{"id":56470,"date":"2023-08-23T20:54:22","date_gmt":"2023-08-23T20:54:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1499-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:54:22","modified_gmt":"2023-08-23T20:54:22","slug":"decreto-1499-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1499-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 1499 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1499 DE 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 3) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.115, agosto 3 de \u00a02022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifican los art\u00edculos \u00a02.2.1.4.3 y 2.2.1.4.4 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Funci\u00f3n P\u00fablica, en lo \u00a0relacionado al objeto y conformaci\u00f3n de la Mesa, por el empleo p\u00fablico, la \u00a0actualizaci\u00f3n\/ampliaci\u00f3n de las plantas de empleo, la reducci\u00f3n de los \u00a0contratos de prestaci\u00f3n de servicios y garantizar el trabajo digno y decente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las \u00a0facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le confieren el \u00a0numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en desarrollo del art\u00edculo 17 de la Ley 909 de 2004, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el numeral 2 del art\u00edculo 17 de la Ley 909 de 2004 se\u00f1ala \u00a0que \u201ctodas las entidades y organismos a las cuales se les aplica la referida \u00a0ley, deber\u00e1n mantener actualizadas las plantas globales de empleos necesarias \u00a0para el cumplimiento eficiente de las funciones a su cargo, para lo cual deben \u00a0tener en cuenta las medidas de racionalizaci\u00f3n del gasto\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno nacional, como resultado del Acuerdo de la \u00a0Negociaci\u00f3n Colectiva de Solicitudes de las Organizaciones Sindicales de los \u00a0Empleados P\u00fablicos, suscrito el 24 de mayo de 2019 entre el Gobierno nacional y \u00a0las organizaciones sindicales de empleados p\u00fablicos, expidi\u00f3 el Decreto n\u00famero \u00a01800 de 2019, por el cual se adiciona el Cap\u00edtulo 4 al T\u00edtulo 1 de la \u00a0Parte 2 del Libro 2 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, Reglamentario \u00danico del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, en lo relacionado \u00a0con la actualizaci\u00f3n de las plantas globales de empleo, en la que se \u00a0se\u00f1alaron criterios orientadores para mantener actualizadas las plantas de \u00a0personal, y as\u00ed mismo, cre\u00f3 una mesa de trabajo que tiene como objeto revisar \u00a0la situaci\u00f3n actual de las plantas de personal de las entidades que se definan \u00a0en el cronograma que adopte la mesa para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en aplicaci\u00f3n de lo establecido en el art\u00edculo 2.2.1.4.2 del \u00a0Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, se cre\u00f3 la Mesa, por el empleo p\u00fablico, la \u00a0actualizaci\u00f3n\/ampliaci\u00f3n de las plantas de empleo, la reducci\u00f3n de los \u00a0contratos de prestaci\u00f3n de servicios y garantizar el trabajo digno y decente, \u00a0la cual fue instalada el 7 de noviembre de 2019 por parte de los representantes \u00a0de las entidades del Gobierno nacional y las organizaciones sindicales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la citada Mesa tiene \u00a0una duraci\u00f3n de 3 a\u00f1os los cuales vencen el 6 de noviembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que as\u00ed mismo dicha Mesa identific\u00f3 y prioriz\u00f3 treinta y siete \u00a0(37) entidades y organismos del orden nacional que presentaban un n\u00famero \u00a0significativo de contratos de prestaci\u00f3n de servicios, con el fin de que estas \u00a0efectuaran el estudio t\u00e9cnico correspondiente y formalizaran sus plantas de \u00a0personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la actualidad, solo diecisiete (17) entidades de las \u00a0treinta y siete (37) priorizadas, han formalizado su planta de personal, con lo \u00a0que se ha logrado un total de ocho mil ciento setenta (8.170) cargos \u00a0formalizados o creados desde la expedici\u00f3n del Decreto n\u00famero \u00a01800 de 2019. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como resultado del Acuerdo de la Negociaci\u00f3n de Empleados \u00a0P\u00fablicos suscrito el 18 de agosto de 2021, entre el Gobierno nacional y los \u00a0representantes de las organizaciones sindicales de empleados p\u00fablicos, se \u00a0acord\u00f3 garantizar la convocatoria de todas las organizaciones firmantes del \u00a0mencionado acuerdo en la mesa, por el empleo p\u00fablico, la \u00a0actualizaci\u00f3n\/ampliaci\u00f3n de las plantas de empleo, la reducci\u00f3n de los \u00a0contratos de prestaci\u00f3n de servicios y garantizar el trabajo digno y decente, \u00a0as\u00ed como la modificaci\u00f3n del art\u00edculo 2.2.1.4.3. del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, en cuanto al t\u00e9rmino de duraci\u00f3n de dicha Mesa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo establecido en los art\u00edculos 3\u00b0 y 8\u00b0 \u00a0de la Ley 1437 de 2011, en \u00a0concordancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 2.1.2.1.14 del Decreto \u00a0Reglamentario \u00danico 1081 de 2015, el contenido del presente decreto junto \u00a0con su memoria justificativa fue publicado en la p\u00e1gina web del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica para conocimiento y posteriores \u00a0observaciones de la ciudadan\u00eda y los grupos de inter\u00e9s. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en merito a lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificar el art\u00edculo 2.2.1.4.3 del Cap\u00edtulo 4 del \u00a0T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, el cual \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.1.4.3. Objeto de la Mesa. La Mesa tendr\u00e1 \u00a0por objeto identificar las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del \u00a0orden nacional que presentan un n\u00famero significativo de contratos de prestaci\u00f3n \u00a0de servicios con el fin de adoptar un cronograma con tareas, responsabilidades \u00a0y fechas precisas, para que en el t\u00e9rmino de cuatro (4) a\u00f1os, en forma \u00a0progresiva, se contin\u00fae dando cumplimiento a los acuerdos colectivos sindicales \u00a0suscritos en el ario de 2013 (punto 17), 2015 (punto 1) y 2017 (punto 1.1), en \u00a0materia de actualizaci\u00f3n\/ampliaci\u00f3n de plantas de empleo\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificar el art\u00edculo 2.2.1.4.4 del Cap\u00edtulo 4 del \u00a0T\u00edtulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica, el cual \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 2.2.1.4.4. Integraci\u00f3n de la Mesa. La Mesa estar\u00e1 \u00a0integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro del Trabajo, o su delegado, quien la presidir\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, o su delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, o su \u00a0delegado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Veinte (20) Representantes de las organizaciones sindicales, \u00a0uno por cada una de las \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>organizaciones sindicales firmantes del Acuerdo de la \u00a0Negociaci\u00f3n Colectiva de Solicitudes de las Organizaciones Sindicales de los \u00a0Empleados P\u00fablicos de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Los integrantes de la Mesa solo podr\u00e1n delegar su \u00a0participaci\u00f3n en funcionarios del nivel directivo, a quienes se les deber\u00e1 \u00a0atribuir la facultad de tomar decisiones en nombre de la respectiva entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los Representantes de las organizaciones sindicales \u00fanicamente \u00a0podr\u00e1n delegar su participaci\u00f3n en la Mesa en el suplente que hayan designado \u00a0en su instalaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. A las sesiones de la Mesa, cuando sus integrantes \u00a0lo consideren necesario, se invitar\u00e1 al representante legal de una determinada \u00a0entidad u organismo de la rama ejecutiva nacional, al Fiscal General de la \u00a0Naci\u00f3n o su delegado, al Procurador General de la Naci\u00f3n o su delegado, al Contralor \u00a0General de la Rep\u00fablica o su delegado, al Presidente de la Comisi\u00f3n Nacional \u00a0del Servicio Civil o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La Mesa tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de cuatro (4) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00b0. En las entidades territoriales las autoridades \u00a0competentes podr\u00e1n instalar mesas de trabajo con la participaci\u00f3n de las \u00a0organizaciones sindicales en una composici\u00f3n similar a la mesa nacional y cuyo \u00a0objeto ser\u00e1 el se\u00f1alado en el art\u00edculo 2.2.1.4.3. La actualizaci\u00f3n\/ampliaci\u00f3n \u00a0de las plantas de empleo podr\u00e1 estar contenida en los planes de desarrollo \u00a0territoriales con fundamento en el principio constitucional de coordinaci\u00f3n\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n, y modifica los art\u00edculos 2.2.1.4.3 y 2.2.1.4.4 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector de Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 3 de agosto de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Trabajo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00c1ngel Custodio Cabrera B\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Avis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1499 DE 2022 \u00a0 \u00a0 (agosto 3) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.115, agosto 3 de \u00a02022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifican los art\u00edculos \u00a02.2.1.4.3 y 2.2.1.4.4 del Decreto n\u00famero \u00a01083 de 2015, \u00danico Reglamentario del Sector Funci\u00f3n P\u00fablica, en lo \u00a0relacionado al objeto y conformaci\u00f3n de la Mesa, por el empleo p\u00fablico, la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-56470","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56470","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56470"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56470\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56470"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56470"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56470"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}