{"id":56489,"date":"2023-08-23T20:54:23","date_gmt":"2023-08-23T20:54:23","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1547-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T20:54:23","modified_gmt":"2023-08-23T20:54:23","slug":"decreto-1547-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-1547-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 1547 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01547 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto 4) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.116, agosto 4 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifican unas funciones \u00a0en la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0particular las que le confieren el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0con sujeci\u00f3n al art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica \u00a0expidi\u00f3 la Ley 1952 de 2019 \u201cpor \u00a0medio de la cual se expide el C\u00f3digo General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y \u00a0algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, \u00a0relacionadas con el derecho disciplinario\u201d, la cual fue posteriormente \u00a0reformada por la Ley 2094 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 73 de la Ley 2094 de 2021 \u00a0modific\u00f3 el art\u00edculo 265 del C\u00f3digo General Disciplinario, estableciendo que \u00a0las disposiciones previstas en ella y las contenidas en la Ley 1952 de 2019 que \u00a0no fueron objeto de reforma \u201centrar\u00e1n a regir nueve (9) meses despu\u00e9s de su \u00a0promulgaci\u00f3n\u201d, esto es, el 29 de marzo de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 2094 de 2021 \u00a0modific\u00f3 el art\u00edculo 1 2 de la Ley 1952 de 2019, \u00a0disponiendo la necesidad de que el disciplinable sea investigado y luego \u00a0juzgado por un funcionario diferente, independiente, imparcial y aut\u00f3nomo, por \u00a0lo que se deben separar las funciones de instrucci\u00f3n y juzgamiento del proceso \u00a0disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Directiva 013 del 16 de \u00a0julio de 2021 de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, requiri\u00f3 a las Oficinas \u00a0de Control Interno Disciplinario, adoptar las medidas necesarias para la \u00a0separaci\u00f3n de las funciones de instrucci\u00f3n y juzgamiento conforme lo dispuesto \u00a0en la Ley 2094 de 2021. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante la Circular \u00a0100-002 del 3 de marzo de 2022 del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, se establece que cada Entidad debe desarrollar y formalizar la \u00a0alternativa que m\u00e1s se adec\u00fae a su capacidad institucional para dar aplicaci\u00f3n \u00a0al art\u00edculo 14 de la Ley 2094 de 2021, \u00a0dentro de lo cual se considera la modificaci\u00f3n de los actos administrativos de \u00a0estructura, manual de funciones y competencias laborales, y sus justificaciones \u00a0t\u00e9cnicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con el prop\u00f3sito de \u00a0garantizar lo dispuesto en el art\u00edculo 12 de la Ley 1952 de 2019, \u00a0modificado por el art\u00edculo 3\u00b0 de la Ley 2094 de 2021, se \u00a0requiere separar y asignar las funciones de las etapas de instrucci\u00f3n y \u00a0juzgamiento en diferentes dependencias al interior de la Superintendencia de \u00a0Servicios P\u00fablicos Domiciliarios, por lo que se hace necesario modificar el Decreto 1369 de 2020, \u00a0\u201cpor el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Servicios \u00a0P\u00fablicos Domiciliarios\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Superintendencia de \u00a0Servicios P\u00fablicos Domiciliarios present\u00f3 al Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 2004, \u00a0modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto ley 019 de \u00a02012, y los art\u00edculos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, \u00a0para efectos de modificar unas funciones, encontr\u00e1ndola ajustada t\u00e9cnicamente y \u00a0emitiendo, en consecuencia, concepto t\u00e9cnico favorable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, para los fines de este \u00a0Decreto, la Direcci\u00f3n General del Presupuesto P\u00fablico Nacional del Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico otorg\u00f3 concepto favorable para la modificaci\u00f3n de \u00a0las funciones de la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios por no \u00a0tener impacto presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificaci\u00f3n. \u00a0Modificar el art\u00edculo 11 del Decreto 1369 de 2020, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 11. Funciones de la \u00a0Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir la defensa jur\u00eddica \u00a0de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Absolver las consultas \u00a0jur\u00eddicas externas relativas al r\u00e9gimen de los servicios p\u00fablicos \u00a0domiciliarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Superintendente, \u00a0Superintendentes Delegados, Secretario General y dem\u00e1s directivos en los \u00a0asuntos jur\u00eddicos relacionados con la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conceptuar internamente \u00a0sobre los requerimientos jur\u00eddicos de las diferentes dependencias de la \u00a0Superintendencia, en asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Fijar la unidad de criterio \u00a0jur\u00eddico en los asuntos de competencia de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los \u00a0estudios jur\u00eddicos especiales solicitados por las dem\u00e1s dependencias de la \u00a0Superintendencia para el desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente a la Superintendencia en los procesos judiciales y \u00a0procedimientos administrativos en los cuales sea parte, previo otorgamiento de \u00a0poder o delegaci\u00f3n del Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer estrategias de \u00a0prevenci\u00f3n del da\u00f1o antijur\u00eddico y participar en la definici\u00f3n de riesgos \u00a0jur\u00eddicos de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar a las Dependencias y fijar la posici\u00f3n jur\u00eddica \u00a0respecto de los proyectos de regulaci\u00f3n de las Comisiones de Regulaci\u00f3n y los \u00a0proyectos de Decreto de los Ministerios de Minas y Energ\u00eda y de Vivienda, \u00a0Ciudad y Territorio, seg\u00fan corresponda, de acuerdo con las necesidades y \u00a0problem\u00e1ticas de las \u00e1reas misionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Compilar, actualizar, \u00a0sistematizar, socializar y difundir leyes, decretos, normativa, jurisprudencia \u00a0y doctrina relativa al r\u00e9gimen de los servicios p\u00fablicos domiciliarios; y \u00a0elaborar y publicar peri\u00f3dicamente los contenidos de car\u00e1cter jur\u00eddico que \u00a0recopilen esta informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Revisar los proyectos de \u00a0actos administrativos de car\u00e1cter general y circulares, que deba expedir el \u00a0Superintendente de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Revisar los proyectos de \u00a0actos administrativos que resuelvan los recursos de reposici\u00f3n interpuestos \u00a0contra los actos mediante los cuales se liquiden las contribuciones especiales \u00a0que deban pagar las entidades sometidas a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Intervenir en las acciones \u00a0constitucionales y de legalidad que se promuevan respecto de asuntos del \u00a0r\u00e9gimen de servicios p\u00fablicos domiciliarios y que sean de competencia de la \u00a0Entidad o en las que la Superintendencia tenga alg\u00fan tipo de inter\u00e9s de acuerdo \u00a0con sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Analizar y hacer \u00a0seguimiento a la agenda legislativa del Congreso de la Rep\u00fablica sobre aquellas \u00a0iniciativas o proyectos relacionados con los servicios p\u00fablicos domiciliarios o \u00a0que afecten a la Superintendencia, as\u00ed como elaborar y presentar los \u00a0comentarios u observaciones de estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Participar en el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adelantar la etapa de \u00a0juzgamiento en primera instancia de los procesos disciplinarios que se tramitan \u00a0por conductas en que incurran los servidores y ex servidores de la \u00a0Superintendencia, conforme a la normatividad disciplinaria vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Informar a la Divisi\u00f3n de \u00a0Registro y Control y Correspondencia de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n, \u00a0sobre la imposici\u00f3n de sanciones disciplinarias a los servidores p\u00fablicos y ex \u00a0servidores p\u00fablicos de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Modificaci\u00f3n. Modificar \u00a0el art\u00edculo 14 del Decreto 1369 de 2020, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 14. Oficina de \u00a0Control Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de \u00a0Control Disciplinario Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar la etapa de \u00a0instrucci\u00f3n en primera instancia de los procesos disciplinarios que se tramiten \u00a0por conductas en que incurran los servidores y ex servidores de la \u00a0Superintendencia conforme a la normatividad disciplinaria vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con la Secretar\u00eda \u00a0General las pol\u00edticas, planes y programas de prevenci\u00f3n y orientaci\u00f3n que \u00a0minimicen la ocurrencia de conductas disciplinables, conforme a la normatividad \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con las \u00e1reas \u00a0encargadas de juzgamiento y segunda instancia, el control documental de los \u00a0procesos disciplinarios adelantados contra los servidores y ex servidores \u00a0p\u00fablicos de la entidad, as\u00ed como las notificaciones y comunicaciones de las \u00a0decisiones que en ellos se profieran, y de igual forma rendir los informes \u00a0requeridos por las autoridades competentes sobre los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Poner en conocimiento de los \u00a0organismos competentes, la comisi\u00f3n de hechos presuntamente irregulares de los \u00a0que se tenga conocimiento dentro del proceso disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Informar a la Viceprocuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n o a la personer\u00eda correspondiente s\u00ed \u00a0fuere el caso, sobre la apertura de la investigaci\u00f3n disciplinaria contra los \u00a0servidores y ex servidores p\u00fablicos de la Superintendencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en el desarrollo \u00a0y sostenimiento del Sistema Integrado de Gesti\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y modifica los \u00a0art\u00edculos 11 y 14 del Decreto 1369 de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 4 de \u00a0agosto de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV\u00c1N DUQUE M\u00c1RQUEZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Manuel Restrepo Abondano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Directora del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Alejandra Carolina Botero \u00a0Barco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nerio Jos\u00e9 Alvis Barranco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01547 DE 2022 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto 4) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.116, agosto 4 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifican unas funciones \u00a0en la Superintendencia de Servicios P\u00fablicos Domiciliarios. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0particular las que le confieren [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-56489","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56489","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56489"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56489\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56489"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56489"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56489"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}