{"id":54737,"date":"2023-08-23T17:43:10","date_gmt":"2023-08-23T17:43:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1540-de-2020\/"},"modified":"2023-08-23T17:43:10","modified_gmt":"2023-08-23T17:43:10","slug":"decreto-1540-de-2020","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1540-de-2020\/","title":{"rendered":"DECRETO 1540 DE 2020"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1540 DE 2020 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.508, noviembre 24 de \u00a02020 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 2.2.8.4.1.22, 2.2.8.6.4.2 del Decreto 1076 de 2015 \u00a0en relaci\u00f3n con el tr\u00e1mite de presentaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n \u00a0Cuatrienal de las Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y se adoptan otras \u00a0determinaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en \u00a0especial las que le confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en desarrollo del t\u00edtulo VI de la Ley 99 de 1993, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 80 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, establece la obligaci\u00f3n del Estado Colombiano de planificar el manejo \u00a0y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, para garantizar su \u00a0desarrollo sostenible, su conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n o sustituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme con las \u00a0disposiciones de la Ley 99 de 1993, las \u00a0Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, ejercen la \u00a0funci\u00f3n de m\u00e1xima autoridad ambiental en el \u00e1rea de su jurisdicci\u00f3n, de acuerdo \u00a0con las normas de car\u00e1cter superior y conforme a los criterios y directrices \u00a0trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente y est\u00e1n encargadas de ejecutar \u00a0las pol\u00edticas, planes, programas nacionales en materia ambiental definidos por \u00a0la Ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo, la Pol\u00edtica Nacional \u00a0Ambiental , as\u00ed como con los instrumentos de planificaci\u00f3n ambiental regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno nacional, en \u00a0desarrollo de las obligaciones impuestas con base en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0de Colombia, as\u00ed como en la Ley 99 de 1993, expidi\u00f3 \u00a0el Decreto 1200 de 2004, \u00a0compilado en el Decreto 1076 de 2015, \u00a0el cual considerando que las Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y de Desarrollo \u00a0Sostenible pertenecen al Sistema Nacional Ambiental que en tal virtud deben \u00a0obedecer a una misma Pol\u00edtica, por lo cual sus mecanismos de planificaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y control deben ser arm\u00f3nicos, coherentes y homog\u00e9neos entre s\u00ed, de \u00a0tal forma que permita hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n integral de la Pol\u00edtica \u00a0Ambiental Nacional; estableci\u00f3 los instrumentos de planificaci\u00f3n ambiental \u00a0regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo \u00a0previsto en el art\u00edculo 2.2.8.6.2.1 del Decreto 1076 de 2015, \u00a0para el desarrollo de la Planificaci\u00f3n Ambiental Regional en el largo, mediano \u00a0y corto plazo, las Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales, deben contar con los \u00a0siguientes instrumentos: El Plan de Gesti\u00f3n Ambiental Regional (PGAR), el Plan \u00a0de Acci\u00f3n Cuatrienal (PAC) y el Presupuesto anual de rentas y gastos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Plan de Acci\u00f3n \u00a0Cuatrienal, concreta el compromiso institucional de las Corporaciones Aut\u00f3nomas \u00a0Regionales para el logro de los objetivos y metas planteados en el Plan de \u00a0Gesti\u00f3n Ambiental Regional, para el periodo institucional. Este instrumento \u00a0tiene dentro de sus componentes el Plan financiero, que contiene las fuentes, \u00a0los mecanismos de articulaci\u00f3n de recursos, el mejoramiento en la eficiencia de \u00a0los recaudos especificando con base en ello la proyecci\u00f3n de los ingresos para \u00a0el cuatrienio a partir del cual se hace la asignaci\u00f3n de recursos por programas \u00a0y proyectos para cada a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con el fin de asegurar la \u00a0articulaci\u00f3n entre estos instrumentos de planificaci\u00f3n, el art\u00edculo \u00a02.2.8.6.4.13 del citado Decreto 1076 de 2015, \u00a0establece que: \u201cEl presupuesto Anual de la Corporaci\u00f3n Aut\u00f3noma Regional, \u00a0deber\u00e1 guardar concordancia con el Plan de Acci\u00f3n Cuatrienal\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por su parte el art\u00edculo \u00a02.2.8.4.1.22, reza que: \u201cEl director General tiene calidad de empleado p\u00fablico, \u00a0sujeto al r\u00e9gimen previsto en la Ley 99 de 1993, el presente \u00a0decreto y en Jo que sea compatible con las disposiciones aplicables del orden \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La elecci\u00f3n y nombramiento del \u00a0Director General de las Corporaciones por el consejo directivo se efectuara \u00a0para un periodo de cuatro a\u00f1os. La elecci\u00f3n se efectuar\u00e1 conforme a Jo \u00a0dispuesto en la Ley 99 de 1993, \u00a0modificada por la Ley 1263 de 2008 o la \u00a0norma que la modifique o sustituya. El director General de las Corporaciones \u00a0Tomar\u00e1 Posesi\u00f3n de su cargo ante el presidente del consejo directivo de la \u00a0corporaci\u00f3n, previo el lleno de los requisitos legales exigidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro de los cuatro meses \u00a0siguientes a su posesi\u00f3n, el director general presentar\u00e1 para aprobaci\u00f3n del \u00a0consejo directivo un plan de acci\u00f3n que va a adelantar en su periodo de \u00a0elecci\u00f3n &#8230; (&#8230;)\u201d (subrayado fuera de texto). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dado lo dispuesto en el \u00a0art\u00edculo citado, en los casos en que por razones excepcionales no se cuenta con \u00a0director electo o que habiendo sido elegido no se ha podido posesionar o ha \u00a0sido separado del cargo por orden judicial antes de la formulaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n \u00a0del Plan de Acci\u00f3n Cuatrienal, las corporaciones no pueden proceder a la \u00a0formulaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de dicho instrumento de planificaci\u00f3n, lo cual implica \u00a0que su funcionamiento, el cumplimiento de sus funciones misionales y la ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal, no se pueden realizar al no contar con dicho documento, el cual \u00a0es requisito para la aprobaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n presupuestal conforme con las \u00a0disposiciones 2.2.8.6.4.13 del citado Decreto 1076 de 2015, \u00a0as\u00ed como para garantizar un adecuado seguimiento y evaluaci\u00f3n a la gesti\u00f3n de \u00a0las corporaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la imposibilidad de \u00a0formular y aprobar los Planes de Acci\u00f3n Cuatrienal ante la ausencia del \u00a0director electo, implica serias dificultades en la generaci\u00f3n de acciones para \u00a0el cumplimiento de la Pol\u00edtica Nacional Ambiental y las prioridades o metas del \u00a0Plan .Nacional de Desarrollo, como para la ejecuci\u00f3n y desarrollo de otros \u00a0instrumentos de planeaci\u00f3n ambiental, como POMCAS, Planes de manejo Ambiental, \u00a0Planes de Ordenaci\u00f3n Forestal, entre muchos otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por lo expuesto, se \u00a0requiere generar un marco normativo que permita a las Corporaciones contar un \u00a0instrumento de Planificaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n acorde con el periodo \u00a0institucional que permita a la corporaci\u00f3n funcionar y cumplir su misi\u00f3n independientemente \u00a0de la condici\u00f3n del director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modif\u00edcase el art\u00edculo 2.2.8.4.1.22. del Decreto 1076 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.8.4.1.22. Nombramiento, \u00a0plan de acci\u00f3n y remoci\u00f3n del director general. El Director General tiene \u00a0la calidad de empleado p\u00fablico, sujeto al r\u00e9gimen previsto en la Ley 99 de 1993, el \u00a0presente Decreto y en lo que sea compatible con las disposiciones aplicables a \u00a0los servidores p\u00fablicos del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La elecci\u00f3n y nombramiento del \u00a0Director General de las corporaciones por el consejo directivo se efectuar\u00e1 \u00a0para un per\u00edodo de cuatro (4) a\u00f1os. La elecci\u00f3n se efectuar\u00e1 conforme a lo \u00a0dispuesto en la Ley 99 de 1993 \u00a0modificada por la Ley 1263 de 2008 o la \u00a0norma que la modifique o sustituya. El director general de las corporaciones \u00a0tomar\u00e1 posesi\u00f3n de su cargo ante el presidente del consejo directivo de la \u00a0corporaci\u00f3n, previo el lleno de los requisitos legales exigidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro de los cuatro (4) \u00a0primeros meses del periodo institucional, el Director General de la \u00a0Corporaci\u00f3n, o quien haga sus veces, presentar\u00e1 para aprobaci\u00f3n del consejo \u00a0directivo un plan de acci\u00f3n que se ejecutar\u00e1 en el respectivo cuatrienio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En caso de producirse cambio de Director General durante el per\u00edodo \u00a0para el cual fue aprobado el Plan de Acci\u00f3n Cuatrienal, la persona que ocupe el \u00a0cargo de Director General para el per\u00edodo restante, deber\u00e1 continuar con la \u00a0ejecuci\u00f3n del mismo. No obstante, previa justificaci\u00f3n, podr\u00e1 presentar dentro \u00a0del mes siguiente a su designaci\u00f3n, los ajustes al Plan para la aprobaci\u00f3n por \u00a0parte del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo Directivo de una \u00a0corporaci\u00f3n remover\u00e1 al Director General, en los siguientes casos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Por renuncia regularmente \u00a0aceptada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Por supresi\u00f3n del empleo de \u00a0conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Por retiro con derecho a \u00a0jubilaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Por invalidez absoluta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Por edad de retiro forzoso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Por destituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Por declaratoria de vacancia \u00a0del empleo en el caso de abandono del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Por vencimiento del per\u00edodo \u00a0para el cual fue nombrado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Por orden o decisi\u00f3n \u00a0judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Al director general se le \u00a0aplicar\u00e1 el r\u00e9gimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los actos del director general \u00a0de una Corporaci\u00f3n, s\u00f3lo son susceptibles del recurso de reposici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las certificaciones sobre \u00a0representaci\u00f3n legal y vigencia del nombramiento de director general de las \u00a0corporaciones, ser\u00e1 expedida por la secretar\u00eda del consejo directivo o la \u00a0dependencia que haga sus veces.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificase el \u00a0art\u00edculo 2.2.8.6.4.2 del Decreto 1076 de 2015, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.8.6.4.2. Objeto, \u00a0alcance y oportunidad de la audiencia p\u00fablica. La presentaci\u00f3n del Plan de \u00a0Acci\u00f3n Cuatrienal en Audiencia P\u00fablica a que se refiere la presente Secci\u00f3n, \u00a0tendr\u00e1 como objeto presentar por parte del Director General de las \u00a0Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales ante el Consejo Directivo y a la comunidad \u00a0en general, el proyecto de Plan de Acci\u00f3n Cuatrienal, se har\u00e1 en audiencia \u00a0p\u00fablica con el fin de recibir comentarios, sugerencias y propuestas de ajuste. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La audiencia p\u00fablica se \u00a0realizar\u00e1 dentro de los cuatro (4) meses siguientes, al inicio del periodo \u00a0institucional.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Art\u00edculo \u00a0Transitorio. En las Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales que no cuenten con Plan \u00a0de Acci\u00f3n Cuatrienal aprobado a la fecha de publicaci\u00f3n de este decreto, sus \u00a0Directores Generales, o quien haga sus veces, deber\u00e1n proceder a formularlo y\/o \u00a0presentarlo ante el Consejo Directivo para su respectiva aprobaci\u00f3n, dentro de \u00a0los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Vigencias. El \u00a0presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n en el Diario \u00a0Oficial y modifica los art\u00edculos 2.2.8.4.1.22 y 2.2.8.6.4.2 del Decreto 1076 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 24 de \u00a0noviembre de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Eduardo Correa Escaf. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1540 DE 2020 \u00a0 \u00a0\u00a0 (noviembre 24) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.508, noviembre 24 de \u00a02020 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifican los \u00a0art\u00edculos 2.2.8.4.1.22, 2.2.8.6.4.2 del Decreto 1076 de 2015 \u00a0en relaci\u00f3n con el tr\u00e1mite de presentaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n del Plan de Acci\u00f3n \u00a0Cuatrienal de las Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y se adoptan otras [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[81],"tags":[],"class_list":["post-54737","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2020"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54737","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54737"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54737\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54737"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54737"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54737"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}