{"id":55109,"date":"2023-08-23T19:24:03","date_gmt":"2023-08-23T19:24:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-415-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:24:03","modified_gmt":"2023-08-23T19:24:03","slug":"decreto-415-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-415-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 415 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a0415 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(abril \u00a019) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. \u00a051.650, abril 19 de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se crea una Instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda para recomendar al \u00a0Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, la autorizaci\u00f3n de actividades de \u00a0inter\u00e9s nacional en el marco de la pandemia contra el Covid-19. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial, las conferidas en el art\u00edculo 43 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 1751 de 2015, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 20 de la Ley 1751 de 2015 \u00a0se\u00f1ala que \u201cel Gobierno Nacional deber\u00e1 implementar una pol\u00edtica social de \u00a0Estado que permita la articulaci\u00f3n intersectorial con el prop\u00f3sito de garantizar \u00a0los componentes esenciales del derecho, afectando de manera positiva los \u00a0determinantes sociales de la salud\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 152 de la Ley 100 de 1993 \u201cpor \u00a0la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras \u00a0disposiciones\u201d cre\u00f3 el Sistema General de Seguridad Social en Salud, el \u00a0cual tiene como objetivos regular el servicio p\u00fablico esencial de salud y crear \u00a0condiciones de acceso a este servicio en toda la poblaci\u00f3n y en todos los \u00a0niveles de atenci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Este Sistema, que es el \u00a0conjunto articulado y arm\u00f3nico de principios, pol\u00edticas p\u00fablicas, \u00a0instituciones, competencias y procedimientos, obligaciones, derechos, deberes, \u00a0financiamiento, controles, informaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n, debe permitir la \u00a0participaci\u00f3n de las personas en las decisiones que los agentes tomen, en los \u00a0t\u00e9rminos del citado art\u00edculo 12 de la Ley 1751 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 7 de enero de 2020 la \u00a0Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud, identific\u00f3 un nuevo coronavirus clasificado \u00a0como SARS-CoV2, causante de la enfermedad Covid-19, y declar\u00f3 que este era el \u00a0responsable de un brote considerado como emergencia de salud p\u00fablica de \u00a0importancia internacional y el 9 de marzo de 2020 solicit\u00f3 a los pa\u00edses \u00a0miembros la adopci\u00f3n de medidas prontas con el objetivo de detener la \u00a0transmisi\u00f3n y prevenir la propagaci\u00f3n del virus. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Organizaci\u00f3n Mundial de \u00a0la Salud &#8211; OMS declar\u00f3 el 11 de marzo de 2020 que el brote de enfermedad por \u00a0coronavirus &#8211; Covid-19 constitu\u00eda una pandemia, en virtud de la velocidad de su \u00a0propagaci\u00f3n y la escala de trasmisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Resoluci\u00f3n 385 del \u00a012 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social declar\u00f3 la \u00a0emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, la cual se ha prorrogado \u00a0mediante Resoluciones 844 del 26 de mayo, 1462 del 25 de agosto y 2230 del 27 \u00a0de noviembre, todas de 2020 y 222 del 25 de febrero de 2021, hasta el 30 de \u00a0mayo de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en los t\u00e9rminos del \u00a0art\u00edculo 2.8.8.1.1.7 del Decreto 780 de 2016, \u00a0corresponde al Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, la direcci\u00f3n del \u00a0Sistema de Vigilancia en Salud P\u00fablica, coordinar la participaci\u00f3n activa de \u00a0las organizaciones del sector salud y de otros actores del \u00e1mbito nacional en \u00a0el desarrollo del Sistema de Vigilancia en Salud P\u00fablica (Sivigila). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto \u00a0Ley 539 del 13 de abril 2020 estableci\u00f3 que durante el t\u00e9rmino de la emergencia \u00a0sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social con ocasi\u00f3n \u00a0de la pandemia derivada del Coronavirus Covid-19, este Ministerio ser\u00e1 la \u00a0entidad encargada de determinar y expedir los protocolos que sobre bioseguridad \u00a0se requieran para todas las actividades econ\u00f3micas, sociales y sectores de la \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, para mitigar, controlar, evitar la propagaci\u00f3n y \u00a0realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus Covid-19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el marco de la \u00a0declaratoria de emergencia sanitaria, el Gobierno nacional ha adoptado medidas \u00a0tendientes a evitar la propagaci\u00f3n del contagio del Coronavirus y la mitigaci\u00f3n \u00a0de sus efectos, las cuales han restringido la realizaci\u00f3n de actividades \u00a0econ\u00f3micas, sociales y culturales, entre otras, de car\u00e1cter nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la toma de decisiones en \u00a0salud p\u00fablica debe tener en cuenta al ser humano y al grupo poblacional \u00a0concebido en su totalidad y no al virus o a la enfermedad como el centro de la \u00a0atenci\u00f3n y de las decisiones, raz\u00f3n por la cual las medidas en salud p\u00fablica no \u00a0se toman de manera aislada, sino que se deben considerar en conjunto las \u00a0condiciones del entorno, las condiciones de vida de la poblaci\u00f3n y la \u00a0interacci\u00f3n entre orientaciones y medidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con el fin de contribuir al \u00a0retorno de las personas a sus entornos cotidianos, es necesario crear una \u00a0instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda que pertenece al Sistema General de \u00a0Seguridad Social en Salud, para que durante la emergencia sanitaria por el \u00a0Covid-19, autorice actividades de inter\u00e9s de car\u00e1cter nacional de los \u00a0diferentes sectores sociales, econ\u00f3micos y culturales, y previa ponderaci\u00f3n de \u00a0todos los argumentos expuestos, recomiende al Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n \u00a0Social la realizaci\u00f3n de las mismas, junto con las medidas de bioseguridad \u00a0necesarias para gestionar el riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda creada por el presente decreto, no conocer\u00e1 de aquellas \u00a0medidas que sean de competencia de las entidades territoriales. Estas \u00a0decisiones estar\u00e1n dirigidas exclusivamente a las actividades sociales, \u00a0econ\u00f3micas y culturales, entre otras, de car\u00e1cter nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en cumplimiento de lo \u00a0dispuesto en el numeral 8 del art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 1437 de 2011, el \u00a0proyecto que dio origen al presente acto administrativo fue publicado en la \u00a0p\u00e1gina web del Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social para cumplir con el \u00a0deber de informaci\u00f3n a la ciudadan\u00eda desde el 17 hasta el 19 de abril de 2021, \u00a0tiempo que, si bien, es inferior al se\u00f1alado en el Decreto 1081 de 2015, \u00a0modificado por el Decreto 1273 de 2020, \u00a0se justifica en la necesidad de analizar varias peticiones realizadas por los \u00a0diferentes sectores sociales, econ\u00f3micos y culturales, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto. Crear la \u00a0instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda que recomendar\u00e1 al Ministerio de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social la autorizaci\u00f3n de actividades de inter\u00e9s nacional en el \u00a0marco de la pandemia contra el Covid-19, con el fin de contribuir al retorno de \u00a0las personas a sus entornos cotidianos, la cual har\u00e1 parte del Sistema General \u00a0de Seguridad Social en Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La presente \u00a0instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda no conocer\u00e1 de aquellas medidas que sean \u00a0de competencia de las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integraci\u00f3n y \u00a0funcionamiento. La instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social o su delegado, quien la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro del Interior o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Trabajo o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro de Comercio, \u00a0Industria y Turismo o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Transporte o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro de Cultura o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Ministro del Deporte o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La secretar\u00eda t\u00e9cnica de la \u00a0comisi\u00f3n ser\u00e1 ejercida por el servidor o servidores que designe el Ministro de \u00a0Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. A las sesiones de \u00a0la comisi\u00f3n podr\u00e1n invitarse otras entidades p\u00fablicas, cuyos delegados tendr\u00e1n \u00a0derecho a voz y voto cuando los temas a tratar tengan relaci\u00f3n directa con las \u00a0funciones y competencias de las entidades y organismos que representan. As\u00ed \u00a0mismo, se podr\u00e1n invitar a las sesiones de la instancia de coordinaci\u00f3n y \u00a0asesor\u00eda a representantes de organizaciones del sector privado y la sociedad \u00a0civil o la academia, seg\u00fan los temas a tratar, quienes tendr\u00e1n voz, pero no \u00a0voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda sesionar\u00e1 con m\u00ednimo seis (6) de sus miembros y las \u00a0decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda simple. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. La \u00a0instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Analizar, a petici\u00f3n del \u00a0Ministro o Director respectivo, las solicitudes de autorizaci\u00f3n para la \u00a0realizaci\u00f3n de actividades de inter\u00e9s de car\u00e1cter nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ponderar el costo-beneficio \u00a0de la realizaci\u00f3n de la actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recomendar al Ministerio de \u00a0Salud y Protecci\u00f3n Social la autorizaci\u00f3n de actividades de inter\u00e9s nacional de \u00a0los diferentes sectores sociales, econ\u00f3micos y culturales, entre otros, en el \u00a0marco de las medidas sanitarias y epidemiol\u00f3gicas adoptadas para enfrentar la \u00a0pandemia contra el Covid-19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La instancia \u00a0cumplir\u00e1 las funciones establecidas en el presente art\u00edculo hasta que se \u00a0levante la emergencia sanitaria generada por el Coronavirus Covid-19, declarada \u00a0por el Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Autorizaci\u00f3n. El \u00a0Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, en ejercicio de sus competencias, en \u00a0especial las asignadas en el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto Ley 539 de \u00a02020, y en el marco de la recomendaci\u00f3n que imparta la instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda, autorizar\u00e1 o no la realizaci\u00f3n de las actividades de \u00a0inter\u00e9s de car\u00e1cter nacional de los diferentes sectores sociales, econ\u00f3micos y \u00a0culturales, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el acto administrativo que \u00a0imparta la autorizaci\u00f3n, se identificar\u00e1n las medidas de bioseguridad que se \u00a0deber\u00e1n adoptar para realizar la actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el evento en que se niegue \u00a0la autorizaci\u00f3n, a pesar de contar con concepto favorable de la Instancia de \u00a0coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda para realizar la actividad, el Ministerio de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social sustentar\u00e1 su decisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Vigencia. El presente \u00a0decreto entra en vigencia desde la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 19 de \u00a0abril de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Daniel Palacios Mart\u00ednez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones \u00a0Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Claudia Blum de Barberi. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alberto Carrasquilla Barrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Ruiz G\u00f3mez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Custodio Cabrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Transporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Angela Mar\u00eda Orozco G\u00f3mez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Felipe Buitrago Restrepo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Deporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ernesto Lucena Barrero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V\u00edctor Manuel Mu\u00f1oz Rodr\u00edguez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica (e), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Claudia Patricia Hern\u00e1ndez Le\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a0415 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (abril \u00a019) \u00a0 \u00a0 D.O. \u00a051.650, abril 19 de 2021 \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se crea una Instancia de coordinaci\u00f3n y asesor\u00eda para recomendar al \u00a0Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social, la autorizaci\u00f3n de actividades de \u00a0inter\u00e9s nacional en el marco de la pandemia contra el Covid-19. \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55109","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55109","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55109"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55109\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55109"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55109"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55109"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}