{"id":56338,"date":"2023-08-23T20:54:11","date_gmt":"2023-08-23T20:54:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1152-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:54:11","modified_gmt":"2023-08-23T20:54:11","slug":"decreto-1152-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1152-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 1152 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1152 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(julio 8) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52089, julio 8 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0estructura del Ministerio del Interior y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las que le confiere el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 2\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica \u00a0determin\u00f3 que \u201cSon fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, \u00a0promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, \u00a0derechos y deberes consagrados en la Constituci\u00f3n; facilitar la participaci\u00f3n \u00a0de todos en las decisiones que los afectan y en la vida econ\u00f3mica, pol\u00edtica, \u00a0administrativa y cultural de la Naci\u00f3n; defender la independencia nacional, \u00a0mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pac\u00edfica y la \u00a0vigencia de un orden justo.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, se modificaron los objetivos, la estructura org\u00e1nica y funciones \u00a0del Ministerio del Interior y se integr\u00f3 el Sector del Interior, modificado por \u00a0los Decretos 1835 de 2012, 2340 de 2015, 1140 de 2018 y 2353 de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el Modelo \u00a0Integrado de Planeaci\u00f3n y Gesti\u00f3n (MIPG), en desarrollo de la pol\u00edtica de \u00a0Fortalecimiento Organizacional y Simplificaci\u00f3n de Procesos, prevista en el \u00a0art\u00edculo 2.2.22.2.1. del Decreto 1083 de 2015, \u00a0se estableci\u00f3 la necesidad de adelantar un redise\u00f1o institucional para el \u00a0Ministerio del Interior, bajo los preceptos de eficiencia, productividad y \u00a0generaci\u00f3n de valor p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la modificaci\u00f3n de la \u00a0estructura consiste en el cambio de denominaciones de los Despachos del \u00a0Viceministro para la Participaci\u00f3n e Igualdad de Derechos, por Despacho del \u00a0Viceministro para el Di\u00e1logo Social, la Igualdad y los Derechos Humanos, y el \u00a0del Viceministro de Relaciones Pol\u00edticas por Despacho del Viceministro General \u00a0del Interior. Igualmente, se pasa la Direcci\u00f3n para la Democracia, la \u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal al Viceministerio General del \u00a0Interior; se modifica la Direcci\u00f3n de Gobierno y Gesti\u00f3n Territorial por \u00a0Direcci\u00f3n de Seguridad, Convivencia Ciudadana y Gobierno, la Subdirecci\u00f3n para \u00a0la Seguridad y Convivencia Ciudadana, se denomina Subdirecci\u00f3n de Gobierno, \u00a0Gesti\u00f3n Territorial y Lucha Contra la Trata, y la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Infraestructura se denomina Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la Seguridad y \u00a0Convivencia Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Departamento \u00a0Administrativo de Presidencia de la Rep\u00fablica emiti\u00f3 concepto favorable \u00a0mediante oficio OFI21-00175457\/IDM 13000000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el \u00a0Ministerio del Interior present\u00f3 al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica el estudio t\u00e9cnico de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto ley 019 de \u00a02012 y los art\u00edculos 2.2.12.1.,2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0para efectos de modificar su estructura administrativa, encontr\u00e1ndola ajustada \u00a0t\u00e9cnicamente; emitiendo en consecuencia concepto t\u00e9cnico favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 5\u00b0 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, modificado por los art\u00edculos 4\u00b0 del Decreto 1140 de 2018 \u00a0y 1\u00b0 del Decreto 2353 de 2019, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 5\u00b0. Estructura. La \u00a0Estructura del Ministerio del Interior, ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Ministro del \u00a0Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de Control \u00a0Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Informaci\u00f3n \u00a0P\u00fablica del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Viceministro \u00a0para el Di\u00e1logo Social, la Igualdad y los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Ind\u00edgenas, Rom y Minor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Asuntos para \u00a0Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Direcci\u00f3n de la Autoridad \u00a0Nacional de Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.1. Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica de \u00a0Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.2. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0de Consulta Previa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.3. Subdirecci\u00f3n Corporativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Religiosos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho del Viceministro \u00a0General del Interior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Seguridad, \u00a0Convivencia Ciudadana y Gobierno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Gobierno, Gesti\u00f3n Territorial y Lucha contra la Trata \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.2. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Proyectos para la Seguridad y la Convivencia Ciudadana \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos \u00a0Legislativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n para la \u00a0Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0Humana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3. Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00d3rganos de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 institucional de \u00a0Gesti\u00f3n y Desempe\u00f1o \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 11 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, modificado por el art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto 1140 de 2018 \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 11. Funciones del \u00a0Despacho del Viceministro para el Di\u00e1logo Social, la Igualdad y los Derechos \u00a0Humanos. Son funciones del Viceministro para el Di\u00e1logo Social, la \u00a0Igualdad y los Derechos Humanos, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 62 \u00a0de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y asistir al Ministro \u00a0en el dise\u00f1o, an\u00e1lisis, impulso y seguimiento a proyectos de actos legislativos \u00a0y de ley ante el Congreso de la Rep\u00fablica, principalmente en las materias de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la formulaci\u00f3n, \u00a0adopci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio, en \u00a0particular las relativas a los derechos y libertades fundamentales, los asuntos \u00a0\u00e9tnicos y de minor\u00edas, los asuntos de la poblaci\u00f3n LGBTI, enfoque de g\u00e9nero, \u00a0los de la poblaci\u00f3n en situaci\u00f3n de vulnerabilidad; los relacionados con \u00a0derechos humanos; libertad e igualdad religiosa, de cultos y conciencia y el \u00a0derecho Individual a profesar una religi\u00f3n o credo; y la coordinaci\u00f3n del \u00a0control a la gesti\u00f3n misional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fortalecer los procesos de \u00a0di\u00e1logo social y concertaci\u00f3n con las comunidades de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar en forma permanente \u00a0y adelantar el seguimiento de la ejecuci\u00f3n de los compromisos internacionales \u00a0en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la \u00a0planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Sector Administrativo en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir al Ministro en la \u00a0funci\u00f3n de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre la Rama Ejecutiva y la \u00a0Rama Legislativa, en los temas de su competencia, sin perjuicio de las \u00a0funciones del Viceministro General del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y hacer \u00a0seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su \u00a0despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los \u00a0planes, programas y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar la consecuci\u00f3n de \u00a0recursos complementarios para atender los programas de su competencia y de las \u00a0\u00e1reas misionales a cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 17 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 17. Funciones del \u00a0Despacho del Viceministro General del Interior. Son funciones del \u00a0Viceministro General del Interior, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 62 \u00a0de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Liderar la formulaci\u00f3n, \u00a0adopci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio dirigidas a \u00a0fortalecer las relaciones entre la Naci\u00f3n y las entidades territoriales y la \u00a0gobernabilidad territorial; as\u00ed como el orden p\u00fablico interno y la convivencia \u00a0ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Liderar la formulaci\u00f3n, \u00a0adopci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas del Ministerio, dirigidas a \u00a0fortalecer las relaciones del Gobierno nacional con la Rama Legislativa a \u00a0trav\u00e9s del impulso, seguimiento y control de la Agenda Legislativa del Gobierno \u00a0nacional y las relativas a la democracia, la participaci\u00f3n ciudadana, la acci\u00f3n \u00a0comunal y la coordinaci\u00f3n del control a la gesti\u00f3n misional de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, coordinar, proponer \u00a0pol\u00edticas y trazar directrices, que orienten el marco pol\u00edtico de un Estado \u00a0Social de Derecho, la autonom\u00eda y gobernabilidad territorial, de acuerdo con \u00a0los lineamientos del Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en la \u00a0funci\u00f3n de enlace, comunicaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n entre las entidades p\u00fablicas del \u00a0orden nacional, del sector central y descentralizado, y los entes territoriales \u00a0y sus entidades descentralizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar la elaboraci\u00f3n de la \u00a0planeaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Sector Administrativo, en los temas de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y hacer \u00a0seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su \u00a0despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los \u00a0planes, programas y proyectos del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica del Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana en cumplimiento de \u00a0las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de la Gesti\u00f3n Institucional y la \u00a0observancia de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de sus competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 19 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 19. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Seguridad, Convivencia Ciudadana y Gobierno. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n Seguridad y Convivencia Ciudadana y Gobierno, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades competentes la formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de pol\u00edticas \u00a0p\u00fablicas para el orden p\u00fablico interno y para prevenir, atender y controlar \u00a0situaciones de riesgo que vulneren o amenacen a la poblaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n \u00a0especial con las autoridades civiles y la Fuerza P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar al Ministro del \u00a0Interior en la conservaci\u00f3n y restablecimiento del orden p\u00fablico en el \u00a0territorio nacional en coordinaci\u00f3n con el Ministro de Defensa Nacional, para \u00a0lo cual podr\u00e1 coordinar con los gobernadores y alcaldes, las pol\u00edticas, planes \u00a0operativos y dem\u00e1s acciones necesarias para dicho fin, de conformidad con la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Direcci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos la atenci\u00f3n a las denuncias sobre inminentes riesgos de \u00a0violaciones o amenazas a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas \u00a0directamente o ante las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la incorporaci\u00f3n \u00a0del componente de orden p\u00fablico y convivencia ciudadana en los planes de \u00a0desarrollo regional y local, con el fin de fortalecer la pol\u00edtica p\u00fablica en \u00a0esta materia y generar condiciones sostenibles de gobernabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar y hacer seguimiento a \u00a0gobernadores y alcaldes en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales \u00a0y legales en materia de restablecimiento y preservaci\u00f3n del orden p\u00fablico y la \u00a0convivencia ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dise\u00f1ar pol\u00edticas, planes y estrategias para la conservaci\u00f3n del orden p\u00fablico \u00a0en el territorio nacional, as\u00ed como para entablar el di\u00e1logo con las \u00a0comunidades y los diferentes sectores que se encuentren afectados por \u00a0alteraciones del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fortalecer los mecanismos y espacios de interlocuci\u00f3n, entre \u00a0el nivel nacional y territorial para atender las problem\u00e1ticas relacionadas con \u00a0el orden p\u00fablico y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Hacer seguimiento a la \u00a0implementaci\u00f3n del Sistema Integrado de Emergencias y Seguridad -SIES-, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar la implementaci\u00f3n y \u00a0seguimiento a las estrategias de control policial en las entidades \u00a0territoriales en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0implementaci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica p\u00fablica de convivencia y seguridad \u00a0para el f\u00fatbol, y ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n Nacional para la \u00a0Seguridad, Comodidad y Convivencia en el F\u00fatbol, en conformidad con la Ley 270 de 2009 y sus \u00a0Decretos Reglamentarios 1267 de 2009 y 1717 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Impulsar acciones de \u00a0corresponsabilidad ciudadana y de cultura de la legalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover y hacer \u00a0seguimiento al cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales de \u00a0los mandatarios seccionales y locales en materia de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n \u00a0v\u00edctima de la violencia y la pol\u00edtica p\u00fablica correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Proponer proyectos de ley y \u00a0actos legislativos, as\u00ed como efectuar el an\u00e1lisis normativo y jurisprudencial, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, en materia de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular e implementar \u00a0estrategias de desarrollo y competitividad territorial que atiendan la \u00a0diversidad regional y articulen los procesos de planificaci\u00f3n y ordenamiento \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar seguimiento al \u00a0funcionamiento del Registro de Esquemas Asociativos Territoriales -REAT y los \u00a0procesos administrativos correspondientes para su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Asesorar en la formulaci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica de descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa, ordenamiento \u00a0territorial, desarrollo institucional y gesti\u00f3n p\u00fablica territorial, y \u00a0propender por la aplicaci\u00f3n de los principios en concurrencia, subsidiariedad y \u00a0complementariedad entre la Naci\u00f3n, los departamentos, distritos y municipios, \u00a0seg\u00fan su capacidad administrativa y fiscal, de conformidad con los \u00a0requerimientos efectuados por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Promover el desarrollo \u00a0end\u00f3geno territorial y social de las entidades territoriales que conduzca al \u00a0fortalecimiento de los principios estructurales de la descentralizaci\u00f3n \u00a0pol\u00edtica y administrativa y al afianzamiento de la gobernabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover y realizar los \u00a0an\u00e1lisis, estudios e investigaciones en las materias de su competencia y en \u00a0relaci\u00f3n con el componente territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Promover la cooperaci\u00f3n \u00a0entre las entidades territoriales y la Naci\u00f3n, as\u00ed como los procesos de \u00a0desconcentraci\u00f3n y delegaci\u00f3n administrativa en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0competentes del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Asesorar el dise\u00f1o de la \u00a0pol\u00edtica p\u00fablica para el fortalecimiento y desarrollo de las capacidades de \u00a0gobierno en las administraciones locales ubicados en zonas fronterizas, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de \u00a0Defensa Nacional, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia de \u00a0sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificar el art\u00edculo \u00a018 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 18. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Gobierno, Gesti\u00f3n Territorial y Lucha Contra la Trata. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Gobierno, Gesti\u00f3n Territorial y Lucha Contra la \u00a0Trata, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar el seguimiento de \u00a0la pol\u00edtica de descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa, ordenamiento \u00a0territorial, desarrollo institucional y gesti\u00f3n p\u00fablica territorial, y \u00a0propender por la aplicaci\u00f3n de los principios en concurrencia, subsidiariedad y \u00a0complementariedad entre la Naci\u00f3n, los departamentos, distritos y municipios, \u00a0seg\u00fan su capacidad administrativa y fiscal, de conformidad con los \u00a0requerimientos efectuados por estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el adecuado \u00a0cumplimiento y desarrollo de las competencias asignadas por la Constituci\u00f3n y \u00a0la ley de las entidades territoriales y a las entidades administrativas de \u00a0integraci\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover y liderar mediante \u00a0procesos de concertaci\u00f3n, la definici\u00f3n precisa de competencias y l\u00edmites de \u00a0las entidades territoriales, cuando exista conflicto entre ellas, y recibir la \u00a0informaci\u00f3n de deslinde de las entidades territoriales que le remita el \u00a0Instituto Geogr\u00e1fico Agust\u00edn Codazzi o quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Brindar asistencia t\u00e9cnica \u00a0para el fortalecimiento de los Esquemas Asociativos Territoriales (EAT) en \u00a0materia de ordenamiento territorial y en el uso del Registro de Esquemas \u00a0Asociativos Territoriales -REAT, a trav\u00e9s de los procesos administrativos, \u00a0t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos de competencia del Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar a las autoridades \u00a0administrativas del orden municipal, departamental y nacional en el desarrollo \u00a0institucional, dise\u00f1o y aplicaci\u00f3n de planes y programas relacionados con la \u00a0descentralizaci\u00f3n y la mejor gesti\u00f3n territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular las metodolog\u00edas y \u00a0las pol\u00edticas tendientes a la profundizaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de la \u00a0descentralizaci\u00f3n pol\u00edtica, el desarrollo end\u00f3geno territorial y social de las \u00a0entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Brindar apoyo log\u00edstico a la \u00a0Direcci\u00f3n de Seguridad y Convivencia Ciudadana y Gobierno, para la realizaci\u00f3n \u00a0de mesas t\u00e9cnicas para el an\u00e1lisis normativo de los proyectos de ley o actos \u00a0legislativos o de reformas reglamentarias, en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0Asesora Jur\u00eddica y la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos en la presentaci\u00f3n, \u00a0discusi\u00f3n y seguimiento en materia de competencia de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Direcci\u00f3n \u00a0de Derechos Humanos la atenci\u00f3n a las denuncias sobre inminentes riesgos de \u00a0violaciones o amenazas a los Derechos Humanos y dar curso a las mismas \u00a0directamente o ante las autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Brindar asistencia t\u00e9cnica a \u00a0las autoridades territoriales, corporaciones p\u00fablicas y l\u00edderes locales en \u00a0temas de descentralizaci\u00f3n, ordenamiento territorial y oferta institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Brindar asistencia t\u00e9cnica \u00a0y dar respuesta a las consultas, derechos de petici\u00f3n y dem\u00e1s acciones del \u00a0nivel territorial remitidas a esta Subdirecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar, participar, \u00a0promover el diagn\u00f3stico, dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia \u00a0de Lucha contra la Trata de Personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Liderar, coordinar, \u00a0proponer, evaluar y ejecutar los planes, acciones y\/o rutas que permitan la \u00a0articulaci\u00f3n con las entidades competentes a nivel nacional, departamental y\/o \u00a0municipal, en el desarrollo de los programas y\/o protocolos de asistencia \u00a0inmediata y mediata a las v\u00edctimas del delito de trata de personas establecidos \u00a0en la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 23 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 23. Funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la Seguridad y Convivencia Ciudadana. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Proyectos para la Seguridad y Convivencia \u00a0Ciudadana, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar la definici\u00f3n de \u00a0lineamientos en materia de infraestructura que se requiera para ejecutar los \u00a0proyectos de seguridad y convivencia ciudadana y dem\u00e1s bienes requeridos para \u00a0el cumplimiento de los objetivos del sector interior, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias internas y los entes externos involucrados en cada tem\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar el seguimiento \u00a0t\u00e9cnico y presupuestal a los convenios y proyectos para propiciar la seguridad \u00a0y convivencia ciudadana de las que sea parte el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adelantar las gestiones \u00a0tendientes a adquirir los inmuebles, bienes y servicios necesarios para el \u00a0desarrollo de los planes y programas de infraestructura del Ministerio, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Gesti\u00f3n Contractual, y emitir conceptos \u00a0t\u00e9cnicos en relaci\u00f3n con la situaci\u00f3n de los mismos y su aptitud y viabilidad \u00a0para los fines propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Brindar asistencia t\u00e9cnica a \u00a0los entes territoriales, los organismos de seguridad del Estado y la Polic\u00eda \u00a0Nacional en las actividades relacionadas con la definici\u00f3n de las obras de \u00a0infraestructura para propiciar la seguridad y convivencia ciudadana en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las gestiones \u00a0tendientes a realizar mejoras, deslindes, servidumbres y otras actuaciones de \u00a0saneamiento predial para el desarrollo de los planes y programas de \u00a0infraestructura del Ministerio de acuerdo con la normatividad sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a las diferentes \u00a0dependencias del Ministerio en temas de ejecuci\u00f3n de proyectos de \u00a0infraestructura para la seguridad y convivencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar las actividades \u00a0encaminadas a revisar la aptitud de los inmuebles destinados a la construcci\u00f3n \u00a0u operaci\u00f3n de las obras de infraestructura para el orden p\u00fablico y la \u00a0seguridad y convivencia ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar la planeaci\u00f3n presupuestal de los recursos del Fondo Nacional de \u00a0Seguridad y Convivencia Ciudadana- FONSECON en cada vigencia, as\u00ed como hacer \u00a0seguimiento a la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar el dise\u00f1o t\u00e9cnico, \u00a0escalabilidad, compatibilidad y proyecci\u00f3n tecnol\u00f3gica de los Sistemas \u00a0Integrados de Emergencias y Seguridad SIES e Infraestructura conforme a las \u00a0necesidades particulares del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Modificar el \u00a0art\u00edculo 12 del Decreto ley 2893 \u00a0de 2011, modificado por el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto 1140 de 2018, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 12. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n para la Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal. La \u00a0Direcci\u00f3n para la Democracia, la Participaci\u00f3n Ciudadana y la Acci\u00f3n Comunal, \u00a0depender\u00e1 del Despacho del Viceministro General del Interior y sus funciones \u00a0son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, el fortalecimiento de la democracia participativa, la \u00a0organizaci\u00f3n y participaci\u00f3n de la sociedad civil y la garant\u00eda de los derechos \u00a0y deberes electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas en materia de organismos \u00a0de acci\u00f3n comunal, tendientes al fortalecimiento de la organizaci\u00f3n y de sus \u00a0espacios de participaci\u00f3n, as\u00ed como ejercer la funci\u00f3n de inspecci\u00f3n, control y \u00a0vigilancia de los organismos de acci\u00f3n comunal de tercero y cuarto grado, y de \u00a0aquellos cuyo control y vigilancia no han sido descentralizados, en los \u00a0t\u00e9rminos consagrados en la legislaci\u00f3n que rige la actividad comunal y dem\u00e1s \u00a0normas que la modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promocionar y auspiciar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con los entes territoriales, la participaci\u00f3n ciudadana y el \u00a0seguimiento de la gesti\u00f3n administrativa p\u00fablica, mediante programas de \u00a0difusi\u00f3n y capacitaci\u00f3n de las comunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el comportamiento \u00a0pol\u00edtico y participativo de los ciudadanos en el marco de los procesos \u00a0electorales, a nivel nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar la formulaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas de apoyo institucional \u00a0para el fortalecimiento de la democracia local y territorial, que permita \u00a0realizar un control social efectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar, suspender y \u00a0cancelar la personer\u00eda jur\u00eddica de las federaciones de acci\u00f3n comunal y de la \u00a0Confederaci\u00f3n Nacional de Acci\u00f3n Comunal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Propugnar por la salvaguarda \u00a0de los derechos y deberes de los partidos y el cumplimiento de las garant\u00edas \u00a0para el normal desarrollo de los procesos electorales, y propender por la \u00a0modernizaci\u00f3n de las instituciones y procedimientos electorales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Generar alianzas con \u00a0entidades del orden nacional y territorial para coordinar y articular programas \u00a0en materia de participaci\u00f3n pol\u00edtica y social para el fortalecimiento de la \u00a0democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proponer proyectos de ley o \u00a0de actos legislativos en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Asuntos Legislativos, \u00a0en materia de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Resolver conceptos en \u00a0materia de inhabilidades e incompatibilidades de los candidatos electorales, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Apoyar la gesti\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gica y operativa del Fondo para la Participaci\u00f3n y el Fortalecimiento de \u00a0la Democracia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar el desarrollo y \u00a0sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional y la observancia \u00a0de sus recomendaciones en el \u00e1mbito de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Atender las peticiones y \u00a0consultas relacionadas con asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones \u00a0asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, modifica en lo \u00a0pertinente el Decreto ley 2893 \u00a0de 2011 modificado por los Decretos 1835 de 2012, 2340 de 2015, 1140 de 2018 y 2353 de 2019 y \u00a0dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C. a 8 de \u00a0julio de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Daniel Andr\u00e9s Palacios Mart\u00ednez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, Nerio \u00a0Jos\u00e9 Alvis Barranco \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1152 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (julio 8) \u00a0 \u00a0 D.O. 52089, julio 8 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0estructura del Ministerio del Interior y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-56338","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56338","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56338"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56338\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56338"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56338"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56338"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}