{"id":55002,"date":"2023-08-23T19:23:57","date_gmt":"2023-08-23T19:23:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-205-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:23:57","modified_gmt":"2023-08-23T19:23:57","slug":"decreto-205-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-205-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 205 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 205 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(febrero 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.600, febrero 26 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adiciona el Decreto 1077 de 2015 \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado \u00a0con la expedici\u00f3n de licencias urban\u00edsticas para el Departamento Archipi\u00e9lago \u00a0de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, con posterioridad a la \u00a0declaratoria de situaci\u00f3n de desastre o calamidad p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus \u00a0facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 90 de la Ley 1523 de 2012, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el art\u00edculo 1\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u201cColombia \u00a0es un Estado social de derecho, organizado en forma de Rep\u00fablica unitaria, \u00a0descentralizada, con autonom\u00eda de sus entidades territoriales, democr\u00e1tica, \u00a0participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el \u00a0trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia \u00a0del inter\u00e9s general.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con los \u00a0art\u00edculos 81 y 91 de la Ley 1523 de 2012, le \u00a0corresponde al Gobierno nacional la reglamentaci\u00f3n de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n \u00a0del riesgo de desastres y establecer las condiciones para la habilitaci\u00f3n de \u00a0suelo para el desarrollo de proyectos con posterioridad a la declaratoria de \u00a0situaci\u00f3n de desastre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto 1077 de 2015 \u00a0\u201cpor medio del cual se expide el Decreto \u00danico \u00a0Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio\u201d, compila \u00a0las disposiciones reglamentarias relacionadas con la implementaci\u00f3n y control \u00a0del desarrollo territorial, dentro de las cuales se encuentran las relacionadas \u00a0con el tr\u00e1mite, estudio y expedici\u00f3n de las licencias urban\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con ocasi\u00f3n al paso del \u00a0hurac\u00e1n Iota sobre el Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina, \u00a0mediante acta del 17 de noviembre de 2020 el Consejo Nacional para la Gesti\u00f3n \u00a0del Riesgo, teniendo en cuenta los t\u00e9rminos del art\u00edculo 59 de la Ley 1523 de 2012 y de \u00a0acuerdo con la informaci\u00f3n suministrada por la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n \u00a0del Riesgo de Desastres recomend\u00f3 al Presidente de la Rep\u00fablica declarar la \u00a0situaci\u00f3n de desastre en el Departamento del Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, \u00a0Providencia y Santa Catalina, y sus cayos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica haciendo uso de sus facultades constitucionales y legales, declar\u00f3 la \u00a0existencia de una situaci\u00f3n de desastre en el Departamento Archipi\u00e9lago de San \u00a0Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, a trav\u00e9s de la expedici\u00f3n del \u00a0Decreto \u00a01472 del 18 de noviembre de 2020, por el t\u00e9rmino de doce (12) meses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el par\u00e1grafo 1\u00b0 del \u00a0art\u00edculo 4\u00b0 de la declaratoria de situaci\u00f3n de desastre, conforme lo determina \u00a0el art\u00edculo 61 de la Ley 1523 d\u00e9 2012, dentro de las l\u00edneas de acci\u00f3n del Plan \u00a0de Acci\u00f3n Espec\u00edfico se encuentra: \u201c(&#8230;) 5. Recuperaci\u00f3n y\/o Construcci\u00f3n \u00a0de vivienda (averiada y destruida)\u201d. 6. Reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica y social de la \u00a0zona acorde con las l\u00edneas que el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y dem\u00e1s \u00a0entidades pertinentes establezcan. 7. Ordenamiento territorial. 8. Alertas \u00a0tempranas. 9. Obras de emergencias y obras de prevenci\u00f3n y mitigaci\u00f3n en la \u00a0zona. (&#8230;)\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el \u00a0art\u00edculo 65 de la Ley 1523 de 2012, en \u00a0el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 1472 de 2020, \u00a0se determin\u00f3 la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen normativo especial de acuerdo con los \u00a0antecedentes, la naturaleza, la magnitud y los efectos del desastre, que \u00a0contempla disposiciones excepcionales en materia de contrataci\u00f3n del Estado, \u00a0empr\u00e9stitos, control fiscal de recursos, ocupaci\u00f3n, adquisici\u00f3n, expropiaci\u00f3n, \u00a0demolici\u00f3n de inmuebles e imposici\u00f3n de servidumbres, reubicaci\u00f3n de \u00a0asentamientos, soluci\u00f3n de conflictos, moratoria o refinanciaci\u00f3n de deudas, \u00a0suspensi\u00f3n de juicios ejecutivos, cr\u00e9ditos para afectados, incentivos para la \u00a0rehabilitaci\u00f3n, reconstrucci\u00f3n y el desarrollo sostenible, administraci\u00f3n y \u00a0destinaci\u00f3n de donaciones y otras medidas tendientes a garantizar el regreso a \u00a0la normalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que bajo el principio de \u00a0diversidad cultural establecido en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la Ley 1523 de 2012, en \u00a0reconocimiento de los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales de las \u00a0personas, los procesos de la gesti\u00f3n del riesgo deben ser respetuosos de las \u00a0particularidades culturales de cada comunidad y aprovechar al m\u00e1ximo los \u00a0recursos culturales de la misma, lo cual cobra especial importancia en el \u00a0Departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina y sus \u00a0cayos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo anterior, y \u00a0teniendo en cuenta que es de inter\u00e9s del Gobierno nacional, agilizar los \u00a0procesos de reconstrucci\u00f3n para que se realice en el menor tiempo posible, se \u00a0requiere, en consecuencia, la adopci\u00f3n de medidas especiales para la respuesta \u00a0y recuperaci\u00f3n entendidas como: rehabilitaci\u00f3n y reconstrucci\u00f3n de las \u00a0viviendas, as\u00ed como de los equipamientos y dem\u00e1s edificaciones que soporten las \u00a0condiciones socioecon\u00f3micas de los habitantes ubicados en suelo rural del \u00a0Departamento Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina y sus \u00a0cayos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3nese al \u00a0art\u00edculo 2.2.6.3.6 del Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario 1077 de 2015 del sector Vivienda, Ciudad y Territorio, \u00a0el siguiente par\u00e1grafo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio. Mientras \u00a0subsista la Declaratoria de Situaci\u00f3n de Desastre en el Departamento del \u00a0Archipi\u00e9lago de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, en los \u00a0t\u00e9rminos previstos en la Ley 1523 de 2012, las \u00a0obras de reconstrucci\u00f3n de vivienda rural, equipamientos, posadas nativas y \u00a0establecimientos de comercio, de los habitantes que resultaron afectados en el \u00a0suelo rural, no requerir\u00e1n la expedici\u00f3n de licencias urban\u00edsticas en \u00a0cualquiera de sus modalidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso, las obras de reconstrucci\u00f3n \u00a0se efectuar\u00e1n, seg\u00fan lo previsto en la Evaluaci\u00f3n de Da\u00f1os y An\u00e1lisis de \u00a0Necesidades, adelantada por la entidad territorial, as\u00ed como por el Plan de \u00a0Acci\u00f3n Espec\u00edfico de que trata el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 1472 de 2020, \u00a0salvo cuando la implantaci\u00f3n de estas o parte de ellas se encuentren \u00a0localizadas en las zonas descritas en el art\u00edculo 2.2.6.3.3 del presente \u00a0decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La entidad p\u00fablica \u00a0administradora de los recursos o la entidad territorial deber\u00e1 certificar que \u00a0los dise\u00f1os cumplen con lo dispuesto en el Reglamento Colombiano de \u00a0Construcci\u00f3n Sismo Resistente NSR-10, junto con las Normas T\u00e9cnicas Colombianas \u00a0que la integran, as\u00ed como las normas que lo complementen, modifiquen, adicionen \u00a0o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las obras de rehabilitaci\u00f3n y \u00a0reparaci\u00f3n de vivienda rural, equipamientos, posadas nativas y establecimientos \u00a0que se determinen en la Evaluaci\u00f3n de Da\u00f1os y An\u00e1lisis de Necesidades \u00a0adelantada por la entidad territorial, as\u00ed como por el Plan de Acci\u00f3n \u00a0Espec\u00edfico de que trata el art\u00edculo 4\u00b0 del Decreto 1472 de 2020, \u00a0tampoco requerir\u00e1n de licencia de construcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, \u00a0adiciona un par\u00e1grafo al art\u00edculo 2.2.6.3.6 del Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 6 de la \u00a0Parte 2 del Libro 2 del Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario 1077 de 2015, del sector Vivienda, Ciudad y Territorio; \u00a0y deroga las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de \u00a0febrero de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Vivienda, Ciudad \u00a0y Territorio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jonathan Tybalt Malag\u00f3n Gonz\u00e1lez. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 205 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (febrero 26) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.600, febrero 26 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se adiciona el Decreto 1077 de 2015 \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo relacionado \u00a0con la expedici\u00f3n de licencias urban\u00edsticas para el Departamento Archipi\u00e9lago \u00a0de San Andr\u00e9s, Providencia y Santa [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55002","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55002","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55002"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55002\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55002"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55002"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55002"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}