{"id":54916,"date":"2023-08-23T19:16:24","date_gmt":"2023-08-23T19:16:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-52-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:16:24","modified_gmt":"2023-08-23T19:16:24","slug":"decreto-52-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-52-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 52 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 052 DE 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 19) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.562, enero 19 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se ordena la \u00a0publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 022 de 2020 Senado, 458 de \u00a02020 C\u00e1mara \u201cpor medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia \u00a0en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que proh\u00edbe expresamente el ejercicio \u00a0de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas de p\u00e1ramos. \u00a0&#8211; Primera Vuelta\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las que le confieren el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0en desarrollo de lo dispuesto por el art\u00edculo 225 de la Ley 5\u00aa de 1992 \u00a0modificado por el art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 186 de 1995, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 16 de septiembre de \u00a02020 se present\u00f3 el Proyecto de Acto Legislativo \u201cpor medio del cual se \u00a0reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un \u00a0inciso que proh\u00edbe expresamente el ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y \u00a0explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas de p\u00e1ramo\u201d, con su respectiva exposici\u00f3n \u00a0de motivos, a fin de iniciar su tr\u00e1mite legislativo constitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo fue publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 969 \u00a0del 23 septiembre de 2020, bajo el n\u00famero 22 de 2020 Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 5 de octubre de 2020 \u00a0la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente, en sesi\u00f3n \u00a0virtual y mediante el Acta MD-09, design\u00f3 como ponente a la honorable Senadora \u00a0Paloma Valencia Laserna, fijando un t\u00e9rmino de 8 d\u00edas para rendir informe, \u00a0seg\u00fan se indica en la constancia del Secretario General de la Comisi\u00f3n Primera \u00a0del honorable Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 8 de octubre de 2020 \u00a0la honorable Senadora Paloma Valencia Laserna, en su condici\u00f3n de coordinadora \u00a0ponente y en compa\u00f1\u00eda de los dem\u00e1s ponentes, presentan Informe de ponencia \u00a0positivo para el primer debate del Proyecto de Acto Legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 12 de octubre de 2020 la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente recibe el Informe de ponencia para \u00a0primer debate y ordena su env\u00edo a la Secci\u00f3n de Leyes de Senado para su \u00a0publicaci\u00f3n y a los correos institucionales de los Senadores, seg\u00fan constancia \u00a0del Secretario General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del \u00a0honorable Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Gaceta del \u00a0Congreso n\u00famero 1089 del 13 de octubre de 2020, se public\u00f3 el informe \u00a0de ponencia para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 22 de \u00a02020 Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n virtual del 13 de \u00a0octubre de 2020, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente \u00a0del honorable Senado inform\u00f3 que en la pr\u00f3xima sesi\u00f3n se discutir\u00eda y votar\u00eda \u00a0el Proyecto de Acto Legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan constancia del \u00a0honorable Senador Miguel \u00c1ngel Pinto Hern\u00e1ndez, el Proyecto de Acto Legislativo \u00a022 de 2020 Senado \u201cpor medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que proh\u00edbe expresamente el \u00a0ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas de \u00a0p\u00e1ramos\u201d, fue aprobado en la sesi\u00f3n del 14 de octubre de 2020, Acta n\u00famero \u00a021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 15 de octubre de \u00a02020 los honorables Senadores Angelica Lozano Correa y Alexander L\u00f3pez Maya, \u00a0presentan Informe de ponencia positivo para el segundo debate del proyecto de \u00a0Acto Legislativo 22 de 2020 Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Gaceta del \u00a0Congreso 1121 del 15 de octubre de 2020, se public\u00f3 el Informe de \u00a0ponencia para segundo debate del proyecto de Acto Legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la constancia \u201cSecretar\u00eda \u00a0General-Sustanciaci\u00f3n Segunda Ponencia y Texto Definitivo\u201d de fecha 27 de \u00a0octubre de 2020 expedida por el Secretario General del honorable Senado de la \u00a0Rep\u00fablica, en sesi\u00f3n plenaria del d\u00eda 27 de octubre de 2020, fue aprobado el \u00a0texto propuesto para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo 22 de 2020 \u00a0Senado \u201cpor medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia \u00a0en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que proh\u00edbe expresamente el ejercicio \u00a0de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas de p\u00e1ramos\u201d, \u00a0lo anterior, seg\u00fan Acta de la sesi\u00f3n plenaria n\u00famero 26 del 27 de octubre \u00a0de 2020, previo su anuncio en sesi\u00f3n plenaria del d\u00eda 22 de octubre de 2020 \u00a0correspondiente al Acta n\u00famero 25. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en las Gacetas del \u00a0Congreso 1399 del 30 de noviembre de 2020 y 1432 del 3 de diciembre de \u00a02020, fueron publicados los textos definitivos aprobados en sesi\u00f3n plenaria del \u00a0d\u00eda 27 de octubre de 2020 del Proyecto de Acto Legislativo 22 de 2020 Senado \u201cpor \u00a0medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia en su art\u00edculo \u00a079, adicionando un inciso que proh\u00edbe expresamente el ejercicio de actividades \u00a0de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas de p\u00e1ramos\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 27 de \u00a0octubre de 2020, el Presidente del honorable Senado de la Rep\u00fablica remite al \u00a0Presidente de la honorable C\u00e1mara de Representantes el expediente del Proyecto \u00a0de Acto Legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan constancia del 4 de \u00a0noviembre de 2020 suscrita por el Secretario General de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes, el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 458 de 2020 C\u00e1mara, 022 \u00a0de 2020 Senado pasa al despacho del Presidente de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por constancia del 4 de \u00a0noviembre de 2020 suscrita por Presidente de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes, el Proyecto de Acto Legislativo se env\u00eda a la Comisi\u00f3n Primera \u00a0Constitucional Permanente, con el fin de ser estudiado en primer debate, al \u00a0tiempo que ordena remitir a la Imprenta Nacional para su publicaci\u00f3n, de \u00a0conformidad con el art\u00edculo 144 de la Ley 5\u00aa de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 11 de noviembre de 2020, \u00a0la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes indica que se recibe el Proyecto de Acto Legislativo y da \u00a0traslado a la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n para su respectivo reparto y \u00a0designaci\u00f3n de ponentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por constancia del 24 de \u00a0noviembre de 2020, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional de la \u00a0honorable C\u00e1mara de Representantes se\u00f1ala que de conformidad con el Acta 10 de \u00a0la Mesa Directiva de la Comisi\u00f3n, fue designado como ponente el honorable \u00a0Representante \u00d3scar Leonardo Villamizar Meneses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan constancia del 25 de \u00a0noviembre de 2020, la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la \u00a0honorable C\u00e1mara de Representantes recibe informe de ponencia para primer \u00a0debate y ordena su env\u00edo a la Gaceta del Congreso para su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Gaceta del \u00a0Congreso 1392 del 27 de noviembre de 2020, se public\u00f3 el Informe de \u00a0ponencia para primer debate del proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 458 de 2020 \u00a0C\u00e1mara, 22 de 2020 Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por constancias del 30 de \u00a0noviembre de 2020 y 4 de diciembre de 2020, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional Permanente de la honorable C\u00e1mara de Representantes \u00a0se\u00f1ala que es anunciado el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 458 de 2020 \u00a0C\u00e1mara, 22 de 2020 Senado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan constancia de los \u00a0honorables Representantes Alfredo R. Deluque Zuleta y Oscar Leonardo \u00a0Villamizar, el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 458 de 2020 C\u00e1mara, 22 de \u00a02020 Senado, \u201cpor medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que proh\u00edbe expresamente el \u00a0ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas \u00a0de p\u00e1ramos\u201d, fue aprobado en la sesi\u00f3n del 7 de diciembre de 2020, Acta n\u00famero \u00a031 de la misma fecha. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan constancia del 7 de \u00a0diciembre de 2020 de la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, se design\u00f3 como ponente \u00a0para segundo debate al honorable representante \u00d3scar Leonardo Villamizar \u00a0Meneses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan constancia del 7 de \u00a0diciembre de 2020 de la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la honorable C\u00e1mara de Representantes, se recibe Informe de \u00a0ponencia para segundo debate en Primera Vuelta suscrito por el honorable \u00a0Representante \u00d3scar Leonardo Villamizar Meneses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Gaceta del \u00a0Congreso 1461 del 9 de diciembre de 2020, se public\u00f3 el Informe de \u00a0ponencia para segundo debate del proyecto de Acto Legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la \u00a0constancia \u201cSecretar\u00eda General-Sustanciaci\u00f3n Ponencia Segundo Debate\u201d de fecha \u00a021 de diciembre de 2020 expedida por el Secretario General de la honorable \u00a0C\u00e1mara de Representantes, en sesi\u00f3n plenaria del d\u00eda 16 de diciembre de 2020 \u00a0fue aprobado sin modificaciones el Proyecto de Acto Legislativo 458 de 2020 \u00a0C\u00e1mara, 022 de 2020 Senado, \u201cpor medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica de Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que proh\u00edbe \u00a0expresamente el ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n mineras \u00a0en ecosistemas de p\u00e1ramos\u201d, lo anterior, seg\u00fan Acta de la sesi\u00f3n plenaria \u00a0n\u00famero 202 del 16 de diciembre de 2020, previo su anuncio en sesi\u00f3n plenaria \u00a0del d\u00eda 15 de diciembre de 2020 correspondiente al Acta n\u00famero 201. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Gaceta del \u00a0Congreso 1542 del 21 de diciembre de 2020 fue publicado el texto \u00a0definitivo aprobado del Proyecto de Acto Legislativo 458 de 2020 C\u00e1mara, 022 de \u00a02020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 21 de \u00a0diciembre de 2020, el Secretario General de la honorable C\u00e1mara de \u00a0Representantes, remite al Presidente de honorable Senado de la Rep\u00fablica con \u00a0todos sus antecedentes y para que siga su curso constitucional y reglamentario, \u00a0el expediente del Proyecto de Acto Legislativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Presidente del honorable \u00a0Senado de la Rep\u00fablica mediante comunicaci\u00f3n del 23 de diciembre de 2020, \u00a0radicada el d\u00eda 29 de diciembre de 2020 en la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0envi\u00f3 el expediente del Proyecto de Acto Legislativo \u201cpor medio del cual se \u00a0reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un \u00a0inciso que proh\u00edbe expresamente el ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y \u00a0explotaci\u00f3n mineras en ecosistemas de p\u00e1ramos. &#8211; Primera Vuelta\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 225 de la Ley 5a de 1992 \u00a0modificado por el art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 186 de 1995 se\u00f1ala \u00a0que todo proyecto de acto legislativo aprobado en cada una de las C\u00e1maras en la \u00a0primera vuelta, debe ser publicado por el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Publicaci\u00f3n. Ordenar \u00a0la publicaci\u00f3n del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 022 \u00a0de 2020 Senado, 458 de 2020 C\u00e1mara, \u201cpor medio del cual se reforma la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que \u00a0proh\u00edbe expresamente el ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n \u00a0mineras en ecosistemas de p\u00e1ramos. &#8211; Primera Vuelta\u201d, cuyo texto es el \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACTO LEGISLATIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n\u00famero_______________ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se reforma la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia en su art\u00edculo 79, adicionando un inciso que \u00a0proh\u00edbe expresamente el ejercicio de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n \u00a0mineras en ecosistemas de p\u00e1ramos &#8211; Primera Vuelta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL CONGRESO DE COLOMBIA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3nese un inciso \u00a0al art\u00edculo 79 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica el \u00a0cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 79. Todas las personas \u00a0tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La Ley garantizar\u00e1 la \u00a0participaci\u00f3n de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber \u00a0del Estado proteger la diversidad P. integridad del ambiente, conservar las \u00a0\u00e1reas de especial importancia ecol\u00f3gica y fomentar la educaci\u00f3n para el logro \u00a0de estos fines. El Estado tiene una especial deber de protecci\u00f3n del agua. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Queda prohibida de exploraci\u00f3n o \u00a0explotaci\u00f3n minera de cualquier tipo o de hidrocarburos en ecosistemas de \u00a0p\u00e1ramo y sus zonas de amortiguamiento. Tambi\u00e9n estar\u00e1n prohibidas las \u00a0expansiones urbanas y suburbanas y las actividades de alto impacto estos \u00a0ecosistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los municipios a trav\u00e9s de las \u00a0herramientas de ordenamiento territorial establecer\u00e1n los usos en ecosistemas \u00a0colindantes a los p\u00e1ramos que pudieran generar da\u00f1os sobre estos, en especial \u00a0lo referente a miner\u00eda artesanal y de subsistencia en las \u00e1reas amortiguadoras, \u00a0tendientes para mitigar el impacto negativo sobre estos ecosistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente acto \u00a0legislativo rige a partir de su promulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del honorable \u00a0Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Arturo Char \u00a0Chaljub. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del \u00a0honorable Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gregorio Eljach \u00a0Pacheco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la honorable \u00a0C\u00e1mara de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Germ\u00e1n Alcides Blanco \u00c1lvarez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General de la \u00a0honorable C\u00e1mara de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jorge Humberto Mantilla Serrano\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 19 de \u00a0enero de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Minas y Energ\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Mesa Puyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Eduardo Correa Escaf. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 052 DE 2021 \u00a0 \u00a0 (enero 19) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.562, enero 19 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se ordena la \u00a0publicaci\u00f3n del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 022 de 2020 Senado, 458 de \u00a02020 C\u00e1mara \u201cpor medio del cual se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia \u00a0en su art\u00edculo 79, adicionando [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-54916","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54916","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54916"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54916\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54916"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54916"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54916"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}