{"id":55017,"date":"2023-08-23T19:23:58","date_gmt":"2023-08-23T19:23:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-239-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:23:58","modified_gmt":"2023-08-23T19:23:58","slug":"decreto-239-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-239-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 239 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 239 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(marzo 4) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.606, marzo 4 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Notar\u00eda \u00a0Tercera (3) del C\u00edrculo Notarial de Bello-Antioquia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial de las que le confiere el art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el inciso 3\u00b0 \u00a0del art\u00edculo 131 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u201cCorresponde \u00a0al Gobierno la creaci\u00f3n, supresi\u00f3n y fusi\u00f3n de los c\u00edrculos de notariado y \u00a0registro y la determinaci\u00f3n del n\u00famero de notarios y oficinas de registro\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el \u00a0numeral 7 del art\u00edculo 11 del Decreto 2723 de 2014, \u00a0le corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro \u201cProponer al \u00a0Gobierno nacional la creaci\u00f3n, supresi\u00f3n, fusi\u00f3n y recategorizaci\u00f3n de Notar\u00edas \u00a0y sus c\u00edrculos respectivos, de conformidad con las disposiciones legales \u00a0vigentes\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante estudio t\u00e9cnico \u00a0adjunto al Oficio SNR2021IE001136 del 1\u00b0 de febrero de 2021, el Jefe de la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n de la Superintendencia de Notariado y Registro \u00a0(e.) concluy\u00f3 que es viable \u201cla ampliaci\u00f3n del servicio p\u00fablico notarial, \u00a0con la creaci\u00f3n de nueva notar\u00eda en el C\u00edrculo Notarial de Bello Antioquia\u201d -de \u00a0primera categor\u00eda- atendiendo los siguientes factores: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cLa informaci\u00f3n demogr\u00e1fica del \u00a0municipio de Bello, conforme al censo 2018, llevado a cabo por el DANE se tas\u00f3 \u00a0en 481.901 habitantes, y las proyecciones de poblaci\u00f3n realizadas, indica un \u00a0crecimiento de los mismos hasta 552.154 habitantes, conforme a lo evidenciado \u00a0en (sic) presente documento. La diversidad cultural, la pluralidad de la \u00a0poblaci\u00f3n y la vulnerabilidad de un porcentaje de la poblaci\u00f3n que mora en los \u00a0barrios m\u00e1s alejados de la ciudad, evidencia la creaci\u00f3n de una notar\u00eda que se \u00a0ubique en una (sic) lugar m\u00e1s cercano y asequible a este tipo de comunidades\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cAtendiendo al promedio de escrituraci\u00f3n \u00a0de 3.020, aun sin incluir el total de escrituras realizadas en el a\u00f1o 2020 en \u00a0el C\u00edrculo Notarial de Bello en los \u00faltimos cinco a\u00f1os y con sujeci\u00f3n al \u00a0crecimiento poblacional de la ciudad, se evidencia, la necesidad de la \u00a0ampliaci\u00f3n del servicio notarial, en concordancia con las congestiones del \u00a0servicio frente a solo dos notar\u00edas, lo que genera altos costos y demoras en \u00a0los servicios a los habitantes del municipio y en particular a los moradores de \u00a0barrios perif\u00e9ricos ubicados al sur y al norte de la ciudad, los corregimientos \u00a0y el sector rural\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cTeniendo en cuenta lo indicado \u00a0por la C\u00e1mara Colombiana de Construcci\u00f3n (Camacol), Bello es el municipio de \u00a0mayor din\u00e1mica inmobiliaria de Antioquia. Indicador que seg\u00fan las autoridades \u00a0refleja los avances en materia de seguridad en este territorio del norte del \u00a0Valle de Aburr\u00e1. En los \u00faltimos diez a\u00f1os en Bello se ha multiplicado hasta en \u00a0cuatro veces la venta de vivienda nueva, pasando de 1.118 unidades en 2010 ha \u00a0(sic) 4.522 en el \u00faltimo a\u00f1o. Hoy en Bello se desarrollan 74 proyectos \u00a0habitacionales, que benefician a un poco m\u00e1s de 44.000 personas que trabajan en \u00a0ellas\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cLa caracterizaci\u00f3n de este \u00a0grupo de poblaciones que conformaron los C\u00edrculos Registral y Notarial, y en \u00a0especial el municipio de Bello, con un alto \u00edndice de predios sin titulaci\u00f3n, \u00a0resalta la importancia de la ampliaci\u00f3n del servicio p\u00fablico notarial en el \u00a0C\u00edrculo Notarial de Bello, con el fin de facilitar las metas de saneamiento y \u00a0formalizaci\u00f3n de predios, previstas en el Plan Nacional de Desarrollo \u00a02019-2021\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cEn el mismo sentido, de \u00a0acuerdo con los planteamientos de la Ley 1448 de 2011, con \u00a0el \u00e1nimo de brindar reparaci\u00f3n integral a las v\u00edctimas y consolidar las \u00a0condiciones necesarias para su retorno y garant\u00edas de no repetici\u00f3n, se hace \u00a0necesario que a trav\u00e9s de SNARIV, se brinden las herramientas, a lo cual se \u00a0suma la SNR como parte conformante de ella, y consolidar los componentes para \u00a0que la prestaci\u00f3n de los servicios a su cargo, se brinde a la poblaci\u00f3n Bellanita\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cDe acuerdo con la naturaleza \u00a0del C\u00edrculo Notarial de Bello, por ser de primera categor\u00eda, por \u00a0sus calidades econ\u00f3micas y sociales, se entiende \u00f3ptimo para albergar la \u00a0ampliaci\u00f3n de su c\u00edrculo, con la creaci\u00f3n de nueva oficina de notar\u00eda de \u00a0primera categor\u00eda\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Oficio OAJ-130 \u00a0SNR2021EE006967 del 3 de febrero de 2021 y correo electr\u00f3nico del d\u00eda 18 del \u00a0mismo mes y a\u00f1o, radicados en el Ministerio de Justicia y del Derecho los d\u00edas \u00a05 y 19 de febrero del hoga\u00f1o con los n\u00fameros MJD-EXT21-0005666 y MJD-EXT21-0008123, \u00a0respectivamente, la Superintendencia de Notariado y Registro de conformidad con \u00a0las atribuciones conferidas por el numeral 7 del art\u00edculo 11 del Decreto 2723 de 2014, \u00a0propuso al Gobierno nacional, la creaci\u00f3n de la Notar\u00eda Tercera (3) del C\u00edrculo \u00a0Notarial de Bello-Antioquia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno nacional \u00a0teniendo en cuenta las razones expuestas por la Superintendencia de Notariado y \u00a0Registro, establece la necesidad de crear la Notar\u00eda Tercera (3) del C\u00edrculo \u00a0Notarial de Bello-Antioquia -de primera categor\u00eda- con el fin de garantizar y \u00a0facilitar el acceso al servicio p\u00fablico notarial a la ciudadan\u00eda en general y, \u00a0especialmente, a quienes habitan en el municipio de Bello, permiti\u00e9ndoles \u00a0adelantar todos los tr\u00e1mites notariales que requieran, sin incurrir en mayores \u00a0desplazamientos y gastos econ\u00f3micos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el \u00a0inciso segundo del art\u00edculo 157 del Decreto Ley 960 de \u00a01970 modificado por el art\u00edculo 44 del Decreto 2163 de 1970, \u00a0\u201cla Superintendencia de Notariado y Registro determinar\u00e1 la localizaci\u00f3n de \u00a0las notar\u00edas en los c\u00edrculos de primera y segunda categor\u00eda, de modo que a los \u00a0usuarios del mismo les sea posible utilizarlo en la forma m\u00e1s f\u00e1cil y \u00a0conveniente de acuerdo con la extensi\u00f3n y caracter\u00edsticas especiales de cada \u00a0ciudad\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase la Notar\u00eda \u00a0Tercera (3) del C\u00edrculo Notarial de Bello-Antioquia, de primera categor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. La \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro verificar\u00e1 que el local en donde \u00a0funcione la Notar\u00eda Tercera (3) del C\u00edrculo Notarial de Bello-Antioquia, re\u00fana \u00a0las condiciones exigidas para la excelente prestaci\u00f3n del servicio, en \u00a0observancia de lo dispuesto en el inciso segundo del art\u00edculo 157 del Decreto Ley 960 de \u00a01970 modificado por el art\u00edculo 44 del Decreto 2163 de 1970. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 4 de \u00a0marzo de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del \u00a0Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Wilson Ruiz Orejuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 239 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (marzo 4) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.606, marzo 4 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Notar\u00eda \u00a0Tercera (3) del C\u00edrculo Notarial de Bello-Antioquia. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial de las que le [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55017","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55017","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55017"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55017\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55017"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55017"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55017"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}