{"id":54311,"date":"2023-08-23T17:12:28","date_gmt":"2023-08-23T17:12:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-817-de-2020\/"},"modified":"2023-08-23T17:12:28","modified_gmt":"2023-08-23T17:12:28","slug":"decreto-817-de-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-817-de-2020\/","title":{"rendered":"DECRETO 817 DE 2020"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO LEGISLATIVO 817 DE 2020 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio \u00a04) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.335, junio 4 de 2020 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se establecen las condiciones especiales para la emisi\u00f3n de valores en \u00a0el segundo mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de \u00a0Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica declarado por el Decreto \u00a0n\u00famero 637 del 6 de mayo de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Reglamentado parcialmente por el Decreto 1235 de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a02: Declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-331 de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el \u00a0art\u00edculo 215 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, en concordancia con la Ley 137 de 1994 y en \u00a0desarrollo de lo previsto en el Decreto \u00a0n\u00famero 637 del 6 de mayo de 2020, por el cual se declara un Estado de \u00a0Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica en todo el territorio nacional, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los t\u00e9rminos \u00a0del art\u00edculo 215 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, con la firma de todos los Ministros, en caso de \u00a0que sobrevengan hechos distintos de los previstos en los art\u00edculos 212 y 213 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden \u00a0econ\u00f3mico, social y ecol\u00f3gico del pa\u00eds, o que constituyan grave calamidad \u00a0p\u00fablica, podr\u00e1 declarar el Estado de Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan la misma \u00a0\u00b7norma constitucional, una vez declarado el estado de Emergencia Econ\u00f3mica, \u00a0Social y Ecol\u00f3gica, el Presidente de la Rep\u00fablica, con la firma de todos los \u00a0Ministros, podr\u00e1 dictar decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a \u00a0conjurar la crisis y a impedir la extensi\u00f3n de sus efectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que estos decretos \u00a0deber\u00e1n referirse a materias que tengan relaci\u00f3n directa y espec\u00edfica con el \u00a0estado de Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica, y podr\u00e1n, en forma \u00a0transitoria, establecer nuevos tributos o modificar los existentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 6 de marzo de \u00a02020 el Ministerio de Salud y de la Protecci\u00f3n Social dio a conocer el primer \u00a0caso de brote de enfermedad por Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 11 de marzo de \u00a02020 la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS) declar\u00f3 el actual brote de \u00a0enfermedad por Coronavirus COVID-19 como una pandemia, esencialmente por la \u00a0velocidad de su propagaci\u00f3n y la escala de trasmisi\u00f3n, toda vez que al 11 de \u00a0marzo de 2020 a la OMS se hab\u00edan notificado cerca de 125.000 casos de contagio \u00a0en 118 pa\u00edses y que a lo largo de esas \u00faltimas dos semanas el n\u00famero de casos \u00a0notificados fuera de la Rep\u00fablica Popular China se hab\u00eda multiplicado en trece \u00a0(13) veces, mientras que el n\u00famero de pa\u00edses afectados se hab\u00eda triplicado, por \u00a0lo que inst\u00f3 a los pa\u00edses a tomar acciones urgentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante la \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 380 del 10 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n \u00a0Social adopt\u00f3, entre otras, medidas preventivas sanitarias de aislamiento y \u00a0cuarentena de las personas que, a partir de la entrada en vigencia de la \u00a0precitada resoluci\u00f3n, arribaran a Colombia desde la Rep\u00fablica Popular China, \u00a0Francia, Italia y Espa\u00f1a. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 385 del 12 de marzo de 2020, el ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 69 de la Ley 1753 de 2015, \u00a0declar\u00f3 el estado de emergencia sanitaria por causa del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020 y, en \u00a0virtud de esta, adopt\u00f3 una serie de medidas con el objeto de prevenir y \u00a0controlar la propagaci\u00f3n del Coronavirus COVID-19 y mitigar sus efectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 453 del 18 de marzo de 2020, los Ministerios de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social y de \u00b7 Comercio, Industria y Turismo adoptaron \u201ccomo medida \u00a0sanitaria preventiva y de control en todo el territorio nacional, la clausura \u00a0de los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversi\u00f3n; de \u00a0baile; ocio y entretenimiento y de juegos de azar y apuestas tales como \u00a0casinos, bingos y terminales de juegos de videos\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante la \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 844 del 26 de mayo de 2020 el Ministerio de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social prorrog\u00f3 la emergencia sanitaria por causa del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19, decretada por medio de la Resoluci\u00f3n n\u00famero 385 del 12 de \u00a0marzo de 2020, hasta el 31 de agosto de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Ministerio de \u00a0Salud y Protecci\u00f3n Social report\u00f3 el 9 de marzo de 2020 O muertes y 3 casos \u00a0confirmados en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que al 17 de marzo de 2020 el Ministerio \u00a0de Salud y Protecci\u00f3n Social hab\u00eda reportado que en el pa\u00eds se presentaban 75 \u00a0casos de personas infectadas con el Coronavirus COVID-19 y 0 fallecidos, cifra \u00a0que ha venido creciendo a nivel pa\u00eds de la siguiente manera: 102 personas \u00a0contagiadas al 18 de marzo de 2020; 108 .personas contagiadas al d\u00eda 19 de marzo \u00a0de 2020; 145 personas contagiadas al d\u00eda 20 de marzo de 2020, 196 personas \u00a0contagiadas al d\u00eda 21 de marzo de 2020, 235 personas contagiadas al 22 de marzo \u00a0de 2020, 306 personas contagiadas al 23 de marzo de 2020; 378 personas \u00a0contagiadas al d\u00eda 24 de marzo de 2020; 470 personas contagiadas al d\u00eda 25 de \u00a0marzo de 2020, 491 personas contagiadas al d\u00eda 26 de marzo de 2020, 539 \u00a0personas contagiadas al d\u00eda 27 de marzo de 2020, 608 personas contagiadas al 28 \u00a0de marzo de 2020, 702 personas contagiadas al 29 de marzo de 2020; 798 personas \u00a0contagiadas al d\u00eda 30 de marzo de 2020; 906 personas contagiadas al d\u00eda 31 de \u00a0marzo de 2020, 1.065 personas contagiadas al d\u00eda 1\u00b0 de abril de 2020, 1.161 \u00a0personas contagiadas al d\u00eda 2 de abril de 2020, 1.267 personas contagiadas al \u00a0d\u00eda 3 de abril de 2020, 1.406 personas contagiadas al d\u00eda 4 de abril de 2020, \u00a01.485 personas contagiadas al d\u00eda 5 de abril de 2020, 1.579 personas \u00a0contagiadas al d\u00eda 6 de abril de 2020, 1.780 personas contagiadas al 7 de abril \u00a0de 2020, 2.054 personas contagiadas al 8 de abril de 2020, 2.223 personas \u00a0contagiadas al 9 de abril de 2020, 2.473 personas contagiadas al d\u00eda 10 de \u00a0abril de 2020, 2.709 personas contagiadas al 11 de abril de 2020, 2.776 \u00a0personas contagiadas al 12 de abril de 2020, 2.852 personas contagiadas al 13 \u00a0de abril de 2020, 2.979 personas contagiadas al 14 de abril de 2020, 3.105 \u00a0personas contagiadas al 15 de abril de 2020, 3.233 personas contagiadas al 16 \u00a0de abril de 2020, 3.439 personas contagiadas al 17 de abril de 2020, 3.621 \u00a0personas contagiadas al 18 de abril de 2020, 3.792 personas contagiadas al 19 \u00a0de abril de 2020, 3.977 personas contagiadas al 20 de abril de 2020, 4.149 \u00a0personas contagiadas al 21 de abril de 2020, 4.356 personas contagiadas al 22 \u00a0de abril de 2020, 4.561 personas contagiadas al 23 de abril de 2020, 4.881 \u00a0personas contagiadas al 24 de abril de 2020, 5.142 personas contagiadas al 25 \u00a0de abril de 2020, 5.379 personas contagiadas al 26 de abril de 2020, 5.597 \u00a0personas contagiadas al 27 de abril de 2020, 5.949 personas contagiadas al 28 \u00a0de abril de 2020, 6.211 personas contagiadas al 29 de abril de 2020, 6.507 \u00a0personas contagiadas al 30 de abril de 2020, 7.006 personas contagiadas al 1\u00b0 \u00a0de mayo de 2020, 7.285 personas contagiadas al 2 de mayo de 2020, 7.668 \u00a0personas contagiadas al 3 de mayo de 2020, 7.973 personas contagiadas al 4 de \u00a0mayo de 2020, 8.613 personas contagiadas al 5 de mayo de 2020, 8.959 personas \u00a0contagiadas al 6 de mayo de 2020, 9.456 personas contagiadas al 7 de mayo de \u00a02020, 10.051 personas contagiadas al 8 de mayo de 2020, 10.495 personas \u00a0contagiadas al 9 de mayo de 2020, 11.063 personas contagiadas al 10 de mayo de \u00a02020, 11.613 personas contagiadas al 11 de mayo de 2020, 12.272 personas \u00a0contagiadas al 12 de mayo de 2020, 12.930 personas contagiadas al 13 de mayo de \u00a02020, 13.610 personas contagiadas al 14 de mayo de 2020, 14.216 personas \u00a0contagiadas al 15 de mayo de 2020, 14.939 personas contagiadas al 16 de mayo de \u00a02020, 15.574 personas contagiadas al 17 de mayo de 2020, 16.295 personas \u00a0contagiadas al 18 de mayo de 2020, 16.935 personas contagiadas al 19 de mayo de \u00a02020, 17.687 personas contagiadas al 20 de mayo de 2020, 18.330 personas \u00a0contagiadas al 21 de mayo de 2020, 19.131 personas contagiadas al 22 de mayo de \u00a02020, 20.177 personas contagiadas al 23 de mayo de 2020, 21.175 personas \u00a0contagiadas al 24 de mayo de 2020, 21.981 personas contagiadas al 25 de mayo de \u00a02020, 23.003 personas contagiadas al 26 de mayo de 2020, 24.104 al 27 de mayo \u00a0de 2020, 25.366 personas contagiadas al 28 de mayo de 2020, 26.688 personas \u00a0contagiadas al 29 de mayo de 2020, 28.236 personas contagiadas al 30 de mayo de \u00a02020, 29.383 personas contagiadas al 31 de mayo de 2020, 30.493 personas \u00a0contagiadas al 1 de junio de 2020, 31.833 personas contagiadas al 2 de junio de \u00a02020, 33.354 personas contagiadas al 3 junio de 2020 y mil cuarenta y cinco \u00a0(1.045) fallecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que pese a las medidas \u00a0adoptadas, el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social (I) report\u00f3 el 10 de mayo \u00a0de 2020 463 muertes y 11.063 casos confirmados en Colombia, distribuidos as\u00ed: \u00a0Bogot\u00e1 D. C. (4.155), Cundinamarca (283), Antioquia (468), Valle del Cauca \u00a0(1.331), Bol\u00edvar (679), Atl\u00e1ntico (970), Magdalena (271), Cesar (72), Norte de \u00a0Santander (99), Santander (42), Cauca (47), Caldas (100), Risaralda (216), \u00a0Quind\u00edo (67), Huila (178), Tolima (130), Meta (923), Casanare (21), San Andr\u00e9s \u00a0y Providencia (6), Nari\u00f1o (296), Boyac\u00e1 (67), C\u00f3rdoba (39), Sucre (4) La \u00a0Guajira (27), Choc\u00f3 (28), Caquet\u00e1 (16) y Amazonas (527); (II) report\u00f3 el 11 de \u00a0mayo de 2020 479 muertes y 11.613 casos confirmados en Colombia, distribuidos \u00a0as\u00ed: Bogot\u00e1 D. C. (4.305), Cundinamarca (289), Antioquia (474), Valle del Cauca \u00a0(1.367), Bol\u00edvar (742), Atl\u00e1ntico (1.022), Magdalena (284), Cesar (72), Norte \u00a0de Santander (99), Santander (42), Cauca (51), Caldas (100), Risaralda (216), \u00a0Quind\u00edo (71), Huila (179), Tolima (130), Meta (927), Casanare (21), San Andr\u00e9s \u00a0y Providencia (6), Nari\u00f1o (306), Boyac\u00e1 (77), C\u00f3rdoba (39), Sucre (4) La \u00a0Guajira (27), Choc\u00f3 (28), Caquet\u00e1 (16), Amazonas (718), Putumayo (1); y (III) \u00a0report\u00f3 el 3 de junio de 2020 1.045 muertes y 33.354 casos confirmados en \u00a0Colombia, distribuidos as\u00ed: Bogot\u00e1 D. C. (11.250), Cundinamarca (1.034), \u00a0Antioquia (1.260), Valle del Cauca (3.886), Bol\u00edvar (3.571), Atl\u00e1ntico (4.756), \u00a0Magdalena (706), Cesar (348), Norte de Santander (134), Santander (114), Cauca \u00a0(116), Caldas (156), Risaralda (262), Quind\u00edo (119), Huila (252), Tolima (274), \u00a0Meta (983), Casanare (35), San Andr\u00e9s y Providencia (17), Nari\u00f1o (1.346), \u00a0Boyac\u00e1 (214), C\u00f3rdoba (163), Sucre (47), La Guajira (65), Choc\u00f3 (295), Caquet\u00e1 \u00a0(24), Amazonas (1.898), Putumayo (10), Vaup\u00e9s (11), Arauca (1), Guain\u00eda (6) y \u00a0Vichada (1). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan la Organizaci\u00f3n Mundial de la \u00a0Salud (OMS), se ha reportado la siguiente informaci\u00f3n: (I) en reporte n\u00famero 57 \u00a0de fecha 17 de marzo de 2020 a las 10:00 a. m. CET1 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 179.111 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 7.426 fallecidos, \u00a0(II) en reporte n\u00famero 62 de fecha 21 de marzo de 2020 a las 23:59 p. m. CET \u00a0se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 292.142 casos del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 y 12.783 fallecidos, (III) en reporte n\u00famero 63 de fecha 23 de marzo \u00a0de 2020 a las 10:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 332.930 \u00a0casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 14.509 fallecidos, (IV) en el reporte \u00a0n\u00famero 79 de fecha 8 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET se encuentran \u00a0confirmados 1.353.361 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 79.235 fallecidos, \u00a0(V) en el reporte n\u00famero 80 del 9 de abril de 2020 a las 10:00. a. m. CET \u00a0se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 1.436.198 casos del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 y 85.521 fallecidos, (VI) en el reporte n\u00famero 81 del 10 de abril de \u00a02020 a las 10:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 1.521.252 casos \u00a0del nuevo Coronavirus COVID-19 y 92.798 fallecidos, (VII) en el reporte n\u00famero \u00a082 del 11 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 1.610.909 casos del nuevo \u00b7 Coronavirus COVID-19 y 99.690 muertes, \u00a0(VIII) en el reporte n\u00famero 83 del 12 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 \u00a0que se encuentran confirmados 1.696.588 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0105.952 fallecidos, (IX) en el reporte n\u00famero 84 del 13 de abril de 2020 a las \u00a010:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 1.773.084 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 111.652 fallecidos, (X) en el reporte n\u00famero 85 del 14 \u00a0de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00b7confirmados \u00a01.844.863 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 117.021 fallecidos, (XI) en el \u00a0reporte n\u00famero 86 del 15 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CET se\u00f1al\u00f3 que se \u00a0encuentran confirmados 1.914.916 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 123.010 \u00a0fallecidos, (XII) en el reporte n\u00famero 87 del 16 de abril de 2020 a las 10:00 \u00a0a. m. CEST2 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 1.991.562 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 130.885 fallecidos, (XIII) en el reporte n\u00famero 88 del \u00a017 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados \u00a02.074.529 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0139.378 fallecidos, (XIV) en el reporte n\u00famero 89 del 18 de abril de 2020 a las \u00a010:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 2.1.60.207 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 146.088 fallecidos, (XV) en el reporte n\u00famero 90 \u00a0del 19 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 2.241.778 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 152.551 \u00a0fallecidos, (XVI) en el reporte n\u00famero 91 del 20 de abril de 2020 a las 10:00 \u00a0a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 2.314.621 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 157.847 fallecidos y (XVII) en el reporte n\u00famero 92 del \u00a021 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados \u00a02.397.217 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 162.956 fallecidos, (XVIII) en \u00a0el reporte n\u00famero 93 del 22 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que \u00a0se encuentran confirmados 2.471.136 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0169.006 fallecidos, (XIX) en el reporte n\u00famero 94 del 23 de abril de 2020 a las \u00a010:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 2.544.792 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 175.694 fallecidos, (XX) en el reporte n\u00famero 95 del 24 \u00a0de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados \u00a02.626.321 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 181.938 fallecidos, (XXI) en \u00a0el reporte n\u00famero 96 del 25 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que \u00a0se encuentran confirmados 2.719.896 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0187.705 fallecidos, (XXII) en el reporte n\u00famero 97 del 26 de abril de 2020 a \u00a0las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 2.804.796 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 193.710 fallecidos, (XXIII) en el reporte n\u00famero \u00a098 del 27 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentren \u00a0confirmados 2.878.196 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 198.668 \u00a0fallecidos, (XXIV) en el reporte n\u00famero 99 del 28 de abril de 2020 a las 10:00 \u00a0a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 2.954.222 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 202.597 fallecidos, (XXV) en el reporte n\u00famero 100 del \u00a029 de abril de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados \u00a03.018.952 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 207.973 fallecidos; (XXVI) en \u00a0el reporte n\u00famero 101 del 30 de abril de 2020 a las\u00b7 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 \u00a0que se encuentran confirmados 3.090.445 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0217.769 fallecidos, (XXVII) en el reporte n\u00famero 102 del 1\u00b0 de mayo de 2020 a \u00a0las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 3.175.207 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 224.172 fallecidos, (XXVIII) en el reporte n\u00famero \u00a0103 del 2 de mayo de 2020 a las 3.267.184 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 \u00a0y 229.971 fallecidos, (XXIX) en el reporte n\u00famero 104 del 3 de mayo de 2020 a \u00a0las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 3.349.786 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 238.628 fallecidos, (XXX) en el reporte n\u00famero 105 \u00a0del 4 de mayo de 2020 a las 10:00 a.m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 3.435.894 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 239.604 \u00a0fallecidos, (XXXI) en el reporte n\u00famero 106 del 5 de mayo de 2020 a las 10:00 \u00a0a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 3.517.345 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 243.401 fallecidos, (XXXII) en el reporte n\u00famero 107 del \u00a06 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados \u00a03.588.773 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 247.503 fallecidos, (XXXIII) \u00a0en el reporte n\u00famero 108 del 7 de mayo de 2020 a las. 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 \u00a0que se encuentran confirmados 3.672.238 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0254.045 fallecidos, (XXXIV) en el reporte n\u00famero 109 del 8 de mayo de 2020 a \u00a0las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 3.759,967 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 259.474 fallecidos, (XXXV) en el reporte n\u00famero \u00a0110 del 9 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 3.855.788 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 265.862 \u00a0fallecidos, (XXXVI) en el reporte n\u00famero 111 del 10 de mayo de 2020 a las 10:00 \u00a0a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 3.917.366 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 274.361 fallecidos, (XXXVII) en el reporte n\u00famero 112 \u00a0del 11 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 4.006.257 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 278.892 \u00a0fallecidos, (XXXVIII) en el reporte n\u00famero 113 del 12 de mayo de 2020 a las \u00a010:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 4.088.848 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y- 283.153 fallecidos, (XXXIX) en el reporte n\u00famero 114 \u00a0del 13 de mayo de 2020 a. las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 4.170.424 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 287:399 \u00a0fallecidos, (XL) en el reporte n\u00famero 115 del 14 de mayo de 2020 a las 10:00 a. \u00a0m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 4.248.389 casos del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 y 294.046 fallecidos, (XLI) en el reporte n\u00famero 116 del 15 de mayo de \u00a02020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 4.338.658 \u00a0casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 297.119 fallecidos, (XLII) en el reporte \u00a0n\u00famero 117 del 16 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se \u00a0encuentran confirmados 4.425.485 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 302.059 \u00a0fallecidos, (XLIII) en el reporte n\u00famero 118 del 17 de mayo de 2020 a las 10:00 \u00a0a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 4.525.497 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 307.395 fallecidos, (XLIV) en el reporte n\u00famero 119 del \u00a018 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados \u00a04.618.821 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 311.847 fallecidos, (XLV) en \u00a0el reporte n\u00famero 120 del 19 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que \u00a0se encuentran confirmados 4.731.458 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0316.169 .fallecidos, (XLVI) en el reporte n\u00famero 121 del 20 de mayo de 2020 a \u00a0las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 4.789.205 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 318.789 fallecidos, (XLVII) en el reporte n\u00famero \u00a0122 del 21 de mayo de 2020 a las 10:00 a. m. CEST se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 4.893.186 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 323.256 \u00a0fallecidos, (XLVIII) en el reporte n\u00famero 123 del 22 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que \u00a0se encuentran confirmadas 4.993.470 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0327.738 fallecidos, (XLIX) en el reporte n\u00famero 124 del 23 de mayo de 2020 \u00a0se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmadas 5.103.006 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 333.401 fallecidos, (L) en el reporte n\u00famero 125 del 24 \u00a0de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmadas 5.204.508 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 337.687 fallecidos, (LI) en el reporte n\u00famero 126 del 25 \u00a0de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmadas 5.304.772 casos del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19 y 342.029 fallecidos, (LII) en el reporte n\u00famero 127 del \u00a026 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 5.404.512 casos del \u00a0nuevo Coronavirus COVID-19 y 343.514 fallecidos, (LIII) en el reporte n\u00famero \u00a0128 del 27 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 5.488.825 casos \u00a0del nuevo Coronavirus COVID-19 y 349.095 fallecidos, (LIV) en el reporte n\u00famero \u00a0129 del 28 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 5.593.631 casos \u00a0del nuevo Coronavirus COVID-19 y 353.334 fallecidos, (LV) en el reporte n\u00famero \u00a0130 del 29 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 5.701.337 casos \u00a0del nuevo Coronavirus COVID-19 y 357-.688 fallecidos, (LVI) en el reporte \u00a0n\u00famero 131 del 30 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que_ se encuentran confirmados \u00a05.817.385 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 362.705 fallecidos, (LVII) en \u00a0el reporte n\u00famero 132 del 31 de mayo de 2020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran \u00a0confirmados 5.934.936 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y 367.166 \u00a0fallecidos, (LVIII) en el reporte n\u00famero 133 del 1\u00b0 de junio de 2020 se\u00f1al\u00f3 que \u00a0se encuentran confirmados 6.057.853 casos del nuevo Coronavirus COVID-19 y \u00a0371.166 fallecidos, (LVIX) en el reporte n\u00famero 134 del 2 de junio de 2020 \u00a0se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 6.194.533 casos del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 y 376.320 fallecidos, (LVX) en el reporte n\u00famero 135 del 3 de junio de \u00a02020 se\u00f1al\u00f3 que se encuentran confirmados 6.287.771 casos del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 y 379.941 fallecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan la \u00a0Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS), (I) en reporte de fecha 10 de mayo de \u00a02020 a las 19:00 GMT-5, \u2013hora del Meridiano de Greenwich\u2013, se encuentran \u00a0confirmados 4.006.257 casos, 278.892 fallecidos y 215 pa\u00edses, \u00e1reas o \u00a0territorios con casos del nuevo Coronavirus COVID-19; (II) en reporte de fecha \u00a011 de mayo de 2020 a las 19:00 GMT-5, \u2013hora del Meridiano de Greenwich\u2013, se \u00a0encuentran confirmados 4.088.848 casos, 283.153 fallecidos y 215 pa\u00edses, \u00e1reas \u00a0o territorios con casos del nuevo Coronavirus COVID-19; y (III) en reporte de \u00a0fecha 3 de junio de 2020 a las 19:00 GMT-5, \u2013hora del Meridiano de Greenwich\u2013, \u00a0se encuentran confirmados 6.397.294 casos, 383.872 fallecidos y 216 pa\u00edses, \u00a0\u00e1reas o territorios con casos del nuevo Coronavirus COVID-19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan los datos de \u00a0la encuesta integrada de hogares (GRIH) &#8211; Mercado Laboral del Departamento \u00a0Nacional de Estad\u00edstica, revelados el 29 de mayo de 2020, para el mes de abril \u00a0de 2020, la tasa de desempleo del total nacional fue 19;8%, lo que signific\u00f3 un \u00a0aumento de 9,5 puntos porcentuales frente al mismo mes del a\u00f1o pasado (10,3%). \u00a0La tasa global de participaci\u00f3n se ubic\u00f3 en 51,18%, lo que represent\u00f3 una \u00a0reducci\u00f3n de 10,4 puntos porcentuales frente a abril del 2019 (62,2%). \u00a0Finalmente, la tasa de ocupaci\u00f3n fue 41,6%, presentando una \u00b7 disminuci\u00f3n de \u00a014,2 puntos porcentuales respecto al mismo mes del 2019 (55,8%). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, seg\u00fan el mismo \u00a0documento, la tasa de desempleo en el total de las 13 ciudades y \u00e1reas \u00a0metropolitanas fue 23,5%, lo que represent\u00f3 un aumento de 12,4 puntos \u00a0porcentuales frente al mismo mes del a\u00f1o pasado (11,1%). La tasa global de \u00a0participaci\u00f3n se ubic\u00f3 en. 53,8%, lo que signific\u00f3 una reducci\u00f3n de 11,4 puntos \u00a0porcentuales frente a abril del 2019 (65,2%). Entre tanto, la tasa de ocupaci\u00f3n \u00a0fue 41,2%, lo que represent\u00f3 una disminuci\u00f3n de 16,7 puntos porcentuales \u00a0respecto al mismo mes del 2019 (57,9%). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que desagregando por sectores el an\u00e1lisis del impacto, \u00a0se evidencia que todos los sectores redujeron \u00b7 el n\u00famero de ocupados a \u00a0excepci\u00f3n al de suministro de electricidad, gas, agua y gesti\u00f3n de desechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en este \u00a0contexto, el estancamiento de la actividad productiva a nivel nacional ha \u00a0conllevado a la disminuci\u00f3n de 5.4 millones de ocupados a 30 de abril, debido a \u00a0la imposibilidad de realizar teletrabajo o trabajo desde casa, de otorgar de \u00a0vacaciones anticipadas, as\u00ed como de tomar otras medidas de flexibilizaci\u00f3n \u00a0laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante los \u00a0Decretos n\u00famero 457 del \u00a022 de marzo de 2020, 531 \u00a0del 8 de abril de 2020, 593 \u00a0del 24 de abril de 2020, 636 \u00a0del 06 de mayo de 2020, 689 \u00a0del 22 de mayo de 2020 y 749 \u00a0del 28 de mayo de 2020 el Presidente de la Rep\u00fablica imparti\u00f3 instrucciones en \u00a0virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del nuevo \u00a0Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden p\u00fablico, dentro de las \u00a0cuales se orden\u00f3 el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas \u00a0habitantes de la Rep\u00fablica de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el informe titulado \u00a0\u201cActualizaci\u00f3n del Impacto de la Coyuntura del Coronavirus en la Econom\u00eda \u00a0Colombiana\u201d del 30 de abril de 2020, de la Superintendencia de Sociedades, \u00a0tomando una muestra de 16.000 sociedades vigiladas e inspeccionadas de las que \u00a0reportan informaci\u00f3n financiera anual, se construyeron cuatro escenarios para \u00a0determinar el riesgo de insolvencia: un escenario optimista con un PIB del 2%, \u00a0un escenario moderado con un PIB del 0,6%, un escenario pesimista con un PIB \u00a0del -1,9% y un escenario extremo con un PIB del &#8211; 7,7%. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las \u00a0proyecciones y el impacto en las posibles solicitudes a procesos de insolvencia \u00a0como consecuencia de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19, despu\u00e9s de \u00a0concluida la primera emergencia, se mover\u00e1n entre el escenario pesimista y el \u00a0extremo, los cuales arrojan los siguientes resultados: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el escenario pesimista \u00a0se espera que el PIB nacional sea -1.9% y que el PIB industrial sea -4.9%. As\u00ed, \u00a0se pronostica que bajo este escenario el n\u00famero de empresas que est\u00e9n en riesgo \u00a0de insolvencia sea 2.676 (lo que corresponde al 17.8% de la muestra). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el escenario \u00a0extremo se espera que el PIB nacional sea -7.7% y que el PIB industrial sea \u00a0-6.2%. As\u00ed, se pronostica que bajo este escenario el n\u00famero de empresas que \u00a0est\u00e9n en riesgo de insolvencia sea 5.553 (lo que corresponde al 37% de la \u00a0muestra). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la medida que \u00a0avanza la crisis econ\u00f3mica generada por la pandemia del nuevo Coronavirus \u00a0COVID-19 los efectos macroecon\u00f3micos y microecon\u00f3micos de la coyuntura derivada \u00a0de la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19 podr\u00edan contraer la econom\u00eda a \u00a0tal punto que, si todas las sociedades de la muestra en riesgo de insolvencia \u00a0realizan una solicitud, este inventario de procesos de insolvencia aumentar\u00eda \u00a0de 2.700 (dato a 31 de diciembre de 2019 que incluye personas jur\u00eddicas y \u00a0naturales), a un rango entre 5.376 a 8.253 procesos en el a\u00f1o 2020, es decir \u00a0entre el 17.8% y el 37% de las sociedades de la muestra estar\u00edan en riesgo de \u00a0insolvencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que esta informaci\u00f3n \u00a0se calcul\u00f3 exclusivamente con la muestra de informaci\u00f3n de las sociedades \u00a0vigiladas e inspeccionadas que reportan informaci\u00f3n anual a la Superintendencia \u00a0de Sociedades. No obstante, al ser una muestra, existe la posibilidad de que el \u00a0choque macroecon\u00f3mico afecte a m\u00e1s empresas que no est\u00e1n siendo tenidas en \u00a0cuenta por la muestra y este n\u00famero var\u00ede. As\u00ed, entre un 17.8% y un 37% de las \u00a0empresas en el pa\u00eds podr\u00edan estar en riesgo de insolvencia, rango que se hace \u00a0evidente despu\u00e9s de haber concluido el primer estado de emergencia. De hecho, \u00a0debe precisarse que la muestra de la Superintendencia de Sociedades no incluye \u00a0el total de empresas del pa\u00eds, ya que a 31 de diciembre de 2019 el total de las \u00a0personas jur\u00eddicas era de 470.806 y el total de las personas naturales \u00a0comerciantes era de 1.171.171 (informaci\u00f3n tomada de la base de datos del \u00a0Registro \u00danico Empresarial y Social &#8211; RUES). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto \u00a0n\u00famero 637 del 6 de mayo. 2020, el Presidente de la Rep\u00fablica declar\u00f3 el Estado \u00a0de Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica en todo el territorio nacional por \u00a0el t\u00e9rmino de treinta (30) d\u00edas, con el fin de conjurar los efectos econ\u00f3micos \u00a0y sociales que ha generado la grave calamidad p\u00fablica que afecta al pa\u00eds por la \u00a0pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el mercado de capitales es una fuente de \u00a0financiaci\u00f3n a trav\u00e9s de las cuales las empresas pueden acceder para obtener \u00a0recursos, de manera tal que puedan mantener su operaci\u00f3n, permiti\u00e9ndoles \u00a0afrontar la afectaci\u00f3n econ\u00f3mica mencionada y, por ende, preservar el empleo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en este sentido, \u00a0se requiere crear una excepci\u00f3n temporal a la prohibici\u00f3n contenida en el \u00a0art\u00edculo 4 de la Ley 1258 de 2008, por \u00a0medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada, que establece \u00a0la imposibilidad de negociar valores en el mercado p\u00fablico para este tipo de \u00a0sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, con el objetivo \u00a0de mitigar el deterioro de las condiciones econ\u00f3micas y las consecuencias \u00a0adversas generadas por la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19 anteriormente \u00a0descritas, se hace necesario garantizar la existencia de un marco legal que \u00a0permita que todo tipo de empresas puedan acceder a la financiaci\u00f3n que ofrece \u00a0el mercado de capitales por medio del acceso al segundo mercado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que durante los \u00a0\u00faltimos a\u00f1os el Gobierno nacional ha venido promoviendo una serie de pol\u00edticas \u00a0tendientes a facilitar el acceso de m\u00e1s compa\u00f1\u00edas al mercado de valores \u00a0colombiano, para lo cual ha promovido el desarrollo del denominado segundo \u00a0mercado, el cual tiene como uno de sus objetivos fundamentales incentivar a que \u00a0m\u00e1s compa\u00f1\u00edas logren acceder a una financiaci\u00f3n desintermediada \u00a0a trav\u00e9s del mercado de valores, con el fin de fomentar el acceso de aquellas \u00a0empresas que necesitan recursos de largo plazo para su mantenimiento, y que \u00a0mediante la emisi\u00f3n de papeles en dicho mercado logran aumentar sus \u00a0posibilidades de crecimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, con las medidas \u00a0adoptadas en el presente Decreto Legislativo, las sociedades por acciones \u00a0simplificadas pueden obtener recursos a trav\u00e9s de la emisi\u00f3n de t\u00edtulos \u00a0representativos de deuda en el mercado p\u00fablico de valores, con lo cual estar\u00e1n \u00a0en mejor capacidad de enfrentar la emergencia econ\u00f3mica, social y ecol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se hace necesario \u00a0otorgar la posibilidad al Fondo Nacional de Garant\u00edas para garantizar las \u00a0emisiones en el mercado p\u00fablico de valores, con el fin de que los \u00a0inversionistas tengan en cuenta esta situaci\u00f3n al momento de considerar el \u00a0riesgo para realizar la inversi\u00f3n en estas emisiones en el mercado p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el proceso para \u00a0acceder al mercado p\u00fablico de valores requiere para su efectiva implementaci\u00f3n \u00a0el cumplimiento de una serie de requisitos que le brindan certeza los \u00a0inversionistas y que adem\u00e1s contribuyen a formar un mercado transparente y \u00a0desarrollado, raz\u00f3n por la cual se hace necesario determinar de manera expresa \u00a0los plazos en los que se realizar\u00e1n las emisiones de valores de que trata el \u00a0presente decreto legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo \u00a0expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. A partir \u00a0de la expedici\u00f3n de este Decreto Legislativo y hasta por dos a\u00f1os calendario, \u00a0las emisiones de valores que se realicen en el Segundo Mercado atender\u00e1n, \u00a0adem\u00e1s de las normas vigentes, las disposiciones del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Reglamentado \u00a0por el Decreto 1235 de 2020. \u00a0Durante el t\u00e9rmino al que se refiere el art\u00edculo 1\u00b0 del presente Decreto \u00a0Legislativo, los t\u00edtulos representativos de deuda que las sociedades por \u00a0acciones simplificadas de que trata la Ley 1258 de 2008 emitan \u00a0en el segundo mercado podr\u00e1n inscribirse en el Registro Nacional de Valores y \u00a0Emisores (RNVE) y negociarse en una bolsa de valores. El plazo m\u00e1ximo de estas \u00a0emisiones ser\u00e1 de hasta cinco (5) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gobierno nacional \u00a0determinar\u00e1 las condiciones estatutarias y de gobierno corporativo para que las \u00a0sociedades a las que se refiere este art\u00edculo accedan al mercado de valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Las \u00a0emisiones de que trata el presente Decreto Legislativo podr\u00e1n ser garantizadas \u00a0por el Fondo Nacional de Garant\u00edas S. A., en los t\u00e9rminos que establezcan sus \u00a0estatutos y dem\u00e1s normas aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Vigencia. \u00a0El presente Decreto Legislativo rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., \u00a0a 4 de junio de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra del \u00a0Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alicia Victoria Arango \u00a0Olmos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Claudia Blum de \u00a0Barberi. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla \u00a0Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Margarita Leonor \u00a0Cabello Blanco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Holmes Trujillo \u00a0Garc\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodolfo Enrique Zea \u00a0Navarro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Ruiz G\u00f3mez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Custodio Cabrera \u00a0B\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Minas y \u00a0Energ\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Fernanda Su\u00e1rez \u00a0Londo\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Victoria Angulo \u00a0Gonz\u00e1lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Ambiente y Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ricardo Jos\u00e9 Lozano \u00a0Pic\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de \u00a0Vivienda, Ciudad y Territorio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jonathan Malag\u00f3n \u00a0Gonz\u00e1lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Karen Cecilia Abudinen Abuchaibe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Transporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngela Mar\u00eda Orozco \u00a0G\u00f3mez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de \u00a0Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carmen In\u00e9s V\u00e1squez \u00a0Camacho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mabel Gisela Torres \u00a0Torres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del \u00a0Deporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ernesto Lucena Barrero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>_____________________________ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1 \u00a0CET: Hora central europea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2 CEST: Hora central europea de verano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO LEGISLATIVO 817 DE 2020 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio \u00a04) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.335, junio 4 de 2020 \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se establecen las condiciones especiales para la emisi\u00f3n de valores en \u00a0el segundo mercado por parte de empresas afectadas en el marco del Estado de \u00a0Emergencia Econ\u00f3mica, Social y Ecol\u00f3gica declarado por el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[81],"tags":[],"class_list":["post-54311","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2020"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54311","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54311"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54311\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54311"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54311"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54311"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}