{"id":56294,"date":"2023-08-23T20:54:08","date_gmt":"2023-08-23T20:54:08","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1005-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:54:08","modified_gmt":"2023-08-23T20:54:08","slug":"decreto-1005-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1005-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 1005 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1005 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(junio 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.064, junio 13 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se reglamenta la \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en \u00a0especial de las conferidas el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0art\u00edculo 45 de la Ley 489 de 1998, en \u00a0desarrollo del art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 1438 de 2011, y, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que los determinantes sociales \u00a0de salud se definen como aquellos factores que determinan la aparici\u00f3n de la \u00a0enfermedad, tales como los sociales, econ\u00f3micos, culturales, nutricionales, \u00a0ambientales, ocupacionales, habitacionales, de educaci\u00f3n y de acceso a los \u00a0servicios p\u00fablicos, conforme a lo previsto en el art\u00edculo 9\u00b0 de la Ley 1751 de 2015. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con la \u00a0Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud, estos determinantes obedecen a circunstancias \u00a0en que las personas nacen, crecen, trabajan, viven y envejecen, incluido el \u00a0conjunto m\u00e1s amplio de fuerzas y sistemas que influyen sobre las condiciones de \u00a0la vida cotidiana y que implican sistemas econ\u00f3micos y pol\u00edticos, modelos y \u00a0programas de desarrollo, normas y pol\u00edticas sociales, por lo cual resulta \u00a0fundamental la acci\u00f3n intersectorial para su abordaje y con ello contar con \u00a0diferentes fuentes de financiaci\u00f3n, que ser\u00e1n necesario gestionar de forma \u00a0sin\u00e9rgica, conforme al principio constitucional de colaboraci\u00f3n arm\u00f3nica \u00a0definido por el art\u00edculo 113 Superior, y en el marco de la competencia de cada \u00a0uno de los actores involucrados en estos, para alcanzar mayor equidad en la \u00a0poblaci\u00f3n y mejores condiciones de vida y de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el marco de la \u00a0estrategia de atenci\u00f3n primaria en salud, en el cual deben confluir las \u00a0pol\u00edticas sectoriales para mejorar el estado de salud de la poblaci\u00f3n, se \u00a0elaboran los planes decenales de salud p\u00fablica como ruta estrat\u00e9gica que cada \u00a010 a\u00f1os brinda lineamientos t\u00e9cnicos a \u00a0los planes de desarrollo territoriales y sectoriales y busca, desde un enfoque \u00a0de determinantes sociales de la salud, la garant\u00eda del goce efectivo del \u00a0derecho a la salud y de un ambiente sano, la reducci\u00f3n de las desigualdades en \u00a0salud, y la mejora de las condiciones de vida que modifican la situaci\u00f3n de \u00a0salud y disminuyen la carga de enfermedad existente manteniendo cero tolerancia \u00a0frente a la mortalidad, la morbilidad y la discapacidad evitables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que corresponde al Gobierno \u00a0nacional, como lo se\u00f1ala el art\u00edculo 20 de la Ley 1751 de 2015 \u00a0implementar una pol\u00edtica social de Estado que permita la articulaci\u00f3n \u00a0intersectorial con el prop\u00f3sito de garantizar los componentes esenciales del \u00a0derecho, afectando de manera positiva los determinantes sociales de la salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, as\u00ed mismo, mediante el \u00a0par\u00e1grafo 1\u00b0 del art\u00edculo 7\u00b0 de la Ley 1438 de 2011 se \u00a0cre\u00f3 la Comisi\u00f3n intersectorial de Salud P\u00fablica para la coordinaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las acciones de los determinantes en salud del Plan Decenal de \u00a0Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es necesario fortalecer las \u00a0medidas intersectoriales que incluyan la formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, programas, planes, proyectos, estrategias y acciones, desde los \u00a0principios de la cooperaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, integraci\u00f3n para abordar de manera \u00a0efectiva los determinantes sociales de la salud, apuntando a la soluci\u00f3n \u00a0necesidades, para lo cual se requiere generar espacios adecuados de \u00a0planificaci\u00f3n conjunta, articular acciones y compartir liderazgos, recursos, \u00a0estrategias y oportunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con el fin de abordar estas \u00a0necesidades y lograr una participaci\u00f3n efectiva desde todos los \u00e1mbitos que \u00a0influyen en la salud de las personas individualmente consideradas y de la \u00a0poblaci\u00f3n en general, es necesario optimizar las funciones de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Salud P\u00fablica, con el prop\u00f3sito de potencializar su capacidad \u00a0de gesti\u00f3n para que todos los sectores que tienen incidencia sobre los \u00a0determinantes sociales de la salud contribuyan de manera sostenible con el \u00a0mejoramiento de sus condiciones de vida y salud y derogar el Decreto 859 de 2014 \u00a0que reglament\u00f3 dicha Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo \u00a0establecido en los art\u00edculos 3\u00b0 y 8\u00b0 de la Ley 1437 de 2011, en \u00a0concordancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 2.1.2.1.14. del Decreto \u00a0Reglamentario \u00danico 1081 de 2015, el contenido del presente decreto junto \u00a0con su memoria justificativa fue publicado en la p\u00e1gina web del Ministerio de \u00a0Salud y Protecci\u00f3n Social, para conocimiento y posteriores observaciones de la \u00a0ciudadan\u00eda y los grupos de inter\u00e9s durante el periodo comprendido entre el 26 \u00a0de mayo y el 6 de junio de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Objeto de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica ser\u00e1 el espacio de coordinaci\u00f3n y \u00a0seguimiento de las acciones para la gesti\u00f3n de los Determinantes Sociales de la \u00a0Salud en el marco del Plan Decenal de Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Integrantes de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. La \u00a0Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro del Interior o \u00a0su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Relaciones \u00a0Exteriores o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Ministro de Justicia y \u00a0del Derecho o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Ministro de Defensa \u00a0Nacional o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Ministro de Agricultura y \u00a0Desarrollo Rural o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social o su delegado, quien la presidir\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Ministro del Trabajo o su \u00a0delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Ministro de Minas y \u00a0Energ\u00eda o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Ministro de Comercio, \u00a0Industria y Turismo o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Ministro de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. El Ministro de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El Ministro de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. El Ministro de Tecnolog\u00edas \u00a0de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones o su delegado, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. El Ministro de Transporte o \u00a0su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. El Ministro de Cultura o su \u00a0delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. El Ministro del Deporte o \u00a0su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. El Ministro de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su \u00a0delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. El Director del Departamento Administrativo para la \u00a0Prosperidad Social o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Invitados. Podr\u00e1n ser invitados a las reuniones de la Comisi\u00f3n \u00a0intersectorial de Salud P\u00fablica, con derecho a voz, pero sin voto, los \u00a0representantes de otras entidades p\u00fablicas o privadas, representantes de \u00a0organismos, gremios y agremiaciones del sector privado nacional e \u00a0internacional, los representantes de los pueblos, comunidades y grupos \u00e9tnicos, \u00a0asesores, expertos y dem\u00e1s personas naturales o jur\u00eddicas, seg\u00fan se estime \u00a0conveniente, de acuerdo con los temas a tratar, quienes, a solicitud de la \u00a0instancia deber\u00e1n elaborar y presentar los informes y conceptos que se \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Funciones de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. La \u00a0Comisi\u00f3n tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Aprobar el plan de acci\u00f3n \u00a0intersectorial de salud p\u00fablica y sus modificaciones, a partir de las estrategias \u00a0establecidas en el eje de Gesti\u00f3n Intersectorial de los Determinantes Sociales \u00a0de la Salud del Plan Decenal de Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Aprobar el mecanismo o \u00a0herramienta de seguimiento al plan de acci\u00f3n intersectorial de salud p\u00fablica en \u00a0el marco de la metodolog\u00eda de seguimiento y evaluaci\u00f3n de las metas definidas \u00a0en el Plan Decenal de Salud P\u00fablica vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer seguimiento al plan de \u00a0acci\u00f3n intersectorial de salud p\u00fablica conforme al mecanismo adoptado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Formular acciones de \u00a0correctivas que surjan del seguimiento al plan de acci\u00f3n intersectorial de \u00a0salud p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Revisar, aprobar y presentar \u00a0al Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, seg\u00fan sus lineamientos y en el marco \u00a0del Consejo Nacional de Pol\u00edtica Econ\u00f3mica y Social -CONPES, los informes de \u00a0resultados del seguimiento y evaluaci\u00f3n del plan de acci\u00f3n intersectorial de \u00a0salud p\u00fablica consolidado y presentado por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Recomendar estrategias \u00a0sectoriales para intervenir los determinantes sociales en salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer uso de los mecanismos \u00a0institucionales, administrativos y de cooperaci\u00f3n, que permitan el \u00a0financiamiento y por lo tanto la sostenibilidad de las acciones sobre los \u00a0determinantes sociales de la salud en el largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer los mecanismos de \u00a0coordinaci\u00f3n, participaci\u00f3n y articulaci\u00f3n con las Comisiones Intersectoriales \u00a0relacionadas con la gesti\u00f3n de la salud p\u00fablica, a trav\u00e9s de mesas tem\u00e1ticas \u00a0espec\u00edficas que promuevan el adecuado desarrollo de las estrategias del Eje de \u00a0Gesti\u00f3n Intersectorial de los Determinantes Sociales de la Salud del Plan \u00a0Decenal de Salud P\u00fablica, bajo criterios de eficiencia y eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Emitir recomendaciones \u00a0dirigidas a los consejos territoriales de planeaci\u00f3n o quien haga sus veces, para \u00a0que promuevan la coordinaci\u00f3n e inclusi\u00f3n de estrategias de gesti\u00f3n \u00a0intersectorial de los Determinantes Sociales de la Salud del Plan Decenal de \u00a0Salud P\u00fablica en los planes de desarrollo territorial a cargo de las entidades \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir el reglamento del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Expedir su propio \u00a0reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento al objeto con el que fue \u00a0creada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Sesiones de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. La \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica se reunir\u00e1 cada seis (6) meses, previa \u00a0convocatoria realizada por la secretaria t\u00e9cnica y, extraordinariamente, a \u00a0solicitud del presidente de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La convocatoria a los miembros \u00a0de la Comisi\u00f3n se har\u00e1 por cualquier medio f\u00edsico o electr\u00f3nico, indicando el \u00a0d\u00eda, la hora, el lugar y si ser\u00e1 presencial o virtual la reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las sesiones se podr\u00e1n realizar \u00a0de forma presencial o virtual a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos, inform\u00e1ticos, \u00a0telef\u00f3nicos o audiovisuales y quedar\u00e1n consignadas en un acta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Qu\u00f3rum. La Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica podr\u00e1 \u00a0deliberar con al menos once (11) de sus miembros y las decisiones ser\u00e1n \u00a0adoptadas por mayor\u00eda simple de los asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud \u00a0P\u00fablica. La Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica contar\u00e1 con una Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica ejercida por la Direcci\u00f3n de Epidemiolog\u00eda y Demograf\u00eda del Ministerio \u00a0de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Salud P\u00fablica. Ser\u00e1n funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Convocar a las sesiones de \u00a0la Comisi\u00f3n y proponer la agenda de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las actividades de \u00a0apoyo necesarias para adelantar las sesiones de la Comisi\u00f3n, as\u00ed como preparar \u00a0y presentar las propuestas, documentos de trabajo, informes y dem\u00e1s material \u00a0que sirva como soporte a las decisiones de esta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recibir y dar tr\u00e1mite a las \u00a0iniciativas y propuestas presentadas a la Comisi\u00f3n por los integrantes de la \u00a0instancia, los invitados y los terceros interesados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Servir de enlace y brindar \u00a0apoyo t\u00e9cnico, administrativo y operativo para la coordinaci\u00f3n de las entidades \u00a0que integran la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar, gestionar, \u00a0archivar y custodiar las actas de las sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas en el reglamento, de acuerdo con su naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Comit\u00e9 T\u00e9cnico. La Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica \u00a0contar\u00e1 con un Comit\u00e9 T\u00e9cnico para desarrollar las labores operativas y \u00a0t\u00e9cnicas del plan de acci\u00f3n intersectorial de salud p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Miembros del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico estar\u00e1 conformado por funcionarios de cada \u00a0una de las entidades que integran la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica, \u00a0designados por el ministro y director correspondiente y ser\u00e1 presidido por el \u00a0Ministerio de Salud y Protecci\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Comit\u00e9 podr\u00e1 \u00a0invitar a las reuniones a representantes de entidades p\u00fablicas, privadas y de \u00a0asistencia t\u00e9cnica, organizaciones sociales y expertos, y otros que estime \u00a0conveniente, de conformidad con los temas que se traten en cada sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones del \u00a0Comit\u00e9 T\u00e9cnico. Ser\u00e1n funciones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer y elaborar el plan \u00a0de acci\u00f3n intersectorial de salud p\u00fablica a partir de las estrategias del Eje \u00a0Estrat\u00e9gico de Gesti\u00f3n Intersectorial de los Determinantes Sociales de Salud \u00a0P\u00fablica del Plan Decenal de Salud P\u00fablica y presentarlo a la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar y presentar los \u00a0informes sobre el cumplimiento del plan de acci\u00f3n intersectorial de salud \u00a0p\u00fablica y presentarlos a la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Analizar y presentar \u00a0iniciativas para gestionar los Determinantes Sociales de la Salud y el \u00a0cumplimiento del plan de acci\u00f3n intersectorial de salud p\u00fablica, de acuerdo con \u00a0las competencias de cada Entidad que conforma la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar a la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Salud P\u00fablica acciones para priorizar iniciativas y proyectos \u00a0de corto y mediano plazo que permitan la adecuada gesti\u00f3n de los Determinantes \u00a0Sociales de la Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Acompa\u00f1ar a los \u00a0departamentos, distritos y municipios, en la formulaci\u00f3n, seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n peri\u00f3dica de las acciones para la gesti\u00f3n \u00a0intersectorial en el marco del Plan Decenal de Salud P\u00fablica conforme a sus \u00a0competencias, en coordinaci\u00f3n con los consejos territoriales de seguridad \u00a0social o quien haga sus veces, en el marco legal vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer mesas tem\u00e1ticas \u00a0especificas con otras instancias relacionadas con la gesti\u00f3n de la salud \u00a0p\u00fablica, con el prop\u00f3sito de promover la articulaci\u00f3n y el adecuado desarrollo \u00a0del Eje Estrat\u00e9gico de Gesti\u00f3n Intersectorial de los Determinantes Sociales de \u00a0la Salud del Plan Decenal de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Concertar las acciones y \u00a0estrategias para la gesti\u00f3n efectiva de los Determinantes Sociales de la Salud \u00a0de acuerdo con las competencias de cada sector, en el marco del Eje de Gesti\u00f3n \u00a0Intersectorial de los Determinantes Sociales de la Salud del Plan Decenal de \u00a0Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ser interlocutor permanente \u00a0entre la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica y las dem\u00e1s Comisiones \u00a0Intersectoriales relacionadas con salud p\u00fablica, para la adecuada \u00a0implementaci\u00f3n de los determinantes sociales de salud del Plan Decenal de Salud \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer los proyectos de \u00a0reglamento que tratan los numerales 10 y 11 del art\u00edculo 4\u00b0 del presente \u00a0decreto y presentarlo a la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica para su \u00a0aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le \u00a0correspondan por su naturaleza y las que le asigne la comisi\u00f3n para dar \u00a0cumplimiento al objeto con el que fue creado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Vigencia y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga el Decreto 859 de 2014. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 13 de \u00a0junio de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Daniel Andr\u00e9s Palacios Mart\u00ednez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Martha Luc\u00eda Ram\u00edrez de Rinc\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del \u00a0Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Wilson Ruiz Orejuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diego Andr\u00e9s Molano Aponte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y \u00a0Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodolfo Zea Navarro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Salud y \u00a0Protecci\u00f3n Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Ruiz G\u00f3mez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Custodio Cabrera B\u00e1ez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Energ\u00eda \u00a0encargado de las funciones del Despacho del ministro de Minas y Energ\u00eda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Miguel Lotero Robledo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Turismo \u00a0encargado de las funciones del Despacho de la ministra de Comercio, Industria y \u00a0Turismo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ricardo Galindo Bueno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Educaci\u00f3n Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Victoria Angulo Gonz\u00e1lez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ambiente y \u00a0Desarrollo Sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos Eduardo Correa Escaf \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Vivienda, Ciudad \u00a0y Territorio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Susana Correa Borrero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Tecnolog\u00edas de \u00a0la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carmen Ligia Valderrama Rojas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Transporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngela Mar\u00eda Orozco G\u00f3mez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Cultura, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ang\u00e9lica Mar\u00eda Mayolo Obreg\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Deporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Herrera Casta\u00f1o \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Ciencia, \u00a0Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tito Jos\u00e9 Crissien \u00a0Borrero \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V\u00edctor Manuel Mu\u00f1oz Rodr\u00edguez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandra Botero Barco \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director (e.) del \u00a0Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Pierre Garc\u00eda Jacquier \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Alvis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1005 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (junio 13) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.064, junio 13 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se reglamenta la \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n Intersectorial de Salud P\u00fablica. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en \u00a0especial de las 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