta las recomendaciones \u00a0de distintos instrumentos internacionales tales como la Resoluci\u00f3n 1612 de 2005 \u00a0del Consejo de Seguridad y otras resoluciones pertinentes y posteriores, adem\u00e1s \u00a0de \u00f3rganos convencionales y extraconvencionales de las Naciones Unidas, \u00a0especialmente los emitidos por el Comit\u00e9 de los Derechos del Ni\u00f1o (CON), \u00a0Colombia ha refrendado su compromiso con la prevenci\u00f3n de distintas formas de \u00a0violencia contra la ni\u00f1ez y la adolescencia, en particular, el reclutamiento, \u00a0la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 1784 de 2019, \u00a0\u201cPor el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica\u201d, asigna a la Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Internacionales, entre otras funciones, ejercer la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial para la prevenci\u00f3n del \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes, por grupos organizados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con lo anteriormente se\u00f1alado, existen \u00a0instrumentos jur\u00eddicos que buscan la protecci\u00f3n de los derechos de los ni\u00f1os, \u00a0ni\u00f1as y adolescentes y que desarrollan la obligaci\u00f3n que tiene el Estado de \u00a0buscar el goce efectivo de estos como fin del Estado social de derecho. Esto, \u00a0sumado a las reformas actuales en la estructura del Estado, hace necesario \u00a0modificar el Decreto 4690 de 2007, \u00a0modificado por los Decretos 0552 de 2012, 1569 de 2016 y 1833 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 4690 de 2007, \u00a0modificado por los decretos 0552 de 2012, 1569 de 2016 y 1833 de 2017, el \u00a0cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n. La Comisi\u00f3n Intersectorial para la \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, \u00a0ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos \u00a0delictivos organizados, ser\u00e1 presidida por el Consejero Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Internacionales o su delegado y conformada, adem\u00e1s, \u00a0por los siguientes funcionarios como miembros permanentes, quienes actuar\u00e1n con \u00a0voz y voto, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro del Interior, o su delegado \u00a0del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Justicia y del Derecho, o \u00a0su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Relaciones Exteriores, o \u00a0su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Defensa Nacional, o su \u00a0delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Salud y Protecci\u00f3n Social, \u00a0o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro del Trabajo, o su delegado \u00a0del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional, o su \u00a0delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro de las Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Ministro de Cultura, o su delegado del \u00a0nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Ministro de Trabajo, o su delegado \u00a0del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Alto Comisionado para la Paz, o su \u00a0delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Director General del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n (DNP), o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Director General del Departamento \u00a0Administrativo para la Prosperidad Social, o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. El Director General de la Unidad \u00a0Administrativa de Atenci\u00f3n y Reparaci\u00f3n a Victimas (UARIV), o su delegado del \u00a0nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Director General del Instituto \u00a0Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. El Director General de la Agencia para \u00a0la Reincorporaci\u00f3n y la Normalizaci\u00f3n (ARN), o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. El Director General de la Agencia de \u00a0Renovaci\u00f3n del Territorio (ART), o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. El Director General del Servicio \u00a0Nacional de Aprendizaje, (SENA), o su delegado del nivel directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Consejer\u00eda Presidencial para la Ni\u00f1ez y \u00a0Adolescencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Consejer\u00eda Presidencial para la Juventud \u00a0&#8211; Colombia Joven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. La Consejera Presidencial para la \u00a0Equidad de la Mujer del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. El Consejero Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Internacionales del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. Podr\u00e1n asistir como invitados \u00a0permanentes con voz, pero sin voto el Procurador General de la Naci\u00f3n, el \u00a0Defensor del Pueblo y el Fiscal General de la Naci\u00f3n o sus delegados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Comisi\u00f3n podr\u00e1, previa \u00a0solicitud a la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, invitar a sus sesiones a los representantes \u00a0de entidades estatales nacionales, territoriales, entidades de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional y de asistencia t\u00e9cnica y a las organizaciones sociales que \u00a0estime conveniente, de acuerdo con los temas\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar el art\u00edculo 3\u00b0 del Decreto 4690 de 2007, \u00a0modificado por los decretos 0552 de 2012, 1569 de 2016 y 1833 de 2017, el \u00a0cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 3\u00b0. Funciones de la Comisi\u00f3n. La Comisi\u00f3n ejercer\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y orientar el dise\u00f1o, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de proyectos, planes, programas, \u00a0estrategias y pol\u00edticas p\u00fablicas de prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y \u00a0violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al \u00a0margen de la ley y grupos delictivos organizados, en el \u00e1mbito territorial, \u00a0atendiendo los principios y enfoque de protecci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar, orientar y aprobar la \u00a0propuesta de priorizaci\u00f3n municipal presentada por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, para \u00a0la definici\u00f3n de los departamentos, municipios y\/o distritos en los que se \u00a0desarrollar\u00e1n las acciones de prevenci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al Gobierno nacional la adopci\u00f3n \u00a0e implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica nacional para la prevenci\u00f3n del reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos \u00a0armados organizados al margen de la ley y grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Revisar, hacer seguimiento y evaluar la \u00a0pol\u00edtica de prevenci\u00f3n de reclutamiento utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados organizados al margen de la ley \u00a0y grupos delictivos organizados, atendiendo los principios de \u00a0corresponsabilidad, prevalencia de derechos, inter\u00e9s superior del ni\u00f1o y \u00a0protecci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Propiciar mecanismos de articulaci\u00f3n \u00a0Naci\u00f3n &#8211; Territorio para orientar la ejecuci\u00f3n de proyectos, planes, programas, \u00a0y pol\u00edticas p\u00fablicas de prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia \u00a0sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley \u00a0y por grupos delictivos organizados, atendiendo los principios y el enfoque de \u00a0protecci\u00f3n integral, as\u00ed como los de autonom\u00eda territorial, concurrencia y \u00a0subsidiariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular las acciones que desarrolle la \u00a0Comisi\u00f3n con los espacios interinstitucionales del orden nacional y territorial \u00a0para el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de acciones de prevenci\u00f3n del reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos \u00a0armados al margen de la ley y grupos delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover la articulaci\u00f3n los proyectos, \u00a0planes, programas y estrategias que desarrollan organizaciones sociales \u00a0nacionales e internacionales que fortalezcan la acci\u00f3n del Estado en esta \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover la sinergia y articulaci\u00f3n entre \u00a0el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, el Sistema Nacional para la Atenci\u00f3n \u00a0y Reparaci\u00f3n Integral de las V\u00edctimas y el Sistema Nacional Derechos Humanos, o \u00a0sus equivalentes, para el desarrollo de acciones de protecci\u00f3n integral y \u00a0prevenci\u00f3n del reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual contra \u00a0ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley y grupos \u00a0delictivos organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la gesti\u00f3n, sistematizaci\u00f3n, \u00a0reporte y articulaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, como su retroalimentaci\u00f3n oportuna \u00a0entre entidades que hacen de la Comisi\u00f3n Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impulsar el cumplimiento y seguimiento \u00a0los compromisos y obligaciones internacionales en materia de prevenci\u00f3n del \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Promover, articular y fortalecer \u00a0estrategias intersectoriales para la movilizaci\u00f3n social contra el \u00a0reclutamiento, la utilizaci\u00f3n y la violencia sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes por grupos armados al margen de la ley y por grupos delictivos \u00a0organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar, promover e impulsar acciones \u00a0intersectoriales para la prevenci\u00f3n reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia \u00a0sexual con enfoque \u00e9tnico diferencial, que fuesen implementadas en departamentos, \u00a0municipios y\/o distritos priorizados por la Comisi\u00f3n, en el marco de la L\u00ednea \u00a0de pol\u00edtica p\u00fablica de prevenci\u00f3n del reclutamiento, utilizaci\u00f3n, uso y \u00a0violencia sexual en contra de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por parte de los \u00a0grupos armados organizados y los grupos delincuenciales organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adoptar su propio reglamento\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificar el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 4690 de 2007, \u00a0modificado por los Decretos 0552 de 2012 y 1569 de 2016: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 4\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. El Consejero Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos y Asuntos Internacionales ejercer\u00e1 la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la \u00a0Comisi\u00f3n intersectorial y desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y articular el cumplimiento de \u00a0las funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Convocar a sesiones ordinarias o a \u00a0extraordinarias que as\u00ed lo soliciten, por lo menos, tres de sus miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar la agenda de cada sesi\u00f3n y \u00a0orientar su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar las actas de cada sesi\u00f3n de la \u00a0Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Hacer seguimiento a las recomendaciones \u00a0emanadas de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar seguimiento y preparar los \u00a0informes de gesti\u00f3n de la L\u00ednea de pol\u00edtica p\u00fablica de prevenci\u00f3n del \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n, uso y violencia sexual en contra de ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes por parte de los grupos armados organizados y los grupos \u00a0delincuenciales organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recomendar a la Comisi\u00f3n Intersectorial \u00a0acciones para el desarrollo de la L\u00ednea de pol\u00edtica p\u00fablica de prevenci\u00f3n del \u00a0reclutamiento, utilizaci\u00f3n, uso y violencia sexual en contra de ni\u00f1os, ni\u00f1as y \u00a0adolescentes por parte de los grupos armados organizados y los grupos \u00a0delincuenciales organizados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Facilitar el dise\u00f1o, ejecuci\u00f3n, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de proyectos, planes, programas, estrategias y \u00a0pol\u00edticas p\u00fablicas de prevenci\u00f3n de reclutamiento, utilizaci\u00f3n y violencia \u00a0sexual contra ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes por grupos armados al margen de la ley \u00a0y grupos delictivos organizados, en el \u00e1mbito territorial, atendiendo los \u00a0principios y enfoque de protecci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar el plan de acci\u00f3n que se trace \u00a0internamente para el desarrollo de sus compromisos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impulsar mecanismos e instrumentos de acceso a la justicia \u00a0como estrategia de prevenci\u00f3n de los delitos relacionados con reclutamiento, \u00a0utilizaci\u00f3n y violencia sexual en contra de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, que \u00a0conduzca a la efectiva gesti\u00f3n de los casos remitidos, al cumplimiento de las \u00a0sentencias relacionadas y facilite a la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n adelantar \u00a0las acciones en investigaci\u00f3n y judicializaci\u00f3n que le competen a esta entidad \u00a0judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la \u00a0Comisi\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 18 de noviembre de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Andr\u00e9s \u00a0Molano Aponte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio \u00a0Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2081 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (noviembre 18) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.141, noviembre 18 de 2019 \u00a0 \u00a0 por medio del \u00a0cual se modifica el Decreto 4690 de 2007, \u00a0modificado por los decretos 0552 de 2012, 1569 de 2016 y 1833 de 2017 por \u00a0el cual se crea la Comisi\u00f3n Intersectorial para la prevenci\u00f3n del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53639","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53639","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53639"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53639\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53639"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53639"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53639"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}