{"id":55193,"date":"2023-08-23T19:24:07","date_gmt":"2023-08-23T19:24:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-591-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:24:07","modified_gmt":"2023-08-23T19:24:07","slug":"decreto-591-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-591-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 591 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 591 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 1\u00b0) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.692, junio 1\u00ba de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se delegan unas \u00a0funciones en el Ministro de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial de las que le confieren los art\u00edculos 211 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a09\u00b0 de la Ley 489 de 1998 y, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 209 de la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica dispone que, \u201c[l]a funci\u00f3n administrativa est\u00e1 al \u00a0servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los \u00a0principios de igualdad, moralidad, eficacia, econom\u00eda, celeridad, imparcialidad \u00a0y publicidad, mediante la descentralizaci\u00f3n, la delegaci\u00f3n y la \u00a0desconcentraci\u00f3n de funciones\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 211 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0establece que, \u201c[l]a ley se\u00f1alar\u00e1 las funciones que el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica podr\u00e1 delegar en los ministros, directores de departamentos \u00a0administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, \u00a0superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley \u00a0determine\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 489 de 1998 \u00a0prescribe que, \u201c\u2018[l]as autoridades administrativas, en virtud de lo \u00a0dispuesto en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y de conformidad con la presente ley, \u00a0podr\u00e1n mediante acto de delegaci\u00f3n, transferir el ejercicio de funciones a sus \u00a0colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, al Gobierno nacional, \u00a0adem\u00e1s de las funciones constitucionales, le han sido asignadas competencias o \u00a0funciones en el Decreto Ley 2163 \u00a0de 1970, relacionadas, entre otras, con el nombramiento de los notarios de \u00a0primera categor\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 115 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0establece que \u201cEl Gobierno nacional est\u00e1 formado por el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. \u00a0El Presidente y el Ministro o Director de Departamento correspondientes, en \u00a0cada negocio particular, constituyen el Gobierno\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que seg\u00fan lo dispuesto en el \u00a0art\u00edculo 58 de la Ley 734 de 2002, el \u00a0r\u00e9gimen disciplinario especial de los particulares, tambi\u00e9n se aplicar\u00e1 a los \u00a0Notarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Honorable Sala de \u00a0Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 9 de \u00a0diciembre de 2020, al resolver un conflicto negativo de competencias \u00a0administrativas suscitado entre la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n y la \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro, consider\u00f3 en la parte motiva que la \u00a0autoridad competente para ejecutar las sanciones disciplinarias impuestas por \u00a0la Superintendencia de Notariado y Registro y la Procuradur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n a los Notarios de primera categor\u00eda, \u201ces el Gobierno nacional, por \u00a0intermedio del Ministerio de Justicia y del Derecho &#8230;\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a su turno y de conformidad \u00a0con la parte motiva y dispositiva de la referida providencia de la honorable \u00a0Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el Gobierno nacional, \u00a0por intermedio del Ministerio de Justicia y del Derecho, es la autoridad \u00a0competente para resolver las peticiones relacionadas con el reintegro o el \u00a0restablecimiento de derechos de Notarios de primera categor\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en aplicaci\u00f3n de los \u00a0art\u00edculos 209 y 211 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0es necesario delegar en el Ministro de Justicia y del Derecho las funciones \u00a0relacionadas con la ejecuci\u00f3n de las sanciones disciplinarias impuestas por la \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro y la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n \u00a0a los Notarios de primera categor\u00eda, siempre y cuando no comporte per se un \u00a0nombramiento o una designaci\u00f3n de un Notario, por la ausencia temporal del \u00a0titular sancionado y en garant\u00eda de la continuidad en la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio; as\u00ed como las de resolver las peticiones relacionadas con el reintegro \u00a0o el restablecimiento de derechos de Notarios de primera categor\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Del\u00e9guese en el \u00a0Ministro de Justicia y del Derecho las funciones relacionadas con la ejecuci\u00f3n \u00a0de las sanciones disciplinarias impuestas por la Superintendencia de Notariado \u00a0y Registro y la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n a los Notarios de primera \u00a0categor\u00eda, siempre y cuando no comporte per se un nombramiento o una \u00a0designaci\u00f3n de un Notario, por la ausencia temporal del titular sancionado y en \u00a0garant\u00eda de la continuidad en la prestaci\u00f3n del servicio; as\u00ed como las de \u00a0resolver las peticiones relacionadas con el reintegro o el restablecimiento de \u00a0derechos de Notarios de primera categor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 1\u00b0 de \u00a0junio de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del \u00a0Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Wilson Ruiz Orejuela. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 591 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 1\u00b0) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.692, junio 1\u00ba de 2021 \u00a0 \u00a0 por el cual se delegan unas \u00a0funciones en el Ministro de Justicia y del Derecho. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial de las que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55193","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55193","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55193"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55193\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55193"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55193"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55193"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}