{"id":56136,"date":"2023-08-23T20:46:17","date_gmt":"2023-08-23T20:46:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-631-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:46:17","modified_gmt":"2023-08-23T20:46:17","slug":"decreto-631-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-631-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 631 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 631 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(abril 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.018, abril 27 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se reglamentan los \u00a0art\u00edculos 11, 14, 15, 22, 26 y 28 de la Ley 1765 de 2015 y se \u00a0modifica el Decreto n\u00famero \u00a01070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Defensa, en el sentido \u00a0de establecer el procedimiento para la integraci\u00f3n de las listas de candidatos \u00a0a ocupar los cargos de Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial, \u00a0Fiscal General Penal Militar y Policial y Fiscales Penales Militares y \u00a0Policiales Delegados ante el Tribunal Superior Penal Militar y Policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en \u00a0especial las conferidas en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en desarrollo de los art\u00edculos 15, 22 y 28 de la Ley 1765 de 2015, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0establece que \u201cLa funci\u00f3n administrativa est\u00e1 al servicio de los intereses \u00a0generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, \u00a0moralidad, eficacia, econom\u00eda, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante \u00a0la descentralizaci\u00f3n, la delegaci\u00f3n y la desconcentraci\u00f3n de funciones. Las \u00a0autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado \u00a0cumplimiento de los fines del Estado. (&#8230;)\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 221 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0precept\u00faa que \u201cDe las conductas punibles cometidas por los miembros de la \u00a0Fuerza P\u00fablica en servicio activo, y en relaci\u00f3n con el mismo servicio, \u00a0conocer\u00e1n las cortes marciales o tribunales militares con arreglo a las \u00a0prescripciones del C\u00f3digo Penal Militar. Tales Cortes o Tribunales estar\u00e1n \u00a0integrados por miembros de la Fuerza P\u00fablica en servicio activo o en retiro. En \u00a0la investigaci\u00f3n y juzgamiento de las conductas punibles de los miembros de la \u00a0Fuerza P\u00fablica, en relaci\u00f3n con un conflicto armado o un enfrentamiento que re\u00fana \u00a0las condiciones objetivas del Derecho Internacional Humanitario, se aplicar\u00e1n \u00a0las normas y principios de este. Los jueces y fiscales de la justicia ordinaria \u00a0y de la Justicia Penal Militar o Policial que conozcan de las conductas de los \u00a0miembros de la Fuerza P\u00fablica deber\u00e1n tener formaci\u00f3n y conocimiento adecuado \u00a0del Derecho Internacional Humanitario\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Ley 1765 de 2015, \u00a0reestructur\u00f3 la Justicia Penal Militar y Policial, y se establecieron los \u00a0requisitos para el desempe\u00f1o de sus cargos y se implement\u00f3 la Fiscal\u00eda General \u00a0Penal Militar y Policial. En esta se contempla los requisitos generales y \u00a0especiales que deben cumplir los aspirantes a los cargos de Magistrados del \u00a0Tribunal Superior Penal Militar y Policial, Fiscal General Penal Militar y Policial \u00a0y Fiscales Penales Militares y Policiales\u00b7 Delegados ante el Tribunal Superior \u00a0Militar y Policial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en cumplimiento de lo \u00a0establecido en los art\u00edculos 3\u00b0 y 8\u00b0 de la Ley 1437 de 2011, en \u00a0concordancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 2.1.2.1.14, del Decreto \u00a0\u00danico Reglamentario 1081 de 2015, el contenido del presente decreto junto \u00a0con su memoria justificativa fue publicado en la p\u00e1gina web del Ministerio de \u00a0Defensa Nacional para conocimiento y posteriores observaciones de la ciudadan\u00eda \u00a0y\/o grupos de inter\u00e9s; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los art\u00edculos 15, 22 y 28 \u00a0de la Ley 1765 de 2015 \u00a0facultan de manera expresa al Gobierno nacional para reglamentar el \u00a0procedimiento para la conformaci\u00f3n de la lista de candidatos para ocupar los \u00a0cargos de Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial, Fiscal General \u00a0Penal Militar y Policial y Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados \u00a0ante el Tribunal Superior Militar y Policial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Adici\u00f3n. \u00a0Adici\u00f3nense los siguientes art\u00edculos al T\u00edtulo 2 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto n\u00famero \u00a01070 de 2015, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.2.9. Objeto. \u00a0El presente decreto tiene por objeto establecer el procedimiento para la \u00a0integraci\u00f3n de las listas de candidatos a ocupar los cargos de Magistrados del \u00a0Tribunal Superior Militar y Policial, Fiscal General Penal Militar y Policial y \u00a0Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados ante el Tribunal Superior \u00a0Penal Militar y Policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.10. \u00a0Procedimiento para la conformaci\u00f3n de las listas. El \u00a0procedimiento para conformar las listas de candidatos para ocupar los cargos de \u00a0Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial, Fiscal General Penal \u00a0Militar y Policial y Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados ante el \u00a0Tribunal Superior Penal Militar y Policial, surtir\u00e1 las siguientes fases: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Solicitud Convocatoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Postulaci\u00f3n de aspirantes \u00a0que re\u00fanan los requisitos generales y especiales del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificaci\u00f3n del \u00a0cumplimiento de los requisitos generales y especiales del cargo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>y preselecci\u00f3n de candidatos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluaci\u00f3n de competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Entrevista preseleccionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Conformaci\u00f3n y remisi\u00f3n de \u00a0la lista o terna de candidatos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Nombramiento \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.11. Solicitud \u00a0Convocatoria. De acuerdo con las necesidades del servicio, el Director \u00a0Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y \u00a0Policial solicitar\u00e1 por escrito a los comandantes del Ej\u00e9rcito, Armada \u00a0Nacional, Fuerza A\u00e9rea Colombiana y al Subdirector de la Polic\u00eda Nacional se \u00a0realice invitaci\u00f3n para postular y preseleccionar a los interesados que re\u00fanan \u00a0los requisitos constitucionales y legales para ocupar los cargos de Magistrados \u00a0de Tribunal Superior, de Fiscal General, o de Fiscales Penales Militares y \u00a0Policiales delegados ante el Tribunal Superior Militar y Policial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. En la \u00a0solicitud, el Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la \u00a0Justicia Penal Militar y Policial, establecer el n\u00famero de vacantes a proveer y \u00a0el n\u00famero de preseleccionados que cada fuerza debe remitir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.12. Postulaci\u00f3n \u00a0de aspirantes que re\u00fanan los requisitos generales y especiales del cargo. Dentro \u00a0de los tres (3) d\u00edas siguientes a la recepci\u00f3n de la solicitud mencionada en el \u00a0art\u00edculo anterior, los Comandantes del Ej\u00e9rcito Nacional, Armada Nacional, \u00a0Fuerza A\u00e9rea Colombiana y el Subdirector General de la Polic\u00eda Nacional, \u00a0invitar\u00e1n a trav\u00e9s de medios institucionales a los interesados que re\u00fanan los \u00a0requisitos establecidos en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en la Ley 1765 de 2015, \u00a0para ocupar los cargos de Magistrados del Tribunal Superior, de Fiscal General, \u00a0o de Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados ante el Tribunal \u00a0Superior Militar y Policial. Los aspirantes a los cargos se postular\u00e1n dentro \u00a0de los cinco (5) d\u00edas siguientes a la publicaci\u00f3n allegando su hoja de vida con \u00a0los soportes documentales que correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los \u00a0aspirantes deber\u00e1n anexar declaraci\u00f3n juramentada de no hallarse incursos en \u00a0causales de inhabilidad o incompatibilidad para el ejercicio del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Las \u00a0hojas de vida, anexos y dem\u00e1s documentos que se aporten de manera extempor\u00e1nea \u00a0ser\u00e1n rechazados y no ser\u00e1n valorados para ning\u00fan efecto en el proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.13. Verificaci\u00f3n \u00a0del cumplimiento de los requisitos generales y especiales del cargo y \u00a0preselecci\u00f3n de candidatos. Dentro de los diez (10) d\u00edas \u00a0siguientes al vencimiento del plazo para la postulaci\u00f3n de los aspirantes, los \u00a0Comandantes del Ej\u00e9rcito Nacional, Armada Nacional, Fuerza A\u00e9rea Colombiana y \u00a0el Subdirector General de la Polic\u00eda Nacional, verificar\u00e1n el cumplimiento de \u00a0los requisitos generales y especiales establecidos en la Ley 1765 de 2015 de \u00a0las personas que se postulen para ocupar los cargos convocados, y conformar\u00e1n \u00a0la lista de preseleccionados, aplicando criterios como: probidad, \u00a0independencia, imparcialidad, responsabilidad, idoneidad, transparencia, \u00a0formaci\u00f3n acad\u00e9mica y experiencia profesional de los candidatos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Comandante \u00a0del Ej\u00e9rcito Nacional, de la Armada Nacional, de la Fuerza A\u00e9rea Colombiana y \u00a0el Subdirector General de la Polic\u00eda Nacional, enviar\u00e1n de manera inmediata a \u00a0la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial la \u00a0lista de aspirantes preseleccionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.14. Evaluaci\u00f3n \u00a0de competencias comportamentales. El Director Ejecutivo de la \u00a0Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial \u00a0consolidar\u00e1 la lista de aspirantes preseleccionados por la Fuerza P\u00fablica para \u00a0ocupar los cargos de Magistrados del Tribunal Superior Penal Militar y \u00a0Policial, Fiscal General Penal Militar y Policial, y Fiscales Penales Militares \u00a0y Policiales Delegados ante el Tribunal Superior Militar y Policial, la cual \u00a0deber\u00e1 ser remitida al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0entidad que realizar\u00e1 la evaluaci\u00f3n de competencias comportamentales de manera \u00a0virtual o presencial y ele conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los \u00a0resultados de la evaluaci\u00f3n ser\u00e1n enviados a la Unidad Administrativa Especial \u00a0de la Justicia Penal Militar y Policial, no otorgar\u00e1 puntaje alguno, \u00a0constituir\u00e1 un criterio orientador para el Consejo Directivo, y contra sus \u00a0resultados no procede la interposici\u00f3n de reclamaciones ni recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.15. Entrevista preseleccionados. Dentro de los tres (3) \u00a0d\u00edas siguientes a la recepci\u00f3n de los resultados de la evaluaci\u00f3n de \u00a0competencias comportamentales y una vez se cuente con la lista de \u00a0preseleccionados; el Presidente del Consejo Directivo convocar\u00e1 a una sesi\u00f3n \u00a0del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal \u00a0Militar y Policial con el fin de realizar entrevistas a los preseleccionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La \u00a0entrevista no otorgar\u00e1 puntaje alguno, ni prev\u00e9 la interposici\u00f3n de \u00a0reclamaciones ni recursos contra la decisi\u00f3n que al respecto se adopte, \u00a0constituir\u00e1 un criterio orientador para el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.16. Conformaci\u00f3n \u00a0y remisi\u00f3n de la lista de candidatos. El Consejo Directivo de la \u00a0Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial \u00a0conformar\u00e1 la lista de candidatos para ocupar los cargos de Magistrados del \u00a0Tribunal Superior, de Fiscal General, o de Fiscales Penales Delegados ante el \u00a0Tribunal Superior, en un n\u00famero no menor a tres (3) candidatos por cargo; lista \u00a0que ser\u00e1 presentada por el Presidente del Consejo Directivo de la Unidad \u00a0Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, al Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.2.2.17. \u00a0Nombramiento. Presentada la lista de candidatos para ocupar los cargos de \u00a0Magistrados del Tribunal Superior Militar y Policial, de Fiscal General Penal \u00a0Militar y Policial, o de Fiscales Penales Militares y Policiales Delegados ante \u00a0el Tribunal Superior Militar y Policial, el Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0proceder\u00e1 a nombrar a quien va a desempe\u00f1ar cada cargo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0modifica en lo pertinente el Decreto n\u00famero \u00a01070 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 27 de \u00a0abril de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Andr\u00e9s Molano Aponte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Alvis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 631 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (abril 27) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.018, abril 27 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se reglamentan los \u00a0art\u00edculos 11, 14, 15, 22, 26 y 28 de la Ley 1765 de 2015 y se \u00a0modifica el Decreto n\u00famero \u00a01070 de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Defensa, en el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-56136","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56136","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56136"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56136\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56136"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56136"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56136"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}