{"id":55863,"date":"2023-08-23T20:44:27","date_gmt":"2023-08-23T20:44:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-21-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:44:27","modified_gmt":"2023-08-23T20:44:27","slug":"decreto-21-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-21-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 21 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 021 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.916, enero 13 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0estructura del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial, las conferidas en el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con lo establecido en el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), es un establecimiento p\u00fablico del orden \u00a0nacional, adscrito al Ministerio de Cultura, creado mediante el Decreto 2667 de 1999 \u00a0que tiene por objetivo \u201cel fomento, la realizaci\u00f3n, la publicaci\u00f3n y la \u00a0divulgaci\u00f3n de investigaciones antropol\u00f3gicas, arqueol\u00f3gicas, hist\u00f3ricas y \u00a0sobre el patrimonio cultural de la Naci\u00f3n\u201d y adicionalmente, de conformidad \u00a0con lo dispuesto en la Ley General de Cultura (Ley 397 de 1997) es \u201cla \u00a0instituci\u00f3n competente en el territorio nacional respecto del manejo del \u00a0patrimonio arqueol\u00f3gico\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que una de las \u00a0responsabilidades del Instituto est\u00e1 relacionada con los Programas de \u00a0Arqueolog\u00eda Preventiva, cuyo desarrollo tiene un impacto directo en la \u00a0ejecuci\u00f3n de proyectos de inter\u00e9s estrat\u00e9gico a nivel nacional, en armon\u00eda con \u00a0la protecci\u00f3n del patrimonio arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Instituto fortalecer\u00e1 la \u00a0pol\u00edtica de relacionamiento con el ciudadano, participaci\u00f3n, di\u00e1logo social, para una mayor comunicaci\u00f3n con los grupos de \u00a0valor, la interacci\u00f3n en la creaci\u00f3n de planes, programas y proyectos, control \u00a0y veedur\u00eda ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Instituto, realiz\u00f3 un \u00a0estudio t\u00e9cnico en el cual evidenci\u00f3 la necesidad de cambiar el modelo de \u00a0operaci\u00f3n en los procesos estrat\u00e9gicos, misionales y de apoyo, como la \u00a0incorporaci\u00f3n de la gesti\u00f3n preventiva, correctiva y sancionatoria, para los \u00a0temas arqueol\u00f3gicos y patrimoniales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), present\u00f3 al Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto ley 019 de \u00a02012, y los art\u00edculos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0para efectos de modificar la estructura, encontr\u00e1ndola ajustada t\u00e9cnicamente y \u00a0emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, para los fines de este \u00a0Decreto, la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico otorg\u00f3 la viabilidad presupuestal para modificar \u00a0la planta de personal del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Naturaleza, Objetivo, Funciones \u00a0Generales, Recursos y Patrimonio del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Naturaleza Jur\u00eddica. El Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh), es un establecimiento p\u00fablico del orden nacional, adscrito al \u00a0Ministerio de Cultura, dotado de personer\u00eda jur\u00eddica, con patrimonio \u00a0independiente, autonom\u00eda administrativa y financiera y de car\u00e1cter cient\u00edfico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Sede. El Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), tendr\u00e1 como domicilio la ciudad de Bogot\u00e1, D.C., y podr\u00e1 establecer en \u00a0el territorio nacional las unidades que sean necesarias para el logro de sus \u00a0objetivos y el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Objeto. El Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), tendr\u00e1 por objeto aportar al desarrollo de lineamientos de pol\u00edtica \u00a0p\u00fablica a trav\u00e9s de la investigaci\u00f3n, generaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n del conocimiento \u00a0t\u00e9cnico y cient\u00edfico en los campos de antropolog\u00eda, arqueolog\u00eda e historia, \u00a0siendo la m\u00e1xima autoridad en materia de patrimonio arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones Generales. El Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh), cumplir\u00e1 las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Actuar como la instituci\u00f3n \u00a0competente en el territorio nacional respecto del manejo del patrimonio \u00a0arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer los criterios \u00a0cient\u00edficos y t\u00e9cnicos y planificar el desarrollo de la investigaci\u00f3n en los \u00a0campos de la antropolog\u00eda social, arqueolog\u00eda, bioantropolog\u00eda, historia \u00a0colonial, etnohistoria y patrimonio arqueol\u00f3gico y etnogr\u00e1fico colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover y realizar \u00a0programas de investigaci\u00f3n de las culturas ind\u00edgenas, negras, afrocolombianas, \u00a0raizales y palenqueras, que contribuyan a la preservaci\u00f3n y desarrollo de la \u00a0identidad cultural de sus comunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fomentar, asesorar y apoyar \u00a0las investigaciones en las \u00e1reas afines al Instituto que efect\u00faen instituciones \u00a0e investigadores nacionales y extranjeros de car\u00e1cter p\u00fablico o privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer v\u00ednculos e \u00a0intercambios con personas, organizaciones, instituciones u organismos \u00a0nacionales e internacionales dedicados al estudio e investigaci\u00f3n de las \u00a0culturas, en particular la afroamericana y africana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Implementar los mecanismos \u00a0necesarios para la efectiva presencia institucional e investigativa, en las \u00a0regiones habitadas por las comunidades ind\u00edgenas, negras, afrocolombianas, \u00a0raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover, desarrollar y \u00a0divulgar la investigaci\u00f3n cient\u00edfica sobre los trabajos realizados por la \u00a0Expedici\u00f3n Bot\u00e1nica del Nuevo Reino de Granada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer los requisitos \u00a0para las intervenciones de investigaci\u00f3n arqueol\u00f3gica y aprobar las solicitudes \u00a0que se presenten para dicho fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Difundir y publicar los \u00a0resultados de las investigaciones realizadas acorde con el objetivo y funciones \u00a0del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a las entidades \u00a0del orden nacional, regional y local, que as\u00ed lo soliciten, en el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de planes y proyectos de desarrollo cultural y social, para las \u00a0comunidades ind\u00edgenas, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Emitir concepto acerca de \u00a0los bienes que deban ser considerados como patrimonio arqueol\u00f3gico y \u00a0antropol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Declarar \u00e1reas protegidas \u00a0en las que existan bienes pertenecientes al patrimonio arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Mantener actualizado el \u00a0registro del patrimonio arqueol\u00f3gico y etnogr\u00e1fico nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Autorizar la exportaci\u00f3n \u00a0temporal de bienes pertenecientes al patrimonio arqueol\u00f3gico, con el \u00fanico fin \u00a0de ser exhibidos al p\u00fablico o estudiados cient\u00edficamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Reglamentar par\u00e1metros para \u00a0evaluar la idoneidad de los profesionales, as\u00ed como los requisitos documentales \u00a0y aspectos t\u00e9cnicos necesarios, para solicitar y expedir las autorizaciones de \u00a0intervenci\u00f3n sobre el patrimonio arqueol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Determinar, en caso de duda \u00a0y\/o controversia, la pertenencia de un bien mueble o inmueble al patrimonio \u00a0arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n, de acuerdo con criterios t\u00e9cnicos y cient\u00edficos \u00a0establecidos por la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Certificar la r\u00e9plica, \u00a0copia o imitaci\u00f3n de bienes integrantes del patrimonio arqueol\u00f3gico de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Establecer los requisitos \u00a0para las intervenciones en desarrollo de proyectos o actividades que no \u00a0requieren licencia ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Establecer los requisitos \u00a0para las intervenciones de preservaci\u00f3n, conservaci\u00f3n o restauraci\u00f3n del \u00a0patrimonio arqueol\u00f3gico o el patrimonio cultural de la Naci\u00f3n y aprobar las \u00a0solicitudes que se presenten para dicho fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Decomisar material de \u00a0bienes integrantes del patrimonio arqueol\u00f3gico de acuerdo con lo establecido en \u00a0las disposiciones y normatividad vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Autorizar la exportaci\u00f3n \u00a0temporal de bienes arqueol\u00f3gicos de propiedad de diplom\u00e1ticos acreditados por \u00a0Colombia en el exterior, o aquellos con destino a sedes diplom\u00e1ticas del pa\u00eds \u00a0en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Adelantar los procesos \u00a0t\u00e9cnicos de las bibliotecas Cervantes y de Antropolog\u00eda y prestar el servicio \u00a0al p\u00fablico en los temas de su especialidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Dirigir la conservaci\u00f3n y \u00a0el mantenimiento de los parques arqueol\u00f3gicos cuya custodia le sea encargada, \u00a0como espacios depositarios de bienes de inter\u00e9s cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Identificar y declarar las \u00a0\u00e1reas de potencial arqueol\u00f3gico en el territorio nacional y establecer las \u00a0obligaciones diferenciadas en el marco del Programa de Arqueolog\u00eda Preventiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Aprobar y hacer seguimiento \u00a0a los Planes de Manejo Arqueol\u00f3gico, as\u00ed como a los informes parciales y \u00a0finales, aprobados en el marco de los Programas de Arqueolog\u00eda Preventiva o \u00a0\u00c1reas Arqueol\u00f3gicas Protegidas conforme a los requisitos y disposiciones \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Aprobar o negar las solicitudes \u00a0de intervenci\u00f3n en bienes pertenecientes al patrimonio arqueol\u00f3gico o cultural \u00a0sumergido de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Establecer los requisitos \u00a0para las intervenciones y aprobar las solicitudes de apertura, cierre o cesi\u00f3n, \u00a0las medidas de manejo y dem\u00e1s tr\u00e1mites relacionados con los Programas de \u00a0Arqueolog\u00eda Preventiva que deber\u00e1n ser aplicadas para intervenir cualquier bien \u00a0perteneciente al patrimonio arqueol\u00f3gico o patrimonio cultural sumergido de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Conocer los informes y \u00a0definir las medidas aplicables para una adecuada protecci\u00f3n de los bienes \u00a0pertenecientes al patrimonio arqueol\u00f3gico o al patrimonio cultural sumergido en \u00a0caso de hallazgos fortuitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Autorizar a las personas naturales o jur\u00eddicas para ejercer \u00a0la tenencia de los bienes del patrimonio arqueol\u00f3gico o cultural sumergido, \u00a0siempre que estas cumplan con las obligaciones de registro, manejo y seguridad \u00a0de dichos bienes que determine el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Adelantar los procedimientos administrativos, correctivos y \u00a0sancionatorios con respecto a las faltas contra el patrimonio arqueol\u00f3gico y \u00a0patrimonio cultural sumergido de la Naci\u00f3n o por comportamientos contrarios a \u00a0su protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n de conformidad con las normas vigentes sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Registrar y mantener un \u00a0inventario de los bienes pertenecientes al patrimonio arqueol\u00f3gico y al \u00a0patrimonio cultural sumergido de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Autorizar los comodatos con \u00a0entidades privadas sin \u00e1nimo de lucro de reconocida idoneidad o celebrar con \u00a0\u00e9stas convenios o contratos respecto de bienes arqueol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. Adoptar las medidas \u00a0t\u00e9cnicas necesarias para la preservaci\u00f3n de los bienes hallados, recuperados o \u00a0extra\u00eddos pertenecientes al patrimonio cultural sumergido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. Adoptar las medidas \u00a0previstas en la Ley con el concurso inmediato, si fuera necesario de la Fuerza \u00a0P\u00fablica y dem\u00e1s autoridades, para proteger los hallazgos de bienes \u00a0pertenecientes al patrimonio cultural sumergido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. Manejar las im\u00e1genes \u00a0generadas en el proceso de intervenci\u00f3n del patrimonio cultural sumergido, as\u00ed \u00a0como otorgar autorizaciones o la cesi\u00f3n de derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>36. Conceptuar sobre \u00a0asociaciones p\u00fablico-privadas de iniciativa privada para proyectos de \u00a0patrimonio cultural sumergido en etapa de prefactibilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>37. Presentar solicitudes ante \u00a0el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, de manera conjunta con el \u00a0Ministerio de Cultura, sobre la inclusi\u00f3n de manifestaciones en la Lista \u00a0Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial, y sobre el Plan de \u00a0Salvaguardia propuesto para el respectivo caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>38. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas de acuerdo con su naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. \u00d3rganos de Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n. La Direcci\u00f3n y \u00a0Administraci\u00f3n del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), \u00a0estar\u00e1 a cargo de un Consejo Directivo y de un Director General de libre \u00a0nombramiento y remoci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica que ejercer\u00e1 la \u00a0representaci\u00f3n legal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Recursos y Patrimonio. Los recursos y el patrimonio del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), est\u00e1n constituidos por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las partidas ordinarias y \u00a0extraordinarias asignadas en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los recursos propios, rentas \u00a0contractuales y dem\u00e1s que por su naturaleza hacen parte del patrimonio de los \u00a0establecimientos p\u00fablicos de conformidad con las normas presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los bienes que le transfiera \u00a0la Naci\u00f3n y otras entidades p\u00fablicas del orden nacional o regional, as\u00ed como, \u00a0los de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las sumas y los bienes \u00a0muebles e inmuebles que le sean donados o cedidos por entidades p\u00fablicas o \u00a0privadas, de car\u00e1cter nacional o internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los recursos que reciba por \u00a0la venta de bienes y la prestaci\u00f3n de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Los recursos que reciba por \u00a0la celebraci\u00f3n de convenios de ciencia y tecnolog\u00eda o por donaciones que reciba \u00a0en calidad de entidad de car\u00e1cter cient\u00edfico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los bienes muebles e \u00a0inmuebles que adquiera, o haya adquirido a cualquier T\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Los dem\u00e1s recursos que le \u00a0se\u00f1ale el presente decreto o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura y Funciones de las \u00a0Dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Estructura. El Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), tendr\u00e1 para el desarrollo de sus funciones la siguiente estructura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Investigaci\u00f3n y Producci\u00f3n Cient\u00edfica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n del \u00a0Patrimonio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Apropiaci\u00f3n \u00a0Social y Relacionamiento con el Ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Comit\u00e9 Institucional de \u00a0Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Integraci\u00f3n del Consejo Directivo. El Consejo Directivo del \u00a0Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), estar\u00e1 integrado de la \u00a0siguiente manera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Cultura, o su \u00a0delegado, quien lo presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Director General de la \u00a0Agencia Presidencial de Cooperaci\u00f3n Internacional o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dos (2) miembros designados \u00a0por el Presidente de la Rep\u00fablica, expertos en el campo de acci\u00f3n del \u00a0Instituto, con sus respectivos suplentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Rector de la Universidad \u00a0Nacional de Colombia o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un (1) experto en el campo \u00a0de acci\u00f3n del Instituto elegido por el Consejo Directivo de una terna \u00a0presentada por el Ministro de Cultura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los \u00a0miembros designados por el Presidente de la Rep\u00fablica lo ser\u00e1n para un per\u00edodo \u00a0de dos (2) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. El \u00a0Director General del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), \u00a0participar\u00e1 en el Consejo Directivo, con derecho a voz, pero sin voto. El mismo \u00a0ejercer\u00e1 la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo \u00a0Directivo del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda Historia (Icanh), las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular a propuesta del \u00a0representante legal, la pol\u00edtica general del organismo, los planes y programas \u00a0que, conforme a la Ley Org\u00e1nica de Planeaci\u00f3n y a la Ley Org\u00e1nica del \u00a0Presupuesto, deben proponerse para su incorporaci\u00f3n a los planes sectoriales y a \u00a0trav\u00e9s de estos, al Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular a propuesta del \u00a0representante legal, la pol\u00edtica de mejoramiento continuo de la entidad, as\u00ed \u00a0como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer de las evaluaciones \u00a0semestrales de ejecuci\u00f3n presentadas por la administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proponer al Gobierno \u00a0nacional las modificaciones de la estructura org\u00e1nica que consideren \u00a0pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma \u00a0que a ellos se introduzcan de conformidad con lo dispuesto en sus actos de \u00a0creaci\u00f3n o reestructuraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Aprobar el proyecto de \u00a0presupuesto anual del respectivo organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que les se\u00f1alen la \u00a0Ley, el acto de creaci\u00f3n y los estatutos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n General. Son funciones de la Direcci\u00f3n General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar, vigilar \u00a0y controlar las actividades del Instituto y la ejecuci\u00f3n de sus programas y \u00a0proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer al Consejo \u00a0Directivo la pol\u00edtica general del organismo y los planes y programas que \u00a0procuren incorporarse a los planes sectoriales y, a trav\u00e9s de estos, al Plan \u00a0Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer al Consejo \u00a0Directivo la pol\u00edtica de mejoramiento continuo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las acciones de \u00a0intercambio con otras entidades nacionales o extranjeras en las materias \u00a0propias del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Fijar los derechos a cargo \u00a0de los usuarios por la enajenaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de servicios, derivados del \u00a0objeto del Instituto cuando as\u00ed se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir a las reuniones de \u00a0los organismos en los cuales deba participar o nombrar su representante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Rendir informes generales o \u00a0peri\u00f3dicos y particulares al Presidente de la Rep\u00fablica y al Ministro de \u00a0Cultura, sobre las actividades desarrolladas, la situaci\u00f3n general del \u00a0Instituto y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la pol\u00edtica \u00a0del gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar al Gobierno \u00a0nacional y acompa\u00f1ar al formulador de las pol\u00edticas en las materias que tengan \u00a0relaci\u00f3n con el fomento, la realizaci\u00f3n, la publicaci\u00f3n y la divulgaci\u00f3n de \u00a0investigaciones antropol\u00f3gicas, arqueol\u00f3gicas, hist\u00f3ricas y sobre el patrimonio \u00a0cultural de la Naci\u00f3n y en las dem\u00e1s \u00e1reas propias de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, vigilar, \u00a0controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n y cumplimiento de los objetivos, funciones, \u00a0pol\u00edticas, planes y programas inherentes al objeto de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar y representar al pa\u00eds en los espacios \u00a0internacionales, foros, organizaciones regionales y multilaterales competentes \u00a0en los temas relacionados objeto del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de informaci\u00f3n requerida \u00a0para el cumplimiento de su objeto y definir pol\u00edticas, estrategias, planes y \u00a0acciones en materia de comunicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Nombrar y remover el \u00a0personal del Instituto, con excepci\u00f3n de los empleos cuya nominaci\u00f3n est\u00e9 \u00a0atribuida a otra autoridad, de conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ejercer la segunda \u00a0instancia en los procesos disciplinarios, de acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Crear, organizar y \u00a0conformar comit\u00e9s, comisiones, equipos transversales y grupos internos de \u00a0trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio \u00a0y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ordenar el gasto de los \u00a0recursos asignados al Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), \u00a0y vigilar la adecuada ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Establecer las tarifas por \u00a0la venta de bienes y la prestaci\u00f3n de servicios a cargo del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Aprobar los anteproyectos \u00a0de presupuesto de inversi\u00f3n y de funcionamiento del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Gestionar ante las \u00a0autoridades competentes la consecuci\u00f3n de fuentes de financiaci\u00f3n con destino \u00a0al Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Suscribir de conformidad \u00a0con el Estatuto General de Contrataci\u00f3n P\u00fablica y el Estatuto Org\u00e1nico del \u00a0Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Instituto Colombiano \u00a0de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dirigir la administraci\u00f3n \u00a0de personal conforme a las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Aprobar el Plan Operativo \u00a0de Inversi\u00f3n Anual de los recursos asignados al Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Dirigir la implementaci\u00f3n \u00a0del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), y garantizar el ejercicio \u00a0del Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0Ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y establecer los \u00a0lineamientos del proceso de planeaci\u00f3n del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda \u00a0e Historia (Icanh), en los aspectos estrat\u00e9gicos, t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y \u00a0administrativos, acorde con las directrices del Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y asesorar la \u00a0elaboraci\u00f3n de los planes, programas y proyectos del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), as\u00ed como realizar su seguimiento, evaluaci\u00f3n y \u00a0actualizaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias para el cumplimiento \u00a0del objetivo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar el seguimiento a la \u00a0planeaci\u00f3n y a la gesti\u00f3n institucional y coordinar los ajustes requeridos a \u00a0los planes para su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Estructurar, con las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), los \u00a0informes relacionados con los avances y resultados de la estrategia \u00a0institucional, los planes, programas y proyectos, de acuerdo con los \u00a0requerimientos y las normas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar, consolidar y \u00a0presentar el anteproyecto de presupuesto del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), de acuerdo con las necesidades y \u00a0requerimientos de las dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar al Banco de \u00a0Programas y Proyectos de Inversi\u00f3n P\u00fablica Nacional del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), los proyectos de inversi\u00f3n a incluir en el \u00a0Plan Operativo Anual de Inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con el Ministerio \u00a0de Cultura la elaboraci\u00f3n del Marco de Gasto de Mediano Plazo Sectorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar el seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n de los presupuestos del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh), y adelantar los tr\u00e1mites que se requieran ante las Entidades \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Administrar el Modelo \u00a0Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n al interior de la Entidad y orientar su \u00a0implementaci\u00f3n, mantenimiento y sostenibilidad, respondiendo por las \u00a0dimensiones y pol\u00edticas que est\u00e9n a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Gestionar la articulaci\u00f3n \u00a0de los componentes que conforman el Sistema Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n \u00a0Institucional y, liderar la operaci\u00f3n, de aquellos que est\u00e1n a cargo de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar, asesorar y \u00a0monitorear la implementaci\u00f3n y mantenimiento de la gesti\u00f3n del riesgo en la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar y coordinar la \u00a0elaboraci\u00f3n del Plan Anticorrupci\u00f3n y de Atenci\u00f3n al Ciudadano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dependencias de la Entidad, los reportes, informes peri\u00f3dicos y los \u00a0dem\u00e1s reportes que le sean solicitados por el Director, o dem\u00e1s organismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Consolidar y presentar el \u00a0Informe anual del Sistema de Rendici\u00f3n Electr\u00f3nica de la Cuenta e Informe a la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Liderar y participar en las \u00a0pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), que le sean \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia, conforme a \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General \u00a0y a las dem\u00e1s dependencias, en asuntos, pol\u00edticas, instrumentos, herramientas y \u00a0consultas jur\u00eddicas que se presenten en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Impartir las directrices \u00a0jur\u00eddicas y adoptar los instrumentos para la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las \u00a0normas por parte de las dependencias y dem\u00e1s organismos y entidades del Estado \u00a0en los temas de competencia del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer criterios de \u00a0interpretaci\u00f3n legal de \u00faltima instancia, as\u00ed como fijar la posici\u00f3n jur\u00eddica \u00a0definitiva del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Atender las consultas \u00a0jur\u00eddicas relacionadas con asuntos de competencia del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estudiar, emitir conceptos y \u00a0preparar proyectos de actos legislativos, leyes, decretos y dem\u00e1s actos \u00a0administrativos que el Director General deba someter a consideraci\u00f3n del \u00a0Gobierno nacional o suscribir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Compilar las normas legales \u00a0relacionadas con el Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente al Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), \u00a0en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales sean \u00a0parte, previo otorgamiento de poder, o delegaci\u00f3n del Director General, y \u00a0apoyar a las entidades p\u00fablicas en la defensa jur\u00eddica en los temas de \u00a0competencia del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer estrategias de \u00a0defensa respecto de los procesos judiciales en los cuales sea parte el \u00a0Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la elaboraci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica de prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico, as\u00ed como en la definici\u00f3n \u00a0de los riesgos jur\u00eddicos del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los procedimientos \u00a0administrativos correctivos y sancionatorios con respecto a las faltas contra \u00a0el patrimonio arqueol\u00f3gico y patrimonio cultural sumergido de la Naci\u00f3n o por \u00a0comportamientos contrarios a su protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adoptar las medidas previstas \u00a0en la Ley con el concurso inmediato, en conjunto con la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0del Patrimonio, la Fuerza P\u00fablica y dem\u00e1s autoridades, para proteger los \u00a0hallazgos de bienes pertenecientes al patrimonio cultural sumergido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Liderar la atenci\u00f3n de las \u00a0convocatorias de la Direcci\u00f3n de Consulta Previa del Ministerio del Interior \u00a0para la construcci\u00f3n del test de proporcionalidad tras el cierre de la consulta \u00a0previa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar los tr\u00e1mites e \u00a0informes dirigidos al Ministerio de Cultura, relacionados sobre la imposici\u00f3n \u00a0de sanciones por las faltas cometidas contra el patrimonio cultural de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adelantar las acciones en \u00a0la etapa de juzgamiento en materia de control disciplinario interno, conforme a \u00a0los lineamientos y las disposiciones normativas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Adelantar las actuaciones \u00a0que permitan suspender de manera inmediata las actividades que puedan afectar \u00a0el patrimonio arqueol\u00f3gico, el patrimonio cultural de la Naci\u00f3n o que se \u00a0adelanten sin la respectiva autorizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adelantar los decomisos de \u00a0material de bienes integrantes del patrimonio arqueol\u00f3gico de acuerdo con lo \u00a0establecido en las disposiciones y normatividad vigente sobre la materia, en \u00a0conjunto con las autoridades y entidades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir, establecer las \u00a0directrices y adelantar el cobro persuasivo y coactivo de las obligaciones a \u00a0favor del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), respecto de \u00a0los actos administrativos proferidos por la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Liderar y participar en las \u00a0pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), que le sean \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia, conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Funciones de la Oficina de Control Interno. Son \u00a0funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar \u00a0las auditor\u00edas internas, evaluaciones y seguimientos al Sistema Integrado de \u00a0Gesti\u00f3n y el desarrollo y sostenibilidad del Sistema de Control Interno del \u00a0Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el Sistema de \u00a0Control Interno est\u00e9 formalmente establecido dentro del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al \u00a0desarrollo de las funciones de todos los cargos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que los controles \u00a0definidos para los procesos, procedimientos y actividades del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), se cumplan por los responsables \u00a0de su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el cumplimiento de \u00a0las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y \u00a0metas de los procesos estrat\u00e9gicos, misionales, de apoyo y de evaluaci\u00f3n del \u00a0Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), y hacer las \u00a0recomendaciones necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Fomentar en toda la \u00a0organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura de control con enfoque hacia la \u00a0prevenci\u00f3n que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener permanentemente \u00a0informados al representante legal y el Comit\u00e9 Institucional de Coordinaci\u00f3n de \u00a0Control Interno acerca del estado del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n y el \u00a0desarrollo y sostenibilidad del Sistema de Control Interno dentro del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar la efectividad de \u00a0los planes de mejoramiento dise\u00f1ados por los l\u00edderes de los procesos del \u00a0Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), como resultado de las \u00a0evaluaciones, seguimientos y auditor\u00edas internas y de entes externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Poner en conocimiento de los \u00a0organismos competentes, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares de los \u00a0que conozca en desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Secretar\u00eda \u00a0General y las dependencias del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), la comunicaci\u00f3n con los entes externos de control, y realizar \u00a0seguimiento para que la informaci\u00f3n suministrada por los responsables, sea \u00a0entregada cumpliendo con los criterios de oportunidad, integridad y \u00a0pertinencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Liderar y participar en las \u00a0pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), que le sean \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia, \u00a0conforme a la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones de la \u00a0Oficina de Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de \u00a0Control Disciplinario Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejercer la funci\u00f3n \u00a0disciplinaria en primera instancia de conformidad con la Constituci\u00f3n, el \u00a0r\u00e9gimen Disciplinario y dem\u00e1s normas complementarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Conocer los procesos \u00a0disciplinarios contra los servidores y ex servidores del Instituto Colombiano \u00a0de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), de conformidad con la normativa vigente y \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divulgar al interior de la \u00a0entidad las normas en materia de control disciplinario con el objeto de \u00a0prevenir la ocurrencia de conductas violatorias del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Custodiar y administrar los \u00a0documentos y expedientes disciplinarios adelantados contra los servidores y ex \u00a0servidores p\u00fablicos de competencia de esta Oficina de acuerdo con la normativa \u00a0vigente y los lineamientos internos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Recibir y tramitar las \u00a0quejas, peticiones, reclamos o denuncias interpuestas por la ciudadan\u00eda que \u00a0lleguen por los canales institucionales o los informes presentados por los \u00a0servidores p\u00fablicos internos o externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar las acciones en la \u00a0etapa de instrucci\u00f3n en materia de control disciplinario interno, conforme a \u00a0los lineamientos y las disposiciones normativas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar oportunamente a la \u00a0Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n sobre el estado de los procesos \u00a0disciplinarios y la imposici\u00f3n de sanciones conforme a lineamientos normativos \u00a0y procedimentales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Poner en conocimiento de los \u00a0organismos competentes, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares con \u00a0incidencia fiscal, penal o de otra naturaleza, de los que se tenga conocimiento \u00a0dentro del proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Rendir informes sobre el \u00a0estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes cuando as\u00ed \u00a0lo requieran y atender los requerimientos de informaci\u00f3n provenientes de los \u00a0organismos de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Publicar, comunicar o \u00a0notificar los actos administrativos, fallos y autos (de tr\u00e1mite y de fondo) \u00a0proferidos por la dependencia en ejercicio de la potestad disciplinaria, en los \u00a0t\u00e9rminos previstos en la normatividad que rige la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Trasladar oportunamente el \u00a0expediente al Despacho del Director General para el tr\u00e1mite en segunda \u00a0instancia, cuando se hayan interpuesto los recursos de apelaci\u00f3n y queja, as\u00ed \u00a0como los impedimentos y las recusaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia, conforme a \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Producci\u00f3n Cient\u00edfica. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Producci\u00f3n Cient\u00edfica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar la \u00a0ejecuci\u00f3n y evaluar los proyectos y grupos de investigaci\u00f3n en materia de \u00a0antropolog\u00eda social y cultural, bioantropolog\u00eda, arqueolog\u00eda, historia y \u00a0etnohistoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer los criterios \u00a0cient\u00edficos para el desarrollo de las investigaciones y realizar las \u00a0publicaciones de los resultados de las investigaciones adelantadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en los procesos \u00a0investigativos de car\u00e1cter cient\u00edfico que efect\u00faen instituciones \u00a0internacionales o investigadores cient\u00edficos diferentes a la entidad, previa \u00a0consideraci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del inter\u00e9s cultural que ellos revistan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Interactuar con la docencia \u00a0cient\u00edfica en proyectos y grupos de investigaci\u00f3n acordes con el objetivo y \u00a0funciones del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar a la Direcci\u00f3n de \u00a0la entidad propuestas de investigaci\u00f3n tendientes a generar convenios \u00a0institucionales con entidades externas nacionales o internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Prestar asesor\u00eda cient\u00edfica \u00a0y promover el intercambio con entidades oficiales y privadas, nacionales e \u00a0internacionales, que fortalezca el desarrollo y la cualificaci\u00f3n de la \u00a0investigaci\u00f3n, promoci\u00f3n y difusi\u00f3n en materia de antropolog\u00eda social y \u00a0cultural, bioantropolog\u00eda, arqueolog\u00eda, historia y etnohistoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir conceptos a entidades \u00a0oficiales y particulares sobre la investigaci\u00f3n en materia de antropolog\u00eda \u00a0social y cultural, bioantropolog\u00eda, arqueolog\u00eda, historia y etnohistoria as\u00ed \u00a0como sobre la conservaci\u00f3n del patrimonio arqueol\u00f3gico y cultural colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Emitir conceptos t\u00e9cnicos \u00a0sobre la situaci\u00f3n y caracter\u00edsticas de los diferentes grupos humanos del pa\u00eds \u00a0a entidades p\u00fablicas y privadas cuando as\u00ed se le requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la recuperaci\u00f3n y \u00a0catalogaci\u00f3n de los archivos hist\u00f3ricos colombianos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Liderar los procesos de \u00a0investigaci\u00f3n, producci\u00f3n cient\u00edfica, publicaci\u00f3n y gesti\u00f3n editorial a cargo \u00a0del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las acciones que \u00a0permitan la acreditaci\u00f3n y mantenimiento del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), como centro de investigaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Liderar y participar en las \u00a0pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), que le sean \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia, conforme a \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n del Patrimonio. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Gesti\u00f3n del Patrimonio, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Orientar y realizar el registro \u00a0del patrimonio arqueol\u00f3gico y etnogr\u00e1fico del pa\u00eds de acuerdo con los \u00a0lineamientos establecidos por el Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar los procesos de \u00a0conservaci\u00f3n y mantenimiento de los parques arqueol\u00f3gicos cuya custodia le sea \u00a0encargada, como espacios depositarios de bienes de inter\u00e9s cultural de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir la formulaci\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y planes generales en lo \u00a0pertinente a temas de patrimonio arqueol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar y promover la \u00a0investigaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y protecci\u00f3n de los sitios y objetos arqueol\u00f3gicos \u00a0de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Tramitar las gestiones con \u00a0ocasi\u00f3n de los hallazgos fortuitos de bienes que hagan parte del patrimonio \u00a0arqueol\u00f3gico y definir las medidas aplicables para su protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Liderar y hacer seguimiento \u00a0a los Programas de Arqueolog\u00eda Preventiva realizados directamente o autorizados \u00a0en el pa\u00eds a trav\u00e9s de entidades p\u00fablicas y privadas conforme a los \u00a0lineamientos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y adelantar el \u00a0registro de sitios arqueol\u00f3gicos del pa\u00eds bajo criterios cient\u00edficos y \u00a0t\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar la base de datos \u00a0del registro nacional de arque\u00f3logos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar el registro de \u00a0colecciones etnogr\u00e1ficas que promuevan el desarrollo y la preservaci\u00f3n del \u00a0patrimonio cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Liderar la conservaci\u00f3n, inventario, investigaci\u00f3n, \u00a0documentaci\u00f3n, custodia y divulgaci\u00f3n de las colecciones de arqueolog\u00eda y \u00a0etnograf\u00eda en exposiciones permanentes, temporales y las que se encuentren en \u00a0reserva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar las actividades de registro e inventario de bienes \u00a0muebles o inmuebles del patrimonio arqueol\u00f3gico nacional con la participaci\u00f3n \u00a0de entidades oficiales y privadas, nacionales e internacionales que promuevan \u00a0el desarrollo, protecci\u00f3n, preservaci\u00f3n y conservaci\u00f3n del patrimonio \u00a0arqueol\u00f3gico y cultural de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fomentar la realizaci\u00f3n de \u00a0inventarios de bienes muebles arqueol\u00f3gicos y antropol\u00f3gicos y conceptuar sobre \u00a0los bienes presentados para registro y declaratoria al Consejo Nacional de \u00a0Patrimonio Cultural, seg\u00fan criterios cient\u00edficos y t\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Conceptuar t\u00e9cnica y \u00a0cient\u00edficamente sobre el otorgamiento de la tenencia, el car\u00e1cter arqueol\u00f3gico \u00a0de los bienes incautados, o en manos de terceros y administrar el registro \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Emitir concepto sobre la \u00a0declaraci\u00f3n de \u00e1reas arqueol\u00f3gicas protegidas y sus \u00e1reas de influencia si las hubiere. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Emitir concepto para \u00a0autorizar a las personas naturales o jur\u00eddicas, nacionales y extranjeras los \u00a0Programas de Arqueolog\u00eda Preventiva para la intervenci\u00f3n en \u00e1reas terrestres, \u00a0fluviales y mar\u00edtimas nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Emitir concepto para la \u00a0autorizaci\u00f3n de intervenci\u00f3n arqueol\u00f3gica en el desarrollo de prospecciones, \u00a0exploraciones o excavaciones de car\u00e1cter arqueol\u00f3gico, as\u00ed como las dem\u00e1s \u00a0medidas de manejo relacionados con el patrimonio arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Emitir conceptos t\u00e9cnicos \u00a0relacionados con parques arqueol\u00f3gicos, \u00e1reas arqueol\u00f3gicas protegidas, \u00a0registro y tenencia de bienes muebles, sensores remotos, museolog\u00eda, \u00a0restauraci\u00f3n y conservaci\u00f3n de bienes arqueol\u00f3gicos y registro de bienes \u00a0inmuebles del patrimonio arqueol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Emitir concepto sobre el \u00a0car\u00e1cter arqueol\u00f3gico de bienes muebles e inmuebles representativos de la \u00a0tradici\u00f3n e identidad culturales de las comunidades ind\u00edgenas actualmente \u00a0existentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Emitir concepto sobre la \u00a0pertenencia y\/o autorizaci\u00f3n de intervenciones de bienes pertenecientes al \u00a0patrimonio arqueol\u00f3gico de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Emitir concepto sobre la \u00a0autorizaci\u00f3n de exportaci\u00f3n temporal de bienes arqueol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Mantener actualizado el \u00a0registro de bienes arqueol\u00f3gicos, \u00e1reas arqueol\u00f3gicas protegidas y sus \u00e1reas de \u00a0influencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Fomentar programas de \u00a0mantenimiento, conservaci\u00f3n y preservaci\u00f3n de los monumentos y bienes de \u00a0inter\u00e9s arqueol\u00f3gico, antropol\u00f3gico y etnogr\u00e1fico en coordinaci\u00f3n con organismos \u00a0especializados y las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Evaluar los planes de \u00a0manejo arqueol\u00f3gico de las \u00e1reas arqueol\u00f3gicas protegidas en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Supervisar las diferentes \u00a0actividades que realicen personas naturales o jur\u00eddicas en parques arqueol\u00f3gicos, \u00a0\u00e1reas arqueol\u00f3gicas protegidas y sus \u00e1reas de influencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Manejar informaci\u00f3n \u00a0procedente de prospecciones geof\u00edsicas terrestres y mar\u00edtimas en las \u00a0investigaciones internas y externas del instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Promover la conservaci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n, documentaci\u00f3n, custodia y divulgaci\u00f3n de las colecciones de \u00a0patrimonio arqueol\u00f3gico y etnogr\u00e1fico en exposiciones permanentes, temporales y \u00a0las que se encuentren en reserva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Liderar y participar en las \u00a0pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), que le sean \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia, conforme a \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Apropiaci\u00f3n Social y Relacionamiento con el Ciudadano. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Apropiaci\u00f3n Social y Relacionamiento con el \u00a0Ciudadano, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir los planes, \u00a0programas, proyectos y estrategias que propendan por el fomento, la valoraci\u00f3n \u00a0y la apropiaci\u00f3n social del patrimonio arqueol\u00f3gico y cultural de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el desarrollo de \u00a0publicaciones, exposiciones, proyectos patrimoniales y producci\u00f3n de contenidos \u00a0para la valoraci\u00f3n, apropiaci\u00f3n y otros mecanismos de divulgaci\u00f3n en torno al \u00a0patrimonio arqueol\u00f3gico y cultural de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar estrategias y \u00a0herramientas que propendan por la identificaci\u00f3n, valoraci\u00f3n, salvaguarda y \u00a0difusi\u00f3n del patrimonio arqueol\u00f3gico y cultural en la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los lineamientos \u00a0para la producci\u00f3n, realizaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n del inventario del patrimonio arqueol\u00f3gico \u00a0y cultural de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Liderar, implementar y hacer \u00a0seguimiento a la pol\u00edtica, lineamientos, estrategias y acciones que incidan en \u00a0la relaci\u00f3n Estado Ciudadano definidas por el Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar, implementar y \u00a0realizar seguimiento al modelo, pol\u00edticas y estrategias de servicio al \u00a0ciudadano en el Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Evaluar, gestionar, \u00a0direccionar, tramitar y responder las peticiones, quejas y reclamos y\/o \u00a0denuncias presentadas por los ciudadanos o usuarios, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divulgar los resultados de \u00a0las investigaciones realizadas por el Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar a las \u00e1reas \u00a0misionales en el cumplimiento de sus objetivos de investigaci\u00f3n en lo \u00a0relacionado con la b\u00fasqueda y recuperaci\u00f3n de informaci\u00f3n, acceso a diferentes \u00a0fuentes y recursos bibliogr\u00e1ficos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir la prestaci\u00f3n de \u00a0los servicios y divulgaci\u00f3n de los productos de la biblioteca del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Preservar y conservar el \u00a0patrimonio bibliogr\u00e1fico que reposa en la colecci\u00f3n de la Biblioteca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Adelantar acciones de apoyo \u00a0de distribuci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de las publicaciones del Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), tanto en sustrato impreso como \u00a0en sustrato digital. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir la distribuci\u00f3n \u00a0comercial de publicaciones del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Realizar las actividades de \u00a0divulgaci\u00f3n de los bienes patrimoniales en custodia del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), as\u00ed como de los Parques Arqueol\u00f3gicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Planear, implementar y \u00a0coordinar exposiciones, investigaci\u00f3n, guion, curadur\u00eda, montaje y proyectos \u00a0especiales en temas relacionados con antropolog\u00eda social, historia colonial, \u00a0arqueolog\u00eda y patrimonio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Asesorar el registro de \u00a0colecciones etnogr\u00e1ficas que promuevan el desarrollo y la preservaci\u00f3n del \u00a0patrimonio cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Liderar la pol\u00edtica \u00a0institucional concerniente a museos, exposiciones y centros de interpretaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Liderar y participar en las \u00a0pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG) que le sean \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia, conforme a \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Instituto \u00a0Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh), en la determinaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, objetivos, instrucciones y estrategias relacionados con la \u00a0administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir las acciones \u00a0necesarias para el cumplimiento de las pol\u00edticas, planes, programas, proyectos, \u00a0normas y las dem\u00e1s disposiciones que regulen los procesos y tr\u00e1mites de \u00a0car\u00e1cter financiero, administrativo, de talento humano, de tecnolog\u00edas de la \u00a0informaci\u00f3n y las comunicaciones, de contrataci\u00f3n p\u00fablica, de gesti\u00f3n \u00a0documental, de notificaciones y correspondencia del Instituto Colombiano de \u00a0Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y presentar en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n la elaboraci\u00f3n del \u00a0anteproyecto de presupuesto del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar la elaboraci\u00f3n y \u00a0presentar al Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Programa Anual de \u00a0Caja de conformidad con las obligaciones financieras adquiridas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Impartir las instrucciones \u00a0para la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de los recursos asignados al \u00a0presupuesto del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la programaci\u00f3n, \u00a0elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes de contrataci\u00f3n y de adquisici\u00f3n de \u00a0bienes, servicios, obra p\u00fablica y gesti\u00f3n documental de la entidad, de manera \u00a0articulada con los instrumentos de planeaci\u00f3n y presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar la pol\u00edtica de \u00a0empleo p\u00fablico e impartir los lineamientos para la adecuada administraci\u00f3n del \u00a0talento humano del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir, coordinar, \u00a0controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, \u00a0almacenamiento, custodia, distribuci\u00f3n de bienes muebles e inmuebles necesarios \u00a0para el normal funcionamiento del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e \u00a0Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir la planeaci\u00f3n y \u00a0control de la gesti\u00f3n documental y correspondencia de la entidad de conformidad \u00a0con las normas vigentes y los lineamientos impartidos por el Archivo General de \u00a0la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Definir, implementar, \u00a0ejecutar, hacer seguimiento y divulgaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de Tecnolog\u00edas y \u00a0de la Informaci\u00f3n (PETI), la arquitectura empresarial para la gesti\u00f3n de \u00a0tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, las pol\u00edticas de gobierno digital, el Modelo de \u00a0Seguridad y Privacidad de la informaci\u00f3n (MSPI), y dem\u00e1s lineamientos \u00a0establecidos por el Gobierno nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar y soportar la \u00a0infraestructura tecnol\u00f3gica del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), incluyendo la plataforma de seguridad, redes y comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Desarrollar y articular las \u00a0acciones relacionadas con la estrategia de responsabilidad social y \u00a0sostenibilidad del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir y coordinar los \u00a0estudios t\u00e9cnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta \u00a0de personal del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Liderar y hacer seguimiento \u00a0a las pol\u00edticas del Modelo Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), que le \u00a0sean asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia, conforme a \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. \u00d3rganos Internos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. El Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia \u00a0(Icanh), contar\u00e1 con los siguientes \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n: Comit\u00e9 \u00a0Institucional de Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o, Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno y Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Vigencia y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga el Decreto 2667 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1 D. C., a 13 de \u00a0enero de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ang\u00e9lica Mar\u00eda Mayolo Obreg\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Alvis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 021 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 13) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.916, enero 13 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0estructura del Instituto Colombiano de Antropolog\u00eda e Historia (Icanh). \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial, las conferidas en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-55863","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55863","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55863"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55863\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55863"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55863"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55863"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}