{"id":53976,"date":"2023-08-23T17:12:08","date_gmt":"2023-08-23T17:12:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-376-de-2020\/"},"modified":"2023-08-23T17:12:08","modified_gmt":"2023-08-23T17:12:08","slug":"decreto-376-de-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-376-de-2020\/","title":{"rendered":"DECRETO 376 DE 2020"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 376 DE 2020 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(marzo 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.254, marzo 12 de 2020 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial de las conferidas por el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en las bases del Plan \u00a0Nacional de Desarrollo \u201cPacto por Colombia, Pacto por la Equidad 2018-2022\u201d, se \u00a0estableci\u00f3 como una de sus estrategias para fortalecer la institucionalidad y \u00a0la regulaci\u00f3n para la sostenibilidad y la financiaci\u00f3n del sector ambiental, la \u00a0de fortalecer el proceso de licenciamiento ambiental y la evaluaci\u00f3n de \u00a0permisos y otros instrumentos de control ambiental a partir de, entre otros, la \u00a0coordinaci\u00f3n entre las autoridades ambientales y los institutos de investigaci\u00f3n \u00a0del SINA, el \u00e9nfasis en el car\u00e1cter preventivo de la gesti\u00f3n ambiental y el \u00a0seguimiento al cumplimiento de las autorizaciones ambientales, la \u00a0racionalizaci\u00f3n de instrumentos t\u00e9cnicos robustos de ventanillas \u00fanicas y de la \u00a0promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n ciudadana; para lo cual se deben simplificar y \u00a0agilizar los tr\u00e1mites ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales \u00a0(ANLA) y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, especialmente \u00a0aquellos necesarios para obtener los beneficios tributarios por inversiones \u00a0ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para el efecto se requiere \u00a0modificar la estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales \u00a0(ANLA), para fortalecer los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana ambiental, \u00a0los procesos de evaluaci\u00f3n y seguimiento de licencias ambientales, los de \u00a0gesti\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, disciplinarios y de gesti\u00f3n de la \u00a0entidad, con el fin de aumentar los niveles de productividad de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica aprob\u00f3 el estudio t\u00e9cnico de an\u00e1lisis de \u00a0cargas de trabajo e impacto en la modernizaci\u00f3n y competitividad de que trata \u00a0el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004 \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto ley 019 de \u00a02012 y el art\u00edculo 50 de la Ley 2008 de 2019, \u00a0presentado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la modificaci\u00f3n de la \u00a0estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) cumple con \u00a0el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de 2018, que \u00a0dispone: Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las \u00a0entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podr\u00e1n \u00a0modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los \u00a0gastos de funcionamiento de la entidad \u201cDirectrices de Austeridad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Direcci\u00f3n General de \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0emiti\u00f3 viabilidad presupuestal para la modificaci\u00f3n de la estructura y de la \u00a0planta de personal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Estructura. La \u00a0Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), tendr\u00e1 la siguiente \u00a0estructura para el cumplimiento de su objeto y funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Tecnolog\u00edas de \u00a0la Informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Subdirecci\u00f3n de Mecanismos \u00a0de Participaci\u00f3n Ciudadana Ambiental \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n \u00a0de Licencias Ambientales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Seguimiento \u00a0de Licencias Ambientales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Instrumentos, Permisos y Tr\u00e1mites Ambientales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0y Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Funciones del \u00a0Despacho de la Direcci\u00f3n General de la Autoridad Nacional de Licencias \u00a0Ambientales (ANLA). Las funciones del Despacho del Director General son las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir la ejecuci\u00f3n y \u00a0cumplimiento de los objetivos, pol\u00edticas, planes, programas y proyectos \u00a0inherentes al desarrollo del objeto de la Autoridad Nacional de Licencias \u00a0Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Suscribir los actos \u00a0administrativos que otorgan, niegan, modifican, ajustan o declaran la \u00a0terminaci\u00f3n de las licencias, permisos y tr\u00e1mites ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Impartir las directrices \u00a0para los procesos de evaluaci\u00f3n y el seguimiento de las licencias, permisos y \u00a0tr\u00e1mites ambientales, as\u00ed como para el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de instrumentos \u00a0ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Expedir los actos \u00a0administrativos mediante los cuales se imponen y levantan medidas preventivas, \u00a0al igual que, expedir las medidas sancionatorias ambientales por presunta \u00a0infracci\u00f3n en materia ambiental, en los asuntos objeto de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Convocar las reuniones del \u00a0Consejo T\u00e9cnico Consultivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Resolver los conflictos de \u00a0competencia cuando el proyecto, obra o actividad sujeto a licenciamiento \u00a0ambiental o permiso ambiental se desarrollen en jurisdicci\u00f3n de dos o \u00a0m\u00e1s autoridades ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir, en desarrollo de lo \u00a0dispuesto en los art\u00edculos 34, 35 y 39 de la Ley 99 de 1993, el \u00a0concepto de aprobaci\u00f3n para el otorgamiento de las licencias ambientales \u00a0relativas a explotaciones mineras y de construcci\u00f3n de infraestructura vial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impartir los lineamientos \u00a0para las audiencias p\u00fablicas ambientales que deban realizarse en el proceso de \u00a0licencias, permisos y tr\u00e1mites ambientales, de conformidad con la Ley 99 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la facultad \u00a0nominadora respecto de la planta de empleos de la entidad y dirigir la \u00a0administraci\u00f3n de personal, de conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Conocer y decidir en \u00a0segunda instancia los procesos disciplinarios adelantados en contra de los \u00a0servidores y exservidores de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Crear, organizar y \u00a0conformar comit\u00e9s, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta \u00a0la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas \u00a0trazados para el adecuado funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ordenar el gasto de los \u00a0recursos asignados a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y \u00a0vigilar la ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Aprobar los anteproyectos \u00a0de presupuesto de inversi\u00f3n y de funcionamiento de la entidad y vigilar la \u00a0ejecuci\u00f3n del presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Suscribir de conformidad \u00a0con el Estatuto General de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y el Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto, \u00a0los contratos relativos a asuntos propios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir la implementaci\u00f3n \u00a0del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n, garantizar el ejercicio del \u00a0Control Interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno. Las funciones de la Oficina de Control Interno son \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar al \u00a0Director General en el dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno de la entidad, as\u00ed como verificar su operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, dirigir y organizar \u00a0la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del sistema de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar instrumentos y \u00a0adelantar estrategias orientadas a fomentar una cultura de autocontrol que \u00a0contribuya al mejoramiento continuo en la prestaci\u00f3n de los servicios de \u00a0competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar el control de \u00a0gesti\u00f3n e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar \u00a0recomendaciones al Director General, haciendo \u00e9nfasis en los indicadores de \u00a0gesti\u00f3n dise\u00f1ados y reportados peri\u00f3dicamente por la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar el cumplimiento de \u00a0las pol\u00edticas, normas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de \u00a0la entidad, as\u00ed como recomendar los ajustes pertinentes y efectuar el \u00a0seguimiento a su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a las dependencias \u00a0en la identificaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los riesgos que puedan afectar el logro de \u00a0sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar, acompa\u00f1ar y apoyar \u00a0a los servidores de la Entidad en el desarrollo y mejoramiento del Sistema de \u00a0Control Interno y mantener informado al Director General sobre la marcha del \u00a0Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar informes de actividades al Director General y al \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar y consolidar el Informe de Rendici\u00f3n de Cuenta \u00a0Fiscal que debe presentar a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener las relaciones con \u00a0los organismos externos de control y coordinar el cumplimiento de los planes de \u00a0mejoramiento establecidos con estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar y consolidar las \u00a0respuestas a los requerimientos presentados por los organismos de control \u00a0respecto de la gesti\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo, \u00a0sostenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n \u00a0Institucional, supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que se le asignen \u00a0y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina de Control Disciplinario Interno. Las funciones de la Oficina de \u00a0Control Disciplinario Interno son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Organizar, dirigir y \u00a0coordinar la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario, de acuerdo con las \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar y establecer \u00a0procedimientos operativos disciplinarios para que los procesos se desarrollen \u00a0dentro de los principios legales de econom\u00eda, celeridad, igualdad, eficiencia, \u00a0imparcialidad y publicidad, buscando as\u00ed salvaguardar el derecho de defensa, el \u00a0debido proceso y los principios de la funci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer en primera instancia \u00a0la potestad disciplinaria sobre los servidores y exservidores de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de acuerdo con la normatividad \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recibir las peticiones, \u00a0quejas y reclamos que en forma verbal o escrita presenten contra los servidores \u00a0de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y darles el tr\u00e1mite \u00a0respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Informar oportunamente a la \u00a0divisi\u00f3n de Registro y Control de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, sobre \u00a0la apertura y decisiones de fondo adoptadas dentro de los procesos \u00a0disciplinarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Poner en conocimiento de los \u00a0organismos judiciales, de vigilancia y control, la comisi\u00f3n de hechos \u00a0presuntamente irregulares que surjan del proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar los archivos y \u00a0registros de los procesos disciplinarios adelantados contra los servidores y \u00a0exservidores de competencia de esta oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Rendir informes sobre el \u00a0estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes cuando as\u00ed \u00a0lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar procesos de \u00a0capacitaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos y colaboradores en la aplicaci\u00f3n del \u00a0r\u00e9gimen disciplinario vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones mediante la \u00a0definici\u00f3n, implementaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y divulgaci\u00f3n de un Plan \u00a0Estrat\u00e9gico de Tecnolog\u00eda y Sistemas de Informaci\u00f3n (PETI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar, administrar, \u00a0mantener y actualizar los sistemas de informaci\u00f3n de la Autoridad Nacional de \u00a0Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Liderar la definici\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n y mantenimiento de la arquitectura empresarial de la entidad en \u00a0virtud de las definiciones y lineamientos establecidos en el marco de \u00a0referencia de arquitectura empresarial para la gesti\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la \u00a0Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (TIC) del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los lineamientos \u00a0en materia tecnol\u00f3gica, necesarios para definir pol\u00edticas, estrategias y \u00a0pr\u00e1cticas que habiliten la gesti\u00f3n de la entidad, en beneficio de la prestaci\u00f3n \u00a0efectiva de sus servicios y que a su vez faciliten la gobernabilidad, seguridad \u00a0y gesti\u00f3n de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (TIC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar la gesti\u00f3n, \u00a0seguimiento y control de la ejecuci\u00f3n de recursos financieros asociados al \u00a0portafolio de proyectos y servicios definidos en el Plan Estrat\u00e9gico de \u00a0Tecnolog\u00edas y Sistemas de informaci\u00f3n (PETI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar oportunidades \u00a0para adoptar nuevas tendencias tecnol\u00f3gicas que generen impacto en el \u00a0desarrollo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Impartir lineamientos \u00a0tecnol\u00f3gicos para el cumplimiento de est\u00e1ndares de seguridad, privacidad, \u00a0calidad y oportunidad de la informaci\u00f3n de la entidad y la interoperabilidad de \u00a0los sistemas que la soportan, as\u00ed como el intercambio permanente de \u00a0informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer y desarrollar \u00a0programas de formaci\u00f3n para fortalecer las competencias del talento de TI y \u00a0adelantar las acciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover el uso efectivo del \u00a0derecho de acceso de todas las personas a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y \u00a0las comunicaciones, dentro de los l\u00edmites establecidos por la Constituci\u00f3n y la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que se le asignen \u00a0y correspondan por la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica. Las funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica son las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar y orientar la \u00a0definici\u00f3n e implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, estrategias, planes y programas \u00a0para los proyectos de orden legal a cargo de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar, proyectar y avalar \u00a0para la firma del Director General los actos administrativos que este le \u00a0indique y que deba suscribir en el marco de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a la Direcci\u00f3n \u00a0General y a las dependencias de la entidad en relaci\u00f3n con la interpretaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de las disposiciones legales y velar por la unidad de criterio \u00a0jur\u00eddico en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Emitir los conceptos \u00a0jur\u00eddicos en las materias de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en \u00a0los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta deba \u00a0promover, mediante poder o delegaci\u00f3n del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Llevar a cabo actuaciones \u00a0encaminadas a lograr el cobro de los valores que se adeuden por todo concepto a \u00a0la entidad, adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Revisar los actos \u00a0administrativos que deba proferir el Director General en ejercicio del \u00a0procedimiento sancionatorio ambiental regulado en la Ley 1333 de 2009, o \u00a0la norma que la modifique o sustituya. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estudiar la viabilidad y \u00a0conveniencia jur\u00eddica de los proyectos de ley, decretos y proyectos de \u00a0resoluci\u00f3n en temas relacionados con las competencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Liderar y orientar la \u00a0recopilaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de las normas legales y \u00a0reglamentarias relacionadas con la actividad propia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Las funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y coordinar el proceso \u00a0de planeaci\u00f3n de la entidad en los aspectos estrat\u00e9gicos, t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos \u00a0y administrativos, acorde con lo establecido en las pol\u00edticas p\u00fablicas \u00a0sectoriales y realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dependencias de la entidad y con sujeci\u00f3n al Plan Nacional de Desarrollo, \u00a0el Plan de Desarrollo Institucional, los Planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, el \u00a0Plan operativo anual y plurianual de inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar la elaboraci\u00f3n de \u00a0los planes estrat\u00e9gicos, los planes de acci\u00f3n anual, el plan de desarrollo \u00a0administrativo y los dem\u00e1s planes que se requieran para el funcionamiento y \u00a0fortalecimiento institucional, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias de la \u00a0entidad, as\u00ed como realizar su correspondiente seguimiento y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera, y dem\u00e1s dependencias, el \u00a0anteproyecto de presupuesto de la entidad, de acuerdo con las directrices que \u00a0dicte el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar el seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n pres upuestal y viabilizar las \u00a0modificaciones presupuestales ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico \u00a0y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a la Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera en el dise\u00f1o y seguimiento de la estrategia de \u00a0sostenibilidad financiera de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y orientar la \u00a0elaboraci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de inversi\u00f3n de la entidad, \u00a0as\u00ed como realizar su seguimiento, evaluaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir la gesti\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n, desarrollo e integraci\u00f3n de los procesos de la entidad para el \u00a0eficiente desarrollo de la gesti\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Establecer en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias de la entidad, los \u00edndices y los indicadores necesarios \u00a0para garantizar un adecuado control de gesti\u00f3n a los planes y actividades de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Estructurar los informes \u00a0relacionados con los avances y resultados de la estrategia institucional, los \u00a0planes, programas y proyectos, de acuerdo con requerimientos y normas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Estructurar, conjuntamente con las dem\u00e1s dependencias de la entidad, los \u00a0informes de gesti\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda y someterlos a \u00a0aprobaci\u00f3n del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar y coordinar la \u00a0planeaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas de gesti\u00f3n y \u00a0desempe\u00f1o, atendiendo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y \u00a0Gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar y actualizar el \u00a0Plan Anticorrupci\u00f3n y de Atenci\u00f3n al Ciudadano, para la aprobaci\u00f3n del Director \u00a0General y coordinar su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica del Comit\u00e9 de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o Institucional, de conformidad con la \u00a0normativa que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que se le asignen \u00a0y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Mecanismos de Participaci\u00f3n. Ciudadana Ambiental. Las funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Mecanismos de Participaci\u00f3n Ciudadana Ambiental son las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer, para aprobaci\u00f3n del Director General, los \u00a0lineamientos y protocolos de actuaci\u00f3n para la participaci\u00f3n de la ANLA en el \u00a0desarrollo e implementaci\u00f3n de los procesos de consulta previa y audiencias \u00a0p\u00fablicas ambientales, as\u00ed como de los dem\u00e1s mecanismos e instancias de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ordenar y presidir las \u00a0audiencias p\u00fablicas ambientales, de competencia de la entidad, que se realicen \u00a0en el proceso de licencias, permisos y tr\u00e1mites ambientales, de conformidad con \u00a0la Ley 99 de 1993, el Decreto n\u00famero \u00a01076 de 2015, y en las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recibir, tramitar y resolver \u00a0las solicitudes de terceros intervinientes en las actuaciones administrativas \u00a0ambientales, de acuerdo con los t\u00e9rminos y condiciones establecidos por la Ley 99 de 1993 y en las \u00a0normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer los criterios en \u00a0materia socioecon\u00f3mica, para el desarrollo de los procesos de evaluaci\u00f3n y \u00a0seguimiento a cargo de las Subdirecciones T\u00e9cnicas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar las estrategias y \u00a0coordinar el desarrollo de las acciones necesarias, en el marco de las \u00a0competencias de la entidad, para la prevenci\u00f3n y transformaci\u00f3n positiva de la \u00a0conflictividad que se pueda presentar en relaci\u00f3n con los proyectos, obras o \u00a0actividades cuya viabilidad ambiental sea competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar programas para la \u00a0formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n de los grupos de inter\u00e9s de la \u00a0entidad que permitan el fortalecimiento de la participaci\u00f3n ciudadana en las \u00a0actuaciones administrativas de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Gestionar y hacer \u00a0seguimiento a las quejas, sugerencias, denuncias y reclamos en materia \u00a0ambiental que los ciudadanos formulen a la entidad y proponer al Director \u00a0General las estrategias y acciones que se deban implementar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para apoyar la defensa en los procesos judiciales en los que sea parte \u00a0la entidad, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n de Licencias Ambientales. Las funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Evaluaci\u00f3n de Licencias Ambientales son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar las solicitudes de \u00a0licencias ambientales y planes de manejo ambiental o su modificaci\u00f3n para \u00a0definir la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar y modificar las \u00a0solicitudes de los dict\u00e1menes t\u00e9cnicos ambientales de competencia de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Controlar el cumplimiento de \u00a0los t\u00e9rminos en los procesos de permisos, licencias y tr\u00e1mites ambientales, y \u00a0verificar la suspensi\u00f3n de los mismos, en los asuntos \u00a0de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Expedir los actos \u00a0administrativos relativos a la solicitud de cambio de solicitante dentro del \u00a0tr\u00e1mite para el otorgamiento de licenciamiento ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Suscribir los actos \u00a0administrativos sobre la necesidad de diagn\u00f3stico ambiental de alternativas, de \u00a0conformidad con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar las solicitudes de \u00a0diagn\u00f3stico ambiental de alternativas de proyectos, obras o actividades a las \u00a0que les aplique este tr\u00e1mite, y suscribir los actos administrativos que se \u00a0requieran, de conformidad con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Conceptuar sobre las \u00a0actividades que puedan ser consideradas de mejoramiento en proyectos de \u00a0infraestructura de transporte, de conformidad con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar y resolver las \u00a0solicitudes de cambio menor que requieran pronunciamiento, de conformidad con \u00a0la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica del Consejo T\u00e9cnico Consultivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Emitir los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para recomendar la imposici\u00f3n o levantamiento de medidas preventivas y \u00a0para el inicio de procesos sancionatorios en materia ambiental, en los temas de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para apoyar la defensa en los procesos judiciales en los que sea parte \u00a0la entidad, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Seguimiento de Licencias Ambientales. Las funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Seguimiento de Licencias Ambientales son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar el control y \u00a0seguimiento a los proyectos, obras o actividades que cuenten con licencia \u00a0ambiental, planes de manejo ambiental, medidas de manejo ambiental y dict\u00e1menes \u00a0t\u00e9cnicos ambientales, de acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar los proyectos de \u00a0acto administrativo para ajustar las licencias ambientales o planes de manejo \u00a0ambiental, como resultado del proceso de seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Declarar iniciada la fase de \u00a0desmantelamiento y abandono, y expedir los autos que ordenan el archivo del \u00a0expediente, de conformidad con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Emitir los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para recomendar la imposici\u00f3n o levantamiento de medidas preventivas y \u00a0para el inicio de procesos sancionatorios en materia ambiental, en los temas de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar, cuando sea \u00a0necesario, los hechos y las medidas ambientales implementadas para corregir las \u00a0contingencias que se presenten en el marco de la funci\u00f3n de seguimiento y \u00a0control ambiental, de conformidad con la Ley 99 de 1993, los \u00a0decretos reglamentarios y en las normas que las modifiquen, adicionen o \u00a0sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para apoyar la defensa en los procesos judiciales en los que sea parte \u00a0la entidad, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Instrumentos, Permisos y Tr\u00e1mites Ambientales. Las funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Instrumentos, Permisos y Tr\u00e1mites Ambientales son las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar las solicitudes de \u00a0permisos, autorizaciones, certificaciones y tr\u00e1mites ambientales para definir \u00a0la viabilidad ambiental de los proyectos, obras o actividad de su competencia \u00a0de acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar el seguimiento a \u00a0los permisos, autorizaciones y tr\u00e1mites ambientales, de acuerdo con la \u00a0normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Emitir los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para recomendar la imposici\u00f3n o levantamiento de medidas preventivas y \u00a0para el inicio de procesos sancionatorios en materia ambiental, en los temas de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar e implementar \u00a0los instrumentos para la evaluaci\u00f3n y seguimiento de licencias, permisos y \u00a0tr\u00e1mites competencia de la ANLA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar e implementar un \u00a0esquema de evaluaci\u00f3n econ\u00f3mica de impactos ambientales dentro de las \u00a0actividades de evaluaci\u00f3n y seguimiento en el marco del proceso licenciamiento \u00a0ambiental, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, implementar y \u00a0actualizar el centro de monitoreo del estado de los recursos naturales de los \u00a0proyectos, obras o actividades sujetos a licencias, permisos y\/o tr\u00e1mites \u00a0ambientales de competencia de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales \u00a0(ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir conceptos y \u00a0documentos t\u00e9cnicos que aporten una visi\u00f3n regional a los procesos de \u00a0evaluaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos, obras o actividades de competencia \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos para apoyar la defensa en los procesos judiciales en los que sea parte \u00a0la entidad, en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera. Las funciones de la Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Direcci\u00f3n \u00a0General en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, objetivos y estrategias \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n de la Autoridad Nacional de Licencias \u00a0Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Implementar y dirigir las \u00a0pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n de personal, bienestar social, \u00a0seguridad y salud en el trabajo, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, \u00a0incentivos y desarrollo del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas y actividades relacionadas con asuntos financieros y contables, \u00a0contractuales, servicios administrativos y gesti\u00f3n documental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la orientaci\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y el ejercicio del control administrativo de las dependencias de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planificar, dirigir y \u00a0coordinar los procesos de contrataci\u00f3n y suscripci\u00f3n de convenios que requiera \u00a0la entidad, as\u00ed como elaborar los proyectos de actos administrativos \u00a0relacionados con dichos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar la informaci\u00f3n \u00a0en materia de contrataci\u00f3n, coordinar el suministro de informaci\u00f3n a los \u00a0organismos de control, autoridades administrativas o jurisdiccionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar, \u00a0controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, \u00a0administraci\u00f3n, almacenamiento, custodia, mantenimiento y distribuci\u00f3n de \u00a0bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal funcionamiento de la \u00a0entidad, velando porque se cumplan las normas vigentes sobre las materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y coordinar la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de archivo y correspondencia de la entidad y su \u00a0custodia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Recibir y trasladar a la \u00a0dependencia competente todos los documentos que se relacionen con el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n y funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto anual de presupuesto, de \u00a0acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y la Direcci\u00f3n General, velando \u00a0por su correcta y oportuna presentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Impartir las instrucciones \u00a0para el seguimiento a la ejecuci\u00f3n de los recursos asignados a los proyectos de \u00a0inversi\u00f3n y para la formulaci\u00f3n y seguimiento del presupuesto de funcionamiento \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar y hacer \u00a0seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones de la entidad, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar, implementar, \u00a0hacer seguimiento y evaluar la estrategia de sostenibilidad financiera de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar los cobros por \u00a0concepto de los servicios de evaluaci\u00f3n y seguimiento en los casos previstos en \u00a0el art\u00edculo 28 de la Ley 344 de 1996 \u00a0modificada por el art\u00edculo 96 de la Ley 633 de 2000, en \u00a0los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Planificar, dirigir y coordinar los procesos de recaudo, \u00a0presupuesto, contabilidad y tesorer\u00eda de la Autoridad Nacional de Licencias \u00a0Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Elaborar el balance de la entidad y presentarlo de acuerdo \u00a0con las normas vigentes a la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y entidades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Preparar y presentar el \u00a0Programa Anual de Caja, de conformidad con las obligaciones financieras \u00a0adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Implementar la pol\u00edtica y \u00a0programas de gesti\u00f3n ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir y coordinar los \u00a0estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta \u00a0de personal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Gestionar la adecuada \u00a0notificaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n y\/o publicaci\u00f3n de los actos administrativos en \u00a0materia ambiental que emita la entidad en ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad \u00a0Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, deroga los \u00a0art\u00edculos del 9\u00b0 al 15 del Decreto ley 3573 \u00a0de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de \u00a0marzo de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ricardo Jos\u00e9 Lozano Pic\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 376 DE 2020 \u00a0 \u00a0\u00a0 (marzo 11) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.254, marzo 12 de 2020 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0estructura de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial de las conferidas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[81],"tags":[],"class_list":["post-53976","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2020"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53976","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53976"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53976\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53976"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53976"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53976"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}