{"id":55884,"date":"2023-08-23T20:44:28","date_gmt":"2023-08-23T20:44:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-74-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:44:28","modified_gmt":"2023-08-23T20:44:28","slug":"decreto-74-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-74-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 74 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 074 DE 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 21) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 51.924, enero 21 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0estructura de la Unidad Administrativa Especial de La Agencia del Inspector \u00a0General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en \u00a0especial las que le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en ejercicio de las \u00a0facultades extraordinarias establecidas en los literales d), e) y f) del \u00a0art\u00edculo 18 de la Ley 1444 de 2011, se \u00a0expidi\u00f3 el Decreto Ley 4173 \u00a0de 2011 mediante el cual se cre\u00f3 la Unidad Administrativa Especial Agencia \u00a0del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por medio del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012 se modific\u00f3 la estructura de la Unidad Administrativa Especial \u00a0Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales \u00a0(ITRC), con el fin de asegurar una adecuada desconcentraci\u00f3n y especializaci\u00f3n \u00a0de funciones en armon\u00eda con las pol\u00edticas de modernizaci\u00f3n estatal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Unidad Administrativa \u00a0Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones \u00a0Parafiscales present\u00f3 al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, la \u00a0justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto Ley 019 de \u00a02012 y los art\u00edculos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, para efectos de modificar su estructura y planta de personal, \u00a0encontr\u00e1ndola ajustada t\u00e9cnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto \u00a0previo favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en raz\u00f3n a la naturaleza y \u00a0funciones de las diferentes dependencias de la Agencia ITRC establecidas en el Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012 y en respuesta a la implementaci\u00f3n de los cambios normativos \u00a0se\u00f1alados en la Ley 1952 de 2019 modificada \u00a0por la Ley 2094 de 2021 en \u00a0materia del proceso disciplinario, as\u00ed como la revisi\u00f3n de procesos y \u00a0necesidades operativas de las dependencias, se hace necesario realizar una \u00a0modificaci\u00f3n a la estructura y a la planta de personal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la presente modificaci\u00f3n \u00a0cumple con el numeral 1.1. de la Directiva Presidencial 09 de 9 de noviembre de \u00a02018 \u201cDirectrices de Austeridad\u201d, el cual dispone: \u201cLas plantas de personal y \u00a0las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden \u00a0nacional, solamente se podr\u00e1n modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o \u00a0se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Direcci\u00f3n General de \u00a0Presupuesto P\u00fablico Nacional, emiti\u00f3 concepto favorable de viabilidad presupuestal \u00a0para modificar la estructura y planta de personal de la Agencia del Inspector \u00a0General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC) por medio de \u00a0oficio radicado 1-2021-115161 del 30 de diciembre de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el art\u00edculo 2\u00ba del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u201cArt\u00edculo 2\u00b0. Estructura. La Agencia del Inspector \u00a0General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (ITRC), para el \u00a0cumplimiento de sus funciones, contar\u00e1 con la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora de Control \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina Asesora de \u00a0Tecnolog\u00edas de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n de Auditor\u00eda y \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Instrucci\u00f3n \u00a0Disciplinaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n de Asuntos \u00a0Legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6 2. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3. Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4. Consejo de Decisiones \u00a0Disciplinarias\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 3\u00ba del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012, el cual quedara as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 3\u00ba. Funciones del \u00a0Director General. Ser\u00e1n funciones del Director General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejercer la representaci\u00f3n legal \u00a0de la Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones \u00a0Parafiscales (ITRC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar, vigilar \u00a0y controlar las actividades conducentes al cumplimiento de las funciones de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ordenar los gastos, dictar \u00a0los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se \u00a0requieran para el normal funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Nombrar, dar posesi\u00f3n y \u00a0remover al personal de la entidad, de conformidad con las normas legales \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Presentar informes al \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y a otras autoridades que los \u00a0requieran, sobre el estado de ejecuci\u00f3n de las funciones que corresponden a la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Capacitar a los funcionarios \u00a0de la Agencia en la prevenci\u00f3n e identificaci\u00f3n del fraude, gasto, abuso y \u00a0establecer programas para fomentar una cultura de rendici\u00f3n de cuentas e \u00a0integridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Crear y conformar, con \u00a0car\u00e1cter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo mediante \u00a0resoluci\u00f3n, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y \u00a0programas trazados por la entidad, as\u00ed como designar el funcionario bajo el \u00a0cual quedar\u00e1 la coordinaci\u00f3n y supervisi\u00f3n del grupo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Garantizar el ejercicio del \u00a0control interno y el funcionamiento del sistema de gesti\u00f3n de calidad de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar las \u00a0acciones relacionadas con la divulgaci\u00f3n de las actividades de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asignar en las dependencias \u00a0de la entidad, de acuerdo con sus competencias, las funciones que le sean atribuidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Tomar las medidas \u00a0necesarias para proteger la privacidad de los particulares, en el contexto de \u00a0los procesos administrativos y judiciales iniciados para la protecci\u00f3n de los \u00a0contribuyentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Conocer y decidir en segunda instancia los procesos que por \u00a0su trascendencia en la administraci\u00f3n de recursos p\u00fablicos se adelanten contra \u00a0los empleados p\u00fablicos de la DIAN a nivel nacional, la UGPP y la entidad \u00a0administradora del monopolio rent\u00edstico de los juegos de suerte y azar, por \u00a0conductas relacionadas con las faltas disciplinarias establecidas en los \u00a0numerales 1, 3, 17, 20, 30, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 50, 56, 58 y 60 del \u00a0art\u00edculo 48 de la Ley 734 de 2002 \u00a0subrogados por la Ley 1952 de 2019 \u00a0modificada por la Ley 2094 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Conocer y decidir en \u00a0segunda instancia los dem\u00e1s procesos que se adelanten contra los empleados \u00a0p\u00fablicos de la DIAN a nivel nacional, la UGPP y la entidad administradora del \u00a0monopolio rent\u00edstico de los juegos de suerte y azar, por otras conductas que \u00a0hayan sido investigadas en primera instancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Fiscalizar las \u00a0declaraciones de renta y tr\u00e1mites aduaneros de los servidores p\u00fablicos \u00a0pertenecientes al nivel directivo y asesor de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales, para lo cual ejercer\u00e1 las atribuciones legales previstas en \u00a0las disposiciones tributarias y aduaneras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. De conformidad con el \u00a0art\u00edculo 202 de la Ley 906 de 2004, \u00a0ejercer las funciones de polic\u00eda judicial que requiera para el ejercicio de sus \u00a0funciones y participar de manera conjunta con la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, \u00a0con funcionarios judiciales, la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s \u00a0servidores p\u00fablicos que cumplan funciones de polic\u00eda judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la funci\u00f3n \u00a0disciplinaria en la etapa de juzgamiento y fallar en primera instancia los \u00a0procesos disciplinarios que se\u00b7 adelanten contra de los servidores y ex servidores \u00a0de la Unidad Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, \u00a0Rentas y contribuciones parafiscales (ITRC), excepto las investigaciones \u00a0disciplinarias de los cargos del nivel directivo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen \u00a0las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos \u00a0generales de la Entidad y que no est\u00e9n expresamente atribuidas a otra autoridad\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012 el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 6\u00ba. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Asuntos Legales. Ser\u00e1n funciones de esta subdirecci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Analizar el impacto y \u00a0conceptuar sobre la viabilidad jur\u00eddica de los proyectos de ley y reglamentos \u00a0de tributos, aduanas, control del r\u00e9gimen cambiario de importaciones y \u00a0exportaciones a cargo de la DIAN, contribuciones parafiscales a cargo de la \u00a0UGPP y rentas de la Naci\u00f3n a cargo de la entidad administradora del monopolio \u00a0rent\u00edstico de los juegos de suerte y azar y en las operaciones de la Unidad \u00a0Administrativa Especial Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y \u00a0Contribuciones Parafiscales (ITRC), relacionados con sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar la etapa de \u00a0juzgamiento de los procesos disciplinarios contra los servidores p\u00fablicos de \u00a0las entidades vigiladas, por conductas que se relacionen con las faltas \u00a0disciplinarias grav\u00edsimas establecidas en los numerales 1, 3, 17, 20, 30, 42, \u00a043, 44, 45, 46, 47, 50, 56, 58 y 60 del art\u00edculo 48 de la Ley 734 de 2002 \u00a0subrogados por la Ley 1952 de 2019 \u00a0modificada porta Ley 2094 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar la etapa de \u00a0juzgamiento contra los funcionarios de las entidades vigiladas, sin perjuicio \u00a0del control preferente de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n; por otras \u00a0conductas y faltas disciplinarias que atenten contra la integridad de la \u00a0administraci\u00f3n de tributos, aduanas, control del r\u00e9gimen cambiario de \u00a0importaciones y exportaciones a cargo de la DIAN, contribuciones parafiscales a \u00a0cargo de la UGPP y rentas de la Naci\u00f3n a cargo de la entidad administradora del \u00a0monopolio rent\u00edstico de los juegos de suerte y azar, cuando resulte necesario \u00a0para la defensa de los recursos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente a la entidad en los procesos y actuaciones que se instauren \u00a0en su contra o que esta deba promover, mediante poder o delegaci\u00f3n recibidos \u00a0del director general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y tramitar las \u00a0actuaciones jur\u00eddicas relacionadas con las funciones de la entidad, que no \u00a0correspondan a otras dependencias de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar e implementar las \u00a0pol\u00edticas de divulgaci\u00f3n del ordenamiento jur\u00eddico y acceso a la informaci\u00f3n \u00a0jur\u00eddica, de acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Formular pol\u00edticas y \u00a0lineamientos en materia de gesti\u00f3n judicial y de prevenci\u00f3n de da\u00f1o \u00a0antijur\u00eddico conforme a las normas vigentes en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejercer el cobro \u00a0administrativo coactivo de las obligaciones creadas a favor de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir y orientar la \u00a0pol\u00edtica de Actuaciones judiciales administrativas en los temas de competencia \u00a0de la Agencia ITRC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 8\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 8\u00ba. Secretar\u00eda \u00a0General. Ser\u00e1n funciones de esta Secretar\u00eda las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director General \u00a0en la determinaci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias relacionadas con la \u00a0administraci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas y actividades relacionadas con la gesti\u00f3n humana, gesti\u00f3n financiera, \u00a0gesti\u00f3n administrativa y gesti\u00f3n contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer las pol\u00edticas y \u00a0programas de administraci\u00f3n de personal, ingreso, permanencia y retiro: \u00a0bienestar, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Gestionar los recursos para \u00a0el desarrollo de los planes, programas y proyectos institucionales, conforme a \u00a0los lineamientos vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Formular e implementar la \u00a0pol\u00edtica de relacionamiento con el ciudadano en materia de automatizaci\u00f3n, \u00a0digitalizaci\u00f3n, formulario \u00fanico y racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites, de acuerdo con \u00a0la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adelantar la etapa de \u00a0instrucci\u00f3n de las investigaciones de car\u00e1cter disciplinario que se adelanten \u00a0contra los funcionarios de la Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas \u00a0y Contribuciones Parafiscales (ITRC). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar, \u00a0controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisici\u00f3n, almacenamiento, \u00a0custodia, distribuci\u00f3n e inventarios de los elementos, equipos y dem\u00e1s bienes \u00a0necesarios para el normal funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 10 del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 10. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Instrucci\u00f3n Disciplinaria. Ser\u00e1n funciones de esta Subdirecci\u00f3n, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar la etapa de \u00a0instrucci\u00f3n de los procesos disciplinarios contra los empleados p\u00fablicos de las \u00a0entidades vigiladas, por conductas que se relacionen con las faltas \u00a0disciplinar\u00edas grav\u00edsimas establecidas en los numerales 1, 3, 17, 20, 30, 42, \u00a043, 44, 45, 46, 47, 50, 56, 58 y 60 del art\u00edculo 48 de la Ley 734 de 2002 subrogados \u00a0por la Ley 1952 de 2019 \u00a0modificada por la Ley 2094 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar la etapa de \u00a0instrucci\u00f3n contra los funcionarios de las entidades vigiladas, sin perjuicio \u00a0del control preferente de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n; por otras \u00a0conductas y faltas disciplinarias que atenten contra la integridad de la \u00a0administraci\u00f3n de tributos, aduanas, control del r\u00e9gimen cambiario de \u00a0importaciones y exportaciones a cargo de la DIAN, contribuciones parafiscales a \u00a0cargo de la UGPP y rentas de la Naci\u00f3n a cargo de la entidad administradora del \u00a0monopolio rent\u00edstico de los juegos de suerte y azar, cuando resulte necesario \u00a0para la defensa de los recursos p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir las funciones de \u00a0polic\u00eda judicial que se requiera, para cumplir la etapa procesal de instrucci\u00f3n \u00a0disciplinaria, de acuerdo con la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con otras \u00a0entidades y organismos, el desarrollo de actividades orientadas a la efectividad \u00a0de las labores en la etapa de instrucci\u00f3n disciplinaria a los servidores de las \u00a0entidades vigiladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar la informaci\u00f3n y \u00a0expedir las certificaciones que correspondan al \u00e1mbito de sus competencias, \u00a0preservando la reserva legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejercer la Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica de los procesos disciplinarios que adelante la ITRC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Cooperar con las autoridades \u00a0correspondientes en las investigaciones sobre conductas delictivas que afecten \u00a0la correcta administraci\u00f3n de los tributos, aduanas, control del r\u00e9gimen \u00a0cambiario de importaciones y exportaciones a cargo de la DIAN, contribuciones \u00a0parafiscales a cargo de la UGPP y rentas de la Naci\u00f3n a cargo de la entidad \u00a0administradora del monopolio rent\u00edstico de los juegos de suerte y azar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y presentar \u00a0informes sobre las investigaciones disciplinarias al Director General y dem\u00e1s \u00a0autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Administrar el sistema de \u00a0recepci\u00f3n y procesamiento de denuncias, de acuerdo a la normativa vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fiscalizar las \u00a0declaraciones de renta y tr\u00e1mites aduaneros de los servidores p\u00fablicos \u00a0pertenecientes al nivel directivo y asesor de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales, para lo cual ejercer\u00e1 las atribuciones legales previstas en \u00a0las disposiciones tributarias y aduaneras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las investigaciones \u00a0disciplinarias de los Directores de la DIAN y la UGPP y del Presidente de la \u00a0Entidad Administradora del Monopolio Rent\u00edstico de los Juegos de Suerte de \u00a0Azar, se adelantar\u00e1n por la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, de conformidad \u00a0con lo dispuesto en la normativa vigente\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Vigencia y \u00a0Derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n y modifica \u00a0los art\u00edculos 2\u00b0, 3\u00b0, 6\u00b0, 8\u00b0 y 10 del Decreto n\u00famero \u00a0985 de 2012. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 21 de \u00a0enero de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Alvis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 074 DE 2022 \u00a0 \u00a0 (enero 21) \u00a0 \u00a0 D.O. 51.924, enero 21 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0estructura de la Unidad Administrativa Especial de La Agencia del Inspector \u00a0General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-55884","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55884","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=55884"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/55884\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=55884"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=55884"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=55884"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}