{"id":55876,"date":"2023-08-23T20:44:28","date_gmt":"2023-08-23T20:44:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-48-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:44:28","modified_gmt":"2023-08-23T20:44:28","slug":"decreto-48-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-48-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 48 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 048 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.920, enero 17 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 2.2.6.2.4.13 del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, en lo relacionado con \u00a0la inclusi\u00f3n de grupos de empresas e Instituciones de Educaci\u00f3n para el Trabajo \u00a0y Desarrollo Humano en alianzas con Unidades Vocacionales de Aprendizaje en \u00a0Empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y, en \u00a0particular, la que le confiere el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a01991, los art\u00edculos 41 y 42 de la Ley 1636 de 2013, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 54 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a01991 establece que \u201cEs obligaci\u00f3n del Estado y de los empleadores ofrecer \u00a0formaci\u00f3n y habilitaci\u00f3n profesional y t\u00e9cnica a quienes lo requieran. El \u00a0Estado debe propiciar la ubicaci\u00f3n laboral de las personas en edad de trabajar \u00a0y garantizar a los minusv\u00e1lidos el derecho a un trabajo acorde con sus \u00a0condiciones de salud\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto Ley 4108 \u00a0de 2011, \u201cpor el cual se modifican los objetivos y la estructura del \u00a0Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo\u201d, en \u00a0su art\u00edculo 1\u00b0 establece como uno de sus objetivos que: \u201cEl Ministerio de \u00a0Trabajo fomenta pol\u00edticas y estrategias para la generaci\u00f3n de empleo estable, \u00a0la formalizaci\u00f3n laboral, la protecci\u00f3n a los desempleados, la formaci\u00f3n de los \u00a0trabajadores, la movilidad laboral, las pensiones y otras prestaciones\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 5 del art\u00edculo \u00a02\u00b0 del referido Decreto establece que una de las funciones del Ministerio del \u00a0Trabajo es \u201cFormular, dirigir y evaluar las pol\u00edticas y lineamientos de \u00a0formaci\u00f3n para el trabajo, la normalizaci\u00f3n y certificaci\u00f3n de competencias \u00a0laborales y su articulaci\u00f3n con las pol\u00edticas de formaci\u00f3n del capital humano, \u00a0en coordinaci\u00f3n con otras entidades competentes\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 18 del mismo \u00a0decreto, asign\u00f3 a la Direcci\u00f3n de Movilidad y Formaci\u00f3n para el Trabajo, entre \u00a0otras, las siguientes funciones: \u201cProponer lineamientos para el desarrollo, \u00a0adopci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de las competencias laborales de los \u00a0trabajadores\u201d; \u201cProponer pol\u00edticas sociales de apoyo e incentivos que alienten \u00a0a las empresas a invertir en educaci\u00f3n y formaci\u00f3n, y a las personas a \u00a0desarrollar sus competencias y avanzar en sus carreras\u201d, y \u201cProponer la \u00a0pol\u00edtica que permita el reconocimiento y validez internacional de las \u00a0certificaciones de competencias laborales, y la conformaci\u00f3n de un sistema de \u00a0certificaci\u00f3n de competencias laborales\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 42 de la Ley 1636 de 2013, \u00a0estableci\u00f3 como uno de los oferentes del servicio de capacitaci\u00f3n para la \u00a0inserci\u00f3n laboral a las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresas \u00a0(UVAE), definidas en el par\u00e1grafo del mismo art\u00edculo como \u201c(&#8230;) el mecanismo \u00a0dentro de las empresas que busca desarrollar capacidades para el desempe\u00f1o \u00a0laboral en la organizaci\u00f3n mediante procesos internos de formaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Secci\u00f3n 4 del Cap\u00edtulo 2 \u00a0del T\u00edtulo 6 de la Parte 2 del Libro del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, adicionada por el Decreto n\u00famero \u00a0154 de 2021, establece que la Unidad Vocacional de Aprendizaje en Empresa \u00a0(UVAE), es un mecanismo de capacitaci\u00f3n, comprendido por espacios, bienes y \u00a0servicios implementados en una empresa que permiten el desarrollo y \u00a0fortalecimiento de capacidades para el desempe\u00f1o laboral, mediante procesos \u00a0internos de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2.2.6.2.4.13 \u00a0del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015, se\u00f1ala que la capacitaci\u00f3n impartida a trav\u00e9s de las Unidades \u00a0Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE), podr\u00e1 realizarse en alianza con \u00a0el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena); Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar; e \u00a0Instituciones de Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Internacional, con acreditaci\u00f3n de \u00a0acuerdo con el tema, o sector econ\u00f3mico a que se dirige la capacitaci\u00f3n en los \u00a0respectivos pa\u00edses de origen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2\u00b0 de la Ley 1064 de 2006 \u00a0establece que el Estado reconoce la Educaci\u00f3n para el Trabajo y el Desarrollo \u00a0Humano \u201ccomo factor esencial del proceso educativo de la persona y componente \u00a0dinamizador en la formaci\u00f3n de t\u00e9cnicos laborales y expertos en las artes y \u00a0oficios. En consecuencia, las instituciones y programas debidamente \u00a0acreditados, recibir\u00e1n apoyo y est\u00edmulo del Estado, para lo cual gozar\u00e1n de la \u00a0protecci\u00f3n que esta ley les otorga\u201d, as\u00ed mismo establece que este tipo de \u00a0educaci\u00f3n es parte del servicio p\u00fablico educativo y proh\u00edbe cualquier forma de \u00a0discriminaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que toda instituci\u00f3n de \u00a0car\u00e1cter estatal o privada organizada podr\u00e1 ofrecer y desarrollar programas de \u00a0formaci\u00f3n laboral o de formaci\u00f3n acad\u00e9mica de acuerdo con lo establecido en la Ley 115 de 1994. As\u00ed \u00a0mismo, las Instituciones de Educaci\u00f3n para el Trabajo y Desarrollo Humano \u00a0(IETDH) pueden ofrecer programas de formaci\u00f3n laboral y acad\u00e9mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la educaci\u00f3n para el \u00a0trabajo y el desarrollo humano permite complementar, actualizar, suplir \u00a0conocimientos y formar en aspectos acad\u00e9micos o laborales y conduce a la \u00a0obtenci\u00f3n de certificados de aptitud ocupacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las empresas se asocian \u00a0mediante gremios cuya finalidad es la promoci\u00f3n y defensa de las personas y \u00a0empresas que se dedican a una actividad econ\u00f3mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los gremios de empresas \u00a0tienen como uno de sus pilares fundamentales la calificaci\u00f3n de sus \u00a0trabajadores para el adecuado ejercicio de sus funciones y mejores en la \u00a0productividad laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en virtud de lo anterior, \u00a0es necesario disponer que la capacitaci\u00f3n impartida a trav\u00e9s de las Unidades \u00a0Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE), tambi\u00e9n puede realizarse en \u00a0alianza con gremios empresariales legalmente constituidos del sector econ\u00f3mico \u00a0al que pertenezca la UVAE e Instituciones de Educaci\u00f3n para el Trabajo y \u00a0Desarrollo Humano (IETDH), en tanto que dada su naturaleza, resultan aliados \u00a0importantes en la capacitaci\u00f3n laboral de los trabajadores en las actividades \u00a0propias de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificaci\u00f3n del \u00a0art\u00edculo 2.2.6.2.4.13 del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015. Modif\u00edquese el art\u00edculo 2.2.6.2.4.13 del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.6.2.4.13. \u00a0Alianzas. La capacitaci\u00f3n impartida a trav\u00e9s de las Unidades Vocacionales \u00a0de Aprendizaje en Empresa (UVAE), podr\u00e1 realizarse en alianza con: el Servicio \u00a0Nacional de Aprendizaje (Sena); las Cajas de Compensaci\u00f3n Familiar; gremios \u00a0empresariales legalmente constituidos del sector econ\u00f3mico al que pertenezca la \u00a0UVAE; Instituciones de Educaci\u00f3n para el Trabajo y Desarrollo Humano (IETDH), o \u00a0con las Instituciones de Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Internacional, con \u00a0acreditaci\u00f3n de acuerdo con el tema o sector econ\u00f3mico a que se dirige la \u00a0capacitaci\u00f3n en los respectivos pa\u00edses de origen. El convenio o el acuerdo a \u00a0trav\u00e9s el cual se establece la respectiva alianza deber\u00e1 registrarse en el \u00a0aplicativo virtual dispuesto por el Ministerio del Trabajo para tal fin\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia y \u00a0modificaci\u00f3n. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y modifica el \u00a0art\u00edculo 2.2.6.2.4.13 del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 17 de \u00a0enero de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Custodio Cabrera B\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 048 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 17) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.920, enero 17 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 2.2.6.2.4.13 del Decreto n\u00famero \u00a01072 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Trabajo, en lo relacionado con \u00a0la inclusi\u00f3n de grupos de empresas e Instituciones de Educaci\u00f3n para el Trabajo \u00a0y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-55876","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55876","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55876"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55876\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55876"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55876"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55876"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}