{"id":56729,"date":"2023-08-23T21:00:31","date_gmt":"2023-08-23T21:00:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-2101-de-2022\/"},"modified":"2023-08-23T21:00:31","modified_gmt":"2023-08-23T21:00:31","slug":"decreto-2101-de-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-2101-de-2022\/","title":{"rendered":"DECRETO 2101 DE 2022"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2101 DE 2022 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre 28) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.201, octubre 28 de 2022 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se prorroga al plazo \u00a0para la elaboraci\u00f3n del inventario en la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la \u00a0Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n en liquidaci\u00f3n de que trata el \u00a0art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en \u00a0especial de las previstas en el numeral 15 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022, por el cual se liquida la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento \u00a0de la Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n, declar\u00f3, a partir del 28 \u00a0de agosto de 2022, la supresi\u00f3n de la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la \u00a0Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n, por vencimiento del plazo de \u00a0conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 1\u00b0 del Decreto ley 588 de \u00a02017. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 7\u00b0 del \u00a0mencionado Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022 dispuso que \u201cEl liquidador dispondr\u00e1 la realizaci\u00f3n de un \u00a0inventario f\u00edsico, jur\u00eddico y contable detallado de los activos, pasivos y contingencias \u00a0de la entidad (&#8230;)\u201d \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dicho inventario, seg\u00fan el \u00a0art\u00edculo ib\u00eddem deber\u00e1 ser realizado por el liquidador dentro de un plazo no \u00a0superior a un (1) mes, contado a partir de la fecha de su posesi\u00f3n, prorrogable \u00a0por una sola vez por un plazo no superior a un (1) mes y que dicha pr\u00f3rroga \u00a0debe estar debidamente justificada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por medio del Decreto \u00a0n\u00famero 1930 del 23 de septiembre de 2022, se design\u00f3 al se\u00f1or Mauricio Katz \u00a0Garc\u00eda identificado con c\u00e9dula de ciudadan\u00eda n\u00famero 79265103 como liquidador de \u00a0la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No \u00a0Repetici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con el Acta \u00a0de posesi\u00f3n n\u00famero 90 del 28 de septiembre de 2022 se posesion\u00f3 el se\u00f1or \u00a0Mauricio Katz Garc\u00eda como liquidador de la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de \u00a0la Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante comunicaci\u00f3n de \u00a0fecha 24 de octubre de 2022, el se\u00f1or liquidador de la Comisi\u00f3n para el \u00a0Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n en Liquidaci\u00f3n, \u00a0puso en conocimiento del se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica \u201cla imposibilidad \u00a0material de realizar el inventario establecido en el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022\u201d, por las siguientes razones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u201cMediante el Decreto \u00a0n\u00famero 1930 del 23 de septiembre de 2022, fui designado como liquidador de \u00a0la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No \u00a0Repetici\u00f3n en liquidaci\u00f3n, cargo del que tom\u00e9 posesi\u00f3n el pasado 28 de \u00a0septiembre de 2022, seg\u00fan consta en el Acta de Posesi\u00f3n n\u00famero 090 de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, fecha a partir de la cual, actuando como \u00a0representante legal, comenc\u00e9 las gestiones administrativas para iniciar la \u00a0liquidaci\u00f3n de la entidad, entre las cuales cabe mencionar la actualizaci\u00f3n del \u00a0NIT, la realizaci\u00f3n de las operaciones presupuestales necesarias para contar \u00a0con los recursos para la liquidaci\u00f3n; la determinaci\u00f3n del personal necesario \u00a0para acompa\u00f1ar la liquidaci\u00f3n; y conforme lo previsto en el art\u00edculo 6\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022, la contrataci\u00f3n de una empresa de servicios temporales para \u00a0el suministro y administraci\u00f3n de los trabajadores en misi\u00f3n que requiera la \u00a0Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n \u00a0en Liquidaci\u00f3n, actividad que culmin\u00f3 el pasado 18 de octubre con la \u00a0suscripci\u00f3n de la Orden de Servicio CEVL-02-2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. La vinculaci\u00f3n del personal \u00a0por parte de la Empresa de servicios temporales, inici\u00f3 el pasado 20 de \u00a0octubre, raz\u00f3n por la cual hasta ese d\u00eda se iniciaron las labores del personal \u00a0en misi\u00f3n que requiere la entidad para cumplir con todas las actividades \u00a0trazadas en el Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. As\u00ed mismo, se han venido \u00a0adelantando las gestiones necesarias ante el Ministerio de Justicia y del \u00a0Derecho, para celebrar el contrato interadministrativo de comodato del piso 5\u00b0 y \u00a0del s\u00f3tano del edificio ubicado en la Carrera 9 # 12C-10, donde oper\u00f3 la \u00a0Comisi\u00f3n de la Verdad durante el desarrollo del mandato conferido mediante el Decreto n\u00famero 588 \u00a0de 2017, con el fin de poder acceder al inventario f\u00edsico de los bienes, al \u00a0Fondo Documental de la Comisi\u00f3n y al resto de informaci\u00f3n contable, financiera \u00a0y jur\u00eddica, que fueron dejados por seguridad y debidamente sellados los accesos \u00a0en las instalaciones de esa sede dado que se contaba con una b\u00f3veda que \u00a0resguardaba la documentaci\u00f3n que va a ser declarada bien de inter\u00e9s cultural de \u00a0la naci\u00f3n y archivo de derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El acceso a la informaci\u00f3n y \u00a0los bienes, necesarios para realizar el inventario de la entidad de que trata \u00a0el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022 solo ser\u00e1 posible una vez se firme y se formalice el convenio \u00a0de comodato, para lo cual contamos con la colaboraci\u00f3n del Ministerio\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en virtud de lo anterior, \u00a0de acuerdo a lo establecido el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022, se requerir\u00e1 prorrogar por una sola vez y por un plazo no \u00a0superior a un (1) mes, la obligaci\u00f3n de entregar por parte del liquidador el \u00a0inventario f\u00edsico, jur\u00eddico y contable detallado de los, activos, pasivos y \u00a0contingencias de la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la Verdad, la \u00a0Convivencia y la No Repetici\u00f3n en liquidaci\u00f3n, plazo que ser\u00e1 hasta el 28 \u00a0noviembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Pr\u00f3rroga del \u00a0t\u00e9rmino para la realizaci\u00f3n del inventario f\u00edsico, jur\u00eddico y contable. \u00a0Prorrogar por una sola vez y hasta el 28 noviembre de 2022, el plazo para la \u00a0realizaci\u00f3n del inventario f\u00edsico, jur\u00eddico y contable en la Comisi\u00f3n para el \u00a0Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n, establecido en \u00a0el art\u00edculo 7\u00b0 del Decreto n\u00famero \u00a01776 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. Este \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 28 de \u00a0octubre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>GUSTAVO PETRO URREGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Antonio Ocampo Gaviria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C\u00e9sar Augusto Manrique Soacha. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2101 DE 2022 \u00a0 \u00a0 \u00a0 (octubre 28) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.201, octubre 28 de 2022 \u00a0 \u00a0 por el cual se prorroga al plazo \u00a0para la elaboraci\u00f3n del inventario en la Comisi\u00f3n para el Esclarecimiento de la \u00a0Verdad, la Convivencia y la No Repetici\u00f3n en liquidaci\u00f3n de que trata el \u00a0art\u00edculo 7\u00b0 del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[83],"tags":[],"class_list":["post-56729","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2022"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56729","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=56729"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/56729\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=56729"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=56729"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=56729"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}