{"id":56239,"date":"2023-08-23T20:46:26","date_gmt":"2023-08-23T20:46:26","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-835-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:46:26","modified_gmt":"2023-08-23T20:46:26","slug":"decreto-835-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-835-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 835 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 835 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(mayo 25) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.045, mayo 25 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio p\u00fablico notarial en las Notar\u00edas Setenta y Nueve (79) y Ochenta (80) \u00a0del C\u00edrculo de Bogot\u00e1, D. C. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0delegatario de funciones presidenciales en virtud del Decreto \u00a0n\u00famero 803 del 16 de mayo de 2022, en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial las que le confiere el art\u00edculo 131 del \u00a0Decreto ley 960 de \u00a01970 y el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a trav\u00e9s del Decreto \u00a0n\u00famero 1437 del 9 de agosto de 2019, se crearon las Notar\u00edas Setenta y \u00a0Nueve (79) y Ochenta (80) del C\u00edrculo de Bogot\u00e1, D. C., correspondi\u00e9ndole a la \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro determinar la localizaci\u00f3n de las \u00a0mismas en atenci\u00f3n a las funciones establecidas en el art\u00edculo 157 del Decreto ley 960 de \u00a01970, en el Aeropuerto Internacional El Dorado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que igualmente se precis\u00f3 que la Superintendencia de Notariado y \u00a0Registro, en el marco de sus competencias deb\u00eda establecer los horarios de \u00a0despacho a efectos de garantizar la prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico notarial \u00a0las veinticuatro (24) horas del d\u00eda durante los siete (7) d\u00edas de la semana en \u00a0el Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Gal\u00e1n Sarmiento de Bogot\u00e1, D. \u00a0C.; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el Decreto n\u00famero \u00a01437 de 2019 se se\u00f1al\u00f3 que en el Aeropuerto Internacional El Dorado \u201cconcurren \u00a0factores positivos, estrat\u00e9gicos y de conveniencia social, para que all\u00ed se \u00a0preste en forma continua el servicio notarial a su comunidad demandante\u201d, por \u00a0lo que se precis\u00f3 que era viable la creaci\u00f3n de dos (2) Notar\u00edas en el C\u00edrculo \u00a0de Bogot\u00e1 \u201cpara que, a trav\u00e9s de horarios concertados y aprobados (&#8230;) se \u00a0preste el servicio notarial en forma permanente, esto es, las veinticuatro (24) \u00a0horas del d\u00eda, todos los d\u00edas de la semana\u201d, las cuales funcionen en el \u00a0Aeropuerto Internacional El Dorado de la ciudad de Bogot\u00e1, D. C.\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para la creaci\u00f3n de dichas notar\u00edas, su ubicaci\u00f3n en el \u00a0Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Gal\u00e1n Sarmiento de Bogot\u00e1, y la \u00a0prestaci\u00f3n del servicio las veinticuatro (24) horas del d\u00eda durante los siete \u00a0(7) d\u00edas de la semana, tambi\u00e9n se tuvo en cuenta la intenci\u00f3n del Gobierno \u00a0nacional, a partir de diferentes pol\u00edticas p\u00fablicas, de \u201cagilizar y \u00a0simplificar las relaciones de los ciudadanos con las instituciones \u00a0gubernamentales y estimular el emprendimiento y la consolidaci\u00f3n empresarial, \u00a0mediante estrategias transversales -tales como el Programa CO-nectados- que permitan articular sinergias para mejorar el \u00a0posicionamiento de Colombia en el exterior, como gran exportador de bienes y \u00a0servicios, destino atractivo de inversi\u00f3n extranjera directa y destino \u00a0tur\u00edstico\u201d, y de alinear las pol\u00edticas del Gobierno nacional con aquellas \u00a0de la Administraci\u00f3n Distrital de Bogot\u00e1, D. C., que, a trav\u00e9s del Acuerdo \u00a0n\u00famero 706 de 2018 pretendi\u00f3 fomentar el desarrollo socioecon\u00f3mico a trav\u00e9s de \u00a0la estrategia Bogot\u00e1 productiva 24 horas, mediante la cual se buscaba fomentar \u201cla \u00a0actividad comercial, cultural, c\u00edvica y de prestaci\u00f3n de servicios \u00a0gubernamentales y sociales en jornada nocturna y para cuya implementaci\u00f3n la \u00a0Secretar\u00eda Distrital de Desarrollo Econ\u00f3mico adelant\u00f3 un estudio que identifica \u00a0la zona del Aeropuerto Internacional El Dorado Luis Carlos Gal\u00e1n Sarmiento de \u00a0Bogot\u00e1 como un \u00e1rea de oportunidad para la implementaci\u00f3n de aquella\u201d; sumado \u00a0a la relevancia estrat\u00e9gica y econ\u00f3mica del Aeropuerto Internacional El Dorado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que a efectos de garantizar la prestaci\u00f3n del servicio durante \u00a0veinticuatro (24) horas los siete (7) d\u00edas de la semana, se expidi\u00f3 la \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 700 del 25 de enero de 2022, modificada por la Resoluci\u00f3n \u00a0n\u00famero 965 del 31 de enero de 2022, que estableci\u00f3 el horario para la \u00a0prestaci\u00f3n del servicio p\u00fablico notarial de las notar\u00edas Setenta y Nueve (79) y \u00a0Ochenta (80) del C\u00edrculo de Bogot\u00e1, D. C., observ\u00e1ndose que la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio se lleva a cabo en turnos de 6 a. m. a 2 p. m.; 2 p. m. a 10 p. m.; y \u00a010 p. m. a 6 a. m., sin que en ning\u00fan momento se preste el servicio por parte \u00a0de dichas notar\u00edas al mismo tiempo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Superintendencia Delegada para el Notariado de la \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro, mediante certificaci\u00f3n del 16 de mayo \u00a0de 2022, indic\u00f3: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cQue los Notarios Setenta y Nueve (79) y \u00a0Ochenta (80) localizados en el Aeropuerto Internacional El Dorado han \u00a0manifestado en diferentes oportunidades -en reuniones sostenidas entre los \u00a0notarios y la Superintendencia de Notariado y Registro- la poca afluencia de \u00a0usuarios del servicio p\u00fablico notarial en los horarios nocturnos, a las \u00a0instalaciones de las notar\u00edas ubicadas en el referido terminal a\u00e9reo. Dicha \u00a0condici\u00f3n fue certificada por parte de los notarios en escrito adjunto, en \u00a0donde indicaron que las notar\u00edas \u201cno est\u00e1n generando tr\u00e1mites notariales m\u00e1s \u00a0all\u00e1 de alguna autenticaci\u00f3n en los horarios distintos a los habituales de las \u00a0Notar\u00edas del C\u00edrculo de Bogot\u00e1, gener\u00e1ndose as\u00ed una conveniente necesidad de \u00a0revalorar la intensidad horaria que hoy se materializa en las veinticuatro (24) \u00a0horas de trabajo que vienen ejecutando los siete (7) d\u00edas de la semana\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dicha situaci\u00f3n fue constatada por parte \u00a0de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante la visita ordenada a \u00a0trav\u00e9s del Auto n\u00famero 298 del 18 de marzo de 2021 por parte de la \u00a0Superintendencia Delegada para el Notariado, y efectuada del 30 de marzo al 1\u00b0 \u00a0de abril, en donde se constat\u00f3 la poca afluencia de usuarios en el horario \u00a0nocturno, por lo que no se justificar\u00eda la prestaci\u00f3n del servicio durante \u00a0veinticuatro (24) horas los siete (7) d\u00edas de la semana\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante visita especial llevada a cabo el 20 de mayo de \u00a02022, ordenada mediante Auto Comisario n\u00famero 00568 del 20 de mayo de 2022, \u00a0proferido por la Superintendente Delegada para el Notariado y tal como consta \u00a0en acta de la misma fecha se constat\u00f3 lo siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; La visita inici\u00f3 a las 9:30 p. m. y culmin\u00f3 \u00a0a las 11:20 p. m., sin que se presentaran usuarios del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Se indag\u00f3 a los funcionarios de las notar\u00edas \u00a0Setenta y Nueve (79) y Ochenta (80) respecto del promedio de personas que, \u00a0aproximadamente, solicitan el servicio p\u00fablico notarial en horario de 10 p. m. \u00a0a 6 a. m., quienes se\u00f1alaron que aproximadamente 4 a 5 personas. Asimismo, se \u00a0cuestion\u00f3 sobre el horario de menor afluencia, se\u00f1alando horarios coincidentes \u00a0con el turno de 10 p. m. a 6 a. m. Los funcionarios precisaron que los tr\u00e1mites \u00a0m\u00e1s solicitados en ese turno son salidas de menores del pa\u00eds y autenticaciones. \u00a0Finalmente, informaron que el ingreso promedio en dicho horario era de 20.000 a \u00a040.000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Se indag\u00f3 al Notario Setenta y Nueve (79) \u00a0encargado, quien, respecto del turno de 10 p. m. a 6 a. m. del 9 al 15 de mayo, \u00a0manifest\u00f3: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cEl turno de la noche es solo\u201d inclusive \u00e9l \u00a0desde las 9 p. m. empieza a ser solo, entran 4 o 5 personas si mucho en toda la \u00a0noche. En la noche nos dedicamos a organizar protocolo, adelantar trabajo y \u00a0organizar la notar\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No se presta atenci\u00f3n directa a los \u00a0ciudadanos. Excepcionalmente se dan salidas de menores del pa\u00eds o poderes. \u00a0Escrituraci\u00f3n mucho menos. Quedamos solos porque todo cierra en el aeropuerto, \u00a0el local de al lado (agencia de Latam) cierra en las \u00a0noches. Se ve circular gente pero no ingresan a la notar\u00eda\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en dicha visita tambi\u00e9n se hizo revisi\u00f3n de algunos tomos \u00a0correspondientes a los meses de enero a abril de la Notar\u00eda Setenta y Nueve \u00a0(79) donde se logr\u00f3 observar lo siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201c- Enero: 77 escrituras, correspondiente a los \u00a0Tomos 1, 2 y 3. De las cuales 8 escrituras fueron facturadas con posterioridad \u00a0a las 7:30 [p. m.] (solamente 1 fue efectuada a las 9:13 [p. m.]) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Febrero: Del Tomo 4, que contiene 17 \u00a0escrituras p\u00fablicas, 3 de ellas fueron facturadas con posterioridad a las 7:30 \u00a0[p. m.]. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Marzo: Del Tomo 8, que contiene escrituras \u00a0del 14 al 19 de marzo, contiene un total de 36 escrituras, de las cuales, 8 \u00a0fueron facturadas, de las cuales solamente 2 han sido posterior a las 10 p. m. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8211; Abril: De 30 escrituras se constat\u00f3 que \u00a0solamente 4 fueron facturadas con posterioridad a las 7:30\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que respecto de la Notar\u00eda Ochenta (80) se observaron los \u00a0reportes de facturaci\u00f3n del mes de febrero, en donde, de la facturaci\u00f3n \u00a0revisada se encontr\u00f3 que \u201cse efectuaron 3 facturas correspondientes a \u00a0autenticaciones y declaraciones extraproceso, por un \u00a0valor total de 84.820, con posterioridad a las 11 p. m.\u201d; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo evidenciado por la Superintendencia de \u00a0Notariado y Registro en la certificaci\u00f3n mencionada y en la visita llevada a \u00a0cabo el 20 de mayo de 2022, la m\u00ednima afluencia de usuarios en horas de la \u00a0noche, esto es, entre 10 p.m. y 6 a.m., permite evidenciar que no es necesario \u00a0mantener el servicio p\u00fablico notarial durante veinticuatro (24) horas los siete \u00a0(7) d\u00edas a la semana, debi\u00e9ndose en todo caso garantizar la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio p\u00fablico notarial en el Aeropuerto Internacional El Dorado por las \u00a0razones expuestas en el Decreto n\u00famero \u00a01437 de 2019, particularmente, la articulaci\u00f3n de pol\u00edticas del Gobierno \u00a0que tienen por finalidad agilizar y simplificar las relaciones de los \u00a0ciudadanos con las instituciones gubernamentales y estimular el emprendimiento \u00a0y la consolidaci\u00f3n empresarial, mediante estrategias transversales, as\u00ed como \u00a0ante la importancia estrat\u00e9gica del Aeropuerto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. La \u00a0Superintendencia de Notariado y Registro, en observancia de sus competencias \u00a0establecidas en el inciso segundo del art\u00edculo 157 y el art\u00edculo 159 del Decreto ley 960 de \u00a01970, determinar\u00e1 la ubicaci\u00f3n de las notar\u00edas Setenta y Nueve (79) y \u00a0Ochenta (80) del C\u00edrculo Notarial de Bogot\u00e1, D. C., y establecer\u00e1 sus horarios \u00a0de despacho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En cualquier caso, deber\u00e1 garantizar la prestaci\u00f3n del servicio \u00a0p\u00fablico notarial en el Aeropuerto Internacional El Dorado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 25 de mayo de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DANIEL ANDR\u00c9S PALACIOS MART\u00cdNEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Wilson Ruiz Orejuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 835 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (mayo 25) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.045, mayo 25 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio p\u00fablico notarial en las Notar\u00edas Setenta y Nueve (79) y Ochenta (80) \u00a0del C\u00edrculo de Bogot\u00e1, D. C. \u00a0 \u00a0 El Ministro del Interior de la Rep\u00fablica de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-56239","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56239","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56239"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56239\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56239"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56239"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56239"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}