{"id":55042,"date":"2023-08-23T19:23:59","date_gmt":"2023-08-23T19:23:59","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-281-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:23:59","modified_gmt":"2023-08-23T19:23:59","slug":"decreto-281-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-281-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 281 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 281 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(marzo 18) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.620, marzo 18 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, \u00a0con una nueva secci\u00f3n en lo relacionado con el establecimiento de medidas para \u00a0la protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n de Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en \u00a0especial las que le confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 5\u00b0, numerales 1, 21 y 24 de la Ley 99 de 1993 y el \u00a0art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto Ley 3570 \u00a0de 2011, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los art\u00edculos 79 y 80 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0consagran el derecho colectivo a un ambiente sano y el deber del Estado de \u00a0conservar las \u00e1reas de especial importancia ecol\u00f3gica, planificar el manejo y \u00a0aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo \u00a0sostenible, su conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n o sustituci\u00f3n y prevenir y controlar \u00a0los factores de deterioro ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto Ley 2811 \u00a0de 1974, establece la obligaci\u00f3n al Estado de proteger el medio ambiente y \u00a0el medio marino a trav\u00e9s de la adopci\u00f3n de las medidas que resulten necesarias \u00a0para impedir su contaminaci\u00f3n con sustancias que puedan poner en peligro la \u00a0salud humana o perjudicar los recursos hidrobiol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 1 del art\u00edculo \u00a05\u00b0 de la Ley 99 de 1993, asigna \u00a0entre otras funciones al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la de \u00a0\u201cFormular la pol\u00edtica nacional en relaci\u00f3n con el medio ambiente y los \u00a0recursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios de \u00a0ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para \u00a0asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y \u00a0del medio ambiente\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los numerales 21 y 24 del \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 de la Ley 99 de 1993, asignan \u00a0al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las funciones de regular, \u00a0conforme a la ley, la obtenci\u00f3n, uso, manejo, importaci\u00f3n, exportaci\u00f3n, as\u00ed \u00a0como la distribuci\u00f3n y el comercio de especies y estirpes gen\u00e9ticas de fauna y \u00a0flora silvestres; y regular la conservaci\u00f3n, preservaci\u00f3n, uso y manejo del \u00a0medio ambiente y de los recursos naturales renovables, en las zonas marinas y \u00a0costeras, y coordinar las actividades de las entidades encargadas de la \u00a0investigaci\u00f3n, protecci\u00f3n y manejo del medio marino, de sus recursos vivos, y \u00a0de las costas y playas; as\u00ed mismo, le corresponde regular las condiciones de \u00a0conservaci\u00f3n y manejo de ci\u00e9nagas, pantanos, lagos, lagunas y dem\u00e1s ecosistemas \u00a0h\u00eddricos continentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante la Resoluci\u00f3n 1912 \u00a0del 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, \u201cpor la cual se \u00a0establece el listado de las especies silvestres amenazadas de la diversidad \u00a0biol\u00f3gica colombiana continental y marino-costera que se encuentran en el \u00a0territorio nacional, y se dictan otras disposiciones\u201d, se incluy\u00f3 un \u00a0registro de 34 especies identificadas de tiburones y rayas, de los cuales 2 \u00a0especies se encuentran en estado de Peligro cr\u00edtico &#8211; CR, 1 en estado de En \u00a0peligro -EN y 13 en estado vulnerable &#8211; VU. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en consideraci\u00f3n a la \u00a0importancia ecol\u00f3gica que representan los tiburones, rayas marinas y quimeras \u00a0para el mantenimiento de la salud de mares y oc\u00e9anos, y a su alta \u00a0vulnerabilidad, dada por su ciclo de vida y caracter\u00edsticas biol\u00f3gicas como su \u00a0gran longevidad, crecimiento lento, y fecundaci\u00f3n baja, el Comit\u00e9 Ejecutivo \u00a0para la Pesca en sesi\u00f3n del 5 de marzo de 2021, defini\u00f3 que los tiburones y \u00a0rayas marinas dejaron de ser considerados como un recurso pesquero en el \u00a0territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como consecuencia de la \u00a0definici\u00f3n del Comit\u00e9 Ejecutivo para la Pesca, la Autoridad Nacional de \u00a0Acuicultura y Pesca (Aunap), expidi\u00f3 la Resoluci\u00f3n \u00a00380 del 5 de marzo de 2021, mediante la cual modific\u00f3 la Resoluci\u00f3n 418 de \u00a02019, en la que se excluyeron los tiburones y rayas marinas del listado de \u00a0recursos pesqueros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la declaraci\u00f3n de las \u00a0especies de tiburones y rayas marinas como recurso hidrobiol\u00f3gico arroja como \u00a0consecuencia que dichas especies no son susceptibles de ser extra\u00eddas con fines \u00a0comerciales o deportivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la declaraci\u00f3n de los \u00a0tiburones y rayas marinas como recurso hidrobiol\u00f3gico, requiere de la adopci\u00f3n \u00a0de medidas de manejo y conservaci\u00f3n de car\u00e1cter ambiental que garanticen su \u00a0capacidad de renovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adicionar al Libro \u00a02, Capitulo 2, T\u00edtulo 2, Parte 2, una nueva Secci\u00f3n -27, del Decreto 1076 de 2015, \u00a0la cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECCI\u00d3N 27 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cpor el cual se establecen \u00a0medidas para la protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n de tiburones, rayas marinas y \u00a0quimeras de Colombia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.2.27.1. Plan \u00a0Ambiental para la Protecci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de Tiburones, Rayas Marinas y \u00a0Quimeras. Cr\u00e9ase el Plan Ambiental para la Protecci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de \u00a0Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras, que tendr\u00e1 por objeto garantizar la \u00a0conservaci\u00f3n y el manejo sostenible de las especies de tiburones, rayas marinas \u00a0y quimeras, con el fin de disminuir la vulnerabilidad y amenazas causadas por \u00a0el desarrollo de actividades antr\u00f3picas, mediante la coordinaci\u00f3n \u00a0interinstitucional, a nivel central y territorial, para promover las pol\u00edticas, \u00a0estrategias, planes y programas tendientes a la sostenibilidad de estas \u00a0especies. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.2.27.2. Disposiciones \u00a0Generales del Plan Ambiental. El Plan Ambiental para la \u00a0Protecci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras, deber\u00e1 \u00a0contemplar como m\u00ednimo las siguientes disposiciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Identificar y definir \u00a0criterios de manejo para las \u00e1reas claves de apareamiento, alumbramiento y \u00a0crianza de tiburones, rayas marinas y quimeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir estrategias para la \u00a0conservaci\u00f3n y manejo de tiburones y rayas marinas migratorias y quimeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir estrategias de \u00a0conservaci\u00f3n para las especies de tiburones y rayas marinas y quimeras \u00a0incluidos en el listado de especies silvestres amenazadas de la diversidad biol\u00f3gica \u00a0colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer criterios para el \u00a0ecoturismo asociado a tiburones y rayas marinas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar e implementar \u00a0proyectos que involucren incentivos econ\u00f3micos dirigidos a comunidades de \u00a0pescadores artesanales, que voluntariamente celebren acuerdos tendientes a la \u00a0conservaci\u00f3n de tiburones, rayas marinas y quimeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar investigaci\u00f3n \u00a0cient\u00edfica prioritaria para la conservaci\u00f3n de tiburones, rayas marinas y \u00a0quimeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. En coordinaci\u00f3n con la \u00a0Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>definir medidas tendientes a \u00a0eliminar la mortalidad de tiburones, rayas marinas y quimeras, asociada a \u00a0actividades de pesca, en aspectos como fauna acompa\u00f1ante y captura incidental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover campa\u00f1as de \u00a0educaci\u00f3n ambiental enfocadas a la conservaci\u00f3n de tiburones, rayas marinas y \u00a0quimeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Crear un m\u00f3dulo espec\u00edfico \u00a0repositorio de informaci\u00f3n biol\u00f3gica para las especies de tiburones, rayas \u00a0marinas y quimeras, en el sistema de informaci\u00f3n ambiental de Colombia (SIAC), \u00a0tomando como base la informaci\u00f3n recolectada por las diferentes entidades que \u00a0hacen parte del Sistema Nacional Ambiental (SINA), y otras organizaciones que \u00a0adelantan investigaci\u00f3n cient\u00edfica y monitoreo de estas especies. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.2.27.3. Adopci\u00f3n \u00a0del Plan Ambiental para la Protecci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de Tiburones, Rayas \u00a0Marinas y Quimeras. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el t\u00e9rmino \u00a0de ocho (8) meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente \u00a0Secci\u00f3n, adoptar\u00e1 el Plan Ambiental para la Protecci\u00f3n y Conservaci\u00f3n de \u00a0Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.2.27.4. Medidas \u00a0de Control y Vigilancia. En ejercicio de las funciones establecidas \u00a0en los numerales 1, 2,11 y 17 del art\u00edculo 31 de la Ley 99 de 1993, en la Ley 1333 de 2009, decreto 3572 de 2011, \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto Ley 2324 \u00a0de 1984, o en las normas que las modifiquen o sustituyan, corresponde a las \u00a0Corporaciones Aut\u00f3nomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible, la Unidad \u00a0Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales, a las Autoridades \u00a0Ambientales, creadas mediante Ley 768 de 2002, a la \u00a0Direcci\u00f3n General Mar\u00edtima y Portuaria (DIMAR), y la Armada Nacional, en el \u00a0\u00e1rea de su jurisdicci\u00f3n y competencia ejercer, control y vigilancia ambiental \u00a0del recurso hidrobiol\u00f3gico denominado tiburones, rayas marinas y quimeras para \u00a0prevenir, impedir o evitar la realizaci\u00f3n de una actividad o la existencia de \u00a0una situaci\u00f3n que atente contra este recurso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las actividades que \u00a0atenten contra el recurso hidrobiol\u00f3gico denominado tiburones, rayas marinas y \u00a0quimeras, o vulneren los lineamientos establecidos en el Plan Ambiental del que \u00a0trata la presente Secci\u00f3n, ser\u00e1n acreedoras de las medidas preventivas y \u00a0sancionatorias establecidas en la Ley 1333 de 2009 y el \u00a0C\u00f3digo Penal Ley 599 de 2000, o las \u00a0normas que las sustituyan o modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial, \u00a0deroga todas aquellas que le sean contrarias y adiciona al Libro 2, Cap\u00edtulo 2, \u00a0T\u00edtulo 2, Parte 2, una nueva Secci\u00f3n 27, del Decreto 1076 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1 D. C., a 18 de \u00a0marzo de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos \u00a0Eduardo Correa Escaf. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 281 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (marzo 18) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.620, marzo 18 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se adiciona el Decreto 1076 de 2015, \u00a0con una nueva secci\u00f3n en lo relacionado con el establecimiento de medidas para \u00a0la protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n de Tiburones, Rayas Marinas y Quimeras de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55042","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55042","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55042"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55042\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55042"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55042"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55042"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}