{"id":55011,"date":"2023-08-23T19:23:58","date_gmt":"2023-08-23T19:23:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-230-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:23:58","modified_gmt":"2023-08-23T19:23:58","slug":"decreto-230-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-230-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 230 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 230 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(marzo 2) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.605, marzo 3 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea y organiza \u00a0el Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial \u00a0las que le confieren los art\u00edculos 189 numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y 32, 43 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los art\u00edculos 1\u00b0, 2\u00b0, 3\u00b0 y 103 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0se\u00f1alan que la participaci\u00f3n ciudadana es un principio, un derecho fundamental, \u00a0y un fin esencial del Estado Social de Derecho, raz\u00f3n por la cual la ciudadan\u00eda \u00a0tiene un rol determinante en los asuntos p\u00fablicos que implica la obligaci\u00f3n del \u00a0Estado de facilitar su participaci\u00f3n en la toma de decisiones sobre los asuntos \u00a0que les\u00b7 afecten en los \u00e1mbitos pol\u00edticos, econ\u00f3micos, administrativos y \u00a0culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la participaci\u00f3n ciudadana \u00a0en el \u00e1mbito administrativo del Estado se manifiesta en la incidencia ciudadana \u00a0en las diferentes fases del ciclo de la gesti\u00f3n p\u00fablica, diagn\u00f3stico, \u00a0formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en tal sentido, el art\u00edculo \u00a032 de Ley 489 de 1998, \u201cPor \u00a0la cual se dictan normas sobre la organizaci\u00f3n y funcionamiento de las \u00a0entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas \u00a0generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y \u00a016 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0se dictan otras disposiciones\u201d, orienta la democratizaci\u00f3n de la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica e indica, entre otros aspectos, que las instituciones p\u00fablicas deben \u00a0promover ejercicios de participaci\u00f3n ciudadana, incluyendo acciones de \u00a0rendici\u00f3n de cuentas de su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1757 de 2015, \u00a0\u201cPor la cual se dictan disposiciones en materia de promoci\u00f3n y protecci\u00f3n del \u00a0derecho a la participaci\u00f3n democr\u00e1tica\u201d, define la rendici\u00f3n de cuentas como el \u00a0proceso asociado al conjunto de acciones institucionales orientadas a facilitar \u00a0la participaci\u00f3n ciudadana en la fase de evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las entidades p\u00fablicas llevan a cabo la formulaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de las acciones de rendici\u00f3n de cuentas atendiendo lo se\u00f1alado las \u00a0Leyes 1474 de 2011, 1712 de 2014, 1757 de 2015, el Decreto 612 de 2018, \u00a0el Manual \u00danico de Rendici\u00f3n de Cuentas y las orientaciones del Modelo \u00a0Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n, seg\u00fan el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la ciudadan\u00eda eval\u00faa la \u00a0gesti\u00f3n de las instituciones p\u00fablicas en lo referente a sus resultados, el \u00a0avance en la garant\u00eda de derechos ciudadanos y el cumplimiento de objetivos de \u00a0desarrollo sostenible; de ah\u00ed la necesidad de contemplar una mirada sist\u00e9mica \u00a0que oriente un ejercicio de evaluaci\u00f3n ciudadana integral y articulada, que \u00a0reconozca la din\u00e1mica interinstitucional e intersectorial de las pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 43 de \u00a0la Ley 489 de 1998 estableci\u00f3 \u00a0que el Gobierno nacional podr\u00e1 organizar sistemas administrativos nacionales \u00a0con el fin de coordinar las actividades estatales y de los particulares y que, \u00a0para tal efecto, determinar\u00e1 los \u00f3rganos o entidades a los cuales corresponde \u00a0desarrollar las actividades de direcci\u00f3n, programaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica es la entidad del Gobierno nacional l\u00edder \u00a0de la pol\u00edtica de participaci\u00f3n ciudadana en la gesti\u00f3n\u00b7 p\u00fablica y de lo \u00a0referente al desarrollo de contenidos metodol\u00f3gicos en materia de rendici\u00f3n de \u00a0cuentas a trav\u00e9s del dise\u00f1o e implementaci\u00f3n del Manual \u00danico de Rendici\u00f3n de \u00a0Cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el documento de las \u00a0bases del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 \u201cPacto por Colombia \u00a0Pacto por la Equidad\u201d, contempla que el Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, en coordinaci\u00f3n\u00b7 con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0debe estandarizar el Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas como instrumento \u00a0para hacer seguimiento y evaluaci\u00f3n ciudadana de los compromisos de planeaci\u00f3n \u00a0y gesti\u00f3n de todas las ramas del poder p\u00fablico en el nivel nacional y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se hace necesario articular \u00a0el conjunto de agentes, instancias de coordinaci\u00f3n, normas, estrategias, \u00a0pol\u00edticas, programas, metodolog\u00edas y mecanismos vinculados con el ejercicio de \u00a0rendici\u00f3n de cuentas del Estado en los \u00e1mbitos nacional, departamental, \u00a0distrital y municipal, con el prop\u00f3sito de crear y organizar el Sistema \u00a0Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas en el marco del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n \u00a0y Gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Sistema Nacional \u00a0de Rendici\u00f3n de Cuentas. Cr\u00e9ase y organ\u00edcese el Sistema Nacional de Rendici\u00f3n \u00a0de Cuentas (SNRdC), con el fin de coordinar las \u00a0actividades estatales y de los particulares, relacionadas con la rendici\u00f3n de \u00a0cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Definici\u00f3n del \u00a0Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas. El Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de \u00a0Cuentas (SNRdC) es el conjunto de agentes, instancias \u00a0de coordinaci\u00f3n, principios, normas, estrategias, pol\u00edticas, programas, \u00a0metodolog\u00edas y mecanismos que se articulan para coordinar y potenciar las \u00a0actividades adelantadas en el marco de los ejercicios de rendici\u00f3n de cuentas y \u00a0facilitar el seguimiento y evaluaci\u00f3n ciudadana a los compromisos de planeaci\u00f3n \u00a0y gesti\u00f3n de las distintas entidades del Estado en los \u00e1mbitos nacional, \u00a0departamental, distrital y municipal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Componentes. El \u00a0Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El conjunto de principios, \u00a0normas, estrategias, pol\u00edticas, programas, metodolog\u00eda y mecanismos en materia \u00a0\u00b7 de participaci\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas, que implica, asimismo, la gesti\u00f3n de \u00a0recursos humanos, materiales y financieros de las entidades de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica en coordinaci\u00f3n con otros actores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las instancias de \u00a0coordinaci\u00f3n nacional y territorial del sistema, as\u00ed como las que coordinan el \u00a0Sistema de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o, el Sistema Nacional de Participaci\u00f3n el Sistema \u00a0Nacional de Integridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los nodos del Sistema, as\u00ed \u00a0como los dem\u00e1s mecanismos para la alineaci\u00f3n, gesti\u00f3n y promoci\u00f3n de los \u00a0instrumentos de pol\u00edtica de participaci\u00f3n y rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los agentes, entendidos como \u00a0las entidades y organismos del Estado de todas las ramas del poder p\u00fablico del \u00a0nivel nacional y territorial, que lideran o promuevan la rendici\u00f3n de cuentas, \u00a0el seguimiento y la evaluaci\u00f3n ciudadana a los compromisos de planeaci\u00f3n y \u00a0gesti\u00f3n de las entidades p\u00fablicas, as\u00ed como organizaciones de la sociedad \u00a0civil, cooperaci\u00f3n internacional, academia y ciudadanos que apoyen la rendici\u00f3n \u00a0de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Principios \u00a0rectores del Sistema. Los agentes e instancias de coordinaci\u00f3n del Sistema \u00a0Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas se regir\u00e1n por los siguientes principios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1 Articulaci\u00f3n. Las \u00a0acciones, instrumentos y estrategias desarrolladas en el marco del SNRdC garantizar\u00e1n la articulaci\u00f3n de recursos, actividades \u00a0y procesos, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n eficiente con los dem\u00e1s sistemas \u00a0administrativos del Estado vinculados con la rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Enfoque territorial. Las \u00a0acciones, instrumentos y estrategias del SNRdC se \u00a0ejecutar\u00e1n reconociendo las especificidades geogr\u00e1ficas, sociales, econ\u00f3micas, \u00a0\u00e9tnicas y culturales de los territorios, as\u00ed como las capacidades \u00a0institucionales diferenciadas de las entidades p\u00fablicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Enfoque diferencial. Las \u00a0acciones y estrategias del SNRdC se ejecutar\u00e1n de manera \u00a0diferenciada, reconociendo que la ciudadan\u00eda tiene caracter\u00edsticas particulares \u00a0en raz\u00f3n de su edad, etnia, condici\u00f3n de discapacidad, ingreso, orientaci\u00f3n sexual \u00a0e identidades de g\u00e9nero diverso o cualquier otra condici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Representatividad. En el \u00a0marco de las acciones del SNRdC se propender\u00e1 porque \u00a0la sociedad civil se fortalezca y organice para participar frecuentemente representando \u00a0el inter\u00e9s general, mediante el ejercicio del derecho constitucional y legal a \u00a0vigilar y controlar la gesti\u00f3n p\u00fablica y sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Empoderamiento. Las \u00a0acciones y estrategias del SNRdC tendr\u00e1n especial \u00a0atenci\u00f3n en el fortalecimiento del conocimiento, las capacidades y la \u00a0apropiaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda para el ejercicio de su derecho a la participaci\u00f3n \u00a0en la gesti\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Progresividad. Las \u00a0acciones y estrategias del SNRdC se implementar\u00e1n de \u00a0manera progresiva hacia su completa realizaci\u00f3n, en funci\u00f3n de las capacidades \u00a0y particularidades de las entidades del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Innovaci\u00f3n. Los \u00a0procesos de aprendizaje, creaci\u00f3n y construcci\u00f3n colectiva de nuevas formas de \u00a0hacer y de pensar la rendici\u00f3n de cuentas se desarrollar\u00e1n teniendo como eje la \u00a0innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Trabajo en red. El SNRdC sumar\u00e1 habilidades y capacidades de actores institucionales \u00a0y de sociedad civil, para el desarrollo de sinergias colaborativas y consecuci\u00f3n \u00a0de objetivos comunes que permitan fortalecer el proceso de rendici\u00f3n d cuentas \u00a0y la gesti\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Continuidad y permanencia: El SNRdC propender\u00e1 porque los procesos de entrega de \u00a0informaci\u00f3n e interacci\u00f3n con la ciudadan\u00eda sean continuos y permanentes, con \u00a0el fin de retroalimentar la gesti\u00f3n institucional y mejorar el proceso de \u00a0rendici\u00f3n de cuentas a la ciudadan\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Difusi\u00f3n y visibilidad: Las \u00a0acciones y estrategias del SNRdC buscar\u00e1n que lo \u00a0ejercicios de rendici\u00f3n de cuentas institucionales e interinstitucionales \u00a0generen entregas sistem\u00e1ticas de informaci\u00f3n que permitan visibilizar la \u00a0gesti\u00f3n p\u00fablica y fomentar una participaci\u00f3n y retroalimentaci\u00f3n efectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Lenguaje claro e \u00a0incluyente: El SNRdC propender\u00e1 por la generaci\u00f3n \u00a0y entrega de informaci\u00f3n a la ciudadan\u00eda de forma clara, precisa, completa, \u00a0confiable y afable, garantizando condiciones de igualdad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Objetivos del \u00a0sistema. El Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas tendr\u00e1 los siguientes \u00a0objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Fortalecer la rendici\u00f3n de \u00a0cuentas de la planeaci\u00f3n y gesti\u00f3n y de las entidades del Estado, para su \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n ciudadana a trav\u00e9s de la articulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n \u00a0oportuna de lineamientos, actores, mecanismos, procesos y herramientas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover la formulaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n y desarrollo de estrategias institucionales e \u00a0interinstitucionales de rendici\u00f3n de cuentas, con enfoque diferencial, \u00a0territorial, tem\u00e1tico y sectorial, con el fin de incentivar la transparencia de \u00a0las entidades del Estado y el derecho a la informaci\u00f3n p\u00fablica de los \u00a0ciudadanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover la participaci\u00f3n y \u00a0movilizaci\u00f3n social frente a la rendici\u00f3n de cuentas para la evaluaci\u00f3n \u00a0ciudadana de la gesti\u00f3n p\u00fablica, a trav\u00e9s de la generaci\u00f3n de escenarios de \u00a0di\u00e1logo, mecanismos, procesos y herramientas, atendiendo a un enfoque \u00a0poblacional, territorial, tem\u00e1tico y sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Incentivar la producci\u00f3n, \u00a0publicaci\u00f3n, intercambio y aprovechamiento de informaci\u00f3n clara y pertinente \u00a0para los ejercicios de rendici\u00f3n de cuentas, de acuerdo con las necesidades de \u00a0la ciudadan\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Armonizar los compromisos \u00a0institucionales e interinstitucionales resultantes de los ejercicios de \u00a0rendici\u00f3n de cuentas en el marco de los ejercicios de control social, pol\u00edtico, \u00a0disciplinario y fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Impulsar el desarrollo de \u00a0ejercicios de ideaci\u00f3n y cocreaci\u00f3n para el \u00a0desarrollo de estrategias, programas, mecanismos, herramientas y metodolog\u00edas \u00a0que generen soluciones a problemas y desaf\u00edos de los procesos de rendici\u00f3n de \u00a0cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Identificar, armonizar y \u00a0aprovechar instrumentos y mediciones que permitan evaluar y hacer seguimiento a \u00a0los resultados de las estrategias de rendici\u00f3n de cuentas desarrolladas en el \u00a0marco del SNRdC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo. 6\u00b0. Organizaci\u00f3n del \u00a0Sistema. Los \u00f3rganos que hacen parte del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de \u00a0Cuentas son: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Instancias estrat\u00e9gicas y de \u00a0coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Comit\u00e9 Nacional: instancia \u00a0m\u00e1xima de coordinaci\u00f3n y decisi\u00f3n del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n-de Cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Comit\u00e9s Territoriales: \u00a0instancias de coordinaci\u00f3n y operaci\u00f3n del Sistema en cada uno de los \u00a0departamentos y para la puesta en marcha de los nodos del Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Instancias asesoras: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A nivel nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Comit\u00e9 T\u00e9cnico de la \u00a0Relaci\u00f3n Estado Ciudadano, creado por Acuerdo No. 004 del 14 de junio de 2018, \u00a0expedido por el Consejo para la Gesti\u00f3n y el Desempe\u00f1o Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Comisi\u00f3n Nacional para la Moralizaci\u00f3n, creada por el \u00a0art\u00edculo 62 de la Ley 1474 \u00a0del 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Consejo Nacional de Participaci\u00f3n Ciudadana, creado por el \u00a0art\u00edculo 77 de la ley 1757 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A nivel territorial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Comit\u00e9s Departamentales de \u00a0Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o, creados por el Decreto 1499 de 2017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5. Consejos Departamentales \u00a0de Participaci\u00f3n Ciudadana, creados por el art\u00edculo 81 de la Ley 1757 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.6. Comisiones Regionales de \u00a0Moralizaci\u00f3n, creadas por el art\u00edculo 65 de la Ley 1474 del 2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Composici\u00f3n del \u00a0Comit\u00e9 Nacional del Sistema. El Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de \u00a0Rendici\u00f3n de Cuentas estar\u00e1 conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, o su delegado, quien lo presidir\u00e1 y \u00a0ejercer\u00e1 la coordinaci\u00f3n general del Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro del Interior, o \u00a0su delegado&#8230; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Tecnolog\u00edas \u00a0de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Secretario de \u00a0Transparencia de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Presidente del Consejo \u00a0Superior de la Judicatura, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Procurador General de la \u00a0Naci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Fiscal General de la \u00a0Naci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Contralor General de la \u00a0Rep\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Presidente de la C\u00e1mara \u00a0de Representantes y el Presidente del Senado de la Rep\u00fablica o sus delegados, \u00a0participantes de la Comisi\u00f3n Nacional de Moralizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Representante de la \u00a0Confederaci\u00f3n Colombiana de ONG o de otras federaciones de ONG elegido ante el \u00a0Consejo Nacional de Participaci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Gobernador elegido por \u00a0la Federaci\u00f3n de Departamentos ante el Consejo Nacional de Participaci\u00f3n o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Alcalde elegido por la \u00a0Federaci\u00f3n Colombiana de Municipios ante el Consejo Nacional de Participaci\u00f3n o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. El Representante de la \u00a0Asociaci\u00f3n Colombiana de Universidades (ASCUN) elegido ante el Consejo Nacional \u00a0de Participaci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Representante de los \u00a0Gremios econ\u00f3micos elegido ante el Consejo Nacional de Participaci\u00f3n o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Un representante de las \u00a0ciudades capitales designado por Asocapitales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas estar\u00e1 \u00a0a cargo del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El Comit\u00e9 \u00a0Nacional del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas se reunir presencial o \u00a0virtualmente dos (2) veces al a\u00f1o, semestralmente y cuando sea convocado por \u00a0iniciativa de la Secretaria T\u00e9cnica o por solicitud de las dos terceras partes \u00a0de los miembros de este. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Podr\u00e1n asistir \u00a0como invitados y cuando su presencia sea requerida en funci\u00f3n de los temas a \u00a0tratar, otros servidores p\u00fablicos, autoridades nacionales y regionales; \u00a0representantes de organismos y agremiaciones del sector privado nacional e \u00a0internacional y expertos, quienes tendr\u00e1n voz, pero no voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones del \u00a0Comit\u00e9 Nacional. El Comit\u00e9 Nacional adelantar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir, implementar y \u00a0potencializar estrategias, programas, instrumentos y mecanismos que faciliten \u00a0la articulaci\u00f3n entre agentes del_ Sistema, as\u00ed como con otros sistemas \u00a0relacionados con la rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar, analizar y \u00a0activar la conformaci\u00f3n de nodos que contribuyan a la rendici\u00f3n de cuentas \u00a0sist\u00e9mica bajo par\u00e1metros poblacionales, sectoriales y tem\u00e1ticos y proponer \u00a0otros mecanismos y estrategias que faciliten el empoderamiento y la \u00a0participaci\u00f3n efectiva de ciudadan\u00eda en los procesos de rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir y aprobar el plan \u00a0estrat\u00e9gico del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas, a partir de la \u00a0articulaci\u00f3n de objetivos y l\u00edneas de acci\u00f3n priorizadas; as\u00ed como el Manual \u00a0Operativo que oriente su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y articular, con \u00a0el apoyo de los agentes dinamizadores, las acciones de informaci\u00f3n, di\u00e1logo y \u00a0responsabilidad de las entidades que integren los nodos del sistema con el fin \u00a0de garantizar la evaluaci\u00f3n ciudadana de conformidad con el plan estrat\u00e9gico \u00a0definido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover la innovaci\u00f3n a \u00a0partir de las recomendaciones y experiencias adquiridas en ejercicios de \u00a0Rendici\u00f3n de Cuentas previos, para fortalecer aquellos ejercicios que se \u00a0desarrollan de manera permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Generar recomendaciones a \u00a0los proyectos normativos relevantes propuestos por las diferentes agentes del SNRdC que tengan relaci\u00f3n con la rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Solicitar a las instancias \u00a0asesoras del nivel nacional documentos de an\u00e1lisis y recomendaciones en las \u00a0actividades relacionadas con el ejercicio de rendici\u00f3n de cuentas, a partir de \u00a0insumos que presente el comit\u00e9 nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Rendir cuentas sobre las \u00a0actividades desarrolladas por el SNRdC y presentar el \u00a0informe de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar la operaci\u00f3n del SNRdC, a partir de los indicadores asociados y metas \u00a0establecidas en el Plan Estrat\u00e9gico, as\u00ed como los resultados de los ejercicios \u00a0de rendici\u00f3n de cuentas adelantados por el sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dictarse su propio \u00a0reglamento y las dem\u00e1s funciones que sean inherentes al funcionamiento del \u00a0Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Funciones de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional: La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 \u00a0Nacional del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas tendr\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Convocar al Comit\u00e9 Nacional \u00a0del Sistema, de forma ordinaria y extraordinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la implementaci\u00f3n de \u00a0los nodos de rendici\u00f3n de cuentas en el marco del SNRdC \u00a0bajo orientaci\u00f3n del Comit\u00e9 Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Registrar y hacer \u00a0seguimiento a la vinculaci\u00f3n que entidades al Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el desarrollo de \u00a0los espacios permanentes de innovaci\u00f3n en el marco del SNRdC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Garantizar el intercambio de \u00a0informaci\u00f3n necesaria entre las instancias asesoras y el Comit\u00e9 Nacional para \u00a0el desarrollo de sus roles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Articular la operaci\u00f3n del \u00a0Sistema con las secretarias t\u00e9cnicas de los Comit\u00e9 Territoriales a partir de \u00a0encuentros virtuales y mecanismos de comunicaci\u00f3n constante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar los documentos \u00a0t\u00e9cnicos necesarios para las sesiones del Comit\u00e9 Nacional, as\u00ed como elaborar y \u00a0custodiar las actas de las sesiones del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar en la elaboraci\u00f3n de \u00a0los informes de gesti\u00f3n sobre las actividades desarrolladas por el SNRdC y divulgarlos en la p\u00e1gina web del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Conformaci\u00f3n de \u00a0los Comit\u00e9s Territoriales del Sistema. Los Comit\u00e9s Territoriales del Sistema \u00a0Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas estar\u00e1n conformados por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Presidente y el \u00a0Secretario T\u00e9cnico de la Comisi\u00f3n Regional de Moralizaci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Presidente y el \u00a0Secretario T\u00e9cnico del Consejo Departamental de Participaci\u00f3n Ciudadana, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El gobernador y el \u00a0Secretario T\u00e9cnico del Comit\u00e9 Departamental de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El alcalde de la ciudad \u00a0capital del departamento o su delegado en representaci\u00f3n del Comit\u00e9 Distrital o \u00a0Municipal de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o de la ciudad\u00b7 capital correspondiente. \u00a0Par\u00e1grafo 1\u00b0. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de los Comit\u00e9s Territoriales del Sistema \u00a0Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas estar\u00e1n a cargo de la oficina de planeaci\u00f3n de \u00a0la gobernaci\u00f3n correspondiente o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los Comit\u00e9s \u00a0Territoriales del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas se reunir\u00e1n \u00a0presencial o virtualmente dos (2) veces al a\u00f1o, semestralmente y cuando sea \u00a0convocado por iniciativa de la Secretaria T\u00e9cnica del mismo o por solicitud de \u00a0las dos terceras partes de los miembros de este. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Podr\u00e1n asistir \u00a0como invitados y cuando su presencia sea requerida en funci\u00f3n de los temas a \u00a0tratar, otros servidores p\u00fablicos, autoridades nacionales y regionales, \u00a0representantes de organismos y agremiaciones del sector privado nacional e \u00a0internacional y expertos, quienes tendr\u00e1n voz, pero no voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones de los \u00a0Comit\u00e9s Territoriales. Los Comit\u00e9s Territoriales del Sistema Nacional de \u00a0Rendici\u00f3n de Cuentas adelantar\u00e1n las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Identificar, articular y \u00a0apoyar a los actores locales en torno al desarrollo de nodos en su territorio, \u00a0para la generaci\u00f3n de ejercicios colaborativos de rendici\u00f3n de cuentas bajo \u00a0par\u00e1metros poblacionales, sectoriales y tem\u00e1ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las acciones de \u00a0informaci\u00f3n, di\u00e1logo y responsabilidad de las entidades que integren el Sistema \u00a0en el respectivo territorio, con el fin de garantizar la evaluaci\u00f3n ciudadana \u00a0de conformidad con los lineamientos, instrumentos y herramientas definidos por \u00a0el Comit\u00e9 Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Solicitar a las instancias \u00a0asesoras del nivel territorial documentos de an\u00e1lisis y recomendaciones en las \u00a0actividades relacionadas con el ejercicio de rendici\u00f3n de. cuentas, a partir de \u00a0insumos que presente el comit\u00e9 territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar recomendaciones \u00a0y aprendizajes que surjan al interior de cada nodo desarrollado en el \u00a0territorio para fortalecer los ejercicios de rendici\u00f3n de cuentas de manera \u00a0permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Rendir los informes que \u00a0requiera el Comit\u00e9 Nacional del Sistema, sobre la gesti\u00f3n adelantada y la \u00a0operaci\u00f3n del SNRdC en su territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Elevar, a trav\u00e9s de la secretaria t\u00e9cnica, solicitudes y recomendaciones en \u00a0materia d rendici\u00f3n de cuentas ante el Comit\u00e9 Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dictarse su propio reglamento y las dem\u00e1s funciones que sean \u00a0inherentes al funcionamiento del Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones de la \u00a0Secretar\u00eda T\u00e9cnica de los Comit\u00e9s Territoriales del Sistema. La Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de los Comit\u00e9s Territoriales tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Convocar a los Comit\u00e9s \u00a0Territoriales, de forma ordinaria y extraordinaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la implementaci\u00f3n de \u00a0los nodos de rendici\u00f3n de cuentas desarrollados en el territorio, bajo la \u00a0orientaci\u00f3n de los Comit\u00e9s Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Reportar a la secretaria \u00a0t\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional la vinculaci\u00f3n de entidades al sistema y el \u00a0desarrollo de nodos en territorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la comunicaci\u00f3n \u00a0entre instancias asesoras y los Comit\u00e9s Territoriales; garantizando el \u00a0intercambio de informaci\u00f3n necesaria para el desarrollo de sus roles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Articular la operaci\u00f3n del \u00a0sistema con la Secretaria T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional y las dem\u00e1s secretarias \u00a0t\u00e9cnicas de los Comit\u00e9s Territoriales a partir de encuentros virtuales y \u00a0mecanismos de comunicaci\u00f3n constante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar los documentos \u00a0t\u00e9cnicos necesarios para las sesiones de los Comit\u00e9s Territoriales, as\u00ed como \u00a0elaborar y custodiar las actas de las sesiones del Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar informes de \u00a0gesti\u00f3n sobre las actividades desarrolladas por el SNRdC \u00a0en las sesiones del Comit\u00e9 Territorial y divulgarlos a la ciudadan\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Agentes del \u00a0Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas. Los agentes del Sistema se clasifican \u00a0de la siguiente manera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) L\u00edderes de pol\u00edtica y \u00a0actores estrat\u00e9gicos: entidades y organismos de la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica que ejercen el liderazgo de las pol\u00edticas de transparencia y acceso a \u00a0la informaci\u00f3n p\u00fablica, participaci\u00f3n ciudadana y rendici\u00f3n de cuentas, \u00a0representados por el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, la Secretaria de Transparencia, el Ministerio de \u00a0Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones y el Ministerio de Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Implementadores: entidades \u00a0obligadas a rendir cuentas a la ciudadan\u00eda de conformidad con disposiciones \u00a0legales y reglamentarias aplicables a sus actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Todas las autoridades de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica en los \u00e1mbitos nacional, departamental, distrital, \u00a0municipal obligadas a rendir cuentas en forma permanente de acuerdo con lo \u00a0estipulado en la Ley 1757 de 2015, as\u00ed \u00a0como las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de \u00a0Econom\u00eda Mixta que desarrollen actividades comerciales en competencia con el \u00a0sector privado, nacional o internacional o en mercados regulados, se vincular\u00e1n \u00a0al Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas, en cumplimiento de las \u00a0disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades econ\u00f3micas \u00a0y comerciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las entidades de otras ramas \u00a0del poder, as\u00ed como los \u00f3rganos aut\u00f3nomos e independientes, podr\u00e1n vincularse \u00a0voluntariamente al SNRdC, acogi\u00e9ndose a los \u00a0lineamientos, recomendaciones, mecanismos, indicadores, elementos de medici\u00f3n y \u00a0seguimiento establecidos por el Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Dinamizadores: entidades, \u00a0organizaciones de la sociedad civil y organismo internacionales que aportan y \u00a0apoyan la implementaci\u00f3n de ejercicios de rendici\u00f3n de cuentas, entre otros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Ciudadan\u00eda y organizaciones \u00a0de la sociedad civil, cooperaci\u00f3n internacional y academia que desarrollen \u00a0l\u00edneas de acci\u00f3n o investigaci\u00f3n en rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Las dem\u00e1s entidades o \u00a0instituciones, p\u00fablicas o privadas, que contribuyan o est\u00e9n llamadas a \u00a0contribuir, de acuerdo con su objeto de constituci\u00f3n o por mandato de la ley o \u00a0reglamento, o a garantizar, directa o indirectamente el ejercicio de la \u00a0rendici\u00f3n de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Nodos del Sistema. \u00a0Los nodos nacionales y territoriales ser\u00e1n entendido como puntos de \u00a0intersecci\u00f3n y conexi\u00f3n de diferentes actores, entidades p\u00fablicas, instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y sistemas, que confluyen para desarrollar acciones de rendici\u00f3n \u00a0de cuentas que respondan a las necesidades ciudadanas e institucionales. A \u00a0trav\u00e9s de los nodos podr\u00e1n articularse ejercicios de rendici\u00f3n de cuentas por \u00a0sectores administrativos, \u00e1reas metropolitanas, \u00e1reas de planeaci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica, esquemas asociativos territoriales, departamentos, o regiones \u00a0administrativas y de planificaci\u00f3n que sean de inter\u00e9s de la poblaci\u00f3n y est\u00e9n \u00a0de acuerdo con la realidad del territorio y las necesidades y particularidades \u00a0de la poblaci\u00f3n. El manual operativo se\u00f1alar\u00e1 los pasos y mecanismos para la \u00a0activaci\u00f3n de los nodos y vinculaci\u00f3n de entidades a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Vinculaci\u00f3n al \u00a0Sistema. Los agentes har\u00e1n parte del Sistema a partir de la expedici\u00f3n y \u00a0entrada en vigencia de este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Manual \u00b7operativo \u00a0del Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas. En un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de seis (6) \u00a0meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Comit\u00e9 \u00a0Nacional adoptar\u00e1 y publicar\u00e1 el manual operativo del Sistema Nacional de \u00a0Rendici\u00f3n de Cuentas, cuyo fin es organizar las condiciones y mecanismos de \u00a0interacci\u00f3n entre los agentes, nodos e instancias del sistema, el cual podr\u00e1 \u00a0ser actualizado aut\u00f3nomamente por el Comit\u00e9 Nacional y ser\u00e1 de obligatorio \u00a0cumplimiento a partir de publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Vigencia. El \u00a0presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 2 de \u00a0marzo de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Daniel Palacios Mart\u00ednez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Tecnolog\u00edas, de \u00a0la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Karen Abudinen \u00a0Abuchaibe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Luis Alberto Rodr\u00edguez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V\u00edctor Manuel Mu\u00f1oz Rodr\u00edguez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Grillo Rubiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 230 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (marzo 2) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.605, marzo 3 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea y organiza \u00a0el Sistema Nacional de Rendici\u00f3n de Cuentas \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial \u00a0las que le confieren [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55011","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55011","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55011"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55011\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55011"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55011"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55011"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}