{"id":57042,"date":"2023-08-23T21:48:41","date_gmt":"2023-08-23T21:48:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-113-de-2023\/"},"modified":"2023-08-23T21:48:41","modified_gmt":"2023-08-23T21:48:41","slug":"decreto-113-de-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-113-de-2023\/","title":{"rendered":"DECRETO 113 DE 2023"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a0113 DE 2023 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 26) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.289, enero 26 de 2023 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se ordena la publicaci\u00f3n \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 02 de 2022 Senado (Acumulado con el PAL \u00a0011 de 2022 Senado)-260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Primera Vuelta) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en cumplimiento de lo dispuesto por el art\u00edculo 375 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 119 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 20 de julio de 2022 \u00a0por iniciativa parlamentaria se present\u00f3 ante la Secretar\u00eda General del Senado \u00a0de la Rep\u00fablica el Proyecto de Acto Legislativo, por medio del cual se \u00a0modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, el cual fue radicado con el n\u00famero 002 de 2022 Senado, con todos los \u00a0requisitos constitucionales y legales con el fin de iniciar su tr\u00e1mite \u00a0legislativo constitucional; proyecto de Acto Legislativo que fue repartido a la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional del Senado de la Rep\u00fablica y enviado a la \u00a0Imprenta Nacional con el fin de que fuera publicado en la Gaceta del \u00a0Congreso, tal como se indica en constancia del Secretario General del \u00a0Senado de la Rep\u00fablica del 20 de julio de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 12 de agosto de 2022 \u00a0se recibe en la Secretar\u00eda General de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente del Senado de la Rep\u00fablica el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 02 \u00a0de 2022 Senado, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 02 de 2022 Senado, por medio del cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, fue publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 877 \u00a0del 6 de agosto de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 12 de agosto de 2022 \u00a0la Mes\u00e1 Directiva de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado \u00a0de la Rep\u00fablica, mediante el acta 03 designa como ponente para Primer Debate \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 02 (Acumulado) de 2022 Senado, por \u00a0medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, a los Senadores, David Luna S\u00e1nchez, Alejandro Chac\u00f3n Camargo, \u00a0Juan Carlos Garc\u00eda G\u00f3mez, Jonathan Pulido Hern\u00e1ndez, Mar\u00eda Jos\u00e9 Pizarro \u00a0Rodr\u00edguez, Juli\u00e1n Gallo Cubillos, B\u00e9rner Zambrano Erazo, Paloma Valencia \u00a0Laserna y Rodolfo Hern\u00e1ndez Su\u00e1rez, fijando un t\u00e9rmino de diez (10) d\u00edas para \u00a0rendir el correspondiente Informe, tal como se indica en la comunicaci\u00f3n \u00a0suscrita por la secretaria de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional del Senado de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 23 de agosto de \u00a02022, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado \u00a0de la Rep\u00fablica recibe Informe de Ponencia para Primer Debate del Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 02 (Acumulado) de 2022 Senado, por medio del cual se \u00a0modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia, por parte de los Senadores, David Luna S\u00e1nchez, Alejandro Chac\u00f3n \u00a0Camargo, Juan Carlos Garc\u00eda G\u00f3mez, Jonathan Pulido Hern\u00e1ndez, Mar\u00eda Jos\u00e9 \u00a0Pizarro Rodr\u00edguez, Juli\u00e1n Gallo Cubillos, B\u00e9rner Zambrano Erazo, Paloma Valencia \u00a0Laserna y Rodolfo Hern\u00e1ndez Su\u00e1rez, el cual se publica en la Gaceta del \u00a0Congreso n\u00famero 1004 del 31 de agosto de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n del 7 de \u00a0septiembre de 2022 la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de \u00a0la Rep\u00fablica someti\u00f3 a discusi\u00f3n la ponencia del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 02 de 2022 Senado, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, siendo aprobada la ponencia y el t\u00edtulo de Proyecto de Acto \u00a0Legislativo con su articulado, todo lo cual consta en el Acta n\u00famero 10 del 7 \u00a0de septiembre de 2022 y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero \u00a01130 del 23 de septiembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Mesa Directiva de la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la Rep\u00fablica, designa \u00a0como ponente para Segundo Debate a los mismos Senadores que design\u00f3 \u00a0anteriormente, tal como consta en certificaci\u00f3n del secretario de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera del Senado de la Rep\u00fablica del 7 de septiembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 20 de septiembre de 2022 \u00a0la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente del Senado de la \u00a0Rep\u00fablica recibe ponencia para segundo debate del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 02 de 2022 Senado, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, suscrita por los Senadores, David Luna S\u00e1nchez, Alejandro \u00a0Chac\u00f3n Camargo, Juan Carlos Garc\u00eda G\u00f3mez, Jonathan Pulido Hern\u00e1ndez, Mar\u00eda Jos\u00e9 \u00a0Pizarro Rodr\u00edguez, Juli\u00e1n Gallo Cubillos, B\u00e9rner Zambrano Erazo, Paloma \u00a0Valencia Laserna y Rodolfo Hern\u00e1ndez Su\u00e1rez, y se env\u00eda para su respectiva \u00a0publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1130 del 23 de \u00a0septiembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en sesi\u00f3n plenaria del \u00a0Senado de la Rep\u00fablica el d\u00eda 19 de octubre de 2022 fue considerado y aprobado \u00a0el texto definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado, \u00a0por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, tal como consta en el acta 17 del 19 de octubre de 2022 y \u00a0publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1279 del 20 de octubre \u00a0de 2022, previo anuncio en sesi\u00f3n plenaria del 18 de octubre de 2022, seg\u00fan \u00a0consta en el Acta n\u00famero 16, tal como se evidencia en la constancia secretarial \u00a0Sustanciaci\u00f3n Segunda Ponencia y Texto Definitivo de la Secretar\u00eda General del \u00a0Senado de la Rep\u00fablica del 19 de octubre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 19 de \u00a0octubre de 2022, el presidente del Senado de la Rep\u00fablica remite al se\u00f1or \u00a0presidente de la C\u00e1mara de Representantes el expediente del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 002 (Acumulado) de 2022 Senado, por medio del cual se \u00a0modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Seg\u00fan constancia secretarial de \u00a0la Secretar\u00eda General de la C\u00e1mara de Representantes, de conformidad con los \u00a0art\u00edculos 183 y 224 de la Ley 5\u00aa de 1992 \u00a0(Reglamento del Congreso), pasa al despacho del presidente de la C\u00e1mara de \u00a0Representantes el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado, por \u00a0medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, y se env\u00eda a la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, con el fin de ser estudiado en \u00a0Primer Debate. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 3 de noviembre de 2022, \u00a0la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera de la C\u00e1mara de Representantes recibe el \u00a0Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 02 de 2022 Senado, por medio del cual se \u00a0modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Mesa Directiva de la \u00a0Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes de \u00a0conformidad con el Acta n\u00famero 0530 del 4 de noviembre de 2022 design\u00f3 como \u00a0Ponentes para Primer Debate a los representantes Julio C\u00e9sar Triana Quintero, \u00a0Catherine Juvinao Clavijo, \u00d3scar Hern\u00e1n S\u00e1nchez Le\u00f3n, Ruth Amelia Caicedo \u00a0Rosero, Di\u00f3genes Quintero Amaya, Hern\u00e1n Dar\u00edo Cadavid M\u00e1rquez, Ana Paola Garc\u00eda \u00a0Soto, Her\u00e1clito Land\u00ednez Su\u00e1rez, Marelen Castillo Torres y Luis Alberto Alb\u00e1n \u00a0Urbano, fijando un t\u00e9rmino de ocho (8) d\u00edas para rendir el correspondiente \u00a0informe, tal como se indica en certificaci\u00f3n secretarial del 4 de noviembre de \u00a02022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 16 de noviembre de 2022, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n \u00a0Primera Constitucional Permanente de la C\u00e1mara de Representantes recibe \u00a0ponencia para Primer Debate del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 \u00a0Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, suscrita por los representantes designados Ponentes, en \u00a0la cual se propone dar Primer Debate en primera vuelta y se env\u00eda a Secretar\u00eda \u00a0General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del Congreso n\u00famero 1445 \u00a0del 16 de noviembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Comisi\u00f3n Primera de la C\u00e1mara de Representantes el d\u00eda \u00a017 de noviembre de 2022 fue considerado el texto y el t\u00edtulo del Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio \u00a0del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, tal como consta en el Acta n\u00famero 28 del 17 de noviembre \u00a0de 2022, seg\u00fan constancia secretarial de la misma fecha, y publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso n\u00famero 1517 del 25 de noviembre de 2022. La presidencia \u00a0designa como Ponentes para Segundo Debate a los mismos representados que fueron \u00a0seleccionados para adelantar la ponencia en Primer Debate. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el d\u00eda 24 de noviembre de \u00a02022, la Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional Permanente de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes recibe ponencia para Segundo Debate del Proyecto de \u00a0Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio \u00a0del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991, suscrita por los representantes designados como Ponentes \u00a0y se env\u00eda a Secretar\u00eda General para su publicaci\u00f3n en la Gaceta del \u00a0Congreso n\u00famero 1517 del 25 de noviembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con oficio de fecha 24 de \u00a0noviembre de 2022, el secretario de la Comisi\u00f3n Primera Constitucional \u00a0Permanente de la C\u00e1mara de Representantes, remite al se\u00f1or secretario general \u00a0de la C\u00e1mara de Representantes con todos sus antecedentes y para que siga su \u00a0curso constitucional y reglamentario el expediente del Proyecto de Acto \u00a0Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del \u00a0cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la \u00a0Sustanciaci\u00f3n de Segunda Ponencia y Texto Definitivo de fecha 9 de diciembre de \u00a02022, suscrita por el secretario general de la C\u00e1mara de Representantes, en \u00a0sesi\u00f3n plenaria de la C\u00e1mara de Representantes del 5 de diciembre de 2022, fue \u00a0aprobado en Segundo Debate el texto definitivo del Proyecto de Acto Legislativo \u00a0n\u00famero 002 de 2022 Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica \u00a0el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991. Lo anterior, seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 037 del 6 de \u00a0diciembre de 2022, previo su anuncio en sesi\u00f3n del 5 de diciembre de 2022 \u00a0correspondiente al Acta n\u00famero 036 y publicado en la Gaceta del Congreso n\u00famero \u00a01279 del 20 de diciembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con la \u00a0designaci\u00f3n efectuada por las Presidencias del Senado de la Rep\u00fablica y de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes, y de conformidad con los art\u00edculos 161 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0186 de la Ley 5\u00aa de 1992, el \u00a0senador David Luna S\u00e1nchez y la representante Catherine Juvinao Clavijo, \u00a0integrantes de la Comisi\u00f3n de Conciliaci\u00f3n, mediante documento de fecha 14 de \u00a0diciembre de 2022 sometieron a consideraci\u00f3n de las Plenarias de Senado y de la \u00a0C\u00e1mara de Representantes, para continuar el tr\u00e1mite correspondiente, el Informe \u00a0de Conciliaci\u00f3n al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado-260 \u00a0de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991 (Primera Vuelta), el cual fue publicado en la Gaceta \u00a0del Congreso 1657 del 14 de diciembre de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la \u00a0Constancia Secretarial- Sustanciaci\u00f3n Informe de Conciliaci\u00f3n del 15 de \u00a0diciembre de 2022, en Sesi\u00f3n Plenaria del Senado de la Rep\u00fablica del d\u00eda 15 de \u00a0diciembre de 2022, fue considerado y aprobado el Informe de la Comisi\u00f3n de \u00a0Conciliaci\u00f3n presentado por el senador David Luna S\u00e1nchez y la representante \u00a0Catherine Juvinao Clavijo al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 \u00a0Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991 (Primera Vuelta), tal como consta en el Acta de Sesi\u00f3n \u00a0Plenaria n\u00famero 36 del 15 de diciembre de 2022, previo su anuncio el d\u00eda 14 de \u00a0diciembre de 2022, seg\u00fan Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 35. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de conformidad con la \u00a0Constancia Secretarial-Sustanciaci\u00f3n Comisi\u00f3n Accidental de Mediaci\u00f3n del 19 de \u00a0diciembre de 2022, en Sesi\u00f3n Plenaria de la C\u00e1mara de Representantes del d\u00eda 15 \u00a0de diciembre de 2022, fue considerado y aprobado el Informe de la Comisi\u00f3n de \u00a0Conciliaci\u00f3n presentado por el senador David Luna S\u00e1nchez y la representante \u00a0Catherine Juvinao Clavijo, al Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 \u00a0Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991 (Primera Vuelta), tal como consta en el Acta de Sesi\u00f3n \u00a0Plenaria n\u00famero 041 del 15 de diciembre de 2022, previo su anuncio el d\u00eda 14 de \u00a0diciembre de 2022, seg\u00fan Acta de Sesi\u00f3n Plenaria n\u00famero 040. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Congreso de la Rep\u00fablica \u00a0mediante comunicaci\u00f3n del 28 de diciembre de 2022, radicada el d\u00eda 29 de \u00a0diciembre de 2022 en la Presidencia de la Rep\u00fablica, remiti\u00f3 para el tr\u00e1mite \u00a0pertinente el Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de 2022 Senado-260 de \u00a02022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en m\u00e9rito de lo expuesto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Ordenar la \u00a0publicaci\u00f3n del Texto Definitivo del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 002 de \u00a02022 Senado, 260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991 (Primera Vuelta), el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cACTO LEGISLATIVO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>No. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se modifica \u00a0el art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia de 1991-Primera Vuelta \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Congreso de Colombia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cArt\u00edculo 1\u00b0. Modif\u00edquese el \u00a0art\u00edculo 138 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 138. El Congreso, \u00a0por derecho propio, se reunir\u00e1 en sesiones ordinarias, durante dos periodos por \u00a0a\u00f1o, que constituir\u00e1n una sola legislatura. El primer periodo de sesiones \u00a0comenzar\u00e1 el 20 de julio y terminar\u00e1 el 16 de diciembre; el segundo periodo \u00a0iniciar\u00e1 el 16 de febrero y concluir\u00e1 el 20 de junio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entre el 16 de febrero y el 15 \u00a0de marzo solo se podr\u00e1n tramitar leyes ordinarias de origen Congresional, \u00a0adelantar debates de control pol\u00edtico y audiencias p\u00fablicas. Se except\u00faa de \u00a0esta restricci\u00f3n el tr\u00e1mite del Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el periodo de sesiones en el \u00a0que se lleven a cabo las elecciones al Congreso de la Rep\u00fablica, este periodo \u00a0iniciar\u00e1 el 16 de marzo y concluir\u00e1 el 20 de junio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Si por cualquier causa el \u00a0Congreso no pudiese reunirse eh las fechas indicadas, lo har\u00e1 tan pronto como \u00a0fuese posible, dentro de los periodos respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se reunir\u00e1 el Congreso \u00a0en sesiones extraordinarias, por convocatoria del Gobierno y durante el tiempo \u00a0que este se\u00f1ale. En el curso de ellas solo podr\u00e1 ocuparse de los asuntos que el \u00a0Gobierno someta a su consideraci\u00f3n, sin perjuicio de la funci\u00f3n de control \u00a0pol\u00edtico que le es propia, la cual podr\u00e1 ejercer en todo tiempo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El \u00a0acto legislativo entra en vigencia a partir de su promulgaci\u00f3n y deroga todas \u00a0las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente del Honorable \u00a0Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Roy Leonardo Barreras \u00a0Montealegre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del \u00a0Honorable Senado de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gregorio Eljach Pacheco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Honorable \u00a0C\u00e1mara de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>David Ricardo Racero Mayorca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General de la \u00a0Honorable C\u00e1mara de Representantes, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jaime Luis Lacouture Pe\u00f1aloza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. El presente \u00a0decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 26 de \u00a0enero de 2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>GUSTAVO PETRO URREGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hernando Alfonso Prada Gil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a0113 DE 2023 \u00a0 \u00a0 (enero 26) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.289, enero 26 de 2023 \u00a0 \u00a0 por el cual se ordena la publicaci\u00f3n \u00a0del Proyecto de Acto Legislativo n\u00famero 02 de 2022 Senado (Acumulado con el PAL \u00a0011 de 2022 Senado)-260 de 2022 C\u00e1mara, por medio del cual se modifica el \u00a0art\u00edculo 138 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[84],"tags":[],"class_list":["post-57042","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2023"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57042","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=57042"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57042\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=57042"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=57042"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=57042"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}