{"id":57098,"date":"2023-08-23T21:48:45","date_gmt":"2023-08-23T21:48:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-220-de-2023\/"},"modified":"2023-08-23T21:48:45","modified_gmt":"2023-08-23T21:48:45","slug":"decreto-220-de-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/08\/23\/decreto-220-de-2023\/","title":{"rendered":"DECRETO 220 DE 2023"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 220 DE 2023 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 15) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D.O. 52.309, febrero 15 de 2023 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifican los t\u00e9rminos de la declaratoria de la \u00a0Situaci\u00f3n de Desastre de Car\u00e1cter Nacional y las normas especiales habilitadas \u00a0de que trata el Decreto 2113 de 2022. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las que le confieren los art\u00edculos 10, 56, 59 y 63 de la Ley 1523 de 2012, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante el Decreto \u00a02113 del 1\u00b0 de noviembre de 2022, se declar\u00f3 una situaci\u00f3n de desastre de \u00a0car\u00e1cter nacional por el t\u00e9rmino de doce (12) meses, en todo el territorio \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que conforme a los Reportes \u00a0Situacionales N\u00fameros 1, 2 y 3 de la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo \u00a0de Desastres (UNGRD), el pasado 9 de enero de 2023 se present\u00f3 un movimiento en \u00a0masa de gran magnitud en el municipio de Rosas, Cauca, con incidencia grave en \u00a011 veredas del municipio y provocando la evacuaci\u00f3n aproximada de 248 familias, \u00a0la destrucci\u00f3n de 68 viviendas, la Instituci\u00f3n Educativa -Colegio Alfonso \u00a0C\u00f3rdoba y adicionalmente se afect\u00f3 gravemente la v\u00eda Panamericana, lo que \u00a0gener\u00f3 el aislamiento de los departamentos de Cauca y de Nari\u00f1o y de este \u00a0\u00faltimo, con el resto del pa\u00eds, as\u00ed como la conectividad con el departamento del \u00a0Putumayo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el cierre de la v\u00eda \u00a0Panamericana, seg\u00fan reporte situacional de la UNGRD de fecha 10 de enero de \u00a02023, ocasion\u00f3 en el departamento de Nari\u00f1o desabastecimiento en combustibles, \u00a0graves dificultades en la comercializaci\u00f3n y transporte de productos agr\u00edcolas, \u00a0imposibilidad de transportar hac\u00eda el resto del pa\u00eds una producci\u00f3n aproximada \u00a0de 431.697 litros diarios de leche y un volumen importante de derivados de la \u00a0misma, desabastecimiento de concentrados de alimentos para la industria \u00a0av\u00edcola, desabastecimiento y encarecimiento de medicamentos, entre otros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el movimiento en masa que \u00a0se present\u00f3 el 9 de enero de 2023, est\u00e1 asociado al fen\u00f3meno de la ni\u00f1a en desarrollo, \u00a0tal como lo se\u00f1ala la Subdirecci\u00f3n para el conocimiento del Riesgo de la Unidad \u00a0Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, en informe de fecha 12 de \u00a0enero de 2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la situaci\u00f3n de emergencia \u00a0descrita, afecta de manera directa el servicio de transporte, teniendo en \u00a0cuenta que la v\u00eda Panamericana es una de las principales del pa\u00eds y conecta la \u00a0ciudad de Popay\u00e1n con la ciudad de Pasto y a su vez, permite el intercambio \u00a0comercial no solo entre los departamentos de Cauca y Nari\u00f1o, sino con el centro \u00a0occidente del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la Unidad Nacional para la \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres (UNGRD), realiz\u00f3 el d\u00eda 18 de enero de 2023 el \u00a0seguimiento a la situaci\u00f3n de desastre presentada en el municipio de Rosas &#8211; \u00a0Cauca, instalando un Puesto de Mando Unificado en el cual se analizaron las \u00a0condiciones meteorol\u00f3gicas presentadas por el Ideam, \u00a0la movilidad entre los departamentos de Nari\u00f1o, Cauca y Putumayo, el suministro \u00a0de bienes y servicios, combustible y gas para la zona, atenci\u00f3n social en salud \u00a0y educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el gobernador del \u00a0departamento de Cauca, ante el desastre ocurrido el 9 de enero de 2023 y previa \u00a0recomendaci\u00f3n del Consejo Departamental para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres \u00a0(CDGRD), declar\u00f3 el d\u00eda 12 de enero de 2023 la situaci\u00f3n de calamidad p\u00fablica \u00a0mediante Decreto 0015-01-2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que igualmente, el gobernador \u00a0del departamento de Nari\u00f1o, previa recomendaci\u00f3n del Consejo Departamental de \u00a0Gesti\u00f3n del Riesgo, declar\u00f3 la situaci\u00f3n de calamidad p\u00fablica en el \u00a0departamento de Nari\u00f1o, mediante Decreto \u00a0n\u00famero 013 del 25 de enero de 2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que, en el mismo sentido, \u00a0mediante Decreto \u00a0n\u00famero 025 del 26 de enero de 2023 el gobernador del departamento del \u00a0Putumayo, declar\u00f3 la situaci\u00f3n de calamidad p\u00fablica en dicho departamento, a \u00a0ra\u00edz de las afectaciones colaterales que se ocasionan como consecuencia del \u00a0movimiento en masa presentado en el municipio de Rosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que ante la situaci\u00f3n de \u00a0desastre descrita anteriormente el Consejo Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo, \u00a0en sesi\u00f3n del 22 de enero de 2023 y de conformidad a lo dispuesto en el \u00a0art\u00edculo 63 de la Ley 1523 de 2012 \u00a0recomend\u00f3 al Presidente de la Rep\u00fablica modificar los t\u00e9rminos de la \u00a0declaratoria de la Situaci\u00f3n de Desastre de Car\u00e1cter Nacional y las normas \u00a0especiales habilitadas de que trata el Decreto 2113 de 2022, \u00a0con el fin de mitigar los efectos generados por el desastre ocurrido el 9 de \u00a0enero de 2023 en el municipio de Rosas Cauca y elaborar un Plan de Acci\u00f3n \u00a0Espec\u00edfico para dar respuesta a la situaci\u00f3n presentada en los departamentos de \u00a0Nari\u00f1o, Cauca y Putumayo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 61 de la Ley 1523 de 2012, \u00a0dispone que, la Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres \u00a0(UNGRD), elaborar\u00e1 el Plan de Acci\u00f3n Espec\u00edfico, el cual es de obligatorio \u00a0cumplimiento para todas las entidades p\u00fablicas y privadas que deban contribuir \u00a0a su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En virtud de lo expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Modificaci\u00f3n de la \u00a0situaci\u00f3n de desastre de car\u00e1cter nacional. Modificar los t\u00e9rminos de la \u00a0declaratoria de la Situaci\u00f3n de Desastre de Car\u00e1cter Nacional y las normas \u00a0especiales habilitadas de que trata el Decreto 2113 de 2022, \u00a0para atender y mitigar a trav\u00e9s de un Plan de Acci\u00f3n Espec\u00edfico los efectos \u00a0generados en los departamentos de Cauca, Nari\u00f1o y Putumayo por el cierre de la \u00a0v\u00eda Panamericana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En tal medida, se adiciona al Decreto 2113 de 2022, \u00a0el art\u00edculo 4A, el cual quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4 A. Plan de Acci\u00f3n \u00a0Espec\u00edfico Cauca, Nari\u00f1o y Putumayo. Conforme lo dispone el art\u00edculo \u00a061 de la Ley 1523 de 2012, la \u00a0Unidad Nacional para la Gesti\u00f3n del Riesgo de Desastres, desarrollar\u00e1 el Plan \u00a0de Acci\u00f3n Espec\u00edfico para mitigar los efectos generados por el cierre de la v\u00eda \u00a0Panamericana que afecta la comunicaci\u00f3n y movilidad de los departamentos de \u00a0Cauca, Nari\u00f1o y Putumayo con el resto del pa\u00eds, sin perjuicio del PAE previsto \u00a0en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Plan de Acci\u00f3n Espec\u00edfico se \u00a0desarrollar\u00e1 atendiendo las siguientes l\u00edneas de intervenci\u00f3n, con sujeci\u00f3n a \u00a0las normas legales vigentes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea de intervenci\u00f3n 1. Abastecimiento \u00a0de combustibles para la estabilizaci\u00f3n econ\u00f3mica de la regi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea de intervenci\u00f3n 2. Habilitaci\u00f3n \u00a0de v\u00edas alternas a la Panamericana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea de intervenci\u00f3n 3. Reforzar \u00a0la Conectividad multimodal con la regi\u00f3n, trasporte mar\u00edtimo entre el Puerto de \u00a0Buenaventura y Tumaco, trasporte a\u00e9reo y trasporte por ferrocarril, adem\u00e1s del \u00a0apoyo o subsidio al valor del flete para evitar especulaci\u00f3n de precios por el \u00a0valor del trasporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea de intervenci\u00f3n 4. Compras \u00a0p\u00fablicas con destino a ayudas humanitarias y apoyo a productores de derivados \u00a0de los l\u00e1cteos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>L\u00ednea de intervenci\u00f3n 5. Recuperaci\u00f3n \u00a0de la regi\u00f3n mediante el fortalecimiento de la conectividad y movilidad con el \u00a0resto del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan estar\u00e1 a cargo de la UNGRD conforme lo \u00a0dispone el par\u00e1grafo 2\u00b0 del art\u00edculo 61 de la Ley 1523 de 2012 con \u00a0el apoyo del alto Comisionado para las Regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 15 de \u00a0febrero de 2023. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>GUSTAVO PETRO URREGO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Antonio Ocampo Gaviria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y \u00a0Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cecilia L\u00f3pez Monta\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Vivienda, Ciudad \u00a0y Territorio, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Martha Catalina Velasco \u00a0Campuzano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Transporte, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo Francisco Reyes \u00a0Gonz\u00e1lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00d3scar Mauricio Lizcano Arango. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 220 DE 2023 \u00a0 \u00a0 (febrero 15) \u00a0 \u00a0 D.O. 52.309, febrero 15 de 2023 \u00a0 \u00a0 por el cual se modifican los t\u00e9rminos de la declaratoria de la \u00a0Situaci\u00f3n de Desastre de Car\u00e1cter Nacional y las normas especiales habilitadas \u00a0de que trata el Decreto 2113 de 2022. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[84],"tags":[],"class_list":["post-57098","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2023"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57098","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=57098"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57098\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=57098"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=57098"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=57098"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}