{"id":54926,"date":"2023-08-23T19:16:24","date_gmt":"2023-08-23T19:16:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-62-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:16:24","modified_gmt":"2023-08-23T19:16:24","slug":"decreto-62-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-62-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 62 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 062 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 21) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.564, enero 21 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0estructura del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM) es una Unidad Administrativa Especial descentralizada del \u00a0orden nacional, con personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y financiera, \u00a0patrimonio propio y adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, \u00a0creada mediante el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el Decreto 4175 de 2011, \u00a0el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), se cre\u00f3 bajo la necesidad de \u00a0fortalecer el desarrollo de la metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial en Colombia, \u00a0con el fin de posicionar al pa\u00eds de forma permanente y efectiva en los mercados \u00a0internacionales, avanzar hacia la producci\u00f3n de bienes de alto valor agregado, \u00a0mejorar la competitividad nacional y garantizar que el aparato productivo \u00a0nacional est\u00e9 en la capacidad de realizar procesos que cumplen con m\u00e9todos \u00a0precisos de aseguramiento m\u00e1ximo de la calidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario modificar la estructura del Instituto Nacional \u00a0de Metrolog\u00eda (INM), con el fin de armonizarla con los objetivos del Plan \u00a0Nacional de Desarrollo \u201cPacto por Colombia, Pacto por la Equidad 2018-2022\u201d, en \u00a0especial lo se\u00f1alado en: (1) el \u201cPacto por el emprendimiento, la formalizaci\u00f3n \u00a0y la productividad: una econom\u00eda din\u00e1mica, incluyente y sostenible que potencie \u00a0todos nuestros talentos\u201d en relaci\u00f3n con el fortalecimiento organizacional y \u00a0presupuestal del INM, as\u00ed como el aumento de la capacidad de medici\u00f3n y la \u00a0participaci\u00f3n en instancias internacionales; (2) el Pacto \u201cCampo con progreso: \u00a0una alianza para dinamizar el desarrollo y la productividad de la Colombia \u00a0rural\u201d, en el cual se busca integrar al Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), \u00a0para que apoye a las dem\u00e1s entidades del Sistema Medidas Sanitarias y \u00a0Fitosanitarias (MSF) en la realizaci\u00f3n de ensayos y pruebas anal\u00edticas \u00a0relacionados con asuntos de inter\u00e9s en sanidad e inocuidad, los cuales, adem\u00e1s, \u00a0tienen repercusi\u00f3n en el comercio internacional; y (3) el \u201cPacto por la \u00a0Ciencia, la Tecnolog\u00eda y la Innovaci\u00f3n: un sistema para construir el \u00a0conocimiento de la Colombia del futuro\u201d, donde se involucra al Ministerio de \u00a0Comercio, Industria y Turismo, el Organismo Nacional de Acreditaci\u00f3n de \u00a0Colombia (Onac) y al Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), en el dise\u00f1o de \u00a0incentivos e instrumentos para la acreditaci\u00f3n de alcances o m\u00e9todos de los \u00a0laboratorios que realizan actividades y proveen servicios de investigaci\u00f3n e \u00a0innovaci\u00f3n en el pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el \u00a0Documento Conpes 3957 de 2019 \u201cPol\u00edtica Nacional de Laboratorios: prioridades \u00a0para mejorar el cumplimiento de est\u00e1ndares de calidad\u201d, son recomendaciones \u00a0para el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), entre otras, la de dise\u00f1ar e \u00a0implementar un programa de capacitaci\u00f3n de personal y transferencia de \u00a0conocimiento con el fin de articular su oferta en temas estrat\u00e9gicos para los \u00a0laboratorios, a partir del insumo de las mediciones de brechas de capital \u00a0humano para los laboratorios del pa\u00eds; identificar, seg\u00fan previo an\u00e1lisis de \u00a0priorizaci\u00f3n y conveniencia, las principales necesidades de ensayos y \u00a0mediciones en productos no contemplados en el Documento Conpes 3866 y \u00a0establecer esquemas de multiplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda de necesidades \u00a0metrol\u00f3gicas; dise\u00f1ar e implementar el programa nacional de asistencia t\u00e9cnica \u00a0y transferencia de conocimiento orientado a micro, peque\u00f1as y medianas empresas \u00a0y laboratorios p\u00fablicos, para mejorar las mediciones en los procesos \u00a0productivos; elaborar e implementar una metodolog\u00eda tipo para priorizar el \u00a0desarrollo de Capacidades de Medici\u00f3n y Calibraci\u00f3n, Materiales de Referencia \u00a0Certificados y programas de comparaci\u00f3n interlaboratorio, y reestructurar la \u00a0Red Colombiana de Metrolog\u00eda para garantizar la participaci\u00f3n efectiva de las \u00a0diferentes entidades que conforman la Comisi\u00f3n Intersectorial de la Calidad. \u00a0As\u00ed mismo, para superar las falencias de capital humano en el INM, se \u00a0recomienda al INM y al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica (DAFP) \u00a0realizar un diagn\u00f3stico y una propuesta para el desarrollo y fortalecimiento de \u00a0capacidades organizacionales, que incluyen la estructura y planta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que atendiendo las \u00a0disposiciones anteriormente se\u00f1aladas, el Plan Nacional de Desarrollo y el \u00a0documento Conpes antes mencionado, y con el fin de mantener la ejecuci\u00f3n de \u00a0actividades que fomente la innovaci\u00f3n, mejoren la calidad de vida y soporten el \u00a0desarrollo econ\u00f3mico, cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico del pa\u00eds, as\u00ed como la difusi\u00f3n \u00a0del Sistema Internacional de Unidades (SI), la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios metrol\u00f3gicos, el apoyo a las actividades de control \u00a0metrol\u00f3gico y la representaci\u00f3n internacional, como m\u00e1xima autoridad en \u00a0metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial, se hace necesario modificar la estructura \u00a0del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, igualmente, se hace \u00a0necesario modificar la estructura del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) \u00a0para dar cumplimiento a lo establecido en el art\u00edculo 17 de la Ley 2052 de 2020 \u00a0respecto de liderar al interior de la entidad la implementaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas que incidan en la relaci\u00f3n Estado Ciudadano definidas por el \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica; adelantar el fortalecimiento \u00a0institucional en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones, \u00a0as\u00ed como el liderazgo en la implementaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Gobierno Digital, \u00a0conforme con el Decreto 415 de 2016, \u00a0que adicion\u00f3 el T\u00edtulo 35 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del sector de la Funci\u00f3n P\u00fablica; \u00a0fortalecer el proceso de evaluaci\u00f3n y control de la Entidad conforme lo \u00a0establece la Ley 87 de 1993, la Ley 1474 de 2011 y el \u00a0Decreto 1083 de 2015; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 4886 de 2011, \u00a0por medio del cual se modifica la estructura de la Superintendencia de \u00a0Industria y Comercio, se determinan las funciones de sus dependencias y se \u00a0dictan otras disposiciones, establece en su art\u00edculo 1\u00b0 numeral 49 como funci\u00f3n \u00a0general, la de oficializar los patrones nacionales de medida. De igual forma, \u00a0en el art\u00edculo 14 numeral 8 del citado decreto, como funci\u00f3n del Despacho del \u00a0Superintendente Delegado para el Control y Verificaci\u00f3n de Reglamentos T\u00e9cnicos \u00a0y Metrolog\u00eda Legal, se establece la de oficializar, por solicitud del Instituto \u00a0Nacional de Metrolog\u00eda, los patrones de medida conservados o custodiados por \u00a0este o los establecidos por otros laboratorios designados por dicho Instituto, \u00a0para los cuales el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda deber\u00e1 remitir los estudios \u00a0t\u00e9cnicos correspondientes a la Superintendencia de Industria y Comercio para \u00a0que esta se pronuncie en un plazo de 30 d\u00edas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para la oficializaci\u00f3n de \u00a0los patrones nacionales de medida, el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), \u00a0conforme a su objetivo, funciones, competencia y estructura, elabora los \u00a0respectivos estudios t\u00e9cnicos los cuales se constituyen en la herramienta \u00a0esencial para la oficializaci\u00f3n, de acuerdo con los criterios de calibraci\u00f3n y \u00a0trazabilidad, y que por tanto debe ser la entidad que realiza la correspondiente \u00a0oficializaci\u00f3n de los patrones nacionales de medida, simplificando as\u00ed dicho \u00a0tr\u00e1mite; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme al numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0al art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica puede modificar la organizaci\u00f3n o estructura de los \u00a0ministerios, departamentos administrativos y dem\u00e1s entidades u organismos \u00a0administrativos nacionales, con sujeci\u00f3n a los principios de eficiencia y \u00a0racionalidad de la gesti\u00f3n p\u00fablica, con el fin de evitar la duplicidad de \u00a0funciones y garantizar la debida armon\u00eda, coherencia y articulaci\u00f3n entre las \u00a0actividades que realicen cada una de las dependencias, de acuerdo con las \u00a0competencias atribuidas por la ley, para efectos de la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes y programas, que les permitan su ejercicio \u00a0sin duplicidades ni conflictos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM) present\u00f3 al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto Ley 019 de \u00a02012, y los art\u00edculos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0para efectos de modificar su estructura, encontr\u00e1ndola ajustada t\u00e9cnicamente, \u00a0emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, para los fines de este \u00a0decreto, se cuenta con el concepto de viabilidad de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objetivo, naturaleza y \u00a0funciones del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 5\u00b0. Objetivo. El \u00a0Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), tiene por objetivo la coordinaci\u00f3n de \u00a0la metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial como m\u00e1xima autoridad nacional en la \u00a0materia, y la ejecuci\u00f3n de actividades que fomente la innovaci\u00f3n, mejoren la \u00a0calidad de vida y soporten el desarrollo econ\u00f3mico, cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico \u00a0del pa\u00eds, mediante el establecimiento, conservaci\u00f3n y adopci\u00f3n de patrones \u00a0nacionales de medida, la difusi\u00f3n del Sistema Internacional de Unidades (SI), \u00a0la investigaci\u00f3n cient\u00edfica, la prestaci\u00f3n de servicios metrol\u00f3gicos, el apoyo \u00a0a las actividades de control metrol\u00f3gico y la representaci\u00f3n internacional como \u00a0m\u00e1xima autoridad en metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 6\u00b0. Funciones generales. El Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM), cumplir\u00e1 las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y acompa\u00f1ar al \u00a0formulador de pol\u00edticas en materia metrol\u00f3gica y ser el articulador y ejecutor \u00a0de la metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial del pa\u00eds, de acuerdo con las pol\u00edticas \u00a0del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar las actividades \u00a0de metrolog\u00eda, cient\u00edfica e industrial, en coordinaci\u00f3n con otras entidades y \u00a0organismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asegurar la trazabilidad \u00a0metrol\u00f3gica de las mediciones del territorio nacional acordes con el Sistema \u00a0Internacional de Unidades (SI) y gestionar la publicaci\u00f3n de las Capacidades de \u00a0Medici\u00f3n y Calibraci\u00f3n (CMC), de acuerdo a los lineamientos de la autoridad \u00a0internacional en Metrolog\u00eda en el marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Representar los intereses \u00a0del pa\u00eds en los foros nacionales e internacionales de la metrolog\u00eda \u00b7cient\u00edfica \u00a0e industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proporcionar trazabilidad \u00a0metrol\u00f3gica a las actividades de control metrol\u00f3gico legal que adelanten las \u00a0autoridades competentes para asegurar la confiabilidad de las mediciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Actuar como Centro de \u00a0Investigaci\u00f3n en Metrolog\u00eda Cient\u00edfica e Industrial, y en tal calidad, apoyar y \u00a0asesorar al Gobierno nacional y a los dem\u00e1s actores del Subsistema Nacional de \u00a0Calidad y, en general, del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n en \u00a0proyectos que propicien el desarrollo cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer, adoptar, \u00a0custodiar y conservar los patrones nacionales de medida correspondientes a cada \u00a0magnitud del Sistema Internacional de Unidades (SI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar y adoptar los \u00a0sistemas de medida y materiales de referencia como patrones de medida para las \u00a0magnitudes del Sistema Internacional de Unidad (SI). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Designar a institutos u \u00a0organizaciones en \u00e1reas de metrolog\u00eda para magnitudes no desarrolladas ni planeadas \u00a0a desarrollar por el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda de Colombia, por cuanto \u00a0su realizaci\u00f3n es m\u00e1s conveniente por otro instituto u organizaci\u00f3n. El \u00a0Instituto Nacional de Metrolog\u00eda establecer\u00e1 los requisitos para dicha \u00a0designaci\u00f3n y su seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir, poner en \u00a0funcionamiento y operar la infraestructura necesaria para el establecimiento, \u00a0custodia y conservaci\u00f3n de los patrones nacionales de medida y diseminar la \u00a0trazabilidad metrol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asegurar la trazabilidad de \u00a0los patrones nacionales de medida y de las mediciones al Sistema Internacional \u00a0de Unidades (SI) definido por la Conferencia General de Pesas y Medidas y \u00a0promover su divulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Gestionar y dar lineamientos a la Red Colombiana de \u00a0Metrolog\u00eda (RCM) y promover la articulaci\u00f3n de sus actores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Fijar las tasas a que hace referencia el art\u00edculo 70 de la Ley 1480 de 2011 o \u00a0disposici\u00f3n legal que as\u00ed lo establezca, para todos los bienes y servicios que \u00a0preste el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Proporcionar servicios de \u00a0calibraci\u00f3n de conformidad con las tasas que establezca la ley para el efecto y \u00a0expedir los certificados de calibraci\u00f3n, teniendo en cuenta los lineamientos \u00a0definidos por parte del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar las calibraciones \u00a0de patrones solicitadas por la autoridad en metrolog\u00eda legal, as\u00ed como emitir \u00a0certificados de aprobaci\u00f3n de modelo o prototipo de los instrumentos de medida \u00a0conforme a la reglamentaci\u00f3n t\u00e9cnica que as\u00ed lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Asesorar y prestar \u00a0servicios de asistencia t\u00e9cnica en materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica o \u00a0industrial a las entidades que lo soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Generar, monitorear, \u00a0coordinar y difundir la hora legal de la Rep\u00fablica de Colombia y los servicios \u00a0asociados a esta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Producir, desarrollar y \u00a0adquirir materiales de referencia requeridos por el pa\u00eds y establecer sus \u00a0mecanismos de evaluaci\u00f3n de la conmutabilidad en los casos que aplique. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Apoyar y facilitar la \u00a0elaboraci\u00f3n de normas t\u00e9cnicas en materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica e \u00a0industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Oficializar los patrones \u00a0nacionales de medida, con base en los estudios t\u00e9cnicos requeridos y acorde con \u00a0las necesidades del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Organizar los ensayos de \u00a0aptitud de conformidad con los lineamientos institucionales y las normas \u00a0t\u00e9cnicas que apliquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Realizar estudios sobre las \u00a0necesidades de medici\u00f3n en los diferentes sectores de la econom\u00eda que se \u00a0requieran e incentivar la calidad en las mediciones conforme a los lineamientos \u00a0que para el efecto se\u00f1ale el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Prestar servicios de \u00a0capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n en materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Dise\u00f1ar y ofrecer nuevos \u00a0bienes y servicios metrol\u00f3gicos en concordancia con la naturaleza y misi\u00f3n del \u00a0Instituto Nacional de Metrolog\u00eda y las necesidades del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Ser un actor reconocido en \u00a0el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, en temas de metrolog\u00eda \u00a0cient\u00edfica e industrial y en tal calidad, apoyar y asesorar al Gobierno nacional \u00a0y dem\u00e1s partes interesadas en el desarrollo cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Establecer y mantener la \u00a0jerarqu\u00eda de los patrones de medida, de acuerdo con los lineamientos t\u00e9cnicos \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Obtener, usar y gestionar \u00a0las patentes y otros derechos de propiedad intelectual que el Instituto \u00a0Nacional de Metrolog\u00eda desarrolle o produzca en ejercicio de sus actividades \u00a0cient\u00edficas y tecnol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las dem\u00e1s funciones que se \u00a0le asignen por ley\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 8\u00b0 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 8\u00b0. Estructura. El Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM), para el desarrollo de sus funciones tendr\u00e1 la siguiente \u00a0estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Inform\u00e1tica y \u00a0Desarrollo Tecnol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda \u00a0F\u00edsica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda \u00a0Qu\u00edmica y Biolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Servicios \u00a0Metrol\u00f3gicos y Relaci\u00f3n con el Ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 9\u00b0 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 9\u00b0. Funciones de la Direcci\u00f3n General. Corresponde \u00a0a la Direcci\u00f3n General desarrollar las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Gobierno \u00a0nacional y acompa\u00f1ar al formulador de las pol\u00edticas en las materias que tengan \u00a0relaci\u00f3n con la metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial y en las dem\u00e1s \u00e1reas propias \u00a0de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar, vigilar, \u00a0controlar, evaluar la ejecuci\u00f3n y cumplimiento de los objetivos, funciones, \u00a0pol\u00edticas, planes y programas inherentes al objeto de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar y representar al \u00a0pa\u00eds en los espacios internacionales, foros, organizaciones regionales y \u00a0multilaterales competentes en los temas relacionados con metrolog\u00eda cient\u00edfica \u00a0e industrial y gestionar los acuerdos de reconocimiento mutuo en la materia, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Designar los institutos u \u00a0organizaciones que se consideren indispensables en un \u00e1rea de metrolog\u00eda para \u00a0una magnitud f\u00edsica, qu\u00edmica o biol\u00f3gica no cubierta ni planeada a cubrir por \u00a0el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) y en la cual este decida realizar la \u00a0designaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Gestionar la Red Colombiana \u00a0de Metrolog\u00eda (RCM) y dar lineamientos para promover la articulaci\u00f3n de sus \u00a0actores y consolidar la confianza en los servicios metrol\u00f3gicos del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Oficializar los patrones \u00a0nacionales de medida correspondientes a cada magnitud del Sistema Internacional \u00a0de Unidades (SI); incluyendo los conservados y custodiados por los institutos \u00a0designados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer las directrices \u00a0para la adopci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los patrones nacionales de medida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer las directrices \u00a0para la realizaci\u00f3n y adopci\u00f3n de sistemas de medida y materiales de referencia \u00a0como patrones nacionales de medida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aprobar y promover las \u00a0actividades necesarias para asegurar la trazabilidad de los patrones nacionales \u00a0de medida y de las mediciones al Sistema Internacional de Unidades (SI) y \u00a0gestionar la publicaci\u00f3n de las Capacidades de Medici\u00f3n y Calibraci\u00f3n (CMC), de \u00a0acuerdo a los lineamientos de la autoridad internacional en Metrolog\u00eda en el \u00a0marco del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Celebrar contratos y \u00a0convenios, y promover y ejecutar programas de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e \u00a0internacional en materia metrol\u00f3gica que se requieran para el desarrollo de sus \u00a0funciones con gobiernos, instituciones, organismos y empresas tanto nacionales \u00a0como extranjeras, en coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes en la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Fijar las tasas a que hace \u00a0referencia la Ley 1480 de 2011 para \u00a0todos los bienes y servicios que preste el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar la pol\u00edtica de \u00a0gesti\u00f3n de informaci\u00f3n requerida para el cumplimiento de su objeto y definir \u00a0pol\u00edticas, estrategias, planes y acciones en materia de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Nombrar y remover el \u00a0personal del Instituto, con excepci\u00f3n de los empleos cuya nominaci\u00f3n est\u00e9 \u00a0atribuida a otra autoridad, de conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejercer la segunda \u00a0instancia en los procesos disciplinarios, de acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Crear, organizar y \u00a0conformar comit\u00e9s, comisiones, equipos transversales y grupos internos de \u00a0trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio \u00a0y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ordenar el gasto de los \u00a0recursos asignados al Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), y vigilar la \u00a0adecuada ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Aprobar los anteproyectos \u00a0de presupuesto de inversi\u00f3n y de funcionamiento del Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Gestionar ante las \u00a0autoridades competentes la consecuci\u00f3n de fuentes de financiaci\u00f3n con destino \u00a0al Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Suscribir de conformidad \u00a0con el Estatuto General de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y el Estatuto Org\u00e1nico del \u00a0Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Instituto Nacional \u00a0de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dirigir la administraci\u00f3n \u00a0de personal conforme a las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Aprobar el Plan Operativo \u00a0de Inversi\u00f3n Anual de los recursos asignados al Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Dirigir la implementaci\u00f3n \u00a0del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), y garantizar el ejercicio \u00a0del Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento del Instituto Nacional \u00a0de Metrolog\u00eda (INM)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 10 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 10. Funciones de \u00a0la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General \u00a0y a los subdirectores del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) en la \u00a0definici\u00f3n de lineamientos de pol\u00edtica y estrategias en materia de metrolog\u00eda \u00a0cient\u00edfica e industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a Ja Direcci\u00f3n \u00a0General y a las dem\u00e1s dependencias del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) \u00a0en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas de planeaci\u00f3n, planes, programas institucionales \u00a0y proyectos de inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las otras \u00e1reas de la entidad, los planes estrat\u00e9gicos y de acci\u00f3n, en \u00a0articulaci\u00f3n con el plan nacional de desarrollo y el plan estrat\u00e9gico \u00a0sectorial, y realizar su seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar asistencia t\u00e9cnica y \u00a0metodol\u00f3gica a las \u00e1reas del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) en materia \u00a0de formulaci\u00f3n, programaci\u00f3n financiera y seguimiento de proyectos de inversi\u00f3n \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar el seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal y tramitar la viabilizaci\u00f3n de las modificaciones \u00a0presupuestales a que haya lugar, en materia de inversi\u00f3n ante el Ministerio de \u00a0Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a las diferentes \u00e1reas de la entidad en la adopci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas de desarrollo administrativo y los modelos de planeaci\u00f3n y gesti\u00f3n \u00a0de acuerdo con lo se\u00f1alado en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Secretar\u00eda General, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e \u00a0inversi\u00f3n y el plan anual de compras y gestionar su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar, gestionar, \u00a0planear y hacer seguimiento de programas y proyectos financiados con recursos \u00a0de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional u otras fuentes de recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las \u00e1reas de la entidad, los indicadores de gesti\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos, de acuerdo con los lineamientos y pol\u00edticas establecidas por el \u00a0Estado para tal fin y hacer el respectivo seguimiento a trav\u00e9s de los sistemas \u00a0establecidos para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fomentar y participar de la \u00a0elaboraci\u00f3n de estudios e investigaciones para el mejoramiento de los procesos \u00a0misionales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar, con el apoyo de \u00a0las dem\u00e1s \u00e1reas de la entidad, el c\u00e1lculo de las tasas para los bienes y \u00a0servicios ofrecidos por el Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), de \u00a0conformidad con lo se\u00f1alado en la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar el Sistema \u00a0Integrado de Gesti\u00f3n de la Calidad y mantener y hacer control de la gesti\u00f3n de \u00a0los procesos y procedimientos del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Consolidar la informaci\u00f3n \u00a0de la gesti\u00f3n institucional y efectuar su an\u00e1lisis, para la presentaci\u00f3n de los \u00a0informes requeridos por la Direcci\u00f3n General del Instituto y las autoridades e \u00a0instancias pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Adicionar el \u00a0art\u00edculo 10A al Decreto 4175 de 2011, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 10A. Oficina de \u00a0Inform\u00e1tica y Desarrollo Tecnol\u00f3gico. Son funciones de la Oficina de \u00a0Inform\u00e1tica y Desarrollo Tecnol\u00f3gico las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impartir los lineamientos en \u00a0materia tecnol\u00f3gica para definir pol\u00edticas, estrategias y pr\u00e1cticas que \u00a0soporten la gesti\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, actualizar e \u00a0implementar el plan estrat\u00e9gico de tecnolog\u00eda y sistemas de la informaci\u00f3n de \u00a0la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir e implementar la \u00a0estrategia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n de la Entidad de acuerdo con los \u00a0planes y proyectos internos y los lineamientos de las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir lineamientos tecnol\u00f3gicos \u00a0para el cumplimiento de est\u00e1ndares y buenas pr\u00e1cticas de seguridad y privacidad \u00a0de la informaci\u00f3n y en especial la interoperabilidad de los sistemas que la \u00a0soportan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Aplicar los lineamientos y \u00a0procesos de arquitectura tecnol\u00f3gica de la Entidad en materia de software, \u00a0hardware, redes y telecomunicaciones, acorde con los par\u00e1metros gubernamentales \u00a0para su adquisici\u00f3n, operaci\u00f3n, soporte especializado y mantenimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Liderar la gesti\u00f3n, \u00a0seguimiento y control de la ejecuci\u00f3n de recursos financieros asociados al \u00a0portafolio de proyectos y servicios definidos en el plan estrat\u00e9gico de \u00a0tecnolog\u00edas y sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar estrategias, \u00a0instrumentos y herramientas con aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y \u00a0las comunicaciones con el fin de brindar de manera constante y permanente un \u00a0buen servicio al ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar, mantener \u00a0actualizado y operar tecnol\u00f3gicamente, los sistemas de informaci\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir e implementar los \u00a0lineamientos tecnol\u00f3gicos para la adecuada gesti\u00f3n de informaci\u00f3n institucional \u00a0de la Entidad, en cuanto a custodia, acceso y respaldo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Implementar controles y \u00a0herramientas de Seguridad Inform\u00e1tica que permitan mitigar riesgos de seguridad \u00a0de la informaci\u00f3n, de acuerdo a los lineamientos internos y autoridades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Definir la arquitectura de \u00a0informaci\u00f3n y datos necesaria para el desarrollo de las funciones de la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y orientar el \u00a0desarrollo de los contenidos y ambientes virtuales requeridos para el \u00a0cumplimiento de las funciones y objetivos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar actividades de uso \u00a0y apropiaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n de acuerdo con los lineamientos \u00a0y necesidades de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Apoyar los procesos de \u00a0transformaci\u00f3n digital, arquitectura empresarial y continuidad del negocio, en \u00a0lo referente al componente tecnol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Adicionar el \u00a0art\u00edculo 10B al Decreto 4175 de 2011, \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 10B. Funciones de \u00a0la Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar \u00a0la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de \u00a0Control Interno est\u00e9 formalmente establecido en el Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de \u00a0todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de \u00a0direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Constatar que los controles \u00a0definidos para los procesos y actividades del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda \u00a0(INM), se cumplan por parte de los responsables de su ejecuci\u00f3n y en especial, \u00a0que las \u00e1reas o empleados encargados de la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario \u00a0ejerzan adecuadamente esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles \u00a0asociados a las actividades del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) est\u00e9n definidos, \u00a0sean apropiados y se mejoren permanentemente de acuerdo con la evoluci\u00f3n de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimiento de \u00a0las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y \u00a0metas de la organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los \u00a0directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los \u00a0resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos \u00a0relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar en toda la \u00a0organizaci\u00f3n la cultura del autocontrol y la formaci\u00f3n de un enfoque hacia la \u00a0prevenci\u00f3n que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y verificar la \u00a0aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, que, en desarrollo del \u00a0mandato constitucional y legal, dise\u00f1e el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente \u00a0informados a los directivos acerca del estado del control interno del \u00a0Instituto, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a las dependencias \u00a0del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM), en la adopci\u00f3n de acciones de \u00a0mejoramiento recomendadas por los entes de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Evaluar la gesti\u00f3n de las \u00a0dependencias encargadas de recibir, tramitar y resolver las quejas, \u00a0sugerencias, reclamos y denuncias y rendir al Director General del Instituto \u00a0Nacional de Metrolog\u00eda (INM) un informe semestral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar la gesti\u00f3n de los \u00a0riesgos institucionales, informar a la alta direcci\u00f3n sobre el estado de los \u00a0mismos y aconsejar sobre mejora en los controles y posibilidades de mitigaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Desarrollar programas de \u00a0auditor\u00eda y formular las observaciones y recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Verificar que se implanten \u00a0las medidas respectivas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Actuar como enlace e \u00a0interlocutor ante los organismos de control en desarrollo de las auditor\u00edas o \u00a0requerimientos que practiquen a la entidad, para facilitar el flujo de \u00a0informaci\u00f3n con dichos organismos y verificar aleatoriamente que la informaci\u00f3n \u00a0suministrada por los responsables, cumplan las pol\u00edticas de operaci\u00f3n de la \u00a0entidad, y sean entregadas bajo los siguientes criterios: oportunidad, \u00a0integralidad y pertinencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Reportar a los \u00b7organismos \u00a0competentes los posibles actos de corrupci\u00f3n e irregularidades que haya \u00a0encontrado en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Publicar un informe de evaluaci\u00f3n \u00a0independiente del estado del sistema de control interno del Instituto Nacional \u00a0de Metrolog\u00eda (INM), en la p\u00e1gina web de la entidad seg\u00fan la normatividad \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia, \u00a0conforme a la normatividad vigente\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 11 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 11. Funciones de \u00a0la Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n \u00a0General en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y planes en lo referente a la \u00a0administraci\u00f3n y desarrollo del talento humano y la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos financieros, econ\u00f3micos y f\u00edsicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Notificar y\/o comunicar los \u00a0actos administrativos que expida el instituto, realizar la publicaci\u00f3n de \u00a0aquellos que sean de car\u00e1cter general y llevar el registro y custodia de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar, programar, \u00a0dirigir y supervisar las actividades de administraci\u00f3n de personal, desarrollo \u00a0del talento humano, seguridad y salud en el trabajo y ambiental, relaciones \u00a0laborales, de acuerdo con las pol\u00edticas de la entidad y las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planificar, dirigir y coordinar \u00a0los procesos de presupuesto, contabilidad y tesorer\u00eda del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto de presupuesto y el \u00a0Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), que deba adoptar la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Planificar, dirigir y \u00a0coordinar los procesos de contrataci\u00f3n suscripci\u00f3n de convenios que requiera el \u00a0Instituto, as\u00ed como elaborar los proyectos de actos administrativos \u00a0relacionados con dichos procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar el sistema de informaci\u00f3n en materia de \u00a0contrataci\u00f3n, as\u00ed como coordinar el suministro de informaci\u00f3n a los organismos \u00a0de control, autoridades administrativas o jurisdiccionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Planificar, dirigir y coordinar los procesos relacionados con \u00a0la administraci\u00f3n de bienes y servicios, manejo de recursos y soportes \u00a0tecnol\u00f3gicos que requiera el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, ordenar y evaluar \u00a0la ejecuci\u00f3n y administraci\u00f3n de los recursos financieros y f\u00edsicos, la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios generales, as\u00ed como la supervisi\u00f3n de la \u00a0elaboraci\u00f3n de los registros contables y la suscripci\u00f3n de los estados \u00a0financieros del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar las actividades relacionadas con proveedores, la adquisici\u00f3n, \u00a0almacenamiento, custodia, mantenimiento, distribuci\u00f3n e inventarios de los \u00a0elementos, equipos y dem\u00e1s bienes necesarios para el funcionamiento del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y coordinar la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de archivo y correspondencia del Instituto, y \u00a0custodiar los documentos t\u00e9cnicos y material de consulta de propiedad del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar el grupo \u00a0encargado de las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten \u00a0contra los funcionarios del Instituto y resolverlas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Elaborar, estudiar, avalar \u00a0y conceptuar sobre proyectos de actos administrativos, contratos y\/o convenios \u00a0que deba suscribir o proponer el Director General, y sobre los dem\u00e1s asuntos \u00a0que se le asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente al Instituto en los procesos y actuaciones que se instauren \u00a0en su contra o que este deba promover, mediante poder o delegaci\u00f3n que le \u00a0otorgue el Director General y supervisar el tr\u00e1mite de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Llevar a cabo actuaciones \u00a0encaminadas a lograr el cobro efectivo de los valores que se adeuden por todo concepto, \u00a0adelantando los procesos por jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Mantener actualizada la \u00a0informaci\u00f3n relacionada con la documentaci\u00f3n t\u00e9cnica y la normatividad legal y \u00a0jurisprudencial en temas relacionados con metodolog\u00eda cient\u00edfica e industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Recibir, controlar y \u00a0actualizar la informaci\u00f3n que conforme a la ley tenga el car\u00e1cter de reserva o \u00a0confidencial respecto de los usuarios internos del Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Trabajar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Servicios Metrol\u00f3gicos y Relaci\u00f3n con el Ciudadano, en \u00a0la construcci\u00f3n de una cultura de servicio y atenci\u00f3n al ciudadano al interior \u00a0de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Contribuir y aportar en el \u00a0desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n de Calidad y \u00a0proponer medidas necesarias para el mejoramiento t\u00e9cnico y administrativo en el \u00a0\u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Modificar el art\u00edculo \u00a012 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 12. Funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda F\u00edsica. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Metrolog\u00eda F\u00edsica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n \u00a0General en la definici\u00f3n de lineamientos de pol\u00edtica y estrategias en relaci\u00f3n \u00a0con la metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial y en las dem\u00e1s \u00e1reas propias de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer, adoptar, \u00a0custodiar y conservar los patrones nacionales de medida correspondientes a cada \u00a0magnitud seg\u00fan procedimientos de medici\u00f3n reconocidos internacionalmente, salvo \u00a0que su conservaci\u00f3n y custodia sea m\u00e1s conveniente en otra instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer y desarrollar los \u00a0mecanismos y acciones necesarias para proveer la trazabilidad en el campo de la \u00a0metrolog\u00eda f\u00edsica de acuerdo con los lineamientos internacionalmente \u00a0establecidos y las necesidades metrol\u00f3gicas del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, realizar y \u00a0verificar las acciones necesarias para el aseguramiento de la trazabilidad de \u00a0las mediciones realizadas con los patrones nacionales de medida al Sistema \u00a0Internacional de Unidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proveer servicios de \u00a0calibraci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica, producci\u00f3n de materiales de \u00a0referencia y dem\u00e1s requeridos en el campo de la metrolog\u00eda f\u00edsica a nivel \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y acompa\u00f1ar el \u00a0proceso de designaci\u00f3n de institutos en magnitudes f\u00edsicas no cubiertas por el \u00a0Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM) y realizar el seguimiento a institutos \u00a0designados en los campos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear y ejecutar proyectos \u00a0de investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n en metrolog\u00eda f\u00edsica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Organizar y coordinar la \u00a0participaci\u00f3n en comparaciones interlaboratorios y estudios colaborativos en \u00a0metrolog\u00eda f\u00edsica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer como patrones \u00a0nacionales de medida de metrolog\u00eda f\u00edsica los respectivos patrones de \u00a0referencia de los laboratorios de la Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda F\u00edsica y \u00a0participar en su aprobaci\u00f3n y reconocimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Contribuir y aportar en el \u00a0mantenimiento del sistema integrado de gesti\u00f3n de la calidad en los \u00a0laboratorios de metrolog\u00eda f\u00edsica y proponer a la Alta Direcci\u00f3n las medidas \u00a0necesarias para el mejoramiento t\u00e9cnico y administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el fomento de \u00a0la cultura metrol\u00f3gica a nivel nacional por medio de la divulgaci\u00f3n del \u00a0conocimiento en materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial en el campo de la \u00a0metrolog\u00eda f\u00edsica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejecutar actividades de \u00a0transferencia del conocimiento en el campo de la metrolog\u00eda f\u00edsica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar en la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas de intercambio t\u00e9cnico y metrol\u00f3gico y de personal \u00a0especializado en metrolog\u00eda f\u00edsica con instituciones nacionales y extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir, coordinar y \u00a0orientar las evaluaciones t\u00e9cnicas y administrativas referentes a manuales \u00a0t\u00e9cnicos, procedimientos de medici\u00f3n y art\u00edculos cient\u00edficos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Desarrollar y estandarizar \u00a0m\u00e9todos y procedimientos de medici\u00f3n y calibraci\u00f3n en el campo de la metrolog\u00eda \u00a0f\u00edsica, y establecer los mecanismos apropiados para su difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Emitir los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos cuando el Instituto act\u00fae como experto t\u00e9cnico en el \u00e1rea de \u00a0metrolog\u00eda f\u00edsica, as\u00ed como atender las peticiones, quejas, reclamos, \u00a0sugerencias y denuncias relacionadas con asuntos de su competencia, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Modificar el \u00a0art\u00edculo 13 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 13. Funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda Qu\u00edmica y Biolog\u00eda. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda Qu\u00edmica y Biolog\u00eda las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n \u00a0General en la definici\u00f3n de lineamientos de pol\u00edtica y estrategias en relaci\u00f3n \u00a0con la metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial y en las dem\u00e1s \u00e1reas propias de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer, adoptar y \u00a0conservar los patrones nacionales o materiales de referencia necesarios en \u00a0metrolog\u00eda qu\u00edmica y biolog\u00eda, de acuerdo con los lineamientos \u00a0internacionalmente establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer y desarrollar los \u00a0mecanismos para proveer la trazabilidad en el campo de la metrolog\u00eda en qu\u00edmica \u00a0y biolog\u00eda, de acuerdo con los lineamientos internacionalmente establecidos y \u00a0las necesidades metrol\u00f3gicas del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, dirigir y \u00a0realizar las acciones necesarias para el desarrollo, preparaci\u00f3n y certificaci\u00f3n \u00a0de Materiales de Referencia y el aseguramiento de la trazabilidad de los \u00a0patrones de medida en el campo de la metrolog\u00eda qu\u00edmica y biolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Prestar los servicios de \u00a0calibraci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica, producci\u00f3n de materiales de \u00a0referencia y dem\u00e1s requeridos en el campo de la metrolog\u00eda qu\u00edmica y biolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y acompa\u00f1ar el \u00a0proceso de designaci\u00f3n de institutos para desarrollar tareas espec\u00edficas de \u00a0metrolog\u00eda qu\u00edmica y biolog\u00eda no cubiertas por el Instituto Nacional de \u00a0Metrolog\u00eda (INM) y realizar el seguimiento a institutos designados en los \u00a0campos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear y ejecutar proyectos \u00a0de investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n en metrolog\u00eda qu\u00edmica y \u00a0biol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Organizar y coordinar la \u00a0participaci\u00f3n en comparaciones interlaboratorios y estudios colaborativos en \u00a0metrolog\u00eda qu\u00edmica y biolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer como patrones \u00a0nacionales de medida de metrolog\u00eda qu\u00edmica y biolog\u00eda, aquellos presentados por \u00a0los laboratorios de la Subdirecci\u00f3n de Metrolog\u00eda Qu\u00edmica y Biolog\u00eda y \u00a0participar en su aprobaci\u00f3n y reconocimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Contribuir y aportar en el \u00a0mantenimiento del sistema integrado de gesti\u00f3n de la calidad en los \u00a0laboratorios de metrolog\u00eda qu\u00edmica y biol\u00f3gica y proponer a la Alta Direcci\u00f3n \u00a0las medidas necesarias para el mejoramiento t\u00e9cnico y administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en el fomento de \u00a0la cultura metrol\u00f3gica a nivel nacional por medio de la divulgaci\u00f3n del \u00a0conocimiento en materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial en el campo de la \u00a0metrolog\u00eda qu\u00edmica y biol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejecutar actividades de \u00a0transferencia del conocimiento en el campo de la metrolog\u00eda qu\u00edmica y \u00a0biol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar en la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas de intercambio t\u00e9cnico y metrol\u00f3gico y de personal \u00a0especializado en metrolog\u00eda qu\u00edmica y biol\u00f3gica, con instituciones nacionales y \u00a0extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir, coordinar y \u00a0orientar las evaluaciones t\u00e9cnicas y administrativas referentes a manuales \u00a0t\u00e9cnicos, procedimientos de medici\u00f3n y art\u00edculos cient\u00edficos. Desarrollar y \u00a0estandarizar m\u00e9todos y procedimientos de medici\u00f3n en el campo de la metrolog\u00eda \u00a0qu\u00edmica y biol\u00f3gica, y establecer los mecanismos apropiados para su difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Emitir los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos cuando el Instituto act\u00fae como experto t\u00e9cnico en el \u00e1rea de \u00a0metrolog\u00eda qu\u00edmica y biol\u00f3gica, as\u00ed como atender las peticiones, quejas, \u00a0reclamos, sugerencias y denuncias relacionadas con asuntos de su competencia, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Modificar el \u00a0art\u00edculo 14 del Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 14. Funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Servicios Metrol\u00f3gicos y Relaci\u00f3n con el Ciudadano. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Servicios Metrol\u00f3gicos y Relaci\u00f3n con el \u00a0Ciudadano las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar y gestionar, en articulaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias de la entidad, la prestaci\u00f3n de los servicios que ofrece el \u00a0Instituto en materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial, mantener \u00a0estad\u00edsticas sobre estos y establecer la comunicaci\u00f3n entre los usuarios y las \u00a0\u00e1reas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar estudios t\u00e9cnicos \u00a0que permitan identificar las necesidades y capacidades metrol\u00f3gicas del pa\u00eds \u00a0para permitir en otras dependencias del instituto el desarrollo cient\u00edfico, \u00a0tecnol\u00f3gico y de innovaci\u00f3n en sus procesos misionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el proceso de \u00a0designaci\u00f3n de institutos para desarrollar tareas espec\u00edficas de metrolog\u00eda no \u00a0cubiertas por el INM y asesorar y acompa\u00f1ar el seguimiento a los Institutos \u00a0Designados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar las actividades de \u00a0gesti\u00f3n tendientes al desarrollo de proyectos de Investigaci\u00f3n, Desarrollo \u00a0Tecnol\u00f3gico e Innovaci\u00f3n propuestos por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear y participar en los \u00a0proyectos de Investigaci\u00f3n, Desarrollo Tecnol\u00f3gico e Innovaci\u00f3n que permitan el \u00a0dise\u00f1o y desarrollo de herramientas que faciliten la transferencia de \u00a0conocimiento en temas relacionados con servicios metrol\u00f3gicos y aplicaciones de \u00a0la metrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer las estrategias y \u00a0mecanismos para la promoci\u00f3n de bienes y servicios de la entidad, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar a las dem\u00e1s \u00a0dependencias de la entidad en los procesos estad\u00edsticos requeridos para \u00a0establecer los patrones nacionales, servicios metrol\u00f3gicos y proyectos de \u00a0investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n en el \u00e1rea de la metrolog\u00eda \u00a0cient\u00edfica e industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la evaluaci\u00f3n de \u00a0la viabilidad de la prestaci\u00f3n de servicios metrol\u00f3gicos, con el apoyo de las \u00a0dem\u00e1s dependencias de la entidad, as\u00ed como asesorar en la implementaci\u00f3n de las \u00a0mejoras o las nuevas propuestas que demanden los usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Contribuir y aportar en el \u00a0mantenimiento del sistema integrado de gesti\u00f3n de la calidad correspondientes a \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Servicios Metrol\u00f3gicos y Relaci\u00f3n con el Ciudadano y \u00a0proponer a la Alta Direcci\u00f3n las medidas necesarias para el mejoramiento \u00a0t\u00e9cnico y administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fomentar una cultura \u00a0metrol\u00f3gica a nivel nacional por medio de la divulgaci\u00f3n del conocimiento en \u00a0materia de metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Recibir, controlar y \u00a0actualizar la informaci\u00f3n que conforme a la ley tenga el car\u00e1cter de reserva o \u00a0confidencial respecto de los usuarios externos del INM. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas de intercambio t\u00e9cnico y metrol\u00f3gico y de personal \u00a0especializado en metrolog\u00eda cient\u00edfica e industrial, con instituciones \u00a0nacionales y extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Organizar y coordinar \u00a0ensayos de aptitud y estudios colaborativos (comparaciones interlaboratorios) \u00a0en coordinaci\u00f3n con las subdirecciones de metrolog\u00eda f\u00edsica y metrolog\u00eda \u00a0qu\u00edmica y biolog\u00eda del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover el relacionamiento \u00a0de actores de la Red Colombiana de Metrolog\u00eda, en coordinaci\u00f3n con otras \u00a0dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Emitir los conceptos \u00a0t\u00e9cnicos cuando el Instituto act\u00fae como experto t\u00e9cnico con el apoyo de las \u00a0otras dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Liderar, implementar y \u00a0hacer seguimiento a la pol\u00edtica, lineamientos, estrategias y acciones que \u00a0incidan en la relaci\u00f3n Estado Ciudadano definidas por el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Implementar y coordinar las \u00a0pol\u00edticas o directrices del servicio de atenci\u00f3n al ciudadano de la entidad, en \u00a0forma articulada con otras entidades del Sistema Nacional de Atenci\u00f3n al \u00a0Ciudadano, siguiendo los lineamientos impartidos por la autoridad competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Evaluar la calidad y \u00a0pertinencia de los servicios prestados, en coordinaci\u00f3n con otras \u00e1reas de la \u00a0entidad, as\u00ed como hacer seguimiento, monitoreo y preparar informes sobre la \u00a0atenci\u00f3n de los casos de solicitudes, quejas y reclamos asociados a la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios, recibidos por los diferentes canales, de acuerdo a la \u00a0normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Trabajar en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Secretar\u00eda General en la construcci\u00f3n de una cultura de servicio y \u00a0atenci\u00f3n al ciudadano al interior de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dise\u00f1ar con la Oficina de \u00a0Inform\u00e1tica y Desarrollo Tecnol\u00f3gico, todas las l\u00edneas de mensajes que se \u00a0impartan desde la Entidad hacia los usuarios internos y externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Atender las peticiones, \u00a0quejas, reclamos, sugerencias y denuncias relacionadas con asuntos de su \u00a0competencia, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Adelantar las acciones necesarias \u00a0para obtener, usar y gestionar las marcas y patentes y otros derechos de \u00a0propiedad intelectual desarrolladas por el INM ante la autoridad competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Vigencia y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0modifica en lo pertinente el Decreto Ley 4175 \u00a0de 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 21 de \u00a0enero de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio, \u00a0Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Antonio Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 062 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 21) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.564, enero 21 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0estructura del Instituto Nacional de Metrolog\u00eda (INM). \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-54926","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54926","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54926"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54926\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54926"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54926"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54926"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}