{"id":53776,"date":"2023-08-18T16:23:22","date_gmt":"2023-08-18T16:23:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-2372-de-2019\/"},"modified":"2023-08-18T16:23:22","modified_gmt":"2023-08-18T16:23:22","slug":"decreto-2372-de-2019","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/18\/decreto-2372-de-2019\/","title":{"rendered":"DECRETO 2372 DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2372 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.179, diciembre 27 de 2019 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0reglamenta el art\u00edculo 59 de la Ley 1955 de 2019, \u00a0Plan Nacional de Desarrollo: Pacto por Colombia, pacto por la equidad y se \u00a0adiciona el Decreto 1068 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las \u00a0conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 643 de 2001, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 83 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0establece el principio de la buena fe, la cual se presume frente a las \u00a0actuaciones de los particulares y de las autoridades p\u00fablicas y sobre las \u00a0actuaciones que los particulares adelanten ante las autoridades p\u00fablicas, es \u00a0decir, en las relaciones jur\u00eddico-administrativas, que deben estar gobernadas \u00a0por dicho principio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 643 de 2001 regula \u00a0el r\u00e9gimen propio del monopolio rent\u00edstico de juegos de suerte y azar, cuyas \u00a0facultades son exclusivas del Estado para explotar, organizar, administrar, \u00a0operar, controlar, fiscalizar, regular y vigilar todas las modalidades de \u00a0juegos de suerte y azar, y para establecer las condiciones en las cuales los \u00a0particulares pueden operarlos, actividad que se debe ejercer respetando el \u00a0inter\u00e9s p\u00fablico y social y dando cumplimiento a los fines del arbitrio \u00a0rent\u00edstico, el cual consiste en que los recursos sean destinados a favor de los \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1955 de 2019, por \u00a0la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, establece que los operadores \u00a0de Juegos de Suerte y Azar Localizados que cumplan con las condiciones de \u00a0conectividad y confiabilidad establecidos por la entidad administradora del \u00a0monopolio pagar\u00e1n a t\u00edtulo de derecho de explotaci\u00f3n el doce por ciento (12%) \u00a0sobre los ingresos brutos menos el monto de los premios pagados calculados \u00a0sobre la totalidad de los elementos de juego autorizados en el contrato de \u00a0concesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el inciso segundo del art\u00edculo 56 del Decreto Ley 2106 \u00a0de 2019 prev\u00e9 que \u201ccuando alguno \u00a0de los elementos autorizados no cumpla alguna de las condiciones previstas en \u00a0el art\u00edculo 59 de la Ley 1955 de 2019, se \u00a0declarar\u00e1, liquidar\u00e1 y pagar\u00e1 de forma individual y con las tarifas previstas \u00a0en el art\u00edculo 34 de la Ley 643 de 2001\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las m\u00e1quinas electr\u00f3nicas tragamonedas deben cumplir con la \u00a0conectividad, en las condiciones que determine Coljuegos, para lo cual se \u00a0permiti\u00f3 la gradualidad en la implementaci\u00f3n de este mecanismo por parte de los \u00a0operadores, de conformidad con lo previsto por el numeral 11 del art\u00edculo 2\u00b0 \u00a0del Decreto 1451 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la entidad administradora del monopolio \u00a0debe fijar las condiciones de confiabilidad, para lo cual es necesario \u00a0establecer la gradualidad en la implementaci\u00f3n de este mecanismo, de acuerdo \u00a0con el estado actual del inventario que compone el parque de m\u00e1quinas que \u00a0operan en Colombia y con miras a lograr una confiabilidad que cumpla con los \u00a0est\u00e1ndares internacionales, en el mediano plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la confiabilidad con est\u00e1ndares internacionales \u00a0requiere de inversiones por parte de los operadores de juegos de suerte y azar; \u00a0as\u00ed como de la capacidad de los proveedores de bienes y servicios relacionados \u00a0con la operaci\u00f3n, con el fin de poner a disposici\u00f3n los elementos de juego; y \u00a0de la concurrencia del sector financiero para otorgar condiciones que permitan \u00a0la adquisici\u00f3n de los elementos de juego. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el an\u00e1lisis realizado, el \u00a0tiempo necesario para llegar a una confiabilidad con est\u00e1ndares internacionales \u00a0requiere de un periodo no inferior a 10 a\u00f1os, siendo necesario establecer una \u00a0gradualidad en la implementaci\u00f3n de este mecanismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el tr\u00e1mite del presente Decreto se \u00a0dio cumplimiento a lo previsto en el numeral 8 del art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 1437 de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo anterior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3nese el art\u00edculo 2.7.5.10 \u00a0al T\u00edtulo 5 de la Parte 7 del Libro 2 del Decreto \u00danico Reglamentario del \u00a0Sector Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, Decreto 1068 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.7.5.10. Gradualidad de la confiabilidad. Para efectos de la \u00a0aplicaci\u00f3n de lo previsto en el art\u00edculo 59 de la Ley 1955 de 2019 y el \u00a0art\u00edculo 56 del Decreto Ley 2106 \u00a0de 2019, los operadores de juegos de suerte y azar localizados que cumplan \u00a0las condiciones establecidas por Coljuegos para la conectividad y la \u00a0confiabilidad del Sistema de Conexi\u00f3n en L\u00ednea, en las m\u00e1quinas electr\u00f3nicas \u00a0tragamonedas (MET) autorizadas en el contrato de concesi\u00f3n, deben liquidar \u00a0mensualmente con la tarifa prevista en el mencionado art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando alguna de las MET autorizadas en el \u00a0contrato de concesi\u00f3n no cumpla las anteriores condiciones, se debe liquidar de \u00a0forma individual con las tarifas previstas en el art\u00edculo 34 de la Ley 643 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro de los seis meses siguientes a la \u00a0entrada en vigencia del presente Decreto, Coljuegos establecer\u00e1 las condiciones \u00a0de confiabilidad de las MET, que ser\u00e1n verificadas dos a\u00f1os despu\u00e9s de su \u00a0expedici\u00f3n; las MET que cumplan las condiciones, de acuerdo a la gradualidad, \u00a0las etapas y plazos definidas por la entidad administradora del monopolio para \u00a0llegar a los est\u00e1ndares internacionales, pagar\u00e1n las tarifas previstas en el \u00a0art\u00edculo 59 de la Ley 1955 de 2019, las \u00a0MET que no cumplan las condiciones de la etapa respectiva pagar\u00e1n las tarifas \u00a0del art\u00edculo 34 de la Ley 643 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Coljuegos expedir\u00e1 las condiciones de \u00a0conectividad y confiabilidad de los dem\u00e1s elementos de juegos localizados, para \u00a0lo cual establecer\u00e1 la gradualidad en la implementaci\u00f3n de estos mecanismos por \u00a0parte de los operadores. Los elementos de juego que cumplan las condiciones, de \u00a0acuerdo a la gradualidad, las etapas y plazos definidas por la entidad \u00a0administradora del monopolio para llegar a los est\u00e1ndares internacionales, \u00a0pagar\u00e1n las tarifas previstas en el art\u00edculo 59 de la Ley 1955 de 2019, los \u00a0elementos de juego que no cumplan las condiciones de la etapa respectiva \u00a0pagar\u00e1n las tarifas del art\u00edculo 34 de la Ley 643 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Coljuegos expedir\u00e1 las \u00a0condiciones para elaborar la liquidaci\u00f3n sugerida; en todo caso, no se podr\u00e1n \u00a0hacer liquidaciones de derechos de explotaci\u00f3n con valores negativos, en \u00a0concordancia con lo previsto en el art\u00edculo 336 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 56 del Decreto Ley 2106 \u00a0de 2019\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir del \u00a01\u00b0 de enero de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 27 de diciembre de \u00a02019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto \u00a0Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2372 DE 2019 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre 27) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.179, diciembre 27 de 2019 \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0reglamenta el art\u00edculo 59 de la Ley 1955 de 2019, \u00a0Plan Nacional de Desarrollo: Pacto por Colombia, pacto por la equidad y se \u00a0adiciona el Decreto 1068 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[80],"tags":[],"class_list":["post-53776","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2019"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53776","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53776"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53776\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53776"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53776"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53776"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}