{"id":54973,"date":"2023-08-23T19:23:56","date_gmt":"2023-08-23T19:23:56","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-154-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:23:56","modified_gmt":"2023-08-23T19:23:56","slug":"decreto-154-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-154-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 154 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 154 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(febrero 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.585, febrero 11 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adiciona la Secci\u00f3n \u00a04 al Cap\u00edtulo 2 del T\u00edtulo 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, en lo relacionado con el \u00a0registro y funcionamiento de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en \u00a0Empresa (UVAE) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en \u00a0particular la conferida por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a01991, los art\u00edculos 41 y 42 de .la Ley 1636 de 2013, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 54 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a01991 establece que \u201cEs obligaci\u00f3n del Estado y de los empleadores ofrecer \u00a0formaci\u00f3n y habilitaci\u00f3n profesional y t\u00e9cnica a quienes lo requieran. El \u00a0Estado debe propiciar la ubicaci\u00f3n laboral de las personas en edad de trabajar \u00a0y garantizar a los minusv\u00e1lidos el derecho a un trabajo acorde con sus \u00a0condiciones de salud\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 4108 de 2011, \u00a0\u201cpor el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del \u00a0Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo\u201d, en su art\u00edculo \u00a01\u00ba establece como uno de sus objetivos que: \u201cEl Ministerio de Trabajo \u00a0fomenta pol\u00edticas y estrategias para la generaci\u00f3n de empleo estable, la \u00a0formalizaci\u00f3n laboral, la protecci\u00f3n a los desempleados, la formaci\u00f3n de los \u00a0trabajadores, la movilidad laboral, las pensiones y otras prestaciones\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 5\u00b0 del art\u00edculo \u00a02\u00b0 del referido decreto establece que una de las funciones del Ministerio del \u00a0Trabajo es \u201cFormular, dirigir y evaluarlas pol\u00edticas y lineamientos de \u00a0formaci\u00f3n para el trabajo, la normalizaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de competencias \u00a0laborales y su articulaci\u00f3n con las pol\u00edticas de formaci\u00f3n del capital humano, \u00a0en coordinaci\u00f3n con otras entidades competentes\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 14 del art\u00edculo \u00a02\u00b0 del Decreto 4108 de 2011, \u00a0tambi\u00e9n establece como una de las funciones del Ministerio del Trabajo \u201cEjercer, \u00a0en el marco de sus competencias, la prevenci\u00f3n, inspecci\u00f3n, control y \u00a0vigilancia del cumplimiento de las normas sustantivas y procedimentales en \u00a0materia de trabajo y empleo, e imponer las sanciones establecidas en el r\u00e9gimen \u00a0legal vigente\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 18 del mismo \u00a0decreto, asign\u00f3 a la Direcci\u00f3n de Movilidad y Formaci\u00f3n para el Trabajo, entre \u00a0otras, las siguientes funciones: \u201cProponer lineamientos para el desarrollo, \u00a0adopci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de las competencias laborales de los \u00a0trabajadores\u201d; \u201cProponer pol\u00edticas sociales de apoyo e incentivos que alienten \u00a0a las empresas a invertir en educaci\u00f3n y formaci\u00f3n, y a las personas a \u00a0desarrollar sus competencias y avanzar en sus carreras\u201d, y \u201cProponer la \u00a0pol\u00edtica que permita el reconocimiento y validez internacional de las \u00a0certificaciones de competencias laborales, y la conformaci\u00f3n de un sistema de \u00a0certificaci\u00f3n de competencias laborales\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 41 de la Ley 1636 de 2013, por \u00a0medio de la cual se crea el mecanismo de protecci\u00f3n al cesante, dispone que: \u201cLa \u00a0capacitaci\u00f3n para la inserci\u00f3n laboral es el proceso de aprendizaje que se \u00a0organiza y ejecuta con el fin de preparar, desarrollar y complementar las \u00a0capacidades de las personas para el desempe\u00f1o de funciones espec\u00edficas. El \u00a0aprendizaje se basa en la pr\u00e1ctica y habilita al aprendiz para el desempe\u00f1o de \u00a0una ocupaci\u00f3n, su dise\u00f1o es modular y basado en competencias laborales\u201d. Y \u00a0agreg\u00f3 en su par\u00e1grafo que: \u201cLos procesos de capacitaci\u00f3n para la inserci\u00f3n \u00a0laboral obedecer\u00e1n a lineamientos de pertinencia, oportunidad, cobertura y \u00a0calidad establecidos por el Ministerio del Trabajo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 42 de la Ley 1636 de 2013, \u00a0estableci\u00f3 como uno de los oferentes del servicio de capacitaci\u00f3n para la \u00a0inserci\u00f3n laboral a las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresas \u00a0(UVAE), definidas en el par\u00e1grafo del mismo art\u00edculo como \u201c(&#8230;) el \u00a0mecanismo dentro de las empresas que busca desarrollar capacidades para el \u00a0desempe\u00f1o laboral en la organizaci\u00f3n mediante procesos internos de formaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 1072 de 2015, \u00a0por medio del cual se expide el Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, \u00a0establece en el numeral 2 del art\u00edculo 2.2.6.1.4.2. que la capacitaci\u00f3n para la \u00a0inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral consiste en \u201cAcciones de formaci\u00f3n dise\u00f1adas \u00a0para la poblaci\u00f3n cesante, cuyo objetivo es reforzar sus cualificaciones u \u00a0obtener nuevas, para lograr mayores posibilidades de encontrar empleo, otras \u00a0formas de participar activamente en el mercado laboral y adquirir la cultura de \u00a0formarse continuamente para disminuir el riesgo de permanecer cesante\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en cumplimiento de lo \u00a0dispuesto en el Decreto Ley 019 de \u00a02012, \u201cpor el cual se dictan normas para suprimir o reformar \u00a0regulaciones, procedimientos y tr\u00e1mites innecesarios existentes en la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica\u201d, se solicit\u00f3 al Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica que rindiera concepto sobre el presente acto administrativo, y \u00a0mediante radicado n\u00famero 20191000323011 del 4 de octubre de 2019 emiti\u00f3 \u00a0concepto de aprobaci\u00f3n del tr\u00e1mite de registro de Unidades Vocacionales de \u00a0Aprendizaje en Empresa (UVAE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en virtud de los \u00a0anteriores considerandos, es necesario reglamentar el registro y funcionamiento \u00a0de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresas (UVAE), como un proceso \u00a0de capacitaci\u00f3n laboral interno de las empresas destinado a mejorar las \u00a0capacidades de sus trabajadores, aprendices con contrato de aprendizaje o \u00a0practicantes y de esta manera la productividad laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3n del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo. Adici\u00f3nese la Secci\u00f3n 4 al \u00a0Cap\u00edtulo 2 del T\u00edtulo 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, la cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cSECCI\u00d3N 4 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>UNIDADES VOCACIONALES DE \u00a0APRENDIZAJE EN EMPRESA (UVAE) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.1. Objeto. \u00a0La presente secci\u00f3n tiene por objeto reglamentar la capacitaci\u00f3n para la \u00a0inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral de que tratan los art\u00edculos 41 y 42 de la Ley 1636 de 2013, que \u00a0podr\u00e1 ser impartida por el empleador a trav\u00e9s de las Unidades Vocacionales de \u00a0Aprendizaje en Empresa (UVAE), de manera gratuita, a sus trabajadores, sus \u00a0aprendices con contrato de aprendizaje y sus practicantes, en las actividades \u00a0que desarrollan dentro de la empresa, mejorando las competencias de las \u00a0personas y la productividad laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.2. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n. La presente secci\u00f3n aplica a \u00a0las empresas que impartan capacitaci\u00f3n laboral para .la inserci\u00f3n, reinserci\u00f3n \u00a0o mejoramiento de productividad a trav\u00e9s de las Unidades Vocacionales de \u00a0Aprendizaje en Empresa (UVAE), a sus trabajadores, sus aprendices con contrato \u00a0de aprendizaje y sus practicantes, beneficiarios de aquella y a las personas y \u00a0entidades que participan en los procesos de capacitaci\u00f3n laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las Unidades \u00a0Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) podr\u00e1n crearse por grupos d\u00e9 \u00a0empresas que, mediante acuerdos de cooperaci\u00f3n y apoyo, realicen formaci\u00f3n del \u00a0talento humano del sector econ\u00f3mico al cual pertenecen. Estas UVAE estar\u00e1n \u00a0sujetas a las condiciones establecidas en la presente secci\u00f3n, especialmente a \u00a0las contempladas en los art\u00edculos 2.2.6.2.4.14. a 2.2.6.2.4.18. del presente \u00a0decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.3. Unidad \u00a0Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE). La Unidad Vocacional de \u00a0Aprendizaje en Empresa (UVAE), es un mecanismo de capacitaci\u00f3n, comprendido por \u00a0espacios, bienes y servicios implementados en una empresa que permiten el \u00a0desarrollo y fortalecimiento de capacidades para el desempe\u00f1o laboral, mediante \u00a0procesos internos de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.4. Definiciones. \u00a0Para efectos de la aplicaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de la presente secci\u00f3n se \u00a0utilizar\u00e1n las siguientes definiciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ambiente de aprendizaje: Conjunto \u00a0de instalaciones, estructuras, mecanismos, herramientas, equipos y material a \u00a0trav\u00e9s del cual se desarrolla o facilita el proceso de aprendizaje laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Capacitaci\u00f3n laboral: Proceso \u00a0por medio del cual se adquieren conocimientos, destrezas o habilidades y \u00a0actitudes para el desempe\u00f1o en una determinada actividad empresarial. Comprende \u00a0el conjunto de actividades funcionales e integrales cuyo prop\u00f3sito es \u00a0satisfacer adecuada y oportunamente las necesidades espec\u00edficas de desarrollo, \u00a0complementaci\u00f3n y perfeccionamiento de las competencias laborales que requieren \u00a0los trabajadores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Competencia: Capacidad \u00a0demostrada para poner en acci\u00f3n conocimientos, habilidades o destrezas y \u00a0actitudes que hacen posible su desempe\u00f1o en diversos contextos sociales. Se \u00a0evidencia a trav\u00e9s del logro de los Resultados de Aprendizaje. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conocimientos: Resultado \u00a0de la asimilaci\u00f3n de informaci\u00f3n gracias al aprendizaje; acervo de hechos, \u00a0principios, teor\u00edas y pr\u00e1cticas relacionadas con un campo de trabajo o estudio \u00a0concreto. Los conocimientos se describen como te\u00f3ricos o pr\u00e1cticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Cualificaci\u00f3n: Reconocimiento \u00a0formal que otorga una instituci\u00f3n autorizada despu\u00e9s de un proceso de \u00a0evaluaci\u00f3n a una persona que ha demostrado las competencias expresadas en \u00a0t\u00e9rminos de Resultados de Aprendizaje definidos y vinculados a un nivel de \u00a0cualificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estructura de contenidos: Criterios, \u00a0planes, metodolog\u00edas, procesos y recursos humanos, t\u00e9cnicos y f\u00edsicos que \u00a0contribuyen a la capacitaci\u00f3n integral y permiten el desarrollo de capacidades \u00a0para el desempe\u00f1o laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Equipo de entrenamiento: Instrumentos, \u00a0dispositivos, herramientas y elementos utilizados por un trabajador durante la \u00a0etapa de entrenamiento, en un ambiente de capacitaci\u00f3n con riesgos controlados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estructura para \u00a0entrenamiento: Conjunto de partes que permiten simular la actividad productiva, \u00a0sus esfuerzos y condiciones, dise\u00f1ada y avalada por un profesional id\u00f3neo, con \u00a0el fin de aprender determinada actividad productiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Entrenador: Persona \u00a0encargada de conducir, facilitar, orientar, supervisar y evaluar la asimilaci\u00f3n \u00a0de los conocimientos y habilidades de las personas en proceso de capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Habilidades: Capacidades \u00a0o aptitudes para aplicar conocimientos y utilizar t\u00e9cnicas con el fin de \u00a0completar tareas y resolver problemas. Las habilidades se describen como \u00a0cognitivas, fundamentadas en el uso del pensamiento l\u00f3gico, intuitivo y \u00a0creativo y pr\u00e1cticas, fundamentadas en la destreza manual y en el uso de \u00a0m\u00e9todos, materiales, herramientas e instrumentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Personal id\u00f3neo: Persona \u00a0capacitada para desempe\u00f1arse en la actividad que va a formar y que adem\u00e1s \u00a0cuenta con la experiencia laboral espec\u00edfica en ese campo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Plan de capacitaci\u00f3n: Entendido \u00a0como la estructura del programa de capacitaci\u00f3n, que debe incluir las metas, \u00a0los recursos involucrados, los m\u00e9todos pedag\u00f3gicos y las herramientas de \u00a0evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.5. Capacitaci\u00f3n \u00a0impartida por las empresas mediante las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en \u00a0Empresa (UVAE): La capacitaci\u00f3n impartida en la Unidad Vocacional de Aprendizaje \u00a0en Empresa (UVAE) se denominar\u00e1 capacitaci\u00f3n laboral. La oferta de capacitaci\u00f3n \u00a0que se ofrezca en las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) \u00a0debe orientarse bajo los siguientes principios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Calidad del aprendizaje: Correspondencia \u00a0entre los procesos de orden t\u00e9cnico y pedag\u00f3gico, utilizados en los procesos, \u00a0para adquirir conocimientos, habilidades o destrezas y actitudes, que permitan \u00a0el mejor desempe\u00f1o laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Gratuidad de la \u00a0capacitaci\u00f3n: Los procesos de capacitaci\u00f3n para la inserci\u00f3n laboral \u00a0impartidos mediante Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE) en \u00a0ning\u00fan caso generar\u00e1n costos a los beneficiarios de la capacitaci\u00f3n laboral. \u00a0Los costos ser\u00e1n asumidos por el empleador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Pertinencia de la \u00a0capacitaci\u00f3n: Compatibilidad entre los planes de capacitaci\u00f3n ofertados con \u00a0las exigencias requeridas para el mejor desempe\u00f1o laboral en las funciones \u00a0desarrolladas por los beneficiarios de la capacitaci\u00f3n laboral, en el marco del \u00a0objeto social de la empresa o actividad econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Oportunidad: La \u00a0capacitaci\u00f3n ofrecida a trav\u00e9s de la Unidad Vocacional de Aprendizaje en \u00a0Empresa (UVAE) deber\u00e1 atender oportunamente una necesidad concreta del ciclo \u00a0productivo, destinado a mejorar los procesos y procedimientos de la empresa, \u00a0para generar mayor productividad laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.6. Beneficiarios de la capacitaci\u00f3n laboral. Podr\u00e1n \u00a0recibir capacitaci\u00f3n a trav\u00e9s de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en \u00a0Empresa (UVAE) los trabajadores que presten sus servicios a la empresa \u00a0responsable de la respectiva Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa \u00a0(UVAE), en especial aquellos en proceso de inducci\u00f3n; as\u00ed mismo, podr\u00e1n ser \u00a0beneficiarios los aprendices con contrato de aprendizaje o practicantes, en \u00a0desarrollo de su funci\u00f3n productiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.7. Procesos \u00a0de capacitaci\u00f3n laboral. Los procesos de capacitaci\u00f3n laboral que \u00a0impartan las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) ser\u00e1n \u00a0te\u00f3ricos y pr\u00e1cticos; deber\u00e1n integrar en su estructura las competencias para \u00a0las diferentes funciones a cargo de los trabajadores, o personal externo \u00a0beneficiario y se dise\u00f1ar\u00e1n a partir de los perfiles ocupacionales que se \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las empresas registradas para \u00a0impartir formaci\u00f3n mediante las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa \u00a0(UVAE) podr\u00e1n ofrecer procesos de capacitaci\u00f3n laboral en desarrollo de las \u00a0pol\u00edticas de responsabilidad social empresarial y desarrollo de proveedores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las empresas que \u00a0requieran para el cumplimiento de sus obligaciones contratar personal residente \u00a0en el lugar de las obras, podr\u00e1n capacitarlo utilizando el mecanismo Unidad \u00a0Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los procesos de \u00a0capacitaci\u00f3n laboral obedecer\u00e1n a lineamientos de pertinencia, oportunidad, \u00a0cobertura y calidad que para el efecto expida el Ministerio del Trabajo, a m\u00e1s \u00a0tardar el 1\u00b0 de julio de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3. Los procesos de \u00a0capacitaci\u00f3n laboral impartidos por las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en \u00a0Empresa (UVAE) desarrollar\u00e1n y certificar\u00e1n competencias que hacen parte de una \u00a0cualificaci\u00f3n en el Subsistema de Formaci\u00f3n para el Trabajo en el Marco del \u00a0Sistema Nacional de Cualificaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.8. Duraci\u00f3n \u00a0m\u00e1xima de la capacitaci\u00f3n laboral. Los procesos de capacitaci\u00f3n \u00a0impartidos por las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) no \u00a0podr\u00e1n superar las ciento cincuenta y nueve (159) horas, en el marco de la \u00a0formaci\u00f3n complementaria. La duraci\u00f3n total de la capacitaci\u00f3n depender\u00e1 de los \u00a0perfiles ocupacionales y las condiciones particulares de cada empresa o \u00a0actividad econ\u00f3mica, de tal forma que permita contar con mecanismos flexibles, \u00a0innovadores y adaptables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.9. Dise\u00f1o de \u00a0los procesos de capacitaci\u00f3n laboral. Los procesos de capacitaci\u00f3n \u00a0que impartan las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE), se \u00a0desarrollar\u00e1n a trav\u00e9s de m\u00f3dulos te\u00f3ricos y pr\u00e1cticos. El dise\u00f1o de los \u00a0procesos de capacitaci\u00f3n deber\u00e1 se\u00f1alar como m\u00ednimo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Objetivo por alcanzar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Tiempo de duraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Perfil de ingreso \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Perfil de egreso \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Resultados de aprendizaje \u00a0esperados \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Criterios de evaluaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Plan de seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.10. Finalidad \u00a0de los procesos de capacitaci\u00f3n laboral. Adem\u00e1s de lo dispuesto en \u00a0el art\u00edculo 2.2.6.2.4.7. del presente decreto, los procesos de capacitaci\u00f3n \u00a0impartidos por las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) \u00a0deben: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Orientar el desarrollo de \u00a0competencias en las personas de manera adecuada y oportuna, para mejorar o \u00a0complementar sus capacidades y desempe\u00f1o en el campo laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Satisfacer las necesidades \u00a0de las empresas y del sector productivo teniendo en cuenta los perfiles \u00a0ocupacionales definidos por las empresas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.11. Evaluaci\u00f3n \u00a0de la capacitaci\u00f3n laboral. Las empresas que cuentan con \u00a0Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE) deber\u00e1n dise\u00f1ar e \u00a0implementar instrumentos que permitan medir el grado en que las personas en \u00a0capacitaci\u00f3n logran alcanzar los resultados previstos. De la evaluaci\u00f3n \u00a0mantendr\u00e1n evidencia documental f\u00edsica o digital, disponible para la expedici\u00f3n \u00a0de copias y para el requerimiento de las autoridades administrativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las empresas que \u00a0cuentan con Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE) planificar\u00e1n los \u00a0procesos de capacitaci\u00f3n que impartan, de modo que logren asegurar la \u00a0transferencia del conocimiento mediante la adopci\u00f3n de mecanismos de \u00a0seguimiento y evaluaciones permanentes debidamente documentadas. As\u00ed mismo \u00a0verificar\u00e1n los resultados de aprendizaje y su aplicaci\u00f3n espec\u00edfica en la \u00a0actividad econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.12. Perfil \u00a0de los entrenadores. Para impartir los procesos de capacitaci\u00f3n laboral, las \u00a0Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) deber\u00e1n contar con personal \u00a0id\u00f3neo de acuerdo con la actividad econ\u00f3mica que desarrolla la empresa, para \u00a0tal efecto deber\u00e1n acreditar t\u00edtulo o certificaci\u00f3n del entrenador en el tema \u00a0respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.13. Alianzas. La \u00a0capacitaci\u00f3n impartida a trav\u00e9s de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en \u00a0Empresa (UVAE) podr\u00e1 realizarse en alianza con: el Servicio Nacional de \u00a0Aprendizaje (Sena); Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar; e Instituciones de \u00a0Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Internacional, con acreditaci\u00f3n de acuerdo con el tema \u00a0o sector econ\u00f3mico a que se dirige la capacitaci\u00f3n en los respectivos pa\u00edses de \u00a0origen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El convenio o acuerdo a trav\u00e9s \u00a0del cual se establece la respectiva alianza deber\u00e1 registrarse en el aplicativo \u00a0virtual dispuesto por el Ministerio del Trabajo para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.14. Registro \u00a0de las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE). Todas \u00a0las empresas que implementen el mecanismo de capacitaci\u00f3n de Unidad Vocacional \u00a0de Aprendizaje en Empresa (UVAE), deber\u00e1n registrarla en el aplicativo virtual \u00a0dispuesto para tal fin por el Ministerio del Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para el registro de la Unidad \u00a0Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE), la empresa deber\u00e1 adjuntar los \u00a0siguientes documentos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Solicitud suscrita por el \u00a0representante legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Copia del certificado de \u00a0existencia y representaci\u00f3n expedido por la C\u00e1mara de Comercio respectiva, con \u00a0vigencia m\u00e1xima de tres (3) meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Documento que describa el \u00a0ambiente de aprendizaje (incluyendo estructura f\u00edsica especial, si se \u00a0requiere). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Documento con el dise\u00f1o de \u00a0los procesos, de acuerdo con lo dispuesto en los art\u00edculos 2.2.6.2.4.7., \u00a02.2.6.2.4.9. y 2.2.6.2.4.10. del presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Para cada entrenador, deber\u00e1 \u00a0aportarse el t\u00edtulo o certificaci\u00f3n emitida por el Sena, la Instituci\u00f3n de \u00a0Educaci\u00f3n Superior o .la Instituci\u00f3n de Educaci\u00f3n para el Trabajo y el \u00a0Desarrollo Humano, seg\u00fan corresponda, que lo certifique en el tema respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Convenio o acuerdo, en el \u00a0caso que la capacitaci\u00f3n laboral sea impartida a trav\u00e9s de alianzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.15. Verificaci\u00f3n \u00a0documental. La Direcci\u00f3n de Movilidad y Formaci\u00f3n para el Trabajo del \u00a0Ministerio del Trabajo o quien haga sus veces, dentro de los quince (15) d\u00edas \u00a0h\u00e1biles posteriores a la recepci\u00f3n de la solicitud de registro de la Unidad \u00a0Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE), verificar\u00e1 el cumplimiento o no de \u00a0las condiciones establecidas en la presente secci\u00f3n para la inscripci\u00f3n en el \u00a0registro, con base en los documentos cargados en el aplicativo virtual referido \u00a0en el art\u00edculo 2.2.6.2.4.14. del presente decreto. Si es del caso, esta \u00a0dependencia solicitar\u00e1 las adiciones o aclaraciones que considere necesarias \u00a0para que proceda dicha inscripci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.16. Inscripci\u00f3n \u00a0en el registro. Verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas, la \u00a0Direcci\u00f3n de Movilidad y Formaci\u00f3n para el Trabajo del Ministerio del Trabajo o \u00a0quien haga sus veces, proceder\u00e1 a la inscripci\u00f3n de la Unidad Vocacional de \u00a0Aprendizaje en Empresa (UVAE) en el registro virtual de que trata el art\u00edculo \u00a02.2.6.2.4.14. del presente decreto y comunicar\u00e1 lo pertinente al representante \u00a0legal de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Unidad Vocacional \u00a0de Aprendizaje en Empresa (UVAE) podr\u00e1 capacitar a sus trabajadores, sus \u00a0aprendices con contrato de aprendizaje y sus practicantes y expedir las \u00a0certificaciones correspondientes, \u00fanicamente a partir de la fecha en que el \u00a0Ministerio del Trabajo, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n de Movilidad y Formaci\u00f3n para \u00a0el Trabajo o quien haga sus veces, la inscriba en el registro virtual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.17. Permanencia \u00a0en el registro. Para permanecer en el registro, las Unidades Vocacionales de \u00a0Aprendizaje en Empresa (UVAE) deber\u00e1n mantener las condiciones jur\u00eddicas, \u00a0operativas y t\u00e9cnicas se\u00f1aladas en la presente secci\u00f3n y en las normas que las \u00a0complementen, modifiquen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.18. Seguimiento \u00a0y evaluaci\u00f3n. El Ministerio del Trabajo realizar\u00e1 revisiones a la \u00a0informaci\u00f3n cargada al aplicativo y visitas t\u00e9cnicas de verificaci\u00f3n a las \u00a0Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) para establecer el \u00a0cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente secci\u00f3n, de las \u00a0cuales se generar\u00e1n las observaciones respectivas. En caso de requerirse, el \u00a0Ministerio solicitar\u00e1 un plan de mejoramiento que garantice el cumplimiento de \u00a0dichas condiciones, el cual deber\u00e1 presentarse dentro de los quince (15) d\u00edas \u00a0calendario siguientes a la terminaci\u00f3n de la visita t\u00e9cnica e implementarse \u00a0dentro del t\u00e9rmino m\u00e1ximo de un (1) mes, contado a partir de la aprobaci\u00f3n del \u00a0plan de mejoramiento por parte de la Direcci\u00f3n de Movilidad de Formaci\u00f3n para \u00a0el Trabajo del Ministerio del Trabajo, o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Transcurrido cualquiera de los \u00a0t\u00e9rminos anteriores sin que la empresa presente o implemente el plan de \u00a0mejoramiento, seg\u00fan corresponda, su registro ser\u00e1 suspendido en el aplicativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando la empresa certifique el \u00a0cumplimiento de las condiciones consignadas en el plan de mejoramiento se \u00a0habilitar\u00e1 nuevamente su registro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.19. Certificaci\u00f3n \u00a0de los procesos de capacitaci\u00f3n laboral. Las Unidades \u00a0Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) registradas ante el Ministerio \u00a0del Trabajo certificar\u00e1n las competencias adquiridas \u00fanicamente por sus \u00a0trabajadores, sus aprendices con contrato de aprendizaje y sus practicantes que \u00a0cursaron y aprobaron el respectivo proceso. La certificaci\u00f3n de capacitaci\u00f3n \u00a0laboral contendr\u00e1 como m\u00ednimo la siguiente informaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Nombre o raz\u00f3n social de la \u00a0empresa que registr\u00f3 la Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. N\u00famero de registro de la \u00a0Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa (UVAE), asignado por el Ministerio \u00a0del Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Nombre y n\u00famero de registro \u00a0del programa de capacitaci\u00f3n; este \u00faltimo asignado por el Ministerio del \u00a0Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Competencia adquirida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Nombres y apellidos del trabajador, aprendiz con contrato de \u00a0aprendizaje o practicante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. N\u00famero de identificaci\u00f3n del \u00a0trabajador, aprendiz con contrato de aprendizaje o practicante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Intensidad horaria del programa \u00a0de capacitaci\u00f3n desarrollado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fechas entre las cuales se \u00a0realiz\u00f3 la capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Fecha de expedici\u00f3n de la \u00a0certificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Nombre, apellidos y firma \u00a0del entrenador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Nombre, apellidos y firma \u00a0del representante legal de la empresa o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Opcionalmente tambi\u00e9n podr\u00e1 \u00a0tener firma del responsable de la Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa \u00a0(UVAE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las Unidades \u00a0Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE) deber\u00e1n cargar en el aplicativo \u00a0virtual se\u00f1alado en el art\u00edculo 2.2.6.2.4.14. de este decreto, los listados de \u00a0sus trabajadores, sus aprendices con contrato de aprendizaje y sus practicantes \u00a0que cursaron y aprobaron el proceso de capacitaci\u00f3n, dentro de los cinco (5) \u00a0d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la terminaci\u00f3n del curso, para que estos certificados \u00a0puedan ser consultados a trav\u00e9s del mencionado aplicativo virtual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.20. Divulgaci\u00f3n. \u00a0El Ministerio del Trabajo publicar\u00e1 peri\u00f3dicamente en su p\u00e1gina \u00a0web las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE), procesos y \u00a0personas certificadas que se encuentren registradas en el aplicativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.6.2.4.21. Inspecci\u00f3n, \u00a0vigilancia y control. El Ministerio del Trabajo ejercer\u00e1 las \u00a0funciones de inspecci\u00f3n, vigilancia y control frente al cumplimiento de las \u00a0disposiciones referidas en la presente secci\u00f3n, de conformidad con las normas \u00a0que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y adiciona la Secci\u00f3n 4 al \u00a0Cap\u00edtulo 2 del T\u00edtulo 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 11 de \u00a0febrero de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Custodio Cabrera B\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 154 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (febrero 11) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.585, febrero 11 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se adiciona la Secci\u00f3n \u00a04 al Cap\u00edtulo 2 del T\u00edtulo 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, en lo relacionado con el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-54973","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54973","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=54973"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/54973\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=54973"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=54973"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=54973"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}