{"id":55852,"date":"2023-08-23T19:41:22","date_gmt":"2023-08-23T19:41:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1894-de-2021\/"},"modified":"2023-08-23T19:41:22","modified_gmt":"2023-08-23T19:41:22","slug":"decreto-1894-de-2021","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1894-de-2021\/","title":{"rendered":"DECRETO 1894 DE 2021"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01894 DE 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 30) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.903, diciembre 30 de \u00a02021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0planta de personal del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las que le confiere el numeral 14 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0los literales m) y n) del art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y el \u00a0art\u00edculo 115 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n (DNP) pertenece al sector central de la administraci\u00f3n p\u00fablica \u00a0nacional de la Rama Ejecutiva del poder p\u00fablico del orden nacional, de \u00a0conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos 115 y 343 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, y seg\u00fan lo establecido por el literal (d) del numeral 1 del art\u00edculo \u00a038 de la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto 2190 de 2017 \u00a0se modific\u00f3 la planta de personal del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n en el \u00a0sentido de suprimir algunos cargos, crear otros y se derogaron los Decretos 196 de 2004, 670 de 2004, 1408 de 2004, 2356 de 2004, 4415 de 2004, 2437 de 2005, 4356 de 2005, 4663 de 2005, 4116 de 2006, 1679 de 2007, 4049 de 2007, 3518 de 2009, 3958 de 2010, 1833 de 2012, 1164 de 2013 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones que le fueran contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a trav\u00e9s del Decreto 1857 de 2019, \u00a0se cre\u00f3 la Comisi\u00f3n Intersectorial de Alto Nivel para asuntos OCDE, de la cual \u00a0hace parte el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y ejerce la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de dicha instancia, as\u00ed como la presidencia del Comit\u00e9 T\u00e9cnico \u00a0Interinstitucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto 1822 de 2020, \u00a0se modific\u00f3 el Decreto 2489 de 2006 \u00a0\u201cpor el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificaci\u00f3n de los \u00a0empleos p\u00fablicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y \u00a0dem\u00e1s organismos y entidades p\u00fablicas del orden nacional y se dictan otras \u00a0disposiciones\u201d, adicionando en su art\u00edculo 1\u00ba la nomenclatura de Asesor OCDE-c\u00f3digo \u00a01030 grado 11, en los empleos del nivel asesor de la rama ejecutiva del orden \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el par\u00e1grafo del art\u00edculo \u00a01\u00ba del citado Decreto, establece que la denominaci\u00f3n del empleo de Asesor \u00a0OCDE-c\u00f3digo 1030 grado 11 creada en virtud de dicha disposici\u00f3n normativa, \u00a0\u00fanicamente podr\u00e1 ser utilizada en la planta de personal del Departamento \u00a0Administrativo de Planeaci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n como entidad responsable \u00a0en Colombia de orientar la definici\u00f3n de las pol\u00edticas en los dem\u00e1s sectores \u00a0administrativos que integran la Administraci\u00f3n P\u00fablica, y en su calidad de: (i) \u00a0miembro de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Alto Nivel encargada de coordinar los \u00a0asuntos de Colombia ante la OCDE, (ii) Secretario T\u00e9cnico de dicha Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial y (iii) Presidente del Comit\u00e9 T\u00e9cnico Interinstitucional, debe \u00a0contar con miembros de su planta de personal para su representaci\u00f3n en la \u00a0Misi\u00f3n de Colombia ante la OCDE, dada la amplitud, transversalidad y car\u00e1cter \u00a0t\u00e9cnico de los temas de trabajo que deber\u00e1n asumirse frente a la Organizaci\u00f3n, \u00a0as\u00ed como su incidencia en materia de pol\u00edtica p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno nacional \u00a0modific\u00f3 la estructura del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n determin\u00f3 sus \u00a0funciones generales, cre\u00f3 nuevas dependencias, y modific\u00f3 las existentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se requiere modificar la \u00a0planta de personal del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n para que responda a \u00a0la nueva estructura interna y a las necesidades identificadas en el estudio \u00a0t\u00e9cnico, en especial a los resultados de cargas laborales y an\u00e1lisis de los \u00a0perfiles, as\u00ed como a los nuevos retos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la modificaci\u00f3n de la \u00a0planta de personal da cumplimiento a lo dispuesto en el art\u00edculo 196 de la Ley 1955 de 2019, \u00a0reglamentado por el Decreto 2365 de 2019, \u00a0incorporado en el Decreto 1083 de 2015, \u00a0\u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, que se\u00f1ala que en el diez \u00a0(10%) de los nuevos empleos derivados de modificaciones de las plantas de \u00a0personal no se exigir\u00e1 experiencia profesional para el nivel profesional, con \u00a0el fin de viabilizar la vinculaci\u00f3n al servicio p\u00fablico de los j\u00f3venes entre 18 \u00a0y 28 a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica (DAPRE) bajo radicado \u00a0OFI21-00150155 \/ IDM 13000000 de fecha 29 de octubre de 2021, emiti\u00f3 concepto \u00a0favorable a la modificaci\u00f3n de la planta de personal del Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n; toda vez que: (i) se estructur\u00f3 a costo cero, cumple con lo \u00a0dispuesto en la Directiva Presidencial 09 de 2018 y en el Decreto 371 de 2021; \u00a0(ii) se encuentra enmarcada en las pol\u00edticas del Gobierno Nacional; (iii) \u00a0responde a lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo y (iv) contribuye \u00a0al fortalecimiento del DNP para responder a sus nuevos desaf\u00edos \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n present\u00f3 ante el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0el estudio t\u00e9cnico de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto ley 019 de \u00a02012 y los art\u00edculos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0para efectos de adelantar la modificaci\u00f3n de la planta de empleos, obteniendo \u00a0el respectivo concepto favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, con \u00a0el prop\u00f3sito de modificar la planta de personal del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, otorg\u00f3 la correspondiente viabilidad presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Suprimir de la planta de personal del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n los siguientes empleos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Crear en la planta de personal del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n los siguientes empleos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los empleos de Asesor OCDE estar\u00e1n \u00a0adscritos a la misi\u00f3n diplom\u00e1tica permanente de Colombia ante la OCDE, en \u00a0calidad de Consejero y ser\u00e1n nominados por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los servidores que presten los \u00a0servicios en el exterior percibir\u00e1n la asignaci\u00f3n b\u00e1sica y los elementos \u00a0salariales dispuestos en los art\u00edculos 2\u00ba y 3\u00ba del Decreto 2348 de 2014, \u00a0establecidos para el empleo de Consejero de la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el evento en que los asesores OCDE \u00a0presten sus servicios en el pa\u00eds, percibir\u00e1n la remuneraci\u00f3n correspondiente a \u00a0la de Asesor Grado 11 de la planta de personal del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Los derechos, garant\u00edas y \u00a0deberes de los asesores OCDE, se regir\u00e1n por las cl\u00e1usulas previstas en el \u00a0convenio que para el efecto celebre el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n con \u00a0el Ministerio de Relaciones Exteriores, y en todo caso les ser\u00e1n aplicables las \u00a0normas que rigen el servicio exterior de la Rep\u00fablica, mientras presten sus \u00a0servicios en el exterior. Administrativamente depender\u00e1n de la misi\u00f3n a la cual \u00a0est\u00e1n adscritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los requisitos del empleo \u00a0Asesor OCDE ser\u00e1n definidos en el Manual de Funciones del Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n y ser\u00e1n equivalentes a los que se exigen para el empleo de \u00a0Consejero de Carrera Diplom\u00e1tica y Consular del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. La Directora \u00a0General del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n distribuir\u00e1 los cargos de la \u00a0planta global a que se refiere el art\u00edculo 2\u00b0 del presente Decreto mediante \u00a0acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del \u00a0servicio y los planes y programas de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. La provisi\u00f3n de \u00a0los empleos creados en el art\u00edculo 2\u00ba del \u00a0presente Decreto, deber\u00e1 hacerse de acuerdo con lo establecido en la Ley 1960 de 2019 y \u00a0las disposiciones vigentes sobre la materia. En todo caso, la provisi\u00f3n de los \u00a0mismos deber\u00e1 hacerse de conformidad con las disponibilidades presupuestales y \u00a0hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. El Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n deber\u00e1 adoptar las medidas para la implementaci\u00f3n del \u00a0presente Decreto y efectuar\u00e1 las incorporaciones a que haya lugar previo el \u00a0agotamiento de lo establecido en la Ley 1960 de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. El presente \u00a0Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y modifica el Decreto 2190 de 2017 \u00a0y dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 30 de \u00a0diciembre de 2021 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro General \u00a0encargado de las Funciones del Empleo de Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Jim\u00e9nez Rodr\u00edguez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandra Carolina Botero \u00a0Barco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Alvis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01894 DE 2021 \u00a0 \u00a0 (diciembre 30) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.903, diciembre 30 de \u00a02021 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0planta de personal del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y se dictan otras \u00a0disposiciones. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[82],"tags":[],"class_list":["post-55852","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2021"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55852","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55852"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55852\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55852"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55852"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55852"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}