{"id":55807,"date":"2023-08-23T19:41:19","date_gmt":"2023-08-23T19:41:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1838-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:41:19","modified_gmt":"2023-08-23T19:41:19","slug":"decreto-1838-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1838-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 1838 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01838 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.898, diciembre 24 de \u00a02021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adiciona la \u00a0Secci\u00f3n 3 al Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, con el \u00a0fin de reglamentar el art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020, en \u00a0lo relacionado con la unificaci\u00f3n de las fuentes de emprendimiento y desarrollo \u00a0empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en \u00a0particular, las conferidas por el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en desarrollo del art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 38 de la Ley 489 de 1998 \u00a0determina la integraci\u00f3n de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el orden \u00a0nacional, indicando que esta se compone del sector central y el \u00a0descentralizado, conformados, entre otros, por la Presidencia y Vicepresidencia \u00a0de la Rep\u00fablica, los ministerios, departamentos administrativos, las \u00a0superintendencias y unidades administrativas, as\u00ed como los establecimientos \u00a0p\u00fablicos y sociedades de econom\u00eda mixta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las Bases del Plan Nacional \u00a0de Desarrollo 2018-2022: Pacto por Colombia, pacto por la equidad, documento \u00a0que hace parte integral de la Ley 1955 de 2019, \u00a0incluyen un Pacto \u201cpor el emprendimiento, la formalizaci\u00f3n y la \u00a0productividad: una econom\u00eda din\u00e1mica, incluyente y sostenible que potencie \u00a0todos nuestros talentos\u201d, el cual se\u00f1ala que se debe construir un entorno \u00a0basado en pilares de apoyo al emprendimiento, mejoramiento y ampliaci\u00f3n de \u00a0fuentes de financiaci\u00f3n, fomento a la adopci\u00f3n tecnol\u00f3gica, aprovechamiento de \u00a0mercados internacionales y atracci\u00f3n de inversiones productivas, simplificaci\u00f3n \u00a0de la regulaci\u00f3n y una mayor competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en l\u00ednea con lo anterior, \u00a0de acuerdo con lo establecido en las Bases del PND 2018-2022, es un prop\u00f3sito \u00a0del Gobierno elevar la calidad del gasto p\u00fablico, evitar dispersi\u00f3n de esfuerzos \u00a0en materia de competitividad e innovaci\u00f3n, y proporcionar una oferta de \u00a0instrumentos de pol\u00edtica p\u00fablica orientada hacia los usuarios. As\u00ed las cosas, \u00a0el Cap\u00edtulo de \u201cInnovaci\u00f3n P\u00fablica para un Pa\u00eds Moderno\u201d de las Bases \u00a0del PND 2018-2022 se\u00f1ala que, en el marco de una pol\u00edtica de innovaci\u00f3n p\u00fablica \u00a0basada en la experimentaci\u00f3n, para la generaci\u00f3n de valor p\u00fablico, se deber\u00e1 \u00a0contar con una regulaci\u00f3n adaptativa, basada en evidencia y abierta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la metodolog\u00eda \u00a0\u201cArticulaci\u00f3n para la Competitividad\u201d-ArCo es una innovaci\u00f3n p\u00fablica \u00a0desarrollada por la Consejer\u00eda Presidencial para la Competitividad y la Gesti\u00f3n \u00a0P\u00fablica-Privada y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, a partir de lo \u00a0previsto en el PND 2018-2022 , que tiene como objetivo optimizar y mejorar la \u00a0eficiencia de la oferta institucional del Gobierno nacional de los instrumentos \u00a0de pol\u00edtica p\u00fablica en materia de competitividad, productividad, \u00a0emprendimiento, ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la metodolog\u00eda ArCo se \u00a0compone de diferentes niveles de articulaci\u00f3n y aborda las intervenciones \u00a0p\u00fablicas desarrolladas por las entidades de la Rama Ejecutiva del orden \u00a0nacional en materia de competitividad e innovaci\u00f3n, con el fin de identificar \u00a0el traslape de funciones y las acciones que se deben ejecutar para la \u00a0articulaci\u00f3n de estas intervenciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dentro de la informaci\u00f3n \u00a0que recoge la metodolog\u00eda ArCo se encuentran las intervenciones en materia de emprendimiento \u00a0y desarrollo empresarial, por lo que a trav\u00e9s de esta es posible identificar la \u00a0oferta p\u00fablica de las entidades de la Rama Ejecutiva de la orden nacional \u00a0encaminada a atender estas necesidades en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 2069 de 2020 \u201cpor \u00a0medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia\u201d, establece un marco \u00a0regulatorio que propicia el emprendimiento, crecimiento, consolidaci\u00f3n y \u00a0sostenibilidad de las empresas, con el fin de aumentar el bienestar social y \u00a0generar equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme a su exposici\u00f3n de \u00a0motivos, la Ley de Emprendimiento \u201c(&#8230;) busca fortalecer a INNpulsa \u00a0Colombia, como el patrimonio aut\u00f3nomo del Gobierno nacional, mediante el cual \u00a0las sociedades y entidades que integran la rama ejecutiva del poder p\u00fablico en \u00a0el orden Nacional ejecutar\u00e1n los programas, instrumentos y recursos para el emprendimiento \u00a0y la innovaci\u00f3n empresarial en el pa\u00eds. Es decir, unificar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0fuentes de recursos de emprendimiento en una sola entidad, con el fin de evitar \u00a0duplicidades, destinar mejor el recurso p\u00fablico, y fomentar y apoyar el \u00a0emprendimiento desde un solo lugar, para as\u00ed lograr una mejor articulaci\u00f3n con \u00a0el sector privado y poder prestar mejores y m\u00e1s herramientas a los \u00a0emprendedores del pa\u00eds(&#8230;)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en concordancia con la \u00a0finalidad del art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020, el \u00a0Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022 \u201cPacto por Colombia, pacto por \u00a0la equidad\u201d, expedido mediante la Ley 1955 de 2019, \u00a0defini\u00f3 la necesidad de mejorar la eficiencia del Estado y de la gesti\u00f3n \u00a0p\u00fablica para lograr resultados estrat\u00e9gicos en la calidad de vida de los \u00a0ciudadanos y en el desarrollo econ\u00f3mico del pa\u00eds en el mediano y largo plazo. \u00a0En este sentido, el art\u00edculo 38 de la Ley 1955 de 2019, que \u00a0modific\u00f3 el art\u00edculo 148 de la Ley 1753 de 2015, \u00a0estableci\u00f3 que \u201cLa programaci\u00f3n presupuestal debe orientarse a resultados, \u00a0promover el uso eficiente y transparente de los recursos p\u00fablicos y establecer \u00a0una relaci\u00f3n directa entre el ingreso, el gasto y los bienes y servicios \u00a0entregados a la ciudadan\u00eda (&#8230;)\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020 \u00a0modific\u00f3 el art\u00edculo 13 de la Ley 1753 de 2015 \u201cPor \u00a0la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 \u201cTodos por un nuevo \u00a0pa\u00eds\u201d, con el prop\u00f3sito de articular, a trav\u00e9s del patrimonio aut\u00f3nomo \u00a0iNNpulsa Colombia, los diferentes programas, instrumentos y proyectos que \u00a0ejecutan las entidades que integran la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el \u00a0orden nacional, relacionados con el emprendimiento y el desarrollo empresarial, \u00a0con \u00e9nfasis en emprendimiento e innovaci\u00f3n empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo expuesto, \u00a0resulta pertinente establecer los lineamientos para la articulaci\u00f3n de los \u00a0programas, instrumentos y proyectos para el emprendimiento y el desarrollo \u00a0empresarial con \u00e9nfasis en emprendimiento e innovaci\u00f3n empresarial en el pa\u00eds, \u00a0para dar cumplimiento a lo establecido en el art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020, y \u00a0para estos efectos adoptar la metodolog\u00eda y recomendaciones de ArCo, o las \u00a0metodolog\u00edas o instrumentos que hagan sus veces, como herramientas para \u00a0optimizar la oferta institucional de las entidades de la Rama Ejecutiva del \u00a0orden nacional en estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el proyecto de Decreto fue \u00a0publicado en la p\u00e1gina web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en \u00a0cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 8 del art\u00edculo 8\u00ba de la Ley 1437 de 2011 y \u00a0por el art\u00edculo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3n de la \u00a0Secci\u00f3n 3 al Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. \u00a0Adici\u00f3nese la Secci\u00f3n 3 al Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 \u00a0del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en los \u00a0siguientes t\u00e9rminos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cSecci\u00f3n 3 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Unificaci\u00f3n de las fuentes de \u00a0emprendimiento y desarrollo empresarial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.1. Objeto. La presente \u00a0Secci\u00f3n tiene por objeto establecer los lineamientos para la articulaci\u00f3n de \u00a0los programas, instrumentos y proyectos para el emprendimiento y el desarrollo \u00a0empresarial con \u00e9nfasis en emprendimiento e innovaci\u00f3n empresarial en el pa\u00eds \u00a0de las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el orden nacional a \u00a0trav\u00e9s de iNNpulsa Colombia, para dar cumplimiento a lo establecido en el \u00a0art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.2. \u00c1mbito \u00a0de aplicaci\u00f3n. Esta Secci\u00f3n aplica a los organismos y entidades que integran la \u00a0Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.3. Deber de \u00a0articulaci\u00f3n. Conforme a lo establecido en el art\u00edculo 46 de la Ley 2069 de 2020, las \u00a0entidades que integran la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en el orden nacional \u00a0deber\u00e1n articular con iNNpulsa Colombia la oferta institucional de programas, \u00a0instrumentos y proyectos dirigidos a impactar el emprendimiento en el pa\u00eds y\/o \u00a0a promover el desarrollo empresarial con \u00e9nfasis en emprendimiento e innovaci\u00f3n \u00a0empresarial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.4. \u00a0Lineamientos para la articulaci\u00f3n. Para cumplir con lo establecido \u00a0en el art\u00edculo 2.2.1.2.3.3. del presente decreto, ad\u00e1ptese la metodolog\u00eda y \u00a0recomendaciones de \u201cArticulaci\u00f3n para la Competitividad (ArCo)\u201d, o las \u00a0metodolog\u00edas o instrumentos que hagan sus veces, como herramientas para \u00a0optimizar la oferta institucional que recoge las intervenciones de pol\u00edtica \u00a0orientadas al emprendimiento y desarrollo empresarial desarrolladas por las entidades \u00a0de la Rama Ejecutiva del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.5. \u00a0Implementaci\u00f3n de la metodolog\u00eda ArCo, o las metodolog\u00edas o instrumentos que \u00a0hagan sus veces. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, en el marco del Sistema Nacional de Competitividad e \u00a0Innovaci\u00f3n, realizar\u00e1n el seguimiento a la implementaci\u00f3n de la metodolog\u00eda y \u00a0recomendaciones de ArCo, o las metodolog\u00edas o instrumentos que hagan sus veces, \u00a0en los temas de emprendimiento y desarrollo empresarial por parte de las \u00a0entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los \u00a0lineamientos y procedimientos de la metodolog\u00eda ArCo, o las metodolog\u00edas o \u00a0instrumentos que hagan sus veces, ser\u00e1n definidos por el Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n. Para estos efectos, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0podr\u00e1, en cualquier tiempo, realizar los ajustes que considere necesarios sobre \u00a0los lineamientos t\u00e9cnicos para el desarrollo de la metodolog\u00eda ArCo, o la que \u00a0haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La implementaci\u00f3n de las recomendaciones en materia de \u00a0optimizaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de la oferta de instrumentos que surjan de la \u00a0aplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda ArCo, o las metodolog\u00edas o instrumentos que hagan \u00a0sus veces, en sus diferentes niveles de articulaci\u00f3n, ser\u00e1 definida en el marco \u00a0del Comit\u00e9 Ejecutivo del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, con \u00a0base en los insumos de los Comit\u00e9s T\u00e9cnicos de dicho Sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.6. Socializaci\u00f3n de resultados y \u00a0recomendaciones ArCo, o las metodolog\u00edas o instrumentos que hagan sus veces. Anualmente, \u00a0en el proceso de formulaci\u00f3n de los proyectos de inversi\u00f3n y en el marco de las \u00a0actividades del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, se \u00a0socializar\u00e1n los resultados y recomendaciones de la metodolog\u00eda ArCo, o la que \u00a0haga sus veces, a las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.7. \u00a0Consideraci\u00f3n de las recomendaciones Arco, o la que haga sus veces, en el \u00a0concepto de viabilidad a cargo de los sectores a los proyectos de inversi\u00f3n \u00a0p\u00fablica. El respectivo ministerio o departamento administrativo al cual \u00a0se encuentre adscrita o vinculada la entidad ejecutora de los proyectos de \u00a0inversi\u00f3n, para emitir el concepto de viabilidad a su cargo, deber\u00e1 verificar \u00a0que los proyectos relacionados con emprendimiento y desarrollo empresarial \u00a0cumplan con las recomendaciones emitidas por el Comit\u00e9 Ejecutivo del Sistema \u00a0Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, o la instancia competente que haga sus \u00a0veces, en el marco de la aplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda ArCo, o las metodolog\u00edas \u00a0o instrumentos que hagan sus veces. El no cumplimiento de estas recomendaciones \u00a0ser\u00e1 causal de devoluci\u00f3n del proyecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los ministerios y departamentos \u00a0administrativos, frente a aquellos proyectos de inversi\u00f3n en los cuales sean \u00a0ejecutores, podr\u00e1n aplicar lo dispuesto en el primer inciso de este art\u00edculo a \u00a0trav\u00e9s de quien sea designado por el jefe de la entidad para tal prop\u00f3sito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.1.3.3.8. \u00a0Consideraci\u00f3n de las recomendaciones ArCo, o la que haga sus veces, en el \u00a0control posterior de viabilidad a cargo del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0a los proyectos de inversi\u00f3n p\u00fablica. El Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, al realizar el control posterior de viabilidad, o el que haga sus \u00a0veces, de los proyectos de inversi\u00f3n p\u00fablica relacionados con emprendimiento y \u00a0desarrollo empresarial, deber\u00e1 tener en cuenta las recomendaciones emitidas por \u00a0el Comit\u00e9 Ejecutivo del Sistema Nacional de Competitividad e Innovaci\u00f3n, o la \u00a0instancia competente que haga sus veces, en el marco de la aplicaci\u00f3n de la \u00a0metodolog\u00eda ArCo, o las metodolog\u00edas o instrumentos que hagan sus veces. El no \u00a0cumplimiento de estas recomendaciones ser\u00e1 causal de devoluci\u00f3n del proyecto.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente \u00a0decreto rige desde su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial y adiciona la \u00a0Secci\u00f3n 3 al Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 24 de \u00a0diciembre de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Comercio, \u00a0Industria y Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Ximena Lombana Villalba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandra Carolina Botero \u00a0Barco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01838 DE 2021 \u00a0 \u00a0\u00a0 (diciembre 24) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.898, diciembre 24 de \u00a02021 \u00a0 \u00a0 por el cual se adiciona la \u00a0Secci\u00f3n 3 al Cap\u00edtulo 3 del T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, \u00a0Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, con el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55807","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55807","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55807"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55807\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55807"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55807"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55807"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}