{"id":57979,"date":"2023-11-22T10:03:07","date_gmt":"2023-11-22T15:03:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/?p=57979"},"modified":"2023-11-22T10:03:13","modified_gmt":"2023-11-22T15:03:13","slug":"decreto-1798-de-2023","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/11\/22\/decreto-1798-de-2023\/","title":{"rendered":"DECRETO 1798 DE 2023"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>DECRETO 1798 DE 2023<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(Octubre 30)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Por el cual se modifica la estructura de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial &#8211; ENTerritorio<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular , las conferidas en el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, y;<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo 12 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el art\u00edculo 3 de la Ley 2094 de 2021, dispone que el disciplinable debe ser investigado y luego juzgado por un funcionario diferente, independiente, imparcial y aut\u00f3nomo, lo que exige la separaci\u00f3n de las funciones de instrucci\u00f3n y juzgamiento del proceso disciplinario.<\/p>\n\n\n\n<p>Que con el prop\u00f3sito de dar cumplimiento a la Ley 1952 de 2019 , modificada por la Ley 2094 de 2021, y separar las etapas de instrucci\u00f3n y juzgamiento se requiere ajustar las funciones de algunas dependencias de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial &#8211; ENTerritorio -, atendiendo adem\u00e1s los lineamientos que para el desarrollo de la funci\u00f3n de prevenci\u00f3n dispuso el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica a trav\u00e9s de la Caja de Transformaci\u00f3n Institucional para el Control Disciplinario Interno.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Junta Directiva de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial &#8211; ENTerritorio, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 8 del art\u00edculo 4 del Decreto 495 de 2019, en sesi\u00f3n del d\u00eda veinticuatro (24) de junio de 2022, como consta en el acta n\u00famero 694, decidi\u00f3 someter a aprobaci\u00f3n del Gobierno nacional la modificaci\u00f3n de las funciones de la Gerencia General, Subgerencia Administrativa y Oficina Asesora Jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>Que el Grupo Interno de Trabajo de Control Disciplinario Interno, ser\u00e1 creado y adscrito al Despacho del representante legal y sus funciones ser\u00e1n ajustadas \u00fanicamente a las referidas a la etapa de instrucci\u00f3n, seg\u00fan lo dispuesto en la normativa vigente.<\/p>\n\n\n\n<p>Que mediante el Decreto 288 de enero 2004, se establecieron los objetivos, estructura, funciones del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, Fonade.<\/p>\n\n\n\n<p>Que mediante los Decretos 2723 del 24 de julio de 2008 y 495 del 20 de marzo de 2019 se modificaron la denominaci\u00f3n y estructura del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo &#8211; FONADE, estableciendo la denominaci\u00f3n de la empresa, en adelante, como Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial &#8211; ENTerritorio .<\/p>\n\n\n\n<p>Que el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica emiti\u00f3 la Circular No.100-<\/p>\n\n\n\n<p>002 de 2022, mediante la cual se dan los lineamientos organizacionales para la adecuaci\u00f3n de las unidades u oficinas de instrucci\u00f3n y juzgamiento de control disciplinario interno en las entidades p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial present\u00f3 al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica de que trata el art\u00edculo 46 de la Ley 909 de 20044, modificado por el art\u00edculo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los art\u00edculos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la estructura, encontr\u00e1ndola ajustada t\u00e9cnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto favorable.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 1 del Decreto Ley 492 del 2020 la propiedad de todas las empresas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia o que desarrollen actividades conexas al servicio financiero, que hagan parte de la Rama Ejecutiva del orden nacional, y que est\u00e9n registradas a nombre de Ministerios, Departamentos Administrativos y dem\u00e1s entidades del orden nacional, quedar\u00e1n registradas y vinculadas a nombre de la Naci\u00f3n Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, en m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECRETA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO&nbsp;<a><\/a>1. Modificaci\u00f3n de las funciones del Despacho del Gerente General.<\/strong>&nbsp;Modificar el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=48380#8\">8<\/a>&nbsp;del Decreto 288 de 2004, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&#8220;ART\u00cdCULO 8. Gerencia General.<\/strong>&nbsp;El Gerente General es agente del Presidente de la Rep\u00fablica de su libre nombramiento y remoci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Son funciones de la Gerencia General, las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>8.1. Ejercer la representaci\u00f3n legal de la entidad. Los representantes legales suplentes ser\u00e1n los definidos en los estatutos de la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p>8.2. Dirigir, vigilar, controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n y cumplimiento de los objetivos, funciones, pol\u00edticas, planes y programas del Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>8.3. Nombrar, remover y contratar a los servidores p\u00fablicos del Fondo, efectuar los traslados y remociones y dirigir las pol\u00edticas de administraci\u00f3n de personal de conformidad con las normas vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p>8.4. Distribuir el personal de la planta de personal teniendo en cuenta la estructura, planes, programas, proyectos del Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>8.5. Constituir apoderados para que representen al Fondo en asuntos judiciales o extrajudiciales.<\/p>\n\n\n\n<p>8.6. Organizar, dirigir y controlar de conformidad con las directrices trazadas por la Junta Directiva, las actividades de la entidad.<\/p>\n\n\n\n<p>8.7. Suscribir los actos, convenios y contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas al Fondo, con arreglo a las disposiciones vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p>8.8. Presentar para estudio y aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva los proyectos de estatutos internos y someterlos a concepto previo del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>8.9. Crear y organizar, mediante acto administrativo los Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios, teniendo en cuenta la estructura, los planes y programas institucionales.<\/p>\n\n\n\n<p>8 10 Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos de la Junta Directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>8.11. Adoptar los reglamentos, el manual espec\u00edfico de funciones y requisitos, y los manuales de procedimiento, necesarios para el cumplimiento de las funciones del Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>8.12. Someter a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva el anteproyecto de presupuesto, sus adiciones, traslados, as\u00ed como los Estados Financieros de conformidad con lo se\u00f1alado por la Superintendencia Bancaria, y las disposiciones legales sobre la materia que le sean aplicables.<\/p>\n\n\n\n<p>8.13. Presentar para consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva los planes y programas que se requieran para el desarrollo del Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>8.14. Controlar el manejo de los recursos financieros.<\/p>\n\n\n\n<p>8.15. Administrar y velar por la adecuada utilizaci\u00f3n de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio del Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>8 16. Rendir informes generales y peri\u00f3dicos a la Junta Directiva de acuerdo al reglamento;<\/p>\n\n\n\n<p>8.17. Rendir los informes requeridos por los Organismos de Control, y dem\u00e1s autoridades competentes.<\/p>\n\n\n\n<p>8.18. Ordenar los gastos con cargo al presupuesto, conforme a las normas vigentes, los estatutos y los Acuerdos de la Junta Directiva y delegar esta funci\u00f3n de conformidad con las disposiciones legales vigentes;<\/p>\n\n\n\n<p>8.19. Definir las pol\u00edticas referidas al dise\u00f1o e implementaci\u00f3n del sistema de control interno y dirigir lo relacionado con el Control Disciplinario Interno de conformidad con la ley;<\/p>\n\n\n\n<p>8.20. Fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios contra funcionarios y exfuncionarios de la entidad, de acuerdo con las funciones y competencias establecidas en el C\u00f3digo General Disciplinario.<\/p>\n\n\n\n<p>8.21. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas.&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO&nbsp;<a><\/a>2. Modificaci\u00f3n de las funciones de la Subgerencia Administrativa.<\/strong>&nbsp;Modificar el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=48380#10\">10&nbsp;<\/a>del Decreto 288 de 2004, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>&#8220;ART\u00cdCULO 10. Subgerencia Administrativa.<\/strong>&nbsp;Son funciones de la Subgerencia Administrativa las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>10.1. Asesorar al Gerente del Fondo en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes y programas en lo relacionado con la administraci\u00f3n del talento humano y dirigir y controlar su implementaci\u00f3n de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.<\/p>\n\n\n\n<p>10.2. Asesorar al Gerente del Fondo en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes y programas relacionados con la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos e inform\u00e1ticos necesarios para el funcionamiento del Fondo y la ejecuci\u00f3n de los programas del mismo<\/p>\n\n\n\n<p>10.3. Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y tr\u00e1mites administrativos internos, al igual que aquellas que rigen el funcionamiento del Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>10.4. Trazar las pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n, bienestar social, selecci\u00f3n, registro y control, capacitaci\u00f3n, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>10.5. Preparar para la firma del Gerente del Fondo los informes que solicite la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y otros organismos de control.<\/p>\n\n\n\n<p>10.6. Atender las quejas o reclamos que presenten los funcionarios o ciudadanos sobre el desempe\u00f1o de las dependencias o personas que laboran en el Fondo, evaluar la magnitud de las fallas y dar traslado, en caso que Jo amerite, a la autoridad competente.<\/p>\n\n\n\n<p>10.7. Dise\u00f1ar y ejecutar, en coordinaci\u00f3n con el Grupo de Control Disciplinario Interno, las medidas, los programas y las estrategias de divulgaci\u00f3n encaminadas a fortalecer una cultura organizacional orientada a la prevenci\u00f3n, la lucha contra la corrupci\u00f3n, la apropiaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario y la promoci\u00f3n de un servicio p\u00fablico transparente, \u00edntegro, id\u00f3neo y eficaz de la entidad, de conformidad con los C\u00f3digos de Integridad y, General Disciplinario.<\/p>\n\n\n\n<p>10.8. Elaborar los estudios y presentar propuestas sobre la organizaci\u00f3n y desarrollo administrativo, simplificaci\u00f3n, agilizaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y procedimientos, desconcentraci\u00f3n de funciones y dem\u00e1s asuntos relacionados con la gesti\u00f3n y m\u00e9todos de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>10.9. Dirigir y coordinar los procesos para la aplicaci\u00f3n oportuna, \u00e1gil y eficaz del sistema de pagos que aplica el Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>10.10. Formular e implementar estrategias de comunicaci\u00f3n interna, externa y publicitaria en el Fondo.<\/p>\n\n\n\n<p>10.11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas.&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO&nbsp;<a><\/a>3. Modificaci\u00f3n de las funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica.<\/strong>&nbsp;Modificar el art\u00edculo&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=91114#7\">7<\/a>&nbsp;del Decreto 495 de 2019, el cual quedar\u00e1 as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u201cART\u00cdCULO 7. Oficina Asesora Jur\u00eddica.<\/strong>&nbsp;Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguientes.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Asesorar a la Gerencia General y a los dem\u00e1s grupos de trabajo de la Empresa, en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas generales de defensa judicial en asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"2\">\n<li>Atender las consultas jur\u00eddicas relacionadas con asuntos de competencia de la Empresa.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"3\">\n<li>Compilar y sistematizar las leyes, decretos, la normatividad, jurisprudencia y doctrina relativa al r\u00e9gimen de la Empresa y velar por su difusi\u00f3n interne.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"4\">\n<li>Conceptuar y establecer los criterios de interpretaci\u00f3n jur\u00eddica como Ultima instancia de las normas inherentes a la Empresa.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"5\">\n<li>Ejercer la Secretarla de la Junta Directiva de la Empresa.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"6\">\n<li>Representar judicial y extrajudicialmente a la Empresa en los procesos que se instauren en su contra o que este deba promover, de conformidad con las facultades que para tal efecto otorgue la Gerencia General.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"7\">\n<li>Revisar los actos administrativos y dem\u00e1s documentos que se sometan a su conocimiento.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"8\">\n<li>Coordinar estrategias y desarrollar actividades que permitan el cumplimiento de los objetivos institucionales.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"9\">\n<li>Apoyar el desarrollo, mantenimiento y mejora continua del Sistema integrado de Gesti\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"10\">\n<li>Coordinar la atenci\u00f3n de las solicitudes que formulen las autoridades jurisdiccionales, Ministerio P\u00fablico, Organismos de Control, al igual que las presentadas por particulares y por otras entidades.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"11\">\n<li>Coordinar, con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n- DNP, desarrollo de criterios y orientaciones de defensa jur\u00eddica de conformidad con las pol\u00edticas de la Agencia Nacional de Defensa Jur\u00eddica del Estado y sobre la base del principio de la unidad de criterio en la administraci\u00f3n p\u00fablica y la seguridad jur\u00eddica.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"12\">\n<li>Ejercer la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios de la entidad en primera instancia, de conformidad con las funciones y competencias establecidas en el C\u00f3digo General Disciplinario.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" start=\"13\">\n<li>Desempe\u00f1ar las dem\u00e1s funciones se\u00f1aladas en las normas y las disposiciones que determine la Empresa de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO&nbsp;<a><\/a>4. Vigencia y Derogatorias.<\/strong>&nbsp;El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n en el diario oficial y modifica en lo pertinente el Decreto&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=48380#0288\">288&nbsp;<\/a>de 2004 modificado por los Decretos&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=67095#2723\">2723&nbsp;<\/a>de 2008,&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=51048#2697\">2697&nbsp;<\/a>de 2012 y&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.funcionpublica.gov.co\/eva\/gestornormativo\/norma.php?i=91114#0495\">495&nbsp;<\/a>de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Dado en Bogot\u00e1, D.C., a los 30 d\u00edas del mes de Octubre del 2023<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(FDO.) GUSTAVO PETRO URREGO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DE HACIENDA Y CR\u00c9DITO P\u00daBLICO,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>RICARDO BONILLA GONZ\u00c1LEZ<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCI\u00d3N P\u00daBLICA,<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>C\u00c9SAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1798 DE 2023 (Octubre 30) Por el cual se modifica la estructura de la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial &#8211; ENTerritorio EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular , las conferidas en el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[84],"tags":[],"class_list":["post-57979","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2023"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57979","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=57979"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57979\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":57980,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57979\/revisions\/57980"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=57979"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=57979"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=57979"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}