{"id":58265,"date":"2024-05-01T09:29:25","date_gmt":"2024-05-01T14:29:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/?p=58265"},"modified":"2024-05-01T09:29:30","modified_gmt":"2024-05-01T14:29:30","slug":"decreto-0458-de-2024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2024\/05\/01\/decreto-0458-de-2024\/","title":{"rendered":"DECRETO 0458 DE 2024"},"content":{"rendered":"\n<p><strong>DECRETO 0458 DE 2024<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(ABRIL 10)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por medio del cual se reglamenta el art\u00edculo&nbsp;188&nbsp;de la Ley&nbsp;2294&nbsp;de 2023, en cuanto a la estructura y funcionamiento del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz, se adiciona el art\u00edculo 1.1.3.8., y la Parte XIII al Libro ll del Decreto&nbsp;1080&nbsp;de 2015, y se dictan otras disposiciones.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE COLOMBIA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las previstas en el numeral 11 del art\u00edculo&nbsp;189&nbsp;de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, el art\u00edculo&nbsp;45&nbsp;de la Ley&nbsp;489&nbsp;de 1998, y el art\u00edculo&nbsp;188&nbsp;de la Ley&nbsp;2294&nbsp;de 2023 que modifica el Art\u00edculo&nbsp;64&nbsp;de la Ley&nbsp;397&nbsp;de 1997, y<\/p>\n\n\n\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo&nbsp;64&nbsp;de la Ley&nbsp;397&nbsp;de 1997, Ley General de Cultural, modificado por el Art\u00edculo&nbsp;188&nbsp;de la Ley&nbsp;2294&nbsp;de 2023, Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 &#8220;Colombia Potencia Mundial de la Vida&#8221;, cre\u00f3 el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la Paz, el cual se requiere reglamentar, d\u00e1ndole una estructura para su funcionamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Que las Bases del Plan Nacional de Desarrollo, sobre Expansi\u00f3n de capacidades para que las personas logren sus proyectos de vida, en el numeral 2. relativo a la Garant\u00eda del disfrute y ejercicio de los derechos culturales para la vida y la paz, se\u00f1alan las acciones de &#8220;reconocer y posicionar al sector cultural para el desarrollo integral y la justicia social, a trav\u00e9s de la construcci\u00f3n de una cultura de paz y de inclusi\u00f3n; el fomento del arte para la vida; el di\u00e1logo intercultural; la econom\u00eda cultural, popular y alternativa; el reconocimiento de los saberes y pr\u00e1cticas culturales; la salvaguardia de las memorias; y el fortalecimiento y dignificaci\u00f3n de la labor cultural de las personas y sus condiciones de vida.&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p>Que el servicio p\u00fablico educativo establecido en la Ley&nbsp;115&nbsp;de 1994, bajo los principios de integridad y complementariedad, en la educaci\u00f3n formal y en las acciones educativas informales de la educaci\u00f3n para el trabajo y el desarrollo humano-ETDH, se atiende en diversos niveles y grados educativos secuenciados.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de conformidad tambi\u00e9n con la Ley General de Educaci\u00f3n, en concordancia con sus art\u00edculos&nbsp;10,&nbsp;11, 12 adicionado por art\u00edculo&nbsp;1&nbsp;de la Ley&nbsp;1064&nbsp;de 2006, el art\u00edculo&nbsp;23&nbsp;adicionado por el art\u00edculo&nbsp;65&nbsp;de la Ley&nbsp;397&nbsp;de 1997, y por el art\u00edculo&nbsp;4&nbsp;de la Ley&nbsp;1874&nbsp;de 2017, en su numeral 3\u00b0 y segundo par\u00e1grafo, y el art\u00edculo&nbsp;43&nbsp;de esta Ley&nbsp;115&nbsp;de 1994, de las \u00e1reas obligatorias y fundamentales, que comprenden m\u00ednimo el ochenta por ciento (80%) del Plan de Estudios de la educaci\u00f3n b\u00e1sica en el pa\u00eds, hacen parte la educaci\u00f3n art\u00edstica, cultural, en historia y ciencias sociales, a lo que corresponde la articulaci\u00f3n con el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz.<\/p>\n\n\n\n<p>Que la Ley&nbsp;30&nbsp;de 1992, que organiza el servicio p\u00fablico de la Educaci\u00f3n Superior, reglamenta el car\u00e1cter y la autonom\u00eda de las instituciones de educaci\u00f3n superior, y el objeto de los programas acad\u00e9micos y los procedimientos de fomento, inspecci\u00f3n y vigilancia de la ense\u00f1anza. La Educaci\u00f3n Superior es un proceso permanente que posibilita el desarrollo de las potencialidades del ser humano de una manera integral, lo que concuerda con la necesidad de consolidar, a este nivel, programas en el \u00e1mbito nacional, que promuevan el fortalecimiento del sector de las culturas, las artes y los saberes en la ciudadan\u00eda para la convivencia y la paz.<\/p>\n\n\n\n<p>Que de acuerdo con los prop\u00f3sitos del sistema y la naturaleza de las relaciones que lo componen, esta reglamentaci\u00f3n, se dirige a generar las instancias de relacionamiento entre los distintos actores del Sistema Nacional de Educaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, sus acciones y sinergias y espacios de articulaci\u00f3n entre la Naci\u00f3n y los territorios, respetando la autonom\u00eda de estos \u00faltimos en la toma de decisiones, y llevando a la educaci\u00f3n y a la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, a una posici\u00f3n de importancia equiparable a otras \u00e1reas del curr\u00edculo y de los niveles y modalidades educativas establecidos en la Ley&nbsp;115&nbsp;de 1994.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, para la coordinaci\u00f3n del Sistema, se requiere dar operatividad al Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, que permitan definir, fortalecer y promover la educaci\u00f3n y el desarrollo integral de capacidades, habilidades y competencias propias de la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz.<\/p>\n\n\n\n<p>Que el presente Proyecto de decreto, junto con la memoria justificativa, fueron publicados en el Sistema \u00danico de Consulta P\u00fablica \u2014 SUCOP, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del art\u00edculo&nbsp;8&nbsp;de la Ley&nbsp;1437&nbsp;de 2011 y el art\u00edculo&nbsp;2.1.2.1.14&nbsp;del Decreto&nbsp;1081&nbsp;de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario de la Presidencia de la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>En m\u00e9rito de lo expuesto,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>DECRETA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1.<\/strong>&nbsp;Adicionar el art\u00edculo 1.1.3.8., al T\u00edtulo III. \u00d3rganos sectoriales de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. Parte 1 sector central del Libro I. Estructura del sector, del Decreto&nbsp;1080&nbsp;de 2015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Cultura, as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LIBRO I<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ESTRUCTURA DEL SECTOR<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>PARTE 1<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SECTOR CENTRAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>T\u00cdTULO III<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00d3RGANOS SECTORIALES DE ASESOR\u00cdA Y COORDINACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 1.1.3.8<\/strong>. Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2<\/strong>. Adicionar la Parte XIII y el t\u00edtulo 1 al Libro 11 R\u00c9GIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR CULTURA del Decreto \u00danico Reglamentario&nbsp;1080&nbsp;de 2015:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>LIBRO ll R\u00c9GIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR CULTURA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>PARTE XIII<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>SISTEMA NACIONAL DE FORMACI\u00d3N Y EDUCACI\u00d3N ART\u00cdSTICA Y CULTURAL PARA LA CONVIVENCIA Y LA PAZ \u2013 SINEFAC<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>T\u00cdTULO I<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00c1MBITO, INSTANCIAS, ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO SISTEMA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>NACIONAL DE FORMACI\u00d3N Y EDUCACI\u00d3N ART\u00cdSTICA Y CULTURAL PARA LA CONVIVENCIA Y LA PAZ &#8211; SINEFAC<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.13.1.1. Objeto<\/strong>. El objeto del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, es la consolidaci\u00f3n de un sistema de formaci\u00f3n con diversas modalidades para educaci\u00f3n art\u00edstica y cultural, con una visi\u00f3n sist\u00e9mica. Se dirige a definir, fortalecer y promover la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural, para impulsar el desarrollo integral de capacidades, habilidades y competencias propias de este saber, adapt\u00e1ndose a diversos contextos de aprendizaje, y fomentando la cualificaci\u00f3n y la dignificaci\u00f3n de los agentes del sector de las Culturas, las Artes y los Saberes para la convivencia y la paz, en procura de fortalecer las identidades culturales, el desarrollo integral de las personas y las ciudadan\u00edas culturales, en condiciones de calidad, acceso, pertinencia y oportunidad. El Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, comprende un conjunto de agentes y actores, sus relaciones sist\u00e9micas, normas, recursos, pol\u00edticas, programas, planes, proyectos, y pr\u00e1cticas, que tienen una funci\u00f3n espec\u00edfica y reconocible, en el campo de la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO<\/strong>. El Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, se estructurar\u00e1 a partir de la articulaci\u00f3n del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, el Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y el Ministerio del Trabajo, con los Subsistemas locales de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural de las entidades territoriales, respetando los principios de diversidad y de autonom\u00eda, en el orden territorial.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.2. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/strong>&nbsp;El Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC genera efectos en la educaci\u00f3n formal, la Educaci\u00f3n para el Trabajo y Desarrollo Humano y en la educaci\u00f3n informal, y en todos los niveles y modalidades de la educaci\u00f3n y formaci\u00f3n contempladas en las leyes relacionadas con los sectores educativo y cultural, incluida la educaci\u00f3n inicial. Se podr\u00e1 aplicar, articular y armonizar, con la normativa y desarrollos del Sistema Nacional de Cualificaciones (SNC), en relaci\u00f3n con sus prop\u00f3sitos, componentes y v\u00edas de cualificaci\u00f3n, en particular con el Subsistema de Formaci\u00f3n para el Trabajo y la v\u00eda de cualificaci\u00f3n de Reconocimiento de Aprendizajes Previos (RAP).<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>&nbsp;El sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, se articula con los campos pertenecientes a las artes, el patrimonio, las industrias culturales y creativas y dem\u00e1s campos pertinentes a sus fines, en la normatividad vigente, como los sectores de, las artes visuales, editoriales, audiovisuales, fonogr\u00e1ficas, artes esc\u00e9nicas y espect\u00e1culos, turismo cultural, patrimonio cultural material e inmaterial, y educaci\u00f3n creativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.111.3.<\/strong>&nbsp;Prop\u00f3sitos del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 S NEFAC:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>El fomento y articulaci\u00f3n de las diferentes instancias del Estado y la sociedad civil para el fortalecimiento y promoci\u00f3n de la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, en el marco del dise\u00f1o, desarrollo, implementaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos, as\u00ed como la informaci\u00f3n compartida y la proyecci\u00f3n social conjunta, en el \u00e1mbito nacional y territorial.\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>La promoci\u00f3n de la educaci\u00f3n y la cultura, para que, desde las instituciones educativas, se desarrollen curr\u00edculos y programas de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, en la educaci\u00f3n inicial, preescolar, b\u00e1sica, media y superior, a partir de las caracter\u00edsticas y necesidades de los contextos y las realidades de los territorios.\u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>El fomento y fortalecimiento de la educaci\u00f3n para la paz, el desarrollo de competencias socioemocionales, ciudadanas e interculturales, as\u00ed como, la construcci\u00f3n y afirmaci\u00f3n de identidades, la participaci\u00f3n y la responsabilidad democr\u00e1tica.\u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>El fomento de la construcci\u00f3n de lo p\u00fablico y el bien com\u00fan, para la formaci\u00f3n de sujetos activos de derechos, desde la educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, que contribuyan a complementar la oferta educativa y cultural.\u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>El fomento y apoyo en el desarrollo de capacidades y fortalecimiento de la formaci\u00f3n de docentes y artistas formadores para la gesti\u00f3n de cambios en los procesos de aprendizaje, que permitan la formaci\u00f3n de ciudadanos cr\u00edticos, creativos, \u00e9ticos, participativos, innovadores y sensibles, mediante el desarrollo integral de competencias propias del saber art\u00edstico y cultural para la convivencia y la Paz, promoviendo, a su vez, la formaci\u00f3n de p\u00fablicos, con capacidades para acceder, valorar y disfrutar las artes, las culturas y los saberes.\u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>La formulaci\u00f3n de los Cat\u00e1logos Sectoriales de Cualificaciones de los agentes culturales como referente para movilizar las estrategias de los diferentes componentes del Sistema Nacional de Cualificaciones y sus v\u00edas de cualificaci\u00f3n, para promover el cierre de brechas del talento humano, el reconocimiento de los aprendizajes a lo largo de la vida para la inserci\u00f3n e inclusi\u00f3n en el mercado laboral, y la dignificaci\u00f3n y valoraci\u00f3n de las ocupaciones art\u00edsticas y culturales para la convivencia y la paz,\u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>La promoci\u00f3n y reconocimiento pluralista de la dimensi\u00f3n multicultural y la diversidad \u00e9tnica, con el fortalecimiento desde el enfoque diferencial de los procesos de formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, de los diferentes grupos poblacionales.\u00a0<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.4<\/strong>. Subsistemas Locales de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstico y cultural para la convivencia y la paz. Los subsistemas locales de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstico y cultural, son el conjunto de agentes y actores en el \u00e1mbito local, as\u00ed como sus relaciones sist\u00e9micas, normas, recursos, pol\u00edticas, programas, proyectos, planes y pr\u00e1cticas, que tienen una funci\u00f3n espec\u00edfica y reconocible, en el campo de la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la Paz de cada entidad territorial.<\/p>\n\n\n\n<p>En ejercicio de su autonom\u00eda, las autoridades locales podr\u00e1n crear los comit\u00e9s o instancias que estimen necesarios, con el fin de darles operatividad y funcionamiento a los subsistemas, y de garantizar la participaci\u00f3n, el di\u00e1logo y la coordinaci\u00f3n institucional,<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO.<\/strong>&nbsp;Los subsistemas locales se estructuran de acuerdo con las necesidades y particularidades de los territorios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.5.<\/strong>&nbsp;Estructura General del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC. El Sistema estar\u00e1 constituido por:<\/p>\n\n\n\n<p>I) El Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC.<\/p>\n\n\n\n<p>II) Los comit\u00e9s o instancias de los subsistemas locales<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.6.<\/strong>&nbsp;Creaci\u00f3n del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, que tendr\u00e1 por objeto impulsar la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica relacionada con la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz en el territorio nacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.7.<\/strong>&nbsp;Conformaci\u00f3n del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC. El Comit\u00e9 Nacional para el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, estar\u00e1 conformado por:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>El viceministro (a) de Educaci\u00f3n Preescolar, B\u00e1sica y Media del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>El viceministro (a) de Educaci\u00f3n Superior del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional,o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>El viceministro (a) de los Patrimonios, las Memorias y Gobernanza Cultural del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>El viceministro (a) de las Artes y la Econom\u00eda Cultural y Creativa del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>El viceministro (a) de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo, o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>El viceministro (a) del Talento y Apropiaci\u00f3n Social del Conocimiento del Ministerio de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>Un (a) (1) designado (a) del Consejo Nacional de Cultura;<\/li>\n\n\n\n<li>Un (a) (1) representante de los subsistemas locales;<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 1<\/strong>. Ser\u00e1n invitados permanentes a las sesiones del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, con voz, pero sin voto, los representantes de las siguientes entidades:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>El director (a) de Formaci\u00f3n Profesional del SENA o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>El director (a) del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n para el Trabajo o su delegado (a);<\/li>\n\n\n\n<li>Un (a) representante de las Secretar\u00edas de educaci\u00f3n municipales y distritales;<\/li>\n\n\n\n<li>Un (a) representante de las Secretar\u00edas de educaci\u00f3n departamentales;<\/li>\n\n\n\n<li>Un(a) representante de las Secretar\u00edas o de las entidades encargadas de cultura en el nivel municipal o distrital;<\/li>\n\n\n\n<li>Un (a) representante de las Secretar\u00edas de cultura o de las entidades encargadas de cultura en el nivel departamental.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 2<\/strong>. A las sesiones del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, podr\u00e1n ser invitados, con derecho a voz, pero sin voto, los representantes de otras entidades p\u00fablicas o privadas, representantes de organismos y gremios del sector privado nacional e internacional, asesores, expertos y dem\u00e1s personas naturales o jur\u00eddicas, seg\u00fan estimen conveniente los miembros del Comit\u00e9.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 3.<\/strong>&nbsp;El Comit\u00e9 Nacional para el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Artistica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC ser\u00e1 presidido por el viceministro (a) de las Artes y la Economia Creativa y Cultural del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes o su delegado. Ante vacancia de este ser\u00e1 presidido por el viceministro (a) de Educaci\u00f3n Preescolar, B\u00e1sica y Media del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, o su delegado.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 4:<\/strong>&nbsp;Para el funcionamiento y operatividad del Comit\u00e9 Nacional para el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SIN EFAC, se conformar\u00e1 una mesa t\u00e9cnica de apoyo interministerial entre las carteras de Educaci\u00f3n Nacional y las Culturas, las Artes y los Saberes, encargada de consolidar la coordinaci\u00f3n interinstitucional entre el sistema nacional y los subs\u00edstemas locales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PAR\u00c1GRAFO 5.<\/strong>&nbsp;Los delegados o delegadas de los miembros del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC que asistan en lugar del funcionario titular, deber\u00e1n ser funcionarios del nivel directivo o asesor.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.13.1.8<\/strong>. Funciones del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC. El Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Elaborar el plan de acci\u00f3n anual y su respectivo cronograma.<\/li>\n\n\n\n<li>Asesorar a las entidades del orden nacional, territorial (departamental, municipal y distrital) y regional, en materia de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, asociado a la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, proyectos y normativas asociadas, a partir de la experiencia individual de cada territorio y el objetivo misional de las organizaciones representadas.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Definir estrategias para el fortalecimiento de la educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, en los diferentes niveles y modalidades educativas y en las diferentes manifestaciones del arte y la cultura, para el desarrollo integral de trayectorias educativas completas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Definir las rutas de articulaci\u00f3n entre agentes, sectores y entidades de los diferentes niveles y modalidades de la educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, para fortalecer la planeaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de las acciones propias del Sistema.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Determinar la estructura y funcionamiento de los subsistemas locales, para fortalecer su articulaci\u00f3n y favorecer el intercambio y el desarrollo de acciones coordinadas entre dichos Subsistemas y el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC,<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Proponer mecanismos de profesionalizaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n del talento humano del sector del arte y la cultura, para la formalizaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de estrategias para la formaci\u00f3n docente en el \u00e1rea de la educaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz.<\/li>\n\n\n\n<li>Proponer acciones para el desarrollo y fortalecimiento de la investigaci\u00f3n,innovaci\u00f3n e intercambio de experiencias en el campo de la educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, en articulaci\u00f3n con el sector Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Realizar an\u00e1lisis detallados de los resultados obtenidos por el Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz SINEFAC, y proponer ajustes o mejoras en caso de ser necesario, con el fin de asegurar la efectividad y eficiencia de las acciones implementadas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;9. Promover una formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, que aporte a los procesos&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;educativos y formativos, contenidos, herramientas, metodolog\u00edas, espacios, y diversas formas de&nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp; &nbsp;aprendizaje del arte y la cultura para la convivencia y la paz.<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Promover el acceso a las artes, los saberes y la cultura para la convivencia y la paz con procesos de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n que vinculen a las ni\u00f1os, ni\u00f1as, adolescentes y j\u00f3venes, comunidades \u00e9tnicas, y a los diversos grupos poblacionales.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Fomentar el acceso al arte y la cultura para la convivencia y la paz, por fuera de las aulas, en las bibliotecas, las casas de la cultura, los museos, los parques, los jardines bot\u00e1nicos y dem\u00e1s espacios p\u00fablicos de los entornos educativos.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Generar estrategias para la promoci\u00f3n de los intercambios culturales como parte de la educaci\u00f3n y la formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural para la convivencia y la paz, en el \u00e1mbito local, regional, nacional y de integraci\u00f3n internacional.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Conformar las mesas t\u00e9cnicas permanentes o transitorias para el cumplimiento de los prop\u00f3sitos del sistema.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Expedir su propio reglamento.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Las dem\u00e1s que le correspondan por su naturaleza, reglamento propio y para dar cumplimiento al objeto con el que fue creado el comit\u00e9.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.9.<\/strong>&nbsp;Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC: La Secretaria T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, ser\u00e1 ejercida por la Direcci\u00f3n de Artes del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y con el apoyo de delegados del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.10<\/strong>. Funciones de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, tendr\u00e1 las siguientes funciones:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Convocar a las sesiones del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, en adelante, Comit\u00e9 Nacional,\u00a0<\/li>\n\n\n\n<li>Coordinar las actividades de apoyo necesarias para adelantar las sesiones del Comit\u00e9 Nacional.<\/li>\n\n\n\n<li>Recibir y dar tr\u00e1mite a las iniciativas y propuestas presentadas por los integrantes del Comit\u00e9 Nacional, los invitados y los terceros interesados.<\/li>\n\n\n\n<li>Servir de enlace y brindar apoyo t\u00e9cnico, administrativo y operativo para la coordinaci\u00f3n de las entidades que integran el Comit\u00e9 Nacional.<\/li>\n\n\n\n<li>Elaborar, gestionar, archivar y custodiar las actas de las sesiones.<\/li>\n\n\n\n<li>Hacer seguimiento al cumplimiento de las decisiones, acuerdos y compromisos adquiridos al interior del Comit\u00e9 Nacional.<\/li>\n\n\n\n<li>Las dem\u00e1s que le sean asignadas por el Comit\u00e9 Nacional y que le correspondan por su naturaleza y reglamento propio.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.13.1.11.<\/strong>&nbsp;Sesiones. El Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, sesionar\u00e1 de forma ordinaria dos (2) veces al a\u00f1o y de manera extraordinaria, cuando sea requerido por cualquiera de los miembros, de acuerdo con el reglamento interno.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.13.1.12<\/strong>. Cu\u00f3rum. El Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, sesionar\u00e1 con al menos cinco (05) de sus miembros y decidir\u00e1 por mayor\u00eda simple de estos.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ARTICULO 2.13.1.13<\/strong>. Elecci\u00f3n de los invitados a las sesiones del Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC. Los invitados de las entidades territoriales convocadas al Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz &#8211; SINEFAC, deben corresponder a los municipios o departamentos que cuenten con Subsistemas locales de educaci\u00f3n y formaci\u00f3n art\u00edstica y cultural creados y en operaci\u00f3n. El procedimiento de elecci\u00f3n ser\u00e1 definido en su reglamento, por el Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Educaci\u00f3n y formaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 2.13.1.14<\/strong>. Financiaci\u00f3n. Las funciones asignadas al Comit\u00e9 Nacional del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz \u2014 SINEFAC, y a los comit\u00e9s o instancias de los subsistemas locales se desarrollar\u00e1n con cargo a los recursos de las entidades que los conforman, seg\u00fan el presupuesto asignado para cada vigencia fiscal.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>ART\u00cdCULO 3.<\/strong>&nbsp;Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Dado en Bogot\u00e1. D. C., a los 10 d\u00edas del mes de&nbsp;Abril de 2024<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL PRESIDENTE LA REP\u00daBLICA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>(FDO). GUSTAVO PETRO URREGO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE TRABAJO<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>GLORIA INES&nbsp;RAMIREZ RIOS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE EDUCACION NACIONAL<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>AURORA VERGARA FIGUEROA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL MINISTRO DE LA CULTURA, EL ARTE Y LOS SABERES<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>JUAN DAVID CORREA ULLOA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>LA MINISTRA DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOVACION<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>YESENIA OLAYA REQUENE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>CESAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 0458 DE 2024 (ABRIL 10) Por medio del cual se reglamenta el art\u00edculo&nbsp;188&nbsp;de la Ley&nbsp;2294&nbsp;de 2023, en cuanto a la estructura y funcionamiento del Sistema Nacional de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Art\u00edstica y Cultural para la convivencia y la paz, se adiciona el art\u00edculo 1.1.3.8., y la Parte XIII al Libro ll del Decreto&nbsp;1080&nbsp;de 2015, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[88],"tags":[],"class_list":["post-58265","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2024"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58265","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=58265"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58265\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":58266,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/58265\/revisions\/58266"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=58265"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=58265"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=58265"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}